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Etiqueta: Asamblea Legislativa

Sergio Ramírez Mercado y la Ciudadanía de Honor costarricense

Vladimir de la Cruz

La Ciudadanía Honorífica, de Honor, es una distinción que soberanamente otorgan los países, por decisión facultativa de sus máximos órganos políticos, sean del Poder Ejecutivo o del Poder Legislativo. En el caso costarricense es el Poder Legislativo, llamado Asamblea Legislativa, el que tiene la facultad de realizar estos reconocimientos.

En Costa Rica, como lo es en general en todos los países, son pocas las personas que han recibido esta distinción, que se puede realizar a extranjeros, a ciudadanos no costarricenses, como también se ha realizado a costarricenses.

Pocas personas han recibido esta distinción, entre ellos Franklin Ramón Chang Díaz, astronauta de la NASA, Hans Dietrech Genscher, Ministro de Relaciones Exteriores de Alemania, Antonio Giustiniani y Casablanca, médico, John F. Kennedy, Presidente de los Estados Unidos, Stanley Lindo Morales, Juan Morera Coll, sacerdote español conocido como Fray Casiano, Arturo Romero López, Sor María Romero Meneses, religiosa nicaragüense, Franklin D. Roosevelt, Presidente de los Estados Unidos, y José de la Cruz Turcios Barahona, sacerdote.

Cuando se le dio a Franklin Chang Díaz, en reconocimiento a sus hazañas espaciales, y ser el primer cosmonauta y científico distinguido, de origen costarricense, de la NASA, se produjo un cambio en la legislación nacional en torno a la ciudadanía. Hasta entonces, a finales del siglo XX, la ciudadanía costarricense se perdía cuando un ciudadano adoptaba otra nacionalidad. Había de hecho una renuncia tácita u obligada por ese motivo.

En el caso de los astronautas extranjeros de la NASA, para ascender en su carrera, debían ser ciudadanos estadounidenses, lo que obligó a Franklin Chang a renunciar a la ciudadanía costarricense.

En el acto de Juramentación de los ciudadanos que adoptan la nacionalidad estadounidense al jurar esa nacionalidad y las leyes norteamericanas, juran a la vez su compromiso de luchar y defender ese país ante cualquiera otro, incluso el país originario del nacionalizado. Así, Franklin Chang juró luchar, en el campo militar, si fuera del caso contra Costa Rica, como ciudadano norteamericano que pasaba a ser.

Para esos días, con gran reconocimiento nacional de sus méritos espaciales, el Partido Liberación Nacional valoró la posibilidad de que Franklin Chang fuera un posible candidato a la Presidencia de la República, lo que chocó inmediatamente con la renuncia a la nacionalidad que había hecho, lo que se exigía para ser Presidente de la República, ser costarricense. Además, las fuerzas políticas de izquierda, y sectores académicos, culturales y universitarios, en ese momento, alertaron sobre el juramento que había hecho el Astronauta Chang Díaz de combatir contra Costa Rica, empañando esa posible escogencia candidatura presidencial y obstaculizándola.

Así, por disposición judicial se estableció, por este caso, que la Ciudadanía costarricense no era renunciable, y por ello se permitía la doble nacionalidad para aquellos ciudadanos, que por diversas circunstancias tuvieran que adoptar otra nacionalidad junto a la costarricense.

De acuerdo con la Constitución Política ciudadano costarricense es el que nace en Costa Rica, derecho de ius solis, y el que nace en el extranjero por ser hijo de padre o madre costarricense, derecho de ius sanguinis.

Sin embargo, a los hijos de los costarricenses, en el extranjero, que no son inscritos antes de los 18 años en el Registro Civil, se les niega la nacionalidad que tienen por el ius sanguinis, que no es renunciable, que se arrastra y se tiene por toda la vida, y que permitiría que en cualquier momento ese costarricense, demostrando su raíz paterna o materna pudiera gestionar su nacionalidad costarricense. Tiene esto más fuerza que la renuncia y recuperación de la nacionalidad, como se estilaba antes, porque la renuncia es un acto de voluntad, mientras la nacionalidad es una consecuencia genética irrenunciable.

El mérito para distinguir a un ciudadano con este reconocimiento, Ciudadano de Honor, lo analiza la Asamblea Legislativa, lo que es finalmente una decisión política del Pueblo Soberano allí representado.

El principio general es que se otorga por servicios notables que se prestan a la República, o como ha venido sucediendo por la altas distinciones nacionales o internacionales del Homenajeado que se le reconocen.

La Asamblea Legislativa puede otorgar la Ciudadanía de Honor sin restricción de límite, mientras que para otras distinciones, como los Benemeritazgos de la Patria, solo puede otorgar una por Legislatura, lo que se ha roto, recientemente, por una reforma al Reglamento Legislativo, que por cascada, en abundancia, se han hecho Declaraciones de Benemeritazgos de la Patria, en un solo día, el 21 de julio pasado, a catorce mujeres, y el 11 de agosto se tramitaron otros reconocimientos, más por la necesidad de llenar el vacío de que pocas mujeres que tenían este reconocimiento.

Las recientemente declaradas Beneméritas son Yolanda Oreamuno Unger, Anna Gabriela Ross González, María Teresa Obregón Zamora, Ana Rosa Chacón González, Luisa González Gutiérrez, Mireya Barboza Mesén, Olga Espinach Fernández, Pacífica Fernández Oreamuno, Virginia Grütter Jiménez, Estela Quesada Hernández, Adelaida Chaverri Polini, Manuela Tattenbach Yglesias, Carmen Naranjo Coto y Emilia Prieto Tugores, todas ellas que destacan en la ciencia, la política, la salud, la poesía, el arte y el medio ambiente entre otros campos.

