El problema de la violencia estructural y los derechos territoriales indígenas: una deuda histórica del Estado costarricense

Pronunciamiento del Centro de Investigación en Cultura y Desarrollo (CICDE) de la UNED

 

En América Latina perviven actualmente cerca de 650 pueblos indígenas, 60 de los cuales se localizan en Centroamérica, y 8 en Costa Rica. En Centroamérica representan aproximadamente un 17% de la población y un 2,5% para el caso de nuestro país.

El artículo 1º del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) establece que un pueblo se considera indígena “por el hecho de descender de las poblaciones que habitaban en el país o en una región geográfica a la que pertenece el país en la época de la conquista, de la colonización o del establecimiento de las actuales fronteras estatales y que, cualquiera sea su situación jurídica, que conservan todas sus propias instituciones sociales, culturales, económicas y políticas o parte de ellas”. Además indica que “la conciencia de su identidad indígena o tribal deberá considerarse un criterio fundamental” para determinar la pertenencia a estos pueblos.

La riqueza y diversidad cultural de los pueblos indígenas se expresa en la multiplicidad de idiomas, prácticas culturales y productivas, formas de gobierno propio y en diversas cosmovisiones y espiritualidades, todo lo cual mantiene vigencia a pesar de la violencia permanente que sufren, y la negación que se ejerce sobre sus culturas y cosmovisiones.

El territorio tiene para estos pueblos una importancia singular: es el lugar donde estos crean y recrean su cultura, espiritualidad, vida y en general, su identidad indígena; es el espacio vital donde se desarrolla la comunidad y se interactúa con el resto de seres vivos y con el universo. Sin embargo, desde la Colonia los pueblos indígenas han sufrido el despojo de sus tierras, algo que sigue viviéndose en la realidad costarricense actual.

Es importante recalcar que el Estado costarricense ha asumido, múltiples compromisos internacionales relacionados con pueblos indígenas, entre los que cabe destacar los siguientes:

1) Los convenios 107 y 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), “Sobre los derechos de los pueblos indígenas y Tribales en países independientes”, ratificado por Costa Rica en 1959 y 1992, respectivamente, ambos con rango constitucional;

2) La Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas (ONU), firmada en el 2007;

3) La Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas de la Organización de Estados Americanos (OEA), firmada en el 2016;

4) La “Convención Interamericana contra el Racismo, la Discriminación Racial y Formas Conexas de Intolerancia”, que Costa Rica fue el primer país de América en aprobar en 2013.

5) A nivel nacional, el país dio reconocimiento a los derechos territoriales indígenas desde 1939, mediante la Ley Nº 39 de Terrenos Baldíos, en la que se declara la inalienabilidad de las tierras ocupadas por estos pueblos.

6) A partir de 1956 varios decretos ejecutivos establecen las llamadas Reservas Indígenas, que son tierras de propiedad colectiva reconocidas por el Estado como territorios indígenas. A la fecha suman 24, en diferentes cantones del país.

7) En 1977, mediante la Ley 6172, conocida como Ley Indígena, el Estado costarricense estableció el carácter inalienable, intransferible e imprescriptible de sus territorios y se comprometió a restituirles las tierras que, estando dentro de ellos, se encontraran en manos de población no indígena, así como a protegerlos de nuevas invasiones. A cargo del cumplimiento de ese objetivo quedaron el Instituto de Tierras y Colonización, hoy Instituto de Desarrollo Rural (INDER) y a la Comisión Nacional Indígena (CONAI).

8) En el 2015, mediante reforma del artículo 1º de su Constitución Política, el Estado Costarricense declara que somos una “República democrática, libre, independiente, multiétnica y pluricultural”.

No hay, sin embargo, correspondencia entre estos avances en el nivel jurídico-normativo y de las prácticas sociales y estatales reales, lo cual se evidencia claramente en relación con la situación de tenencia de la tierra. El problema es extremadamente grave: de los territorios indígenas, entre un 50% y hasta en un 90% -en algunos casos como Térraba, China Kichá y Altos de San Antonio- están en posesión de personas no indígenas, o bien regidos por una institucionalidad de gobierno local bajo control gubernamental, como es el caso de las Asociaciones de Desarrollo Comunal. Se desconocen así las instancias de gobierno propias de las comunidades indígenas, lo que también violenta los compromisos adquiridos.

Reconocemos algunos esfuerzos, positivos pero dispersos, principalmente en el nivel educativo, o la reciente directriz 042-MP Mecanismo de Consulta a Pueblos Indígenas, los cuales sin embargo resultan muy limitados, dada la efectiva ausencia de políticas públicas interculturales y de acción afirmativa para estas poblaciones y la persistente negativa por parte de la Asamblea Legislativa durante los últimos 24 años, a votar el proyecto “Ley de Desarrollo Autónomo de los Pueblos Indígenas”, Expediente Legislativo No. 14.352, aun cuando este cuenta con un amplio proceso de consulta tutelado por la propia Asamblea Legislativa y el Tribunal Supremo de Elecciones y el correspondiente aval de la Oficina de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa ( 2009).

