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Etiqueta: Código de Trabajo

Las huelgas están inscritas en la Historia Nacional

Vladimir de la Cruz

La historia de las huelgas laborales en Costa Rica se remonta al siglo XIX. Desde 1874 tenemos noticias de ellas, incluso en el sector público. En el último tercio de ese siglo grandes movimientos huelguísticos se dieron, entre ellos la huelga de los trabajadores italianos que laboraban en la construcción del ferrocarril. También la hubo de españoles. A finales del siglo XIX hubo un crecimiento del número de huelgas.

A principios del siglo XX fueron importantes las huelgas de los panaderos. En la primera mitad del siglo XX tuvimos períodos de auge en el movimiento huelguístico, 1907-1911, 1917-1921, 1927-1934. Entre 1938 y 1943 hubo importantes movilizaciones obreras y de trabajadores, como de campesinos. En 1946 hubo una huelga contra la CCSS y en 1947 la famosa Huelga de los Brazos Caídos. Durante el período de la Junta de Gobierno también hubo movimientos huelguísticos.

Posterior a la Junta de Gobierno, entre los años 1950-1962 hubo huelgas, las que disminuyeron en el período 1962-1969. A partir de 1970 hubo un incremento de las huelgas, y especialmente en el sector público, junto con grandes movilizaciones populares como fueron las luchas contra el Contrato Ley de la ALCOA, las luchas contra el llamado COMBO del ICE, las luchas contra el Proyecto de Ley del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos y, finalmente, este movimiento huelguístico contra el Proyecto de Ley de la Reforma fiscal.

En esta historia de huelgas se han dado características particulares de ellas. En todas las huelgas se elabora una lista de reivindicaciones, de diverso tipo, a negociar con la parte patronal. Se elabora un plan de lucha para obtener el mejor resultado. Y ser parte, obviamente, de un proceso de negociación donde, de parte de los sindicatos y trabajadores, tienen objetivos principales y secundarios por lograr y, en esta perspectiva, capacidad para negociar y obtener el mejor de los resultados planteados y posibles.

Las huelgas deben tener objetivos posibles de lucha. Huelgas con objetivos imposibles son liquidadas y están dadas a fracasar. Solo dirigentes sindicales y políticos irresponsables pueden conducir un movimiento de lucha sindical o político a luchas imposibles de tener resultados favorables a los trabajadores, aunque sean pocos.

En la historia de las huelgas han pesado las llamadas huelgas laborales. Son las que se han dado, se dan y se seguirán dando en centros de trabajo, instituciones públicas y empresas del sector privado. En estas se pone en movimiento un grupo de trabajadores por lograr beneficios económicos sociales, reivindicaciones laborales o por defender derechos laborales que sienten amenazados.

Desde 1943, cuando se aprobó el Código de Trabajo, las huelgas están reguladas en su funcionamiento y ejecución. Para que la huelga laboral se dé se necesita cumplir con un trámite procesal, que agotado sin posibilidad de lograr nada los trabajadores, en discusión con sus patrones, pueden acudir a la huelga, al paro de sus labores, a la suspensión del trabajo, y sobre la acción de fuerza de la huelga, discutir lo pretendido.

Antes de 1943 las huelgas se dieron sin regulación laboral especial. En 1920, con motivo de las huelgas que se dieron durante todo ese año, en diciembre, cuando el gobierno reconoció y estableció la jornada de ocho horas de trabajo diarias, que era el motivo de las huelgas, en el Decreto, el Gobierno reconoció el derecho de los trabajadores a la organización sindical y a la huelga, sin que se hubiera hecho una legislación especial al respecto.

La huelga es una forma de protesta social, organizada de los trabajadores y sus organizaciones sindicales. Resultado de ella se produce una paralización de labores, de trabajos, en perjuicio de sus patronos, privados o públicos, ante quienes proponen reivindicaciones o reclamos.

Cuando se constituyó la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en 1919, los países que forman parte de esta organización, que suscriben y ratifican los Convenios que en esta organización se aprueban, pasan a integrar, como parte de su legislación interna, estos Convenios, con rango superior a las leyes nacionales.

Costa Rica forma parte de la OIT y ha aprobado una buena cantidad de Convenios, entre ellos los de derecho a la organización sindical y a la huelga. Por eso en las reivindicaciones de los movimientos huelguísticos se mencionan estos Convenios. Para la OIT la huelga es un medio legítimo fundamental de los ciudadanos y de los trabajadores, por medio de sus organizaciones sindicales, para defender sus intereses económicos y sociales.

