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Etiqueta: Asamblea Legislativa

El proyecto Ley Marco de Empleo Público violenta la opinión consultiva de la CORTEIDH OC-27/21

Manuel Hernández

A finales de julio de 2019, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, con fundamento en el artículo 64.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, solicitó a la Corte Interamericana (CORTEIDH), una opinión consultiva acerca del alcance de las obligaciones de los Estados, en el sistema interamericano, sobre las garantías de libertad sindical, su relación con otros derechos y su aplicación desde una perspectiva de género.

La CORTEIDH admitió la solicitud, la audiencia se realizó en julio del año pasado y la cuestión se deliberó a finales de abril de este año.

1.- La Opinión Consultiva OC-27/21 en materia de negociación colectiva en la función pública

La Opinión de la CORTEIDH aborda ampliamente los asuntos que fueron debatidos, haciendo un examen acerca de las obligaciones que tienen los Estados en materia de Libertad Sindical, comprendiendo el derecho de asociación sindical, negociación colectiva, huelga, su relación con los derechos de libertad de expresión, reunión y el derecho al trabajo en condiciones justas, equitativas y satisfactorias, además, con una perspectiva de género.

Tendremos tiempo de realizar un profundo análisis de este importante pronunciamiento, pero, por ahora, sólo por una cuestión de oportunidad y sentido de urgencia, de frente al trámite del proyecto de Ley Marco de Empleo Público, me interesa comentar, de manera muy breve, las observaciones de la CORTEIDH, sobre el derecho de negociación colectiva, particularmente en la Administración Pública.

La Opinión recuerda que el derecho de negociación colectiva está contemplado en los Convenios N° 98 y 154 OIT, destacando que está reconocido “de forma específica a favor de las organizaciones de trabajadores y la administración pública en el Convenio 151 de la OIT.”

Después de un repaso de estos instrumentos internacionales, que forman parte del corpus iuris del derecho internacional del trabajo, la Corte comenta “que el derecho a la negociación colectiva constituye un componente esencial de la libertad sindical, en tanto comprende los medios necesarios para que los trabajadores y trabajadoras se encuentren en condiciones de defender y promover sus intereses”.

El Tribunal acotó que “la intervención del Estado para limitar la negociación colectiva violenta el derecho de las organizaciones de organizar sus actividades y formular su programa.”

Particularmente, en lo concerniente al derecho de negociación colectiva en la Administración Pública, la CORTEIDH determinó “que el Estado debe dar prioridad a la negociación colectiva como medio para solucionar conflictos respecto de la determinación de condiciones de empleo en la administración pública”, destacando que las organizaciones de los y las trabajadoras deben participar “plenamente y de manera significativa en la determinación de las negociaciones.”

Y luego puntualmente, refiriéndose a las remuneraciones de los funcionarios públicos, advirtió, que en contextos de estabilización económica, los Estados “deben (…) privilegiar la negociación colectiva para regular las condiciones de trabajo de sus funcionarios, en lugar de promulgar unas leyes que limiten los salarios en el sector público.”

Así fuera de clara y contunde fue la Opinión de la Corte, la cual tiene una significativa importancia de cara a la suerte del Proyecto de Ley Marco de Empleo Público.

2.- El Proyecto de empleo público violenta la Opinión Consultiva

Desde luego que este pronunciamiento viene como anillo al dedo, a propósito de las impresentables disposiciones del Proyecto de Ley Marco de Empleo Público, aprobado en primer debate y que fue a consultado a la Sala Constitucional.

Por contrario, a este pronunciamiento de la CORTEIDH, este proyecto de ley, en lugar de fomentar y privilegiar la negociación colectiva en la Administración Pública, como lo subrayó la Opinión Consultiva, por una parte, prohibió, de manera tácita, la negociación de un conjunto de componentes de la relación de empleo: el reclutamiento, la selección de personal, los concursos, la evaluación de desempeño; materias que quedan sustraídas del ámbito de la negociación colectiva y sometidas a la regulación totalitaria del emergente Leviatán: MIDEPLAN.