Hace pocas semanas se presentó, ante la Asamblea Legislativa, una propuesta de Declaración de Ciudadano de Honor, para el distinguido y reconocido escritor nicaragüense Sergio Ramírez Mercado.

El trámite que en la Comisión Permanente Especial de Honores, de la Asamblea Legislativa, debió ser secreto en su deliberación, que debía conocer los atestados, de manera confidencial, a favor como las facetas negativas que se consideraran en su contra, salió a la luz pública, por cuanto la Presidenta de esa Comisión Parlamentaria, que se integra de manera secreta por el Presidente Legislativo, hizo pública su oposición a este reconocimiento, opinando negativamente sobre unos pasajes de uno de sus libros, desatando con ello una polémica nacional sobre la validez de su distinción.

Recientemente la Academia Costarricense de la Lengua le ha declarado Miembro de Honor de la misma, y la Universidad Nacional, de Heredia, le ha otorgado el Doctorado Honoris Causa.

Sergio Ramírez es nicaragüense por nacimiento, pero ha vivido mucho tiempo, en distintos momentos de su vida, y por largas temporadas, en Costa Rica, que lo ha tenido como un hijo adoptivo, ligado por sus aportes a la cultura nacional, y desde aquí a la cultura centroamericana cuando estuvo ligado al Consejo Superior de las Universidades de Centro América, CSUCA, en la década de 1970, época en la que procreó tres hijos en Costa Rica, que por esa razón son costarricenses, derecho de ius solis, y que sería buen fundamento para que, por ese motivo, también se pueda acoger al trámite de la nacionalidad costarricense, como lo hacen inmensa cantidad de ciudadanos de Nicaragua y otros países, que al tener descendencia en el país, les facilita la adquisición de la nacionalidad costarricense.

Sergio Ramírez ha sido permanentemente nicaragüense por su propia voluntad, porque nació en Nicaragua, porque ama su país, su cultura, su Historia, porque se crio en Nicaragua, porque allí permanece su Biblioteca principal, que es como su alma, porque vivió y luchó en Nicaragua contra la dictadura de la Familia Somoza por procurar un país más digno, más democrático, más justo.

Sus vínculos afectivos con Costa Rica los tiene no solo por su convivencia con nosotros, por sus hijos nacidos en Costa Rica, por los trabajos realizados desde Costa Rica, sino también porque en la práctica Costa Rica ha sido su Patria adoptada, la tierra y la Nación que le produjo fuertes vínculos históricos, laborales, afectivos y jurídicos, porque se siente ligado al ser humano costarricense, porque se identifica y mimetiza con él, porque es tan costarricense como los que nacemos aquí, porque conoce la Historia costarricense como propia, porque su Humanidad a la par de nicaragüense, es costarricense, es centroamericana, como lo es también ciudadano del mundo, ciudadano Universal, por los reconocimientos internacionales que recibe y, por las protecciones que, igualmente, le brindan ante las amenazas que recibe del actual gobierno nicaragüense, que ponen en peligro su vida, su existencia, su palabra creadora con filo, su compromiso de seguir anhelando y luchando por una Patria nicaragüense democrática, no autoritaria, no dictatorial.

Desde Costa Rica también lo hizo en esa la década, 1970-1979, hasta el triunfo, en aquel año del Frente Sandinista de Liberación Nacional, del que formó parte del Gobierno inicial de la Revolución triunfante, permaneciendo en su Patria toda la década siguiente, contribuyendo en la lucha por afianzar el proceso revolucionario gestado en 1979 en el poder.

A Sergio Ramírez la Ciudadanía Honorífica, que se le pudiera dar por la Asamblea Legislativa, no lo va a hacer más costarricense de lo que ya es. Es Costa Rica la que se va a enriquecer con un Ciudadano y una persona como él que honrará a la Nación Costarricense por su creación literaria, por su reconocimiento y distinción internacional.

La Ciudadanía Honorífica para Sergio Ramírez va a contribuir a afirmar y afianzar más la identidad nacional costarricense, como sentimiento subjetivo que lleva Sergio Ramírez, en sus venas, en su corazón, en su pluma y lengua creadora, que le unen desde esas trincheras a nuestra Historia Cultural y Literaria, a nuestra esencia costarricense.

Sergio Ramírez con su Ciudadanía de Honor contribuirá al fortalecimiento del Estado y de la República de Costa Rica desde la Cultura.

Con la Ciudadanía de Honor a Sergio Ramírez también estaremos contribuyendo con el pueblo nicaragüense en las preservación de sus valores, de su lucha por la Libertad y la recuperación de la Democracia.

En 1855 el Presidente, y Padre de la Patria costarricense, Juan Rafael Mora Porras, ante la oprobiosa presencia del filibustero norteamericano William Walker en Nicaragua, quien quería esclavizar a los pueblos centroamericanos y anexarlos a los Estados Unidos, invitado por malos nicaragüenses que lo hicieron llegar a Nicaragua, y después allí establecido prácticamente por la fuerza, tomó, Juan Rafael Mora, la decisión de marchar sobre Nicaragua para liberarla, de asegurar su Libertad, Independencia y Soberanía, y también la de Costa Rica y la de Centroamérica, como finalmente se logró con la rendición de Walker el 1 de mayo de 1857, después de dos años de combates.

Hoy, de nuevo los costarricenses podemos contribuir con la Democracia en Nicaragua y en la región dándole la Ciudadanía de Honor a Sergio Ramírez, brindándole la Bandera Nacional como su manto protector ante la persecución internacional que el régimen de Daniel Ortega y de Rosario Murillo han desatado contra él, como uno de los símbolos de la resistencia intelectual, cultural y política, y de la lucha democrática nicaragüense.

La Ciudadanía de Honor para Sergio Ramírez lo distinguirá a él, ciertamente, pero también a los costarricenses que lo tendremos como un costarricense más que nos resaltará, honrará y distinguirá con su existencia, como un Hijo distinguido de la Patria costarricense.