Las huelgas las conocemos desde la antigüedad, desde Egipto, en la época de los faraones. Pero, las huelgas modernas, vienen, en su origen, desde la Revolución Francesa y de la Revolución Industrial del siglo XIX, cuando empezó a organizarse el movimiento obrero contemporáneo.

Como parte de las protestas del movimiento obrero internacional, y particularmente europeo, en el siglo XIX, se dieron movimientos huelguísticos y luchas sociales que adquirieron la forma de cartismo y ludismo.

El cartismo fue el movimiento que se orientó en enviar cartas a los Congresos Legislativos denunciando las malas condiciones de vida y de trabajo de los trabajadores, con la finalidad de que los legisladores aprobaran leyes que regularan estas situaciones.

El ludismo, que debe su nombre a Ned Ludd, dirigente obrero, quien llamaba a la destrucción de las máquinas considerando que eran las culpables de las malas condiciones de vida y de trabajo y de la situación económica y social de los trabajadores.

Estas luchas se reorientaron a partir de 1850 con la presencia, en los trabajadores, de las corrientes políticas socialistas, anarquistas y comunistas, particularmente, y a finales del siglo XIX de las corrientes socialdemócratas y socialcristianas.

En este contexto se llevaron a conceptuarlas como parte de la lucha social política, como parte de la lucha de clases, que adquiría un sesgo anticapitalista y más tarde de lucha por el socialismo, como resultado final de una Revolución social y política.

De este período, en la segunda mitad del siglo XIX, se articula también, a partir de 1864, una organización internacional sindical, la Asociación Internacional de Trabajadores, fundada por Carlos Marx, considerando que si el capitalismo y los capitalistas estaban organizados a nivel internacional de igual modo los trabajadores debían organizarse, a ese mismo nivel, para coordinar luchas en los distintos países.

Hoy hay muchas organizaciones sindicales en cada país, hay federaciones de ellas y confederaciones nacionales. Pero también hay niveles de organización regional sindical, centroamericanas, latinoamericanas, por ramas de producción internacional, y las hay de carácter internacional o mundial.

La huelga laboral se incorporó como parte de los derechos de segunda generación, dentro de la libertad sindical, y se reconoce en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ratificado por Costa Rica.

Las formas y los tipos de huelgas que históricamente se han dado adquieren una gran variedad. Veamos algunas.

Las huelgas hoy son legales e ilegales. Las legales aquellas que se realizan de conformidad al ordenamiento legal y constitucional, donde se cumplen trámites para solicitar ante el Juzgado la legalidad del movimiento. La ilegales las que se realizan fácticamente sin cumplir ningún trámite legal para convocarlas y realizarlas. Las consecuencias de unas y otras son evidentes. En las legales se produce una situación de fuerza, y de espera tirante, entre la parte patronal y laboral por aguantar en estado de huelga para finalmente resolver lo que se discute, el motivo de esa huelga. En las ilegales, las consecuencias son directas contra los trabajadores, en perjuicio de sus salarios que no los reciben durante el período de la huelga, y con amenaza de despido laboral o pérdida del trabajo.

En Costa Rica en toda la historia de las huelgas menos de 12 han sido declaradas legales. Todas, en la práctica ha sido declaradas ilegales. Así se han hecho, y así también han llegado a acuerdos finales, para ponerle fin al conflicto, donde las sanciones contra los trabajadores se minimizan, como se ha propuesto en el actual conflicto que ha vivido el país. Si no se llega a ese acuerdo las consecuencias son evidentes, reales y efectivas.

Entre las presiones laborales y políticas que históricamente se han planteado se han dado las llamadas Huelgas de Hambre. Es la protesta o acto al que se presenta un dirigente sindical o político, o varios, que dejarán de ingerir alimentos durante el plazo que sea necesario para obtener los resultados o reivindicaciones que se demandan. Estas huelgas no pueden ser improvisadas. Los huelguistas de hambre deben prepararse para ello, con supervisión y asistencia médica, y para que puedan durar en ese estado. Estas huelgas se hacen siempre con objetivos alcanzables porque se trata de que se puedan lograr y de que los huelguistas no se mueran. Pero, se trata también de que alrededor de quienes están en huelga se produzcan grandes movilizaciones sociales, de trabajadores, en su apoyo.

