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Etiqueta: Cahuita

De “indeseados” al derecho a ser consultados

Por Bernardo Archer Moore

Durante más de un siglo, las personas negras en Costa Rica fuimos consideradas “indeseadas”: una raza sin derecho a nacionalidad ni a poseer tierras.

Las leyes de colonización del siglo XIX nos excluyeron por el color de la piel, y los decretos migratorios de inicios del siglo XX reforzaron esa discriminación.

Éramos extranjeros en nuestra propia tierra.

Lo sé, porque mis padres lo fueron durante la mayor parte de sus vidas.

Pero el tiempo y la resistencia de nuestros mayores abrieron grietas en ese muro de exclusión.

Con la Constitución de 1949 comenzó un proceso lento, pero firme, de reconocimiento de derechos.

Y el 19 de septiembre de 2025, la historia dio un giro:
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia emitió la Resolución N.º 2025-029985, reconociendo por primera vez que los pueblos tribales afrocostarricenses, como Cahuita, tenemos derecho a la consulta previa, libre e informada.

Esto significa que toda decisión del Estado —política, administrativa o de desarrollo— que afecte nuestros territorios o nuestras formas de vida debe ser consultada con nosotros.

Y lo más importante: esa consulta es vinculante.

Esta transición —de la invisibilidad a la autoridad colectiva— marca un antes y un después.

No solo para las instituciones acostumbradas a imponer sin escuchar, sino también para nuestras propias comunidades, que por generaciones aprendieron a agachar la cabeza ante el poder.

Así como la Ley N.º 35 de 1915 dejó huella al abrir por primera vez la puerta a la titulación de tierras de “negros y chinos”, esta nueva resolución marcará el inicio del fin del despojo institucionalizado que hemos sufrido en el Caribe costarricense a manos del ITCO, IDA, INDER, ICT y MINAE.

Hoy, los descendientes de quienes fueron negados legalmente tenemos el derecho —y el deber— de ser consultados, escuchados y respetados.

Eso es justicia histórica.

No se trata solo de Cahuita.

Esto no se trata únicamente de Cahuita, sino de todas las comunidades de la República que hoy deciden abrazar su herencia africana en lugar de ocultarla por vergüenza, producto del estigma histórico que durante siglos se asoció con la negritud.

Hoy comprendemos que ya no es el gobierno quien determina nuestro destino.

Somos nosotros mismos quienes estamos entre la pobreza y la prosperidad.

Gracias a SIBU, nuestro poder supremo, hemos comenzado a ver la luz al final del túnel.

Esa luz representa la dignidad, la unidad y la esperanza que siempre nos pertenecieron.

Muchos han escuchado la noticia,

pero pocos comprenden su verdadero alcance.

Acostumbrados a vivir en la sombra del pasado, no todos logran ver todavía la claridad del porvenir que se asoma en el horizonte.

Tomará tiempo, sí… pero eventualmente lo harán.

Esa es mi esperanza.

Que el Todopoderoso bendiga a todos nuestros pueblos.

Parque Nacional Cahuita: (Co-manejo en debate)

Por: Bernardo Archer Moore
Presidente de ACUDHECA

El Parque Nacional Cahuita (Sector Playa Blanca) es un símbolo de historia y resistencia. Su modelo de co-manejo, compartido entre el SINAC y la comunidad organizada de Cahuita (ADIC), se formalizó en abril de 2017 mediante un Convenio Marco de Cooperación, bajo el Decreto Ejecutivo N.º 40110-MINAE.

Ese convenio, con plazo de dos años, venció en abril de 2019 y nunca fue renovado. Aquí nace la controversia: ¿Qué pasa con la administración comunitaria sin un convenio vigente?

Lo que sigue vigente:

A.) La ADIC mantiene su lugar como miembro permanente del Consejo Local, con legitimidad en la representación comunitaria.

B.) El modelo de gobernanza compartida continúa reconocido por ley y reglamento.

Lo que caducó:

C.) La habilitación legal para que la ADIC administre donaciones o ejecute proyectos con recursos públicos.

D.) La transferencia de fondos sin convenio vigente carece de sustento legal y puede generar responsabilidades administrativas.

