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Campaña Nacional «Etiquetado de transgénicos ¡Ya!»

En el archivo adjunto podrá encontrar la última nota entregada a los jerarcas de los ministerios del MEIC (Victoria Eugenia Hernández Mora), MINSA (Daniel Salas Peraza) y MAG (Luis Renato Alvarado Rivera), así como al actual Presidente de la República (Carlos Alvarado Quesada), que acompaña la quincuagésima sétima (57a.) entrega de firmas de apoyo a la solicitud formal realizada el 16/04/15 para la elaboración de un reglamento de etiquetado de los productos alimentarios que contengan ingredientes transgénicos.

También se incluye la promesa realizada por el Sr. Carlos Alvarado Quesada, quién se comprometió firmando, junto a sus vicepresidentes y otros miembros cercanos al Sr. Presidente, a establecer «… la obligatoriedad de informar al consumidor de alimentos para consumo humano o animal que contengan ingredientes genéticamente modificados». (Punto 9. del documento adjunto «Acuerdos con sectores. Carlos Alvarado Presidente 2018. Yo creo en el Ambiente»).

Con esta última entrega, ya suman cerca de 50 000 (cuarenta y nueve mil setecientos ochenta y cuatro) el número de firmas de personas que apoyan y solicitan la promulgación de un decreto ejecutivo que haga valer el compromiso adquirido precitado, para así hacer efectivo el derecho constitucional que tenemos las personas consumidoras a recibir información adecuada y veraz, así como a la libertad de elección, en los términos especificados en nuestra Carta Magna (art. 46), la Ley n.° 7472 de Defensa Efectiva del Consumidor (art. 32, 33 y 34) y su reglamento (Decreto Ejecutivo n.° 25 234-MEIC, art. 91 y 92).

Mayor información: https://drive.google.com/open?id=0B-pyNXYB-rHjfmRMOWtvdHRHZGx2Nk8xbEJscE5sVEJ0bmtDelNYb2NOQjRBaUQzSTQ2R00

 

Enviado por Jaime García.

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Concejo Municipal de San Rafael se opone a proyecto de Ley de Aguas

CONCEVERDE informó a SURCOS que el Concejo Municipal de San Rafael tomó acuerdo por unanimidad de los regidores, a oponerse al Proyecto de Ley para la Gestión Integrada del Recurso Hídrico, expediente 20.212.

Además, le comunicó sus argumentos de oposición a las 81 municipalidades del país. Los argumentos son los siguientes:

1) Al quedar el MINAE con el poder absoluto sobre el Agua, y la Política Hídrica Nacional y el Plan Hídrico Nacional dictados y aprobados por decreto Ejecutivo, las decisiones sobre el manejo del Recurso quedarán bajo los lineamientos de una política partidaria. La Dirección Nacional de Aguas es el órgano que le correspondería la tutela y protección del recurso hídrico. Su jerarca es de nombramiento y remoción del Ministro de Ambiente, de modo que, siendo éste el que decide sobre los recursos de apelación ante decisiones y políticas sobre el agua, difícilmente tales decisiones dejarán de estar influidas por criterios políticos dado que el Ministro de Ambiente es designado por el Presidente de la República. (Léase artículos 5, 6, 7 y 8). Los criterios técnico-científicos corren el riesgo de relegarse o ser ignorados en tales decisiones.

2) La ley dice priorizar el “bienestar social” y económico, y minimiza la importancia de la preservación de los ecosistemas (art. 2 inc.j). La narrativa adopta una visión claramente economicista.

3) Muchas de las definiciones deberían ser modificadas, entre ellas destacamos:

  • Pozos artesanales (Art. 3, inc.29)
  • Uso doméstico (Art.3, inc.35)
  • Uso no consuntivo (Art 3, inc. 36)
  • Vulnerabilidad (Art. 3, inc.41), en esta definición no contempla las actividades humanas.

4) Se crea la Dirección Nacional de Aguas (DINA), como un órgano técnico adscrito al Ministerio de Ambiente y Energía (art. 7), otorgándole funciones y atribuciones de suma importancia, pero se deja sin definir su organización y estructura.

5) En el art.28 se vulneran las áreas de protección, al permitirse en ellas la tala, a interés y decisión del Poder Ejecutivo y/o la DINA.

6) En el art.29 se disminuye la protección de los cuerpos de agua, al requerir la reposición, en caso de haber sido eliminada la cobertura de la zona protectora, en solo 5 metros, sin considerar que estas áreas pueden ser de 10, 15, 50, 100 ó 200 metros.

7) En el art.30 se abren posibilidades a vulnerar los retiros sanitarios de operación de pozos.

