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Sindicatos: «BAILE para UCCAEP, empresarios y ricos; MARTILLO para pueblo y clase trabajadora»

Comunicado conjunto:

«El gobierno del PAC viene profundizando su alianza con los intereses económicos del bipartidismo histórico PLN/PUSC, con la UCCAEP y los neoliberales radicales que ostentan puestos importantes del sector economice.

El ataque al sector popular y laboral del país quedó evidenciado con la Ley del Combo Fiscal: el IVA ha elevado los precios de bienes y servicios que consumimos. con mayor impacto en alimentos y medicinas: al sector laboral se le incrementó el impuesto al salario hasta un 25%, las restricciones presupuestarias afectan programas de asistencia social, educación y salud, mientras al gran empresariado mediante una amnistía tributaria se les regaló ₡194.000 millones de colones.

Aprovechando la pandemia esos sectores descargan el martillo en las familias trabajadoras: suspendieron contratos laborales, rebajaron jornadas y salarios, quitan anualidades, pretenden eliminar la jornada de ocho horas, imponer impuestos al salario escolar, nos roban el ROP y últimamente anuncian reducción en un 1.5% la jornada con la consiguiente reducción del salario, por un año, en el sector público.

Para otro lado, el baile: moratorias al pago de impuestos, reducción de tarifas eléctricas a grandes empresarios, readecuación de créditos empresariales, reducción a solo un 25% de la contribución patronal a los seguros de salud y de pensiones, suspensión de medidas contra los morosos o a quienes retienen indebidamente las cuotas obreras, afectando directamente las finanzas de la CCSS y el derecho a servicios oportunos y de calidad. Y además se les permite la evasión descarada de impuestos.

La nueva ocurrencia del gobierno es un verdadero despropósito, es imponer un nuevo tributo a los salarios, sino que es un nuevo martillazo a las finanzas de la CCSS, a la recaudación tributaria, un golpe letal a tiendas, mercados y comercios, entre otros, que verán reducidas sus ventas provocando mayor desempleo y un deterioro notable de la economía nacional. Esos geniecillos neoliberales de Casa Presidencial van a provocar como dice nuestro pueblo que “la medicina salga más cara que la enfermedad”.

Ha llegado la hora de luchar contra los que quieren acabar con la patria, de enfrentar a esta camarilla política empresarial y sus adalides en el PAC, PLN, PUSC, entre otros que ponen en riesgo la convivencia y la justicia social.

Firma responsable: Zaray Esquivel Molina. Cédula 2 – 0344 – 0825

¡BASTA YA!
A ORGANIZARNOS Y MOVILIZARNOS PARA DEFENDER EL DERECHO AL TRABAJO AL SALARIO Y A UNA VIDA DIGNA.
A DETENER LA EVASIÓN TRIBUTARIA, QUE LOS EMPRESARIOS Y RICOS PAGUEN IMPUESTOS.
MOVIMIENTO SINDICAL Y SOCIAL FIRME EN LA LUCHA».

 

*Foto: Semanario Universidad

En defensa de Era Verde y la temática ambiental en televisión UCR

– El Estatuto Orgánico de la Universidad de Costa Rica establece en su artículo 4 el compromiso institucional con el ambiente, fomentando el mejoramiento de la relación ser humano-ambiente. Continúa el Estatuto en su artículo 5 con que se debe estimular la formación de una conciencia creativa y crítica, que permita a todos los sectores sociales participar eficazmente en los diversos procesos de la actividad nacional, así como evitar la indebida explotación de los recursos del país.

– La función social de la televisión pública es ofrecer contenidos útiles, independientes y veraces, dar una mirada libre y alternativa a la de los medios comerciales que responden a intereses privados, con análisis serio, crítico de la realidad y sobre temas de interés para la toma de decisiones de la población. Debe responder a funcionar como una plataforma que incluya de manera prioritaria los sectores más vulnerabilizados e invisibilizados para aportar a la democratización de la comunicación.

– La televisión pública es en esencia un servicio ciudadano, por lo tanto debe dedicarse a las historias, las realidades, las propuestas y demandas ciudadanas que los grandes intereses y poderes económicos no necesariamente contemplan en sus agendas mediáticas.

