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Gloria Gavioli “Poderosos económicamente podrían salvar su propio país”

Es necesario que el Presidente demuestre su interés personal en la solución de este grave momento que vive el país. Él puede llamar a las personas con más recursos de Costa Rica a que realicen un préstamo espontáneo, y con eso, un llamado a toda la ciudadanía que tengan un sueldo mensual de dos o más para que puedan hace una contribución sin intereses para 6 meses. Con esto se podría crear un fondo y el dinero se regresaría al Banco Central que lo prestó en los días anteriores.

Nadie pierde porque es un préstamo, pero en estos 6 meses, se trabajará la ley necesaria para salir adelante, con la participación ciudadana y de las varias instituciones involucradas.

Esto yo lo llamo Economía del Bien Común, las modalidades pueden estudiarlas los economistas. Creo firmemente que un gesto así del Presidente le ganaría más respeto y demostraría su buena voluntad de salir de la crisis que nos afecta.

 

 

Imagen ilustrativa tomada de CEP-ALFORJA.

Enviado a SURCOS por Gloria Gavioli.

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De la Revolución de las Crayolas a la Insurgencia de los Gatos

Óscar Madrigal

 

De forma inédita en la política nacional, en tan solo 5 meses, el PAC pasó del extásis de un contunde triunfo electoral al aislamiento de las barreras policiales. El Presidente Carlos Alvarado creyó que la población le había entregado un cheque en blanco, un mandato con el cual podía  hacer lo que quisiera. Se equivocó de principio a fin. A pesar de que tal vez nunca la ciudadanía ha aceptado que es necesaria una reforma tributaria como en la actualidad, sí está harta de que las cargas solo las paguen los sectores de siempre, mientras que los privilegiados, los más ricos de los ricos, sigan gozando de exenciones y amnistías.

Ante una reforma tributaria que podría parecer necesaria, la población se levantó con fuerza y energía contra un proyecto fiscal injusto, desigual y desequilibrado en contra del pueblo. Y declararon, por esa razón, una huelga que es de carácter político, sea que va más allá de una mera reivindicación económica particular, porque es una manifestación de malestar, de repudio a la misma forma de hacer política del PLN, PUSC. Es ese malestar con los líderes políticos, que siempre manejan los asuntos de gobierno de la misma manera, o sea a favor de la desigualdad, contra los que se ha levantado la ciudadanía. Y esto parece no entenderlo el Gobierno que sigue haciendo las cosas como las hacía el bipartidismo. Es una huelga política producto del hartazgo de una misma forma de hacer política.

El PAC con su gobierno, es uno más junto al PLN y PUSC y con ello perdió toda posibilidad de generar algún cambio de fondo. La insurgencia de los gatos, es contra la política tradicional y mediocre a la cual se ha sumado un partido que generó otras expectativas.

 

*Imagen con fines ilustrativos tomada de CEP-Alforja.

Compartido con SURCOS por Juan Carlos Cruz Barrientos, publicado originalmente en el perfil de Facebook de Óscar Madrigal.

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La reforma procesal laboral en el ojo de la tormenta

Manuel Hernández Venegas

 

“¿Dónde empieza la niebla que te esconde?” (Benedetti)

 

La Reforma Procesal Laboral (RPL), a poco más de un año de vigencia, está pasando la primera prueba de fuego, al calor de la huelga ejecutada contra el trámite y aprobación del Proyecto de ley de fortalecimiento de las finanzas públicas, N° 20580.

Ya van seis sentencias, por lo menos hasta ahora, dictadas por los jueces y juezas de trabajo que al hilo han declarado, una tras otra, la ilegalidad de los movimientos de huelga ejecutados en diferentes instituciones públicas, que por cierto, le llama a uno la atención la rapidez mediática con que circulan las sentencias, en la de menos primero que a las propias partes litigiosas.

Esta seguidilla de pronunciamientos judiciales, por uno u otro motivo, han declarado ilegales estos movimientos. Veamos muy resumidamente estos motivos:

1.- En la primera sentencia, porque el juez consideró que la causa del conflicto, de carácter político-laboral, contra aquel proyecto legislativo, no tiene amparo en el Código de Trabajo (CNP).

2.- En la segunda, se consideró que no se cumplió con el porcentaje mínimo de apoyo al movimiento de huelga que exige el artículo 381 CT (Ministerio de Vivienda).

3.- En la siguiente, porque además que no se cumplió con el anterior requisito de apoyo, se determinó que la actividad prestada por la institución respectiva constituye un servicio esencial, de conformidad con el inciso d) del artículo 376 CT (CNE).

4.- En la posterior resolución, se echó de menos el cumplimiento del requisito de apoyo y determinó también que los trabajadores participantes prestan un servicio esencial (Municipalidad Santa Ana).

5.- En las dos últimas, se declaró ilegal porque amén de no cumplir con el requisito de apoyo, tampoco se cumplió con el agotamiento previo de las alternativas de conciliación, previstas en el inciso b) del artículo 377 CT (JPS, BCCR).

Esta línea de pensamiento de los operadores judiciales desnuda los requisitos exorbitantes, harto difíciles de cumplir, particularmente el desproporcionado porcentaje de apoyo al movimiento de huelga, que impuso la Reforma Procesal Laboral, a raíz de cuya inobservancia, según lo pronunciaron los jueces, la mayoría de las anteriores huelgas fueron declaradas ilegales.

La proclamada titularidad del derecho de huelga en cabeza del sindicato, entonces, vino a menos que una declaración lírica o fue una conveniente técnica de publicidad engañosa.

De la mano con los anteriores requisitos, la RPL resucitó, de un sólo plumazo, el requisito del agotamiento previo de la conciliación, que por larga data, desde 1992, no se exigía, por cuya omisión dos huelgas fueron declaradas ilegales.

