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Autor: Hector Ferlini Salazar

FENTRAGH comparte graves hechos denunciados por trabajadora de Finca San Cayetano

SURCOS comparte la siguiente publicación de FENTRAGH:

Compartimos el video de la trabajadora Meylin del Carmen Quirós Ortiz, de Finca San Cayetano, propiedad de Corporación de Desarrollo Agrícola Del Monte S.A, subsidiaria de la multinacional agroindustrial Del Monte, mediante el cual, se denuncian graves hechos sucedidos el día 18 de noviembre de 2022.

Este tipo de situaciones son comunes en la agroindustria costarricense, mientras que las autoridades se tapan los ojos y oídos, convirtiéndose de esta forma en cómplices de las formas de esclavitud que aventajan la institucionalidad estatal.

Puede escuchar a Meylin del Carmen Quirós Ortiz en este enlace.

Informe del Estado de la Nación y la urgencia de reconstruir puentes sociales

José Luis Pacheco Murillo

El informe del Estado de la Nación fue presentado hace un par de días y como siempre pone de manifiesto la realidad que vive el país y que se ha generado por acciones, inacciones y omisiones de quienes han ejercido el poder político y por ende han sido quienes han tomado las decisiones que hoy nos tienen en la situación en que encontramos.

La sola portada del informe es un resumen claro y bien descrito por el director de la institución don Jorge Vargas Cullel: “Con la portada del Informe Estado de la Nación 2022 buscamos una imagen expresiva que sintetizara, de manera directa y sin ambages, la gravedad de los problemas que la sociedad costarricense enfrenta en la actualidad y, al mismo tiempo, la complejidad de la tarea común por delante”.

“La portada se refiere a la necesidad de (re)construir puentes que, producto del abandono y la inacción, han afectado vías de comunicación social, económica y política vitales para el desarrollo humano y la democracia. Las personas a ambos lados de la incomunicación no son necesariamente testigos pasivos, pero a falta de herramientas y soluciones pueden terminar siendo eso; o peor, pueden pensar que, si la situación es irremediable, mejor terminar desmantelando la estructura para quedarse con algo de ella. La valoración del informe es distinta: esas personas pueden -y deben- ser parte activa en la reconstrucción y remozamiento de un puente roto o sin terminar, depende de la óptica de cada cual.”

La portada, utilizada como metáfora, nos refleja la grave problemática en la que nos encontramos y la urgente necesidad de resolverla. Se debe entender que esa problemática se ha venido generando desde hace muchos años y que pese a las advertencias que año con año nos hace el Informe del Estado de la Nación, los gobiernos de turno no toman las medidas del caso para reconstruir esos puentes rotos y que acaban con la adecuada comunicación en lo político, económico y social.

Graves hallazgos se han obtenido y se han publicado en este informe. Uno de ellos es el de la mayor desigualdad, retroceso en equidad y un país partido, y desgraciadamente hay una sensación de confort y comodidad pese a lo grave de la situación y de alguna manera, como bien dice el informe lo vemos como normal y eso es lo peor porque al haberlo “normalizado” poco se hace por cambiar.

Iremos comentando de esos hallazgos. Por ahora entender que el informe es una oportunidad para hacer lo que debemos de hacer, todos, gobierno en general y pueblo en particular. Dios quiera que lo entendamos y logremos todos salvar a nuestro país.

Mensaje del secretario general de SINTRAJAP al Presidente de la República

Antonio Wells, secretario general de SINTRAJAP.

Razonamiento falaz del Presidente con respecto a JAPDEVA. La realidad es otra. No se debe enfocar en buscar culpables sino mostrar voluntad política para implementar soluciones.

Es claro, que el Presidente tiene un doble discurso, un doble estándar o lo están asesorando mal o no conoce. No se entiende como se quejan de los problemas económicos del País y obligan a los empresarios a que exporten e importen sus productos a costos de 3 y 4 veces más caro en los dos puestos de atraque que tiene APM Terminals, además condenan a los ciudadanos a pagar altos precios, cuando JAPDEVA tiene 10 puestos de atraque que son de todos los costarricenses, además JAPDEVA maneja  las tarifas más bajas del mundo, Japdeva le ha servido al país duranta 60 años de forma eficiente y barata, le hemos aportado al desarrollo social el 15% de los ingresos totales, hemos ubicado a Costa Rica en el lugar número 12 de América Latina y el caribe compitiendo con 120 puertos de la región (informe de la CEPAL).

