Ir al contenido principal

Etiqueta: Cahuita

El abuso también tiene un límite

Por: Bernardo Archer

Las autoridades gubernamentales tanto nacionales como locales han sido advertidas de que ciudadanos tribales de Cahuita han llegado a su límite. Durante muchos años han violado los derechos de nuestro pueblo afrodescendiente, pero a pesar de tan indigno acto, hemos puesto nuestra esperanza en la buena fe de los diferentes gobiernos.

En el 2022 intentaron hacernos creer que iban a respetar nuestros derechos, reconociendo nuestra existencia como Pueblo Tribal a través del Decreto Ejecutivo número 43532-MP-MINAE, pero hoy estamos peor que antes.

Sin embargo, actualmente están por implementar un «Plan Regulador Costero» de carácter Turístico, que en términos de regulación lo único que se está regulando es el desarraigo de los residentes tribales de la zona costera sin compensación alguna – despoblar la zona costera ya urbanizada para dar paso a los inversores turísticos de alto nivel.

Como si tal amenaza fuera poco, el Municipio de Talamanca en sesión extraordinaria número 99 del 29/02/2024, (ratificada en sesión ordinaria número 198 del 06/03/2024) aprobó el acuerdo  de las  48 campanadas. Algo así como el Apocalipsis para nuestro pueblo.

Por lo cual, quien se oponga a desocupar dentro de dicho plazo, será desalojado forzosamente y sus bienes demolidos, condenando a la población a la miseria y al desarraigo.  Aquí ni siquiera respetan la actual ley de moratoria; un proceso despiadado de REGENTRIFICACION.

Pero no nos vamos a rendir. Porque, así como nuestros antepasados lograron escapar de la esclavitud; como pueblo, nosotros también podremos luchar y superar los abusos del Estado que nos oprime.

Sumando cada acción contra nuestra dignidad, ya se presentó la  SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), y ahora estamos esperando la respectiva Resolución.

No hay mal que dure 100 años y ya hemos soportado 109 años de abusos y engaños de funcionarios gubernamentales.

Felicito a todos los firmantes de la denuncia ante la CIDH por su valentía y determinación de luchar; una acción que marcará un hito en la historia de nuestro país.

Es la primera de esta naturaleza presentada por ciudadanos afro-costarricenses. CAHUITA NO SE RINDE NI SE VENDE.

Asimismo, los insto a no perder esa fe, esperanza y espíritu de lucha que nos caracteriza a los caribeños desde tiempos inmemoriales.

Dado que nuestros derechos están reconocidos en el Convenio 169 de la OIT para Pueblos Indígenas y Tribales (Afrodescendientes); lo que ha faltado es nuestro reclamo como lo vienen haciendo los hermanos indígenas desde hace varias décadas.

Asociación de Desarrollo Integral de Cahuita se pronuncia en contra del Plan Regulador Costero

Por José Daniel Gamboa Araya

La Asociación de Desarrollo de Cahuita se pronuncia en contra del Plan Regulador Costero y llama a la Municipalidad a un verdadero diálogo para comenzar con un verdadero Plan Regulador Urbano, donde se respete nuestra cosmovisión. Recordar que Cahuita está considerada una población tribal y tiene una categoría especial, a diferencia de otras zonas del país.

La audiencia pública está programada para hoy entre las comunidades de Kéköldi y el Foro Afro, pero Cahuita no se siente representada por este último. La reunión será hoy en Hone Creek, donde diferentes colectivos están haciendo un llamado a no asistir o, de hacerlo, sería en las afueras de la cancha. Recordar que sobre este Plan Regulador, los magistrados hicieron varias observaciones, entre ellas la de respetar las zonas protegidas y realizar la consulta correspondiente.

