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Autor: María José Ferlini Cartín

Diputados aprobaron ley con coordenadas erróneas

Solicitud de veto a modificación de Reserva Biológica Lomas de Barbudal

  • No existen estudios previos que justifiquen la modificación de límites
  • El Estado no tiene el dinero necesario para realizar la compra de los terrenos para la compensación de la biodiversidad
  • Se está violentando la Convención RAMSAR

 

FECON, Bloque Verde, 20-9-2018. Por medio de una carta pública, ambientalistas solicitamos a Carlos Alvarado Quesada vetar proyecto de ley tramitado bajo el expediente legislativo N°20645: “Ley para modificar los límites de la Reserva Biológica Lomas de Barbudal”.

En la carta se señalan errores graves en la tramitación que incluso algunos hacen inaplicable la modificación de los límites de Lomas de Barbudal. Inconsistencias que rozan la normativa constitucional, la legislación ambiental existente sobre Áreas Silvestres Protegidas y el Convenio RAMSAR.

Las incongruencias confirmadas después del segundo debate en la Asamblea Legislativa, consisten en que no se consideraron criterios técnicos de los polígonos topográficos en cuanto a la fijación de los nuevos límites de la Reserva Lomas de Barbudal. El cual contiene un error en las coordenadas geográficas, concretamente existe un error de 3 metros en la Latitud y 13 metros en la Longitud.

Mediante el oficio DIG-0388-2018 del 06 de setiembre de 2018, el Registro Nacional comunica a la Asamblea Legislativa la existencia de una serie de irregularidades sobre las coordenadas contenidas en el texto aprobado, mismas que buscan establecer los nuevos límites que tendrá la Reserva Biológica Lomas del Barbudal.

En este sentido la carta dirigida al mandatario señala que “urge la imperiosa necesidad de que se adecuen los límites planteados en el texto del Decreto Legislativo N°9610, de previo a su entrada en vigencia, entre otras razones, para que sea posible dar garantía en cuanto a la seguridad jurídica sobre régimen de propiedad dentro de los nuevos linderos requeridos.”

Por otro lado no existen los estudios técnicos necesarios. En el oficio SENARA-GG-0674 del 13 de setiembre de 2018, el Servicio Nacional de Riego y Avenamiento, en adelante SENARA, realiza una serie de confirmaciones sobre la ausencia de estudios técnicos y científicos suficientes, para justificar la decisión de desafectar 113 ha de la Reserva Biológica Lomas de Barbudal, lo cual significa, que no existe el respaldo científico suficiente, para tomar la medida. Lamentablemente esto no se realizó, a pesar de la clara necesidad de realizar los estudios en los términos exigidos por la Ley Orgánica del Ambiente. Esa modificación de límites requiere de estudios científicos que la confirmen, tal y como se indica en la exposición de motivos que acompañó al Proyecto de Ley.

Pese a eso los estudios no existen, por lo tanto no existe el fundamento científico que justifique la necesidad de realizar el PAACUME. Porque no se tiene certeza científica de ser la única fuente disponible de recurso hídrico para turismo, riego, consumo humano y generación eléctrica de la región.

Otra razón, para fundamentar la presente solicitud de veto es que si bien, no se cuenta son los recursos necesarios para adquirir los terrenos a compensar. Según el Artículo 72.- del Reglamento de la Ley de Biodiversidad es necesario:(…) (g) Existencia de recursos financieros suficientes para adquirir los terrenos del área propuesta y asegurar su adecuada protección y manejo en el largo plazo. (…)”

A pesar del requisito, en el mismo oficio del SENARA-GG-0674 se indica (sobre los recursos para adquirir las fincas de compensación): “Hasta este momento (13 de setiembre del año en curso) no se tienen incorporados estos recursos en el presupuesto institucional…”

Además de que no se puede garantizar la existencia de recursos financieros suficientes para la adquisición de esas fincas, según lo indica el SENARA, tampoco se han, si quiera, presupuestado los recursos para asegurar su protección y manejo en el largo plazo, tal cual, lo exige nuestro ordenamiento jurídico ambiental.

Finalmente, la Convención Ramsar, ratificada mediante la Ley N°7224 del 8 de mayo de 1991, permite que por motivos de urgencia nacional se modifiquen los sitios incluidos dentro de sus apéndices, sin embargo, en el caso concreto esta urgencia no existe. Según se ha manifestado, es el PAACUME el que justifica la disminución de los límites de la Reserva Lomas de Barbudal, pero el SENARA indica que: “(…) hay que tener claro que el Paacume no considera dentro de sus objetivos el tratamiento y distribución de agua potable.”