El punto de disputa:

Las donaciones de visitantes:
Tanto la Contraloría General de la República (CGR) como la Procuraduría General de la República (PGR) sostienen que constituyen fondos públicos.

Por su parte, la ADIC considera que no lo son, y ha actuado de acuerdo a su tesis.

Nota: Este tema aún no tiene Resolución Judicial Definitiva.

¿Qué significa esto hoy?

Según los citados órganos estatales, el SINAC puede recibir las donaciones en el Fondo de Parques Nacionales, pero no debería transferirlas a la ADIC, sin un nuevo instrumento reglamentario.

Si la comunidad gestiona esos fondos sin convenio, su actuación podría calificarse como ‘gestión de hecho’, con riesgo de nulidad. Y quizás de allí surgieron los Allanamientos y Demandas Penales en curso.

POSIBLES SOLUCIONES:

1. Un Acuerdo de continuidad del Convenio de Comanejo expirado en febrero 2019, avalado por la Contraloría, que dé cobertura legal mientras se negocia una solución de fondo (Un Nuevo Convenio). Sin ello la disputa y demandas penales continuarán.

2. Un nuevo convenio marco entre SINAC y ADIC, que sea claro en responsabilidades y control de fondos.

3 Una reforma reglamentaria permanente (sin fecha de caducidad), que destine un porcentaje fijo de las donaciones al desarrollo comunitario, en reconocimiento a la naturaleza histórica, ancestral y cultural de esa área costera de Cahuita.

En resumen:

La participación política de la comunidad sigue en pie, pero su capacidad de gestionar recursos financieros está suspendida, por disposición de la CGR y PGR.

Para garantizar legalidad y justicia, urge un nuevo acuerdo que combine transparencia, participación y reconocimiento histórico.

El Consejo de Cahuita no es solo un asunto administrativo: Es una lucha por memoria, derechos y futuro comunitario.

Cahuita 09/09/2025

De la vergüenza al orgullo: La Identidad Negra en Costa Rica

Por: Bernardo Archer Moore
Presidente ACUDHECA
Cahuita

¿Qué celebramos?

No es una pregunta sencilla. Cada quien tendrá su propia respuesta.

Pero al ver a nuestra juventud limonense bailar y celebrar, lo que verdaderamente debemos recordar y conmemorar es:

  • Por un lado, haber recorrido juntos el largo y difícil camino que nos llevó de la vergüenza de ser negros al orgullo de nuestra herencia africana.

  • Y por otro, reconocer el desdén y el menosprecio histórico hacia la cultura africana, y al mismo tiempo reafirmar nuestro compromiso de compartir, como hermanos, una misma patria.

Ese es el triunfo que nos une, la victoria que ningún sistema pudo borrar, y la razón por la cual seguimos de pie como pueblo.

Durante gran parte del siglo XX, ser negro en Costa Rica significó vivir bajo el peso del estigma, burla y la exclusión. Generaciones enteras crecieron en un entorno donde su herencia africana era negada, despreciada y objeto de burlas, un dolor que llevó a muchos a distanciarse y abandonar sus lenguas y costumbres.

Cuál fue el propósito de todo eso: Tierra y poder político.

La historia muestra que en Costa Rica la tierra nunca fue solo un bien económico: También representó ciudadanía y poder político.

Así lo reflejan la Ley 35 de 1915, que creó el poblado de Cahuita Bluff, y la Ley 166 de 1935, que establece Old Harbour (Puerto Viejo). Ambas dispusieron el reparto de lotes a familias afrodescendientes, reconociendo su derecho a la propiedad en un país que históricamente se les había negado.

Con la tierra vino también la posibilidad de autonomía, herencia y organización política. Pero ese avance despertó temores en las élites, que respondieron con políticas de supresión cultural y marginación económica, negando infraestructura, educación superior e inversión en la región caribeña.

Exclusión y migración:

El resultado fue que miles de afrodescendientes migraron hacia el Valle Central o al extranjero. La población de Cahuita, Puerto Viejo y otros pueblos costeros se redujo a un número “manejable”, evitando que la tierra otorgada se tradujera en poder político real. La migración promovida por el gobierno, nos permitió sobrevivir, pero al costo de la erosión cultural y lingüística.

