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Referéndum en Cataluña: a propósito de la carta colectiva de profesores de derecho internacional

Nicolas Boeglin (*)

 

Ante la tensión que se vive en España de cara al referéndum convocado por la Generalitat de Cataluña para este primero de octubre del 2017, han circulado diversos pronunciamientos y manifiestos, sea a favor o en contra de esta consulta popular. Un ejercicio similar previsto para el 9 de noviembre del 2014 fue suspendido a raíz de una decisión de la justicia constitucional española. Este 28 de setiembre, expertos de Naciones Unidas han hecho un vehemente llamado a las autoridades españolas a respetar los derechos de los ciudadanos catalanes (véase comunicado oficial de prensa titulado «España debe garantizar el respeto a derechos fundamentales en su respuesta al referéndum catalán«).

Entre los diversos textos publicados en este mes de setiembre del 2017 en España, encontramos una carta colectiva denominada «Declaración sobre la falta de fundamentación en el Derecho Internacional del referéndum de independencia que se pretende celebrar en Cataluña«: en este texto, los firmantes hacen ver que no existe ningún fundamento jurídico existente en derecho internacional que permita sostener jurídicamente esta consulta popular.

La crispación actual de la situación obedece en parte a la actitud de las autoridades españolas. Ante los hechos ocurridos con alcaldes catalanes la semana pasada, llamados por la Fiscalía española a declarar, el Casal Català de Costa Rica (véase página) se manifestó en los siguientes términos en su comunicado del 20 de setiembre:

«El Casal Català de Costa Rica ante los hechos sucedidos hoy en Catalunya contra la Generalitat, funcionarios públicos, políticos y trabajadores tiene la obligación, como entidad comprometida en la defensa de Catalunya, de la democracia, de la libertad y del derecho a decidir, de condenar cualquier acto que impida el libre ejercicio de estos derechos. Defendemos el derecho al autogobierno de los catalanes y a sus instituciones propias. Deseamos que los catalanes puedan vivir en un país con libertad de expresión, de reunión y de acción. Y mantenemos nuestro firme compromiso con la democracia, la libertad de opinión y del derecho a decidir«.

Referendum en Cataluna
Foto de una de las 55.000 notificaciones enviadas por la Generalitat a los miembros de mesas electorales de cara al referéndum, extraída de nota de prensa.

Una ley catalana declarada inconstitucional en derecho español

El texto de la ley 19/2017 que faculta a las autoridades catalanas para realizar el referéndum, adoptada por el Parlament catalán el 6 de setiembre del 2017, puede ser consultado en este enlace. El texto en inglés en este otro enlace de la Generalitat. Esta ley fue suspendida por el Tribunal Constitucional 24 horas después de adoptada por el Parlament, en una escueta decisión escasamente fundamentada al acoger un recurso de inconstitucionalidad presentado por el Poder Ejecutivo español (véase texto de la decisión del juez constitucional del 7 de setiembre del 2017).

Referendum en Cataluna2
Foto extraída de artículo de prensa de El Confidencial (2016).

Derecho internacional y derecho a la autodeterminación de los pueblos en el caso de Cataluña

Con relación a la carta colectiva, remitimos al lector al texto completo de la misiva de la Asociación Española de Profesores de Derecho Internacional y Relaciones Internacionales.

Los tres últimos puntos de este llamado colectivo se leen de la siguiente manera, intentando responder al preámbulo de la Ley 19/2017 y las referencias que hace a reglas existentes en el plano internacional aplicables al caso catalán:

«4. Las normas generales del Derecho Internacional no prohíben que los Estados soberanos, atendiendo al principio de auto organización, dispongan en sus propios ordenamientos jurídicos supuestos y procedimientos de separación de sus comunidades territoriales. La inmensa mayoría, lejos de hacerlo, proclaman la unidad e integridad territorial como principios básicos de su orden constitucional.