Por lo tanto, la necesidad de abastecimiento poblacional no puede justificar la intervención del área silvestre protegida y, evidentemente, no es urgente, pues la Administración, ni siquiera la consideró dentro de los objetivos del PAACUME.

La solicitud al Presidente de la República, Carlos Alvarado Quesada, es que considerando las implicaciones negativas que tendría la entrada en vigencia de un proyecto de ley sin criterios técnicos en cuanto a la fijación de los nuevos límites de la Reserva Lomas de Barbudal; que no se justifica sobre la necesidad de abastecimiento poblacional y que no cuenta con el contenido presupuestario correspondiente ni para adquirir; ni para darle mantenimiento en el largo plazo a las más de 400 ha de compensación que pasan a formar parte de la Reserva. La carta solicita se

Por esta razón se lanzó una campaña de recolección de firmas en apoyo al veto el Decreto Legislativo N°9610, mediante la plataforma

https://secure.avaaz.org/es/petition/Carlos_Alvarado_Quesada_Presidente_Republica_de_Costa_Rica_No_a_la_Destruccion_de_Reserva_Lomas_de_Barbudal/

*Información al teléfono: 8892 7959 o al 8760 9800.

20.465 0388 IGN 6-7-2018

Nuevo doc 2018-09-20

 

Enviado por FECON.

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A propósito de la decisión del CIADI en el caso David Aven et alii contra Costa Rica: breves apuntes

Nicolas Boeglin (*)

 

El 18 de setiembre pasado, se ha dado a conocer el laudo arbitral en el caso de David Aven y otros contra Costa Rica / Caso No. UNCT/15/3 (véase texto completo en castellano). Se trata de un caso llevado en el 2014 por un grupo de inversionistas extranjeros contra Costa Rica ante un tribunal auspiciado por el Centro Internacional de Arreglo de Disputas entre Inversionistas Extranjeros y Estado (más conocido como CIADI).

A proposito de la decision del CIADI en el caso David Aven et alii contra Costa Rica

Foto del proyecto Las Olas extraída de esta nota de prensa del Tico Times titulada «Police evict squatters from U.S. investor’s property in Esterillos Oeste».

Un megaproyecto costero en Playa Esterillos y unos humedales protegidos por la legislación ambiental

La solicitud de arbitraje contra Costa Rica se relaciona a un proyecto de condominios en el Pacífico Central (Playa Esterillos), en la que los demandantes exigían, con base en varias disposiciones del Tratado de Libre Comercio (TLC o CAFTA-DR), el pago (inicial) por más de 70 millones de US$ a Costa Rica por concepto de indemnización (punto 61 de la solicitud de arbitraje): ello debido al hecho que, según ellos, su proyecto obtuvo los permisos correspondientes y luego se vio frenado en razón de restricciones de la legislación costarricense en materia ambiental. Por su lado, en sus argumentos presentados en el 2016, Costa Rica alegó (véase texto de los alegatos) que: «En síntesis, las Demandantes exhibieron una desconsideración desvergonzada de la legislación, de los estándares ambientales de protección, del control y de los procedimientos del Estado y de los poderes de policía del Estado de Costa Rica cuando se hizo evidente (debido a denuncias de terceros) que era inminente el daño real a los ecosistemas genuinamente sensibles debido a actividades inadmisibles de las Demandantes en el Sitio del Proyecto Las Olas» (punto 18, página 4).

Como se puede apreciar, los inversionistas extranjeros fueron llevados a considerarse perjudicados por actos del Estado costarricense y acudieron a un arbitraje internacional para intentar obtener alguna compensación / indemnización por los supuestos daños sufridos.

Algunos de muchos detalles que posiblemente traigan recuerdos a muchas comunidades y activistas costarricenses

El detalle del largo procedimiento seguido desde enero del 2014 se puede observar en este enlace del sitio especializado en arbitraje de inversiones Italaw, permitiendo además la revisión de las diversas audiencias y testimonios de peritos ofrecidos tanto por el Estado como por los inversionistas.