Intentan engañar a los ciudadanos, cuando la realidad ha sido otra, un ejemplo de cómo engañan, recientemente el ministro del MOPT, indica que la ARESEP no permite que los ciudadanos paguen menos en la revisión técnica vehicular, y le hecha a los ciudadanos encima a esa entidad,  ahora bien, recordemos que el ex Ministro Méndez Mata, gira una directriz ilegal a Japdeva para entregar sus cargas, ahora bien, si el Gobierno de verdad quiere ayudar a los exportadores e importadores y a la economía del país, solo hay que derogar esa directriz y que los empresarios escojan por donde pasan su carga, siempre respetando los barcos full cellular container ships, de los cuales la APM tiene la exclusividad, entonces derogar la directriz no es en ningún momento anular el contrato con APM, y esto si es responsabilidad del ministro Luis Amador de este Gobierno que dirige el Presidente Rodrigo Chaves, no de ARESEP como lo hacen ver con el tema de la revisión técnica. Este tema si le compete al Ministro del MOPT y no gira instrucciones; no les importa seguir afectando el interés público, el interés social y el interés económico, es allí donde indicamos el doble discurso hacia los ciudadanos.

Invitamos a un debate público sobre este tema al Ministro Amador o al mismo señor Presidente, de frente al pueblo y los medios de comunicación.

Antonio Wells

Secretario General SINTRAJAP

Ante moción malintencionada, SIFUPCR declara non grato a representante del gobierno en directiva de la CCSS

SURCOS comparte la siguiente información:

Juan Carlos Durán Castro, del SIFUPCR informó que la moción presentada por el representante del gobierno en la junta directiva de la CCSS “es malintencionada, puesto que el decreto al que alude fue el que suspendió los aumentos salariales del sector público cuando inició la pandemia”.

“Por ende, agrega el dirigente, desde el Sindicato de Funcionarios Públicos de Costa Rica se rechaza la moción, declarando a Juan Ignacio non grato, además, se le pide a la junta directiva que ordene, -con base en el acuerdo del 08 de setiembre del 2022, ratificado el 15 de setiembre del mismo año-, al gerente general de la CCSS que proceda a pagar y fijar una fecha de pago retroactivo de los salarios pendientes. Esto tiene respaldo además en la resolución de la Contraloría General de la República, según la cual, debe prevalecer la autonomía institucional”.

Moción presentada por representante del gobierno Juan Ignacio Monge Vargas en junta directiva de la CCSS:

Oposición al Proyecto de Ley para Garantizar la Sana Convivencia Entre las Personas Menores de Edad y sus Progenitores

Nosotras, integrantes del colectivo Mujeres por Costa Rica, manifestamos nuestra total oposición al proyecto de ley 23421 “LEY PARA GARANTIZAR LA SANA CONVIVENCIA ENTRE LAS PERSONAS MENORES DE EDAD Y SUS PROGENITORES”, presentado por los diputados Fabricio Alvarado y Lesly Bojorges.

Según las consideraciones del proyecto de ley, el objetivo es proteger el interés superior de las personas menores de edad en caso de separación o divorcio, basado en el principio de la sana convivencia de sus progenitores. El argumento manifiesto para presentar este innecesario proyecto es evitar que la persona (mayoritariamente mujeres), que tiene la custodia de hijos e hijas menores de edad, influya negativamente en la imagen del otro progenitor con falsedades y, por lo tanto, limite su derecho a tener una sana relación con ambos y sus familias.

Las reformas presentadas, por el proyecto mencionado al Código de Familia y Niñez y Adolescencia, abre portillos legales peligrosos, especialmente para las mujeres y también hombres sometidos a situaciones de violencia física y psicológica, al obligarlos a establecer una “sana convivencia”, desprotegiendo tanto a las personas violentadas como a las hijas e hijos.

La ley propiciaría una vida familiar construida, una vez más, sobre el silencio de la mujer, sobre una falsedad. En otros países se ha observado que los agresores aprovechan legislaciones similares para confundir e interferir en los juicios en los que la mujer pide protección de la justicia.