Además, la nueva legislación mantuvo la espuria prohibición de la huelga en los servicios esenciales, que está alegremente sirviendo de comodín a los jueces para terminar de hacer nugatorio el derecho fundamental de huelga en el sector público.

¡Pero hasta aquí no llegan los alcances de esos pronunciamientos judiciales! Como si lo anterior no fuera poco, en todas las sentencias, salvo dos, al amparo del artículo 562 del Código de Trabajo, también incorporado por la RPL, de manera inédita, los jueces también están condenando a los sindicatos contradictores a pagar las costas, condenatoria que a más de uno nos deja pasmado. ¡Cosas veredes que harán hablar las piedras!

Hay que destacar que nunca antes de la vigencia de la RPL se condenó a ningún sindicato a pagar costas por promover o participar en un movimiento de huelga, que ahora estos pronunciamientos judiciales vienen a constituir un deleznable precedente.

Sin lugar a duda, con esta ejemplarizante condena económica se pretende castigar las acciones colectivas de los sindicatos y desestimular, desde el primer aniversario de la RPL, el ejercicio de un derecho fundamental. Otra manera más de penalizar el derecho de huelga, como si las restricciones y prohibiciones que estableció el ordenamiento jurídico, urdidas por la consensuada Reforma, no fueran más que suficientes.

Las sentencias ciertamente no están aún firmes, por lo que no pueden producir, por tanto, todavía ningún efecto, ni disciplinario, ni salarial, aunque algunos desenfrenados jerarcas ya amenazaron rebajar salarios, a contrapunto de los artículos 379 y 385 CT, pero por el momento la cuestión está así: todas declaradas ilegales, con plus incluido de condenatoria en costas.

¡La tierra que prometieron los febriles promotores de la RPL ya está dando sus primeros frutos!

 

 

*Imagen ilustrativa tomada de la nota: Caminada Guanacaste a San José Combo fiscal

Enviado por el autor.

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La grupera que chima

Cristina Zeledón L.

 

PRIMERA PARTE

Después de estudiar el TITULO III Modificación a la Ley de Salarios de la Administración Pública, se torna evidente que la razón del llamamiento a una huelga general, nada tiene que ver con impuestos a la Canasta Básica, ni con la defensa de los derechos de todos los trabajadores, tampoco con una pretendida protección a la clase económicamente más débil.

No, para nada se trata de eso. El motivo fundamental de los dirigentes sindicalistas es que en ese temible TITULO III han percibido pasos de animal grande que amenazan los beneficios y gollerías que han venido usufructuando a través de los años.

Precisamente este tema es una de las causas, no la única, del incremento de la desigualdad social, ya que hay una diferencia enorme entre lo que ganan algunos dirigentes sindicalistas que gozan de privilegios exagerados y, lo que percibe el grueso de la población trabajadora.

No quiero decir tampoco, que las gollerías que disfrutan ciertos sindicalistas (no todos), sea la única causa del défit fiscal, ni tampoco que este Proyecto de Ley, sea perfecto y que no merezca algunas modificaciones y adiciones. Precisamente esa es la tarea que responsablemente están llevando a cabo la mayoría de los diputados y diputadas en la Asamblea Legislativa.

A lo que me refiero en este artículo es que aspectos contenidos en el TITULO III al que algo referencia, es la verdadera causa de la huelga que hoy padecemos. Una prueba de ello es que los dirigentes sindicalistas exigen la desaparición del Proyecto de Ley en su totalidad, ya que es obvio que no pueden referirse a la eliminación o modificación de ese TITULO III. Quedaría en evidencia para todos, incluso para los mismos huelguistas, el verdadero motivo de quienes les está “chimando la grupera”.

Pues bien, en ese TITULO III, aparecen enunciadas las medidas que se tomarán una vez aprobado el Plan Fiscal, con el fin de hacer más equitativa la remuneración que perciben todos los empleados de la Administración Pública. Evidentemente esas reformas salariales no contemplan la equiparación hacia arriba, sino a lo razonablemente posible y a una mayor justicia distributiva de los dineros que por vía de impuestos aportamos todos los ciudadanos al fisco nacional. Es así que muchas personas hasta ahora beneficiadas con granjerías, sin una justificación racional, tendrán que conformarse con percibir los salarios adecuados al trabajo que desempeñan. Veamos algunas de estas medidas

Art 38 Improcedencia de pagos:

  1. Bajo ningún supuesto se procederá al pago simultáneo de las remuneraciones adicionales por concepto de: Prohibición y Dedicación Exclusiva.
  2. El pago de las remuneraciones adicionales por concepto de Prohibición, Dedicación Exclusiva y Anualidades, únicamente se calculará sobre el salario base correspondiente al puesto que ocupe el funcionario.

Art. 39 Auxilio de Cesantía:

La indemnización por concepto de Cesantía de todas las funciones de las instituciones contempladas en el artículo 26 de la presente ley se regulará según lo establecido en el Código de Trabajo y no podrá superar los 8 años…

Art. 40 Incentivos adicionales improcedentes:

No procede la creación, incremento, ni el pago de remuneración por concepto de “discrecionalidad y confidencialidad”, ni el pago de reconocimiento por concepto de bienios, quinquenios o ninguna otra remuneración por acumulación de años de servicio distintos a las anualidades.

Art. 41 Remuneración del Presidente:

La remuneración mensual bruta del Presidente de la República no podrá superar por mes el equivalente a 25 salarios base mensual de la categoría más baja de la Escala de Salarios de la Administración Pública. Esta remuneración estará sujeta a las deducciones de ley. Se prohíbe el pago de gastos de representación y de gastos confidenciales.

