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Etiqueta: ACODEHU

Primera reunión de lanzamiento de Comité de Solidaridad con los pueblos originarios

La Asociación Costarricense de Derechos Humanos (ACODEHU) y la Coordinadora de Lucha Sur Sur (CLSS) convocan a las organizaciones y personas conscientes e interesadas en las luchas de los pueblos originarios, su derecho humano a la tierra-territorio, por el acceso a la justicia y un alto a la impunidad, a una primera reunión de análisis y trabajo, para brindar apoyo, a la causa de estos pueblos, sus procesos de recuperaciones y defensa del territorio.

La primera reunión de este evento será el miércoles 16 noviembre del 2022, a partir de las 5:00 p.m., en la Casa Cultural Simón Bolívar, San José. Avda. 10, Frente antigua Embajada de Venezuela.

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Carta pública en defensa de Cabagra

ASOCIACIÓN COSTARRICENSE DE DERECHOS HUMANOS

EN DEFENSA DE LA TIERRA-TERRITORIO EN CABAGRA

CARTA PÚBLICA A LA PRESIDENCIA

ACLARACIÓN NECESARIA

En el tema de la Recuperación en el territorio indígena de Cabagra 4 de noviembre de 2022

Con fecha 4 de noviembre de 2022 de la Administración Chaves Robles de Costa Rica, emite un comunicado, en el que expresa que “un grupo de indígenas del Territorio de Cabagra” de la zona sur del país “recuperaron un territorio por las vías de hecho. Y que esta situación ocasionó un ambiente hostil que no permite avanzar con prontitud los procesos de recuperación que se realizan a través de los mecanismos legales…”

Aclaramos que la reciente recuperación de una familia indígena de Cabagra, haciendo uso de la legalidad y de forma pacífica, de ninguna manera ocasionó hostilidad y muy por el contrario, esta familia fue víctima de amenazas y de formas de violencia contra la vida de las personas que se encontraban en el terreno recientemente recuperado.

Desde la ACODEHU solicitamos al Gobierno y al Estado de Costa Rica, se sirvan asumir con la mayor vehemencia la protección a los habitantes del territorio indígena de Cabagra, quienes han sido sujeto de amenazas y violencia de personas no indígenas, que atentan contra la integridad de sus vidas.

Para fundamentar nuestra solicitud, citamos el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes.

En este Convenio existen varios artículos que establecen con claridad y en forma contundente la obligación del Estado costarricense de tomar las medidas necesarias para resguardar el derecho de los pueblos a utilizar las tierras, que no están exclusivamente ocupadas por ellos. Artículo 13, punto 2.

EN DEFENSA DE LA TIERRA-TERRITORIO EN CABAGRA

CARTA PÚBLICA A LA PRESIDENCIA

Antes de concluir, es necesario hacer mención del Fallo No. 2022024725 de la Sala Constitucional de Costa Rica. El cual declara “la nulidad de todas las compras – ventas de tierra de personas no indígenas dentro de territorios, realizadas posterior a la entrada en vigor de la Ley Indígena de 1977”. “Por lo tanto se declara que las Tierra/territorio son inalienables e imprescriptibles, no transferibles y exclusivas para comunidades indígenas”.

En este contexto los pueblos indígenas y la ACODEHU hacen reconocimiento de este fallo de la Sala Constitucional dado que, fortalece la normativa nacional e internacional en protección de los Derechos Humanos de las Poblaciones Indígenas.

Atentamente,

Ana Cecilia Jiménez Arce
Presidenta
Asociación Costarricense de Derechos Humanos
E. Mail:
derechos.humanos@acodehu-ddhh.org

CC. Pueblo Indígena de Cabagra.
Coordinadora Sur Sur.
Mesa Interinstitucional para Asuntos Indígenas
Defensoría de los Habitantes

ACODEHU hace llamado urgente a la Fuerza Pública presente en Cabagra

Comunicado Público

Asociación Costarricense de Derechos Humanos (ACODEHU) exige resguardo y protección de personas recuperadoras Bribris en el Territorio Yäbamï Dí Kàtá (conocido como Cabagra).

Viernes 4 de noviembre del 2022. En el texto, la ACODEHU recuerda que las recuperaciones de tierras-territorios son legítimas y legales según el marco constitucional costarricense y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Además, recuerda el ACODEHU, el fallo emitido por la Sala Constituional, el pasado 19 de octubre, que reafirma el que los Territorios Indígenas pertenecen única y exclusivamente a los Pueblos Originarios. Así, cualquier asentamiento de personas no indígenas es ilegal y posee derecho de indemnización el ocupante ilegal que adquiriría la tierra-territorio antes de 1977 (año en el que la Ley Indígena es promulgada).