En su decisión (véase texto completo), el Tribunal examina la actuación de las diversas autoridades costarricenses en materia ambiental: al respecto, se recomienda la lectura de varias partes de la sentencia que evidencian algunas cosas que muy a menudo sospechan comunidades y activistas al revisar algunos expedientes de megaproyectos cuestionables (y cuestionados). Por ejemplo, entre muchos más, en el párrafo 116 se puede leer que ambas partes se «distanciaron del origen» de un documento (sic.):

«116. El 27 de marzo de 2008, sólo días antes de que se emitiera el comunicado del SINAC mencionado supra que confirmaba que el Sector del Condominio no se encontraba dentro de un ASP, se presentó un Informe del SINAC No. 67389RNVS-2008 ante la SETENA como parte del expediente del Proyecto Las Olas54 al que se ha hecho alusión durante el procedimiento como el “Documento Falsificado”. Tanto las Demandantes como la Demandada se han distanciado de su origen, y han surgido muchas discusiones entre ellas en cuanto a quién tenía motivos para elaborarlo y presentarlo, pero el Tribunal aún no tiene claro quién lo elaboró realmente. Este documento, presuntamente firmado por Gabriel Quesada Avendaño (un biólogo del SINAC) y Ronald Vargas (Director del SINAC) que establecía que los criterios seguidos por el Proyecto Las Olas para la protección del ambiente cumplían con los requisitos del SINAC, arribó a la conclusión de que el Proyecto “no constituye una amenaza evidente en el corredor biológico Esterillos Oeste ni socava en abosluto la biodiversidad del Refugio Nacional de Vida Silvestre Local”. Se confirmó que este documento se trataba de una falsificación – aunque esto no fue hasta el mes de noviembre de 2010. En el ínterin, parece que la SETENA confió en el documento«.

En los párrafos 127-129, se aprecia cuán célere y eficiente puede a veces resultar una entidad municipal en Costa Rica cuando se trata de un proyecto de cierta envergadura:

«127. Fue por eso que la Sra. Vargas presentó una denuncia el 15 de junio de 2010 ante el Tribunal Ambiental Administrativo (“TAA”), una división del Ministerio de Ambiente, mediante la cual solicitaba una investigación del Proyecto Las Olas en vista de (i) las inquietudes acerca de si se estaban rellenando humedales; (ii) la construcción de calles pavimentadas y (iii) el hecho de que se había talado y quemado “vegetación.

128. Al día siguiente, el 16 de junio de 2010, la Sra. Vargas informó al SINAC acerca de sus hallazgos e informes anteriores emitidos con respecto al Proyecto Las Olas.

129. Curiosamente, el mismo día que la Sra. Vargas anunció públicamente sus inquietudes, la Municipalidad emitió siete permisos de construcción para el Sector de Servidumbres del Proyecto Las Olas. Pocos días después, el 22 de junio de 2010, DEPPAT—la Regente Ambiental contratada por el Sr. Aven—presentó un plan de movimientos de tierra y un programa de obras previstas con respecto al Sector de Servidumbres«.

En el párrafo 181, se lee por parte del tribunal arbitral auspiciado por el CIADI, que las actuaciones de diversas entidades públicas del Estado costarricense arrojan algunas preguntas:

«181. Tal como surge de la descripción de los hechos supra, se presentan muchas cuestiones a partir de los hechos confusos y complejos, e informes, resoluciones y medidas aparentemente contradictorias o incongruentes por parte de las autoridades costarricenses, que este Tribunal analizará infra. Algunas de estas cuestiones son: ¿había humedales y bosques en el sitio del Proyecto Las Olas? ¿Cuál es el organismo encargado de determinar la existencia de humedales? ¿Es un organismo distinto al de los bosques? ¿Cuál es el organismo responsable de emitir un permiso de viabilidad ambiental? ¿Cuáles son los derechos del inversor una vez recibido un permiso? ¿Quién tiene autoridad para revocar? Por último, ¿qué relación existe entre los gobiernos municipal y central en lo concerniente al otorgamiento de permisos para el desarrollo de bienes inmuebles?»

Actuaciones de ambas partes algo cuestionables

En la parte final de su decisión, el tribunal arbitral desestima las pretensiones del grupo de inversionistas demandantes, al evidenciarse su mala fe, no sin hacer ver que Costa Rica omitió aplicar su propia legislación al detectar actuaciones ilegales por parte de los demandantes. En los párrafos 762-763 se lee que:

«762…Costa Rica también presentó ante este Tribunal algunos supuestos ilícitos de las Demandantes en lo que respecta a la Concesión y al desarrollo del propio Proyecto Las Olas, pero el Estado omitió la aplicación del derecho interno a estas situaciones. Además, la complejidad de la legislación ambiental y la cantidad de organismos facultados para aplicarla pueden explicar las contradicciones mencionadas supra, aunque pueden también desorientar a las personas que se ocupan de cuestiones de naturaleza ambiental. Toda esta confusión ha sido, en alguna medida, una invitación a litigar.