Existen las Huelgas de Solidaridad. Son las que se llevan a cabo a favor de un grupo de trabajadores que están en huelga por parte de otros trabajadores, de su propia rama de producción o de otras empresas. Pueden llegar a tener un gran carácter expansivo.

En Costa Rica se dieron movimientos de solidaridad con los huelguistas italianos que construían el ferrocarril, en el siglo XIX, en Turrialba, Cartago y San José, sin que llegaran a realizar huelgas. Las primeras, importantes, de solidaridad laboral, con paro de empresas, se dieron con los huelguistas panaderos de principios del Siglo XX. De esas huelgas hubo tres consecuencias importantes. La primera, fue la expulsión del país de los dirigentes de la huelga, panaderos de origen español, entre ellos Juan Vera, el más destacado. La segunda, se produjo un decreto del gobierno que impidió la circulación de materiales anarquistas, socialistas y comunistas por el correo, porque a los dirigentes sindicales se les imputaba de anarquistas. La tercera, impulsó la creación de la primera Federación de Trabajadores San José en 1905. A finales de la década 1900-1910 se produjo un movimiento de solidaridad de trabajadores traídos de Panamá para romper una huelga bananera, a la que se sumaron cuando llegaron a Limón y se dieron cuenta que los habían traído de rompehuelgas, debido a que eran militantes sindicales. Las otras huelgas de solidaridad se dieron en el sector bananero en la década de 1980.

Existen también las llamadas huelgas de Brazos Caídos. Son reivindicaciones o protestas que se llevan a cabo en la propia empresa, en el puesto de trabajo, donde los trabajadores permanecen inactivos durante la duración de esta huelga.

En Costa Rica, en 1947, se dio una Huelga de Brazos Caídos con pretensiones políticas contra el gobierno de Teodoro Picado con el propósito de obtener garantías electorales y políticas, por parte de la oposición política, frente al proceso electoral que se avecinaba en diciembre de 1947 y febrero de 1948.

En la huelga de brazos caídos los trabajadores no abandonan la empresa o institución, y se pueden establecer turnos para ocuparla permanentemente.

Como variantes de este tipo de huelgas se dan las llamadas huelgas de Bolígrafos Caídos, cuando en el caso de demandas de policías o agentes de tránsito cuando se niegan a elaborar partes de multas. En algunos países cuando periodistas entran en paros o huelgas usando este método de negarse a escribir en el periódico. Aquí, en Costa Rica, no hay registro de estas dos formas de huelgas.

Está también la llamada Huelga General. Históricamente fue concebida, desarrollada e impulsada por los anarquistas. Se trata de impulsar un movimiento general en el cual se paralice toda la actividad productiva y estatal, con apoyo de todos los grupos sociales, estudiantes, campesinos, pensionados, amas de casa y trabajadoras domésticas. Se trata de que toda la población trabajadora se integre a ella. Su objetivo fundamental es hacer caer a un gobierno.

Aquí, en Costa Rica, este concepto de Huelga General la Asociación Nacional de Empleados Públicos, y su principal dirigente, Albino Vargas, desde el 1 de setiembre, ya pensionado de su ejercicio de funcionario y dirigente sindical, lo han usado muchas veces para llamar a actos de suspensión de labores. Con esta consigna más que huelgas generales han realizado manifestaciones de trabajadores, y pequeñas huelgas en algunas instituciones estatales. Muchas de esas manifestaciones eran solo de dirigentes y unos cuantos trabajadores.

Por la mala forma que han llamado a la realización de la Huelga General me parece que han prostituido el término, lo han debilitado y lo han hecho ineficaz.

Grandes movimientos sociales, como ALCOA, COMBO del ICE, la lucha contra el TLC-CA-RD, o el actual, contra la Reforma Fiscal, no responden a esta concepción de lucha bajo el llamado a la Huelga General.

La huelga general se caracteriza por su extensión más que regional, ojalá de todo el país.

La Huelga General requiere un aparato político de apoyo, de partidos políticos o de fuerzas políticas reales, de lo contrario es llamar a la anarquía social, a la anomia fáctica institucional.

El Movimiento Solidaridad, de características sindicales, en Polonia, con base en la lucha organizada de los trabajadores y de los sindicatos de los astilleros de Gdansk, sí pudo conducir esa forma de lucha en Polonia contra el gobierno y el régimen comunista, porque había ausencia de partidos políticos de oposición y el movimiento sindical ocupó su lugar como fuerza política actuante.