Además, en una comunicación directa con la Coordinadora de Lucha Sur Sur (CLSS) el ACODEHU se une al llamado y exigencia de la presencia de la Mesa Técnica Interinstitucional sobre el tema indígena (del Gobierno) al lugar de los hechos.

Coordinadora de Lucha Sur Sur (CLSS).

La telaraña de la justicia contra la protesta social

ASOCIACIÓN COSTARRICENSE DE DERECHOS HUMANOS

A la opinión pública nacional e internacional

Uno de los juicios políticos contra la protesta social más largos de la historia latinoamericana, se efectúa en el país de la “pura vida”.

A sus 70 años de edad, el defensor de los derechos humanos y luchador social, Orlando Barrantes, es víctima de la persecución judicial del Estado centroamericano de Costa Rica desde hace 22 años y en el presente atraviesa por el octavo juicio, motivado por los aparatos judiciales del Estado costarricense.

La historia de Barrantes se remonta a principios del siglo XXI, cuando en diciembre del año dos mil, se encontraba un fuerte sector de la clase obrera costarricense en la provincia de Limón, haciendo uso del derecho humano universal de la protesta, según lo establece la carta universal de los derechos humanos

En esta protesta pacífica efectuada hace 22 años participaron ex trabajadores del ferrocarril, campesinos, transportistas individuales y del sector obrero que trabajaba en los muelles.

Estos sectores populares estaban exigiendo un apoyo contundente e insumos de apoyo de parte del Estado como responsable social del bienestar social de sus habitantes, ya que, para ese entonces, los campesinos habían tenido perdidas bastante significativas de sus cosechas, debido a los fuertes temporales lluviosos que azotaron el caribe costarricense.

Estas manifestaciones pacíficas se efectuaron en las regiones de Siquirres y Guápiles y en donde también participaron ex trabajadores bananeros afectados por el agro-químico del (DibromoCloroPropano o DBCP), más conocido como el nemagón, cuya sustancia toxica dañó irreversiblemente la salud de gran parte de la población centroamericana, y que fue usado por las grandes corporaciones bananeras de capital extranjero, a sabiendas de su peligrosidad.

Los trabajadores colocaron este veneno en los campos bananeros, ya que, para ese entonces, ellos desconocían sus efectos secundarios en el organismo.

Todos estos sectores populares de la clase obrera costarricense, defendían sus derechos humanos y exigían justicia de los daños que habían sido víctimas por trabajar en estas corporaciones, cuyo capital transnacional es un brazo invisible del sistema capitalista atroz e inhumano que ha dañado a gran parte de Latinoamérica.

A raíz de este fuerte movimiento popular suscitado hace 22 años, el Estado de Costa Rica a través de sus aparatos de seguridad estatal, envío a sus emisarios de la represión para atacar a los manifestantes pacíficos y arrestar a la clase pobre y trabajadora, del único país del continente americano que no cuenta con militares.

Los luchadores sociales fueron puestos provisionalmente en los calabozos de la injusticia costarricense, mientras el Estado de Costa Rica iniciaba una acusación falsa contra el defensor de derechos humanos Orlando Barrantes, relacionándolo con falsos positivos.

Haciendo creer de esta forma, que el defensor de derechos humanos, Barrantes planificó esta protesta y todo lo que conllevó en ella, pese a que testigos oficiales ante los tribunales de Guápiles, comprueban que Barrantes no participó ni coordinó esta acción de protesta.

Por tal motivo, en los 22 años de enjuiciamiento nunca se ha logrado comprobar los cargos judiciales falsos en su contra, lo que significa una clara criminalización de la protesta social en Costa Rica, para infundir el miedo en el sector popular y luchador de esa nación. Paralizando así, sus movimientos de exigencia en la construcción social y dignificación humana del pueblo.

En un comunicado, el Observatorio de Derechos Humanos de los Pueblos, señaló que; “Barrantes ha sido víctima sistemáticamente durante 22 años de un proceso de criminalización y judicialización, valorado como el juicio político más largo en la historia de Costa Rica, plagado de arbitrariedad” también enfatizó que solidarizarse con esta lucha es garantizar el derecho legítimo a la protesta social y a la organización desde las comunidades.

Barrantes es un reconocido luchador social costarricense que siempre ha estado al lado de los oprimidos o de las grandes mayorías vilipendiadas en Costa Rica, su delito fue el defender los derechos humanos de la clase obrera y denunciar las injusticias y los trabajos inhumanos, a los que son subyugados los campesinos y toda la clase popular en Costa Rica.

Este defensor de la humanidad costarricense fungió como secretario del Consejo Nacional de Trabajadores Bananeros (CONATRAB), es dirigente comunal del Bloque de Vivienda y Fundador del Movimiento de Trabajadores y Campesinos (MTC).