Por otra parte, el proyecto prohibió, de manera expresa, la negociación colectiva de las remuneraciones, incentivos, sobresueldos y cualquier gasto que comprometa los recursos de los Presupuestos del Estado o las instituciones públicas.

El proyecto de ley no solo limita las remuneraciones de los y las funcionarias públicas, cómo lo reprendió la Opinión Consultiva, sino que, además, contiene una política extrema de devaluación de las remuneraciones, que se mantendrán estancadas durante muchos años, en un horizonte temporal a largo plazo.

Este prolongando estancamiento de los salarios, se producirá a raíz de la potente y perversa combinación de dos herramientas normativas: por un lado, el salario único global, los transitorios XI y XII y la prohibición de la negociación colectiva, impuestos en el proyecto, y por otro lado, la aplicación de la regla fiscal extraordinaria, contemplada en el artículo 11.d) de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.

Esta regulación heterónoma y autoritaria, deja en un encierro a los sindicatos y enerva el derecho de negociación colectiva en la función pública, a contrapelo de esta Opinión Consultiva de la CORTEIDH.

Los magistrados y magistradas de la Sala Constitucional, no pueden dejar pasar inadvertida esta Opinión Consultiva del Tribunal del sistema interamericano de derechos humanos, que viene a configurar parte del bloque de juridicidad y convencionalidad aplicable, la cual precisa las obligaciones preceptivas que tienen los Estados en materia de Libertad Sindical, de cuyas obligaciones el Estado costarricense no se puede sustraer de su estricto cumplimiento.

20/07/2021

Sigue manipulación política de altos tribunales – Renuncia candidata mejor calificada

SURCOS comparte la carta de renuncia a su candidatura a la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia de la doctora en derecho Patricia Vargas González, la mejor calificada en el concurso. Ante la confesión de que hay razones políticas para no elegirla por encima de los merecimientos, la jurista deja el concurso. Varios organismos como el Foro de Justicia y otros sectores han venido denunciando las imposiciones políticas a la hora de elegir magistraturas.

Esta es la carta de la doctora Vargas González:

“19 de julio de 2021

Señora Silvia Hernández Sánchez
Presidenta de la Asamblea Legislativa
Estimada señora:

Reciba un cordial saludo. Con estupor el día de hoy, a través del diario La Nación, en noticia titulada “Diputados bloquean a candidatos mejor calificados para máximo tribunal penal” me he enterado que la mayoría de diputados y diputadas de la Asamblea Legislativa, en palabras del señor diputado Jorge Luis Fonseca, tiene reservas en cuanto a mi persona porque soy “conocida” de don José Manuel Arroyo Gutiérrez.

Según la noticia, con pesar el señor Fonseca indicó que pese a mis calificaciones (la más alta de este concurso) ha prevalecido el criterio político pues la mayor parte de sus compañeros y compañeras diputadas me “cobran” la cercanía con el señor Arroyo Gutiérrez.

Además de agradecer al diputado Fonseca el haber transparentado la situación, de mi parte solo puedo indicar lo siguiente:

Durante alrededor de ocho años fui letrada de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia y en tal condición conocí a don José Manuel Arroyo Gutiérrez, quien fue presidente de ese tribunal y vicepresidente de la Corte Suprema de Justicia. Trabajé con él como letrada, como también lo hice con muchos otros magistrados y magistradas, incluso antes de la llegada del señor Arroyo Gutiérrez a ese despacho, por ejemplo, con don Daniel González Álvarez, don Mario Houed Vega, o don Alfonso Chaves Ramírez (q.D.g.). Me parece simplemente atroz que no sean mis atestados, mi formación académica o profesional, mi honradez o mi trabajo lo que determine si soy apta o no para el puesto que he concursado, sino el hecho de haber trabajado con alguien que no es del agrado de los y las diputadas por razones que no me atañen de ninguna manera.