  1. 5. La Unión Europea respeta y protege la identidad nacional y la estructura constitucional y de autogobierno de sus Estados. Además, el Derecho de la Unión exige de éstos que respeten y hagan respetar el Estado de Derecho, de modo que todos los poderes públicos se sometan a la Constitución, a las leyes y a su aplicación por los tribunales.
  2. Como Cataluña no es una entidad que disfrute de un derecho de separación del Estado reconocido por el Derecho internacional, el derecho de libre determinación no puede constituir el fundamento jurídico para consultar a los ciudadanos sobre su independencia, como pretende el referéndum previsto en la Ley 19/2017 del Parlament, actualmente suspendida por el Tribunal Constitucional.«

Como se puede apreciar, el derecho de libre determinación no aplica al caso catalán, según los suscriptores del texto, que omite no obstante mencionar el «derecho a decidir» al que refieren algunos autores catalanes.

Cataluña y el derecho a decidir: un debate abierto

Si bien la lista de firmantes reúne a más de 300 profesores, el debate doctrinal queda abierto. Un informe presentado por expertos (no españoles) en la misma materia matiza las conclusiones a las que llegó este grupo de profesores españoles (véase nota de prensa). La ausencia de fundamentación del Tribunal Constitucional al suspender la aplicación ley 19/2017 mantiene una serie de interrogantes. Por su parte, especialistas catalanes llegan a una conclusión distinta, como el artículo titulado «Legalidad internacional y derecho a decidir» de Xavier Pons Rafols (disponible en la red) o bien este artículo de Josep Costa, para citar algunos de varios autores favorables a la aplicación del derecho a la autodeterminación de los pueblos en el caso de Cataluña. En el 2013, un reconocido profesor de Québec (Canadá) llegó a conclusiones similares a las de sus colegas catalanes sobre la potestad del Parlament en esta precisa materia (véase alocución de Daniel Turp).

En el 2013, un interesante ejercicio de derecho comparado entre España e Italia con relación a las diversas modalidades de consulta en las entidades territoriales puso de manifiesto la gran riqueza existente en el ordenamiento jurídico italiano (véase actas del coloquio celebrado en Barcelona). Por otra parte, las limitaciones del marco normativo español en materia de consulta a las comunidades autónomas ha sido objeto de una reciente tesis doctoral en Oviedo, defendida por Lucía Payero López en el 2014, cuyas conclusiones (pp. 471-480) revisten gran interés (véase texto integral).

La coraza legal del Poder Judicial en España ante las recurrentes reinvindicaciones de las autoridades de Cataluña y la persistente negativa del actual Ejecutivo español de entablar un diálogo político en los últimos años posiblemente hayan contribuido a la actual situación de crispación y de creciente polarización. En esta entrevista a José Montilla, se lee que: «El Gobierno de Mariano Rajoy ha estado cinco años de vacaciones en lo que respecta a Cataluña, cuando no provocando algunos incidentes. Y ahora se ha dado cuenta del enorme problema que tiene encima de la mesa, que lo tenemos todos«.

Como ocurre habitualmente, una actitud poco conciliadora acarrea algunos riesgos. En esta entrevista a Nicolas Levrat, se lee que «Si Madrid continue à créer des martyrs de la cause catalaniste en poursuivant ses arrestations au sein du gouvernement régional comme cela fut le cas mercredi, le camp indépendantiste devrait prendre de l’ampleur. Le gouvernement espagnol joue à un jeu dangereux«.

Los pueblos de Europa Occidental ante el derecho a la autodeterminación

Es la segunda vez en menos de tres años que en Europa Occidental se intenta realizar una consulta de cara a una posible secesión o separación por parte de una entidad infraestatal: Escocia realizó un ejercicio de este tipo en el 2014, con un resultado a favor de su permanencia en el Reino Unido que contabilizó 2.001.926 votos a favor del No (55.30%) y 1.617.989 votos a favor del Sí (44.70%).