De igual manera es un distinguido miembro de la Asociación Costarricense de Derechos Humanos (ACODEHU) y por ende amante de la vida, del prójimo e incansable buscador de la justicia para los pueblos sometidos de esta nación centroamericana.

Sin embargo, este extenso currículo de vida que posee Orlando Barrantes no es del agrado del Estado costarricense, puesto que sus operadores de justicia prefieren defender los intereses del capital extranjero transnacional, antes de buscar justicia para su propio pueblo.

En los juzgados de Guápiles actualmente se lleva a cabo el juicio número 8, contra el defensor de derechos humanos Orlando Barrantes, distintas organizaciones de derechos humanos, populares y ecologistas se encuentran apostadas frente a estos tribunales exigiendo la libertad absolutoria para Barrantes.

Una de estas organizaciones, es la Federación Ecologista (FECON) cuya militante Angelica Alvarado menciona que el luchador social Barrantes, es totalmente inocente de los cargos judiciales falsos que se le imputan aduciendo que; “Él nunca estuvo presente en la protesta de hace 22 años y tampoco coordinó la misma, es más, las personas que estuvieron en esa acción son los principales testigos ante los tribunales y aseguran que Barrantes, jamás participó en la protesta”.

Ante estos hechos de la persecución judicial contra Orlando Barrantes, es una clara estrategia de parte del Estado costarricense de generar falsos positivos tal y cual lo estableció en su momento el ex presidente Álvaro Uribe en Colombia para perseguir y criminalizar la protesta social, contra los luchadores sociales y defensores de derechos humanos, por lo que el caso de Orlando Barrantes, se transforma en un pésimo precedente que ha debilitado el estado de derecho y democrático de Costa Rica, durante 22 años.

Por tal motivo la Asociación Costarricense de Derechos Humanos (ACODEHU), en el marco del diseño justo y digno que debe caracterizar a un Estado de derecho democrático en el mundo, rechaza y condena enérgicamente, la persecución estatal que esta siendo víctima el compañero Orlando Barrantes, quien ha sido víctima de un monstruoso ataque estatal durante 22 años.

La ACODEHU hace un llamado internacional a las instancias competentes que defienden los derechos humanos en el marco del concierto de naciones, que conforman la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para que condenen esta persecución contra un defensor de derechos humanos como lo es, el compañero y luchador social, Orlando Barrantes.

De igual forma la ACODEHU invita a los organismos de derechos humanos internacionales, a que se unan a la condena de esta injusticia contra Orlando Barrantes, puesto que los aparatos judiciales de Costa Rica, tienen como objetivo primordial acallar las voces de los oprimidos.

Oprimidos que viven en un Estado que vende una falsa imagen de democracia y bienestar social ante el mundo, a través de los medios de comunicación al servicio de la oligarquía y del capital financiero transnacional que violenta la soberanía en Costa Rica.

A los veinte y siete días del mes de septiembre de 2022, en la ciudad de San José, Costa Rica, Centroamérica.

ANA CECILIA JIMÉNEZ ARCE
Junta Directiva
Asociación Costarricense de Derechos Humanos (ACODEHU)

Correo-e: derechos.humanos@acodehu-ddhh.org

¡Libertad absolutoria para el compañero Orlando Barrantes, ya!

Asociación Costarricense de Derechos Humanos – Solidaridad con Carlos Andrés Pérez Sánchez

La Asociación Costarricense de Derechos Humanos compartió con SURCOS el siguiente documento en el cual expresa su solidaridad con Carlos Andrés Pérez Sánchez.

San José, miércoles 22 de junio de 2022

Buenos días Pueblo de Costa Rica.

Buenos días, madres y padres de familia, jóvenes, luchadores sociales, activistas de Derechos Humanos, sindicalistas y demás trabajadores de Costa Rica.

Hoy es un día especial en este país, porque está en juego la nulidad de una Sentencia y una Condena infames, contra un joven trabajador, sindicalista y amante de los grandes valores que representa a un País, cuyos habitantes luchan todos los días, para ganarse la vida honradamente.

Carlos Andrés Pérez Sánchez, estará en una AUDIENCIA ORAL, en un Tribunal de Apelación, porque su defensa, los Sindicatos, su familia y desde los Derechos Humanos, solicitamos la anulación de la CONDENA, de 5 meses de prisión y 18 millones de colones por el pago de unos daños a la EMPRESA RECOPE, que se inventaron para acusarlo de un delito del cual él se declara INOCENTE.