Esta es la quinta vez que en esta legislatura someto mi nombre a consideración del congreso para el cargo de magistrada: una vez para ocupar una plaza como propietaria de la Sala Constitucional; tres para hacerlo como propietaria de la Sala Tercera y ahora para ocupar el cargo de magistrada suplente del órgano de casación, siempre obteniendo en la evaluación de atestados la calificación más alta. Entiendo perfectamente que la selección de magistraturas tiene un componente político pues son los diputados quienes eligen y está bien que sea de esa manera. Sin embargo, es lamentable que, dada la opacidad del proceso, se permita la entrada de especulaciones que no tienen nada que ver con las condiciones de las personas candidatas para desempeñar el cargo y sobre las cuales estas ni son interrogadas, ni se les permite dar explicaciones, bastando lo anterior para ser descalificadas.

Respeto profundamente a las personas que han concursado también y han sido seleccionadas. No obstante, luego de estas cinco experiencias y de lo expuesto tanto por el diputado Fonseca como por el diputado Pablo Heriberto Abarca (quien en la nota periodística en cuestión afirmó, sin dar razones, que yo “no tengo ambiente”) concluyo que en mi caso han sido aspectos ajenos a mí los que han sido tomados en cuenta. De nuevo, no tener la confianza del parlamento por “la cercanía” a un exmagistrado —como si yo no fuese una persona que se ha formado durante décadas para desempeñar un cargo; que ha dado muestras de independencia en lo personal y en lo laboral y que ha tenido (para aquellos diputados y diputadas a quienes les preocupa esto solamente) cercanía, como letrada, con otros magistrados y magistradas además del señor Arroyo Gutiérrez— es inaceptable desde todo punto de vista.

Así las cosas, una vez alcanzada la certeza de que mantener mi nombre para las próximas designaciones de magistrados y magistradas suplentes de la Sala Tercera que tiene pendiente de realizar esta Asamblea Legislativa carece de todo sentido y supone legitimar un trámite que es imperativo corregir, con todo respeto le pido ser excluida del concurso que está en marcha.

Mantengo la esperanza, eso sí, de que en un futuro próximo la Asamblea Legislativa y sus miembros puedan avanzar hacia un proceso de selección del gobierno judicial que esté sometido a los más altos estándares de objetividad, transparencia y escrutinio público.

Cordialmente,
Dra. Patricia Vargas González”

ASDEICE presente en la lucha contra proyecto de empleo público

El anterior martes 15 de junio, ASDEICE participó en una jornada más contra el nefasto proyecto de Ley Marco de Empleo Público (expediente 21.336). En esta oportunidad, expresamos nuestra oposición; junto a delegaciones de agricultores, trabajadores de la salud, pescadores, empleados municipales y repartidores de plataformas. Esto frente al costado sur de la Asamblea Legislativa, pero también en las barras del plenario.

La jornada formó parte de las decenas de actividades de calle, sostenidas en el tiempo, en la que ASDEICE en distintas fechas ha participado junto a otros sectores: frente al edificio del ICE, en la Plaza de la Justicia, en los barrios sur de la capital, en una serie de puntos regionales, en sedes de partidos políticos con bancada legislativa, en Paseo Colón, frente al Ministerio de Hacienda o la Asamblea Legislativa o Casa presidencial; por mencionar algunos ejemplos.

Dichas actividades han formado parte de un plan de lucha que ha incluido acciones de calle, pero también enlaces intersectoriales, reuniones con diputados, videos informativos e incluso acciones legales contra la arbitraria ley anti huelgas (9808) para potenciar la lucha, como lo es coadyuvancia activa de primer nivel, ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, presentada por ASDEICE y orientada a acuerpar con argumentos contundentes, la acción de inconstitucionalidad presentada por ANEP, que dicho tribunal constitucional actualmente tiene en valoración y que en horas recientes, está teniendo los efectos deseados, en los procedimientos arbitrarios que la legislación dio a la Sala Segunda para calificar de forma expedita las huelgas como ilegales.

La lucha contra el proyecto de ley de empleo público, está próxima a cumplir una de sus etapas, pero no la fase final.

Desde ya estamos preparando las acciones de diversa índole para las fases venideras. Llamamos a la familia Iceísta en cada centro de trabajo, a mantenerse atentos al llamado de ASDEICE. Seguiremos informando.