8) La protección de los Acuíferos queda a discreción de DINA y el futuro e incierto Reglamento de la Ley. (art.31). La desprotección es mayor cuando hace apenas unas semanas la Matriz Genérica de Protección de Acuíferos de SENARA ha sido enterrada por ser incompatible con los intereses económicos empresariales, en detrimento del bien común y la protección del ambiente. Por eso nos parece que este artículo es de temer.

9) Sabemos que uno de nuestros más serios problemas en relación al agua, es la contaminación, tanto de ríos y quebradas (que en gran número son hoy prácticamente basurales) como de los acuíferos. La sección II referente a los vertidos (art.39 y siguientes) es liviana y permisiva y no aborda con seriedad ni con voluntad de reparación éste serio problema. Además de señalar que “La responsabilidad del cumplimiento de los criterios técnicos de la calidad de la

descarga corresponderá a quien realice el vertido.” (art. 41). Inaceptable.

10) No se puede generalizar y exceptuar del requisito de la concesión a cualquier actividad de las instituciones del sector hídrico (art. 59).

11) Otorgar las concesiones por 20 años, en el contexto de crisis climática en la que nos encontramos, resulta un plazo excesivo (art. 60).

12) La posibilidad de aprovechamiento de aguas subterráneas y superficiales sin autorización, cuando sea para “uso doméstico”, tomando en cuenta la definición amplia en esta ley, abre la puerta para usos indebidos, posible contaminación y vulneración del caudal ambiental (art. 85).

13) Se abre la puerta para otorgar concesiones de aprovechamiento de aguas marinas en otras Áreas Protegidas o protectoras que no sean Parques Nacionales o Reservas Biológicas, quedando vulnerada la protección en Reservas Naturales, Refugios de Vida Silvestre, Humedales, Reservas Forestales, Áreas Marinas de Manejo, Zonas Protectoras y Refugios Privados (art. 88).

14) El respeto al caudal ambiental queda supeditado al interés de aprovechamiento para uso (cualquier uso) humano (art. 94).

15) El ‘Uso Colectivo de las Aguas en Condominio’, abre las puertas a la urbanización (y por lo tanto a la impermeabilización de suelos) en zonas en donde los operadores del servicio no proveen pajas de agua con el fin de Proteger Zonas de Recarga, Zonas vulnerables o de restricción por disponibilidad. Este artículo no es más que otro favor a las empresas constructoras y de bienes raíces, sin importar la restricción y protección requerida para la preservación del recurso hídrico a futuro (art.104).

16) Nuevamente en el título V, se toma la costumbre de verter contaminantes en los cauces de agua (que tiene colapsadas nuestras cuencas) como una actividad tan aceptable y normal como el consumo para la vida misma. El legislador, en vez de regular los vertidos y promover el tratamiento de éstos para un re-uso específico, se conforma con cobrar cánones a quienes contaminan: “El canon ambiental por vertidos es un instrumento económico que se fundamenta en el principio de quien contamina paga y que se establece a través del cobro de una contra prestación en dinero, a quienes usen el servicio ambiental de los cuerpos de agua para el transporte, dilución y eliminación de desechos líquidos originados en el vertimiento puntual, los cuales pueden generar efectos nocivos sobre el recurso hídrico, los ecosistemas relacionados, la salud humana y las actividades productivas.”(art. 105). Inaceptable.

17) La idea de someter al pago de multas a quienes infringen la ley, es incentivar a que éstas se cumplan. A más altas multas, más temeroso será de hacerlo el potencial infractor. En ésta ley, los montos ridículos de las multas, aún en caso de faltas gravísimas, representan casi un incentivo a optar por quebrar la ley y pagar la multa antes de invertir en hacer las cosas bien (art.117, 118,119). Inaceptable.

18) También es inaceptable que un proyecto que pretende garantizar el suministro de agua, de manera continua y de calidad potable, no regule o limite la producción y el embotellamiento de agua y bebidas envasadas, sea para consumo local o exportación; sobre todo tal y como lo estamos viviendo en una época, donde se tiene la certeza, que el recurso hídrico es limitado y agotable.

Además se consideraron los criterios técnicos y pronunciamiento del SENARA en el oficio SENARA-DIGH-0020-2020, que adjunto en la imagen.

Imagen ilustrativa, UCR.