A diferencia del Poder Ejecutivo del Reino Unido, el Ejecutivo español y sus autoridades judiciales consideran ilegal la consulta convocada por las máximas autoridades catalanas (previendo posiblemente, entre otros aspectos, un resultado adverso a la permanencia de Cataluña en el Estado español). Ello ha desatado en los últimos días un recurso al derecho penal para intentar frenar las aspiraciones de un importante sector político en Cataluña (indagatorias ante la Fiscalía cursadas a alcaldes catalanes a favor de la consulta, intercepción del material a usar para la jornada electoral del 1-O, y probable desactivación ordenada por la justicia de todos los sitios en los que los electores puedan ubicar sus respectivos centros de votación, entre otros).

Nótese que el 9 de noviembre del 2014, en Cataluña se intentó efectuar una «consulta popular no referendaria sobre el futuro político de Cataluña» (en catalán «consulta popular no referendària sobre el futur polític de Catalunya«), suspendida mediante medida cautelar el 29 de septiembre del 2014, al darse curso a recursos de inconstitucionalidad presentados por el Ejecutivo español ante el Tribunal Constitucional contra el decreto de convocatoria de la consulta y la Ley del Parlamento de Cataluña.

La práctica europea reciente en materia de derecho a la autodeterminación de los pueblos

Desde la perspectiva internacional, es de notar que la práctica ofrece algunos interesantes casos de disonancia: por ejemplo, España (a diferencia de Alemania, Francia, Italia, Portugal, Reino Unido y la mayoría de los Estados Miembros de la Unión Europea – UE) no reconoce a la fecha la independencia proclamada por las autoridades del Kosovo, acaecida en el 2008: ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ), España, al igual que otros 35 Estados, hizo ver su posición al respecto en el marco del procedimiento consultivo (véase texto de su opinión en francés e inglés). A diferencia de la postura española, en la exposición escrita se lee que, para un Estado que reconoció de forma inmediata al Kosovo como entidad independiente, Francia: «En d’autres termes, s’il est tout à fait clair qu’il n’existe aucun droit à la sécession en droit international, il est tout autant établi que celui-ci n’interdit pas la sécession ni, par voie de conséquence, une proclamation d’indépendance par une partie de la population d’un Etat» (véase punto 2.8, p. 38 del documento presentado por Francia a la CIJ). Al ser Cataluña una región con territorios en Francia y en España (así como en Andorra), esta divergencia de opiniones reviste especial interés.

España tampoco reconoce valor alguno, al igual que muchos otros Estados de la UE, a la consulta popular realizada en Crimea en el 2014 (véase al respecto breve nota nuestra sobre voto en la Asamblea General de Naciones Unidas contra la anexión de Crimea a Rusia publicada en el sitio jurídico de DIpúblico en Argentina). En el caso del referéndum sobre la independencia de Montenegro con el fin de separarse de la entidad denominada «Serbia y Montenegro» realizado el 21 de mayo de 2006 (con 230.711 votando a favor del Sí -55,50%- y 184.955 por el No -44,50%-), los resultados han sido reconocidos como válidos por la comunidad internacional, España incluída (véase nota de junio del 2006 sobre el reconocimiento de España del Estado de Montenegro).

Nótese que en el 2013, el Reino Unido propició una cuestionada consulta en la Islas Malvinas, que arrojó el siguiente resultado: 1513 habitantes votaron por el Sí en favor de su pertenencia al Reino Unido (99,8%) y 3 en contra (0,2 %). Se ignora cuál fue la posición de España con respecto a los resultados de esta consulta, rechazada por las autoridades de Argentina.

A modo de conclusión

Ante el clima social y político cada vez más tenso que vive Cataluña, es posible que este llamado de profesores de derecho internacional no logre apaciguar los ánimos. Es de prever mayores movilizaciones en los días venideros, así como el envio de refuerzos de fuerzas de seguridad por parte del Ejecutivo español. Cabe señalar que Cataluña cuenta con fuerzas policiales propias (los denominados «Mossos d´Esquadra»), por lo que el mando de estas será probablemente objeto de un fuerte debate si el Ejecutivo español pretende ejercerlo. Por su lado, la ONG Amnistía Internacional ha hecho ver en un comunicado que las autoridades estatales deben resguardar y proteger los derechos a la libertad de expresión y a manifestarse de forma pacífica.