A este proceso, desde los Derechos Humanos y algunas autoridades legales, le llamamos Criminalización de la Protesta Social, en Costa Rica y en muchos países cuyos pueblos luchan y se lanzan a las calles, para defender la democracia y manifestar la inconformidad de los habitantes, cuando los políticos y gobiernos de turno, imponen proyectos de ley, LEYES o toman acuerdos que afectan las conquistas y derechos humanos propios de un Pueblo en DEMOCRACIA.

Nuestro apoyo a Carlos Andrés, desde nuestras conciencias, desde la reflexión, desde nuestros hogares, es una acción de civismo que la población costarricense debe de ejercitar.

Apoyar de corazón a un joven, trabajador, sindicalista, con conciencia social y luchador social, es lo que le permite a un pueblo que vive en DEMOCRACIA, participar y capacitarse, en la defensa de los Derechos Humanos y en las luchas que todos los pueblos del mundo sostenemos históricamente.

Desde este mensaje, la ACODEHU, Sindicatos públicos-privados y luchadores (as) sociales, hacemos un llamado para estar atentos de los resultado de la audiencia en este proceso penal de Carlos Andrés.

La cita es hoy miércoles 22 de junio 2 pm. en los Tribunales de GOICOECHEA.

Se agradece la presencia en las afueras del edificio.

La ACODEHU agradece al movimiento Sindical, a la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados-ANEP, al Bloque Unitario Sindical y Social Costarricense-BUSSCO, a SITRAPEQUIA, al SINDEU y organizaciones sociales nacionales e Internacionales, por el decidido APOYO y SOLIDARIDAD a Carlos Andrés Pérez Sánchez.

Solicitamos la nulidad de la Sentencia y la Condena injustas que lo criminalizan y lo llevarían a perder su libertad uy otros derechos humanos fundamentales.

La PROTESTA SOCIAL, es un DERECHO HUMANO FUNDAMENTAL”

Fraternal y solidariamente,
Ana Cecilia Jiménez Arce
Presidenta – ACODEHU
derechos.humanos@acodehu-ddhh.org

Criminalización de la Protesta Social en Costa Rica

La Asociación Costarricense de Derechos Humanos (ACODEHU) y el movimiento sindical costarricense, hacen un llamado a los ciudadanos a apoyar las luchas de los pueblos costarricenses.

En este caso específico, se solicita respetuosamente, justicia en el proceso judicial del señor Carlos Pérez Sánchez, trabajador sindicalista de la empresa RECOPE, quien fue despedido sin responsabilidad patronal por el hecho de manifestarse contra el combo fiscal del 2018, del cual se desprenden varios procesos judiciales en su contra, evidenciándose así, la criminalización de la propuesta social en Costa Rica.

¡Libertad y sobreseimiento para Carlos Pérez!

DENUNCIA NACIONAL E INTERNACIONAL – ACODEHU exige el cese de la represión de la Fuerza Pública contra las y los indígenas del pueblo cabécar de China Kichá (Pérez Zeledón-Costa Rica)

San José, viernes 20 de mayo de 2022

Durante los últimos diez años, las personas indígenas que decidieron recuperar sus tierras-territorios en China Kichá, han sido víctimas de la violencia por parte de los empresarios que les habían invadido de forma ilegal sus territorios; además les han quemado sus ranchos, sus cosechas y les han violentado físicamente, al punto de que varias personas han sido hospitalizadas.

El miércoles 18 de mayo del presente año en horas de la tarde la Fuerza Pública actúo de manera violenta contra la población de China Kichá.

Las personas recuperadoras informan de la presencia de veinte personas de la Policía Antimotines, además de acciones del Grupo de Apoyo Operacional-GAO.

El excesivo uso de gases lacrimógenos, que la Fuerza Pública lanzó contra la población civil, niños, adultos mayores, y mujeres da muestra de la violencia de los efectivos de la Fuerza Pública contra la población.

En ese contexto de violencia, se detuvo de forma arbitraria al joven Verny Obando Ríos, sacándolo del territorio. Este es el tercer recuperador cabécar detenido por la fuerza pública durante las últimas semanas del presente año.

“Ninguna de las personas que han agredido a los indígenas han sido detenidos”.

En este escenario de agresión, la vivienda de la señora María Esther, persona mayor de edad, sufrió los ataques violentos y su casa quedó parcialmente destruida.

El día de hoy, 19 de mayo una turba armada en las afueras del territorio cabécar, diez personas se presentaron con machetes, palos y piedras, los cuales se instalaron a un kilómetro de distancia del territorio cabécar de China Kichá.

En horas de la tarde una delegación de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos de la ONU-COSTA RICA, estuvieron en el Territorio atendiendo la grave situación de agresión y violación a los Derechos Humanos del pueblo cabécar de China Kichá.