La Asamblea de Asambleas: Utopía Necesaria

Esteban Beltrán Ulate
beltrandeheredia@yandex.com

El artículo 105 de nuestra Constitución Política indica “La potestad de legislar residen en el pueblo, el cual la delega en la asamblea legislativa…”. Una sentencia que debe tener múltiples posibilidades de reflexión, pero que quisiera, inspirado en el título del presente texto, dirigirlo hacia una reflexión sobre el mecanismo de elección de las y los votantes, así como las potestades con las que se envisten las y los servidores del pueblo. Uno de los grandes problemas que se revelan es el abismo que crece entre las y los legisladores y el pueblo que delega. Es un abismo bilateral, por un lado, la falta de vínculo de algunas diputaciones con la base provincial que les brindaron el respectivo aval mediante voto popular para asumir las 24 atribuciones exclusivas que le compele nuestra carta magna -en el capítulo II del Título IX-, por otro lado, el desconocimiento de muchas y muchos votantes respecto a los legisladores que le representan según su provincia.

Es claro, nuestro sistema democrático, que muchos respetamos y valoramos -por lo que puede llegar a ser-, cuenta con una serie de características que imposibilitan una democracia profunda, parece que en la dinámica democrática actual algunos son elegidos y otros son para elegir, una clara visión piramidal del “ejercicio de poder”. Esta falta de madurez ciudadana, esta ausencia de mayoría de edad ciudadana, propiciada por una insuficiente formación en educación política, desencadena una visión de democracia reducida al acto de efímero voto, una clara cosificación del acto. Esta cosificación de la democracia, en el marco de una sociedad cuyo sentido común descansa en una concepción mercantil de la vida, se configura en plataforma para una política al servicio de la mercancía, donde “las y los ungidos para el ostentar el poder” se tienen que “vender” como “productos de mercado” con el objetivo de satisfacer la “demanda” de un pueblo (con minúscula) que resulta simple “consumidor”, pues en una truncada democracia “unos son elegidos y otros para elegir… unos son mercancía y otros consumidores”.

La salida de esta dinámica-bucle es compleja, y no puede derivar de las prácticas tradicionales, la solución pasa la radicalización de la democracia, por una acción posabismal (de abajo hacia arriba para modificar la orientación, para la concreción de un modelo horizontal y no vertical), que deviene del Pueblo (con mayúscula) hacia la estructura de Poder mediante una delegación constante y presente. La democracia cosificada delega con el voto la responsabilidad como un medio de pago, en cambio, la democracia profunda en clave posabismal co-delega con el voto la posibilidad de ser voz de las voces, de ser representación de las y los presentes, mediante una ruta planificada y mediante un ejercicio de diálogo permanente desde las comunidades mismas, por lo que resulta necesario la creación de instrumentos de interacción para la transformación de la Asamblea por medio de las Asambleas (Foros Sociales Permanentes en las Comunidades), de modo tal que el y la legisladora electa mediante una concepción de democracia profunda será el Caballo de Troya por el cual entrará voces del Pueblo (con mayúscula) a la Asamblea Legislativa, como legislación en acto.

Presentan solicitud por enorme costo de los medicamentos

SURCOS comparte la siguiente información:

El Dr. Álvaro Salas y un grupo de distinguidos ciudadanos, ha enviado a la Asamblea Legislativa, una solicitud para que se crea una ley de control de precios de los medicamentos, ya que en Costa Rica, estos son más elevados que en muchas otras naciones, debido precisamente a esa falta de control de nuestros gobiernos.

Esta solicitud es pertinente debido a que es necesario subsanar esta situación por las dificultades económicas que presenta en este momento la sociedad costarricense.

La invitación es para que todas las personas puedan apoyar esta gestión que se está proponiendo.

Adjuntamos el documento formal de la solicitud:

 

Imagen ilustrativa, UCR.

Enviado a SURCOS por Javier Azofeifa.

¿Qué se requiere para ser magistrado/a suplente en C.R?