De la vergüenza al orgullo:

Hacia finales del siglo XX, sin embargo, el ciclo empezó a cambiar. La influencia de los movimientos de derechos civiles, del Black Power y del panafricanismo en EEUU, inspiró a algunos intelectuales y líderes políticos afro costarricenses a reivindicar su herencia como fuente de orgullo. Además de considerarse como una buena estrategia política partidista.

Hoy, aún frente a las amenazas que pesan sobre los derechos de propiedad en la zona costera, las comunidades de Cahuita y Puerto Viejo mantienen encendida la llama de la resistencia. La tierra no es solo sustento material, cultural o espiritual: Es también identidad, dignidad y la base del poder político que garantiza la continuidad de nuestra historia como pueblo.

El anexo al PRC de Cahuita: La Máscara del Despojo

Por: Bernardo Archer Moore
Presidente ACUDHECA
Cahuita, 10 de agosto de 2025

El Reglamento y su Anexo al Plan Regulador Costero (PRC) del distrito de Cahuita, Cantón de Talamanca, presentan vicios sustanciales por la creación de obligaciones no previstas en la ley.

Dicho Anexo introduce plazos, requisitos técnicos y protocolos que no se encuentran contemplados en la Ley N.º 6043, 9221, 9242 ni en sus reglamentos.

En la misma línea de irregularidades, se observa el condicionamiento indebido del derecho a la concesión: La regularización queda supeditada a criterios adicionales no previstos en la ley, lo que vulnera derechos adquiridos.

A esto se suma la insuficiente consulta al pueblo tribal afrodescendiente de Cahuita. Las reuniones meramente informativas no constituyen consulta previa, libre e informada, como exige el Convenio N.º 169 de la OIT. Este agravio ya ha sido planteado ante la Sala Constitucional por ciudadanos de CAHUITA.

Considerando

El Anexo constituye un acto normativo municipal de último nivel jerárquico en la pirámide de Kelsen, lo que implica que debe ajustarse estrictamente a las leyes y reglamentos nacionales. Sin embargo, contiene disposiciones incompatibles con la Ley N.º 6043, la Ley N.º 9221 y la Ley N.º 9242, imponiendo condiciones adicionales no previstas por estas normas, lo que configura una extralimitación reglamentaria.

Consecuencias Adversas

El tan publicitado Anexo del PRC de Talamanca está destinado a nacer muerto, tal como ocurrió con la Ley N.º 8464 del 25 de octubre de 2005 —promovida por el exdiputado Edwin Patterson— que pretendía declarar ciudad a las comunidades de Cahuita y Puerto Viejo.

En aquella ocasión, la evidente inconstitucionalidad fue recibida con un silencio cómplice por parte de abogados afrocostarricenses: Algunos callaron por conveniencia política; otros, por temor a romper la “regla no escrita” del silencio interno.

Hoy, el escenario es diferente. Existen varios afrocostarricenses dispuestos a alzar la voz a tiempo, movidos por la empatía hacia el pueblo y sin temor a incomodar a ciertos sectores.

La Extralimitación Reglamentaria:

La jurisprudencia de la Sala Constitucional es clara: Los reglamentos municipales y sus anexos deben ajustarse a la ley, sin crear derechos, imponer obligaciones ni establecer prohibiciones que excedan o contradigan el marco legal.

La Sala ha reiterado en múltiples ocasiones que el reglamento es un acto administrativo general, subordinado a la ley, y que no puede innovar ni alterar su contenido.

Destacan:

• Voto N.º 2003-09113: Un reglamento no puede imponer requisitos adicionales a los previstos por la ley, ya que esto constituye una usurpación de la función legislativa.

• Voto N.º 2018-012345: La potestad reglamentaria no puede modificar el sentido de la ley ni imponer limitaciones no contempladas por el legislador.

En consecuencia, no hay duda de que esta extralimitación reglamentaria será impugnada por inconstitucionalidad o ilegalidad ante la Sala Constitucional o el Tribunal Contencioso Administrativo.

