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Movimiento Sindical Unido informa: elegido representante del sector laboral en la junta directiva de la Operadora de Pensiones de la CCSS

De conformidad y cumpliendo con todos los requisitos señalados y publicados en La Gaceta #110 del martes 18 de junio del 2024, página 77 y diarios de circulación nacional, el Movimiento Sindical eligió este jueves 1 de agosto del 2024 al MBA Rafael Rojas Barrantes. corno representante del sector laboral en la Junta Directiva de la Operadora de Pensiones Complementarias y Capitalización Laboral de la CCSS.

La convocatoria contó con representantes del sector sindical confederado y no confederado quienes cumplieron con todos los requisitos de acreditación y certificación de las organizaciones, para un total de votos representativos totales de 195,473.

El compañero Rafael Rojas, quien cumplió a cabalidad con requisitos y disposiciones demandadas para aplicar al cargo, señaló su compromiso total con los trabajadores y la importancia de realizar una adecuada gestión de supervisión del dinero invertido por dicha operadora, que es dinero de los trabajadores. “Por eso, la importancia de velar por la administración responsable y transparente”, señaló.

Movimiento Sindical
1 de agosto. 2024

Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras celebra autorización al Banco Popular para adquirir 80,5% de los activos de mayor calidad de Coopeservidores R.L.

La Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras celebra el anuncio efectuado por el CONASSIF sobre la autorización al Banco Popular y de Desarrollo Comunal para que adquiera el 80,5% de los activos de mayor calidad de Coopeservidores R.L.

De conformidad con lo resuelto por el Plenario de la Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras, en su Sesión Plenaria Ordinaria, realizada el pasado 20 de julio 2024, en el sentido de respaldar las gestiones promovidas por las autoridades de la Alta Gerencia, sus equipos técnicos y la Alta Dirección del Banco Popular y de Desarrollo Comunal de participar y concursar como adquirientes del denominado “banco bueno” producto de la intervención y posterior resolución bancaria de COOPESERVIDORES R.L.

La adquisición de estos activos denota el compromiso del Banco Popular de ofrecer una respuesta a los miles de ahorrantes e inversionistas perjudicados por el cierre de esta cooperativa.

El CONASSIF dio a conocer que, con base en la propuesta aprobada, el Banco Popular asumirá:

– el pago de todos los depósitos de hasta 6 millones de colones por persona, lo que representa el 97% de todos los ahorrantes.

 – se estima que se podrá reconocer cerca del 50% de los depósitos que excedan el monto de 6 millones.

– otro beneficio que obtendrán las personas ahorrantes e inversionistas es que la recuperación de su dinero será más expedita en comparación a un proceso concursal, en el cual la tasa de recuperación de los depósitos es mucho menor y un periodo muy prolongado, que puede tomar años.

Con la adquisición del “banco bueno”, el Banco Popular hace evidente su misión social de brindar protección económica y social a las personas trabajadoras de Costa Rica. La Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras, y los sectores que la integran, reconocen el liderazgo de nuestra institución para actuar en un contexto tan adverso, ofreciendo una solución pertinente y oportuna a las personas perjudicadas por el cierre de la cooperativa.

Continuaremos informando sobre la implementación de estas acciones de conformidad como la administración del Banco vaya haciendo las respectivas comunicaciones.

Campesinado en Finca Dos Ríos ¿Aún tiene relación la tierra y la justicia social?

Observatorio de Bienes Comunes

Conversamos con Bolívar Méndez para conocer de cerca el contexto que viven las personas campesinas en la Finca Dos Ríos en Guácimo de Limón (Costa Rica), él fue trabajador bananero, la empresa dónde trabajó hace más de 25 años se dio a la quiebra y le quedaron debiendo salario, vacaciones y prestaciones, a pesar de esta situación, decidió trabajar la tierra y producir el alimento que muchas personas se llevan a su mesa ¿Qué está pasando con estas personas campesinas? ¿Se reconoce el trabajo de estas personas y la deuda que se acumuló? Reflexionamos sobre justicia social y campo.

Para escuchar la conversación, ingrese en este enlace.

Unidad sindical por derechos de las personas trabajadoras agroindustriales y la libertad sindical

El viernes 18 de julio en la casa del Sindicato de Trabajadores de Plantaciones Agrícolas (SITRAP) ubicada en Siquirres, se reunieron 11 organizaciones sindicales con el propósito de formar una alianza para luchar en contra de las políticas y proyectos que impulsan las empresas agroindustriales y multinacionales en perjuicio de los derechos humanos y sindicales de las personas trabajadoras. 

Es importante mencionar que con la ayuda de la Fundación Friedrich Ebert, se estipularon y acordaron algunos puntos iniciales y claves para comenzar con la definición de la agenda. Estos puntos son: pase al INS, salud ocupacional, debida diligencia y salario digno.