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Ley para la Gestión Integrada del Recurso Hídrico contiene varias regresiones ambientales

ASOCIACION DE DESARROLLO INTEGRAL, CONCEPCION SAN RAFAEL HEREDIA

COMUNICADO PÚBLICO

Considerando que el agua es un elemento primordial de la naturaleza, imprescindible tanto para asegurar la vida y salud de los seres vivos como para el desarrollo del comercio, agricultura e industria, la Asociación de Desarrollo Integral de Concepción de San Rafael de Heredia, manifiesta oponerse al Proyecto de Ley 20.212 denominado Ley para la Gestión Integrada del Recurso Hídrico, por contener varias regresiones ambientales y omisiones, considerando principalmente las siguientes:

  1. El proyecto de ley 20.212 le sustrae las funciones técnicas que hoy tiene SENARA, en la protección y fiscalización del recurso hídrico subterráneo, para trasladárselas y concentrarlas en la Dirección Nacional de Aguas, ente el cual su jerarca será un subordinado del Ministro de Ambiente, por lo que las decisiones en la tutela de uno de los principales recursos que tenemos los seres vivos, no estarán exentas de que se tomen siguiendo criterios políticos-económicos y no técnicos.
  2. En el proyecto, se prioriza el consumo humano ante la sostenibilidad ecológica en situaciones de crisis o conflicto por el abastecimiento de agua (Artículo 94), lo que puede ser contraproducente al estar atentándose contra los caudales ecológicos los cuales son necesarios e imprescindibles para asegurar a mediano y largo plazo el recurso hídrico de manera constante y de calidad, tanto para el consumo humano como los seres vivos propios del ecosistema.
  3. El proyecto es regresivo en tanto obliga sola la reposición de la cobertura arbórea en sólo 5 metros del cuerpo de agua, independientemente de si el área de protección es de 10, 15, 50, 100 o 200 metros.
  4. El proyecto disminuye con respecto a lo que tenemos hoy día, que en principio son 40 metros, a sólo 10 metros el área de retiro de seguridad operacional de un pozo, lo que expone a las aguas subterráneas que se vean afectadas por contaminación.
  5. No se regula de manera alguna el embotellamiento de agua, sea para consumo local o exportación, lo que ante la crisis por la cantidad de agua disponible, es inaceptable tal omisión, lo que revela un afán de favorecimiento a la mercantilización del recurso hídrico de los costarricenses.

25 de febrero del 2020

ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE CONCEPCIÓN DE SAN RAFAEL DE HEREDIA

Correo electrónico: asodic397@gmail.com

 

Imagen ilustrativa de la UCR.

Enviado por Isabel Ducca Durán.

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Reforma a la Ley de Aguas propuesta por el gobierno no significa avance

  • Hay ambigüedades y amenazas directas al ejercicio del dominio público del agua

  • No se reconoce la gestión de las ASADAS ni el principio precautorio en materia ambiental

  • Se enfatizó en crear un órgano de participación equilibrado y vinculante sobre las decisiones del Estado

(FECON, 27-02-2020). La Federación Ecologista (FECON) presentó ayer, miércoles 26 de febrero, en audiencia ante la Comisión de Ambiente en la Asamblea Legislativa 21 observaciones sobre el texto sustitutivo 20.212 denominado Ley para la Gestión Integrada del Recurso Hídrico. Se hizo énfasis en el contexto de conflictividad creciente por temas de protección y acceso al agua, y la incapacidad actual de las instituciones de responder y resolver adecuadamente estas situaciones.

FECON planteó un análisis del texto basado en cuatro principios. El primero, eliminar cualquier ambigüedad que amenace el ejercicio del dominio público sobre el agua. En segundo lugar, la necesidad de avances sustantivos en la protección de fuentes y cuerpos de agua que erradiquen las acciones de sobreexplotación, acaparamiento, contaminación y cualquier otro daño que actualmente no esté siendo alcanzado por la legislación. En tercer lugar, crear herramientas de participación social en la fiscalización del dominio público y la reglamentación que derivaría de este proyecto de Ley. Y finalmente, que los planteamientos no contengan potenciales regresiones en términos ambientales.

En el texto se observaron vacíos y se plantearon cambios de redacción para garantizar el dominio público e interés social en el manejo del recurso hídrico como objetivo de la Ley. Se enfatizó reiteradamente en la incluir de la variable social en la planificación, considerando la conflictividad como causa de modificaciones, para superar el reduccionismo de la gestión hídrica a los tecnicismos que plantea el texto. Se pide un límite al periodo del Director de Aguas para evitar la perpetuación de gestiones inoperantes como sucede actualmente, según consideran las organizaciones ecologistas.