La Asamblea Legislativa debe proceder con la Declaratoria de Ciudadano de Honor para Sergio Ramírez Mercado.

Los méritos literarios son bien reconocidos. Su obra de muchos libros tiene la calidad de los Premios internacionales que les han dado. Por ellos hasta el Premio Cervantes, considerado el más importante de la lengua castellana.

Su paso por la política nicaragüense también es bien conocida y destacada, desde la trinchera política, hasta el Gobierno y el Parlamento nicaragüense, pero también continuando en la oposición política, como dirigente político sandinista y fuera del sandinismo oficial. También ha sido editor profesor universitario, invitado de varias Universidades en diversos países, columnista regular destacado en muchos periódicos, escritor de novelas, cuentos, ensayos, de relatos, con obras literarias relacionadas directamente con Costa Rica, antologador del pensamiento del General de Hombres Libres, de Augusto César Sandino, publicada su antología en varios países.

No debe atrasarse su trámite ni dejarse para después del receso parlamentario, que, con motivo de las elecciones, se aproxima.

El proyecto de empleo público en el martirio de la cruz

Manuel Hernández

Esta semana, el Proyecto de Ley Marco de Empleo Público recibió dos certeros martillazos, que no le ayudan mucho a sostenerse en el madero.

A inicio de la semana, fue primero el acuerdo de la Corte Suprema de Justicia, que reiteró su oposición al proyecto, porque lesiona el principio de separación de poderes e independencia del Poder Judicial, y además, porque afecta el funcionamiento y organización de este poder de la República.

Ahora, a finales de la semana, este viernes, definitivamente, viernes negro para el proyecto, la Procuraduría General de la República rindió su opinión a la Asamblea Legislativa, sobre la última versión del texto que se le consultó.

De esta opinión, amerita destacar las consideraciones que contiene acerca de las modificaciones que incluyó el informe de la Comisión Permanente Especial de Consultas de Constitucionalidad de la Asamblea Legislativa, que no fueron objeto de pronunciamiento de la Sala Constitucional en el Voto N° 2021-017098-0007-CO.

La opinión de la Procuraduría señala –lo cual ya habíamos advertido- que hay dos aspectos que fueron modificados por esa Comisión, que en su oportunidad no se   consultaron al Tribunal Constitucional.

Por una parte, el informe de la Comisión, aprobado por el plenario, excluyó, ex oficio, al propio Poder Legislativo de la aplicación de varios artículos del proyecto.

Por otra parte, tratándose del salario global de los rectores de las universidades públicas, que la Sala estableció que es inconstitucional que el tope esté en función del salario del Presidente de la República, y lo fije la Autoridad Presupuestaria, el informe de la Comisión, motu proprio, extendió esa exclusión al Poder Legislativo, Poder Judicial, Tribunal Supremo de Elecciones e instituciones con autonomía de gobierno u organización (artículo 37).   

La opinión de ese órgano subraya que la Comisión de Asuntos de Constitucionalidad, como lo ha resuelto el Tribunal Constitucional “no puede variar lo que no ha sido objeto de pronunciamiento de este Tribunal” (Voto N° 12026-2010).

Asimismo, sostiene que la Comisión únicamente podía considerar los “efectos directos” que se derivan de la opinión de la Sala Constitucional, pero no incorporar aspectos novedosos, que no fueron consultados, “so pena de ser declarado como vicio de procedimiento.”

Al final, concluyó lo siguiente:

“De conformidad con lo expuesto, esta Procuraduría estima que el proyecto de ley consultado sigue presentando inconvenientes a nivel jurídico, incluso eventuales roces de constitucionalidad”.

Efectivamente, aunque no sólo por este motivo sustancial de procedimiento, porque también contiene vicios que alteran las reglas del sistema democrático y derrumban la Constitución Política, el controversial proyecto, como concluyó la Procuraduría, contiene graves vicios de constitucionalidad.

Ya habíamos comentado, en un artículo anterior, que la Comisión de Asuntos de Constitucionalidad se extralimitó, porque modificó a su arbitrio, varios artículos del proyecto, que no fueron objeto de pronunciamiento por la Sala Constitucional, incurriendo en una grave anomalía de procedimiento, lo cual viene a confirmar la Procuraduría General de la República.

Ahora, el proyecto, de nuevo, se vuelve a meter en un estrecho y difícil laberinto, que, parafraseando a Unamuno, tal vez sea su última agonía, y que, quien quita, podría ser la crónica de una muerte muy anunciada.

19/11/2021

Pago bisemanal en la CCSS -avance de la lucha

Desde el SINAE afines se ha desarrollado un proceso de defensa para mantener el pago bisemanal en las instituciones, esto vendría a beneficiar a todos/as los/as trabajadores/as de la CCSS. 

Con rigor técnico se han generado propuestas que han ayudado a concientizar y sensibilizar a las y los diputados/as en necesidad de la generación de un proyecto de ley que dispensa a la CCSS del pago mensual con adelantos quincenales, parte del trabajo y los logros alcanzados es que en este momento el proyecto de le 22667 se está dispensando de todo trámite legislativo, es decir, se le está aplicando la vía rápida por, por eso hacen un llamado a incidir para que en las próximas semanas ese proyecto sea aprobado.

Piden archivar expediente #22553 que afectaría a habitantes de las costas

Nosotros, los habitantes costeros de Costa Rica estaríamos en un gran problema si se aprobara la ley con el expediente# 22553. Si así fuera el caso, estaríamos amenazados por el desalojo ya que modifica la actual ley 6043 de la zona marítimo terrestre eliminando los artículos 8 y 69 de dicha ley.

Además, nos pondría a competir con los grandes inversionistas porque las municipalidades tendrían la potestad de entregar nuestras tierras al mejor postor en concurso público. Lo que en realidad necesitamos es el título de propiedad en la zona restringida para que la reactivación se haga efectiva.