Solicitud mordaza del foro tribal afro-costarricense

Bernardo Archer Moore

El pasado 8 de agosto 2023, el Foro Tribal Afro-Costarricense envió una carta al Consejo Municipal de Talamanca y la Comisión del Plan Regulador Costero, donde inmerso en sus propuestas se encuentra textualmente lo siguiente:

“El Plan Regulador Costero del Caribe Sur del cantón de Talamanca es una necesidad urgente para garantizar a los descendientes de los pobladores ancestrales su derecho a la tierra, su derecho a existir como pueblos costeros, (…)”.

Tanto el Municipio de Talamanca como el Estado costarricense, sin duda, utilizarán esa solicitud escrita para silenciar los reclamos que en el futuro haga la comunidad Tribal Cahuita, por cualquier impacto adverso como consecuencia de la implementación del próximo a aprobarse Plan Regulador Costero. Bien podríamos calificarlo como: UNA SOLICITUD MORDAZA.

Hasta la fecha no han dado señales de alejarse de tan errónea posición; por tal motivo, un número considerable de personas de la Comunidad Tribal Cahuita, promovidas y organizadas por este servidor, no han encontrado otro recurso que desautorizarlos como nuestros voceros, ya que persisten en imponer su voluntad, donde al final, las generaciones futuras sufrirán consecuencias muy dolorosas, que durarán al menos medio siglo.

Nuestro grito en Cahuita siempre ha sido y seguirá siendo: No un Plan Regulador Costero basado en el Reglamento I.C.T., sino un Plan Regulador Urbano basado en la Ley INVU.

Esto se debe a que nuestras zonas costeras ya están urbanizadas y lo que se requiere es una planificación territorial de cara al futuro. Es decir, lo que está ya está, y partamos de allí hacia delante.

¿PORQUE CASTIGAR AL PUEBLO POR LAS PROPIAS NEGLIGENCIAS Y CORRUPCION DEL ESTADO Y LA MUNICIPALIDAD?

Tampoco vamos a aceptar el cuento de que un reglamento, su anexo o acuerdo Municipal vaya a cambiar lo establecido en las leyes de la ZMT: llámese 6043 de 1977 o 9442 y 9221 de 2014, mucho menos la Constitución Política, porque contraviene el principio de legalidad. (PIRÁMIDE DE KELSEN).

Mucho menos vamos a estar de acuerdo en que la oportunidad de optar por una CONCESIÓN de las tierras de nuestros antepasados nos dará seguridad jurídica o el derecho a la tierra, el derecho a existir como pueblo costeño, así como el derecho a una vida digna y una mejor calidad de vida, como ha dado a entender el «Líder del Foro Tribal» señor Edwin Patterson Bent.

A estas alturas debe quedar claro que el sistema de justicia nacional está sesgado en contra de la reivindicación de los derechos de propiedad privada de la población afrocostarricense en la franja costera del Caribe Sur y Norte.

En la medida en que incluso aquellas áreas desafectadas del Patrimonio del Estado en el pasado por la Ley 35 de 1915 y la Ley 166 de 1935, destinadas a la ocupación privada de nuestros ancestros, han sido recuperadas por el Estado a su Patrimonio fuera del debido proceso establecido en las misma Ley y Constitución Política del país. Eso no nos deja otro recurso que el de buscar justicia en el ámbito internacional.

Comunidad tribal de Cahuita se opone a la representación del Foro Tribal Afro Costarricense y su apoyo al Plan Regulador Costero

El pasado 5 de marzo de 2024, la comunidad tribal de Cahuita presentó una carta ante el consejo municipal del cantón de Talamanca con motivo de su oposición a la representatividad del Foro Tribal Afro costarricense, el cual actúa al margen de la Asociación de Desarrollo Integral de Cahuita (ADIC) y a su vez apoya el Plan Regulador Costero ante el cual la comunidad tribal se opone.

Según lo que se expone en la carta, el Foro Tribal se autonombró y estructuró de manera arbitraria, pasando por alto el artículo 3, del decreto N°43532-MP-MINAE-MCJ-MEP Constatación del auto reconocimiento de la población afro costarricense como pueblo tribal, en el cual se establece: “La organización del Foro del pueblo Tribal Afro costarricense actualmente se encuentra a cargo de la asociación de desarrollo integral de Cahuita, se encuentra vigente sin ninguna modificación”.