Como avance en participación, se planteó crear un órgano denominado Foros Hídricos Permanentes a escala de las Unidades Hidrológicas, para revisar la política y planes hídricos que se plantean en el texto, además de los reglamentos que se pretendan desarrollar a partir de esta normativa. Estos Foros se compondrían por representaciones equitativas de:

1) el Sistema de Áreas de Conservación, por su relación directa con humedales y áreas de protección; 2) las Universidades Públicas que se ubiquen en la cada zona; 3) las Federaciones Estudiantiles regionales; 4) las Organizaciones Ecológicas de la sociedad civil; 5) las ASADAS, que gestionan el consumo humano para comunidades y 6) el sector productivo que puede aportar experiencias de manejo sostenible.

Se expuso la necesidad del reconocimiento jurídico de las ASADAS en esta propuesta de Ley, donde están totalmente ausentes dejándolas con inseguridad jurídica. Además, se urgió incluir el Principio Precautorio en las definiciones y artículos clave para su aplicación oportuna por parte de la administración pública. Además, en el tema de contaminación, reconocer la contaminación difusa para el desarrollo de mecanismos de sanción apropiada ante daños, por la complejidad de las dinámicas ambientales y la necesidad de proteger el interés común.

En el campo de la evaluación del impacto ambiental, se señaló la limitación del texto en mantener el sistema actual, donde el agua representa apenas un insignificante 8% dentro del análisis del impacto los proyectos, impidiéndose proteger efectivamente las fuentes, por lo que se plantea análisis directo del impacto extractivo con base en el criterio de caudal ambiental.

Finalmente, se solicitó a la comisión eliminar elementos ambiguos o riesgosos para la gestión ambiental sostenible del agua y el dominio público efectivo, como lo son la inclusión de las fincas ganaderas dentro del uso doméstico, los injustificados “usos especiales del agua” que evaden el pago de canon, los reconocimientos por inversiones que traspasan funciones públicas a actores privados y desfinancian la gestión pública, además de la polémica figura de autoabastecimiento en condominios que sobrepone intereses particulares sobre el interés común.

Contacto: Dany Villalobos, teléfonos: 8914 7887 / 8781 4512

 

Tomado de https://feconcr.com/

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UCR: La biodiversidad y la ecología tropical tendrán su propio centro de investigación

La Escuela de Biología presentó la propuesta de creación de la nueva instancia en el 2018

El Cibet es el nuevo centro de investigación de la Universidad de Costa Rica, que estará dedicado a los estudios relacionados con la biodiversidad y la ecología terrestre de Costa Rica. Foto: Laura Rodríguez Rodríguez.

El Consejo Universitario, en su sesión N.° 6352, artículo N.°3, celebrada el 18 de febrero de 2020, aprobó la creación del Centro de Investigación en Biodiversidad y Ecología Tropical (Cibet), una unidad que estará dedicada a la investigación científica sobre la diversidad y la ecología terrestre de Costa Rica.

La idea inicial surgió de la Escuela de Biología, que en el 2018 presentó una propuesta ante la Vicerrectoría de Investigación. De acuerdo con la normativa de la Universidad de Costa Rica (UCR), le corresponde al Consejo Universitario la aprobación de los centros de investigación.

La nueva instancia de la UCR viene a sumarse a los 34 que existen en la actualidad en diversas disciplinas, en consonancia con las políticas institucionales orientadas a promover y consolidar la investigación de acuerdo con las necesidades del país.

Costa Rica cuenta con aproximadamente un 5 % de la biodiversidad mundial, en un territorio que apenas alcanza el 0,03 % de la superficie del planeta.

Por lo tanto, entre los argumentos para establecer el Cibet, se señala la necesidad de documentar la biodiversidad nacional, para comprender su función y relación con el entorno natural y las poblaciones humanas, así como para plantear soluciones a los riesgos y los problemas ambientales.

De acuerdo con el Reglamento de la Investigación de la UCR, la función principal de un centro de investigación es desarrollar e impulsar la investigación científica, humanista, artística y tecnológica de excelencia.

Asimismo, le corresponde articular la investigación con la docencia en las unidades académicas afines, tanto en el grado como en el posgrado, y procurar la participación del estudiantado en las investigaciones, así como vincular la investigación con programas y proyectos de acción social.

En el acuerdo del Consejo Universitario también se designó como primer director del Cibet al Dr. Bernal Rodríguez Herrera, profesor e investigador de la Escuela de Biología, para el período comprendido entre el 1° de marzo de 2020 al 28 de febrero de 2021.

 

Patricia Blanco Picado

Periodista, Oficina de Divulgación e Información

Información tomada de: http://www.ucr.ac.cr/

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UCR: Planes reguladores son vitales para el desarrollo sostenible de las ciudades

ProDUS UCR trabaja junto a varias municipalidades para concluir requerimientos y contar con una planificación territorial adecuada

Un plan regulador es un proyecto cantonal en el que se incluye la organización del uso de suelo y direccionarlo para que apoye el desarrollo integral del cantón. Foto Cristian Araya.

