Trabajadores de CCSS solicitan cese de rebajos de salarios y reposición de tiempos

La Central General de Trabajadores comparte con SURCOS Digital el oficio emitido por las organizaciones integrantes, con respecto a la solicitud de cese inmediato de los rebajos de salarios y reposición de tiempos improcedentes a los trabajadores de la CCSS por su participación en la huelga realizada el pasado 26 y 27 de abril:

 

San José, 24 de junio de 2016

SG-SISSS-333-16

 

Doctora

María del Rocío Sáenz Madrigal

Presidenta Ejecutiva

CCSS

Asunto: Solicitud de cese inmediato de los rebajos de salarios y reposición de tiempos improcedentes a los trabajadores de la Caja por su participación en la huelga de los días 26 y 27 de abril de 2016

Estimada doctora: reciba un atento saludo.

Sirva la presente para reiterarle la solicitud de nuestra organización sindical trasladada mediante el oficio SG-SISSS-259-2016, en el sentido que la Institución cese en su intención de realizar rebajos de salarios u obligar a reponer con tiempo en forma ilegal, a los trabajadores(as) participantes en la huelga de los días 26 y 27 de abril de 2.016.

Lo anterior pese a que el Lic. Ronald Lacayo Monge, Gerente Administrativo y por delegación de esa Presidencia Ejecutiva, mediante oficio GA-48061-2016 de fecha 20 de mayo de 2016, informó que no habrían procedimientos administrativos, sancionatorios ni de responsabilidad patronal por esta causa; pero ulteriormente se han emitido diversas directrices en contrario, las cuales consideramos arbitrarias e improcedentes por los siguientes motivos:

 

  1. Según lo consignado por el señor gerente administrativo en el oficio GA-48061-2016, la Caja Costarricense de Seguro Social sólo accionó dos procesos judiciales en razón de la huelga del 26 y 27 de abril; a saber, uno bajo el expediente 16-000419-0641-LA-4 en el Juzgado de Trabajo de Cartago y otro bajo el expediente 16-000431-1178-LA-8 en el Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José referente al Hospital San Juan de Dios, Hospital Calderón Guardia y Hospital México.
  2. Bajo ésta premisa, resulta evidente que deviene en ilegal la pretensión de rebajos de salarios o de reposición de tiempos que impulsa la Caja en todo el país; dado que la Institución no actuó oportunamente en presentar las diligencias judiciales de ley, si es que su intención era hacer dichos rebajos y reposiciones de tiempos.
  3. Inclusive ésta pretensión es inaplicable en los hospitales San Juan de Dios, Calderón Guardia, México y de Max Peralta de Cartago, ya que las sentencias de primera instancia han sido apeladas, lo cual acarrea que al no estar en firme aún no son definitivas.
  4. Respecto al acuerdo firmado por la Caja y una representación del Bussco (cinco sindicatos institucionales encabezados por Undeca), debemos manifestar que las más de 53 organizaciones sindicales existentes en la Institución, pero sobre todo las que pertenecemos a la Federación Unitaria Nacional de Sindicatos de la Salud y la Seguridad Social-FUNASS y posiblemente también los trabajadores que no están afiliados a ninguna organización sindical, no nos sentimos representados ni aceptamos los términos de ese acuerdo, toda vez que no se nos convocó a dicha reunión, a pesar de haber sido parte activa del movimiento de huelga en amplios sectores de trabajadores y centros de trabajo en todo el país.
  5. Aunado a lo anterior, siendo que hasta donde nos consta el Bussco no es una organización de derecho, su legitimidad para ejercer la representación de todos y todas las trabajadores(as) de la Caja participantes en la huelga debió ser acreditada; siendo ésta una razón más por la que no reconocemos y mucho menos aceptamos dicha negociación.

PETITORIAS:

  1. Reiteramos nuestra solicitud en el sentido de que la Presidencia Ejecutiva de la Caja a su digno cargo, interponga sus buenos oficios en el sentido de que se dejen sin efecto todas las directrices instituciones y las acciones de las jefaturas intermedias, con las que se pretenden realizar rebajos de salarios y reposiciones de tiempos improcedentes e ilegales a los trabajadores de la CCSS, en razón de su participación en huelga del 26 y 27 de abril de 2.016 que no ha sido declarada ilegal por las instancias judiciales competentes.
  2. En el caso del Hospital de Cartago, HCG, HSJD y Hospital México, quedamos a la espera de las resoluciones en sentencias en firme, posterior a las cuales estamos anuentes a negociar con las autoridades institucionales y con la participación de todas las organizaciones sindicales de la Caja interesadas, las acciones que en derecho correspondan.

 

Sr. Carlos Alberto Gómez Ramos

Secretario General

Sindicato de la Salud y Seguridad Social

SISSS

 

*Imagen con fines ilustrativos.

Enviado a SURCOS Digital por Carlos Cabezas, CGT.

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