Observatorio de Transparencia Fiscal con apoyo de Sala IV sobre fiscalización a grandes contribuyentes
“Se declara con lugar el recurso. Se ordena a Patricia Castillo Vargas, en su condición de directora de la Dirección de Grandes Contribuyentes Nacionales del Ministerio de Hacienda, o a quien en su lugar ocupe dicho cargo, que adopte las medidas necesarias y ejecuten las acciones pertinentes a efectos que a la parte recurrente se le proporcione en el plazo de cinco días la información solicitada en fecha 11 de mayo de 2020, debiendo suprimir los datos sensibles”.
Así se lee en el Por tanto firmado por las magistradas y los magistrados de la Sala Constitucional, al resolver el recurso de amparo interpuesto por Amanda Ugalde Arguello a favor del Observatorio de Transparencia Fiscal contra el Ministerio de Hacienda.
El magistrado redactor consigna en su escrito:
“La recurrente acusa que el 11 de mayo de 2020 el Observatorio de Transparencia Fiscal solicitó información de interés al Ministerio de Hacienda, referente a las empresas clasificadas como Grandes Contribuyentes que han sido objeto de un control extensivo durante el período comprendido entre enero 2010 a diciembre 2019. Sin embargo, aqueja que, en su informe de respuesta, la autoridad recurrida no aportó el nombre de las empresas que son grandes contribuyentes y que han sido auditadas, lo cual imposibilita al Observatorio ejercer su función de fiscalización”.
Ante la solicitud formulada en mayo por el Observatorio Ciudadano de Transparencia Fiscal, la Dirección de Grandes Contribuyentes del Ministerio de Hacienda había respondido: “esta Dirección proporcionará la información de manera estadística por cantidad de actuaciones de control tributario intensivo llevadas a cabo por año, mismas que pudieron versar sobre varios impuestos y periodos impositivos… no se proporcionará el nombre de los obligados tributarios ni sus cédulas jurídicas, al estar impedida la Administración Tributaria de divulgar información propia de la cuantía de las rentas de los contribuyentes, mismas que gozan de confidencialidad”.
Con la resolución de la Sala los datos deben entregarse al Observatorio.
En el enlace puede descargar el documento completo enviado a SURCOS por el Movimiento de Ciudadanía que Construye Territorios Seguros.
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