Cabe preguntarse: ¿quién se beneficiará cuando, en un año, se proceda a desalojar a familias, demoler viviendas y afirmar que “se hizo lo mejor que se pudo”? Hacer “lo mejor posible” no es suficiente; lo que corresponde es evitar que este escenario ocurra.

Posibles riesgos para derechos tribales y comunidades costeras en caso de recurso de amparo en Matina

Un recurso de amparo se tramita presentado por Marco Levy Virgo contra la Municipalidad de Matina y su alcalde Walter Céspedes (Exp. No. 25-020575-0007-CO). La solicitud busca obtener copia oficial del mapa del denominado pueblo tribal del cantón, así como información sobre las acciones municipales para garantizar el respeto a los derechos territoriales de la población afrocostarricense.

Este pueblo fue reconocido formalmente mediante el Decreto Ejecutivo N.º 43532-MP-MINAE-MCJ-MEP y cuenta con protección internacional bajo el Convenio N.º 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

La gestión se desarrolla en un contexto en el que persisten denuncias y temores sobre la usurpación de tierras ancestrales afrodescendientes y presunto tráfico de influencias para apropiarse de esos territorios.

Posibles efectos de una eventual jurisprudencia

De llegar a emitirse una sentencia vinculante, esta podría derivar en la elaboración de un plano oficial del pueblo tribal que excluya los 200 metros de Zona Marítimo Terrestre (ZMT), las áreas declaradas como Parques Nacionales y equivalentes (PNE) y los humedales protegidos.

Si bien una delimitación así representaría un precedente para la protección ambiental, también podría ser utilizada para acelerar la implementación de Planes Reguladores Costeros (PRC) en otros cantones, incluido Talamanca, con consecuencias graves para las comunidades costeras: desalojos y demoliciones en la franja pública de 50 metros de la ZMT, y concesionamiento de los 150 metros restantes sin reconocimiento efectivo de posesiones históricas y ancestrales.

Un delicado equilibrio

Este caso pone en evidencia la tensión entre la defensa de los derechos de pueblos tribales y la aplicación de normativas de ordenamiento territorial que podrían afectar la permanencia de comunidades históricas, como las del distrito de Cahuita.

Ante este panorama, Bernardo Archer Moore, presidente de ACUDHECA hace un llamado a un análisis prudente y consciente de que una resolución en favor del recurso podría atender varios asuntos de interés público, pero también generar efectos adversos sobre la continuidad histórica y cultural de las comunidades costeras afrodescendientes.

¿Quién delimitará mi territorio tribal de Cahuita?

Por Bernardo Archer Moore

Todo apunta a que será la misma institución estatal que en el pasado trazó, según su conveniencia, los límites de las tierras ancestrales: el antiguo Instituto de Desarrollo Agrario (IDA), hoy conocido como Instituto de Desarrollo Rural (INDER).

De repetirse ese patrón, el resultado es previsible: despojo territorial. Así sucedió anteriormente, cuando INDER, junto con JAPDEVA, el Instituto Costarricense de Turismo y otras entidades gubernamentales, se apropiaron de buena parte del territorio sin consulta previa, dejando a las personas legítimas propietarias con apenas una fracción de lo que les correspondía.

Ante el nuevo impulso por delimitar los llamados «territorios tribales afro costarricenses», surgen preguntas fundamentales: ¿qué futuro se construirá a partir de esas fronteras?, ¿cómo se administrarán?, ¿quién decidirá sobre ellas?

Si prevalece la misma lógica que ya afectó a los pueblos indígenas, el legado territorial para las futuras generaciones está en peligro de ser borrado o vaciado de contenido. En el caso indígena, los límites fueron impuestos desde oficinas centrales, fragmentando territorios ancestrales bien definidos en múltiples divisiones, lo que ha generado división familiar y conflictividad comunitaria.

Un ejemplo es el Pacífico sur, donde dos territorios tradicionales se subdividieron en cinco o seis con base en criterios étnicos, ignorando la identidad compartida de las comunidades. Esto ha tenido como resultado disputas internas, afectación a la convivencia y una pérdida de cohesión social.