¿Dónde se deben construir las edificaciones comerciales o residenciales para que no afecten el recurso hídrico y no exista el peligro de que se encuentren en zonas de riesgo?, ¿cómo deben idearse los accesos y salidas para que exista una red vial eficiente?, y ¿cómo mejorar la calidad de vida de las personas a partir del ordenamiento del territorio?, estas son algunas de las aristas más importantes a las que da respuesta un plan regulador y que vendrían a impulsar el progreso de los cantones y por ende del país entero.

El Programa de Investigación en Desarrollo Urbano Sostenible de la Universidad de Costa Rica (ProDUS UCR) trabaja actualmente con nueve municipalidades para lograr concluir todo el proceso que conlleva la aplicación de un plan regulador.

Se trata del distrito de isla Chira y el cantón de Flores, que ya cuentan con la viabilidad ambiental de SETENA; los cantones de Alajuela y Santa Ana, cuya obtención de viabilidad ambiental se encuentra en su última fase; los cantones de San Carlos, Garabito, San Ramón y Orotina están en la fase final de elaboración; y el cantón de Goicoechea que está iniciando el proceso.

En Costa Rica, ProDUS UCR ha desarrollado planes de ordenamiento territorial para más del 25 % del territorio fuera de las áreas silvestres protegidas, convirtiendo este tipo de investigación científica en uno de los principales aportes de esta Universidad a la solución de los problemas nacionales.

Un proceso que asegura bienestar

El Ing. Jonathan Agüero Valverde, coordinador general de ProDUS UCR, indicó que un plan regulador está constituido por una serie de etapas que inicia con el diagnóstico, en la que se señalan las fortalezas y las debilidades del cantón, se identifican las posibilidades de mejora, y se enumeran los aportes que pueden surgir.

“Siempre se incluye la participación ciudadana dentro de la elaboración de un plan regulador, que se da tanto durante el diagnóstico como en la fase de propuestas; escuchamos a la comunidad, hacemos un proceso participativo y se conversa con la gente sobre lo que nosotros encontramos en el diagnóstico, se les pregunta qué les parece, cuáles son los principales problemas del cantón y en que puede ayudarles la planificación territorial, pues esto define qué se puede hacer, dónde y cómo, por ejemplo: el tamaño mínimo o máximo de un lote que se tiene permitido debido a que está o no en una zona de protección boscosa o de acuíferos. El plan regulador viene a definir cuáles usos están permitidos en una determinada zona”, describió Agüero.

Sin embargo, Agüero aclaró que un plan regulador no va a resolver todas las problemáticas que tenga un cantón, pues cada trabajo de planificación territorial tiene un perfil muy determinado sobre lo que sí o no se puede hacer, o sea, no va a resolver los problemas de vivienda, pero sí puede ayudar a que la localización de las casas sea mejor, además de cuáles actividades son permitidas y cuáles no.

Una de las aristas que analizan los especialistas de ProDUS UCR es el recurso hídrico, que se incluye dentro de la elaboración de los planes reguladores. Foto cortesía ProDUS UCR.

“Es muy importante poder llegar a las comunidades y comunicar claramente sobre la planificación territorial y dejar claro que siempre se va a buscar un equilibrio; existirá regulación que dejará hacer unas cosas y no se podrán hacer otras, pero es parejo para todos, tanto para la industria y el comercio como para las urbanizaciones y particulares”, reflexionó Agüero.

Entre más orden mayor confianza y crece la productividad

Durante la fase de propuestas se les plantea a las municipalidades los aspectos de zonificación y regulación, se identifican las zonas adecuadas para el desarrollo de la industria, los proyectos residenciales y las zonas para el establecimiento del comercio o para el sector agrícola, así como las zonas de protección, etc.

“Ahí es cuando se aterriza la propuesta del plan regulador, que es el resultado de los estudios que se hicieron en la etapa de diagnóstico. La principal propuesta dentro de un plan regulador es la zonificación, pero también están la de fraccionamiento y la de vialidad. No se puede hacer ciudad sin hacer vialidad, pues hay que revisar muy bien la conectividad para que la ciudad sea como una red; trabajamos muy fuerte en el aspecto vial precisamente para mejorar la conectividad y la redundancia vial de cada cantón, lo que repercute positivamente en todo el país”, manifestó Agüero.