Por: Marcia Aguiluz Soto, experta en Derecho Internacional de los Derechos Humanos

Aparentemente tener la bendición de algún grupo magistrados/as de la Corte Plena y las conexiones políticas adecuadas para resultar electo en la Asamblea Legislativa. En días recientes, la Asamblea Legislativa nombró a 3 magistrados y 1 magistrada suplentes para integrar la Sala III de la Corte Suprema de Justicia que es la que conoce en última instancia los conflictos de las personas con la ley penal y puede juzgar a quienes integran los supremos poderes (Diputados, Ministros, Presidente de la República, entre otros).

La magistratura suplente (que sustituye a magistrados/as titulares ante su ausencia temporal) no puede ser tomada a la ligera, de hecho, es muy común que las diversas Salas se integren con suplentes. Casos como el amparo contra la Mina Crucitas, la decisión que recalificó los hechos delictivos en los que participó el expresidente Rafael Ángel Calderón, la suspensión del cargo de Magistrado a Celso Gamboa, las recusaciones en el marco del caso UPAD, fueron fallados con participación de magistrados/as suplentes. Es decir, para la ciudadanía es fundamental que quienes resulten electos en estos cargos sean las mejores personas y no haya duda alguna sobre su independencia.

¿Cuál es el camino para llegar a la magistratura suplente?

Las magistraturas suplentes se encuentran establecidas en el artículo 165 de la Constitución Política. Para este cargo se requiere cumplir con los mismos requisitos que los magistrados/as titulares establecidos (a saber, ser costarricense, pertenecer al estado seglar, ser mayor de 35 años, abogado/a, con al menos 10 años de ejercicio o 5 si se trata de funcionarios judiciales).

En 2012, el Poder Judicial aprobó un reglamento para la selección de magistrados y magistradas suplentes. Sin embargo, este (por mayoría integrada, casualmente, por magistraturas suplentes) fue declarado inconstitucional por la Sala Constitucional en 2013. Sin ejercer control de convencionalidad y sin integrar el principio de idoneidad comprobada estipulado en el artículo 192 de la Constitución Política, dicho Tribunal señaló que basta con cumplir con los otros requisitos constitucionales genérico para ser elegible.

En febrero del 2021, la Corte aprobó unos lineamientos para la conformación de las listas para el cargo de magistraturas suplentes. De conformidad con estos, se realiza una convocatoria pública, se abre un periodo de inscripción de todas aquellas personas que reúnan los requisitos constitucionales, se realiza una investigación sociolaboral y de antecedentes con el objetivo de identificar potenciales conflictos de interés, incompatibilidades o prohibiciones legales, se elabora una nómina que es enviada a la Sala correspondiente, seguidamente se programa una entrevista (pública y grabada) con 3 magistrados/as titulares y, luego, la Sala envía sus recomendaciones a la Corte Plena, quien puede acoger o no estas recomendaciones a la hora de decidir la nómina que envía a la Asamblea Legislativa. Este órgano, a través de la Comisión Permanente de Nombramientos (CPEN) realiza una nueva evaluación y envía una lista al plenario con sus recomendaciones, sin que nada de eso vincule al Plenario.

Aunque pareciera que el proceso descrito tiene varios filtros, está lejos de cumplir con los estándares internacionales aplicables a este tipo de nombramientos. En este sentido, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido que se deben respetar parámetros básicos de objetividad y razonabilidad, los criterios de selección deben ser estrictos y regirse por los principios de igualdad y no discriminación, así como publicidad y transparencia.

Si bien el Poder Judicial señaló, en un reciente comunicado, que en esas recomendaciones sí aplica parámetros objetivos, en la práctica no hay información pública sobre cuáles son esos parámetros. Más bien, hay evidencia empírica de que, salvo los elementales requisitos constitucionales que provienen de1871 (edad y título de abogacía), los órganos intervinientes disfrutan de una amplia discrecionalidad para recomendar y elegir a quienes quieran. No solo no se siguen parámetros objetivos (o al menos no son públicos) sino que tampoco el proceso actual respeta los principios constitucionales de publicidad y transparencia (art. 11 CPol) pues los órganos decisores (Salas, Corte, Comisión de Nombramientos AL y Plenario) resuelven en secreto y sin fundamentación alguna. Los y las costarricenses no conocemos qué inclina la balanza a favor de una u otra persona candidata.