Frente a esta experiencia, se plantea una inquietud para Cahuita: ¿qué pasará si se crean nuevas delimitaciones que desconozcan la historia, el tejido social y la realidad multiétnica de la región? ¿Se establecerán tribus por decreto que no reflejan la identidad real de la población?

El llamado es a no desviar el enfoque del verdadero problema: la implementación del Plan Regulador Costera (PRC) y su posible impacto en el desarraigo poblacional. Es necesario debatir este tema con seriedad, claridad y respeto a los derechos fundamentales, entre ellos, el derecho a la propiedad privada. Este derecho, que fue resguardado por generaciones anteriores sin necesidad de títulos formales, representaba más que posesión: era libertad, autonomía e identidad.

Frente a los posibles abusos o silencios institucionales, se recuerda que el recurso de amparo sigue siendo una herramienta legítima de defensa. Sin embargo, su uso debe evaluarse con responsabilidad, considerando tanto sus alcances como sus posibles consecuencias.

Distraer a los líderes con promesas y reuniones: una vieja estrategia de despojo

Por: Bernardo Archer Moore
Cahuita, 06 de julio del 2025

Mientras los representantes del Estado aceleran en silencio el desarraigo de nuestras comunidades costeras, mantienen a muchos líderes comunitarios distraídos en reuniones interminables con altos funcionarios, entretenidos entre promesas, diagnósticos y propuestas que rara vez se concretan.

Pero un día cualquiera, al despertar de ese espejismo, la realidad golpea sin aviso: la casa de un vecino, o quizás la suya, ha sido demolida por tratarse, según las autoridades, de una “ocupación precaria”.

Perder de vista que el verdadero objetivo del aparato estatal en la zona costera del Caribe Sur es apropiarse de los 200 metros de la Zona Marítimo Terrestre (ZMT) sin pagar un colón en indemnización, es caer en una trampa peligrosa.

Lo hacen aun cuando en esos mismos terrenos nacieron nuestros padres y abuelos, décadas antes de la existencia de la Ley 6043 de 1977, y mucho antes de leyes como la 9242, que ahora los califica como simples “poseedores precarios” del dominio público.

Ignorar esta realidad no es inocente: Es contribuir, por omisión o distracción, con los propósitos del despojo institucionalizado.

A quienes deben dedicar tiempo y lealtad estos líderes no es a los burócratas de traje y protocolo, sino a sus representados y vecinos.

Deberíamos de estar en sesión permanente con los miembros de nuestras propias familias, y vecinos, organizándonos con urgencia para enfrentar la avalancha que ya asoma en el horizonte.

Esperar a que la tormenta nos caiga encima para decidir qué hacer es, sin duda, el peor de los caminos.

Si no nos organizamos ahora, como dice el refrán: El último que salga, que apague la luz.

Reflexiones finales

Debemos recordar que nuestras tierras heredadas son más valiosas que cualquier celebración o espectáculo promovido por quienes buscan despojarnos.

Durante décadas enviamos señales equivocadas al Estado y a nuestras futuras generaciones: Actuamos como suplicantes en lugar de defensores de nuestros derechos. La prioridad debe ser la unidad familiar y comunitaria bajo el principio: todos para uno y uno para todos.

Nota:

Llamado a la acción comunitaria

La historia nos ha enseñado que la unidad comunitaria es nuestra mayor defensa frente a políticas que buscan despojarnos de nuestros territorios. Por ello, hacemos un llamado urgente a los vecinos, asociaciones y organizaciones del Caribe Sur a mantenerse en sesión permanente, organizando comités locales, participando activamente en reuniones comunitarias y fortaleciendo nuestros mecanismos de defensa colectiva.

La resistencia pacífica, la acción legal informada y la visibilidad internacional son herramientas que debemos utilizar con firmeza y determinación. El tiempo de la dispersión ha terminado. Nos corresponde defender el legado de nuestros antepasados con dignidad y unidad.

Contacto:

Asociación de Promoción de la Cultura y Defensa de los Derechos Humanos de los Habitantes de Cahuita (ACUDHECA)

Correo electrónico: acudheca@gmail.com

Representación simbólica de líderes comunitarios en reuniones institucionales, mientras el despojo territorial avanza en silencio.

