La Ciudad de la Luz, se encuentra sumida en una profunda crisis social.
Ya van casi de 10 jornadas de lucha continua, convocadas por los sindicatos más grandes, que se han expresado de distintas maneras: petición, protesta, huelgas, movilización, barricadas y una valiente resistencia contra la salvaje represión policial.
Pero el autoritarismo del Gobierno de Macron llevó al país a una seria crisis de gobernabilidad política.
Las huelgas se vienen, día a día, extendiendo y tienen cada vez más el amplio apoyo de la ciudadanía.
Para mí, el secreto de este fuerte movimiento social y el apoyo ciudadano que ha tenido radica en la unidad de acción, de los dos grandes sindicatos franceses, como hace tiempo no ocurría en ese país europeo.
Ya es hora, que los sindicatos de Costa Rica pongan las barbas en remojo, y aprendan, por lo mínimo, de la experiencia francesa.
Las reformas anti obreras y antidemocráticas que se aprobaron en nuestro país, en el último quinquenio, las pasaron fácilmente, en buena medida, a merced de la fragmentación de los sindicatos.
Y terminarán derrumbando, sin despeinarse, lo poco queda de la democracia, salvo que los sindicatos corrijan el rumbo y empiecen urgentemente a construir la unidad de acción de los trabajadores y trabajadoras.
Este es un desafío mayúsculo, pero de carácter impostergable, que deben asumir los sindicatos de la Suiza Centroamericana, antes que la destrucción del Estado Social y Democrático sea irreversible.
El Ministerio de Hacienda está en colapso total, la cantidad de solicitudes de los declarantes contribuyentes, en todas las áreas de Hacienda, sea en aduanas, o en valoración, generan múltiples respuestas de “dependemos del personal”, las incapacidades, las vacaciones, en fin, diversidad de situaciones, que en virtud del caso particular, requieren ese análisis minucioso de cada caso particular y la eficiencia no puede medirse en cantidad, sino en calidad.
Requerimos más personal en todo el Ministerio de Hacienda, para cumplir a cabalidad las solicitudes mismas, es preocupante, la cantidad de trámites que ingresan día con día, o la cobertura en auditoría, la cobertura en riesgo, la cobertura en verificación a priori (rojas), en exigencia del plazo de 24 horas en revisión a los aforadores, en fin, requerimos un “exorcismo interno” a ver dónde están los “cuellos de botella” y Hacienda Digital consideramos; no será la panacea de su solución.
Con todo respeto le solicitamos, en obediencia a las competencias de este MEGA Ministerio:
Valorar la implicación misma de la Ley de Empleo Público, en materia de carrera profesional y la precarización misma de los salarios globales propuestos, la reiterada muletilla, de a los “nuevos casos aplica”, hay plazas por ocupar y al aplicar la carrera administrativa y la Ley misma, el postulante entraría con condiciones muy adversas al actuar del Ministerio mismo, piden requisitos para un puesto, pero quién los tiene, el salario global no le resulta atractivo.
La Reglamentación no es precisa, respecto al plazo de seis años para los ascensos o traslados de los colaboradores, tal cual el siguiente ejemplo: un funcionario tiene la oportunidad de ser considerado para un ascenso, deja el puesto en propiedad, para asumir el ascenso interino, el plazo decolaboración de los seis años, es a partir de la vigencia de la ley o se contabilizan los seis años a partir de su llegada al ascenso interino.
Cómo estas, persisten muchas dudas, razón por la cual, es que pretendemos ponerlo en autos en una reunión conjunta, nuestra realidad no puede homologarse con otros Ministerios, por el alcance de la actuación e impacto y merece someterse a discusión el principio de discreción facultativo en la competencia misma.
SITRAHSAN está como Keylor Navas, a la espera del movimiento de la contraparte… pero anuente a tapar el marco.
Las reglas están dadas, el “partido apenas comienza”, pero usted compañero, ¿se va a quedar como simple espectador?
Mantener trabajadores autómatas, sin motivación, sin una remuneración adecuada, eso es lo que pretende, PRECARIZAR su conocimiento mismo…
SITRAHSAN, es del criterio; que muchas cosas malas vendrán y usted trabajador, lo está permitiendo, ya nos están despojando hasta de nuestro ropaje.