En Costa Rica todavía hoy el movimiento sindical no puede sustituir a los partidos políticos como fuerza política opositora al sistema y al gobierno, ni como alternativa político electoral. Esta debilidad no la pueden subsanar en esta forma de lucha de convocatoria de Huelga General, ni siquiera tratando de sustituir la ausencia hoy de partidos de izquierda con cierta presencia nacional que carecen de fuerza social organizada, como tenían los partidos de izquierda antes de 1990 en el país.

La dirigencia sindical actual no admite conducción política partidaria como se hacía antes de 1990, pero tampoco por sí misma es un poder político. Han tenido ribetes de participación marginal en partidos políticos. Han tenido especial acercamiento a los gobiernos últimos del Partido Acción Ciudadana, no a su Partido.

A lo único que contribuye esta dirigencia sindical con sus acciones ácratas es a desdibujar el peso de las instituciones democráticas, a debilitar la imagen de las instituciones de Poder Político, a fortalecer las imágenes negativas y de desgaste que se han venido promocionando peligrosamente contra los políticos, la Política, los partidos políticos, los Poderes Públicos y los controles políticos establecidos, sin posibilidad real de sustituirlos.

En el momento actual este tipo de convocatorias irresponsables solo puede contribuir a fortalecer tendencias populistas extremas que pueden resultar incontrolables para la sociedad democrática nacional, e incontrolables para los mismos dirigentes sindicales y su propia organización.

También se pueden dar huelgas o paros laborales por horas, o por períodos de tiempo no superiores a la jornada diaria de trabajo. Generalmente se llevan a cabo como experiencia organizativa y de preparación de movimientos mayores. De estas se pasa a la huelga de uno o dos días, o de varios, generalmente con períodos de finalización, pero en posibilidad de ir a huelgas más prolongadas.

No hay experiencia en el país de huelgas novatorias, que son las que se realizan para alterar o modificar lo pactado en los Convenios Colectivos de Trabajo, o que resulten de laudos arbitrales. En general lo pactado en convenios colectivos se negocia con otra Convención Colectiva al finalizar el término de la original. No hay ni siquiera práctica de negociar solo aquellas cláusulas en las cuales los sindicatos o los patrones están interesados en modificar. Para modificar unas cláusulas se debe negociar todo el Convenio. Con las nuevas disposiciones jurisprudenciales de la Sala IV el movimiento sindical debe revisar este aspecto de su lucha.

Huelgas rotatorias se producen en empresas o instituciones cuando se dispone que en una parte de la empresa o institución sus trabajadores paralizan sus labores, alternándose en la cesación de funciones o de trabajo con la finalidad de afectar la coordinación de los procesos productivos o de los servicios empresariales o institucionales. En Costa Rica no se han dado este tipo de huelgas o protestas.

Huelgas estratégicas se llaman en el movimiento obrero internacional aquellas que afectan de modo directo la actividad productiva básica de una empresa, que a su vez repercute en cadena a otros sectores estratégicos y sensibles del sistema económico productivo, paralizando otras empresas por este efecto. Es el caso de la parálisis en cierto tipo de empresas como muelles, ferrocarriles, transporte, comunicaciones en general, electricidad. Cuando en estos servicios en Costa Rica se han dado huelgas producen esos efectos pero no han sido convocadas de esa manera.

En el campo laboral estas son las huelgas más tradicionales.

Otras formas de huelgas, algunas de ellas no conocidas o realizadas en Costa Rica, son las huelgas de consumo, que son formas de protestas para no consumir determinados productos de ciertas empresas, por razones laborales, por maltrato, discriminación o explotación de trabajadores o por incumplimiento de leyes laborales, por incumplimiento de aspectos ambientales, o para apoyar a trabajadores en huelga en esas empresas.

Y, están las huelgas estudiantiles, también de larga data en la Historia nacional, tema de otra reflexión.