763. Las Demandantes, por otra parte, carecieron de transparencia en su desarrollo de Las Olas. Actuaron en aras de evitar la exhibición de las características del terreno que podrían perturbar su negocio. Omitieron la divulgación del Informe Protti (párrafo 111 supra) y también fraccionaron el terreno para evitar el requisito de presentar una Solicitud D1 para obtener un permiso de VA para las servidumbres (sección X.D.1(f) supra). Esta clase de acciones no solo socavaron el argumento de las Demandantes, sino que oscurecieron su comprensión«.

La reconvención por daño ambiental: una magnífica ocasión…desaprovechada

Uno de los puntos de interés en este caso preciso fue la posibilidad, para Costa Rica, de obtener del tribunal arbitral del CIADI un monto compensatorio por el daño ambiental causado por los demandantes. La «reconvención» es una figura procesal que permite obtener una reparación si la parte demandada logra demonstrar a los árbitros que ha sufrido un daño. En los párrafos 720-721, leemos que:

«720. Costa Rica acusa a las Demandantes del daño ambiental considerable supuestamente ocasionado por ellas. Esas acusaciones incluyen: a) la construcción de carreteras, excavación de alcantarillas de drenaje, instalación de alcantarillas y la remoción de estratos vegetales del bosque; b) la creciente sedimentación del suelo; c) el relleno y drenaje de los humedales.

721. Costa Rica afirma que las Demandantes tenían conocimiento de la sensibilidad ecológica del sitio de Las Olas mediante el Informe Protti, pero decidieron desestimarlo y no revelaron el informe a las autoridades competentes. Omitieron describir elementos decisivos del ecosistema del sitio y fragmentaron su solicitud de VA para evitar comunicarle a la SETENA una evaluación de todo el sitio del proyecto. A criterio de la Demandada, esta conducta violó normas imperativas de protección ambiental, y, por lo tanto, las Demandantes deben ser responsables por ello«.

Lamentablemente, el tribunal arbitral no responde afirmativamente a la petitoria de Costa Rica sobre el pago de un monto por el daño ambiental. Para el tribunal,

«No existe una exposición precisa de los hechos que sustenten las reclamaciones, sino una referencia a informes periciales adjuntos a esos escritos de parte. No existe una especificación de la reparación que pretende sino en términos muy generales, y la cuantificación es muy aproximada, basada únicamente en la experiencia personal de un perito en lugar de en un método preciso de valoración. Además, la prueba que Costa Rica ha mencionado se diluye en su contestación de la demanda, sin especificar de manera clara y precisa los hechos que han de probarse dentro de la reconvención, en particular, la prueba de que las Demandantes son las causantes de todos los daños ambientales» (párrafo 745).

El tribunal considera además que esta petitoria se hizo de forma extemporánea (véase párrafos 746-747).

La condena en costas obtenida por Costa Rica

En cambio, el tribunal condena a los demandantes a pagarle a Costa Rica más de un millón de US$ por concepto de condenatoria en costas (véase página 263 del laudo arbitral). Nótese que los costos de defensa fueron evaluados por Costa Rica en más de 2,4 millones de US$ en sus alegatos (véase párrafo 750 de laudo arbitral), frente a los más de 8,5 millones de US$ que adujeron los demandantes haber gastado en este proceso (párrafo 748 del mismo laudo).

Recientemente, se informó de otra suma de dinero similar que se le adeuda a Costa Rica por parte de un grupo de accionistas suizos de la empresa mexicana Gaz Z, luego de una decisión arbitral también favorable a Costa Rica adoptada por un tribunal arbitral del CIADI en el 2017 (véase nota de CRhoy y nota del Semanario Universidad): Costa Rica había indicado haber incurrido en más de 2 millones de US$ en gastos de defensa (véase párrafo 709 del laudo arbitral de febrero del 2017).

A modo de conclusión

No cabe duda que, pese a evidenciarse inconsistencias en el actuar de diversos entes públicos, Costa Rica sale bastante bien librada de este largo proceso internacional, en el que logró convencer a los integrantes del tribunal arbitral de la mala fe de los inversionistas extranjeros y de la cuestionable asesoría legal con la que contaron en Costa Rica.