La ACODEHU hace un llamado a la solidaridad nacional e internacional para exigir el cese inmediato de las agresiones de la Fuerza Pública contra las y los recuperadores de la población cabécar y por el contrario, SOLICITAMOS LA DEBIDA ATENCIÓN DEL GOBIERNO DE COSTA RICA Y DEL ESTADO, PARA BRINDAR LA MERECIDA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS POBLADORES DE CHINA KICHÁ, esto debido a las amenazas y las acciones que atentan contra la vida y la integridad de los pobladores.

¡¡¡ NO MÁS ASESINATOS, NO MÁS IMPUNIDAD CONTRA LOS PUEBLOS INDÍGENAS DE COSTA RICA!!!

Ana Cecilia Jiménez Arce, Presidenta ACODEHU
Denis Calix, Secretario ACODEHU
Correo-e:
derechos.humanos@acodehu-ddhh.org

Convenios a favor de los pueblos indígenas y tribales en Costa Rica: (Convenio No 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes derechos, y poder iniciar procedimientos legales)

ASOCIACIÓN COSTARRICENSE DE DERECHOS HUMANOS

San José, jueves 19 de mayo de 2022

“ Se´ ulitame dör añi ël… Sa tsá tsikime, e´r sa tsëwe bua´…”

(Todos somos hermanos… orgullosos de nuestro origen) Mensaje Bribri.

Señor Presidente de la República, señores Ministro de la Presidencia, Ministro de Justicia y Paz, señor presidente de la Asamblea Legislativa, señor Fiscal General y Tribunales de Justicia, como miembro de la ACODEHU, el que suscribe Trino Barrantes Araya, con cédula de identidad, número 2-0273-0798, de la manera más respetuosa, pero vehemente, hago llegar hasta ustedes y la opinión pública e internacional estas reflexiones, pues es urgente la intervención inmediata para darle una solución permanente y definitiva, a la violencia de los usurpadores contra los territorios originarios de China Kichá.

La historia de represión contra nuestros pueblos originarios es de larga data. Figuras perversas como el “requerimiento”, “el sínodo”, la “encomienda” el “almojarifazgo y la alcabala”, solo para citar algunos de estos instrumentos, siguen teniendo plena vigencia, aunque hoy, asumen nuevas formas jurídicas de aplicación. Esa larga y triste historia inició en 1492 y a partir de ahí nuestros antepasados han sido sometidos a la explotación, la indiferencia, el abandono, marginación, despojo y la represión. Pese a todo ello, nuestros pueblos ancestrales han dado al mundo un valor humano incuestionable: el derecho a la resistencia y a la defensa de su memoria histórica.

Las barbaridades heredades del “encuentro de dos mundos”, siguen en plena vigencia en nuestros territorios, de los que China Kichá, es un ejemplo claro. Rubén Chacón refiere de esta manera sobre el tema señalado:

“…el caso más dramático lo evidencia el territorio de China Qichá (sic) localizado en el cantón de Pérez Zeledón de San José, que fue derogado como territorio indígena en el año 1982 (por medio del Decreto Ejecutivo No.13570-G) en vista de que sus tierras fueron casi totalmente usurpadas por intereses no indígenas. Este territorio fue reivindicado en el año 2001 sin embargo sus problemas de tenencia de la tierra se mantienen…” (2007:38).

Autoridades gubernamentales, blancos usurpadores, cuerpos represivos y un sector de la iglesia y los poderes judiciales, tienen un nudo de complicidad para atentar contra los verdaderos dueños de la tierra de China Kichá. El Estado costarricense reconoce 24 territorios indígenas y 8 pueblos. De esos veinticuatro territorios, 9 pertenecen a los cabécares y entre ellos el pueblo de China Kichá. Antes de 1992, todos estos territorios recibían el nombre peyorativo y denigrante de “reservas indígenas

Debemos hacerle saber a la opinión pública nacional e internacional, a la prensa mediática y a las autoridades civiles y represivas lo que regula el artículo No.3 de la Ley Indígena, la cual declara que, en términos jurídicos especiales las

“…tierras de los territorios ancestrales y los pueblos originarios son: imprescriptibles, inalienables, no son trasferibles y, además, son propiedad exclusiva de los pueblos originarios que la habitan”. (Chacón, 1990)

Lo que se pide es muy poco, es el respeto a un derecho que históricamente nace aún primero que el Estado, el “Derecho a la tierra”.

Vale recordar en este largo tránsito que en el IV Congreso Nögbe – Buglé, los mal llamados en el discurso blanco “guaimíes” se aprobó “exigir al gobierno de Panamá…” que reconozca el 12 de octubre, como día de duelo; el reconocimiento inmediato y aprobación de la Comarca en un plazo no mayor de un año” (Jayán,1992:15).