En resultado del movimiento de protesta realizado estos días contra el Proyecto de Ley de Reforma Fiscal, en mi opinión, a pesar de las grandes movilizaciones, el movimiento sindical y sus dirigentes salieron perdiendo en toda la línea. No hay que cantar victoria por los niveles de conciencia anti gobierno que pudieran agitarse en esta lucha en estas jornadas. No hay que cantar victoria por las movilizaciones que se dieron y las que se mantuvieron en el interior del país. El resultado de esta primera fase fue la derrota del movimiento sindical que ni siquiera pudo cumplir, por parte de los dirigentes que llegaron a la elaboración de un acuerdo, de poder convencer a sus asambleas sindicales de aprobarlo. Y la derrota de esos dirigentes fue la desautorización de esas asambleas hacia ellos por haber llegado a ese documento, y de no aceptar su cumplimiento. Los que originalmente, esa madrugada, no aceptaron el documento fueron arrastrados a la presión social de aprobarlos por quienes los habían aprobado, quedándose aislados ante la inmensa mayoría de la población y de los trabajadores. Por la fuerza de los acontecimientos algunos sindicatos fueron firmando lo acordado, pero mostrando la debilidad de ellos en el atraso de esa firma, y el repudio de sectores populares ante ciertos actos sindicales en centros de trabajo. Finalmente, ante la aprobación del Proyecto Fiscal en su primer debate parlamentario quedaron más debilitados.

El movimiento sindical, y su dirigencia, no tuvieron la capacidad de tener una agenda alterna en este conflicto. Su consigna de rechazo y de retiro del Proyecto de Reforma Fiscal era imposible en la forma que se dio. La lucha dirigida en esa línea era al fracaso como único objetivo de lucha.

El pliego de peticiones de los sindicatos mostrado al final de esas conversaciones no dejó de ser tan solo eso, un pliego de peticiones y de propuestas. No pudieron articular un solo Proyecto de Ley relacionado con cada una de sus pretensiones, muy válidas la mayoría de ellas, y bien justificadas.

El movimiento sindical y sus dirigentes en esta lucha quedaron atrás. Pudieron articular, como parte de su estrategia, un conjunto de Proyectos de Ley para que paralelamente complementaran al Proyecto de Reforma Fiscal, en lo que ellos señalaban que le faltaba y fueron incapaces de proponerlos.

Algunas de estas propuestas sindicales, tenían aval del sector empresarial, como la lucha contra el contrabando, la evasión y la elusión. Y perdieron oportunidad de aliarse a este sector para conjuntamente elaborar esos proyectos de ley.

Ahora se han presentado a la corriente del trámite parlamentario iniciativas, por parte de diputados, en postura multipartidista, prácticamente de todos los partidos políticos representados en la Asamblea Legislativa, los que impulsaron la Reforma Fiscal y los que no la apoyaron, de proyectos de ley para regular a las cooperativas y cobrarles impuestos, para regular a la zonas francas para corregir la exoneración que las cubre en algunos aspectos, para regular las transferencias del gobierno a instituciones descentralizadas de modo que no puedan ser recortadas, para desregular el enganche del salario de médicos y el plan para evitar que se rebaje a los docentes el sobresueldo de recargo por labores especiales que reciben.

Al perder el movimiento sindical esta iniciativa perdió también estas banderas. Le queda al movimiento sindical y a su dirigencia actual, ir en el furgón de cola a apoyar estas iniciativas si así lo deciden.

El relevo de la dirigencia actual sindical quedó en evidencia en esta lucha. De hecho en las asambleas sindicales recientes algunos fueron fácticamente relevados…cuando no les aceptaron lo pactado por ellos…aunque aún permanezcan en sus asientos.

Un dirigente sindical, por citar uno de los actuales, como Albino Vargas, curtido en 35 años de lucha, y de dirigente sindical durante casi todos esos años, reconocido como el más emblemático dirigente sindical, de los mejor informados y conocimiento de los problemas nacionales desde su perspectiva sindical, y con más presencia pública, en estos años, aunque no represente el sindicato más grande, prácticamente cavó en esta lucha su propia sepultura… no casualmente tramitó su derecho a la jubilación, efectivo a partir del pasado 1 de setiembre.

¿Pero, serán mejores dirigentes sindicales, los que les sucedan, más sensatos, más inteligentes, más conocedores de la realidad social y política del país, en el momento histórico que vivimos, más políticamente formados? ¿Serán más enérgicos, o “extremistas”, en sus luchas? ¿Políticamente serán más antisistema, anti políticos, anti política, anti partidos políticos, anti institucionalidad democrática nacional, promoverán sus luchas más dentro del esquema de la lucha de clases clásica del periodo anterior a 1990?

La nueva generación de dirigentes sindicales que se asoma provoca estas interrogantes para nuevas reflexiones.

