Un balance sobre políticas de apoyo solidario, afectación laboral y la participación ciudadana en tiempos de COVID-19
Licda. Marjorie Hernández Delgado
“Hemos aprendido a volar como los pájaros, a nadar como los peces, pero no hemos aprendido el arte de vivir juntos, como hermanos”. Martin Luther King
Esta frase de Martin Luther King, se adapta perfectamente a la situación actual que se vive en Costa Rica a raíz de la crisis sanitaria que atraviesa el país y el mundo entero causada por la pandemia COVID-19.
El forzado, pero necesario aislamiento y distanciamiento social, han provocado el aumento en el desempleo, generado subempleo y suspensión de contratos en el sector privado formal. En el sector informal los trabajadores han visto mermada en gran manera o prácticamente desaparecida su fuente de ingresos. Las personas que laboran de manera independiente también han sido muy afectadas con el confinamiento obligatorio bajo el llamado “Quédate en casa”.
Por su parte, el sector público también está sufriendo laboralmente las consecuencias de esta pandemia debido a que, el Poder Ejecutivo congeló el pago del aumento salarial anual aprobado para el 2020 según decreto #42121-MTSS-H-Mideplan, del primero de enero del 2020. Estos dineros se emplearán para cubrir en parte la emergencia. Además, está aplicando la Ley #9635, respecto a la eliminación de pluses y el congelamiento de otros componentes salariales.
Pero como si eso fuera poco, existen varias propuestas y proyectos de ley del Poder Ejecutivo que representan una verdadera violación a los derechos humanos, constitucionales y laborales de las personas trabajadoras ya que pretenden imponer un tributo “solidario” al salario de los trabajadores tanto del sector público como privado, que se rebaje a un 50% el salario de los empleados públicos y se elimine el pago del aguinaldo y el salario escolar. Respecto a este último ya se pronunció la Ministra de Planificación, Pilar Garrido en nota MIDEPLAN-DM-OF-0443-2020 del 16 de abril del 2020, quien después de realizar un amplio estudio sobre el origen del Salario Escolar concluyó que es un componente salarial que no pueden eliminar porque corresponde a un pago diferido y de hacerlo se debe indemnizar a todos los empleados del sector público o bien incorporarle ese monto al salario base y que el Estado no está en las condiciones económicas para hacerlo. Por eso se paga de esta manera.
Al ser una situación de emergencia nacional sin precedentes y de una afectación socioeconómica de gran magnitud, le corresponde al Gobierno de la República tomar las decisiones certeras y que se apliquen las políticas de acción eficientes y eficaces que permitan mitigar los efectos de la crisis, proteger a los trabajadores y a sus familias de manera sostenida durante y después de la emergencia, así como también se deben crear mecanismos de contención del desempleo.
Por esta razón, se hace indispensable establecer también mecanismos que permitan un apoyo integral, considerando no solo el pago de los servicios públicos, sino los créditos y tarjetas de crédito, debido a que no pueden dejar de recibir los servicios básicos. Pues de ser así, esto violentaría no solo sus derechos humanos y constitucionales, sino que rompería la paz social y afectaría todo el esfuerzo en materia sanitaria que se ha implementado para contener la propagación de la pandemia a nivel nacional.
Es necesaria la total transparencia (Constitución Política, Artículo 11: “Los funcionarios públicos son simples depositarios de la autoridad… La Administración Pública en sentido amplio, estará sometida a un procedimiento de evaluación de resultados y rendición de cuentas, con la consecuente responsabilidad personal para los funcionarios en el cumplimiento de sus deberes…”) y precisión en las políticas de apoyo solidario, las cuales se deben desarrollar según lo establece la Carta Magna que vela por el bien común, protegiendo a los más vulnerables y que además brinda el equilibrio que contribuye a la paz social de la nación, proporciona justicia social, tributaria y cubre a todos los habitantes del país.
Es relevante la participación de las personas ciudadanas en la toma de decisiones dentro de esas políticas públicas, sobre todo al tratarse de una crisis sanitaria que trae graves repercusiones a toda la población y porque es precisamente ésta la que sufre las consecuencias, no solo en materia de salud, sino en el área económica y social.
