Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ), UCR
Pronunciamiento del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la Universidad de Costa Rica
Calderón Guardia, José Figueres Ferrer, Rodrigo Facio y los fundadores de la Segunda República defendieron la autonomía universitaria
La autonomía proviene de la Universidad de Bolonia en el siglo XII y también de las universidades de París y Oxford en siglo XIII y XIV. Es un elemento esencial de las sociedades abiertas, democráticas y defensoras de la libertad de las ideas.
Ante el dictamen de la Comisión Legislativa del FEES, el Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica manifiesta lo siguiente:
- El concepto de AUTONOMÍA UNIVERSITARIA fue aprobado en la Constitución de 1949, con el acuerdo de diputados de los partidos que representaban a Calderón Guardia, a Otilio Ulate, así como al futuro Partido Liberación Nacional de José Figueres Ferrer, que tendría su origen en el Centro para los Estudios de los Problemas Nacionales. Fue impulsado primero por don Fernando Baudrit Solera y, posteriormente, por Rodrigo Facio y otros líderes, que representan hoy al actual PLN y el PUSC.
- Es importante que los actuales diputados del PLN, el PUSC y otros partidos que creen en la socialdemocracia, en el socialcristianismo y en los principios democráticos, conozcan la historia de sus partidos, las de los líderes que les dieron origen, así como la importancia de la figura de la “autonomía universitaria”, esencial para la existencia de una sociedad libre y democrática.
- El concepto de autonomía universitaria nació desde el año 1200 con la antigua Universidad de Bolonia, a la cual le fueron reconocidos “fueros especiales” para que los políticos (los príncipes, los futuros parlamentos de los reinos italianos y otras autoridades) no pudiesen intervenir en los contenidos de los estudios. Posteriormente, esos “fueros especiales de autonomía” también les fueron dados a la Universidad de París (hoy Sorbona), a la Universidad de Oxford, en Inglaterra, y a la mayoría de universidades del mundo. El objetivo fue que el poder político no interfiriese en el desarrollo libre del conocimiento de la ciencia, la investigación, la filosofía y todos los saberes. Fue esencial para el Renacimiento y para todo el desarrollo científico que cambió e hizo evolucionar al mundo y, posteriormente, para el advenimiento del republicanismo y la Ilustración a fines del siglo XVIII.
- En el caso de Costa Rica, la “autonomía universitaria” y la educación superior pública fueron vitales para que, en los últimos 70 años, la enseñanza libre e independiente pudiese forjar clases medias, crear movilidad social y realizar el pacto social que nos convirtió en los últimos 60 años en un país ejemplo en América Latina y el mundo. Solo la libertad de las ideas hace crecer a una sociedad y permite que las personas, a partir de la educación y sus aptitudes, puedan superarse. La autonomía universitaria hace posible —además— la libertad de cátedra, otro principio tutelado por la Constitución Política, esencial para que exista una democracia moderna.
- ¿Por qué la “autonomía administrativa y financiera” es vital para que exista “autonomía académica y libertad de ideas”? Porque la decisión sobre la adjudicación de presupuestos es lo que determina el contenido de las materias y las disciplinas. Y, en esto, es muy importante que las universidades tengan independencia de criterio. Los Gobiernos son cambiantes, pueden ser de derecha, de izquierda o de cualquier otra filiación ideológica. También los grupos económicos o de cualquier otra índole que los influyen. Sin embargo, las grandes disciplinas del conocimiento son permanentes: la matemática, la biología, la medicina, las ingenierías, la filosofía, el derecho, la antropología, la educación, la química, la sociología, la arquitectura, etc. Para que todas esas disciplinas avancen, solo pueden depender del conocimiento mismo, de la investigación científica, de la libertad de las ideas y no de la decisión de diputados o políticos, si les asignan presupuestos o no.
- Muchos de ustedes son excelentes diputados y diputadas, pero recuerden que no solo legislan para el presente sino también para el futuro. Quizá puedan venir diputados y partidos políticos en los próximos años o décadas que quieran manosear el contenido de la educación, adaptarlo a sus intereses ideológicos, o bien, a los intereses de grupos de presión económica o de otra índole. Ustedes tienen que prever eso, que las clases políticas del futuro o grupos económicos no atenten contra la libertad y la democracia.
- Las universidades públicas de Costa Rica están haciendo grandes esfuerzos de contención de gasto. La UCR, por ejemplo, congeló todos los aumentos salariales de sus profesores y administrativos en el año 2020 para darlo a becas de estudiantes de bajos recursos. Todos nos estamos socando la faja en este duro momento del país. Tratar de menoscabar el ARTÍCULO 84 de la Constitución Política de Costa Rica —que data del año 1949 y fue defendido en sus días por líderes visionarios como Calderón Guardia, Figueres Ferrer o Rodrigo Facio— sería un gran error. Un retroceso histórico.
La Universidad de Costa Rica (UCR) y las otras universidades públicas están hombro a hombro con el país para salir adelante en este momento complicado de nuestra historia. Pero debilitarlas no es la solución. Todo lo contrario: hay que fortalecerlas. La educación pública universal y para todas las personas ha sido clave del pacto social de nuestra patria en el último siglo.
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURÍDICAS, UNIVERSIDAD DE COSTA RICA
Dr. Gustavo Chan Mora Director IIJ |
Dr. Alfredo Chirino Sánchez Decano de la Facultad de Derecho y miembro del Consejo Asesor IIJ |
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Consejo Científico IIJ | Consejo Asesor IIJ |
Dr. Miguel Román Díaz | Dr. José Thompson Jiménez |
Dr. Rafael González Ballar | Dr. Carlos Peralta Montero |
Dr. Jaime Ordóñez Chacón | Licda. Alcira Cascante Ardón |
Dr. Enrique Ulate Chacón | |
Investigadores del IIJ | |
M. Sc. Freddy Arias Mora | M. Sc. Agustín Gutiérrez Carro |
M. L. Henry Campos | Dra. Marcela Moreno Buján |
M. Sc. Mauricio Castro Méndez | M. Sc. Marcela Muñoz Muñoz |
M. Sc. Federico Chacón Loaiza | Dr. Hugo Alfonso Muñoz Ureña |
M. Sc. Rosaura Chinchilla Calderón | M. Sc. Juan Pablo Salazar Carvajal |
M. Sc. David Fallas Redondo | M. Sc. Luis Alonso Salazar Rodríguez |
M. Sc. Rosaura García Aguilar |
Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la Universidad de Costa Rica