Pueden, esto sí, persistir algunas dudas sobre el fracaso de la solicitud de Costa Rica en materia de reconvención por daño ambiental, y la no presentación de un monto preciso cuantificando el daño ambiental por parte de las autoridades costarricenses. ¿Cuáles pueden haber sido las razones para desaprovechar de esta manera una ocasión que raramente se presenta ante los árbitros del CIADI? Dejamos a cada uno de nuestros estimables lectores buscar alguna respuesta a esta pregunta.

Con la resolución de este caso, ante el CIADI se mantiene pendiente de resolución un solo caso contra Costa Rica, correspondiente a la demanda interpuesta por la empresa minera canadiense Infinito Gold en febrero del 2014 por la suspensión ordenada por los tribunales de justicia del proyecto localizado en Las Crucitas. Se trata de otro megaproyecto que obtuvo en el período (2006-2010) autorizaciones y permisos cuestionables (y cuestionados), al igual que el proyecto de condominios Las Olas en Esterillos Oeste: no cabe duda que «intervenir» a órganos técnicos como la SETENA desde un «Ministerio de la Competitividad» conlleva algunas consecuencias, no del todo ajenas a lo que los integrantes del tribunal del CIADI denominaron en su laudo sobre Las Olas «una invitación a litigar» (párrafo 762).

En igual situación (un solo caso pendiente de resolución ante el CIADI) se encuentran, en América Latina, Bolivia, Ecuador, Guatemala, Nicaragua y Uruguay, a diferencia de Chile (dos demandas), México y Panamá (cinco demandas cada uno), Perú (siete demandas), Argentina y Colombia (nueve demandas cada uno) y Venezuela con veinte demandas pendientes de resolución inscritas ante el CIADI. Como dato de interés, España es el Estado que más demandas acumula en la actualidad ante el CIADI en su contra: un total de treinta demandas pendientes de resolución al momento de redactar estas breves líneas (20/09/2018).

Nótese que en este año 2018, por alguna razón, México, que había mantenido una cauta distancia con el CIADI desde su creación en 1965, dejó de tenerla: el 11 de enero del 2018 firmó la Convención de Washington que crea el CIADI y el pasado 27 de julio, optó por depositar su instrumento de ratificación (véase nota de CIARGlobal), pocas semanas después de las elecciones realizadas el mismo mes de julio del 2018.

 

(*)Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).

 

Enviado por el autor.

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Desafíos de la crisis fiscal, sus puntos calientes y las amenazas que plantea. Un aporte a la educación ciudadana sobre ese tema fundamental

Especial: «El desafío de la crisis fiscal»

Diálogo con Luis Paulino Vargas Solís

«Ante la urgencia que plantea la situación del déficit fiscal y la deuda política en Costa Rica y ante la imperiosa necesidad de llevar adelante un gran diálogo nacional, abrimos este espacio de reflexión y debate«.

Video publicado por Luis Paulino Vargas Solís.

 

Enviado por Luis Paulino Vargas Solís

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Comunidad estudiantil contribuye a mejorar el modelo de emprendimiento académico de la UNA

La Oficina de Transferencia de Conocimiento y Vinculación Externa de la Universidad Nacional Costa Rica invita a la comunidad universitaria estudiantil de todas su sedes y centros a completar la Encuesta Mundial sobre emprendimiento Universitario (Encuesta GUESSS), ingresando al link: https://tinyurl.com/guesss-cr

Se trata de una encuesta para determinar el estado de situación del emprendimiento a nivel institucional-UNA. Es parte de una investigación internacional del Global University Entrepreneurial Spirit Students (GUESS), organización conformada por la Universidad de St. Gallen y la Universidad de Berna, ambas de Suiza, líderes internacionales en esta temática.

Esta alianza permitirá a la UNA conocer la percepción del estudiantado sobre el estado del emprendimiento a nivel institucional, datos que les permitirá desde la Oficina de Transferencia del Conocimiento y Vinculación Externa OTVE -UNA apuntalar y mejorar los servicios de emprendimiento y preincubación dirigidos a esta comunidad universitaria.

Comunidad estudiantil contribuye a mejorar el modelo de emprendimiento academico de la UNA

 

Enviado por M.Sc. Efraín Cavallini Acuña.

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UCR: El Consejo Universitario llama a la Institución a un paro activo

  • No se suspenderá ninguna actividad sustantiva ni de obligaciones regulares
UCR El Consejo Universitario llama a la Institucion a un paro activo
El paro activo promueve espacios de reflexión y análisis en todas las áreas del conocimiento. Foto: Anel Kenjekeeva.