Por favor apóyenos enviando esta petición a los diputados de la Asamblea Legislativa como ya lo hemos hecho muchos habitantes costeros, inclusive negándoles el voto a los partidos de los diputados proponentes de esta nefasta ley. 

En el enlace adjunto puede firmar la petición: https://www.change.org/p/comision-gobierno-asamblea-go-cr-archivar-expediente-22553

 

Compartido con SURCOS por Victoria Quirós.

Recurso de amparo contra la Corte Plena de la Corte Suprema de Justicia y la Asamblea Legislativa de Costa Rica

SURCOS comparte la siguiente información:

Carlos Campos Rojas, en la condición de Coordinador Nacional del Movimiento de Ciudadanía que Construye Territorios Seguros y en calidad de persona ciudadana responsable como lo establece el Art. 9 de la Constitución Política, interpuso un recurso de amparo contra el artículo 20 de la sesión No. 42-2021 de 11 de octubre del 2021, en el cual la Corte Plena escogió a los integrantes de la lista para optar por magistrados suplentes de la Sala Constitucional, obviando principios y derechos constitucionales de la ciudadanía.

De previo y por la índole del amparo que se presenta, al estar involucrados todos los magistrados titulares y la mayoría de los suplentes, se estima inevitable, que por primera vez en la historia de esa Sala Constitucional se cumpla con lo que dispone el precepto del numeral 32 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. De no hacerlo, estarían incurriendo en violación al principio de legalidad.

Para conocer más de este recurso de amparo, adjuntamos el documento oficial:

Compra de mármol vino con premio

Por Freddy Pacheco León

Los empresarios del mármol del municipio de Almería, en Andalucía, promocionan la venta del mármol de su región, premiando, por ejemplo, a personas y edificaciones latinoamericanos que consuman cantidades significativas de sus piedras. Este año le dieron ese reconocimiento al feo y muy problemático edificio de la Asamblea Legislativa, que parece un gran block de cemento olvidado por ahí, construido sin estudio de impacto ambiental. Los empresarios andaluces lo que premiaron fue «la superficie Dekton by Cosentino, nacida en la Comarca del Mármol de Macael, en su color Blanc Concrete», usado como «revestimiento de los cuatro pilares» del edificio. Obviamente, no se está premiando el anti diseño de ese edificio. Si no hubiesen importado esas piedras del sur de España, ¡jamás habrían considerado tal adefesio como premiable! ¡No coma cuento!

ACOJUD: persiste opacidad en selección de nómina para magistraturas suplentes

  • La Corte mantiene en secreto razones para conformar lista de postulantes recomendados para Sala IV

  • Asociación insiste en derecho de la ciudadanía a conocer motivos en ese tipo de decisiones

La Asociación Costarricense de la Judicatura (ACOJUD) sostiene que en el proceso de selección de las nóminas para recomendar a la Asamblea Legislativa los candidatos a magistraturas suplentes persiste la opacidad, pues la Corte Plena no hace públicos los criterios de la escogencia. Han sido reiterados los llamados a que estas escogencias se realicen en forma pública y motivada.

 Precisamente esa situación se presentó en la reciente selección de candidatos y candidata a las suplencias de la Sala Constitucional, en la cual la Corte excluyó de su nómina a postulantes recomendados por la propia Sala, luego de que ésta efectuó un proceso de escrutinio interno, en el cual se valoraron los atestados de las personas participantes, quienes además fueron entrevistadas por tres magistrados (as) En la votación realizada en Corte Plena, no solo no hay evidencia de las razones para excluir de la lista a quienes la Sala recomendó, sino que tampoco la hay sobre las justificaciones para incluir en dicho listado a otras personas postulantes no recomendadas. El voto sigue siendo secreto y no razonado.

 «Para nuestra Asociación, la aparente inexistencia o peor aún, el mantener en secreto esas razones violentan el principio de transparencia, mediante el cual se le garantiza a la ciudadanía que las personas escogidas son las idóneas, pues no hay explicación que le permita conocer los criterios utilizados para ratificar si las personas seleccionadas cumplen o no con los requisitos objetivos de idoneidad para conformar la lista de personas recomendadas a la Asamblea Legislativa», señaló Adriana Orocú, presidenta de ACOJUD.

Para la organización de la Judicatura, dicho método puesto en práctica por los magistrados y magistradas de la Corte Plena reafirma la opacidad persistente en los procesos de elección de las magistraturas suplentes, como en las titulares. La falta de transparencia en un tema tan importante no puede pasar desapercibido, ya que es una forma de debilitamiento institucional, que afecta no solo el funcionamiento del Poder Judicial, sino la credibilidad en el modelo democrático. De sobra conocida es la lucha que ACOJUD ha venido dando durante los últimos años con el fin de replantear todo el modelo actual de selección y elección de magistrados y magistradas, incluido como uno de los acuerdos del último Congreso Nacional de la Judicatura, por lo que la organización no claudicará en seguir promoviendo una reforma integral al sistema de elección, que reduzca al mínimo los actuales márgenes de subjetividad en dichos procesos. 

San José, 22 de octubre del 2021 

JUNTA DIRECTIVA NACIONAL DE ACOJUD

 

Compartido con SURCOS por Arturo Fournier.

Los Reconocimientos y Declaraciones Honoríficas Nacionales

Vladimir de la Cruz

La Asamblea Legislativa es el órgano institucional que puede declarar reconocimientos a ciudadanos, nacionales o extranjeros, o instituciones, que se denominan Honores.

Es facultativo, potestativo y exclusivo de la Asamblea Legislativa este tipo de reconocimientos, que una vez hechos no pueden ser revisados ni apelados. Se aprueban por simple mayoría, por votación de 29 diputados a favor del reconocimiento respectivo. Así está regulado en la Constitución Política y en el Reglamento Legislativo.