Además señalan, que los acuerdos de los miembros que fungen como representantes del Foro Tribal se realizaron de forma ilegal y bajo actos de abuso de poder, extralimitando sus funciones y atribuyendo a sí mismos competencias que no le corresponden, esto debido a que no fue un acuerdo de asamblea, ni del pueblo, por el contrario, violentaron el derecho de participación de la población afrodescendiente y de quienes se encuentran afiliados a la ADIC, es por esa razón que la comunidad tribal considera que no pueden arrogarse su representación.

En la carta, la comunidad tribal de Cahuita enfatiza en que deslegitiman y se oponen a cualquier decisión que tome el Foro Tribal en nombre de la comunidad tribal de Cahuita, esto en el marco de las acciones que se están tomando con el plan regulador costero, y con motivo de una carta dirigida a la comisión del plan regulador costero de Talamanca, el 8 de agosto del 2023, mediante la cual Edwin Patterson –presidente de ATACS y supuesto líder del Foro Tribal Afro costarricense– señala que el plan costero es una necesidad.

En total, la comunidad tribal presentó dos cartas con el mismo contenido, una al consejo municipal del cantón de Talamanca y otra, que fue enviada a Edwin Patterson Bent, autonombrado representante del Foro Tribal Afro costarricense y presidente de ATACS. Ambas cartas fueron firmadas por miembros de la comunidad tribal de Cahuita.

Se invita a consultar los documentos adjuntos para obtener mayor información, en los mismos se evidencian ambas cartas y las firmas de las personas que las envían.

Jerarcas municipales de Talamanca se quitaron la máscara

Bernardo Archer Moore

Por: Bernardo Archer Moore

04/03/2024

Durante todo el proceso de elaboración del Proyecto de Plan Regulador Costero, particularmente en el período preelectoral recién pasado, mostraron una actitud de amistad con la población costera más vulnerable.

Pero ahora que han sido reelegidos y creen que no los necesitan, cuando menos se lo esperaban, se quitaron la máscara de la empatía y la hermandad, para mostrarnos la realidad de su verdadera intención oculta. Algo que algunos sospechábamos desde el principio.

Recordemos primero que los políticos de turno, salvo contadas excepciones, son EMPRENDEDORES de la POLÍTICA electoral partidista.

Luego, desde esa perspectiva se deben analizar y anticipar sus decisiones; como el que han hecho sobre una supuesta recuperación de los 50 metros de área pública a lo largo de la Zona Marítimo Terrestre del Distrito de Cahuita, «sin excepción», como dicen.

Nótese, que no indicaron si sería comenzando del límite norte al límite sur o viceversa, sino que dejaron a criterio de la alcaldía, para remover con ligereza a quienes no son de su agrado o que “estén estorbando” la visibilidad al mar de algún empresario amigo en particular. Aun cuando futuras administraciones municipales o el Estado, tendrá que indemnizarlos después, por la forma atropellada en que se hace.

Un anuncio de esta naturaleza, donde el gobierno local anuncia que, a los ocupantes de los 50 metros de la zona marítima terrestre “se les dará 48 horas para desalojar y demoler su infraestructura; en caso contrario, lo hará el propio municipio”.

Esta no es sólo una AMENAZA DE DESALOJO MASIVO, sino la más cruel e inhumana que hemos vivido en esta zona costera, cosa que ni siquiera hicieron los dictadores del siglo pasado.

Tal amenaza hará temblar las rodillas de los incrédulos que siempre dicen «no va a pasar nada», «aflojándole el codo» al más austero entre ellos. Los hará vulnerables al arreglo «debajo de la mesa» si se les ofreciera la oportunidad.

Allí está el negocio del emprendimiento político electoral, uno diría que es supuestamente para cancelar las deudas de la costosa contienda electoral que acaba de pasar.