Art. 42 Límite a las remuneraciones totales en la función pública:

La remuneración total de aquellos servidores cuya designación sea por elección popular, así como los jerarcas, titulares subordinados y cualquier otro funcionario del ámbito institucional de aplicación contemplado en el artículo 26 de la presente ley, no podrá superar por mes el equivalente a 20 salarios base mensual de la categoría más baja de la Escala de Salarios de la Administración Pública

Art. 43 Remuneración a miembros de Juntas Directivas:

Los miembros de Juntas Directivas, no podrán superar por mes el equivalente a 10 salarios base mensual de la categoría más baja de la Escala de Salarios de la Administración Pública:

Será improcedente el pago de viáticos conjuntamente con dietas.

Las disposiciones contenidas en ese TITULO III, abarcan a muchos empleados del sector público, no sólo de la Administración Central, ya que contempla además a todos los órganos de desconcentración adscritos a los distintos Ministerios del Poder Ejecutivo, al Poder Judicial, al Tribunal Supremo de Elecciones, así como a las dependencias y los órganos auxiliares de estos

El alcance de estas medidas afectará igualmente a las instituciones autónomas y semiautónomas y a las empresas públicas del Estado. Lamentablemente deja por fuera a las Universidades, Bancos y otras empresas públicas en competencia, aunque si se establece para éstas ciertos controles y evaluaciones periódicas. Me complace que el Plan también incluye a las Municipalidades. Estas últimas gozan de un régimen tan complaciente, que como ya es conocido el Alcalde de San José gana más que el de Nueva York. Y, alcaldes de municipalidades ubicadas entre las 9 menos eficientes del país, tienen salarios hasta de 5 millones mensuales.

Bueno ¿no era esto lo que la mayoría de los costarricenses estábamos esperando? Pues esas disposiciones ya están en blanco y negro a pesar de que a quienes les “chima la grupera”, hayan montado una huelga criminal y embarcado a muchísimos humildes ciudadanos, quienes confiadamente no han sabido discernir que los intereses de esa huelga, nada tienen que ver con la defensa de sus derechos, ni con el rebajo de sus salarios, los cuales siguen celosamente resguardados.

 

NOTA:

Como hay tanto que comentar sobre las disposiciones de este TITULO III y, con el ánimo de no cansar a los lectores, he dividido esta intervención en partes. En la próxima entrega me referiré a lo que corresponde a la “Evaluación del Desempeño de los servidores públicos”. Otro tema que a muchos nos dará un gran alivio.

 

 

*Imagen ilustrativa tomada de Youtube, del video: Desigualdad Social en Costa Rica.

Enviado por la autora.

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¿Podría Costa Rica ir por el camino de Grecia?

Luis Paulino Vargas Solís

Director Centro de Investigación en Cultura y Desarrollo (CICDE-UNED)

 

Debemos reconocer que, llegados al punto donde nos encontramos, el riesgo de que nos veamos arrastrados en una situación de crisis económica es muy cierta. Efectivamente puede ocurrir y, según como se den las cosas, podría ocurrir pronto, aunque también podría posponerse por algunos meses.

Al decir lo anterior, me baso en datos que están a la vista y que se resumen en una agudizada dificultad para financiar el déficit fiscal del gobierno. Cada nuevo intento de colocación de bonos de deuda pública que realiza el Ministerio de Hacienda, se topa con la exigencia de tasas de interés más altas y períodos de vencimiento más cortos, como también es cada vez más difícil refinanciar las deudas que vencen. Nada de esto es inocente, desde luego. Por debajo de esa superficie visible se mueven intereses poderosos, tanto locales como internacionales. Pero con decirlo –incluso con denunciarlo con encendida indignación– nada se conseguirá. Si como país no somos capaces de tomar a tiempo las medidas mínimas requeridas, de seguro nos asfixiarán. Y lo harán porque no fuimos capaces de colocar a tiempo los valladares que les cerrasen el camino y le impidiese aplastarnos.

Es una experiencia que ya hemos visto en otros lugares. Los países de la periferia europea en 2012 brindan una ilustración para mejor entender lo que pasa. En su caso, la cuestión se sintetizaba en un dato, escueto pero implacable: a la hora de tratar de colocar deuda para financiar su déficit fiscal, el diferencial entre la tasa de interés que se les exigía y el que se pagaba sobre los bonos de Alemania (tenidos como los más seguros) tendía a ampliarse cada vez más. Ello ponía en máxima tensión la sostenibilidad de sus finanzas y los empujaba hacia la insolvencia y, por lo tanto, la bancarrota. Se salvaron, no propiamente de la crisis, pero sí del colapso del Estado, gracias a la intervención del Banco Central Europeo (BCE), que anunció, por boca de su presidente, Mario Draghi, la disposición a comprar deuda soberana (o pública) en la cuantía que fuese necesaria.

En Costa Rica, esa opción no existe, no tanto porque nuestra Banco Central está lejos de tener el “poder de fuego” que tiene el BCE, sino principalmente porque las leyes costarricenses se lo impiden. El caso es que el neoliberalismo tico es extremadamente purista, a niveles que seguramente causarían hilaridad en Europa. De ahí que el establishment local de los/las economistas se ruborice y reciba con muestras de escándalo la concesión de un financiamiento por 500 mil millones de colones que el Banco Central dio en días recientes –y bajo condiciones sumamente restrictivas– al Gobierno Central. Se dio por esta vez, y, dada las limitaciones legales y la tozudez ideológica, será difícil que se vuelva a dar pronto, aún si el gobierno está a un tris de la bancarrota.