Al decretar estos Honores de los Benemeritazgos, que se hace a la memoria de las personas cuyas actuaciones eminentes, sobresalientes, se las reconoce como acreedoras a esas distinciones. También se hace a instituciones que hayan realizado o se le reconozca una destacada labor a favor del país, o de una proyección social o regional amplia cuando así se considera. Cuando se refiere a instituciones no es a clubes, ni a asociaciones o instituciones de barrio, o de pueblo, o ciertos tipos de instituciones demasiado precisas de una comunidad. En esto hay que tener cuidado, pero ocurrencias de diputados en ese sentido no faltan.

En los Benemeritazgos están de manera precisa el Benemeritazgo de las Ciencias, las Artes o las Letras Patrias, o el que la propia Asamblea establezca en esta distinción, como el que se acaba de reconocer para José Figueres Ferrer como Héroe de la Paz, y los Benemeritazgos de la Patria.

Esta categoría de Héroe de la Paz, o Benemeritazgo de la Paz, si se le pudiera llamar de esta manera, quedó abierto para otras personas que la Asamblea Legislativa pueda darle el reconocimiento de luchar contra el militarismo y el armamentismo, contra la guerra, que luche por la desmilitarización en general, por la producción y el control de armas, por la abolición de ejércitos, que son gestas indudablemente a favor de la Paz.

Los Benemeritazgos, en principio, solo pueden ser otorgados a personas con más de siete años de fallecidas. Sin embargo, muchos Benemeritazgos fueron otorgados en vida de los declarados Beneméritos. Se pueden dar en vida si lo llegare a estimar y aprobar la Asamblea Legislativa.

Entre los Honores que la Asamblea Legislativa puede reconocer está la Ciudadanía de Honor, que se hace por una valoración de servicios notables prestados a la República y por los reconocimientos de mérito que la propia Asamblea Legislativa haga de una persona extranjera a la que se le quiere distinguir con la Ciudadanía de Honor, por lo que también esa Declaración ennoblezca y exalte a Costa Rica, y proyecte positivamente al país.

La declaración de Ciudadano de Honor no tiene restricciones, y se puede hacer tanto a personas vivas como fallecidas, a nacionales y extranjeros.

En teoría la Comisión Permanente Especial de Honores de la Asamblea Legislativa trabaja en secreto, y su integración es igualmente secreta, de nombramiento potestativo del presidente de la Asamblea Legislativa, cada primero de mayo. Esta particularidad es para evitar presiones a favor o en contra de quienes se estudian para dichos reconocimientos.

La Comisión de Honores puede hacer consultas, llamando expertos o conocedores de las personas o instituciones, en proceso de estudio, para enriquecer el trabajo de la Comisión de Honores, sobre los méritos que justifiquen el reconocimiento que se proponga y las opiniones negativas que igualmente se hagan, todo esto como informes confidenciales.

Hecha la propuesta por la Comisión de Honores al Plenario Legislativo, su discusión es secreta, y su votación se decide por simple mayoría, 29 votos a favor, sin recurso de revisión ni apelación alguna. El resultado de la votación se anuncia como Declaración aprobada o rechazada.

Es de mala leche que miembros de la Comisión de Nombramientos hagan públicas sus discusiones, o desavenencias, con lo que se va resolviendo en la Comisión, con el ánimo de presionar, con opinión pública, o desde la opinión pública y los medios de comunicación, a sus compañeros de Comisión, y de influir para que se presione en tal o cual dirección lo que se discute en la Comisión. Esa discusión se puede dejar para cuando el expediente con el Informe positivo de la Comisión vaya al Plenario Legislativo, donde adquiere publicidad el posible homenajeado.

Si en la Comisión se rechaza un Homenaje de estos no se pasa el expediente al Plenario Legislativo, igual que como se hace con los proyectos de ley que se rechazan en comisiones y se envían al archivo.

En la práctica legislativa, y por regulaciones establecidas, los Benemeritazgos no deben darse más de cinco, en cada categoría que se reconozca, por cada período constitucional, por cada Legislatura. En el caso de las Ciudadanías de Honor pueden darse sin límite.

Recientemente se han venido haciendo estas distinciones en cascada, a montones, posiblemente para destacar algo de actual Gobierno de la República, y con motivo del Bicentenario, hacer reconocimientos a mujeres, para mejorar y elevar la cantidad de ellas con relación a los Benemeritazgos masculinos que eran y siguen siendo dominantes.

Desde 1966 se estableció en la Asamblea Legislativa un Salón especial dedicado a estos reconocimientos, como digno homenaje a los ciudadanos e instituciones que hubieran recibido estos homenajes de la Patria, otorgados por la Asamblea Legislativa.

Estas distinciones también se dan o realizan en muchos países, entre ellos, en América Latina, México, Argentina, Chile, Colombia, Perú, Bolivia, Guatemala, Paraguay.

Los Reconocimientos y Honores que la Asamblea Legislativa hace son en las siguientes categorías:

Benemeritazgos en Artes Patrias, Ciencia y Tecnología, Cultura y Arte, Educación, Enseñanza, Letras Patrias, Defensores de la Libertad, Ciudadanos de Honor, Instituciones Beneméritas

También el de Ciudadanos Esclarecidos. Este reconocimiento se le dio al Juan José Flores, que fue presidente de Ecuador, quien no aceptó este reconocimiento.

Los Benemeritazgos se han hecho a jefes de Estado, presidentes de la República, clérigos, Obispos, arzobispos, diplomáticos, historiadores, médicos, científicos, abogados y juristas, políticos, educadores, escritores, economistas, pensadores o filósofos, Primeras Damas de la República, compositores de Música, poetas, pioneros en algún campo, reconocidos líderes sindicales, feministas y regionales, ingenieros, empresarios, artistas.