Adjunto el documento con el acuerdo de la Municipalidad de Talamanca:

¡¡¡El camino de esperanza para algunos y de cesación para los demás!!!

Bernardo Archer Moore

Por: Bernardo Archer Moore

El Proyecto Plan Regulador Costero de Cahuita, Talamanca, Provincia de Limón; es sin duda un camino de Esperanza y bonanza económica para algunos nuevos inmigrantes, especialmente para los inversores de la Industria Inmobiliaria Costera.

Pero, para los habitantes ancestrales -definidos como descendientes de los fundadores de Cahuita y demás poblados del Caribe Sur; es también sin duda una pesadilla, preludio de una CESACIÓN de bienes inmuebles con imprevisibles consecuencias económicas, incluso llevarlos a la ruina.

Todavía habría que estar «DEFECANDO VERDE” o ser extremadamente descarado, para no poder vislumbrar el futuro sombrío que les espera a los pequeños comercios y a los residentes de bajos ingresos, con un “Plan Regulador Turístico»; hoy disfrazado bajo un nuevo nombre de “PLAN REGULADOR COSTERO” desde 2014 con la promulgación de la Ley N° 9242.

Desde entonces las municipalidades costeras silenciosamente renunciaron a su potestad de realizar una planificación urbana en las áreas de ZMT, sometiéndose por completo a la voluntad del ICT en materia de ordenamiento costero.

Publicado en Las Cosas Son Lo Que Son y compartido con SURCOS por el autor.

EL autor comparte una imagen publicada por la Municipalidad de Talamanca.

El ABC de la zona marítima terrestre

Bernardo Archer Moore

Para comprender los alcances del “PLAN REGULADOR COSTERO” propuesto para el Distrito de Cahuita, Talamanca, es necesario conocer lo establecido en las tres leyes que regulan la Administración Municipal del Patrimonio Estatal de zona marítima terrestre (ZMT).

ESAS TRES LEYES SON:

  1. A) Ley número 6043 de 1977 sobre la ZMT.
  2. B) Ley número 9242 del 2014. (Regulación de las Construcciones Existentes en la Zona Restringida de la ZMT). y
  3. C) Ley número 9221 del 2014. (Ley Marco para la Declaratoria de Ciudades Urbanas Litorales).

En la primera (Ley 6043): Se define el área costera de ZMT, los parámetros de ocupación y su administración. Así como las sanciones aplicables en casos de incumplimiento; salvo las excepciones establecidas en la misma ley. (Artículos 6, 8, 24, 27, 69, 70, y Transitorios).

La segunda (Ley 9242) vino a remediar más de tres décadas de administración irresponsable por parte de algunas municipalidades, que permitieron la libre ocupación y construcción de edificaciones al margen de lo establecido en la Ley 6043; no solo en la zona restringida de 150 metros, pero también en los 50 metros de zona pública. Incluso, en algunos casos con permisos municipales de construcción.

Encontraron muy fácil remediarlo con la promulgación de la Ley de Regulación de Construcciones Existentes (Ley 9242, artículo 4, párrafo segundo); declarando como “PRECARIOS” a todos los propietarios sin Plano y Escritura Pública en mano.

Lo anterior, a pesar de que la Ley 6043 de 1977, los catalogaba como Pobladores y Ocupantes con derecho a la Expropiación e indemnización (Artículos 24, 69 y 70). Es decir, los eximía del Desalojo y Demolición sin previa indemnización. Esto fue como “CAMBIAR LA MADRE POR UNA CHANCHA”.

La Tercera (Ley 9221): En lugar del mencionado reconocimiento de «POBLADORES y OCUPANTES”, por más ridículo que parezca, esta ley les ofrece la posibilidad de obtener una CONCESIÓN (alquiler) de sus propias propiedades familiares (Padres o abuelos) con más de diez años de posesión anteriores a 1977; siempre y cuando hayan cumplido con todas las normas de construcción ordenadas por la Zonificación del Plan Regulador Costero y capacidad económica para pagar el monto fijado de CANON o Renta.