Incluso hay situaciones en las que el agresor manipula a los hijos e hijas contra la madre, circunstancia que en varios países se llama «violencia vicaria». Si la madre debe silenciar los maltratos, el agresor puede aprovecharse de esa manera para perpetuar la violencia contra ella y sus hijos.

Nosotras consideramos que las reformas planteadas por el proyecto no resuelven el problema que busca corregir, por el contrario, lo agrava. La solución debería ir por el fortalecimiento del PANI dotándolo con los recursos y los instrumentos legales necesarios.

¡¡Ya basta de violencia contra las mujeres!!

SINTRAJAP pide respeto a resoluciones judiciales que impiden despidos y solicita reinstalación del personal cesado

SINTRAJAP expresa que JAPDEVA violenta la medida cautelar y resolución de la Sala Constitucional, por lo que los despidos ejecutados son ilegales. SURCOS comparte la carta enviada por el secretario general de SINTRAJAP, Antonio Wells Medina a la presidenta ejecutiva de la institución y al Consejo de Administración.

Limón, 14 de noviembre del 2022
STJ-693-2022

Master Sucy Wing Ching
Presidencia Ejecutiva
JAPDEVA

Señores(as)
Consejo de Administración
JAPDEVA

Estimados (as) señores(as):

Luego de saludarles respetuosamente, pasamos nuevamente a exponerles los siguientes puntos para su efectiva aplicación, de cual exponernos a continuación:

  • El incumplimiento de la medida cautelar vigente por parte de JAPDEVA, otorgada por el Juzgado de Trabajo del Primer Circuito EXP: 18-000657-0679-LA Judicial de la Zona Atlántica, mediante el auto de las once horas y veintiún minutos del diez de agosto del año dos mil dieciocho. La cual se indica: «Se ordena a la parle emplazada a (sic) la suspensión inmediata de Despidos por este motivo y lo sucesivo mientras se tramita este proceso
  • Que mediante esta medida cautelar indicada en el punto anterior se ha garantizado el derecho de los trabajadores a tener trabajo lo cual buscamos sean efectivos y que de parte de JAPDEVA sean respetados.
  • JAPDEVA igualmente está incumpliendo lo resuelto por la Sala Constitucional mediante el Voto N° 2019-018505 de las once horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de setiembre de dos mil diecinueve, con el proceso de reorganización y de implementación establecido en la Ley N°9764 (Ley de Transformación de Japdeva) y el fuero especial con que cuentan los trabajadores de Japdeva a través de la Convención Colectiva. Hacemos notar, además, que siendo que a la fecha no se ha resuelto el levantamiento de la medida cautelar, la presidencia ejecutiva y la Administración de Japdeva ha procedido con los despidos prohibidos por la Medida Cautelar vigente, actuando JAPDEVA contrario a lo dictado por un Juez de la Republica de Costa Rica.

Además, es necesario indicar que nunca JAPDEVA contó con una base técnica para saber la cantidad de personal con la que debe operar JAPDEVA versus los movimientos de carga.

Por todo lo anterior, solicitamos la reinstalación de los trabajadores cesados y se detengan los ceses en JAPDEVA, por cuanto son ilegales según lo que ha establecido el Juzgado de Trabajo y lo advertido por la Sala Constitucional.

Atentamente,

Lic. Antonio Wells Medina
Secretario Genera
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Atropellos a personas trabajadoras de JAPDEVA y ausencia de rumbo en reestructuración generan protesta en Asamblea Legislativa

Un importante grupo de personas extrabajadoras de JAPDEVA protestaron frente a la Asamblea Legislativa este martes 15 de noviembre. Su reclamo: “Son demasiados los atropellos que sufren los trabajadores en JAPDEVA y no hay un rumbo claro de los procesos de reestructuración de la institución”.