Después no se lamente…
Excelencia hay, en un policía que aún ganando ₡ 6000 por quincena , no asumió la invitación de un “narco”.
Excelencia hay, en un trabajador de la Hacienda Pública, que luchó por un punto menos a pagar, en una compra del TESORO, a pesar que su labor le pueda costar al Estado una millonésima al cuadrado del logro realizado.
Excelencia hay, en ese trabajador, que detiene el Contrabando, y no acepta la “chiza”, por hacerse el loco.
Excelencia hay, en ese funcionario, que a pesar de la cantidad exorbitante de trámites, labora una hora más para cumplir las metas, a pesar de que el jefe no lo pueda constatar.
Excelencia hay, en aquel misceláneo, que a pesar de que no le alcanza el salario para su buen vivir, se esfuerza para no dejar un residuo donde otro funcionario pueda tener un accidente…
Excelencia hay por doquier; pero el “clan de los ricos y famosos”, no quiere que se gesten leyes antifraudes, poner los escáner, no desean que Hacienda tenga mejores herramientas legales, muchos desean que prescriban deudas, que se pierdan expedientes, que les otorguen exoneraciones, en fin, que el ESTADO simplemente esté a su servicio, y entre menos haga el ESTADO menos gasta, y menos los van a ocupar, y menos les van a exigir, todo, se explica en la pregunta:
“ La excelencia, para quién o para quiénes?”
La excelencia; también debe remunerarse a su nivel, si proviene del ESTADO.
Ustedes no les han pagado el sueldo a sus trabajadores, y el Señor todopoderoso ha oído las protestas de ellos. Ese dinero que no han pagado también los acusará delante de Dios. Stg.5:4, TLA.
Recientemente, varios sindicatos de Costa Rica han hecho circular un video en relación al actuar del gobierno costarricense, al poner en ejecutase la Ley Marco del Empleo Público.
Los sindicatos reunidos para plantear su posición al respecto de la LMEP son: la Confederación de Trabajadores Rerum Novarum, la Central General de Trabajadores CR CGT, la Central del Movimiento de Trabajadores CMTC, la Confederación Costarricense de Trabajadores Democráticos (CCTD), el Bloque Unitario Sindical y Social Costarricense BUSSCO, y los sindicatos de sectores como: educación, salud, ministerios, universidades, municipalidades, Poder Legislativo y otros.
Ahora, ¿Que es la Ley Marco del Empleo Público?, antes de conocerla, debemos precisar que actualmente en Costa Rica existe el llamado salario compuesto, que es el salario base para todo trabajador del sector público, más, algunos incentivos, y que, según esta Ley, se sustituirá por un salario global, que la misma Ley no precisa cómo se va a fijar, además de otros elementos que veremos más adelante.
Según la misma Ley, el objetivo es, «regular las relaciones estatutarias, de empleo público y de empleo mixto, entre la Administración Pública y las personas servidoras públicas, con la finalidad de asegurar la eficiencia y eficacia en la prestación de los bienes y servicios públicos», pero según los sindicatos arriba mencionados y otros sectores protectores del pueblo trabajador, es un aparato sistemático de derogación de derechos laborales y sociales.
Los sindicatos fueron llamados a dialogar con el gobierno, para supuestamente reformar la LMEP, pero se fue entregado un documento sindical, en el cual señalan que previo al dialogo deben revisarse estos aspectos: los términos de la convocatoria, la inexistencia de las reglas del juego, las cuales se deben pactar entre las partes previamente. Que la reforma debe ser integral, sustancial y estructural, así como la modificación del decreto que reglamento la Ley.
La discusión debe considerar de inmediato una política sobre el congelamiento de los salarios, y el restablecimiento pleno del derecho a negociar colectivamente en la función pública.
Lo que sucede entonces es que, el gobierno llama a dialogo con los sindicatos, pero trae ya una agenda preestablecida e impuesta. Por ejemplo, se impone la metodología de trabajo e impone unas llamadas «reglas de oro», que no son más que, la no negociabilidad de la mayoría de los capítulos de la Ley, entre los que se destacan: las familias de puestos, la escala salarial global (salario global único), el congelamiento de los salarios, la negociación colectiva y algunas modificaciones al decreto.