– La Universidad de Costa Rica como institución autónoma y de servicio público, que definió como uno de sus ejes la inclusión social y la equidad en su plan estratégico, debe considerar la gestión y servicio que ofrece al país el programa Era Verde del Sistema Universitario de Televisión Canal 15 como un espacio único en su naturaleza dentro de la oferta mediática televisiva en Costa Rica y que ha cumplido una labor fundamental a lo largo de sus más de 17 años. Ha sido clave en hacer denuncias y coberturas de temas ambientales y sociales cruciales para el país, tales como la lucha contra la extracción petrolera en Costa Rica, la minería en Crucitas, Miramar y otras zonas del país, la explotación irracional de ecosistemas marinos, la destrucción de ríos por represas hidroeléctricas, la reivindicación de la autonomía de los pueblos indígenas, los impactos ambientales del TLC, el abuso de los agrovenenos, el descontrol con la piña y los monocultivos en nuestros suelos, entre muchos otros. Ha trabajado de la mano con comunidades para amplificar sus voces, usualmente invisibilizadas por los grandes medios, como en la defensa del Río Acapulco junto a la comunidad de Guacimal (producción que sirvió como evidencia a la comunidad para el proceso legal que emprendieron en los tribunales de justicia), el respeto a la Zona Marítimo Terrestre con vecinas y vecinos de Playa Cabuyal, los problemas de abastecimiento de agua en las comunidades guanacastecas de Sardinal, El Coco y Playa Panamá, las dinámicas transfronterizas del pueblo Ngäbe-Buglé y con las personas luchadoras por la tierra en Medio Queso y Palmar Sur, y la conservación del Parque Nacional pretendida por la comunidad de Tortuguero, por poner algunos ejemplos.

– La relevancia de un trabajo de tanta calidad ha sido reconocida por premios nacionales e internacionales como el galardón a mejor documental del Festival Internacional de Cine 2012 y el del Festival Internacional de Cine Indígena Anaconda por el documental «Ditsowo Tsirik».

– Asimismo, el papel que ha jugado este programa para la Universidad misma como institución ha sido destacable. Por él han pasado proyectos y funcionarios universitarios dedicados a la investigación y acción social de distintas áreas del conocimiento académico, como la biología, la comunicación, la nutrición, las ciencias sociales y la agronomía. Además, ha cumplido una labor formativa notable para muchas y muchos estudiantes a nivel audiovisual, político y de conocimiento social y ambiental.

– Sin embargo, la administración del Canal 15 ha decidido frenar abruptamente este programa y ha despedido a su productor Josué Hernández Brenes mediante decisiones poco transparentes, en el sensible período de pandemia. Con esta resolución se pierde la experiencia, formación y aporte de una persona con 4 años de estar trabajando temas socioambientales dentro del equipo de producción del Canal, dejando a dicho equipo sin ninguna pieza con ese tipo de trayectoria, por lo que se arriesga la posibilidad de continuar con Era Verde u otro proyecto como este y que el enfoque socioambiental siga teniendo la importancia y consistencia que atinadamente ha tenido por tanto tiempo en el canal universitario de servicio público.

Por lo tanto

– Hacemos un llamado de atención al Rector Dr. Carlos Araya Leandro y la Vicerrectora de Acción Social Dra. Sandra Araya Umaña por las decisiones tomadas por la administración del Canal 15, liderada por su director el señor Marlon Mora Jiménez.

– Los abajo firmantes, no sólo pretendemos que se respeten los derechos laborales del señor Hernández y el trabajo que ha venido realizando a cargo de la temática socioambiental por varios años, sino que se dignifiquen la importancia histórica de este programa y el archivo que recopila este proyecto, así como la trascendentalidad de dicha temática en el canal universitario de servicio público.

– Al mismo tiempo que garantice la continuidad, experiencia y trayectoria de la producción actual de Era Verde y la capacidad de articulación, comunicación y difusión que ha tenido para la misma Universidad.