Entretanto, la economía va cada vez más débil, lo cual se visibiliza en ingresos tributarios prácticamente estancados. En consecuencia el déficit, que ya es muy considerable, tiende a crecer, de manera que, a su vez, la deuda se va inflando. Y siendo que esto último por sí solo haría aumentar los pagos por intereses, el impacto que éstos acarrean se agranda al subir las tasas. La presión sobre las finanzas pública se incrementa y los márgenes de maniobra se estrechan. Es, sin exageración, un panorama sombrío. No es broma: la crisis podría darse.

¿Significa que iremos por el camino de Grecia? Las comparaciones de este tipo son siempre riesgosas, incluso desatinadas, porque los contextos son ciertamente distintos. Por ejemplo: la deuda pública nuestra, a diferencia de Grecia, sigue siendo interna principalmente y en colones en su mayor parte (aunque el componente en moneda extranjera ha crecido mucho y de forma peligrosa). Pero también puede haber elementos en común, sobre todo porque en nuestro caso, como en el de Grecia, si la situación fiscal se sale de control, podemos quedar a merced de poderes financieros, incluso de alcance global, en capacidad de asfixiarnos.

Sin embargo, me interesa llamar la atención sobre un elemento: una situación de grave desequilibrio fiscal podría enfrentarse básicamente de dos formas: mediante una política de austeridad o mediante una esfuerzo de reactivación económica. Hay un océano de diferencia entre una y otra perspectiva, sin que ello niegue que, con seguridad, habrá que hacer todo un esfuerzo por “ordenar la casa” y corregir aquellos factores que dieron lugar a la crisis fiscal.

La vía de la austeridad le fue impuesta a Grecia y a otros países de la periferia europea, incluyendo a España, cuyo desbalance fiscal nacía no de excesos en el sector público, sino más bien del traslado a éste último de los excesos del sector privado (similar a los casos de Estados Unidos o Irlanda). Porque el crédito desordenado al sector privado y el auge especulativo de la construcción, fueron los que tumbaron la economía española y obligaron al gobierno a intervenir masivamente para sostener el sistema financiero y atenuar el impacto de la recesión. Cuando la crisis de la deuda se manifestó en Grecia (hacia finales de 2009), rápidamente se contagió a otros países de la periferia europea donde también había crecido –aunque no por las mismas razones– el déficit presupuestario de los gobiernos y su deuda pública. Declarada la crisis, a todos se les aplicó una receta talla única: recorte del gasto público y de la planilla estatal; privatizaciones; recorte de pensiones; aumento de impuestos. O sea, y en resumen, austeridad en toda la plenitud de su cruel ejecutoria. La consecuencia: una depresión económica en toda la línea, que ha implicado costos humanos y sociales inconmensurables, con secuelas irrecuperables por décadas enteras. El caso griego es, con mucho, el peor. El portugués el más benigno porque fue el primero que logro atenuar –sin revertirlas totalmente– las políticas austeritarias. El irlandés es seguramente el más engañoso, dado el carácter ficticio de sus estadísticas, infladas artificialmente por su condición de privilegiado paraíso fiscal.

La crisis de la deuda de estos países europeos se pudo haber enfrentado de otra forma:

1.Debía reconocerse que las responsabilidades eran compartidas por acreedores y por deudores. Ya Keynes vio claro este aspecto de la cuestión y lo plasmó, aunque inútilmente, en sus revolucionarias propuestas para el sistema financiero mundial post-Segunda Guerra Mundial. Lanzar todas las cargas sobre la parte deudora, corresponde a un enfoque moralizante, seudo-religioso, que complace los prejuicios de alguna gente, pero que, desde el punto de vista económico, resulta un perfecto desatino.

2.En concordancia con lo anterior, tendría que haber procesos de reestructuración de la deuda –tanto los plazos como las tasas de interés– que distribuya costos y pérdidas en forma equitativa.

3.Para poder salir de una situación de elevado déficit y deuda al alza, un requisito indispensable es lograr que la economía crezca y genere empleo. Si, por el contrario, se opta por políticas de austeridad muy restrictivas, la consecuencia inevitable es una economía en recesión y graves problemas de empleo. Ello contrae los ingresos públicos y agranda relativamente la deuda, forzando a nuevas rondas de recortes y aumentos de impuestos. En consecuencia la crisis fiscal se prolonga y los costos de superarla se agrandan. El retroceso de la economía extiende sus devastaciones sobre la sociedad y deja secuelas muy dolorosas y perdurables.

4.Una vía es clave para promover la dinamización de la economía y la generación de empleos: la inversión pública, y, preferiblemente, una inversión pública “verde” que también sea planificada para maximizar su capacidad de creación de empleos. Si lo pensásemos para el caso de Costa Rica, algunas otras cosas podrían complementar –pero jamás sustituir– el esfuerzo de inversión pública (por ejemplo: la baja en las tasas de interés bancarias y la orientación del crédito prioritariamente hacia la producción y generación de empleos).

5.La reforma tributaria que se implemente debería repartir cargas en forma justa y equitativa, y ser diseñada de forma paulatina, de modo que sea coherente –y no se contraponga– a los esfuerzos de reanimación de la economía y el empleo.

6.Y, desde luego, hay que poner en orden lo que deba ponerse en orden: los excesos, despilfarros, ineficiencias y corruptelas deben ser combatidos. Pero esto debe hacerse sobre el telón de fondo de un compromiso claro y firme con la equidad.

7.No olvidemos: que el esfuerzo goce de legitimidad política y aceptación social es indispensable. Y ello solo se logra cuando las cosas se hacen de forma dialógica, transparente y honesta, y se preserva y se hace efectivo el compromiso con la equidad y la justicia.

¿Podríamos ir por el camino de Grecia? Creo que lo que he explicado ayuda a entender que la cuestión depende crucialmente de la forma como se responda a la crisis. Es un paso que debemos dar ya, con urgencia y enérgica decisión.