La misma Ley señala que, el salario global es «la remuneración o monto único que percibirá una persona servidora pública por la prestación de sus servicios», es decir, no se conoce el salario global.
Con relación a las familias de puestos, solo se indica que, la ley crea siete familias de puestos y cada familia representa a un perfil similar; por ejemplo, quienes se desempeñan en el sector salud o en el sector policial.
Sin embargo, el reglamento que Mideplan saco a consulta, no precisa la metodología para la construcción de las familias y las escalas salariales globales únicas.
Los sindicatos señalan que, el llamado a dialogo y discusión, es como poner un candado, en temas que son dañinos al pueblo trabajador, y que evidencia un autoritarismo antidemocrático, así como un proceso deslegitimado, validado solo por Casa Presidencial y el Ministerio de Planificación y Política Económica (Mideplan).
El sindicalismo costarricense llama a una salida concertada, por lo que, en estas condiciones, no concurre al llamado de dialogo y llama al pueblo trabajador a la protesta y a la movilización.
Así las cosas, la Iglesia Metodista Wesleyana Costarricense IMWC, fiel a la inclusividad, a la justicia, a los derechos de los pueblos pobres, al dialogo fecundo y liberador, lamenta los actos del gobierno actual en Costa Rica quien viola, al concentrar todo el poder en Mideplan, en esta área económica tan importante y pertinente del trabajador, eliminando la participación de otros actores sociales que representan los intereses colectivos de los trabajadores.
Así mismo, se debe valorar el principio de respeto a los derechos adquiridos y situaciones jurídicas consolidadas, congelando los salarios de los trabajadores, a expensas del salario único global.
También, cuando se habla de salario único global, tampoco se habla de un tope del mismo, creemos como iglesia, se deben tomar en cuenta criterios que vayan en pro de una vida digna hacia los trabajadores/as, justos, equitativos, incluyentes, donde haya oportunidad para todos/as para su crecimiento integral, profesional y laboral.
A su vez, fieles al cumplimiento de las leyes, al cambiar el esquema salarial de base, más complementos salariales (salario compuesto), al esquema global, la ley es indiscutiblemente inconstitucional, así como lo es también el congelamiento de los salarios, que es en realidad una reducción del sueldo prohibida por normativa laboral general.
Hacemos un llamado a las partes involucradas a sentarse a discutir cuales son los mejores mecanismos económicos, que no violenten al pueblo trabajador costarricense, y que lo privilegien por encima del dinero, como el trabajo y su remuneración justa y decente, el descanso, su vida familiar, entre otros muchos otros aspectos de una vida digna.
Comerás del fruto de tu trabajo, serás feliz y te ira bien. Salmo. 128: 2. DHH.
Los Chiles, 22 de marzo de 2023. El día de hoy cuatro patrullas y un bus de la Fuerza Pública ejecutaron un desalojo administrativo a más de 30 familias del asentamiento Las Vegas, ubicado en Pavón de Los Chiles, Provincia de Alajuela.
Este grupo se organizó recientemente para poner a trabajar estos terrenos ante la crisis económica, la pobreza y el desempleo que azota la región. El gobierno, INDER y las fuerzas policiales optan por esta medida represiva, en lugar de encaminar una solución a la problemática de las familias que integran el asentamiento.
Por si esto no fuera poco, los cuerpos policiales detuvieron a ocho personas, incluso a una de ellas llegaron a perseguirla hasta otra finca, lo cual refuerza la ofensiva represora contra este grupo campesino.
De parte de la Alianza Campesina denunciamos este desalojo contra el grupo de Pavón, ya que para nada representa una salida satisfactoria en favor de los ocupantes.
Exigimos la inmediata liberación de las 8 personas detenidas y el retiro de todos los cargos en su contra.
Llamamos al movimiento social, sindical, campesino y popular solidarizarse con esta lucha y denunciar la persecución y encarcelamiento acá acontecido.
La pérdida del valor real de las remuneraciones, a merced de las medidas extraordinarias de la Regla Fiscal y el congelamiento de los salarios que receta la Ley Frankenstein, ya se volvió absolutamente inasumible para los trabajadores.