Por su parte el Ing. Félix Zumbado Morales, investigador de ProDUS UCR, comentó que uno de los aspectos más relevantes que conlleva generar un proyecto de investigación, en el contexto del ordenamiento territorial, es comprender que un plan regulador es una herramienta indispensable para el sector público y privado, ya que facilita las inversiones en el cantón al ofrecer seguridad a los empresarios.

Además, permite fomentar la inversión pública y privada por medio de herramientas como la captura de plusvalías, lo que conlleva a mejorar la calidad de vida de todas las personas que habitan un cantón.

“Si dentro de la planeación se establecen áreas con vocación para permitir los usos zonas industriales, comerciales o de servicios, entonces el empresario interesado en invertir sabe que va a tener todas las condiciones y facilidades para que pueda desarrollar su actividad productiva de la mejor manera. Por ejemplo, asegurando el acceso al transporte (movilidad), servicios básicos, y seguridad jurídica por compatibilidad de uso con los vecinos. De esta forma se evitan muchos conflictos territoriales que resultan de la falta de ordenamiento territorial. En los cantones en donde no existe un plan regulador hay inseguridad jurídica para el sector empresarial, lo que hace a esos cantones menos competitivos y atractivos para la generación de inversiones”, recalcó Zumbado.

El problema es que en Costa Rica no se ha adoptado todavía la cultura de la planificación territorial, señaló por su parte Agüero, pues en muchas de las municipalidades en donde han trabajado nunca han tenido un plan regulador.

La comunicación con las y los miembros de las comunidades es vital para poder crear un plan regulador efectivo y eficiente. Foto cortesía ProDUS UCR.

Protección del medio ambiente

Otro de los ejes de trabajo de un plan regulador es el ambiental, que va asociado con el desarrollo sostenible (social, económico y ambiental) y que viene a fortalecer la gestión en esta temática. Un plan regulador, aseguraron ambos expertos de ProDUS UCR, es la herramienta fundamental para generar medidas que promuevan el uso sostenible de los recursos naturales de un territorio.

“Esta variable es de suma importancia pues está dirigida a complementar la legislación nacional en temas como la gestión sostenible del recurso hídrico de un cantón, la protección de las zonas de recarga acuífera, la conservación de las zonas boscosas que están fuera de los parques nacionales o áreas protegidas, así como la zona de protección de los causes y los corredores biológicos; todo esto se debe incluir dentro de un plan regulador para poder salvaguardarlo. Hay que sumar el apartado del cambio climático, que se desarrolla dentro de las posibilidades legales de un plan regulador, y los servicios ecosistémicos, que consideran el uso de las soluciones basadas en la naturaleza”, expuso Zumbado.

Desde hace 29 años ProDUS impulsa el desarrollo sostenible a través del ordenamiento territorial, gracias a la ardua labor de profesionales en áreas como ingeniería civil, antropología, arquitectura, computación e informática, derecho, agronomía, geología, biología entre otras.

Algunas de las instituciones con las que ProDUS UCR mantiene un estrecho contacto y con las que trabaja para concretar los planes reguladores son: Secretaría Técnica Ambiental (Setena), Instituto de Vivienda y Urbanismo (INVU), Instituto Costarricense de Turismo (ICT), Comisión Nacional de Emergencias (CNE), Ministerio del Ambiente y Energía (MINAE), Instituto Geográfico Nacional (IGN), y Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG).

“Las municipalidades que ya tienen un plan regulador tienen una visión completamente diferente, una vez que tienen esta cultura entonces ya pueden usar esta herramienta con todo su potencial y de manera eficiente. Lo que se debe hacer es llevar la regulación territorial a todo el país para que conozcan sobre las ventajas que esto conlleva”, planteó Agüero.

Un plan regulador no es eterno, hay que actualizarlo constantemente, advirtió finalmente Zumbado, porque las condiciones del entorno cambian, la población pueden variar, los proyectos públicos que surjan pueden afectar la plusvalía de la zona, los proyectos inmobiliarios modifican la dinámica de un territorio, etc.

“Una vez que un plan regulador es aprobado por SETENA y el INVU, se organiza una audiencia pública y seguidamente el consejo municipal respectivo aprueba finalmente el plan. En el caso de los Planes Reguladores Costeros también se debe dar la aprobación por parte del ICT”, concluyó Zumbado.

El ordenamiento territorial forma parte de los aportes que realiza la UCR al país para mejorar la calidad de vida y sumar al desarrollo sostenible, ayudar a los cantones a atraer inversiones y promover el uso adecuado de los recursos naturales.

 

Otto Salas Murillo

Periodista, Oficina de Divulgación e Información

Información tomada de: http://www.ucr.ac.cr/

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Maquinaria municipal destruye los cauces del rio Cañas y su afluente

Recientemente la Municipalidad de Aserrí, llevó su maquinaria para mejorar los caminos vecinales de la zona de Salitrillos arriba, ubicados en el conocido lugar denominado el “Chiflon”.