*Si gusta más información, escriba sus dudas a salvemoseraverde@gmail.com*

Firme aquí: https://forms.gle/XZNqax6sczN73t4C6

Mujeres en Acción: carta abierta al presidente de la República

San José, 14 de julio de 2020

Señor
Carlos Alvarado Quesada
Presidente de la República
Su Despacho

Estimado señor presidente:

A finales de abril su gobierno firmó con el Fondo Monetario Internacional un Instrumento de Financiamiento Rápido por $504 millones, correspondientes a la cuota de Costa Rica para la atención de emergencia del Covid-19. En cadena nacional del domingo 12 de julio, usted anunció que, aprobado este préstamo por parte de la Asamblea Legislativa, su gobierno negociará un convenio stand-by con el FMI, y señaló que este acuerdo es indispensable para garantizar la estabilidad económica. Sin embargo, desde hace semanas, distintas personas con vasto conocimiento en la materia, en cuenta el viceministro de ingresos de la administración Solís Rivera: Fernando Rodríguez, han señalado que no es necesario acudir al FMI, dado que existe la opción de financiarnos a través de las reservas del Banco Central. Como consecuencia, queremos saber ¿Por qué considera indispensable negociar con el Fondo, sin abordar públicamente las consideraciones sobre la opción de recurrir a las reservas del Banco Central?

En su discurso del domingo 12 de julio, usted también señaló que el país logrará la estabilidad económica durante 2020 con la refinanciación de la deuda y recortes por 355 mil millones de colones en el gasto público; sin mencionar el impacto de las significativas reducciones a los ingresos fiscales, tales como las autorizaciones a las y los contribuyentes para postergar responsabilidades tributarias hasta fin de año o la reducción generalizada de hasta el 75% en las cuotas obrero-patronales a la CCSS, aprobadas al inicio de la pandemia. Así, hemos de concluir que el núcleo de la política de su gobierno para lograr la estabilidad económica en 2020 recaerá en una fuerte reducción del Estado. Nos preocupa sobremanera, que esta política de recortes vaya a destruir de forma irreparable la institucionalidad pública precisamente ahora, en que ha quedado claro en todo el mundo, más allá de cualquier duda razonable, que los Estados son la principal fuente de resiliencia de los países frente a crisis corno la actual pandemia. A este respecto, en concreto querernos saber: ¿Cómo propone su gobierno refinanciar a las instituciones públicas y a los programas sociales, incluyendo y especialmente, a la CCSS durante y después de la pandemia?

En relación con la presentación de una propuesta al FMI, el domingo 12 de julio usted señaló que será negociada con los principales actores políticos, y se refirió concretamente a las jefaturas de fracción. Dado el interés público de esa negociación, cuyas consecuencias nos alcanzan a todas las personas que vivimos en este país, demandamos que haga pública la propuesta que su gobierno hará a las fracciones legislativas, y que la discusión se dé de cara a la ciudadanía. Le hacemos una respetuosa, pero enérgica instancia, para que usted y las demás personas que integran el Consejo de Gobierno y Consejo Económico, compartan esa propuesta e informen continuamente, de forma abierta, sobre el desarrollo del proceso de negociación con la Asamblea Legislativa y luego con el FMI.

En esta misma línea, distintas voces, a las que nos sumamos, han manifestado su preocupación de que el Gobierno podría estar considerando la venta de activos públicos, como una de las alternativas para enfrentar la actual crisis y como medio de negociación con el FMI, lo cual nos parece peligroso para el futuro del país. Señor presidente, respetuosamente le preguntamos: ¿Está usted y su gobierno valorando la venta de activos en el corto o mediano plazo? En caso afirmativo: ¿Cuáles activos y por qué?

Finalmente, aprovechamos la ocasión para manifestarle nuestro asombro, de que su equipo de gobierno no se haya referido aún a las propuestas para enfrentar la actual crisis que hemos hecho distintos sectores, incluidas dos propuestas legislativas, para recurrir a contribuciones fiscales del gran capital, y así evitar que Costa Rica salga de la crisis, aún más desigual de lo que es hoy.

Se suscriben de usted,

COLECTIVO MUJERES EN ACCIÓN
CC.

Señora Pilar Garrido, Ministra de Planificación
Señor Elián Villegas, Ministro de Hacienda
Señor Rodrigo Cubero, Presidente Ejecutivo del Banco Central de Costa Rica
Señora Silvia Lara Povedano, viceministra de la Presidencia
Prensa

Jornadas Solidarias pide apoyo para personas en extrema pobreza

Jornadas solidarias, desde un espacio autónomo y autoconvocado, desde marzo han estado recolectando comida y dinero y con esto han realizado diversas acciones para llevar alimentación e implementos de limpieza a las personas en condición de callejización. Ahorita se encuentran en contacto con personas de la cuartería donde hay casos positivos de COVID, con el fin de acompañar el proceso de satisfacción de necesidades básicas.