La política extremista de Estado, que impone una devaluación salvaje e indefinida de las remuneraciones, es una política pública de violencia institucional contra la clase trabajadora.
Hasta la misma Procuraduría General de la República, nada sospechosa de ser simpatizante de los sindicatos, advirtió que el congelamiento indefinido de los salarios, o por un plazo prolongado, tiene un efecto pernicioso, que vulnera el Convenio 131 de la OIT y un precedente de la Sala Constitucional, que dispuso que el congelamiento de los salarios sólo puede ser excepcional, por un plazo definido y claramente determinado.
También existe un precedente del Comité de Libertad Sindical, contra el Gobierno de Costa Rica, que resolvió una queja, prácticamente en los mismos términos del precedente de la Sala Constitucional.
Cómo decían los Indignados: “Nos sobra mucho mes al final del sueldo”. (Cártel, Madrid, 2011).
¡La política de los sindicatos debe ser: negociación salarial o conflicto laboral!
El Dr. Mauricio Castro Méndez se ha enfocado en el estudio de temas como representación colectiva en el trabajo, relaciones laborales, conflicto colectivo, cadenas de valor, entre otros. Foto: Archivo ODI, UCR.
Experto en Derecho Laboral explica las implicaciones salariales de la entrada en vigencia de la Ley Marco de Empleo Público
La UCR y otras instituciones pueden tomar la decisión de si se incorporan o no al salario global
El Dr. Mauricio Castro Méndez, coordinador de la Cátedra de Derecho Laboral Colectivo de la Universidad de Costa Rica, explicó este miércoles 15 de marzo en una charla que, a pesar de la entrada en vigor de la Ley Marco de Empleo Público, las universidades públicas y otras instituciones que cuentan con autonomía constitucional (como las municipalidades, el Poder Judicial y la CCSS) aún tienen opciones para valorar si se apegan o no al sistema de salario global que establece dicha ley.
Esta y otras consideraciones fueron expuestas por Castro en la charla “Impactos de la ley de empleo público en los salarios de la UCR”, organizada por el Instituto de Investigaciones Sociales (IIS), de la Universidad de Costa Rica.
Como parte de su disertación, el experto explicó que la Sala Cuarta, en su voto 2021-017098, reconoce que, aunque las negociaciones colectivas están sujetas a controles de constitucionalidad y principios de razonabilidad, proporcionalidad y buen uso de los fondos públicos, dichos controles no pueden vaciar de contenido el derecho humano fundamental a la negociación colectiva, ya que lo anterior implica una violación a la libertad sindical.
Por lo anterior, el experto considera que las jerarquías de la UCR y de otras instituciones como la CCSS, municipalidades y el Poder Judicial aún tienen la posibilidad de mantener un esquema de salarios compuesto por la vía de la negociación colectiva.
Castro añadió que, aunque el artículo 43 de la Ley Marco de Empleo Público establece que mediante la negociación colectiva no se podrán generar nuevas obligaciones o derechos respecto a salarios, o creación de nuevos incentivos, el voto de la Sala IV reconoce que eso sí es una posibilidad mientras los nuevos derechos y obligaciones obtenidos al alcance de la negociación colectiva se ajusten a los principios de razonabilidad, proporcionalidad y legalidad presupuestaria.
“En este sentido, se ha admitido la posibilidad de reconocer incentivos salariales o sobresueldos, ya que las negociaciones colectivas tienen no solo fuerza de ley, sino un contenido mínimo intangible para el legislador, es decir que el legislador no puede tocar, dentro del cual está el mejoramiento de las condiciones laborales mínimas y, por ende, también salariales”, expresó Castro.
Desde su perspectiva, aunque el Ministerio de Trabajo, la Procuraduría General de la República y la Contraloría General interpreten textualmente lo que dicta el artículo 43 de la Ley Marco del Empleo Público con respecto a restringir el tema salarial, es claro que el voto de la Sala IV no se puede omitir. “Recuerden que, según lo que dice la Ley de Jurisdicción Constitucional y la misma Ley de Empleo Público, las sentencias de la Sala Constitucional son vinculantes para todo el mundo, en especial para el Ministerio de Trabajo a la hora de homologar las convenciones colectivas”, dijo Castro.