Huelgas seguiremos teniendo con esta dirigencia sindical o con otras dirigencias sindicales, con partidos políticos que las dirijan o sin ellos. Y, peligrosamente hasta dirigidos por líderes de características populistas o pentecostalistas, que estos últimos ya están tratando de ganar dirigencias sindicales.

El Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, traidor, preso y libre

Vladimir de la Cruz

El Dr. Calderón Guardia, como cariñosamente se le recuerda y trata, es una de las figuras políticas y de los líderes políticos nacionales, que tendrá una presencia en el imaginario colectivo de manera imborrable.

A él se asocian la fundación de la Universidad de Costa Rica, la Caja Costarricense del Seguro Social, la promulgación del Capítulo de las Garantías Sociales y del Código de Trabajo, Casas para los trabajadores mediante el Programa de las Casas Baratas, tierra para los campesinos, en esa década que todavía habían tierras para entregar para procesos de colonización, lo que el Partido Comunista de Costa Rica había impulsado a principios de esa década, hacia el norte del Valle Central, políticas de precios fijos para los productos agrícolas, protección a las industrias cafetalera, azucarera y tabacalera, impulso a las cooperativas agrícolas, restablecimiento de la enseñanza religiosa en los colegios y escuelas, el arreglo de límites con Panamá y el amojonamiento de la frontera con Panamá, la derogatoria de las Leyes Liberales, la creación del Conservatorio Nacional de Música, el Código de Educación, el impulso a la organización de una gran cantidad de Colegios Profesionales, el Código Sanitario, la pavimentación de San José, el Muelle del estero de Puntarenas, la planta eléctrica de Liberia, la construcción del Estadio Nacional en La Sabana, el sistema de cloacas en la ciudad de Heredia, pozos de agua potable en Guanacaste y una cantidad de otras obras de carácter infraestructural que podría citar en kilómetros de carreteras, edificios escolares y públicos, en unidades sanitarias, cañerías.

Del mismo modo participó, valientemente, del lado de los aliados en la II Guerra Mundial, enfrentando al Eje Nazi Fascista con su solidaridad y declaratoria de guerra a Alemania, Japón e Italia.

Como el gran líder que fue participó de una alianza política como nunca la Historia Nacional había conocido, de su Gobierno, la Iglesia Católica y el Partido Comunista para poder impulsar, en su parte final, las grandes reformas sociales y laborales, que han contribuido a darle estabilidad, salud, progreso a la economía y producción nacional, y al pueblo costarricense.

La Obra del Gobierno del Dr. Calderón Guardia está grabada, de manera indeleble, en el corazón y la mente de todos los costarricenses, de manera genética. Cada costarricense que hoy nace y estudia hasta los niveles universitarios, tiene la presencia del Dr. Calderón Guardia acompañándolo en su salud y en sus estudios, y en la protección de sus Derechos Laborales y Sociales. Esto nadie lo puede borrar ni ignorar, aunque algunos hoy, incluso de lo que queda de su propio partido, o quienes se identifican con su figura, porque son calderonistas solo de etiqueta, quieran desdibujar, disminuir y debilitar, con sus actos legislativos y políticos, y con su silencio partidario, del Partido Político que le reivindica.

Los sucesos acaecidos después de 1944, y hasta la guerra civil de 1948, motivados, entre otras justificaciones, en los procesos electorales, y la forma cómo se realizaban en esa época, y por reacción contra las Reformas Sociales aprobadas, en vigencia y empezando a andar, condujo a una crisis política que desembocó en una acción política contra el final del Gobierno de Teodoro Picado Michalski, la nulidad de las elecciones de Otilio Ulate, y el levantamiento militar de José Figueres, que culminó en su triunfo político militar, y en el Golpe de Estado que le impuso a Otilio Ulate, en cuyo nombre se había realizado la Guerra Civil, para quedarse gobernando, a la fuerza, Gobierno de Facto, por casi dos años, hasta que le entregó el Gobierno al Presidente electo en 1948.

La Obra de Figueres en este gobierno también tiene su mérito institucional. Entre otras cosas no tocó la Reforma Social y Laboral aprobada en 1943, y la desarrolló institucionalmente.