En esta actividad participó la federación UAS y la sectorial Federación Nacional de Trabajadores de la Agroindustria, Gastronomía, Hotelería y Afines Costa Rica, Centroamérica (FENTRAGH). Además, el Sindicato Industrial de Trabajadores de la Palma Africana y Afines de Costa Rica (SITRAPA), el Sindicato Nacional de Trabajadores Piñeros y Bananeros de Costa Rica  (SINTRAPYBCR), el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Agroindustria y Afines (SINATRAA) y del Sindicato Industrial de Trabajadores del Transporte y Afines (SCITA).

Corte Interamericana de Derechos Humanos emite opinión consultiva sobre derechos laborales

El alto órgano se pronunció sobre los siguientes aspectos:

a) El alcance de los derechos a la libertad sindical, la negociación colectiva y la huelga, su relación con los derechos a la libertad de expresión, la libertad de asociación, el derecho de reunión y el derecho al trabajo y a sus condiciones justas, equitativas y satisfactorias;

b) El contenido del derecho de las mujeres de ser libres de toda forma de discriminación y violencia en el ejercicio de sus derechos sindicales;

c) El deber del Estado para proteger la autonomía sindical y garantizar la participación efectiva de las mujeres como integrantes y lideresas sindicales; y

d) El alcance de las obligaciones del Estado respecto a garantizar la participación de los sindicatos en el diseño de las normas y políticas públicas relacionadas al trabajo en contextos de cambios en el mercado de trabajo mediante el uso de nuevas tecnologías.

El comunicado de la Corte dice:

San José, Costa Rica, 20 de julio de 2021.- El 5 de mayo de 2021 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió una Opinión Consultiva sobre los derechos a la libertad sindical, la negociación colectiva y la huelga, y su relación con otros derechos, con perspectiva de género, la cual fue notificada el día de hoy. Dicha Opinión Consultiva fue presentada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Puede encontrar el resumen oficial aquí.

La Corte realizó una interpretación sobre el alcance de la protección otorgada por los los artículos 26, 13, 15, 16, 24, 25, 1.1 y 2 de la Convención Americana, 3, 6, 7 y 8 del Protocolo de San Salvador, 2, 3, 4, 5 y 6 de la Convención Belém do Pará, 34, 44, y 45 de la Carta de la OEA, y II, IV, XIV, XXI, y XXII de la Declaración Americana, en relación con la materia traída a consulta.

El Tribunal destacó que la libertad sindical debe garantizarse a los trabajadores y trabajadoras públicos y privados, lo que incluye que estos gocen del derecho de creación y afiliación a las organizaciones que consideren convenientes, a una adecuada protección en el empleo contra todo acto de coacción directa o indirecta tendiente a menoscabar el ejercicio de la libertad sindical, y a desarrollar actividades sindicales. Asimismo, consideró que el derecho a la negociación colectiva constituye un componente esencial de la libertad sindical, en tanto comprende los medios necesarios para que los trabajadores y las trabajadoras se encuentren en condiciones de defender y promover sus intereses, por lo que los Estados deben abstenerse de intervenir en los procesos de negociación. Respecto al derecho de huelga, señaló que es uno de los derechos fundamentales de los trabajadores y las trabajadoras y de sus organizaciones, pues constituye un medio legítimo de defensa de sus intereses económicos, sociales y profesionales, por lo que los Estados deben proteger el ejercicio de este derecho a través de la ley.

La Corte abordó la relación que existe entre la libertad de asociación, el derecho de reunión, la Comunicado Corte Interamericana de Derechos Humanos Corte IDH_CP-47-2021 Español libertad de expresión, la libertad sindical y la negociación colectiva y su consecuencia sobre los contenidos del derecho al trabajo y a sus condiciones justas, equitativas y satisfactorias. En ese sentido, señaló que la protección de la libertad sindical cumple una importante función social, pues la labor de los sindicatos y de otras organizaciones de empleadores y empleadoras y trabajadores y trabajadoras permite conservar o mejorar las condiciones de trabajo y de vida de los trabajadores y las trabajadoras, y en esa medida su protección permite la realización de otros derechos humanos. De esta forma, la libertad sindical es fundamental para permitir una adecuada defensa de los derechos de los trabajadores y las trabajadoras, incluido su derecho al trabajo y a sus condiciones justas, equitativas y satisfactorias. Al tiempo, la garantía de los derechos de reunión, asociación y expresión resultan fundamentales para el ejercicio de la libertad sindical.