Cuando el color de la piel decidía tu derecho a participar

Por Bernardo Archer Moore
Presidente de ACUDHECA
Correo: acudheca@gnail.com*

En la Costa Rica de mis padres y abuelos, esa era la norma impuesta a los afrodescendientes: los espacios de decisión política estaban reservados exclusivamente para los blancos.

¿Se imagina usted, lo que se siente cuando te niegan la entrada a una reunión en tu propia comunidad, solo por el color de tu piel “blanca”, sabiendo que las decisiones que se tomen afectarán directamente el derecho sobre su propiedad?

Esa era la realidad cotidiana en Puerto Limón antes de la promulgación de la Ley N.º 4230 del 21 de noviembre de 1968, conocida como la Ley Contra la Discriminación Racial.

El artículo 1.º: Esta ley penaliza expresamente la negativa de acceso a personas, por motivos de raza, color de piel, origen étnico o nacionalidad, a asociaciones, centros de entretenimiento, hoteles, clubes y establecimientos afines.

Su aprobación fue impulsada por el entonces diputado Carl Eduardo Neil (Q.E.P.D.), tras una serie de incidentes que sacudieron al país, entre ellos, el conocido caso del Club Miramar en Limón en 1967, donde a ciudadanos afrodescendientes se les prohibió el ingreso únicamente por su color de piel. (Reina de Simpatía de los Carnavales de Limón – Dr. Katherine Sawyers Royal).

Gracias a esa lucha legislativa, la segregación racial en espacios sociales privados pasó a ser un delito.

Y sin embargo, me duele recordar cómo, aún en mi adolescencia, compañeros de secundaria me informaron con mucha pena:

«Que No me dejarían entrar con ellos a ese club ni a la piscina, por ser negro».

Hoy, ese dolor sigue presente.

Por ello, resulta profundamente preocupante observar cómo, en algunas zonas del Caribe Sur, se intenta revivir formas de exclusión del pasado, disfrazadas ahora de regulaciones, permisos y privilegios de figurar.

Ya no se trata de letreros en la entrada, sino de decisiones y prácticas en las que el color de piel, el origen cultural o la procedencia continúan influyendo. Solo que, en esta ocasión, la discriminación se dirige contra inmigrantes blancos.

Repetir ese patrón de exclusión, aunque invertido, constituye un retroceso histórico, jurídico y humano. Nuestra lucha no es solo por preservar la memoria de las injusticias sufridas, sino por afirmar la dignidad presente y futura del pueblo tribal afrodescendiente, en igualdad y justicia para todos.

Lo más desconcertante es que estas exclusiones se intenten justificar bajo el amparo del Foro Nacional Permanente de la Población Tribal Afrodescendiente de Costa Rica, creado por el Decreto Ejecutivo N.º 43532‑MP‑MINAE‑MCJ‑MEP, del 5 de mayo de 2022.

Este decreto establece el reconocimiento del pueblo tribal afrocostarricense y propone la creación de espacios de diálogo en comunidades como Barra del Colorado, Tortuguero, Siquirres, Cahuita, Puerto Viejo y Limón Centro, con el fin de garantizar procesos de consulta previa y protección territorial.

Sin embargo, desde su promulgación hasta la fecha, la comunidad tribal de Cahuita no ha sido convocada a ningún proceso de diálogo real ni representativo.

Es más, en diversas ocasiones se han realizado reuniones en el Salón Comunal de Cahuita sobre este mismo tema, sin que los habitantes locales hayan sido invitados ni informados, incluyendo a vecinos que viven justo al otro lado de la calle de dicho salón. Muchos de ellos, legítimamente, se preguntan:

¿De qué se trata esa reunión?”

Una consulta sin inclusión es una simulación. Y excluir a Cahuita de este proceso no solo contradice el espíritu del decreto, sino que vulnera el principio de representatividad y participación activa que exige el derecho internacional en materia de pueblos tribales.

*Asociación para la Promoción de la Cultura y Defensa de los Derechos Humanos de los Habitantes de CAHUITA.

¿Vamos a aprovechar esta oportunidad — o a repetir los errores del pasado?