¿Qué pasó con la elección reciente de magistraturas suplentes para integrar la Sala Tercera?

Como mencioné, recientemente se eligió a los señores Rafael Segura Bonilla, William Serrano Baby, Miguel Fernández Calvo y Cinthia Dumani Stradtman. En la evaluación que realizó la CPEN, estas personas obtuvieron una calificación de 83.75, 84.25, 79.33 y 82.17, respectivamente. Otras personas, juezas de carrera en el máximo escalafón y con notas superiores —como Patricia Vargas González, con 93.26; o Edwin Salinas Durán, con un 87.19— no resultaron electas. ¿Qué motivó al Congreso a elegir a personas con menores calificaciones? No lo sabemos porque su voto es secreto y no tienen que justificarlo. Puede ser que las personas electas sean profesionales espectaculares, sin embargo, no es posible conocer el razonamiento detrás de su elección.

Por otra parte, en este proceso tampoco se tomó en cuenta la paridad de género. La Sala Tercera actualmente tiene 2 magistradas y 3 magistrados titulares. Pese a que claramente había otras mujeres muy calificadas para llegar al cargo de suplentes, la Asamblea se decantó por nombrar 3 hombres y 1 mujer, obviando así la importancia de que exista mayor representatividad de género en este tipo de cargos.

Lo ocurrido ilustra la perversidad del sistema vigente. Los lineamientos o metodologías solo existen para crear la ilusión de que las decisiones se toman con objetividad. Es evidente que no importa qué tanta formación, experiencia o idoneidad se tengan, la elección siempre será producto de negociaciones que se hacen a espaldas de la ciudadanía. La realidad nos demuestra que para llegar a la magistratura no se necesita ser la profesional mejor calificada, se necesita tener la conexión política adecuada. Justo ese vínculo política-magistratura está acabando con la independencia judicial, y con ello, menoscabando nuestra democracia y nuestro derecho de acceso a la justicia.

Urge una reflexión de país en torno a este tema. Se requieren reformas que respondan a las necesidades y desafíos actuales. El país no puede darse el lujo de continuar con un sistema de elección tan permeable a los intereses de los grupos de poder visibles e invisibles. Toda persona y actor social debe sumar su voz y demandar cambios en todos los niveles que corresponda: reglamentario, legal, jurisprudencial, y de ser necesario, constitucional. Nos lo debemos.

¡No al proyecto de empleo público!

UNDECA invita a la manifestación ¡No al proyecto de empleo público!, por salarios y trabajos decentes. Este proyecto de Ley afectará a toda la clase trabajadora costarricense.

Día: lunes 14, martes 15 u jueves 17 de junio del 2021
Hora: 2:30 pm.
Lugar: Frente a la Asamblea Legislativa.

ASDEICE convoca a manifestarse contra ley de empleo público

A trabajadores y trabajadoras que puedan asistir, en la medida de sus posibilidades

El próximo martes 15 de junio, los diputados y diputadas iniciarán el primer debate de la nefasta Ley Marco de Empleo Público, que cercenará los derechos de las y los empleados públicos y concentrará peligrosamente el poder en pocos jerarcas.

La Asamblea Legislativa pretende seguir adelante con este proyecto, aun cuando la Corte Plena indicó hace pocos días que dicha ley afectaría la división de poderes y es inconstitucional.

Desde ASDEICE hacemos un llamado a todas y todos los trabajadores que, en la medida de sus posibilidades, puedan asistir este martes 15 de junio, desde las 2:00 pm, a manifestarse contra este nefasto proyecto de Ley que busca implementarse al estilo de las peores dictaduras.

Digamos no al recorte de derechos, no al salario global, no a la peligrosa concentración del poder en pocas manos, defendamos la institucionalidad costarricense, de la que nuestro ICE forma parte fundamental, y demostremos nuestro repudio a este inconstitucional proyecto de Ley.