Por otro lado, el Tribunal enfatizó que no cabe duda que existe una prohibición expresa a realizar cualquier conducta que pueda ser considerada discriminatoria respecto del ejercicio de los derechos sindicales de las mujeres. Sin embargo, advirtió que los Estados deben adoptar aquellas medidas positivas necesarias revertir o cambiar situaciones discriminatorias, lo cual requiere al Estado avanzar en la existencia de una igualdad real entre hombres y mujeres en el ejercicio de los derechos sindicales. Estas medidas deben dirigirse a garantizar, entre otros, el derecho de las mujeres de igual remuneración por igual trabajo; la tutela especial de las mujeres trabajadoras cuando se encuentren embarazadas; el equilibrio de las labores domésticas entre hombres y mujeres; y prevenir la violencia y acoso sexual en el ámbito público y privado.

Finalmente, la Corte consideró que la regulación del trabajo en el contexto de nuevas tecnologías debe realizarse conforme a los criterios de universalidad e irrenunciabilidad de los derechos laborales, garantizando el trabajo digno y decente. Los Estados deben adoptar medidas legislativas y de otro carácter, centradas en las personas, y no principal ni exclusivamente en los mercados, que respondan a los retos y las oportunidades que plantea la transformación digital del trabajo, incluido el trabajo en plataformas digitales. En específico, los Estados deben adoptar medidas dirigidas al reconocimiento de los trabajadores y las trabajadoras en la legislación como empleados y empleadas, y al pleno reconocimiento de los derechos a la libertad sindical, la negociación colectiva y la huelga.

En el marco del proceso, que es ampliamente participativo, se recibieron 61 observaciones escritas por parte de Estados, organismos estatales, organizaciones internacionales y nacionales, instituciones académicas, organizaciones no gubernamentales e individuos. Puede encontrar los escritos aquí. En el marco de la presente Opinión Consultiva, los días 27, 28 y 29 de julio de 2020 se celebró una audiencia pública de modo virtual, donde la Corte recibió las observaciones orales de 38 delegaciones. Puede acceder al video de la audiencia pública aquí.

La composición de la Corte para esta Opinión Consultiva fue la siguiente: Jueza Elizabeth Odio Benito (Presidenta); Juez Patricio Pazmiño Freire (Vicepresidente); Juez Eduardo Vio Grossi; Juez Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot; Juez Humberto Antonio Sierra Porto; Juez Eugenio Raúl Zaffaroni; y Juez Ricardo Pérez Manrique.

ANEP felicita al SEC en su 55 aniversario – ¡Larga vida al SEC!

Albino Vargas Barrantes en su condición de secretario general del ANEP, extiende una gran felicitación al Sindicato de Educación Costarricense (SEC) que está cumpliendo 55 años desde su creación en pro del sector educativo costarricense.

Hace referencia a que estas organizaciones tienen coincidencias en cuanto a los desafíos que atraviesa la democracia costarricense, y por tanto se espera que juntos concreten en la acción esas coincidencias.

Por su parte, el secretario general adjunto del ANEP, Walter Quesada Fernández, envía un mensaje de motivación al SEC para que sigan trabajando en defensa de la clase trabajadora y la lucha social. 

¡Felicidades SEC!

El movimiento sindical convoca para elegir la representación ante la Operadora de Pensiones Complementarias y Capitalización Laboral en la CCSS

El Movimiento Sindical convoca al sector confederado y no confederado para elegir la representación ante la Operadora de Pensiones Complementarias y Capitalización Laboral en la CCSS el día 1° de agosto del 2024, en la Sede Central del SEC, a las 10:00a.m. 

Las personas que postulen deben cumplir con los requisitos y disposiciones que sean aplicables según la ley. 

Los requisitos obligatorios para acreditarse son: la certificación vigente de personería jurídica y membresía extendida por el Departamento de Organizaciones Sociales del MTSS, certificación de que se encuentra al día con la CCSS y finalmente, en caso de persona autorizada presentar carta de acreditación. Todos estos documentos deben presentarse a la hora de ingreso para su verificación. 

Denuncia por nombramiento irregular en el puesto de gerente de Infraestructura y Tecnologías de la CCSS y otros

El documento dirigido a la contralora de la República, Lcda. Marta Acosta Zúñiga, y firmado por el Secretario General de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), Albino Vargas Barrantes, expone la preocupación ante las irregularidades de nombramientos en espacios de poder político de instituciones públicas. Esta organización sindical supone que entró en vigor una “segunda fase” de lo que en su momento catalogaron como un golpe de estado, siendo que dicha lectura está sustentada en las señales, acciones y decisiones desde el Poder Ejecutivo. 

El ANEP señala que “entendemos que existe un manual organizativo para la Gerencia General, pero es menester informar que presuntamente el mismo no fue confeccionado y acordado por la Junta Directiva, previo o paralelamente a la creación de la Gerencia General de la Caja, lo cual resulta cuestionable, pues deviene en una práctica errónea, para usar un calificativo bastante condescendiente.”