Dentro de estos Benemeritazgos destacan dos con referencia a la actividad militar, el de Gregorio José Ramírez, líder de proceso de la Independencia que se le reconoce como comandante General de las Armas a Gregorio, y el de Jorge Volio Jiménez, en el que se le menciona como militar que no fue su oficio. Si por esto fuera es importante destacar que este tipo de reconocimientos no se ha hecho históricamente a militares, valorando su función, lo que refuerza, desde el siglo XIX las tendencias civilistas del Estado y la sociedad costarricense.

En el campo de los Benemeritazgos hay una categoría extraña establecida, que se arrastra parlamentariamente, que la llaman “Beneméritos no reconocidos”, que debería modificarse, y a las dos personas que allí están se le coloque en la categoría de Beneméritos. Aquí se encuentran dos personajes asociados a los días de la Independencia, Rafael Francisco Osejo y José María de Peralta y La Vega, que merecen el título de Beneméritos, no el título extraño de “Beneméritos no reconocidos”. ¿Son o no son Beneméritos?

A propósito de la Independencia y de la celebración del Bicentenario se deberían considerar algunas de las personas que jugaron un papel muy importante, de nuestros Próceres, en aquel proceso y en la Declaración de Independencia de Costa Rica, del Acta del 29 de octubre de 1821, cuyo Bicentenario está por celebrarse en pocos días, entre ellos Pablo Alvarado Bonilla, quien produjo, lo que podríamos llamar el primer grito de independencia el 15 de setiembre de 1808, lo que lo llevó a la prisión en Guatemala, donde estudiaba Medicina, y quien también preparó las bases de la Primera Constitución Política de Costa Rica, la del Pacto Social Fundamental Interino de Costa Rica, o Pacto de Concordia, del 1 de diciembre de 1821.

Igual procede la Asamblea Legislativa con el establecimiento de los llamados Símbolos Nacionales. Estos símbolos podemos distinguirlos entre Símbolos Nacionales Mayores y Símbolos Nacionales Menores.

Los Símbolos Mayores son los correspondientes a La Bandera Nacional, el Escudo Nacional, El Pabellón Nacional, El Himno Nacional, en su Música y Letra. Estos son los Símbolos que nos identifican como nación, como pueblo, como Estado y República. Son los que representan la esencia de la nacionalidad costarricense, que en su dimensión cubren y protegen a todo el territorio nacional y a toda su ciudadanía y habitantes. Son a la vez una síntesis de la Historia Nacional, la Independencia, la Libertad y la Soberanía Nacional, que expresan también la unidad del pueblo costarricense, su destino común y su afirmación de La Libertad.

Los Símbolos Menores son aquellos que destacan alguna particularidad de nuestra cultura, nuestra geografía, nuestra orografía, nuestra flora y fauna, nuestra biodiversidad.

En estos Símbolos Menores hay una tendencia, también, a la declaración en cascada de ellos.

En estos actos legislativos hay que tener cuidado, para no “charralear” las declaraciones y reconocimientos que de este tipo realiza la Asamblea Legislativa, que no deben obedecer solo a ocurrencias de legisladores. Por su especificidad deben ser bien estudiados, meditados y analizados para que su Declaración corresponda a una real necesidad y distinción.

Costa Rica se dirige a unas elecciones con 27 candidatos a la presidencia

El número sin precedentes de postulantes pone en evidencia la falta de liderazgos y de capacidad de diálogo político en el país tras la ruptura del bipartidismo.

Fernando Francia

A cuatro meses de las elecciones, son 27 las candidaturas a ocupar la silla presidencial que deberá dejar Carlos Alvarado, el presidente de Costa Rica, en 2022. Nunca habían sido tantos los candidatos confirmados por sus respectivas agrupaciones políticas en asambleas partidarias. Durante este mes tendrán que inscribirse ante el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), el ente regulador del proceso.

El miércoles comenzó de manera oficial la campaña electoral, que terminará el domingo 6 de febrero, cuando los costarricenses elijan una de las opciones o pospongan la decisión para una segunda vuelta, dos meses después.

Para el TSE la amplia lista de candidaturas es un símbolo de fortaleza democrática, aunque ya está generando trabajo adicional de fiscalización de actividades partidarias y de confección de una papeleta electoral más grande que la habitual para que quepan todas.

El banderazo inicial de la campaña lo señala el tradicional acto simbólico de la transferencia del mando de la Fuerza Pública del Poder Ejecutivo al TSE, con el que se busca garantizar la no injerencia del gobierno actual sobre el proceso electoral. En ese acto oficial, el 6 de octubre, el presidente del tribunal, Luis Antonio Sobrado, señaló que la libertad de elegir y la democracia son “nuestro acuerdo en medio de nuestros desacuerdos”. Pero esta elección no será sencilla para las más de tres millones y medio de personas que estarán convocadas a las urnas, porque la amplitud de la oferta electoral implica la consecuente dificultad de acceso a la información sobre todos los partidos en pugna.

Según Gustavo Román, asesor político y vocero del TSE, la sobreoferta electoral es un síntoma de la fortaleza de la democracia y al mismo tiempo de debilidad del sistema de partidos políticos. Lo primero, porque “evidencia que la participación político-electoral sigue siendo vista como una opción por personas con distintas sensibilidades políticas en el país”, dijo a la diaria.

Asimismo, la debilidad consiste en que la facilidad de inscripción de partidos políticos hace que muchos de estos sean un vehículo para aspiraciones personales. “Es evidente que detrás de muchos de estos nuevos partidos lo que hay son liderazgos de partidos políticos anteriores, liderazgos que, al no prosperar sus ambiciones o propósitos dentro de estructuras políticas más establecidas o antiguas, simplemente, sin ninguna dificultad, han inscrito sus proyectos dentro de esas otras estructuras político-partidarias”, dijo el vocero del TSE.