En este punto explicó que, si a futuro una de estas instituciones( de las que cuenta con autonomía constitucional) trata de homologar una convención colectiva de trabajo que aborda temas salariales y el Ministerio de Trabajo no la homologa, y la Contraloría General de la República no otorga el presupuesto para aplicarla, cabe la posibilidad de presentar un recurso de amparo, con base en la jurisprudencia de la Sala IV sobre este tema.
“El establecimiento del salario global es una opción para las instituciones. ¿Por qué? Porque pueden optar por negociar colectivamente la inclusión de pluses salariales y salarios, en cuyo caso se mantendría el salario compuesto”, manifestó Castro.
¿Cuáles son los panoramas de acción de las instituciones autónomas, la CCSS, municipalidades y Poder Judicial respecto al tema del salario global?
A lo largo de la charla, Castro también se dedicó a vislumbrar las implicaciones políticas y sociales que tienen los diferentes panoramas de acción con los que cuentan en este momento las universidades y otras instituciones (CCSS, municipalidades, Poder Judicial), respecto a tomar la decisión de acogerse al salario global o de optar por el salario compuesto mediante la vía de la convención colectiva.
Desde su visión, en el caso de que las jerarquías universitarias o municipales decidan optar el salario global, desde el punto de vista político, una de las principales implicaciones es que se contaría con el beneplácito de las empresas de comunicación, el Gobierno, de la Procuraduría, la Contraloría, el Mideplan y, en consecuencia, sería más fácil que el presupuesto sea aprobado de una forma expedita por parte de la Contraloría General de la República.
Sin embargo, el experto afirma que, en caso de darse el panorama anterior, las jerarquías institucionales estarían renunciando a la posibilidad de construir una política interna, y que la única opción que podrían mantener es la de definir el salario global internamente. En consecuencia, eso afectaría los salarios de los trabajadores (a los más antiguos se les congelaría su salario y los nuevos solo tendrían aumentos pequeños por la vía de las anualidades), lo cual a su vez permitiría el deterioro del servicio público.
Por otra parte, Castro explicó que si, por el contrario, las jerarquías institucionales deciden optar por el sistema de salario compuesto, incluyendo pluses salariales por medio de la convención colectiva de trabajo, es muy probable que “lo primero que va a pasar es ganarse el repudio y la condena de las empresas de comunicación, la Contraloría General de la República, del Mideplan y del presidente Chaves. Y lo segundo que va a suceder es que el presupuesto correspondiente no va a ser aprobado en la Contraloría General de la República, porque esta va a aplicar la literalidad del artículo 43, hasta que la Sala Constitucional responda el recurso de amparo que la Universidad, los trabajadores y el Sindicato deberían interponer para que el Ministerio de Trabajo no tenga más remedio que homologar la negociación colectiva y la Contraloría apruebe el presupuesto (esto si la Sala IV no cambia de criterio)”, aseguró Castro.
Además, agregó que esta posición les permitiría a las jerarquías institucionales mantener su potestad de definir una política salarial interna, así como evitar el deterioro de los salarios y, por ende, preservar la calidad y sostenibilidad de los servicios públicos que ofrece.
“En este momento, las autoridades universitarias y de otras instituciones tienen que tomar esta decisión. Y es aquí donde me permito parafrasear a Albert O. Hirschman en su libro Salida, voz y lealtad, en el cual él plantea que, ante una política pública, uno como individuo puede optar por tres cosas: la primera es la salida en donde me muestro indiferente y poco interesado en el tema. La segunda es la lealtad, ya sea al Gobierno, a la política económica o a un partido político equis, lo cual implica ‘bajar la cabeza’, alinearse y aceptar que nos impongan eso. La tercera es la voz, ¿qué implica la voz en este caso? Implica, primero, articular la crítica en función de los intereses colectivos y cuáles son los intereses colectivos, los intereses de las personas trabajadoras, de la institución y del servicio público. Segundo, pelear por defender las condiciones de trabajo, la dignidad de las personas por medio de sus salarios y la institucionalidad pública creada en el marco del Estado de bienestar. Y, tercero, ejercer la voz con diálogo y conciencia de dónde estamos e impulsar la movilización, los medios de presión y la negociación colectiva”, expresó Castro.