Sin lugar a dudas, el aporte del historiador Carlos Meléndez respecto a la legislación indígena de Costa Rica, publicado en 1957, es un compendio obligado de leyes para defender a nuestros pueblos ancestrales y su derecho a la tierra. Trabajos del Lic. Ananías Matamoros Carvajal. Lic. Rubén Chacón Castro; los aportes de Luis Alberto Tenorio Alfaro y más recientemente los trabajos antropológicos del Máster Gerardo Alfaro y, finalmente, el compendio de instrumentos jurídicos de la CODEHU, son parte necesaria para instrumentar la defensa de los territorios ancestrales a beneficio de sus pobladores.

En la década de los treinta, del siglo XX, precisamente en 1939, se sancionó la Ley General sobre Terrenos Baldíos. Por primera vez se regulaba el derecho a la reserva indígena. Seis años después de haberse emitido esta Ley, en 1945, se creó la Junta de Protección de Razas Aborígenes. Con el Decreto Ley No.34, del 14 de enero de 1949, se le reconoce la personería jurídica a esta organización. (Tenorio,1988: 17).

Una de las tareas más importantes de este ente, fue la declaratoria a favor de las reservas indígenas de Boruca-Térraba, Salitre, Cabagra y China Kichá.

El mismo autor citado, Luis A Tenorio, señala al respecto lo siguiente:

Estas reservas resultaron ser invadidas por los colonos y China Kichá corrió con la peor de las suertes hasta desaparecer y ser derogada posteriormente en 1982” (Ibid.).

La antropóloga María Eugenia Bozzoli de Wille, en su texto: Localidades indígenas costarricenses 1960 – 1968, argumenta lo siguiente:

…en China-Kichá los blancos han comprado “derechos” a indígenas en estado de ebriedad. La compra se ha hecho por la mitad o menos de lo que pagaría un blanco a otro blanco allí mismo: también se reclama que los blancos no acostumbran pagar la cantidad estipulada completa, sino que, habiendo pagado una parte, alegan que eso es suficiente” (1969:21)

Tal vez un breve punteo en el ejercicio de las leyes que se han sancionado y que atienden a la problemática de los territorios ancestrales, nos de la fuerza necesaria del por qué el derecho a la tierra y al territorio, es un derecho consubstancial que pertenece a nuestros pueblos originarios. Véanoslo:

  • Ley 2825 del 14 de octubre de 1961. Crea el Instituto de Tierras y Colonización. En dicha ley se reserva un aparatado que delimita las tierras ancestrales y terrenos baldíos para los pueblos originarios. Esta Ley introdujo, en su artículo No.5, los trámites y mecanismos para la adquisición de las tierras ubicadas en la Reserva Indígena en posesión de los No Indígenas. Asimismo, remite a los procedimientos que establece la Ley No. 2825, del 14 de octubre de 1961, en sus artículos 141 al 155.
  • En el año de 1973 se sanciona la Ley de la Comisión Nacional de Asuntos Indígenas, la cual implícitamente tiene como objetivo central la declaración de nuevas reservas en los territorios ancestrales.
  • Para el año de 1977 se aprobó la Ley Indígena No. 6172, del 29 de noviembre, Gaceta No. 240. Esta Ley tenía como objetivo fundamental, restituir los territorios ancestrales a los pueblos originarios. (CONAI, 1977; Chacón,199; Matamoros, 1990, Tenorio, 1988)

En el Proyecto de Ley de Desarrollo Autónomo de los Pueblos Indígenas, con base en el tema en referencia, se aportan los siguientes elementos:

“…Proyecto de Ley de Desarrollo Autónomo de los Pueblos Indígenas, Expediente No. 14352; Ley Indígena (Ley No.6172; Ley de Creación de la Comisión Nacional de Asuntos Indígenas (CONAI); y el texto del Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes -Convenio 169- (Ley No.7316); a las Asociaciones de Desarrollo Integrales Indígenas (ADI¨s); Autoridades Tradicionales Indígenas; y, comunidad indígena en general. En el último caso jugó un papel muy importante la práctica ancestral de la trasmisión oral de la convocatoria” (FUNDAPEN,2007:22).

Nuevamente hoy día, 19 de mayo de 2022, grandes turbas, azuzadas por algunos empresarios, bajo el cobijo cómplice de la policía y muchos testaferros usurpadores de esas tierras, emprendieron un ataque inhumano, salvaje y con amenazas de asesinato contra los y las pobladoras de Chinca Kichá. De tal envergadura han sido estos actos de violencia estructural, que se debió de recurrir a la intervención de representantes de una delegación del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, in situ.