Desde finales del siglo pasado hasta la actualidad, la cantidad de partidos que compiten en procesos electorales ha aumentado enormemente en Costa Rica. De siete candidaturas en 1994 se pasó a 13 en 1998, 2002, 2014 y 2018. Hubo nueve en 2010 y en 2006 se marcó un récord de 14 postulantes. Este 2022 podrán ser hasta 27 los rostros y las banderas impresos en una misma hoja que la ciudadanía deberá marcar con su preferencia.

En opinión del politólogo Rotsay Rosales, eso es reflejo de la “sociedad compleja y plural que somos”. Opinó que “la participación de más actores y de más ciudadanías en el proceso favorece la legitimidad de quienes son representantes”. Sin embargo, para el politólogo, que ha estudiado a fondo el sistema de partidos políticos costarricense, la proliferación de partidos es también producto de “la relación problemática que desde hace varios años vivimos en el país entre ciudadanías y representación formal”. Señaló que “en la actualidad hay una depreciación en la ciudadanía de lo que ofrecen los partidos políticos, y estos no dejan de crecer en cantidad, pensando que con mayor oferta ganarán más simpatía”.

Todo esto, según Rosales, ocurrió tras la disolución del bipartidismo, proceso que comenzó en los años 90 y se consolidó con la llegada al poder en 2018 de un tercer partido, fuera de los llamados tradicionales. “Parafraseando a Gramsci, lo viejo pareciera que no termina de irse y lo nuevo no termina de consolidarse”, concluyó.

El politólogo Rubén Rojas señala la inconformidad de los votantes con los partidos políticos. “La mayoría de la ciudadanía siente que los partidos no han podido llevar su sentir a la Asamblea Legislativa o al gobierno y no han solventado sus demandas o necesidades con su actividad, y entonces se vuelca a la búsqueda de partidos políticos nuevos”.

Sin embargo, pese a esa proliferación, las soluciones no llegan. En general, porque los partidos están cooptados o dominados por fuerzas de poder económicas o políticas de élite y los partidos cambian liderazgos, pero mantienen su elitismo, explicó Rojas. “Ya no tenemos la cohesión que giraba en torno a dos partidos tradicionales en el bipartidismo, sino que, más bien, las personas comenzaron a determinar sus preferencias políticas a partir de elementos coyunturales o de representación de sus propios intereses, cambiando la tradición familiar partidaria anterior”, agregó.

Rojas cree que la existencia en sí de muchos partidos políticos no necesariamente es un síntoma de una democracia estable o madura.

A eso se refiere también la uruguaya radicada en Costa Rica Juliana Martínez, experta en políticas públicas. “El problema no es tanto el número como el tipo de partidos políticos. Las democracias necesitan de más partidos políticos programáticos –sean de centro, de derecha o de izquierda–, partidos consistentes y predecibles en su postura sobre los principales asuntos”, señaló en Twitter ante la discusión pública sobre el número de candidaturas.

Martínez dijo luego a la diaria que “la fragmentación del sistema de partidos no da calidad en la representación política, que es, a su vez, un ingrediente de la calidad de la democracia”. Como ejemplo de una situación de ese tipo en Centroamérica mencionó el de Guatemala, “donde una misma persona [el presidente actual, Alejandro Giammattei] compitió cuatro veces por la presidencia, todas a nombre de partidos políticos distintos”.

La experta en políticas públicas señaló que “una democracia fuerte necesita de partidos políticos que tengan programas claros, consistentes, que sean luego orientaciones efectivas en su ejercicio político”, y dijo que “eso sólo pasa en partidos programáticos, y difícilmente un país tenga 27 de esos”.

Los especialistas también coincidieron en que la falta de diálogo y de liderazgos hace mella en la integración de los partidos políticos, ya que dirigentes que no alcanzan sus aspiraciones personales prefieren crear una nueva estructura partidaria y buscar una oportunidad de candidatearse. De los actuales 27 aspirantes, 11 han cambiado de divisa partidaria.

El sistema electoral permite a los aspirantes a la presidencia postularse también a una diputación, lo cual es aprovechado por los partidos para que la visibilidad que puedan alcanzar en una campaña presidencial redunde en la obtención, al menos, de uno de los 57 escaños en la unicameral Asamblea Legislativa de Costa Rica.

A todas esas consideraciones políticas y organizativas se unen las dificultades de acceso a la información sobre los partidos por parte de la ciudadanía y al acceso a la financiación de las agrupaciones partidarias para enfrentar una nueva elección.

El Estado costarricense reconoce los gastos de campaña de los partidos que alcancen 4% de votos en la elección presidencial o que obtengan, al menos, un diputado. Este umbral lo han conseguido menos de diez agrupaciones en los procesos recientes.

El gran desafío para los partidos minoritarios es hacerse ver entre tantos rostros y tantas banderas que aparecerán en los medios, las redes sociales y en la propia papeleta electoral el 6 de febrero de 2022.

 

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Foto: UCR.

Hacia el primer domingo de febrero

Vladimir de la Cruz

Este 6 de octubre, el Tribunal Supremo de Elecciones dio el pitazo de salida hacia las elecciones que se harán el primer domingo de febrero próximo. Hasta el 22 de octubre próximo tienen los partidos políticos tiempo para terminar sus procesos internos y presentar oficialmente sus candidaturas a Presidente, Vicepresidentes y a Diputados.

A partir de ese 6 de octubre, igualmente, toda la Fuerza Pública del país queda supeditada al mando del Tribunal Supremo de Elecciones. Creo no exagerar al resaltar que este acto es único en el mundo, que es una de las fortalezas y distinciones de la Democracia costarricense como sistema político y electoral de vida. Ningún país entrega sus fuerzas policiales, armadas o militares, durante el tiempo de un proceso electoral, casi siete meses, que puede prolongarse hasta el primer domingo de abril, si hubiera segunda ronda electoral.