Por supuesto que debemos de apoyar esta iniciativa, que se realiza en caminos públicos de mucha necesidad para el tránsito de la localidad.

Lamentablemente, realiza estas intervenciones irrespetando los cauces de los ríos y desapareciéndolos con la invasión de materiales de lastre, lo que provoca que termine cubriendo los rastros de las raquíticas quebradas que quedan aún en la zona, afectadas también por la por el cambio climático, la intervención de sus riberas y por las múltiples tomas clandestinas de agua privadas y del propio acueducto municipal que se realizan con estos recursos hídricos.

La Asociación Ecológica Sustentable de Caraigres, que articula organizaciones ambientalistas y personas ecologistas de Aserrí, Acosta, Los Santos, Desamparados y el distrito de San Sebastián del cantón Central de San José, hacemos la denuncia de este atropello municipal a nuestros recursos hídricos.

Nos preguntamos: ¿Será esta la política ambiental que implementarán en el cantón de Aserrí, ahora que aprobaron el inconsulto cartel para su diseño?

Pasada la charanga de campaña electoral, ¿estaremos permitiendo que se continué con este atropello a los recursos hídricos de la zona?

Invitamos a todos los ciudadanos conscientes a unirnos y continuar nuestra lucha por el rescate y preservación de un ambiente y un desarrollo sustentable que garantice una calidad de vida de los pobladores y para todas las especies vivientes.

 

Información enviada a SURCOS por Ítalo Fera Fallas.

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UCR: El cultivo de algas marinas revolucionaría la acuacultura nacional

Un proyecto de ingeniería de biosistemas promueve el desarrollo de una industria de producción en Costa Rica

Las algas son prensadas en las cuerdas y se dejan flotando en el mar para que se alimenten y se desarrollen. Así sucede en Cuajiniquil, Guanacaste. Foto: cortesía de Ricardo Radulovich.

En forma de polvo para condimentar nuestras comidas, envueltas en huevo como los populares “barbudos”, en ensaladas, en sopas, como harina para mezclar con trigo o maíz y hacer pan o tortillas, en fin, las algas marinas comestibles se pueden convertir en un invitado regular en nuestras mesas y ayudarnos a fortalecer nuestro organismo, dadas sus magníficas propiedades nutricionales.

Su producción y consumo es masivo en Asia, en donde países como China, Japón y Corea del Sur son productores tradicionales y tienen a las algas marinas como un ingrediente diario en sus platillos. Incluso, el mundialmente famoso sushi japonés las incluye en varias presentaciones.

La Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO, por sus siglas en inglés) calcula en $5 600 millones el valor total de todos los productos que genera, por año, la industria de la producción de algas marinas comestibles. En su sitio en internet (FAO.org), esa entidad indica que, además del consumo como alimento, sus componentes se utilizan para producir espesantes, geles, estabilizantes y hasta fertilizantes para suelos de cultivo.

A las algas marinas se les clasifica en dos tipos: macroalgas y microalgas. Tal y como indican sus nombres, la diferencia está en sus tamaños. Las primeras son las que se aprovechan para el consumo humano. Una manera de diferenciar a las macroalgas es dividirlas por su color (pardas, rojas y verdes), aunque los especialistas, al tomar en cuenta otras características, las prefieren nombrar como feofíceas, rodofíceas y clorofíceas.

En Costa Rica, existe un proyecto de investigación liderado por el Ing. Ricardo Radulovich Ramírez, profesor y experto en cambio climático de la Escuela de Ingeniería de Biosistemas (EIB) de la Universidad de Costa Rica (UCR), que tiene como objetivo ampliar el modelo de la agricultura acuática.

La idea surgió debido a la creciente escasez de tierra apta para el cultivo, la falta de agua para regar las plantaciones y el impacto del cambio climático, el cual ha variado los períodos de lluvia en el planeta. Si se suma el hecho de que la población mundial sigue creciendo, la alimentación se vuelve un tema medular.

“Las macroalgas, que tienen el cuerpo como plantas, se pueden cultivar en el mar, se amarran en una cuerda a la que se le llama “línea larga” que queda flotando. Al tener toda el agua que necesitan para tomar los nutrientes y con la radiación solar que reciben, las macroalgas crecen sin ningún problema. Además, tales organismos limpian el mar de impurezas y no necesitan fertilizantes”, explicó Radulovich.

“Tenemos muchos beneficios ligados a su cultivo. Por esto, queremos consolidar su producción en las costas costarricenses”, enfatizó.