Es importante hacerles recordar a todas las autoridades de Pérez Zeledón que, La Presidencia de la República, los Ministerio de la Presidencia y el Ministerio de Justica y Paz, bajo lo que dispone el Mecanismo General de Consulta a Pueblos Indígenas No. 40932-MP-MJP, y

“…a la luz de lo dispuesto en el artículo 6 del Convenio Nº 169, sobre Pueblos Indígenas y Tribales de la Organización Internacional del Trabajo, ratificado mediante Ley n. 7316 del 3 de noviembre de 1992 y, en uso de las facultades que les confieren los artículos 140, incisos 8) y 20) y 146 de la Constitución Política; 25, 28, párrafo 2), inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 de 2 de mayo de 1978 y lo dispuesto en el artículo 7 inciso i) de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Paz, Ley Nº 6739 de 28 de abril de 1982…”

La Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica aprobó la adopción del Convenio n. 169 del 27 de junio de 1989, sobre Pueblos Indígenas y Tribales de la Organización Internacional del Trabajo (en adelante «OIT»)…”

(http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=NRTC&nValor1=1&nValor2=86267&nValor3=111809&strTipM=TC#:~:text=II.,en%20adelante%20%22OIT%22).

Uno de los compromisos que asumen los gobiernos con la ratificación de este Convenio es que lo obliga a respetar la particularidad e importancia de la cultura productiva, los valores espirituales y el ethos cultural de los pueblos ancestrales y principalmente sus territorios; de tal suerte que este Convenio faculta al gobierno a

“…tomarse medidas para garantizar que los miembros de dichos pueblos puedan comprender y hacerse comprender en procedimientos legales, facilitándoles, si fuere necesario, intérpretes u otros medios eficaces…”

Pero, la fuente citada, otorga la misma importancia a lo que se señala en la Parte II. Tierras Artículo 13. Al respecto, y en extenso, podemos leer lo siguiente:

 “…1. Al aplicar las disposiciones de esta parte del Convenio, los gobiernos deberán respetar la importancia especial que para las culturas y valores espirituales de los pueblos interesados reviste su relación Convenio No 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes I 35 con las tierras o territorios, o con ambos, según los casos, que ocupan o utilizan de alguna otra manera, y en particular los aspectos colectivos de esa relación. 2. La utilización del término tierras en los artículos 15 y 16 deberá incluir el concepto de territorios, lo que cubre la totalidad del hábitat de las regiones que los pueblos interesados ocupan o utilizan de alguna otra manera. Artículo 14 1. Deberá reconocerse a los pueblos interesados el derecho de propiedad y de posesión sobre las tierras que tradicionalmente ocupan. Además, en los casos apropiados, deberán tomarse medidas para salvaguardar el derecho 36 I Convenio No 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes de los pueblos interesados a utilizar tierras que no estén exclusivamente ocupadas por ellos, pero a las que hayan tenido tradicionalmente acceso para sus actividades tradicionales y de subsistencia. A este respecto, deberá prestarse particular atención a la situación de los pueblos nómadas y de los agricultores itinerantes. 2. Los gobiernos deberán tomar las medidas que sean necesarias para determinar las tierras que los pueblos interesados ocupan tradicionalmente y garantizar la protección efectiva de sus derechos de propiedad y posesión…”1.

Señor Presidente de la República Rodrigo Chaves, a usted, principalmente, en este momento histórico le corresponde una gran cuota de responsabilidad. Si la tierra de China Kichá se enluta, si sus tierras sagradas son manchadas de sangre, el Tribunal de la Historia tendrá derecho a preguntarse: ¿Dónde estaban las autoridades frente a estos lamentables hechos, de violación sistemática a los Derechos Fundamentales de los pueblos originarios y territorios ancestrales?

Saludo a cada compañera y cada compañero de ARCAH y de la Aldea Loarque, su causa es defender los ríos, la tierra, la vida de las comunidad ¡No es un delito!

San José, Costa Rica
20 de abril, 2022

El pueblo de Honduras junto al gobierno de Xiomara Castro Sarmientos: cada día da pasos más sólidos por la justicia

La Asociación Costarricense de Derechos Humanos-ACODEHU y el Colectivo de Solidaridad con el Pueblo de Honduras-en Costa Rica- manifiesta una vez más su apoyo a la Alternativa de Reivindicación Comunitaria y Ambientalista de Honduras-ARCAH, con quienes hoy celebramos el dictamen de SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO emitido por la Corte Suprema de Justicia, que el día de hoy 20 de abril a las 10:30 am será oficializado en una Audiencia en los Juzgados de Letras de lo Penal (La Granja), Tegucigalpa, enterrando la condena que desde el nefasto Régimen de Juan Orlando Hernández (JOH) intentaron perpetuar por  delito de desplazamiento forzado.

