Sala Constitucional da curso a denuncia contra el ministro de Salud

SURCOS comparte el siguiente oficio sobre el recurso de amparo interpuesto por Gad Amit Kaufman:

EXPEDIENTE N° 21-015078-0007-CO
PROCESO: RECURSO DE AMPARO
RECURRENTE GAD AMIT KAUFMAN
RECURRIDO MINISTRO DE SALUD

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.

San José, a las quince horas veintiséis minutos del veintisiete de setiembre de dos mil veintiuno.

Visto el escrito planteado por GAD AMIT, a favor de la ASOCIACIÓN CONFRATERNIDAD GUANACASTECA, cédula de identidad 0107000218, que consta en el expediente electrónico número 21-015078-0007-CO, en el que se acusa desobediencia a lo ordenado por esta Sala en la resolución No. 2021-019191 de las 9:15 horas del 27 de agosto de 2020, en la que se dispuso: “Se declara con lugar el recurso. Se ordena a Daniel Salas Peraza, en su condición de Ministro de Salud, o a quien ejerza dicho cargo, que giren las órdenes pertinentes y lleve a cabo todas las actuaciones que estén dentro del ámbito de su competencia para que, en un plazo no mayor a 3 días contado a partir de la notificación de esta sentencia le prevenga al tutelado, los parámetros que requiere para atender la gestión de manera completa, y le indique el plazo aproximado dentro del que podrá recolectara la información, a fin de que dentro de ese tiempo conteste todos los extremos de la gestión planteada el 6 de mayo de 2021. Se advierte a la autoridad recurrida que, de conformidad con lo establecido por el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional se impondrá prisión de tres meses a dos años o de veinte a sesenta días multa, a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada dentro de un recurso de amparo y no la cumpliere o no la hiciere cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado. Se condena al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios causados, los que se liquidarán en ejecución de sentencia ante la jurisdicción contencioso-administrativa. El Magistrado Rueda Leal pone nota. Notifíquese”. Se confiere audiencia por TRES DÍAS contados a partir de la notificación de esta providencia a Daniel Salas Peraza, en su condición de Ministro de Salud, o a quien ejerza dicho cargo, para que se refieran y aporten las pruebas correspondientes respecto a los hechos y omisiones que se le atribuyen. CON LA ADVERTENCIA QUE, DE ACREDITARSE LA DESOBEDIENCIA, SE PODRÁ ORDENAR AL SUPERIOR JERÁRQUICO LA APERTURA DE UN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO CONTRA EL FUNCIONARIO REMISO A CUMPLIR CON LO RESUELTO POR ESTA SALA Y, ADEMÁS, QUE SE ORDENE TESTIMONIAR PIEZAS ANTE EL MINISTERIO PÚBLICO POR LA EVENTUAL COMISIÓN DEL DELITO DE DESOBEDIENCIA (ARTÍCULOS 53 Y 71 DE LA LEY DE LA JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL). Notifíquese.

MARTA EUGENIA ESQUIVEL RODRÍGUEZ – MAGISTRADO/A

EXPEDIENTE N° 21-015078-0007-CO

Adjuntamos documentación oficial para descarga:

 

Imagen de cabecera tomada de Semanario Universidad