Por último, el abogado resaltó que Costa Rica se encuentra en un momento histórico y de encrucijada, en el cual está el juego la institucionalidad pública tal y como la conocemos, así como el bienestar de las personas trabajadoras públicas y el de sus familias, además del bienestar de las personas trabajadoras del sector privado que dependen de los ingresos de los trabajadores del sector público.
“Podemos optar por la salida que es la opción individualista; podemos optar por la parálisis que viene a ser la lealtad; o por la voz, por la voz porque tenemos el derecho de nuestro lado, porque tenemos las posibilidades y porque dichosamente el Consejo Universitario y los consejos municipales y la junta directiva de la CCSS aún no han tomado la decisión que tienen que tomar. Y esa decisión debería ser una decisión informada. Y, antes de que se tome, la comunidad universitaria y las comunidades de las personas trabajadoras de las diferentes instituciones deberían saber y entender perfectamente cuáles son las opciones y qué es lo que se está jugando”, afirmó el abogado.
Durante su intervención, Castro también desglosó algunas de las principales características de la Ley Marco de Empleo Público y les aclaró a los asistentes las principales dudas respecto a si esta afecta o no a todos los trabajadores (tanto antiguos como nuevas contrataciones), congelamiento de salarios, entre otros.
Tras consultar al Consejo Universitario sobre la decisión que debe tomar la Universidad de Costa Rica respecto a si se implementa o no el salario global en la institución, el Dr. Carlos Araya Leandro, en representación de este órgano, manifestó que todo lo correspondiente a material salarial debe ser determinado por la Administración según lo establece el artículo 40, inciso M, del Estatuto Orgánico.
“Esta es una decisión que debe tomar la administración y hasta donde tengo entendido aún no se ha tomado, sin embargo es importante decir que desde el Consejo Universitario hemos venido capacitándonos e informándonos y conformando diferentes comisiones de trabajo con el propósito de ir analizando este tema desde diferentes perspectivas, ya que este es un tema prioritario para la universidad” expresó Araya.
En este sentido explicó que la semana anterior, el Consejo Universitario acordó autorizar a la administración para que, vía resolución, defina un salario global transitorio para el personal administrativo y docente que ingresó a trabajar a partir del 10 de marzo, sin que esto implique se la universidad se va a decidir definitivamente por el salario global.
“Evidentemente el autorizar esta acción de salario global transitorio no significa que el Consejo Universitario le está imponiendo a la administración que así sea porque tenemos claridad que la decisión final es del ámbito de la Rectoría” afirmó Araya.
Por último aseguró que la administración junto con una comisión de trabajo del Consejo Universitario han venido trabajando el tema de la regulación salarial docente desde la perspectiva del salario global.
“El trabajo que nosotros venimos haciendo, está en este momento en manos de la rectoría, justamente porque ya establecimos algunos elementos esenciales de lo que eventualmente sería una estructura salarial global para el sector docente, y allí existe una claridad de que el régimen académico, tal como hemos conseguido hasta el momento, tiene que seguir funcionando porque es la única forma realmente o la mejor forma de garantizar la actividad sustancial y sustantiva de la institución” afirmó Araya.
En este punto añadió que esta propuesta debe ser validada por la administración, ya que se deben hacer proyecciones para confirmar la viabilidad económica de la misma.
Tatiana Carmona Rizo Periodista de la Oficina de Divulgación e Información, UCR
El día de hoy las Centrales Sindicales, Rerum Novarum, CGT, CMTC, CCTD, el BUSSCO y Sindicatos representantes de sectores como educación, salud, ministerios, universidades, municipalidades, Poder Legislativo y otros, atendimos la convocatoria del Gobierno para reformar la Ley Marco de Empleo Público.
En esta convocatoria manifestamos y entregamos un documento que:
1.- Cuestiona los términos de la convocatoria y señala que participaríamos del proceso, si previamente se pactaban, entre las partes, las reglas del diálogo.
2.- En segundo lugar, que el objeto del proceso debe enfocarse a reformar, integral, sustancial y estructuralmente la ley, pero además, el proceso de dialogo incluyera, de manera urgente la modificación del Decreto que reglamentó la Ley Marco de Empleo Público.