Sin duda, esta maraña de leyes estuvo diseñada para darles una ventana de esperanza a los inversionistas inmigrantes de las últimas décadas, a costa de la pérdida de derechos de aquellas familias asentadas en la zona costera antes de promulgarse la Ley 6043 de 1977. Llámelos, si lo desea, colonos nativos, ancestrales o tribales.

Aparte de la torcida filosofía de gestión del gobierno local de maximizar los ingresos municipales, en lugar del bienestar económico de aquellos a quienes representan, el mayor problema que tenemos es la falta de información entre los habitantes de la costa y de medios para adquirir los conocimientos necesarios. No hay una librería y mucho menos Biblioteca Pública.

La lucha tribal de Cahuita continúa

Bernardo Archer Moore

¿De qué se trata?

Es por el respeto a los derechos ancestrales (cultura y forma de vida) de la población de Cahuita, los cuales anteceden en más de un siglo al Decreto Ejecutivo número 43532 del 5 de mayo de 2022, que reconoce su existencia.

De hecho, el gobierno costarricense simplemente estaba tratando de ponerse al día con las leyes internacionales que se había comprometido a cumplir al ratificar y adoptar el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo («OIT») en 1992. (Administración Carlos Alvarado – Epsy Campbell).

Este último y su jurisprudencia internacional son la cuna y pilares jurídicos de los derechos particulares del Pueblo Tribal de Cahuita. Las cuales no se limitan a la propiedad de la tierra, formas de transferencia; sino también, tener un impacto efectivo y directo en su administración y gobernanza.

En este orden de ideas, la conformación o pertenencia a nuestro Pueblo Tribal NO se debe a la pigmentación de la piel («banca», «negra» o «chocolate»), sino a la autodeterminación de la persona a tener asimilado nuestra cultura ancestral. Y, sobre todo, honrar los lugares sagrados de enterramiento de nuestros antepasados.

Cosa que se nos ha impedido hacer desde 1977, debido a la confiscación de esas tierras por parte del gobierno. Rompiendo así el vínculo de todos los menores de cincuenta años con sus ascendientes (Abuelos, bisabuelos, etc.); hasta el punto de desconocer su propia existencia y más aún el lugar donde fueron enterrados sus restos.

Este es el acto gubernamental más dañino contra nuestra continuidad cultural tribal, que ha causado una grave erosión de nuestra cultura ancestral. Lo que tenemos que hacer ahora es rescatar lo que podamos, protegiendo lo poco que queda.

Paralelo a lo anterior, a pesar de haber sido legislada a satisfacción de nuestros antepasados en 1915 (Ley Número 35), sobre la organización habitacional de nuestro territorio: tipos de construcción, tamaño de calles, ubicación de Escuela, Parque y Policía. (Considerado por algunos como: El Primer Ordenamiento Territorial de Costa Rica).

Ahora, 109 años después, el actual gobierno pretende imponernos una nueva organización territorial ajena a nuestra cultura y su evolución natural denominada “PLAN REGULADOR COSTERO”, que no es otra cosa que un vehículo de GENTRIFICACIÓN COSTERA.

Eso sí, sin haber realizado una consulta previa sobre la naturaleza o modelo de desarrollo que nuestra población desea; obviamente porque conocían de antemano nuestras costumbres, cultura y forma de vida.

En lugar de enfrentar la oposición a sus objetivos de gentrificación, optaron por el camino fácil de reclutar a un pequeño grupo de personas de ascendencia africana y legitimarlos como representantes y portavoces de la población tribal de Cahuita; que como si todos «los miembros de las tribus fueran iguales, y basta con tener uno, dos o tres en sus filas».

Sobre este tema, la Sala IV o La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) tendrán la última palabra.

NOTA:

La Sala IV no ha resuelto aún el Recurso de Amparo (Exp. 23-027898-0007-CO) del 05/12/2023.

 

Publicado en Las Cosas Son Lo Que Son: https://www.facebook.com/100070264653237/posts/446316684387150/?mibextid=WC7FNe

Información compartida con SURCOS por Bernardo Archer Moore.