Al cierre de esta tercera semana de setiembre, y ya no desde la perspectiva internacional, sino estríctamente nacional, más de 300 miembros de la Iglesia Católica firmaron una carta en favor de la consulta el próximo 1ero de octubre (véase nota de prensa).

(*)Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).

 

Enviado a SURCOS por el autor.

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Publican en El Salvador estudio de investigadores de la Universidad Nacional

La Revista Conjeturas Sociológicas, de la Universidad de El Salvador, acaba de publicar el estudio: «Retos del intelectual en Ciencias Sociales en la Centroamérica actual«.

Elaborado por los académicos Luis Diego Salas y Willy Soto Acosta, de la Universidad Nacional, constituye un análisis de lo que ha sido la formación universitaria en ese campo en la región centroamericana y los desafíos que enfrenta:

http://revistas.ues.edu.sv/index.php/conjsociologicas/article/view/803/723

 

*Imagen con fines ilustrativos tomada de http://www.una.ac.cr

Enviado por Msc. Efraín Cavallini Acuña, Asesor Comunicación, Rectoría, UNA.

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UNA: Planificación para el futuro, una visión desde la diversidad territorial

UNA Planificacion para el futuro una vision desde la diversidad territorial

La Escuela de Planificación y Promoción Social de la Universidad Nacional (UNA) en el marco de la Semana de Planificación y Promoción Social presentará este próximo 2 de octubre a las 9:30 a.m. en el Auditorio Clodomiro Picado, la conferencia “Prospectiva, Planificación para el Futuro: Una Visión desde la Diversidad Territorial”, dedicada al profesor Osvaldo Bolaños Víquez. También se contará con la apertura y conferencia inaugural: “Pensamiento orientado a futuro: Una herramienta de transformación”.

Expositor:

MSc. Freddy Vargas Lama: Investigador del Centro de Prospectiva y Pensamiento Estratégico, Universidad Externado de Colombia.

Para más informes comuníquese al teléfono 2562 4146 o ingrese a la página http://www.epps.un.ac.cr/ o al correo electrónico epps@una.cr

 

Enviado por MSc. Efraín Cavallini Acuña, Asesor Comunicación, Rectoría UNA.

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Programa de actividades para el acto de conmemoración del 10º aniversario del referendo del TLC con Estados Unidos

Programa de actividades conmemoración 10 aniversario referendo TLC2

Este próximo 7 de octubre se cumplen diez años de la realización del referendo sobre el TLC con Estados Unidos. Culminó así un proceso que, a lo largo de años, y sobre todo en el propio año 2007, dio lugar a un debate nacional, que polarizó al país y gestó un enorme movimiento ciudadano de oposición al tratado.

Es así como de parte del Centro de Investigación en Cultura y Desarrollo (CICDE) de la UNED, se tendrá una jornada de diálogo, reflexión y debate el martes 3 de octubre, desde las 9 a.m. hasta las 5 p.m.

Esto tendrá lugar en el aula 4 del Paraninfo de la UNED (Mercedes de Montes de Oca, carretera a Sabanilla). Serán tres mesas de discusión y un foro de presentación y análisis del video “Mujeres en lucha: comités patrióticos”. La jornada en su conjunto la hemos titulado: “Costa Rica a diez años del referendo del TLC: ¿Hacia dónde vamos?”.

Puede consultar las actividades a realizarse en la siguiente imagen.

Programa de actividades conmemoración 10 aniversario referendo TLC

Enviado por Licda.Megan Lopez La Touche, Divulgadora Académica, Centro de Investigación en Cultura y Desarrollo(CICDE), Vicerrectoría de Investigación, Universidad Estatal a Distancia de Costa Rica(UNED).