Jornadas solidarias le invita colaborar con donaciones ya sea en especies o de dinero. Actualmente son 30 familias en pobreza extrema y con una medida sanitaria que no les permite salir.

“Apoyo mutuo y solidaridad en medio de esta crisis por la pandemia y profundizada por el neoliberalismo”.

El procedimiento de gestión de despido del enemigo

“Fusílenlo, después averiguamos” (Villa)

Manuel Hernández

  • VULNERACION DEL DEBIDO PROCESO Y EL DERECHO DE DEFENSA

Existe un tema en el proyecto de Ley Marco de Empleo Público (Expediente N° 21336), ciertamente uno de los tantos desaguisados que contiene, que por las implicaciones tan serias, no puede pasar inadvertido.

Me refiero puntualmente a las modificaciones normativas que se pretenden de las reglas del procedimiento de gestión de despido, actualmente regulado en el artículo 43 y otros del Estatuto de Servicio Civil.

Estas variaciones de grueso calibre, fabricadas en los astilleros de MIDEPLAN, no pueden ser vistas con indiferencia, como si no fueran relevantes, porque tienen una incidencia directa en el debido proceso y derecho de defensa de los y las servidoras públicas, amparados por el Estatuto de Servicio Civil; es decir, para que se entienda, no estamos hablando de cualquier derecho, sino de Derechos Fundamentales.

Partiendo de lo anterior, analicemos este singular tema, empezando por las reglas actuales del procedimiento de gestión de despido, luego, advirtiendo las modificaciones que se pretenden y finalmente, ponderando el impacto de estas reformas.

I.- Las reglas del Estatuto de Servicio Civil que actualmente ordenan el procedimiento disciplinario, derivan directamente de la articulación de los numerales 39, 41 y 192 de la Constitución Política.

De conformidad con el canon de estas normas constitucionales, el servidor público sólo puede ser despedido, por motivo disciplinario, con base en las causales contempladas en la legislación, previo cumplimiento del debido proceso.

En términos generales, las normas del Estatuto estipulan que en los procedimientos de gestión de despido que promuevan los jerarcas de los Ministerios, la investigación administrativa la realizará la Dirección General de Servicio Civil, correspondiéndole al Tribunal de Servicio Civil dictar la resolución de primera instancia.

Esta resolución puede ser apelada ante el Tribunal Administrativo del Servicio Civil.

Una vez resumido, de manera muy esquemática, el procedimiento de ley vigente, pasemos de seguido a destacar las exorbitantes reformas que se pretenden introducir (de lege ferenda).

II.- En esta materia, los cambios sustanciales que propone el proyecto son cuatro modificaciones:

1.- La instrucción se realizará mediante el denominado procedimiento sumario, regulado en el artículo 320 y siguientes de la Ley General de Administración Pública (LGAP).

En las Actas de discusión del proyecto de esta ley, se consignó que procede el procedimiento sumario, a diferencia del ordinario, » (…) siempre que no haya conflicto, procesal o presente, con el administrado, ni perjuicio, material o previsible, para él, sea por tratarse de trámites que le favorezcan, o porque el acto final le sea indiferente.»

Esta clase de procedimiento está diseñada exclusivamente para la emisión de actos administrativos de carácter favorable, declaratorio de derechos, o actos de gravamen que tenga consecuencias disciplinarias muy leves, por ejemplo: amonestaciones verbales o escritas.

El sumario es un procedimiento cuyo objetivo es sustanciar la causa disciplinaria de manera célere y eficiente, en el plazo de un mes.

El procedimiento sumario no admite la proposición de pruebas, el debate –contradictorio- y la realización de audiencias.

2.- La instrucción del procedimiento sumario la realizará el propio Ministerio; es decir, el Ministerio donde la persona investigada presta sus servicios.

La instrucción de dicho procedimiento estará a cargo de un órgano director, que forma parte de la misma estructura orgánica del correspondiente Ministerio, subordinado del jerarca ministerial.

3.- El acto final le competerá dictarlo al mismo jerarca que ordenó la apertura del procedimiento.