Contradictoria respuesta del INVU a la Sala Constitucional

Bernardo Archer Moore

Evidencia la continuidad de una política confiscatoria del Estado.

En respuesta a la Sala Constitucional sobre RECURSO DE AMPARO contra Zonificación de CAHUITA descrita en el Plan Regulador Costero, el jerarca del Instituto Nacional de Vivienda (INVU) hace una narrativa al mejor estilo del comediante “CANTINFLAS”.

Al describir la actuación de su representada idéntica a la filosofía del precario de la propiedad ajena.

Por un lado, admitió tener pleno conocimiento de la exclusión de la ZMT a propiedades debidamente inscritas (art.6, ley 6043), pero por el otro lado indicó el jerarca del INVU que las mismas fueron incluidas en los 200 metros de ZMT (Patrimonio del Estado) y planificadas en el Plan Regulador Costero, como si no existieran escrituras públicas debidamente inscritas y registradas en la Municipalidad como propiedades privadas – pagando impuestos.

Además, señala que las personas afectadas tienen la libertad de solicitar ser exonerados del cumplimento de las normas del PRC. Así es, exactamente, como funcionan los precaristas:

Se apropian de la finca ajena con la esperanza de que el dueño registral no aparezca, y si lo hace, primero se cuestiona la legitimidad de su título u condición de dueño, y por último negocian con él o ella a fin de obtener por lo menos el pago por las mejoras.

Sobra decir, que la «recuperación de facto u de hecho» de las posesiones privadas al patrimonio del Estado (200 metros de ZMT), es un acto de confiscación estatal de propiedades privadas al margen del ordenamiento jurídico, orientado quizás, a evadir el proceso de expropiación e indemnización legalmente establecido. (Véase art. 8, ley 6043).

Esta respuesta del jerarca del INVU es un acto de instancia privada, que podría dar a los afectados directos la posibilidad de interponer acciones en resguardo del derecho de propiedad privada.

La herencia fácil ha creado hombres y mujeres débiles en el Caribe Sur

Bernardo Archer Moore

Por: Bernardo Archer (Walker)
Limonal, Cahuita 22-11-23

Cuando se compara la actual generación costarricense afrodescendiente con nuestros antepasados, no se puede evitar preguntarse ¿Qué ha pasado con nuestro pueblo?

La búsqueda de respuestas comienza comparando las circunstancias en las que cada generación llegó a este país. Nuestros antepasados en su mayoría literalmente llegaron a este territorio con una mano delante y la otra detrás, con el compromiso de construir un futuro para ellos, su familia y las generaciones venideras.

Tal propósito los hizo indiferentes hacia las selvas; así como a las serpientes, tigres y leones no fueron rival para su valentía y determinación. Tampoco lo fueron las políticas gubernamentales adversas que aparecieron después, para las cuales encontraron fuerza en la unidad y la solidaridad.

Así que nosotros, las generaciones actuales de negros, jóvenes y mayores, somos los benefactores del arduo trabajo y los sacrificios de nuestros antepasados. Algunos nunca tuvimos que luchar por nada porque ya lo habían hecho por nosotros.

Por lo tanto, esto creó un sentimiento de paternalismo entre nosotros, que nos ha llevado a tener la falsa esperanza de que alguien más resolverá nuestros problemas, un mesías como lo fueron nuestros antepasados.

Dicho esto, parece que la generación actual de adultos mayores negros y, por supuesto, adultos jóvenes aún no han trascendido de ser beneficiarios de los sacrificios de nuestros antepasados, a asumir la tarea de custodios y defensores de esos legados ancestrales en beneficio de las generaciones futuras de caribeños negros.

Nuestra conducta es como si el mundo fuera a acabarse con nuestra salida de él. Hemos perdido de vista que “solo el pueblo salva al pueblo”.

Hermanos y hermanas: No esperáis que Dios te ayude mientras que tú mismo no hacéis nada por ayudarse.