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Taller colectivo: Conciencia ecológica y bienestar social en el Bosque Seco Tropical

Taller colectivo Conciencia ecologica y bienestar social

El pasado 23 de setiembre el Instituto Monteverde en conjunto con la Carrera de Educación Preescolar de la Universidad de Costa Rica (UCR), llevó a cabo el Taller colectivo: “Conciencia ecológica y bienestar social en el Bosque Seco Tropical”.

En el evento se contó con la realización de varias actividades como un rally, juegos, retos, videos, música, títeres, entre otras.

 

Compartido en redes digitales por Selena Avendaño de Instituto Monteverde.

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Presentación del libro Neblina Púrpura

Vernor Muñoz estará presentando este martes 26 de setiembre a las 7:30 p.m. su libro “Neblina púrpura” en el Cuartel de la Boca del Monte.

La actividad, organizada por Uruk Editores, será presentada por Zulay Soto y Fo León. Se contarpa con la presentación musical de Álvaro Fernández con Charly Picado y Josué Picado. Visuales a cargo de Luz Mala.

Neblina purpura2

 

*Imagen de portada tomada de Uruk Editores

Enviado por el autor.

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Violencias Estatales y desaparición forzada en América Latina

El Departamento Ecuménico de Investigaciones (DEI), invita al espacio de diálogo abierto al público que se realizará mañana martes 26 de setiembre, para conversar sobre «Violencias Estatales y desaparición forzada en América Latina«.

Se contará con la participación de Julieta Montoya (Argentina), Cindy Vargas (Térraba, Costa Rica) y Tania Paloma Hernández (México).

La actividad se realiza en conmemoración del tercer aniversario de la desaparición forzada en Ayotzinapa.

Para confirmar su asistencia: 2253 0229.

 

Compartido en redes digitales por Eva Carazo.

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UNA: Presupuesto nacional y el “estado de necesidad”

Programa Martes Económicos

Greivin Hernández González (*)

 

El Poder Ejecutivo “ha decidido atender en forma parcial las obligaciones correspondientes a la asignación para la Educación Pública, al Patronato Nacional de la Infancia, y al incremento en la cuota estatal para el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte decretada por la Caja Costarricense de Seguro Social” reza la exposición de motivos del Presupuesto Nacional del Estado costarricense para el 2018.

Para ello argumenta encontrarse en “estado de necesidad”, condición que lo imposibilita a cumplir con los compromisos que la constitución y las leyes establecen. Esta es una de las formas en que la inacción por parte de la sociedad costarricense en materia de soluciones al recurrente déficit fiscal se manifiesta. Durante años, hemos estado oyendo a políticos y expertos decir que el faltante de recursos que el Estado tiene para hacer frente a sus obligaciones es un asunto serio, y que eventualmente el ajuste fiscal vendrá y se manifestará de una forma tangible, pues bien, esta es una de las tantas formas de percibirlo. La otra es sin duda, el aumento en las tasas de interés vivida en los últimos meses, y vendrán más.

Volviendo al tema del presupuesto, como bien han apuntado algunos políticos y analistas, un tema preocupante es que se está sacrificando la inversión social y la de capital. La propuesta de gastos del Gobierno para 2018 implica un crecimiento anual nominal del 3,2%, lo cual significa un crecimiento real casi nulo, dado que la inflación prevista es del 3%. Con esto, se estima que el gasto público perderá importancia dentro de la economía, dado que caerá al 25,9% en 2018, luego de representar el 27,3% en 2017.

Sin embargo, para lograr tal resultado, se han debido sacrificar rubros clave para el desarrollo del país, el presupuesto en educación representaría el 7,4% de la producción en 2018, una caída respecto a 2017 cuando alcanzó el 7,8% y el gasto de capital (inversión en obra pública) se reducirá en 17,4%; además de la contención de los aumentos en las transferencias para políticas sociales ya comentadas, y reducción de gastos institucionales (partidas flexibles).