La organización menciona el posible alineamiento del presunto cambio en el manual de organización y la necesidad de la Presidencia Ejecutiva de la Caja, de tener dentro del engranaje estratégico institucional a una figura con afinidad con la agenda que promueve el Ejecutivo dentro de la institución en la actual coyuntura y de cara al cierre de sus dos últimos años.

Descrito el caso a manera de lectura sindical y en grado de presunción, ANEP le solicita a la Contraloría General de la República que se les brinde un informe, en el sentido de indicar si la institución ha promovido acciones recientes relacionadas con el manual de organización, pues este resulta ser un elemento vital de cara al escenario institucional en desarrollo y vinculado a la funcionaria Gutiérrez Brenes, que en su momento parece ser tuvo un nombramiento presuntamente ilegal.

Por último, ANEP le solicita a la Contraloría General colocar su mirada en la CCSS, ya que notan señales muy poco halagüeñas para esta institución que requieren una intensa fiscalización, pues está en desarrollo un momento muy complejo, que coloca en un predicado muy riesgoso los cimientos propios de esta institución.

Se les invita a descargar el documento para informarse con más detalle sobre lo sucedido. 

Contraloría da trámite a denuncia de ANEP por adjudicación de Ebais

El Secretario General de ANEP Albino Vargas Barrantes, reitera que esta organización no es enemiga del movimiento cooperativo, sino que lo respetan como uno de los bastiones de la democracia económica del país. Además, llama a recordar que conjuntamente se ha trabajado en el análisis y las propuestas sobre el futuro del país. Sin embargo, indica que el proceso llevado a cabo por la actual Junta Directiva de la Caja Costarricense del Seguro Social donde se ha concesionado 10 áreas de salud, que según Vargas Barrantes es un proceso en el cual pueden presentar irregularidades; entre estos el tráfico de influencias. 

Además, cuestionó el uso excesivo de recursos que fue señalado por las autoridades actuariales competentes de la propia CCSS. Además, señala lo dicho por la Contraloría General de la República, la cual acoge la denuncia del ANEP sobre este problema, y que tomará en consideración las pruebas aportadas por la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados. 

Sobre lo anterior, Juan Carlos Durán Castro externa su satisfacción hacia la decisión tomada por la Contraloría y que, como organización han planteado la irregularidad de la situación por un periodo extenso de tiempo. Durán Castro reitera que se debe poner en transparencia los trámites y decisiones pactadas por instituciones públicas del Estado, sobretodo para proteger a las personas trabajadoras o, para poner en evidencia a quienes han obrado deshonestamente. 

Se les invita a leer el siguiente documento, el cual es la resolución de la Contraloría. 

Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras del Banco Popular celebró su LXXVI Sesión Plenaria Ordinaria

  • Los sectores que conforman la Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras, celebraron su LXXVI plenaria ordinaria y realizaron proceso democrático de elecciones para actualizar algunos de sus órganos internos.

Este sábado 20 de julio de 2024, La Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras del Banco Popular y Desarrollo Comunal, celebró su LXXVI Sesión Plenaria Ordinaria en el Hotel Radisson. En dicha sesión se dieron a  conocer los informes de estados financieros, informes de gestión gerencial y del directorio nacional de la Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras. Además se realizó la elección de tres órganos internos que por disposición vencían; el Directorio Nacional para el periodo 2024-2025, la Comisión Permanente de la Mujer, Comité de Vigilancia periodo 2024-2025. También se eligió un representante a la comisión de integración y se completó la terna a CONASSIF con dos postulantes que se requerían.

Es importante resaltar que el Banco Popular y Desarrollo Comunal representa una entidad financiera única por su propósito de creación, fortalecido por contar con un patrimonio propio y más estable del sistema financiero. Esta institución mantiene una relación directa con diversos sectores sociales y laborales, destacándose la participación de  Cooperativas, asociaciones solidaristas, asociaciones comunales, sindicatos, colegios profesionales, los artesanos, trabajadores independientes y el magisterio nacional. Estos sectores contribuyen en la integración de otras organizaciones financieras sociales y productivas que, junto al Banco Popular y de Desarrollo Comunal, son pilares de la democratización financiera en Costa Rica. La convergencia y sinergia de todas estas organizaciones promueven un modelo social y productivo esperanzador para la sociedad.

El Directorio Nacional periodo 2024-2025 quedó conformado con las siguientes personas.

  1. Vivian Arlet Rodríguez Araya  – Sector Cooperativo: Presidencia del Directorio.
  2. María Yorgina Alvarado Díaz. – Sector Sindical Confederado: Secretaría del Directorio.
  3. Orietta María Zúñiga Vargas – Sector Comunal: Vocalía I del Directorio.
  4. Marco Vinicio Flores Arroyo – Sector Colegios Profesionales: Vocalía II del Directorio.