El Consejo Universitario (CU) acordó este 21 de septiembre llamar a la comunidad de la Universidad de Costa Rica a un paro activo. Este se entiende como el proceso en el que funcionarias, funcionarios y estudiantes de la Institución cumplen con sus actividades sustantivas y obligaciones regulares; sin embargo, pueden participar en los eventos programados y autorizados por la Rectoría.

CONSULTE: Acuerdo completo del Consejo Universitario sobre un llamado a paro activo en la UCR

Al respecto, el órgano universitario exhorta a las unidades académicas e instancias administrativas a que, en el ámbito de su competencia, organicen y faciliten el debate crítico –al tiempo que promueven, en todo momento, la participación estudiantil– en torno a las implicaciones del Proyecto de Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas para el país y la Institución.

La unidad insta al Gobierno de la República y a la Asamblea Legislativa a tomar en consideración los argumentos de los diferentes sectores sociales con respecto a la reforma fiscal y a atenderlos de manera efectiva y oportuna, así como a suspender el Proyecto en debate. Esto con el fin de facilitar la negociación política entre las partes y renegociarlo de manera urgente, en beneficio de una mayor justicia y equidad. Además, la Universidad de Costa Rica ofrece su apoyo para elaborar una nueva propuesta.

Medidas similares fueron tomadas en las coyunturas de marzo del 2000 y setiembre del 2005, cuando este órgano decretó paros activos ante la posibilidad de aprobar leyes que pretendían privatizar el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) y el Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos, Centroamérica y República Dominicana, respectivamente. De la misma manera, lo hizo la Rectoría mediante la resolución R-4831-2010, durante la negociación del Fondo Especial para la Educación Superior (FEES), el 11 de agosto de 2010.

UCR El Consejo Universitario llama a la Institucion a un paro activo2
Cuarto foro de la UCR sobre la reforma fiscal.

Sobre la urgencia fiscal

El Consejo se manifestó de acuerdo con una reforma fiscal para ajustar las finanzas del Estado, sobre todo ante el evidente deterioro en que estas se encuentran. No obstante, no está de acuerdo con los medios que se han escogido en este proyecto de ley, en el que están ausentes aspectos, entre otros, como renta mundial e impuestos a grandes capitales. Asimismo, advierte que la afectación para la Universidad de Costa Rica es inminente.

El paro activo supone el fomento de espacios de reflexión y análisis en todas las áreas del conocimiento.

Igualmente, la Universidad acuerda crear una comisión institucional para coordinar y definir las políticas y las actividades que sean necesarias realizar para promover la participación activa y permanente de la comunidad universitaria en el análisis crítico sobre el Proyecto de Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas. Expediente N.° 20.580. Esto para construir una conciencia crítica de la sociedad costarricense y una defensa de la Institución por las afectaciones que esa iniciativa le podría generar.

La comisión estará integrada por dos personas del Consejo Universitario (una de ellas la coordinará) y una persona representante de la Rectoría, la Federación de Estudiantes de la Universidad de Costa Rica, el sector administrativo, el sector docente, el Sindicato de Empleados Universitarios y las Sedes Regionales.

 

DOCUMENTOS

El Consejo Universitario toma acuerdo sobre el tema de la reforma fiscal

 

Gabriela Mayorga López

Periodista, Oficina de Divulgación e Información

 

Información tomada de: http://www.ucr.ac.cr/

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UCR: Encuesta del CIEP: costarricenses proponen renegociar el proyecto fiscal

  • La ciudadanía defiende el derecho a protestar, pero rechaza las acciones implementadas por el movimiento social

 

El 65% de la población considera que se debería pausar y renegociar el trámite del proyecto de Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas que se discute en la Asamblea Legislativa, el 21% lo rechazaría y 14% lo aprobaría.

Así lo señala el más reciente estudio de opinión pública del Centro de Investigación en Estudios Políticos (CIEP), la Escuela de Ciencias Políticas y la Vicerrectoría de Investigación de la Universidad de Costa Rica (UCR), aplicado a 723 personas de todo el país, entre el 18 y 19 de setiembre por medio de llamadas a teléfonos celulares.

La medición determinó que la mayoría de las personas consultadas se siente molesta con la coyuntura que atraviesa país y califican el estado fiscal como muy grave, aunque solo el 51% la asocia con la incapacidad del Gobierno para enfrentar sus compromisos presupuestarios.