 

 

Tomado del Blog de Luis Paulino Solís: http://sonarconlospiesenlatierra.blogspot.com

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Radicalizar la protesta

Marcos Chinchilla Montes

 

En casa tuvimos el gusto de hacer la primera reunión cantonal de San Sebastián del Partido Acción Ciudadana; así, avanzábamos nacionalmente en la inscripción del partido para que participara en sus primeras elecciones nacionales.

Era mucha la esperanza, principalmente, enfrentar la corrupción del bipartidismo, y desarrollar un nuevo derrotero en materia de participación ciudadana, mismo que parecía quedar ampliamente evidenciado en el lema “acción ciudadana”. En muy pocos años, la decepción fue cundiendo entre quienes simpatizábamos por el PAC, y si bien no se le pueden negar logros a sus diputados y al gobierno de Luis Guillermo Solís, se hizo más que evidente el contubernio que existía entre cuadros del PAC, y la dirigencia política y empresarial neoliberal representada en el PLN y el PUSC.

A fin de cuentas, muchas personas nos decantaríamos por otras tiendas partidarias afines y congruentes con la justicia social, la equidad y la distribución de la riqueza.

La marcha del día de hoy, y que pasará a la historia como la de los “cuatro gatos”, será también recordada por el grado de represión ejercida por Carlos Alvarado para evitar que miles de personas lograran arribar a la capital a ejercer su derecho a la participación y la protesta social.

Los reportes que llegan de todo el país son espeluznantes y hacen referencia a la instalación de un estado de terror que procura aplacar cualquier manifestación de participación social contra el Combo Fiscal: buses universitarios detenidos, buses en el caribe y en norte a los que se les bajaron las placas, empresarios autobuseros amenazados de perder sus concesiones si se brindaban servicios a los manifestantes, requisas en el camino. En algún momento del día, el diario La Nación reportó que se le habían bajado las placas a 22 autobuses. Esas acciones policiales no las vemos ni contra uber ni contra la delincuencia, pero si contra quienes tiene el atrevimiento a defender sus derechos.

Hoy, nuestro Estado se asemeja de manera peligrosa más al hondureño, al guatemalteco o al colombiano que persiguen activamente la protesta social, dejando en evidencia, que los sectores hegemónicos en un contubernio vergonzoso con el gobierno de Carlos Alvarado, recurren a la institucionalidad pública para quebrar a la huelga a como sea posible. El miedo que tienen ante la reacción popular, les hace reaccionar desconociendo y persiguiendo elementales derechos de la población.

El germen fundacional del PAC, la participación ciudadana, queda definitivamente mancillada y sepultada con las acciones represoras asumidas por el gobierno. El autismo y autoritarismo del binomio Alvarado-Piza, pero particularmente de los sectores económicos y políticos que mueven los hilos de sus acciones públicas, riñen con una perspectiva societal de democracia y construcción de ciudadanía que ha venido construyendo nuestra sociedad.

Paradójicamente, la insensatez política del gobierno que niega y reprime la participación -recuérdese, que era un tema fundacional en su expresión partidaria- se convirtió en una ejemplar manifestación política que se ha instalado a lo largo y ancho de todo el país durante ya tres semanas, desafiando el autoritarismo y la represión de un gobierno que parece, ya llegó al fondo de su legitimidad.

Como sociedad, nos quedan poco más de tres años y medio en la que el gobierno de Alvarado enfrentará una relación muy tensa, conflictiva y desacreditada con la colectividad; y lo más grave, es que el Combo Fiscal así como está formulado y desean aprobar en la Asamblea Legislativa, es insuficiente no solo para atender el desarrollo de la institucionalidad pública, sino para garantizar el desarrollo a escala humana de nuestra sociedad, lo que supone que junto al aumento de la pobreza, vendrán nuevos Combos Fiscales de naturaleza regresiva.

El gobierno nos empuja a un complejo escenario: radicalizar la protesta, entendida esta como derecho, especialmente cuando ha sido incapaz de incorporar en la matriz societal de representación las aspiraciones de las mayorías. Lamentablemente el gobierno parece que es incapaz de hacer esa lectura política y sigue estando sordo a las demandas populares, aunque todo oídos a favorecer los intereses de los sectores económicos que se niegan a ser parte de un plan fiscal progresivo.

 

Enviado por el autor.

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El Banco Central le da crédito al gobierno

Luis Paulino Vargas Solís

 

La economía viene lenta y a rastras. Los problemas del empleo siguen terribles. El crédito al sector privado está casi paralizado y la inflación en niveles muy bajos. Ese es el contexto en el que se da el préstamo de 498 mil millones de colones que el Banco Central concede al gobierno.

Sí, es creación de dinero. Pero creación de dinero es también lo que los bancos comerciales hacen con cada nuevo préstamo que dan sin que ello encienda las alarmas de nadie. Es que en Costa Rica se sigue manejando la tesis obsoleta de que el dinero lo crea el Banco Central, y que los bancos comerciales prestan lo que de previo recibieron como depósito. Pamplinas. Superchería.

Por esta vez, similar a como usualmente lo hacen los bancos comerciales, el Central “crea” dinero para realizar un crédito: dirigido al gobierno, como en otros momentos podría ser destinado a algún banco comercial que tenga problemas de liquidez. En el contexto económico actual, que describí al inicio de este comentario, ello no debería causar ningún problema.

Pero esto sin duda evidencia aquello sobre lo que vengo advirtiendo en forma reiterada: que la percepción de riesgo sobre las finanzas públicas va en ascenso y que por ello al gobierno le resulta cada vez más difícil, y cada vez más caro, obtener financiamiento para cubrir el déficit. Claro que la situación es extremadamente delicada. Lo he enfatizado incontables veces y, por lo tanto, urge tomar medidas en serio. Pero que esos 500 mil millones sean, en sí mismos, un problema…no, por favor, no lo son.