Esta brecha en la implementación de los derechos de estos pueblos ha sido denunciada por las propias organizaciones y comunidades indígenas, por la Defensoría de los Habitantes y por el Relator de las Naciones Unidas para los Derechos de los Pueblos Indígenas. Son denunciadas reiteradas a lo largo de varios gobiernos, sin que se registren avances significativos.

Ante estas históricas deudas del Estado costarricense en relación con sus derechos territoriales, los pueblos bribri y bröran del Cantón de Buenos Aires han decidido recuperar su territorio.

Indígenas bröran decidieron tomar posesión de la finca llamada POTOMAC, rebautizada CRUN SHURIN, teniendo como respaldo la Ley Indígena y una resolución de la Sala I de la Corte Suprema de Justicia de 1990, no ejecutada hasta el momento, la cual establece que esta finca es parte del territorio indígena de Térraba. Desde hace varias semanas, un grupo de unas 16 familias de ese pueblo se mantienen en el lugar. Se trata de aproximadamente 1000 hectáreas actualmente subutilizadas, en posesión ilegal por parte de no indígenas que viven fuera de la región, que serán reocupadas con fines de subsistencia y vida comunitaria bröran.

Estas acciones en Térraba se unen a las realizadas en Salitre y en Cabagra en los últimos ocho años, lapso durante el cual el Estado costarricense no ha hecho avance alguno en la regularización de la tenencia de los territorios indígenas de la región. Es decir, no se ha procedido, como corresponde, a una clara demarcación de los límites del territorio, la constatación de la legalidad de la posesión de las tierras, o su devolución a los pueblos indígenas. Se incumplen así los múltiples compromisos que asumió el gobierno recién concluido, sobre todo teniendo presente la violencia suscitada en Salitre y Cabagra por parte de personas no-indígenas. Se han dado agresiones y amenazas diversas, quemas de casas, destrucción de cultivos, persecuciones, uso de armas, sin que hasta el momento haya nadie detenido ni sancionado. Ello pone en evidencia el grado de impunidad así como la ineficacia de la acción del Estado y el desinterés de las altas autoridades políticas.

La inseguridad y la amenaza contra la integridad de las personas indígenas son evidentes, durante y después de las recuperaciones. Se hace urgente la atención efectiva del Estado costarricense en sus diferentes instancias, tanto administrativas, legislativas como judiciales y de todas sus instituciones, sean ministeriales o autónomas, para resolver, como corresponde y con la urgencia del caso, las necesidades y demandas conforme a los derechos colectivos de estos pueblos.

El Centro de Investigación en Cultura y Desarrollo (CICDE), unidad de investigación científica adscrita a la Vicerrectoría de Investigación de la Universidad Estatal a Distancia (UNED) hace un llamado respetuoso pero vehemente al nuevo Gobierno de la República, al Poder Judicial y a las señoras y señores diputados, así como a las autoridades de las diferentes instancias políticas y técnicas involucradas en el saneamiento y seguridad de los territorios, para que se actúe conforme al marco de derechos indígenas, especialmente la Ley Indígena, el Convenio 169 de la OIT, la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU y de la OEA y la atención a las Medidas Cautelares impuestas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos al gobierno de Costa Rica desde el 30 de Abril del 2015, de manera que se proceda a lo siguiente:

Garantizar la seguridad, protección e integridad física y patrimonial de las familias bröran y bribris, que han recuperado territorios indígenas en diferentes lugares del cantón de Buenos Aires.

Emprender e incrementar, con toda celeridad, las acciones institucionales pertinentes y eficaces para la atención de la situación de conflicto, tanto en sus aspectos de atención inmediata y urgente, como en sus aspectos estructurales, que permitan aplicar medidas efectivas para la regularización en la tenencia y la seguridad de los territorios indígenas, incluyendo el reconocimiento de los derechos autonómicos de estos pueblos sobre estos territorios.

Implementar la Medida Cautelar Nº 321-12 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA en relación con los pueblos y territorios indígenas de Buenos Aires.

Armonizar la legislación nacional conforme a los derechos reconocidos internacionalmente y con los que el país se ha comprometido, y establecer los correspondientes mecanismos de aplicación efectiva.

Aplicar las Reglas de Brasilia para garantizar el acceso a la justicia a los pueblos indígenas costarricenses.

Retomar el diálogo directo y eficaz entre el gobierno y los pueblos y territorios indígenas para el desarrollo de políticas públicas interculturales.

Ejecutar los múltiples acuerdos establecidos entre las diferentes instancias del Estado y los pueblos y territorios indígenas.

Realizar los desalojos administrativos ya aprobados, pendientes de ejecución desde el 2014.

 

Atentamente

Dr. Luis Paulino Vargas Solís

Director

Centro de Investigación en Cultura y Desarrollo (CICDE)

Vicerrectoría de Investigación

UNED

Costa Rica, América Central

(506) 8362-6681

 

Imagen tomada de https://surcosdigital.com/uned-conmemoro-el-dia-de-los-pueblos-indigenas-costarricenses/

Enviado por Luis Paulino Vargas Solís.

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