4.- Este acto administrativo es susceptible de un recurso de revocatoria ante el propio jerarca y apelación ante el Tribunal de Servicio Civil.

Esta es la reingeniería que introduce el proyecto de empleo público, o mejor dicho, como veremos a continuación, el proyecto de des-empleo público, y no solo por los motivos que se exponen en este comentario, sino también porque el proyecto le apuesta a la externalización y privatización del los servicios públicos, lo cual quedará para otro análisis.

III.- Así las cosas, las implicaciones más serias que tiene esta modificación del procedimiento disciplinario son las siguientes:

1.- El procedimiento sumario está diseñado, como se explicó, en el ámbito disciplinario, exclusivamente para la sustanciación de asuntos que puedan conducir a la imposición de sanciones muy leves.

Entonces, resulta absolutamente irrazonable e inadecuado que se aplique este procedimiento en aquellas causas de las que se pueda derivar una sanción administrativa de cierta gravedad, como puede ser una suspensión disciplinaria sin goce de salario, pero aún más improcedente e inadecuado el sumario, cuando se pueda derivar la imposición de un despido.

Nuestra jurisprudencia reiteradamente ha establecido que el despido es la sanción más severa que puede sufrir un servidor público.

En consecuencia, cualquier procedimiento administrativo que ostente una pretensión disciplinaria de esta intensidad, cuyos efectos jurídicos puedan ser graves o muy graves contra el servidor, necesariamente tiene que cumplir los principios constitucionales del debido proceso y reunir las exigencias mínimas que garanticen plena y efectivamente la tutela y el ejercicio del derecho de defensa, sin cortapisas de ningún tipo.

No existe la menor duda que estas exigencias no las reúne, ni aun remotamente, el cuestionado procedimiento sumario.

El sumario se reduce prácticamente a un procedimiento de mera constatación, que enerva el derecho de defensa y el debido proceso, que constituyen pilares del Estado de Derecho.

2.- Por contrario a esta caricatura procedimental, la misma LGAP disciplina otro procedimiento administrativo, el procedimiento ordinario –aunque ciertamente no de carácter adversarial-, previsto para aquellas causas en que se pretenda imponer al funcionario público una sanción de cierta entidad, que puede ser una suspensión disciplinaria sin remuneración, destitución, o cualquiera otra de similar gravedad:

“El numeral 308 reseñado prevé y regula todas las etapas del debido proceso, estableciendo plenamente las etapas para el ejercicio del derecho de defensa, es aplicable para todos los procedimientos sancionatorios en los que se pueda causar perjuicio grave al investigado y en supuestos disciplinarios, cuando la posible sanción sea suspensión y/o revocatoria, y el procedimiento sumario

que restringe esas etapas del derecho de defensa, como la bilateralidad de la audiencia, es aplicable a aquellos casos no previstos para el procedimiento ordinario.” (Sentencia N° 89-2018-VI de TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y CIVIL DE HACIENDA, SECCIÓN SEXTA, de 30/07/2018).

El procedimiento ordinario, muy diferente al sumario, garantiza en forma amplia el debido proceso, el derecho de defensa y el contradictorio.

3– No obstante, las reglas actuales del Estatuto de Servicio Civil configuran un procedimiento de carácter adversarial, en el que se confrontan directamente las partes intervinientes, cuya resolución compete dictarla a un órgano ajeno a las partes de la controversia, el Tribunal de Servicio Civil, que no forma parte de la misma estructura del Ministerio que gestionó el despido.

En el proyecto de ley, la Administración asume, en simultáneo, la doble condición de juez y parte: instruye y resuelve.

La doctrina más autorizada critica el esquema no adversarial de este procedimiento administrativo:

” La Administración reúne en el procedimiento administrativo la doble condición de juez y parte, razón por la cual el principio de imparcialidad, característico del proceso, resulta relativizado en cierta medida.” (García de Enterría, Curso de Derecho Administrativo, Tomo II, Civitas, 1981, p. 401).

El proyecto de ley viene a degradar la objetividad y la imparcialidad del procedimiento administrativo, porque la propia Administración asume simultáneamente esta doble y privilegiada condición; que además viene a quebrar el equilibrio razonable que debe tener todo procedimiento.