Por Bernardo Archer Moore
Cahuita, 26 de junio de 2025

El éxito o el fracaso de una nación, un pueblo o una familia depende, muchas veces, de la capacidad de sus líderes para reconocer los legados heredados — y actuar con decisión cuando se presentan esas escasas y valiosas ventanas de oportunidad.

Pero cuando el síndrome de “Hombre o Mujer GRANDE “ nos conduce a darlo por sentado, y así olvidar los sacrificios y luchas de quienes nos antecedieron; las oportunidades pierden su sentido y dejamos la puerta abierta: Al abuso, la injusticia e irrespeto de la dignidad de nuestros pueblos.

Y, finalmente cuando llega la cosecha de nuestra negligencia individual y colectiva, caemos en la misma trampa de siempre: Buscar culpables en todas partes (extranjeros, oligarcas nacionales, empresarios o políticos locales corruptos) en todos, menos en nosotros mismos.

A propósito de todo esto: ¿Qué lugar ocupamos los Afro descendientes en C.R.?

Primeros en la fila del castigo, y últimos cuando reparten el dinero. Un país donde el apellido pesa más que el oro, y el color dicta la medida del respeto”.

Un país donde el linaje abre puertas que el mérito ni siquiera toca”.

Quien no entienda esta verdad amarga, no es libre ni rebelde: Solo se miente a sí mismo, con la venda bien atada al alma.”

Hoy, la región Caribe de Costa Ricaincluido mi propio pueblo, Cahuita, Talamanca— atraviesa uno de esos momentos escasos y reales de oportunidad: La posibilidad de recuperar el derecho legítimo a la propiedad privada en zonas costeras, tanto de lo que se encuentra en la superficie de la tierra como en el subsuelo; incluyendo los restos de nuestros antepasados, enterrados con confianza y luego confiscados y profanados por el irrespeto e indiferencia del estado – (nuestro primer cementerio ancestral en Punta CAHUITA).

Si no reaccionamos ahora, esta oportunidad desaparecerá — como tantas otras que dejamos perder en el pasado: El control sobre los ferrocarriles y Puertos Caribeños, dónde los ingresos de ambas actividades económicas, por ley, estaban destinados para el desarrollo socio-económico de la región; los cuales alimentaban nuestras economías locales, y las instituciones que construimos pero no defendimos.

Y ahora que la puerta de la migración hacia Estados Unidos está cerrada (excepto para unos pocos acusados de supuesto narcotráfico internacional), y que la capital de nuestra propia nación se ha vuelto hostil — plagada de crimen, desempleo y la continuidad de un racismo histórico hacia los afrocaribeños¿qué nos queda como comunidades sino levantarnos y defender lo que legítimamente nos pertenece?

Mi pregunta es simple y directa:

¿Vas a quedarte de brazos cruzados viendo cómo se esfuma esta oportunidad, como tantas otras?

¿O estás listo para levantarte — como pueblo, como comunidad — y reclamar lo que por derecho nos corresponde?

Como comunidad, tenemos la responsabilidad moral de defender las tierras que aún poseemos, sino también la legitimidad de lo que nuestros antepasados vendieron para poner alimento sobre nuestras mesas, guiados por el profundo principio cultural de “no morder la mano que nos dio de comer«, cuando el Estado nos abandonó por completo.

ACUDHECA: Aprobación de ley representa una grave amenaza para los derechos territoriales

La organización ACUDHECA (Asociación Cultural de Desarrollo Humano y Ecológico de Cahuita) expresó públicamente su preocupación ante la reciente aprobación de la Ley 10.727, el pasado 29 de abril de 2025.

Según la agrupación, esta legislación representa una grave amenaza para los derechos territoriales de las comunidades tribales afrocostarricenses que han habitado históricamente la región.

ACUDHECA advierte que la ley abre la puerta para catalogar como “ocupantes ilegales” a familias tribales de la zona, promoviendo un modelo turístico excluyente y sin consulta previa. Desde Cahuita, la organización exige justicia, respeto y dignidad, y rechaza firmemente cualquier política que desplace a los pueblos de sus territorios en nombre de intereses económicos.

Compartido con SURCOS por Marco Palma Leiva.