Por otra parte, la deuda pública sigue creciendo como bola de nieve, al igual que en 2017, el principal título presupuestario comprende este rubro, que alcanza el 32% del presupuesto total, y contribuirá al crecimiento del presupuesto del 18,4% respecto al 2017, siempre y cuando las condiciones financieras no empeoren.

Si el ajuste fiscal sigue dándose de esta forma, las consecuencias para la sociedad pueden ser nefastas, y como ocurre en economía, siempre existen rezagos entre las decisiones de política económica y sus resultados. Luego de la crisis que enfrentó la economía mundial en los años ochenta del siglo pasado, muchos países, en cuenta Costa Rica, decidieron reducir drásticamente la inversión pública. El resultado fue un rezago en infraestructura productiva, que generó caída en la competitividad, y varias generaciones con menor acceso a educación, que hoy se encuentran desempleadas pues carecen de las habilidades que requiere el mercado.

Esperemos no tener que revivir esa época, y encontrar más pronto que tarde una solución al acuciante déficit fiscal y el aumento de la deuda pública, de eso depende la paz social de los próximos años y el nivel de bienestar de las futuras generaciones.

(*)Observatorio de la Coyuntura Económica y Social, Escuela de Economía UNA.

 

*Imagen con fines ilustrativos tomada de www.libertadyprogresonline.org

Enviado por UNA Comunicación.

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Conmemoración de 10º aniversario del Referendo sobre el TLC con los Estados Unidos

Comunicado

Este próximo 7 de octubre se cumplen diez años de la realización del referendo sobre el TLC con Estados Unidos. Culminó así un proceso que, a lo largo de años, y sobre todo en el propio año 2007, dio lugar a un debate nacional excepcionalmente acalorado, que polarizó al país y gestó un enorme movimiento ciudadano de oposición al tratado.

Al cumplirse los 10 años, los diversos centros de investigación, docencia y acción social asociados al Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales (CLACSO) estaremos realizando diversas actividades -tanto académicas como artísticas- durante la semana comprendida entre el 2 y el 6 de octubre de este año.

De parte del Centro de Investigación en Cultura y Desarrollo (CICDE) de la UNED, tendremos una jornada de diálogo, reflexión y debate el martes 3 de octubre, desde las 9 a.m. hasta las 5 p.m.

Esto tendrá lugar en el aula 4 del Paraninfo de la UNED (Mercedes de Montes de Oca, carretera a Sabanilla). Serán tres mesas de discusión y un foro de presentación y análisis del video “Mujeres en lucha: comités patrióticos”. La jornada en su conjunto la hemos titulado: “Costa Rica a diez años del referendo del TLC: ¿Hacia dónde vamos?”.

Próximamente les daremos a conocer el programa completo de actividades.

Desde ya, la invitación cordial para que nos acompañen.

UNED CICDE

*Imagen de portada con fines ilustrativos.

Enviado por Licda. Megan López La Touche, Divulgadora Académica, Centro de Investigación en Cultura y Desarrollo (CICDE), Vicerrectoría de Investigación, UNED.

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Una Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) traicionada

Por Carlos Meneses Reyes

 

El Comité de Escogencia para la conformación y nombramiento de los magistrados(as) de la JEP, del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y NO Repetición (SIVJRNR), ha dado a conocer la “Lista de los 40” para escoger a 21 magistrados(as) del Tribunal de Paz y a 7 suplentes. Estos 40 se someterán a una entrevista y el 26 de septiembre próximo se dará a conocer el nombre de los magistrados(as) de esa Alta Corporación de Justicia en Colombia. La responsabilidad de esa designación recae en tres juristas extranjeros: Álvaro-Gil Robles (peruano), Juan E. Méndez (argentino), Diego García Sayán (español) y los colombianos José Francisco Acuña, magistrado de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia y la física-científica de la Universidad Nacional Claudia Vacca González.

Conforme al Acuerdo de La Habana, modificado por el Acuerdo Final en el teatro Colón el 24 de noviembre de 2016, las fuerza beligerantes y rebeldes de las Farc-ep, junto con la contraparte estatal colombiana, acordaron acogerse a un sistema de justicia diferente al ordinario imperante en el poder judicial constitucional colombiano, contra el que se alzaron en armas por más de 50 años.