Actualmente, esta propuesta se aplica en el Pacífico Norte y en el Caribe para que las poblaciones costeras conozcan el cultivo de macroalgas, al tiempo que se les brinda el acompañamiento necesario para abrir y desarrollar este nuevo mercado. De esta manera, se logra diversificar la oferta productiva y obtener recursos económicos con una actividad novedosa y de bajo costo.

En la fotografía se observa uno de los sistemas de cultivo en el Caribe costarricense. Las macroalgas convertidas en harina pueden añadirse en cantidades pequeñas (cerca del 5 %) a la mezcla para hacer pan. También a la popular pizza se le puede agregar algas, tal y como se utilizan otros ingredientes. Fotos: cortesía de Ricardo Radulovich.

El cultivo

¿Cómo se cultivan las algas marinas? Radulovich explicó que se construye una estructura muy liviana hecha con largas cuerdas principales a las cuales se les colocan algunos palos o tubos para que mantengan su forma. La estructura se ancla en sacos de arena o bloques de concreto, mientras que a las cuerdas principales se les amarran galones de plástico que sirven como boyas para mantenerlas flotando. Después, se atan mecates secundarios a las cuerdas principales y en estos se adhieren los pedazos de algas cuyo crecimiento es muy rápido.

A criterio del especialista, esta actividad “tiene beneficios increíbles, pues se crea lo que se conoce como ‘servicios ecosistémicos’, ya que las algas no solo limpian el agua, sino que, además, atraen la vida. Es decir, germina todo un ecosistema debajo de las algas y eso es fantástico, porque mejora la pesca y contribuye con la vida de las especies del mar”.

“Nosotros cuantificamos esto y lo publicamos, pues nos dimos cuenta de que empezaban a llegar tiburones y barracudas debajo de nuestras líneas de macroalgas en Cahuita, en el Caribe. Ya no solamente había peces pequeños y cangrejos, llegaban hasta los grandes”, subrayó.

Como parte de la acuacultura tradicional, el cultivo en el mar podría convertirse en una opción atractiva para las poblaciones costeras, puesto que se aleja de los problemas de contaminación que provocan ciertas acciones y más bien contribuye a mantener la biodiversidad.

“Se cambia la forma de vivir y trabajar en el mar, ya no es el concepto de acuacultura ligado a grandes jaulas con millones de peces, como el salmón, a los que se les tiran toneladas de alimento para que crezcan enormes, lo cual contamina el agua. También el salmón genéticamente modificado, que muchas veces se escapa y se mezcla con las especies nativas, provoca efectos negativos en la biodiversidad”, argumentó Radulovich.

Igualmente, indicó que el cultivo de algas es amigable con el ambiente. “Trabajamos solo con especies de macroalgas nativas y estamos en un proceso de selección para identificar las especies y variedades que son más rendidoras”, recalcó.

Esta iniciativa se enfoca en crear la oferta y, además, busca promocionar las cualidades de las macroalgas para consumo humano y como insumo para varios sectores industriales, con el propósito de impulsar la demanda. Incluso, el ingeniero mencionó que en Cuajiniquil y Puerto Soley, en Guanacaste, se están haciendo esfuerzos con productores locales para ampliar la producción de especies nativas y empezar a abrir el mercado.

Según cálculos hechos por el equipo de investigación de la UCR, una cantidad de 100 toneladas de macroalgas por hectárea, en términos de peso fresco, se puede convertir (mediante secado y deshidratado al sol y con un porcentaje de humedad del 30 %) en 20 toneladas de peso seco por hectárea por año.

Las macroalgas ofrecen un porcentaje de proteína en peso seco equivalente a la cantidad de proteína proveniente de los granos. Asimismo, tienen mucha fibra y un alto contenido de minerales. Por eso, a partir de ellas, se obtienen los hidrocoloides, que son unos compuestos complejos de carbohidratos que se utilizan en la industria como espesantes para distintos productos. Por ejemplo, pastas de dientes, helados y embutidos, entre otros.

En el proyecto “Desarrollo del potencial de las macroalgas marinas de Costa Rica para cultivo y uso”, trabajan —junto con Radulovich como investigador principal— la Dra. Cindy Fernández García, del Centro de Investigación en Ciencias del Mar y Limnología (Cimar) y profesora de la Escuela de Biología; y el M. Sc. Alejandro Chacón Villalobos, de la Estación Experimental de Ganado Lechero Alfredo Volio y profesor de la Escuela de Zootecnia.

 

Otto Salas Murillo

Periodista, Oficina de Divulgación e Información

Información tomada de: http://www.ucr.ac.cr/

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