Esta resolución es un nuevo paso en firme en que en Honduras, en el marco del gobierno de Xiomara Castro Sarmientos, se hacen permanentes esfuerzos por dejar atrás prácticas institucionalizadas desde el Régimen narco dictatorial de JOH. Así, reconocemos la determinación de borrar de la vida del pueblo toda traza de persecución política, de criminalización y judicialización de la protesta social y todo mecanismo de represión contra personas ambientalistas defensoras de los Derechos Humanos en Honduras.

Reconocemos las diferentes articulaciones a nivel nacional e internacional que confluimos para que fuera una realidad el desistimiento del Ministerio Público de la República de Honduras expresado en SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO. 

Hoy ARCAH junto a la Aldea Loarque que se han sumado en la defensa de los ríos, de la tierra y contra las ZEDEs, demuestran que no tiene ningún asidero jurídico la causa seguida en su contra a partir de la detención del día lunes 29 de marzo de 2021 por defender río Choluteca y las comunidades aledañas frente a la destrucción ambiental arremetida por la Empresa Avícola El Cortijo. 

Christopher Castillo, Jefry Suazo, Michael Aguilar, Patricia Godoy, 

Víctor Hernández, María Valladares y Fernando Hernández, 

GRACIAS por ser un ejemplo para su pueblo y para el mundo, 

demostrando que la lucha ambientalista debe ser una tarea permanente para quienes

nos suscribimos a una vida digna para todos los habitantes de la madre Tierra.

Nos sumamos sin fronteras a esta alegría y cuentan con nosotras, nosotros y nosotres siempre. 

Colectivo de Solidaridad con el Pueblo de Honduras (Costa Rica)

 

Compartido con SURCOS por ARCAH.

Saludo a cada compañera y cada compañero de ARCAH y de la Aldea Loarque su causa es defender los ríos, la Tierra. ¡No es un delito!

SURCOS comparte el siguiente comunicado de Solidaridad con el Pueblo de Honduras (Costa Rica)

San José, Costa Rica 

20 de abril, 2022

El pueblo de Honduras junto al gobierno de Xiomara Castro Sarmientos: cada día da pasos más sólidos por la justicia

La Asociación Costarricense de Derechos Humanos-ACODEHU y el Colectivo de Solidaridad con el Pueblo de Honduras-en Costa Rica manifiesta una vez más su apoyo a la Alternativa de Reivindicación Comunitaria y Ambientalista de Honduras-ARCAH, con quienes hoy celebramos el dictamen de SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO emitido por la Corte Suprema de Justicia, que el dia de hoy 20 de abril a las 10:30 am será oficializado en una Audiencia en los Juzgados de Letras de lo Penal (La Granja), Tegucigalpa, enterrando la condena que desde el nefasto Régimen de Juan Orlando Hernández (JOH) intentaron perpetuar por delito de desplazamiento forzado.

Esta resolución es un nuevo paso en firme en que en Honduras, en el marco del gobierno de Xiomara Castro Sarmientos, se hacen permanentes esfuerzos por dejar atrás prácticas institucionalizadas desde el Régimen narcodictatorial de JOH. Así, reconocemos la determinación de borrar de la vida del pueblo toda traza de persecución política, de criminalización y judicialización de la protesta social y todo mecanismo de represión contra personas ambientalistas defensoras de los Derechos Humanos en Honduras. 

Reconocemos las diferentes articulaciones a nivel nacional e internacional que confluimos para que fuera una realidad el desistimiento del Ministerio Público de la República de Honduras expresado en SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO. 

Hoy ARCAH junto a la Aldea Loarque que se han sumado en la defensa de los ríos, de la tierra y contra las ZEDEs, demuestran que no tiene ningún asidero jurídico la causa seguida en su contra a partir de la detención del día lunes 29 de marzo de 2021 por defender río Choluteca y las comunidades aledañas frente a la destrucción ambiental arremetida por la Empresa Avicola El Cortijo.

Christopher Castillo, Jefry Suazo, Michael Aguilar, Patricia Godoy, Victor Hernández, Maria Valladares y Fernando Hernández, 

GRACIAS por ser un ejemplo para su pueblo y para el mundo, demostrando que la lucha ambientalista debe ser una tarea permanente para quienes nos suscribimos a una vida digna para todos los habitantes de la madre Tierra.

Nos sumamos sin fronteras a esta alegría y cuentan con nosotras, nosotros y nosotres siempre.

Colectivo de Solidaridad con el Pueblo de Honduras (Costa Rica)

Asociación Costarricense de Derechos Humanos (ACODEHU)

www.acodehu-ddhh.org  

derechos.humanos@acodebu-ddhh.org   

colectivodesolidaridadhn@gmail.com