Esa trascendental participación ciudadana está estipulada en el Artículo 9 de la Constitución Política: “El Gobierno de la República es popular, representativo, participativo, alternativo y responsable. Lo ejercen el Pueblo y tres Poderes distintos e independientes entre sí: El Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial. Ninguno de los Poderes puede delegar el ejercicio de funciones que le son propias…” (Reforma del 1 de julio del 2003, publicado en la Gaceta N°146 del 31 de julio del 2003), por tanto, las autoridades gubernamentales deben trabajar en conjunto con la ciudadanía responsable, en la búsqueda de las soluciones por el bien común.
Por otra parte, la Constitución Política establece que se debe proteger la vida de todas las personas en el Artículo 21: “La vida humana es inviolable”. Pero salvaguardar la vida de las personas no solo se refiere al aspecto sanitario, sino que también es asegurar el suministro de alimentos y servicios básicos.
Sin embargo, en esta emergencia se han dejado de lado derechos muy importantes como lo estipulado en el Artículo 33: “Toda persona es igual ante la ley y no podrá practicarse discriminación alguna contraria a la dignidad humana”, pues se han aprobado leyes que benefician a unos y desprotegen a otros, omitiendo que todas las personas ciudadanas tienen el derecho constitucional y humano a no ser objeto de discriminación o exclusión ya sea en materia tributaria, social, económica o de cualquier otra índole, sobre todo cuando se trata de la población con mayor riesgo social y económico, que además, no son los dueños de los medios de producción sino que contribuyen con su fuerza laboral a la dinamización de la economía nacional.
Es por esta razón, que el mandato constitucional debe ser respetado y ejecutado por el Gobierno de la República plenamente, para que se cumpla lo determinado en el Artículo 50: “El Estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes del país, organizando y estimulando la producción y el más adecuado reparto de la riqueza…” Es así como el Estado tiene la obligatoriedad de velar por el bienestar de toda la población en un ámbito de equidad, justicia social y tributaria.
Por tanto, la moratoria en el pago de los impuestos del IVA, Renta, Aduanas y Selectivo de Consumo al sector empresarial, violenta no solo la Constitución Política en sus artículos 21, 33 y 50, sino también la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas #9635. Además, la Regla Fiscal de esta ley amerita ser suspendida, pues es prioritario el destino de la mayor cantidad de fondos públicos a las transferencias sociales en momentos de recesión económica y de gran afectación en materia laboral.
En consecución a este tema, el pago de los impuestos por parte del sector empresarial, durante y después de la emergencia es de vital importancia para brindar sostenibilidad al erario y que no se desfinancien los fondos públicos con los que se debe hacer frente a la emergencia, pues estos se sustentan de los tributos que pagan tanto personas trabajadoras como los empleadores. La situación no se resuelve con más impuestos sobre la espalda de quienes subsisten de un salario, y que ya se están viendo sumamente afectados con la crisis, sino con el pago puntual y solidario de los tributos que ya existen, por parte de todos los actores de la sociedad.
En cuanto al Programa PROTEGER, es necesario asegurar no solo la puesta en marcha de este, sino su sostenibilidad, pero no a costa de los sectores más vulnerables y maltratados, sino con el verdadero apoyo solidario de los sectores económicamente más estables y fortalecidos: Las Grandes Empresas Territoriales, Los Grandes Contribuyentes y el sector Financiero Privado. Para tal fin se deben establecer estrategias de recaudación de fondos solidarios, con la finalidad de fortalecerlo y darle el soporte necesario durante y después de la emergencia, pero sobre todo restablecer el pago de los impuestos cuya moratoria beneficia injustamente al sector empresarial y recarga el peso de la crisis en el resto de la población, compuesta precisamente por los trabajadores, marcando aún más las desigualdades, discriminación e injusticia social y tributaria.
Finalmente, PROTEGER debe ser administrado dentro del marco de la transparencia y la Rendición de Cuentas según el Artículo 11 de la Constitución Política. Y esperamos que cuando esta crisis pase y podamos tratar de volver a la normalidad, no recibamos la desagradable noticia que una vez más los fondos públicos han sido saqueados y que los que menos recibieron las ayudas fueron los verdaderamente necesitados. Porque las autoridades deben recordar que un pueblo con hambre es una bomba con la mecha a medio encender y que la desigualdad ha acrecentado el malestar de la población día con día, que todos estamos en un mismo mar, en diferentes barcos, pero cuando hay una tormenta todos los barcos pueden naufragar.
“Llevadera es la labor cuando muchos comparten la fatiga”. Homero
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