La tensión del año 48 condujo a un intento de los calderonistas, de actuar contra el Gobierno de Facto, en diciembre de 1948, desde Nicaragua, para lo que no había condiciones políticas, militares ni de apoyo interno o externo. La Junta de Gobierno aprovechó la situación para realizar el asesinato del Codo del Diablo, matando varios líderes comunistas que tenía presos en Limón, para advertir a los comunistas que si acompañaban en esa aventura militar a los calderonistas, a todos los comunistas que tenían presos les iba a ocurrir igual suerte. El Partido Vanguardia Popular, como ya se llamaba el Partido Comunista, no estaba de acuerdo con este intento militar. Esto motivó que la Junta Fundadora de la Segunda República declarara al Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, en diciembre de 1948, Traidor a la Patria, por Decreto Ejecutivo, por Decreto Ley, que la Junta realizaba.

Los Decretos Ley que la Junta hizo durante su tiempo de Gobierno, 8 mayo 1948 – 7 noviembre de 1949, al terminar su período y entregar el Poder a Otilio Ulate, en sus últimos actos, la Asamblea Nacional Constituyente que cesó sus funciones el 7 de noviembre de 1949, avaló todos los Decretos Ley de la Junta, entre ellos, obviamente el de Traición a la Patria que le habían hecho al Dr. Calderón Guardia.

Luego, en el primer Gobierno Constitucional de Figueres, 1953-1958, de nuevo, en 1955, se intentó, otra vez desde Nicaragua, invadir el país, por parte de calderonistas, para derrocar a Figueres, movimiento que fracasó, y a cuyos detenidos se les indultó, por un arreglo político que se hizo con el mismo Presidente José Figueres.

En 1970 en el segundo Gobierno Constitucional de José Figueres se declaró Benemérito de la Patria al Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, en cuyo gobierno también falleció. Todavía los odios y pasiones de la guerra civil eran encendidos, pero hay que reconocer que Figueres hacía un esfuerzo porque se superaran. Así lo hizo en las placas que puso en los monumentos que levantó para conmemorar el 25 aniversario de la Guerra Civil, reconociendo en ellos a los caídos de los dos bandos.

El Benemeritazgo de hecho borraba y superaba la declaratoria de Traidor que se le había hecho.

El actual Presidente de la Asamblea Legislativa puso su empeño en que por acuerdo legislativo, por Ley de la República, fuera eliminado aquel Decreto Ley de Traidor, lo que se hizo el lunes pasado, en primer debate legislativo, por la totalidad de los diputados presentes.

Se reafirmó así lo que la Declaratoria de Benemeritazgo ya había hecho.

Aun así, con su Benemeritazgo, siempre hubo una mano maléfica, de odios ancestrales o viscerales, contra el Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia. Cuando se terminó de construir en 1969, e inaugurado en 1970, el Hospital México, al frente de la instalación, en una plaza que tiene, se puso un Monumento al Dr. Calderón Guardia, con una figura de una pirámide invertida, en cuyo centro de colocó una efigie, una escultura de buen tamaño, del Dr. Calderón Guardia, pieza monumental que en uno de sus lados tenía una abertura para ver al Dr. Calderón Guardia, pero en esa abertura pusieron una reja. Así daba la sensación de que tenían preso, en una celda en exhibición, al Dr. Calderón Guardia.

¿Quién hizo eso de esa manera? ¿Quién actúo como carcelero del Dr. Calderón Guardia? ¿O quien dio la orden de poner la reja para que aparentara estar preso? La verdad es que no sé. Si lo supiera lo diría en este comentario.

Cuando Rafael Ángel Calderón Fournier, en ejercicio de la Presidencia inauguró la Plaza de las Garantías Sociales, frente al edificio sur de la Caja Costarricense del Seguro Social, trasladó la imagen de su padre a esa Plaza, rindiéndole el honor de exhibirlo de cuerpo entero, sin jaula o celda alguna. De hecho lo liberó de aquella patraña que le habían hecho.

También en su gobierno falleció el Presidente Figueres, y bajo su Gobierno también se le dio el Benemeritazgo de la Patria. Con ello se sellaron los resabios de resentimientos políticos y se restañaron las heridas aún existentes de 1948.

Hoy la figura del Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia está allí, más cerca del pueblo. A él se le han sumado acompañándolo los otros dos Beneméritos de la Patria, que contribuyeron a la aprobación de la Gran Reforma Social y Laboral de Costa Rica, de su Gobierno, con sus bustos, Manuel Mora Valverde, Secretario General del Partido Comunista o Vanguardia Popular, y recientemente Monseñor Víctor Manuel Sanabria Martínez, Arzobispo y Jefe de la Iglesia Católica.