Lo que sí es un problema –grave problema– es la forma como lo ha anunciado el Presidente Alvarado. La situación demanda cautela, prudencia, parsimonia. Es lo que menos ha mostrado Alvarado.

Keynes advertía acerca de los “espíritus animales”, en relación a esas fuerzas irracionales que nacen de los sentimientos humanos y de nuestra ignorancia. Son poderosos y potencialmente destructivos. Lamento mucho que nadie se lo haya advertido al Presidente.

En todo esto, lo realmente dañino viene de las palabras de Alvarado y, sobre todo, de la forma como las dijo.

 

Enviado por el autor.

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Déficit Fiscal y la urgente revisión del Régimen de Zonas Francas

Isaac Hernández

 

En buen momento, la Diputada María Inés Solís, escribe en el periódico La Extra: “Zonas Francas como medicina nacional”, para defender a las zonas francas, y postularlas como medicina nacional. (1) (What?) Justo en medio de la Huelga, que ya lleva 13 días, y justo en medio de las discusiones en torno al Déficit Fiscal, sus causas, que muy pocos indagan, y sus posibles soluciones.

Esta promoción gratis, que hace la diputada, más bien cae mal, es signo de que hay “nervios” o temor de parte de los empresarios de zonas francas.

Afirma la diputada, que las zonas francas tienen 33 años de impulsar la economía nacional, y uno se pregunta: Sin son tan buenas, ¿cómo es que el gobierno (no el país) se acerca a la quiebra? La pregunta, es: ¿33 años impulsando la economía a favor de quién y hacia dónde?

Ingrese en el siguiente enlace para acceder al artículo completo:

Déficit Fiscal y la urgente revisión del Régimen de Zonas Francas

 

 

*Imagen con fines ilustrativos tomada de www.tec.ac.cr

Enviado a por el autor.

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A propósito de la decisión del CIADI en el caso David Aven et alii contra Costa Rica: breves apuntes

Nicolas Boeglin (*)

 

El 18 de setiembre pasado, se ha dado a conocer el laudo arbitral en el caso de David Aven y otros contra Costa Rica / Caso No. UNCT/15/3 (véase texto completo en castellano). Se trata de un caso llevado en el 2014 por un grupo de inversionistas extranjeros contra Costa Rica ante un tribunal auspiciado por el Centro Internacional de Arreglo de Disputas entre Inversionistas Extranjeros y Estado (más conocido como CIADI).

A proposito de la decision del CIADI en el caso David Aven et alii contra Costa Rica

Foto del proyecto Las Olas extraída de esta nota de prensa del Tico Times titulada «Police evict squatters from U.S. investor’s property in Esterillos Oeste».

Un megaproyecto costero en Playa Esterillos y unos humedales protegidos por la legislación ambiental

La solicitud de arbitraje contra Costa Rica se relaciona a un proyecto de condominios en el Pacífico Central (Playa Esterillos), en la que los demandantes exigían, con base en varias disposiciones del Tratado de Libre Comercio (TLC o CAFTA-DR), el pago (inicial) por más de 70 millones de US$ a Costa Rica por concepto de indemnización (punto 61 de la solicitud de arbitraje): ello debido al hecho que, según ellos, su proyecto obtuvo los permisos correspondientes y luego se vio frenado en razón de restricciones de la legislación costarricense en materia ambiental. Por su lado, en sus argumentos presentados en el 2016, Costa Rica alegó (véase texto de los alegatos) que: «En síntesis, las Demandantes exhibieron una desconsideración desvergonzada de la legislación, de los estándares ambientales de protección, del control y de los procedimientos del Estado y de los poderes de policía del Estado de Costa Rica cuando se hizo evidente (debido a denuncias de terceros) que era inminente el daño real a los ecosistemas genuinamente sensibles debido a actividades inadmisibles de las Demandantes en el Sitio del Proyecto Las Olas» (punto 18, página 4).

Como se puede apreciar, los inversionistas extranjeros fueron llevados a considerarse perjudicados por actos del Estado costarricense y acudieron a un arbitraje internacional para intentar obtener alguna compensación / indemnización por los supuestos daños sufridos.

Algunos de muchos detalles que posiblemente traigan recuerdos a muchas comunidades y activistas costarricenses

El detalle del largo procedimiento seguido desde enero del 2014 se puede observar en este enlace del sitio especializado en arbitraje de inversiones Italaw, permitiendo además la revisión de las diversas audiencias y testimonios de peritos ofrecidos tanto por el Estado como por los inversionistas.

En su decisión (véase texto completo), el Tribunal examina la actuación de las diversas autoridades costarricenses en materia ambiental: al respecto, se recomienda la lectura de varias partes de la sentencia que evidencian algunas cosas que muy a menudo sospechan comunidades y activistas al revisar algunos expedientes de megaproyectos cuestionables (y cuestionados). Por ejemplo, entre muchos más, en el párrafo 116 se puede leer que ambas partes se «distanciaron del origen» de un documento (sic.):

«116. El 27 de marzo de 2008, sólo días antes de que se emitiera el comunicado del SINAC mencionado supra que confirmaba que el Sector del Condominio no se encontraba dentro de un ASP, se presentó un Informe del SINAC No. 67389RNVS-2008 ante la SETENA como parte del expediente del Proyecto Las Olas54 al que se ha hecho alusión durante el procedimiento como el “Documento Falsificado”. Tanto las Demandantes como la Demandada se han distanciado de su origen, y han surgido muchas discusiones entre ellas en cuanto a quién tenía motivos para elaborarlo y presentarlo, pero el Tribunal aún no tiene claro quién lo elaboró realmente. Este documento, presuntamente firmado por Gabriel Quesada Avendaño (un biólogo del SINAC) y Ronald Vargas (Director del SINAC) que establecía que los criterios seguidos por el Proyecto Las Olas para la protección del ambiente cumplían con los requisitos del SINAC, arribó a la conclusión de que el Proyecto “no constituye una amenaza evidente en el corredor biológico Esterillos Oeste ni socava en abosluto la biodiversidad del Refugio Nacional de Vida Silvestre Local”. Se confirmó que este documento se trataba de una falsificación – aunque esto no fue hasta el mes de noviembre de 2010. En el ínterin, parece que la SETENA confió en el documento«.