Esa especie de procedimiento implica un decaimiento del debido proceso, porque el acto final lo va a dictar el propio jerarca, en lugar del Tribunal de Servicio Civil, que luego tendría únicamente un recurso de apelación ante este Tribunal.

IV.- En síntesis, la iniciativa legislativa impulsada por el Poder Ejecutivo devalúa los estándares constitucionales del derecho de defensa, el debido proceso y la tutela efectiva, violentando aquellas normas de la Constitución Política y el artículo 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Asimismo, por su carácter regresivo, vulnera el principio de progresividad de los derechos fundamentales, contemplado en el artículo 26 de la misma Convención.

El proyecto legislativo da lugar a una reingeniería muy peligrosa del procedimiento disciplinario, con consecuencias muy gravosas contra los funcionarios y funcionarias que vayan a correr la suerte, probablemente muy poco afortunada, que se les aplique un pseudoprocedimiento de esta clase. Podríamos decir, algo así como una crónica de una sanción anunciada.

El procedimiento administrativo del enemigo, parafraseando a Gunther Jakobs, en toda su expresión.

Esta reconfiguración regresiva –in peius- del procedimiento de despido, se corresponde totalmente con la lógica autoritaria y antidemocrática de dicho proyecto de ley, maquillado por OCDE y BM.

En definitiva, ahora que está políticamente tan de moda la expresión, un martillazo en seco contra la Justicia, “valor supremo del ordenamiento”, como lo ha establecido la Sala Constitucional, copiado de algún trasnochado manual procesal draconiano.

15/07/2020

Voz experta UCR: ¿Por qué la autonomía es esencial para la democracia y la libertad de las ideas?

Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ), UCR

Pronunciamiento del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la Universidad de Costa Rica

Calderón Guardia, José Figueres Ferrer, Rodrigo Facio y los fundadores de la Segunda República defendieron la autonomía universitaria

La autonomía proviene de la Universidad de Bolonia en el siglo XII y también de las universidades de París y Oxford en siglo XIII y XIV. Es un elemento esencial de las sociedades abiertas, democráticas y defensoras de la libertad de las ideas.

Ante el dictamen de la Comisión Legislativa del FEES, el Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica manifiesta lo siguiente:

  1. El concepto de AUTONOMÍA UNIVERSITARIA fue aprobado en la Constitución de 1949, con el acuerdo de diputados de los partidos que representaban a Calderón Guardia, a Otilio Ulate, así como al futuro Partido Liberación Nacional de José Figueres Ferrer, que tendría su origen en el Centro para los Estudios de los Problemas Nacionales. Fue impulsado primero por don Fernando Baudrit Solera y, posteriormente, por Rodrigo Facio y otros líderes, que representan hoy al actual PLN y el PUSC.
  2. Es importante que los actuales diputados del PLN, el PUSC y otros partidos que creen en la socialdemocracia, en el socialcristianismo y en los principios democráticos, conozcan la historia de sus partidos, las de los líderes que les dieron origen, así como la importancia de la figura de la “autonomía universitaria”, esencial para la existencia de una sociedad libre y democrática.
  3. El concepto de autonomía universitaria nació desde el año 1200 con la antigua Universidad de Bolonia, a la cual le fueron reconocidos “fueros especiales” para que los políticos (los príncipes, los futuros parlamentos de los reinos italianos y otras autoridades) no pudiesen intervenir en los contenidos de los estudios. Posteriormente, esos “fueros especiales de autonomía” también les fueron dados a la Universidad de París (hoy Sorbona), a la Universidad de Oxford, en Inglaterra, y a la mayoría de universidades del mundo. El objetivo fue que el poder político no interfiriese en el desarrollo libre del conocimiento de la ciencia, la investigación, la filosofía y todos los saberes. Fue esencial para el Renacimiento y para todo el desarrollo científico que cambió e hizo evolucionar al mundo y, posteriormente, para el advenimiento del republicanismo y la Ilustración a fines del siglo XVIII.
  4. En el caso de Costa Rica, la “autonomía universitaria” y la educación superior pública fueron vitales para que, en los últimos 70 años, la enseñanza libre e independiente pudiese forjar clases medias, crear movilidad social y realizar el pacto social que nos convirtió en los últimos 60 años en un país ejemplo en América Latina y el mundo. Solo la libertad de las ideas hace crecer a una sociedad y permite que las personas, a partir de la educación y sus aptitudes, puedan superarse. La autonomía universitaria hace posible —además— la libertad de cátedra, otro principio tutelado por la Constitución Política, esencial para que exista una democracia moderna.
  5. ¿Por qué la “autonomía administrativa y financiera” es vital para que exista “autonomía académica y libertad de ideas”? Porque la decisión sobre la adjudicación de presupuestos es lo que determina el contenido de las materias y las disciplinas. Y, en esto, es muy importante que las universidades tengan independencia de criterio. Los Gobiernos son cambiantes, pueden ser de derecha, de izquierda o de cualquier otra filiación ideológica. También los grupos económicos o de cualquier otra índole que los influyen. Sin embargo, las grandes disciplinas del conocimiento son permanentes: la matemática, la biología, la medicina, las ingenierías, la filosofía, el derecho, la antropología, la educación, la química, la sociología, la arquitectura, etc. Para que todas esas disciplinas avancen, solo pueden depender del conocimiento mismo, de la investigación científica, de la libertad de las ideas y no de la decisión de diputados o políticos, si les asignan presupuestos o no.
  6. Muchos de ustedes son excelentes diputados y diputadas, pero recuerden que no solo legislan para el presente sino también para el futuro. Quizá puedan venir diputados y partidos políticos en los próximos años o décadas que quieran manosear el contenido de la educación, adaptarlo a sus intereses ideológicos, o bien, a los intereses de grupos de presión económica o de otra índole. Ustedes tienen que prever eso, que las clases políticas del futuro o grupos económicos no atenten contra la libertad y la democracia.
  7. Las universidades públicas de Costa Rica están haciendo grandes esfuerzos de contención de gasto. La UCR, por ejemplo, congeló todos los aumentos salariales de sus profesores y administrativos en el año 2020 para darlo a becas de estudiantes de bajos recursos. Todos nos estamos socando la faja en este duro momento del país. Tratar de menoscabar el ARTÍCULO 84 de la Constitución Política de Costa Rica —que data del año 1949 y fue defendido en sus días por líderes visionarios como Calderón Guardia, Figueres Ferrer o Rodrigo Facio— sería un gran error. Un retroceso histórico.

La Universidad de Costa Rica (UCR) y las otras universidades públicas están hombro a hombro con el país para salir adelante en este momento complicado de nuestra historia. Pero debilitarlas no es la solución. Todo lo contrario: hay que fortalecerlas. La educación pública universal y para todas las personas ha sido clave del pacto social de nuestra patria en el último siglo.

INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURÍDICAS, UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

Dr. Gustavo Chan Mora  
Director IIJ
Dr. Alfredo Chirino Sánchez
Decano de la Facultad de Derecho  
y miembro del Consejo Asesor IIJ
Consejo Científico IIJ Consejo Asesor IIJ
Dr. Miguel Román Díaz Dr. José Thompson Jiménez
Dr. Rafael González Ballar Dr. Carlos Peralta Montero
Dr. Jaime Ordóñez Chacón Licda. Alcira Cascante Ardón
Dr. Enrique Ulate Chacón  
Investigadores del IIJ
M. Sc. Freddy Arias Mora M. Sc. Agustín Gutiérrez Carro
M. L. Henry Campos Dra. Marcela Moreno Buján
M. Sc. Mauricio Castro Méndez M. Sc. Marcela Muñoz Muñoz
M. Sc. Federico Chacón Loaiza Dr. Hugo Alfonso Muñoz Ureña
M. Sc. Rosaura Chinchilla Calderón M. Sc. Juan Pablo Salazar Carvajal
M. Sc. David Fallas Redondo M. Sc. Luis Alonso Salazar Rodríguez
M. Sc. Rosaura García Aguilar

Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la Universidad de Costa Rica

SINAE: Debe valorarse uso de mascarilla de tela

Mascarillas descartables deberán devolverse al Almacén Central

Temor y desconfianza por “error material” de la CCSS

El Sindicato Nacional de Enfermería y Afines (SINAE AFINES) alerta sobre un posible desabastecimiento de mascarillas quirúrgicas lo cual provoca el temor y desconfianza del personal de salud ante el “error material” reconocido por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) en la adquisición de un lote de mascarillas quirúrgicas descartables cuya rotulación indica “no médica”.