3.- De manera inmediata se discutiera la política de congelamiento de salarios y el restablecimiento pleno del derecho a negociación colectiva en la función pública.
Deploramos que en la apertura del proceso el Gobierno anunció “las reglas de oro” imponiendo, unilateralmente, la metodología, y advirtiendo de manera radical que no son negociables la inmensa mayoría de los capítulos de la ley, incluidas las familias de puestos, la escala salarial global, el congelamiento de los salarios, la negociación colectiva y la modificación del decreto. Es decir, el Poder Ejecutivo pone un candado a la discusión de los temas más lesivos de la ley y el Reglamento, que se vuelven finalmente contra el Estado Social y Democrático.
La posición del gobierno evidencia su posición autoritaria y antidemocrática, su rechazo a una salida concertada y democrática a la crisis social, por lo que las organizaciones sindicales no participaremos en ese espurio y pseudo proceso de diálogo.
El movimiento sindical recurrirá a todas las instancias nacionales e internacionales, a las acciones de protesta social y movilización que corresponda en defensa de la institucionalidad y los servicios públicos de salud, educación, las condiciones laborales y salariales de las personas funcionaria públicas y del Estado Social y Democrático.
Alertamos a las fracciones legislativas que ese proceso está totalmente deslegitimado, el proyecto de reforma de Ley de Empleo Público que les presenten será simplemente la propuesta de Casa Presidencial por intermediación de MIDEPLAN.
Ratificamos nuestra oposición a la contrarreforma social y laboral y denunciamos que la posición del gobierno atiza un conflicto social y laboral de grandes proporciones, que en la práctica será inevitable, cuya responsabilidad será exclusivamente del Poder Ejecutivo.
El día de hoy las centrales sindicales, BUSSCO y sindicales representantes de sectores como educación, salud, ministerios, universidades, municipalidades, Poder Legislativo, etc., atendimos la convocatoria del gobierno para reformar la Ley Marco de Empleo Público.
En esta convocatoria manifestamos y entregamos un documento que:
1.- Cuestiona los términos de la convocatoria y señala que participaríamos del proceso, si previamente se pactaban, entre las partes, las reglas del dialogo.
2.- En segundo lugar, que el objeto del proceso debe enfocarse a reformar, integral, sustancial y estructuralmente la ley, pero, además, el proceso de dialogo incluyera, de manera urgente la modificación del Decreto que reglamentó la Ley Marco de Empleo público.
3.- De manera inmediata se discutiera la política de congelamiento de salarios y el restablecimiento pleno del derecho a negociación colectiva en la función pública.
Deploramos que en la apertura del proceso el gobierno anunció “las reglas de oro” imponiendo, unilateralmente, la metodología, y advirtiendo de manera radical que no son negociables la inmensa mayoría de los capítulos de la ley, incluidas las familias de puestos, la escala salarial global, el congelamiento de los salarios y la modificación del decreto. Es decir, el poder ejecutivo pone un candado a la discusión de los temas más lesivos de la ley y el Reglamento, que se vuelven finalmente contra el Estado Social y Democrático.
La posición del gobierno evidencia su posición autoritaria y antidemocrática, su rechazo a una salida concertada y democrática a la crisis social, por lo que las organizaciones sindicales no participaremos en ese espurio y pseudo proceso de diálogo,
El movimiento sindical recurrirá a todas las instancias nacionales e internacionales, a las acciones de protesta social y movilización que corresponda en defensa de la institucionalidad y los servicios públicos de salud, las condiciones laborales y salariales de las personas funcionaria públicas y del Estado Social y Democrático.
Alertamos a las fracciones legislativas de que de ese proceso está totalmente deslegitimado, el proyecto de reforma de Ley de Empleo Público que les presenten será simplemente la propuesta de Casa Presidencial por intermediación de MIDEPLAN.
Ratificamos nuestra oposición a la contrarreforma social y laboral y denunciamos que la posición del gobierno atiza un conflicto social y laboral de grandes proporciones, que en la práctica será inevitable, cuya responsabilidad será exclusivamente del Poder Ejecutivo.
San José, 20 marzo 2023.
Información enviada a SURCOS por Martín Rodríguez Espinoza.