En los párrafos 127-129, se aprecia cuán célere y eficiente puede a veces resultar una entidad municipal en Costa Rica cuando se trata de un proyecto de cierta envergadura:

«127. Fue por eso que la Sra. Vargas presentó una denuncia el 15 de junio de 2010 ante el Tribunal Ambiental Administrativo (“TAA”), una división del Ministerio de Ambiente, mediante la cual solicitaba una investigación del Proyecto Las Olas en vista de (i) las inquietudes acerca de si se estaban rellenando humedales; (ii) la construcción de calles pavimentadas y (iii) el hecho de que se había talado y quemado “vegetación.

128. Al día siguiente, el 16 de junio de 2010, la Sra. Vargas informó al SINAC acerca de sus hallazgos e informes anteriores emitidos con respecto al Proyecto Las Olas.

129. Curiosamente, el mismo día que la Sra. Vargas anunció públicamente sus inquietudes, la Municipalidad emitió siete permisos de construcción para el Sector de Servidumbres del Proyecto Las Olas. Pocos días después, el 22 de junio de 2010, DEPPAT—la Regente Ambiental contratada por el Sr. Aven—presentó un plan de movimientos de tierra y un programa de obras previstas con respecto al Sector de Servidumbres«.

En el párrafo 181, se lee por parte del tribunal arbitral auspiciado por el CIADI, que las actuaciones de diversas entidades públicas del Estado costarricense arrojan algunas preguntas:

«181. Tal como surge de la descripción de los hechos supra, se presentan muchas cuestiones a partir de los hechos confusos y complejos, e informes, resoluciones y medidas aparentemente contradictorias o incongruentes por parte de las autoridades costarricenses, que este Tribunal analizará infra. Algunas de estas cuestiones son: ¿había humedales y bosques en el sitio del Proyecto Las Olas? ¿Cuál es el organismo encargado de determinar la existencia de humedales? ¿Es un organismo distinto al de los bosques? ¿Cuál es el organismo responsable de emitir un permiso de viabilidad ambiental? ¿Cuáles son los derechos del inversor una vez recibido un permiso? ¿Quién tiene autoridad para revocar? Por último, ¿qué relación existe entre los gobiernos municipal y central en lo concerniente al otorgamiento de permisos para el desarrollo de bienes inmuebles?»

Actuaciones de ambas partes algo cuestionables

En la parte final de su decisión, el tribunal arbitral desestima las pretensiones del grupo de inversionistas demandantes, al evidenciarse su mala fe, no sin hacer ver que Costa Rica omitió aplicar su propia legislación al detectar actuaciones ilegales por parte de los demandantes. En los párrafos 762-763 se lee que:

«762…Costa Rica también presentó ante este Tribunal algunos supuestos ilícitos de las Demandantes en lo que respecta a la Concesión y al desarrollo del propio Proyecto Las Olas, pero el Estado omitió la aplicación del derecho interno a estas situaciones. Además, la complejidad de la legislación ambiental y la cantidad de organismos facultados para aplicarla pueden explicar las contradicciones mencionadas supra, aunque pueden también desorientar a las personas que se ocupan de cuestiones de naturaleza ambiental. Toda esta confusión ha sido, en alguna medida, una invitación a litigar.

763. Las Demandantes, por otra parte, carecieron de transparencia en su desarrollo de Las Olas. Actuaron en aras de evitar la exhibición de las características del terreno que podrían perturbar su negocio. Omitieron la divulgación del Informe Protti (párrafo 111 supra) y también fraccionaron el terreno para evitar el requisito de presentar una Solicitud D1 para obtener un permiso de VA para las servidumbres (sección X.D.1(f) supra). Esta clase de acciones no solo socavaron el argumento de las Demandantes, sino que oscurecieron su comprensión«.

La reconvención por daño ambiental: una magnífica ocasión…desaprovechada

Uno de los puntos de interés en este caso preciso fue la posibilidad, para Costa Rica, de obtener del tribunal arbitral del CIADI un monto compensatorio por el daño ambiental causado por los demandantes. La «reconvención» es una figura procesal que permite obtener una reparación si la parte demandada logra demonstrar a los árbitros que ha sufrido un daño. En los párrafos 720-721, leemos que:

«720. Costa Rica acusa a las Demandantes del daño ambiental considerable supuestamente ocasionado por ellas. Esas acusaciones incluyen: a) la construcción de carreteras, excavación de alcantarillas de drenaje, instalación de alcantarillas y la remoción de estratos vegetales del bosque; b) la creciente sedimentación del suelo; c) el relleno y drenaje de los humedales.

721. Costa Rica afirma que las Demandantes tenían conocimiento de la sensibilidad ecológica del sitio de Las Olas mediante el Informe Protti, pero decidieron desestimarlo y no revelaron el informe a las autoridades competentes. Omitieron describir elementos decisivos del ecosistema del sitio y fragmentaron su solicitud de VA para evitar comunicarle a la SETENA una evaluación de todo el sitio del proyecto. A criterio de la Demandada, esta conducta violó normas imperativas de protección ambiental, y, por lo tanto, las Demandantes deben ser responsables por ello«.