La movilización coincidió con una petición a la presidencia legislativa para suspender durante 20 minutos la sesión, a fin de que la Comisión Especial de Limón atendiera al grupo de limonenses presentes en el Congreso. La solicitud fue firmada por los diputados Jonathan Acuña Soto, jefe de la fracción del Frente Amplio y Oscar Izquierdo Sandí, subjefe de la bancada del Partido Liberación Nacional. Asimismo, la diputada Ada Acuña Castro, del Partido Social Democrático envió una nota a las autoridades superiores del Poder Ejecutivo con la solicitud de “una escucha enfática, que promueva acciones propositivas para el beneficio de la provincia de Limón”.

La legisladora puntualiza en su carta que es necesario “un espacio de reunión, con la participación de una comisión de empleados y ex trabajadores de la institución, de forma tal que se construya un diálogo franco sobre los planes estratégicos y propuestas que desarrollarán con la autoridad portuaria y su personal”.

Agrega la diputada Ada Acuña Castro: “El día de hoy representantes del sindicato de JAPDEVA se presentaron en las instalaciones del Congreso, para requerir el apoyo … para que sean escuchados sobre la propuesta de transformación del Gobierno, ya que han enviado documentación al respecto y no han sido atendidos y además alertaron públicamente supuestas irregularidades en el accionar de la Presidencia Ejecutiva de JAPDEVA”.

Cambios en toda la función pública por leyes sobre transparencia

Rosaura Chinchilla C.

1.- El 11 de noviembre de 2022 entró a regir la ley No. 10 053 publicada en La Gaceta del 10 de noviembre de 2021 (ver versión oficial aquí: http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=NRTC&nValor1=1&nValor2=95600&nValor3=127650&strTipM=TC) sobre la obligación de GRABAR EN AUDIO Y VIDEO Y TRANSCRIBIR  LAS ACTAS DE TODAS LAS SESIONES DE TODOS LOS ÓRGANOS COLEGIADOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. Se trata de una reforma a los artículos 50 y 56 de la LGAP que se aprobó un año antes, pero hasta ahora entra en vigor, dado que así lo dispuso su transitorio único. Cabe advertir que la única disposición de esa ley (de tan solo 3 artículos) que entró en vigencia al momento de su publicación fue la que reformó la inhabilitación relativa, que había quedado sin contenido por un error legislativo (al introducir los famosos “bis”, en este caso el 57 bis, que afectan a los artículos siguientes).

2.- La LGAP aplica, según su artículo 1, a la Administración Pública que incluye el Estado (y en Costa Rica el estado está constituido por cuatro poderes: ver artículo 9 de la Constitución Política) y “los demás entes públicos”. Eso significaría, a mi entender, que esta obligación aplica a TODAS las sesiones de las comisiones legislativas y de las comisiones judiciales, incluidas las de nombramientos. Así, por fin podremos ver (salvo que encuentren la trampa para evadir la obligación) por qué se asigna determinada nota a una persona postulante a una magistratura u otro puesto electivo de la Asamblea Legislativa, por qué un diputado o diputada le pone cero a un candidato/a (ha sucedido) y por qué la Comisión de Nombramientos del Poder Judicial le otorga determinada nota a quienes participan en un concurso y excluye o no a algunos (cosa de la que, hasta ahora, nos privamos). También aplica a municipalidades, universidades estatales (con todas sus comisiones), instituciones autónomas, etc.

3.- Esa disposición debe leerse en consonancia con el delito de INCUMPLIMIENTO DE DEBERES (artículo 339 del Código Penal) que sanciona con INHABILITACIÓN en el ejercicio del cargo de uno a cuatro años a quien omita hacer un acto propio de sus funciones.

4.- El origen de la reforma fue la propuesta efectuada por la Contraloría General de la República a solicitud de la Asamblea Legislativa para identificar los vacíos normativos que permiten la impunidad del funcionariado público cuando este los use para cometer actos lesivos a la Hacienda Pública, eso en el contexto del “hueco fiscal” (ver expediente legislativo No.20949).

5.- Eso, más los cambios en la votación, ahora pública, generados al Reglamento Interior de la AL y a leyes que impactan el Poder Judicial y la obligación de motivar los actos (establecida en la Ley General de la Administración Pública) pueden hacer un cambio sustancial en la gestión de los temas de política pública.

6.- Se requiere, además, el seguimiento de los medios de prensa y de instituciones como la Procuraduría de la Ética Pública, la Contraloría General de la República y del Ministerio Público para hacer cumplir la ley.