Con espíritu de respeto a las normas de la Constitución Nacional, los principios del Derecho Internacional, del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, del Derecho Internacional Humanitario, del Derecho que rige el Derecho Internacional penal bajo el Estatuto de Roma, de los Convenios , Protocolos , Fallos de la Corte Penal Internacional, la Corte Interamericana de Derechos humanos y la jurisprudencia consuetudinaria del Derecho Internacional; las Farc- dejaron y entregaron las armas para someterse al juzgamiento de una jurisdicción especial de paz y someterse a punibles conductas que surgieren a la terminación del conflicto interno armado, en lo referente a delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra. Así se revuelque la extrema derecha militarista y confunda a la opinión la dictadura mediática, esa es la razón de ser de ese Sistema de Justicia Integral. Diferente a la Justicia Ordinaria colombiana y por ende la selección de tan Alta Magistratura, ha de romper los paradigmas existentes tradicionalmente en Colombia. Pero al repasar las Hojas de Vida de la “Lista de los 40”, deja el sabor amargo de la frustración, el desengaño y la traición.

DEL PROCEDIMIENTO DEL Comité de Escogencia. Se optó por algo simple y funcional. Abrir una inscripción con requisitos mínimos: los aspirantes debían ser de nacionalidad colombiana, abogados(as) con 15 años de experiencia profesional y/o 10 años de docencia universitaria. No tener antecedentes penales. No se requería de carrera judicial. Tampoco de límite de edad. Ser defensores de los derechos humanos y de la Paz. Así, con ese parámetro, se conformó una lista de aspirantes de 652, que fue hecha pública, fijándose un cronograma- que el comité de escogencia no observó- consistente que previo al 18 de septiembre de 2012, se elaboraría una Lista Corta de unos 90 a 95 aspirantes, los cuales se someterían a una Entrevista entre los días 18 a 22 de septiembre inclusive, de 2017.

El pasado 18 se hizo pública la Lista Corta con tan solo 40 escogidos y los convoca o cita a Entrevistas para escoger 28 cargos.

Todas las esperanzas fueron centradas en una franca lid, en que la breve explicación en una cuartilla en la que cada aspirante expuso las motivaciones que lo llevan a aspirar a tan responsable cargo de transcendencia histórica y el mecanismo de inmediatez de una Entrevista personal de alto nivel, definieran que defensores de los derechos humanos y de la Paz en Colombia pudieran ser esos jueces. Pero todas han sido botadas por la borda al decidir el Comité de Escogencia a “Los 40”. Por favor que indecencia. Ya ellos saben quiénes son los 12 desechables. Jamás se había experimentado tanto sentimiento de insatisfacción, chasco, decepción, desilusión.

DE LO VIOLADO. Resulta que, al exigir el Comité de Escogencia, el haber ejercido cargos en la Rama Judicial y el Ministerio Público durante 15 años, viola el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y La Construcción de Una Paz Estable y Duradera. Que torticero y sin razón. Que injusto. Precisamente el espíritu del Acuerdo Final era que no se exigiera a sus aspirantes la carrera judicial.

Del análisis de las Hojas de Vida de la “Lista de los 40” se concluye que solo tuvieron en cuenta a quienes habían desempeñado como exmagistrados de las Altas Cortes, El Consejo de Estado, la Procuraduría, La Fiscalía e inclusive cargos políticos en el Ejecutivo (ex ministros, etc.). Premiaron a los “históricos” aspirantes a altos cargos en el sistema judicial contra el que luchó la insurgencia y que son reconocidos de autos, verdaderos practicantes del baloto y el azar. Además, escogieron a quienes han obtenido tan costosos y exclusivos títulos y post grados, en el extranjero y en el país. Con ello asumen un sesgo clasista y excluyente. Tan solo uno mayor de 65 años fue escogido, cuando la no exigencia de edad de retiro forzoso apuntaba a la reivindicación del juez por su experiencia y sabiduría.

