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Acción de inconstitucionalidad cuestiona concesión de la Terminal de Contenedores de Moín por violar la supremacía constitucional

Recurso solicita a la Sala Constitucional anular normas y actos que habrían permitido una concesión monopólica sin control legislativo

Una acción de inconstitucionalidad presentada ante la Sala Constitucional cuestiona de manera integral el marco normativo, contractual y administrativo que dio origen y sustento a la concesión de la Terminal de Contenedores de Moín (TCM) a la empresa APM Terminals, al considerar que dicho proceso se realizó en abierta violación de la Constitución Política, debilitando el control democrático, el patrimonio público y la función estatal portuaria.

El recurso fue interpuesto el 10 de noviembre de 2025 por el ciudadano Francisco Guevara Matarrita, en su condición de habitante de la provincia de Limón, consumidor, contribuyente y defensor de intereses difusos, y fue formalmente recibido por la Sala Constitucional el 18 de noviembre de 2025, bajo el expediente 25-035979-0007-CO.

Lo que se impugna

La acción solicita la declaratoria de inconstitucionalidad, entre otros extremos, de:

  • Cláusulas específicas del contrato de concesión de obra pública con servicio público de la Terminal de Contenedores de Moín.
  • Oficios y criterios legales emitidos por el Instituto Costarricense de Turismo (ICT) y el Consejo Nacional de Concesiones.
  • El Decreto Ejecutivo n.° 38172-MINAE-MOPT, que declaró de conveniencia nacional e interés público la Ruta Nacional n.° 257 (Sandoval–Moín).
  • La Ley n.° 7762, Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicio Público, por omitir la exigencia de aprobación legislativa previa para concesiones sobre bienes demaniales.

El accionante sostiene que este conjunto de normas y actos permitió que el Poder Ejecutivo asumiera competencias que la Constitución reserva de forma exclusiva e indelegable a la Asamblea Legislativa, particularmente en materia de concesiones sobre bienes de dominio público.

Afectación estructural y derechos comprometidos

Según el recurso, la concesión de la TCM configuró un monopolio de facto en un punto estratégico del comercio exterior del país, con consecuencias que trascienden lo contractual y administrativo. Entre los impactos señalados se incluyen:

  • El debilitamiento y desplazamiento funcional de JAPDEVA, institución pública que históricamente ejerció la función portuaria en la vertiente Caribe.
  • Incrementos sustanciales en las tarifas portuarias, que habrían encarecido las exportaciones, importaciones y el costo de vida.
  • Pérdida de empleo, deterioro de infraestructura pública y afectación al desarrollo económico regional.
  • Un uso restrictivo y excluyente de bienes de dominio público, en particular en zonas de la Zona Marítimo-Terrestre, declaradas por ley para fines de recreo, turismo y desarrollo público.

La acción argumenta que estas consecuencias lesionan derechos y principios constitucionales como la igualdad, la legalidad, la razonabilidad, la eficiencia administrativa, la protección del ambiente, el derecho de las personas consumidoras y el equilibrio presupuestario del Estado.

Interés difuso y control constitucional

El recurso enfatiza que no se trata de un conflicto individual, sino de la defensa de un interés difuso de alcance nacional, relacionado con el patrimonio público, la soberanía económica y la vigencia del Estado social y democrático de derecho. En ese sentido, se solicita a la Sala Constitucional ejercer un control material, integral y efectivo, tanto sobre la ley como sobre los actos administrativos y contractuales derivados de ella.

La petitoria final solicita que se declare la inconstitucionalidad de las normas y actos impugnados, se restituya la reserva legislativa en materia de concesiones demaniales y se restablezcan los principios constitucionales que rigen la administración de bienes estratégicos de la Nación.

Claves del recurso de inconstitucionalidad

  • ¿Qué se impugna?
    La concesión de la Terminal de Contenedores de Moín (TCM) y el marco legal, administrativo y contractual que permitió su otorgamiento a APM Terminals sin aprobación legislativa expresa.

  • ¿Ante quién se presenta?
    Ante la Sala Constitucional, bajo el expediente 25-035979-0007-CO.

  • ¿Quién presenta la acción?
    El ciudadano Francisco Guevara Matarrita, en defensa de intereses difusos, como habitante de Limón, contribuyente y usuario de servicios públicos.

  • ¿Qué normas y actos se cuestionan?
    Cláusulas del contrato de concesión, el Decreto Ejecutivo n.° 38172-MINAE-MOPT, oficios del ICT y del Consejo Nacional de Concesiones, y disposiciones de la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicio Público.

  • ¿Cuál es el argumento central?
    Que el Poder Ejecutivo habría sustituido competencias exclusivas de la Asamblea Legislativa, violando la supremacía constitucional en materia de concesiones sobre bienes de dominio público.

  • ¿Qué impactos se señalan?
    Debilitamiento de JAPDEVA, creación de un monopolio portuario, aumento de tarifas, afectación al empleo y al desarrollo regional, y uso restrictivo de bienes públicos estratégicos.

  • ¿Qué se solicita a la Sala Constitucional?
    Que declare la inconstitucionalidad de las normas y actos impugnados y restituya el control legislativo y los principios constitucionales en la administración portuaria.

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