De igual manera, el día de votaciones, ningún efectivo de la Fuerza Pública o de la Policía puede entrar o presentarse a votar armado, o con las armas oficiales que debe portar. Entran al recinto electoral desarmados. En países vecinos y del continente esto es absolutamente infrecuente, impensable. En muchos de esos países son los mismos uniformados del Ejército, y los cuerpos militares, los que prácticamente “cuidan” los procesos electorales, y en no pocos casos se quedan con las urnas electorales y los resultados.

Al escribir esta columna no tengo los datos finales de cuántos partidos políticos han terminado exitosamente sus procesos de inscripción definitivos, y cuántos tienen asuntos pendientes con el Tribunal Supremo de Elecciones, de que les aprueben sus trámites. Pero andan en una suma superior a los 20 partidos políticos nacionales y otro tanto de partidos provinciales.

El Tribunal Supremo de Elecciones sin lugar a dudas desempeña una encomiable y excelente labor en la parte organizativa del proceso electoral, en la confianza que se deposita en él, en la certeza y seguridad que produce el sistema electoral con los partidos que participan en las elecciones, en la hechura de la papelería que se usa el día de las elecciones, en la distribución de las mismas desde varios días antes a los miembros de las Juntas Electorales, y en su recolección. Del mismo modo como ha ido perfeccionando sus sistemas de conteo de votos de manera que el mismo día de las elecciones a las 9 de la noche prácticamente ya hay un primer resultado, no definitivo oficialmente, de quién puede ser el ganador o de quienes pueden ir a una segunda vuelta, así de cómo se configurará la próxima Asamblea Legislativa.

Lo que el Tribunal Supremo de Elecciones está fallando, fardo que arrastra de su historia electoral, es que no ayuda en el buen sentido a la participación electoral partidaria. Hace todo lo que puede no para que los ciudadanos puedan inscribir partidos, sino para ponerles obstáculos de inscripción, algunos totalmente absurdos, como se ha visto en este período de Pandemia.

El Tribunal Supremo de Elecciones debería contribuir a llevar de la mano a los ciudadanos para que puedan ver cristalizados sus procesos de inscripción partidaria. Es tan burocrática esa acción del Tribunal que hace que algunos de sus funcionarios y funcionarias, a cargo de esta tarea, actúen de una manera autoritaria, despótica, de tipo fascista, contra los partidos y sus procesos de inscripción poniéndoles trabas, anulándoles asambleas, obligándolos a repetirlas absurdamente, estableciéndoles el cumplimiento de requisitos que aunque estén en sus vetustos Estatutos partidarios, el Código Electoral, norma suprema los ha eliminado, lo que tácitamente significa que también los borró de esos Estatutos, sin embargo les obligan a aplicar los Estatutos y no el Código, en lo que los beneficia, creando también una desigualdad real de aplicación de una Ley que es para todos.

De esa manera, este accionar, de esos funcionarios y funcionarias, pareciera favorecer, con esos actos, a los grandes y tradicionales partidos. Eso sí es una cochinilla, o mejor dicho una gran cochinada que todavía se hace en el Tribunal Supremo de Elecciones.

Si la cochinilla no estuviera concentrada en asuntos de obras públicas bien podría pensarse que alguna cochinilla, y no solo de dádivas económicas, de comidas, de hoteles, o de favores sexuales, sino ideológicas, o de persecución política, o antipatía personal contra algunos posibles candidatos, podría haber en esos empleados y empleadas ensañados y empeñados en impedir la inscripción de partidos, o de anular sus inscripciones, cuando en buena filosofía democrática, y de la mayor participación ciudadana, deberían estimular la inscripción de partidos, sin importar su número.

Hoy no hay restricciones ni impedimentos constitucionales o legales para la inscripción de partidos, por razones ideológicas o políticas, como existieron con el Decreto No. 105 de la Junta de Gobierno y el Segundo párrafo del Ar. 98 de la Constitución, párrafo vigente hasta 1975, que el Tribunal solo lo aplicaba a la siniestra sin ningún miramiento, con solo olfatear o suponer algo de izquierda, por la sola firma de quienes solicitaban una inscripción partidaria, o por pertenecer a los órganos constitutivos de esos partidos que les aplicaban esas normas.

En esos años no había mucha distinción entre el dominio que se ejercía, desde partidos políticos gobernantes, o desde gobiernos, sobre los magistrados, como se hace actualmente en Nicaragua o en Venezuela.

Lamentablemente siguen existiendo rémoras institucionales, para mí, de corte fascista, en algunos funcionarios, que me imagino actúan al margen y sin directrices de los Magistrados electorales, en esas actitudes negativas, poco estimulantes para la participación más amplia electoral.

Aparte de este hedor que me provocan esos actos de esos funcionarios, de menor escala, pero con fuerte poder anulatorio de procesos de inscripción de partidos, saludo la apertura del proceso electoral.

Nos queda a los ciudadanos exigirle, en esta campaña electoral, a los candidatos presidenciales y a sus diputados, como a los partidos políticos, que nos digan cuáles van a ser, por lo menos, sus primeros cinco Proyectos de Ley y sus primeros cinco Decretos Ejecutivos, a partir del 1 de mayo y del 8 de mayo próximo, de los diputados y del próximo presidente. Esto por cuanto todo lo que ofrezcan en la campaña electoral, en discursos y programas, tienen oportunidad de traducirlo desde el primer día que asuman su puestos, el 1 o el 8 de mayo, los diputados y el Presidente, en Proyectos de Ley o en Decretos Ejecutivos. Si esto lo cumplieran empezarán a contribuir para restituir confianza en la Política, en los Políticos, en los Gobernantes, en el Presidente, en los Diputados y en los Partidos políticos… Ya sería algo.