El 52,3% de los consultados valora de forma positiva el movimiento de huelga y corresponden en su mayoría a personas jóvenes con nivel educativo de primaria o menos y ubicados en las provincias de Guanacaste, Puntarenas y Limón.

Pese a que hay una representativa identificación de la ciudadanía con el movimiento social, la mayoría de los consultados rechaza acciones como los bloqueos, las afectaciones a la distribución de combustibles, así como la suspensión de servicios médicos y clases en escuelas y colegios.

Las marchas son el único repertorio de protesta con un alto apoyo ciudadano, expresado por un 76% de los consultados, y según Ronald Alfaro, coordinador de la Unidad de Opinión Pública del CIEP, esto es reflejo de valores propios de la sociedad costarricense.

El académico afirma que, tal como se ha evidenciado en otros contextos, la ciudadanía tiene un fuerte respeto por las libertades, por lo cual, cualquier acción que amenace este principio podría desencadenar percepciones de rechazo.

UCR Encuesta del CIEP costarricenses proponen renegociar el proyecto fiscal2
El estudio fue elaborado por el Centro de Investigación en Estudios Políticos (CIEP), la Escuela de Ciencias Políticas y la Vicerrectoría de Investigación.

“Nadie puede negar que el movimiento de huelga tiene un apoyo fuerte, pero no es un apoyo incondicional, sino que tiene una serie de condiciones y si esa protesta no las cumple, la gente toma distancia y reacciona en contra”, enfatizó Alfaro.

Según el politólogo, aunque la ciudadanía defienda la protesta social, no apoyará necesariamente las formasque generen rupturas sociales, se tornen violentas o puedan afectar y lesionar los derechos u oportunidades de terceros.

La medición del CIEP determinó también un claro rechazo a las acciones implementadas por el Gobierno frente a la protesta. El 73% de los consultados está en contra del uso de la fuerza policial para dispersar los bloqueos y el 68% de que se declare ilegal el movimiento.

La valoración de las figuras que han liderado las posiciones en la actual coyuntura evidencia también el desencanto general, pues tanto el presidente, Carlos Alvarado, como el líder sindical Albino Vargas recibieron, en la escala de 1 a 10, una nota de 4,3 por parte de la ciudadanía.

Pese al agitado panorama social del país, el 45% de los encuestados apoya que los sindicados continúen la huelga, el 24% dice que deben suspenderla, el 20% señala que el Gobierno debe aceptar lo que pide el movimiento y solo el 12% afirma que debe mantenerse firme.

Según el director del CIEP, Felipe Alpízar, esta medición evidencia que la ciudadanía está consciente de que no es posible postergar las decisiones en cuanto a la crisis fiscal; por eso, se inclina por una salida negociadaentre los diversos sectores.

“La información recopilada muestra que la ciudadanía respalda la negociación del conflicto, pero no el retiro del proyecto fiscal de la corriente legislativa, principal objetivo de la huelga”, concluyó Alpízar

Los resultados de la encuesta son representativos para todo el país y ofrecen un nivel de confianza del 95%, mientras se estima un error muestral de ±3,6 puntos porcentuales.

UCR Encuesta del CIEP costarricenses proponen renegociar el proyecto fiscal3

Metodología
Las consultas se realizaron los días 18 y 19 de setiembre a 723 personas mayores de 18 años (50% hombres y 50% mujeres) de todas las provincias del país. Se realizaron llamadas telefónicas a partir de un marco muestral del Plan Nacional de Numeración de Sutel.

Las llamadas fueron realizadas a teléfonos celulares, pues el servicio abarca al 97.5% de la población del país, la muestra fue aleatoria. La medición tiene un nivel de confianza del 95% y se estima un error muestral de ±3,6 puntos porcentuales.

Andrea Méndez Montero

Periodista, Oficina de Divulgación e Información

 

Información tomada de: http://www.ucr.ac.cr/

El laboratorio de Microbiología UCR realiza 4 000 análisis cada año para monitorear la salud pública de Costa Rica

  • Espacio aporta al aprendizaje y a la investigación universitaria
El laboratorio de Microbiologia UCR realiza 4 000 analisis cada ano
El técnico Mainor Soto Carranza realizando una prueba en la sección de Química Clínica del Laboratorio. Foto: cortesía del proyecto.

Como parte de su compromiso con el desarrollo universitario, el Laboratorio de Análisis Clínico de la Escuela de Microbiología le abre sus puertas todos los años a estudiantes, académicos y profesionales en medicina para que realicen pruebas de sangre. Lejos de ser aleatorios, estos procedimientos forman parte de cursos e investigaciones llevadas a cabo dentro y fuera del campus Rodrigo Facio.