¿QUIENES SON LOS EXCLUIDOS Y DISCRIMINADOS POR EL COMITÉ DE ESCOGENCIA? Pues precisamente los desplazados por la Justicia en Colombia. Esos miles de Abogados(as), que no pudieron permanecer en el sistema corrupto, podrido, deshonesto, excluyente, bipartidista, judicial colombiano. Los que no contaron con el lobby del clientelismo. Quienes no contaron con recursos económico ni estatales para continuar sus estudios de post grados y mucho menos ir al extranjero a obtenerlos. Los Abogados(as) en grandes ciudades y de Provincia, de municipios y veredas alejadas e incursos en lo agudo de la guerra y el conflicto.

Que flaco servicio le prestan a la Nación colombiana, sobre todos esos señores extranjeros, en quienes la Insurgencia armada y el pueblo sufrido depositó la confianza. Que Jueces naturales para dirimir la responsabilidad por lesas violaciones humanitarias por parte de los actores armados estatales e insurgentes durante el conflicto armado en Colombia podrá el Comité de Escogencia designar para impartir justicia, si escoge emperifollados, encopetados(as) y encartonados, dizque “defensores” de los Derechos Humanos. Falso, un título de post grado, ni diplomado de los Institutos rectores en la materia, a los que también asisten a obtenerlos oficiales y sub oficiales de las fuerzas armadas estatales incursas en el conflicto armado, tal como ha sido la guerra en Colombia, podrá ser la patente de corso, para que los verdaderos activistas sociales en la defensa permanente de los derechos humanos, los verdaderos abogados(as) luchadores por la Paz sean excluidos y discriminados.

No han sido escogidos para la Entrevista Ni un miembro de la Asociación de Abogados Laboralistas Defensores de Trabajadores. Ni abogados(as) defensores de Presos Políticos. Ni un abogado(a) de asesores de sindicatos de industria; de sindicatos agrarios, de asociaciones campesinas, mineros, de minorías, de indígenas. No ha sido llamado a entrevistas; puesto que se inscribieron, ningún abogado(a) aspirante, en su calidad de activistas políticos y sociales en los movimientos populares, por el conflicto económico político social y ecológico. Como tampoco a Abogados(as) de Colectivos y Asociaciones Profesionales y Colegios de Abogados(as). Por el contrario, por sobre ellos pasaron la hoz rasuradora del descabece.

Pero todo tiene su causa. ¿Fue que fuerzas de extrema los intimidaron? ¿Fue que la Fiscalía General y la Agencia de inteligencia estatal dosificaron información contra abogados(as) activista de izquierda como aspirantes?

¿Qué HACER?

Expresar, en primer lugar, que en aplicación del principio universal: “en Derecho las cosas se deshacen como se hacen”.

Con absoluto respeto y acato a la autonomía e independencia del Comité de Escogencia y a manera de tutela pública, se suspenda el proceso de Entrevistas, ampliándose el número de entrevistados. Hacer públicos los criterios de escogencia de defensores de derechos humanos y activistas por la Paz, expresados por organizaciones de víctimas, incluidas las del Terrorismo de Estado. Clara transparencia, metodología y publicidad del proceso. Garantía de un enfoque territorial y diferencial (diversidad regional, cultural y étnica), para que los (las) aspirantes demuestren criterio jurídico y comprensión frente a la categoría de delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra y consecuencia práctica y de bagaje intelectual en la defensa de los derechos humanos y el activismo por la paz.

El movimiento popular colombiano no puede dejar pasar este impasse a la inercia del tiempo, máxime cuando queda en entredicho la confiabilidad en los Acuerdos para la terminación definitiva del conflicto armado interno con fuerzas insurgentes y beligerantes del Ejército de Liberación Nacional (ELN) y reductos del Ejército Popular de Liberación (EPL).

 

Enviado a SURCOS por el autor.

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