“Comprendemos las limitaciones, y la lucha que se da, en los mercados internacionales por los insumos médicos. Creemos que la institución debe tener un plan b, ante un posible desabastecimiento de mascarillas quirúrgicas descartables, y echar mano, a la industria y tecnología costarricense para reemplazarlas por la mascarilla de tela, eso sí, que cuente con triple capa; de algodón, de impermeable y de polipropileno, que tendría una capacidad de filtro mayor que una quirúrgica, subrayó Lenin Hernández Navas, Secretario General de SINAE AFINES.

Según Hernandez Navas el país cuenta con laboratorios especializados que pueden dar un tratamiento a las telas para aumentarles la capacidad de filtro.

Nos precopa que con el retiro de este lote de mascarillas no se tenga detallada la fecha en que podrán ser sustituidas en los centros de salud para que atiendan las demandas diarias del insumo.

El 10 de julio pasado se instruyó mediante la nota AGM-SIEI-0723-2019 a los directores médicos de hospitales nacionales, así como a los directores regionales, Directores Periféricos, de Clínicas y Áreas de Salud, así como a los Jefes de Proveeduría, devolver con carácter de

urgencia las mascarillas quirúrgicas descartables correspondiente al lote 20200428001.

Lo anterior según Hernández Navas, representante de SINAE AFINES provocará sin duda un desabastecimiento del insumo tan importante para evitar la propagación del virus dentro del personal de salud.

“Esto está generando una gran expectativa y un gran temor en todos los funcionarios de la Caja. Estamos hablando del personal que da la atención directa al usuario quienes son los que están las 24 horas del día” afirmo el representante de los trabajadores.

Le hemos hecho saber al a Caja que debe manejar la información de manera trasparente, es decir, nos diga con total honestidad con cuánto recurso contamos, porque es triste, y genera temor la falta de información sobre las existencias de los insumos de protección.

El líder sindical agregó que, porque por un lado el Presidente Ejecutivo de la CCSS, Roman Macaya sale diciendo que el país tiene una bodega con insumos, del tamaño de cinco estadios, pero es otra la realidad que viven los trabajadores en los centros de salud.

El faltante de mascarillas ha sido denunciado por SINAE AFINES en diversas oportunidades y sobre la rotulación no médica de un lote se consultó la semana pasada, sobre cuáles son las implicaciones que tenía esa advertencia, pero no se nos respondió; esa misma advertencia la tienen las mascarillas NK-95, sin embargo, se siguen usando como equipo de protección personal.

Prensa
SINAE/AFINES
14-2020

 

*Imagen ilustrativa.

Sindicato de Hacienda pide definiciones para quienes no hacen teletrabajo

Sr. ministro
ESTO REQUIERE RESPUESTA URGENTE

Los funcionarios Hacendarios que no tenemos teletrabajo ni vacaciones requerimos nos indique que va a instruirse en cuanto el ingreso a la oficina y el traslado en su vehículo personal en virtud de ser sujeto de riesgo y el traslado en autobús resulta muy temerario y condicionado a:

  1. Minimizar el 20% del transporte.
  2. ¿Quién será la persona facultada para emitir la carta de autorización para el traslado toda la semana incluyendo día de restricción en su vehículo personal?
  3. ¿Bastaría la nota firmada por la jefatura consignando firma digital?
  4. ¿Pueden proveer el machote respectivo?
  5. ¿Ya se hizo el comunicado a las autoridades de tránsito y seguridad en virtud de la necesaria operación de las distintas aduanas en todo el país y administraciones tributarias y nuestros horarios 24/7, así cómo las demás oficinas del Ministerio de Hacienda adscritas a Ingresos y Egresos?

Al amparo de la Directriz, mientras no hay norma, en contrario el trabajador que no puede realizar teletrabajo y acceder a su medio de transporte y oficina, quedaría dispensado de sanción alguna por cuanto no se tomó en cuenta a sus representantes para instruir lo concerniente disculpándolo administrativamente por resultar siendo un caso de fuerza mayor.

En fin, requerimos sea provisto el actuar inmediatamente por la incertidumbre que se está generando.

Fundamentos de derecho: Art 7. 27 y 41 CP, 10 y 118 CPCA, 191 y 193 LGAP.