Cuando hablamos del sector agropecuario, exclamamos la desfachatez en su máxima expresión

Por Jeison Leitón Marín

AL PUEBLO DE COSTA RICA.
AL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA.
A LAS SEÑORAS Y SEÑORES DIPUTADOS.
CUANDO HABLAMOS DEL SECTOR AGROPECUARIO, EXCLAMAMOS LA DESFACHATES EN SU MAXIMA EXPRESIÓN.

Cuando se creía haber visto todo, nos sorprende la desfachatez vergonzosa y sínica en el accionar de la Asamblea Legislativa. La discusión de un proyecto de ley sobre un fondo de avales, que se sustenta en un préstamo internacional que debemos pagar todas y todos los costarricenses por igual, «acuerdan» que esos recursos sean administrados a su antojo por el sistema financiero representado por la UCAEEP y la Asociación Bancaria. Nos quieren hacer creer que los mismos que nos han llevado a la crisis económica que afrontamos, nos van a salvar. Señoras y señores diputados pongámonos serios y les invito a que hablemos de cómo se debe emprender la reactivación económica y desarrollo, pero de forma inclusiva, participativa y distributiva.

Me permito recalcar 3 puntos para que no se nos olvide:

  1. Se sacaron de debajo de la manga un proyecto que no era para todos los productores y productoras (21965), con una condonación de deudas, (DISCRIMINACIÓN EN SU MAXIMO ESPLENDOR). Es importante reiterar que esa condonaron consistía en REMANENTES de fideicomisos, deudas INCOBRABLES y PRESCRITAS. Y tras cuernos palos el señor Presidente de manera pública manifiesta que en dicha ley se debe limitar la participación vía reglamento, como si la BURLA no fuera suficiente, entra en escena la Contraloría General de la República gestionando ante la Sala Cuarta un recurso solicitando dicha ley sea declarada inconstitucional.
  2. Es importante dejar claro que esta propuesta de condonación dejo a la gran mayoría de productores agropecuarios afuera, pero venir a atacar a los beneficiados, alegando que les van a regalar poco más de 6 mil millones, es inmoral, indecente y repudiable, porque cuando se dio la ley conocida como el Combo Fiscal, a las grandes empresas les condonaron más de 195.000 mil millones, y la Sala Cuarta no cuestionó nada y con su resolución validó esta condonación. Señores magistrados lo que es bueno para la gansa es bueno para el ganso, no se valen discriminaciones.
  3. Es de conocimiento que sectores productivos con gran ahínco, nos dimos a la tarea de redactar un proyecto de ley, bajo el expediente N°21935, que SÍ atiende el PROBLEMA EL ENDEUDAMIENTO Y EL FINANCIAMIENTO de todos los sectores productivos compuestos por pequeños y medianos, y es importante recalcar que nunca se buscó ninguna condonación, por el contrario se busca que estos sectores cuenten con las herramientas que les permitan reiniciar sus actividades. Ni el Poder Ejecutivo, ni el Legislativo (con pocas excepciones), asumieron un compromiso real con esta iniciativa, y al contrario salieron en defensa del sector financiero y de grandes empresas de manera frontal. Han logrado proteger los intereses de los grandes negocios, importándoles poco o nada el empobrecimiento en que avanzamos todos los días.

Es urgente se le prioridad al proyecto de ley N°21935, y de esa manera se inicie una reactivación incluyente, participativa y distributiva, que vendrá a consolidar y hacer crecer el empleo, la riqueza y el desarrollo

Nadie está en contra del proyecto de avales, pero el texto sustitutivo aprobado por la Comisión Permanente de Asuntos Hacendarios da vergüenza, da vergüenza porque le entregan la administración a los grandes nada más, ni una silla para los pequeños, da vergüenza porque podría convertirse en lo mismo de siempre, todo para los tagarotes y nada para los que de verdad lo necesitan.

Jeison Leitón Marín.

Presidente Asociación de Agricultores Independientes de la Zona Norte de Cartago.

Mesa de Ruralidad y Asuntos Agropecuarios. Encuentro Social Multisectorial.