Lamentablemente, el tribunal arbitral no responde afirmativamente a la petitoria de Costa Rica sobre el pago de un monto por el daño ambiental. Para el tribunal,

«No existe una exposición precisa de los hechos que sustenten las reclamaciones, sino una referencia a informes periciales adjuntos a esos escritos de parte. No existe una especificación de la reparación que pretende sino en términos muy generales, y la cuantificación es muy aproximada, basada únicamente en la experiencia personal de un perito en lugar de en un método preciso de valoración. Además, la prueba que Costa Rica ha mencionado se diluye en su contestación de la demanda, sin especificar de manera clara y precisa los hechos que han de probarse dentro de la reconvención, en particular, la prueba de que las Demandantes son las causantes de todos los daños ambientales» (párrafo 745).

El tribunal considera además que esta petitoria se hizo de forma extemporánea (véase párrafos 746-747).

La condena en costas obtenida por Costa Rica

En cambio, el tribunal condena a los demandantes a pagarle a Costa Rica más de un millón de US$ por concepto de condenatoria en costas (véase página 263 del laudo arbitral). Nótese que los costos de defensa fueron evaluados por Costa Rica en más de 2,4 millones de US$ en sus alegatos (véase párrafo 750 de laudo arbitral), frente a los más de 8,5 millones de US$ que adujeron los demandantes haber gastado en este proceso (párrafo 748 del mismo laudo).

Recientemente, se informó de otra suma de dinero similar que se le adeuda a Costa Rica por parte de un grupo de accionistas suizos de la empresa mexicana Gaz Z, luego de una decisión arbitral también favorable a Costa Rica adoptada por un tribunal arbitral del CIADI en el 2017 (véase nota de CRhoy y nota del Semanario Universidad): Costa Rica había indicado haber incurrido en más de 2 millones de US$ en gastos de defensa (véase párrafo 709 del laudo arbitral de febrero del 2017).

A modo de conclusión

No cabe duda que, pese a evidenciarse inconsistencias en el actuar de diversos entes públicos, Costa Rica sale bastante bien librada de este largo proceso internacional, en el que logró convencer a los integrantes del tribunal arbitral de la mala fe de los inversionistas extranjeros y de la cuestionable asesoría legal con la que contaron en Costa Rica.

Pueden, esto sí, persistir algunas dudas sobre el fracaso de la solicitud de Costa Rica en materia de reconvención por daño ambiental, y la no presentación de un monto preciso cuantificando el daño ambiental por parte de las autoridades costarricenses. ¿Cuáles pueden haber sido las razones para desaprovechar de esta manera una ocasión que raramente se presenta ante los árbitros del CIADI? Dejamos a cada uno de nuestros estimables lectores buscar alguna respuesta a esta pregunta.

Con la resolución de este caso, ante el CIADI se mantiene pendiente de resolución un solo caso contra Costa Rica, correspondiente a la demanda interpuesta por la empresa minera canadiense Infinito Gold en febrero del 2014 por la suspensión ordenada por los tribunales de justicia del proyecto localizado en Las Crucitas. Se trata de otro megaproyecto que obtuvo en el período (2006-2010) autorizaciones y permisos cuestionables (y cuestionados), al igual que el proyecto de condominios Las Olas en Esterillos Oeste: no cabe duda que «intervenir» a órganos técnicos como la SETENA desde un «Ministerio de la Competitividad» conlleva algunas consecuencias, no del todo ajenas a lo que los integrantes del tribunal del CIADI denominaron en su laudo sobre Las Olas «una invitación a litigar» (párrafo 762).

En igual situación (un solo caso pendiente de resolución ante el CIADI) se encuentran, en América Latina, Bolivia, Ecuador, Guatemala, Nicaragua y Uruguay, a diferencia de Chile (dos demandas), México y Panamá (cinco demandas cada uno), Perú (siete demandas), Argentina y Colombia (nueve demandas cada uno) y Venezuela con veinte demandas pendientes de resolución inscritas ante el CIADI. Como dato de interés, España es el Estado que más demandas acumula en la actualidad ante el CIADI en su contra: un total de treinta demandas pendientes de resolución al momento de redactar estas breves líneas (20/09/2018).

Nótese que en este año 2018, por alguna razón, México, que había mantenido una cauta distancia con el CIADI desde su creación en 1965, dejó de tenerla: el 11 de enero del 2018 firmó la Convención de Washington que crea el CIADI y el pasado 27 de julio, optó por depositar su instrumento de ratificación (véase nota de CIARGlobal), pocas semanas después de las elecciones realizadas el mismo mes de julio del 2018.

 

(*)Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).

 

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Cambios en Tejido Social

Marlin Óscar Ávila

 

Acabo de leer que «lo que está en riesgo, más allá de nuestra economía, es el tejido social de un país que compartimos, que imaginamos y que construimos juntos y juntas.» Olman Briceño.

Aclaremos esto. Ha sido el tejido social que ha favorecido un imaginario que no fue el nuestro. El de las grandes mayorías, pero de minorías privilegiadas. Hemos venido construyendo relaciones estructurales de injusticia e inequidad fiscal. Tenemos una economía que nos va haciendo más y más pobres, mientras que a un pequeño círculo social, se le ha venido facilitando hacerse más y más ricos.

Por tal motivo, corremos los riesgos necesarios que nos permite conformar nuevos vínculos solidarios que nos permitan distinguir al similar de los disímiles… de quienes sufren iguales injusticias de aquel que se ha aprovechado de las decisiones unilaterales. El poder entregado por el Soberano debe ser para gobernar en favor del bien común.

Estamos seguros que está sucediendo un cambio en nuestro tejido social, pero para bien de Costa Rica y no para los círculos del poder tradicional.

Es este cambio el que queremos y por lo que sí queremos correr el riesgo.

 

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