Erika Halsband Mainieri fue una de las 30 estudiantes de Nutrición que utilizaron el laboratorio el año pasado para el curso Evaluación del Estado Nutricional, en donde deben formular sus propios perfiles bioquímicos, incluyendo exámenes de sangre. Para Halsband, poder accesar a este tipo de exámenes son una prioridad y agradece que exista una medida para realizarlos dentro de la universidad.

Las escuelas de Medicina, Enfermería, el Laboratorio de Ensayos Biológicos (LEBI), el Instituto de Investigaciones en Salud (INISA), diversos proyectos de acción social y la Caja Costarricense del Seguro Social (C.C.S.S.) también utilizan los servicios del laboratorio, el cual registró aproximadamente 4000 análisis el año pasado.

Para el doctor en toxicología, Steve Quirós, coordinador del Departamento de Análisis Clínico (DAC), el funcionamiento del laboratorio va más allá de asistir a otras unidades académicas, ya que afirma que como docente es imperativo que los estudiantes de microbiología puedan interactuar con este tipo de espacios.

“Un interés importante del proyecto es tener el laboratorio aquí funcionando para que los estudiantes de la carrera puedan ver y experimentar cómo funciona un laboratorio antes de ir a la caja”, asegura Quirós.

Es por esto que el laboratorio también forma parte del proyecto de Acción Social Servicios de Laboratorio y Asesoría en Análisis Clínico (ED-538), iniciativa que tiene como objetivo ofrecer a la comunidad universitaria y público general pruebas especializadas en Química Clínica y Hematología a precios accesibles, tanto para la comunidad universitaria como la nacional.

Dentro de la gran oferta de exámenes que ofrecen se pueden nombrar pruebas como: perfiles hepáticos, de lípidos, colesterol, triglicéridos, proteínas, cálculos urinarios y cobre en los tejidos.

El laboratorio de Microbiologia UCR realiza 4 000 analisis cada ano2
El técnico Federico Artavia Esquivel monitoreando el proceso de rotación de las muestras de sangre. Foto: cortesía del proyecto.

La mayoría de estas pruebas tienen un precio que ronda desde los 6 000 colones (muestreo de grupo sanguíneo) hasta los 50 000 colones (perfil hepático). No obstante, tanto estudiantes como funcionarios obtienen un descuento del 50% en todos los procedimientos.

Para una lista completa de procedimientos y precios por favor consultar aquí.

Las ganancias recaudadas se invierten en el funcionamiento del laboratorio

De acuerdo con Quirós, que también coordina el proyecto, el mantenimiento de un laboratorio clínico es costoso pues incluye el uso de reactivos químicos, equipos de muestreo y refrigeración, los cuales deben ser revisados periódicamente, y la gestión de permisos anuales ante el Ministerio de Salud para funcionar de forma legítima.

El DAC, como instancia de la Escuela de Microbiología, inició su funcionamiento dentro del Hospital San Juan de Dios en 1970, por lo que además de realizar la labor de docencia, se atendían las consultas especializadas provenientes de otros hospitales estatales. Al pasar el departamento dentro de la universidad, se estableció un nuevo laboratorio que permitiera seguir procesando las consultas de la C.C.S.S, entre muchas otras.

Laura Martínez Soto, estudiante de Microbiología, agradece los esfuerzos para mantener el laboratorio dentro de la universidad, ya que afirma que el aprendizaje que proporciona no se encuentra en los cursos teóricos convencionales. Para Martínez, es una manera de acercarse a la realidad y de poder usar los equipos que necesitará en su futura vida profesional.

El uso del laboratorio es requisito para tres cursos dentro de la malla curricular de microbiología: Hematología, Química Clínica y Toxicología.

De acuerdo con Federico Artavia Esquivel, técnico del laboratorio, por semestre se reciben de entre 50 a 60 estudiantes de Microbiología en pequeñas rotaciones de 8 personas para procurar un mayor aprovechamiento del espacio.

Debido a que en el DAC se encuentran especialistas a nivel nacional en materia de análisis clínico, el departamento ofrece además, capacitaciones especializadas sobre procesamiento de muestras y control de calidad a instancias como hospitales estatales y otros laboratorios.

 

Esteban Hidalgo Pena

Unidad de Comunicación Vicerrectoría de Acción Social

 

Información tomada de: http://www.ucr.ac.cr/

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