Los Tres, hoy, luceros inapagables en lo mejor de la conciencia nacional y en la Galería de los Hombres Ilustres que han contribuido a tener el país que disfrutamos de progreso social, de democracia robusta y sólida, de sociedad más justa y próspera.

Solicitan a Ministro de Hacienda proteger a los pensionados

SURCOS recibió a siguiente petición enviada al Ministro de Hacienda para hacer cumplir la ley que protege a las y los pensionados.

Compartimos la carta:

11 de septiembre de 2020

PETICIÓN

Señor: Elian Villegas Valverde
Ministro de Hacienda

Estimado Señor:

Me dirijo a usted en razón de que observo y concluyo que usted es un ser humano honrado y con transparencia, respetuoso de la normativa legal de Costa Rica y por ello al igual que usted hizo respetarla Ley de Usura, le solicito respetuosamente hacer cumplir la ley que protege los pensionados, tema que la Tesorería Nacional conoce, pero se niega a honrar.

Las leyes a que me refiero son las siguientes:

Código Civil Ley No.63:

“ARTÍCULO 984.- No pueden perseguirse, por ningún acreedor, y en consecuencia no podrán ser embargados ni secuestrados en forma alguna:

1) Los sueldos, en la parte que el Código de Trabajo los declare inembargables.

2) Las jubilaciones, pensiones y beneficios sociales del deudor y las pensiones alimenticias…”

Dado que la pensión es producto de los aportes del trabajador a lo largo de su vida laboral, podemos y debemos aplicar el Código de Trabajo para interpretar o aplicar dicho derecho, así como los Principios del Derecho Laboral, sobre todo el In dubio pro operario.

Código de Trabajo Ley N° 2

ARTICULO 11.– Serán absolutamente nulas, y se tendrán por no puestas, las renuncias que hagan los trabajadores de las disposiciones de este Código y de sus leyes conexas que los favorezcan.

Además, en el ordenamiento jurídico costarricense existen otras leyes que refuerzan el espíritu y compromiso social de los legisladores costarricenses para garantizar a los pensionados una vida digna, por ello existen otras normas que sirven como leyes complementarias para reforzar esa tesitura de los legisladores, estas son:

Ley Orgánica del Poder Judicial Nº 8 (1937)

Artículo 231- Excepto por pensión alimentaria, no son susceptibles de embargo, ni de venta, cesión o cualquier otra forma de traspaso, las jubilaciones y las pensiones, ni el Fondo establecido para cubrirlas.

Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social CCSS:

Artículo 59.- Las prestaciones en dinero acordadas a los asegurados no podrán cederse, compensarse ni gravarse, no son susceptibles de embargo, salvo en la mitad por concepto de pensiones alimenticias.

Sabedor de su respeto por la Leyes de Costa Rica, le agradezco de antemano su decisión de hacer respetar dichas leyes.

Atte.:
Luis Diego Seas Oses
Cédula: 1-0623-0133
Teléfono: 8882-2688
Correo electrónico: ldseas@gmail.com (primera letra L minúscula)

Aprender del Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia

Vladimir de la Cruz

Cuando el Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia asumió la Presidencia de la República, en su discurso del 8 de mayo de 1940, manifestó que seguiría los lineamientos, que habían contribuido en su formación personal, desde el hogar y de sus estudios en Europa, en Bélgica, cuando se formaba como médico, de la doctrina social cristiana, en ese momento, 1940, la Encíclica Rerum Novarum, el Código Social de Malinas y la Encíclica Cuadragésimo Anno. En ese momento no mencionó Garantías Sociales ni Código de Trabajo.

Su formación en la Europa de la post guerra, de la I Guerra Mundial, y de sus estudios y lecturas, le profundizaron su sensibilidad social, junto a la que la formación de médico le daba.

Al regresar a Costa Rica, a finales de la década de 1920, vio con dramatismo, que lo marcó para los años siguientes, los males sociales que se vivían en el país, en esos años, el desamparo social, los “desheredados”, como él los llamó, la injusticia social, las malas viviendas carentes de aire y de luz, las enfermedades que agobiaban a la población nacional, la indigencia, el hambre, la alta mortalidad en partos, los malos salarios, la falta de protección social, el negarle a los trabajadores el derecho que lo que les produce su trabajo les genera.

Observó la caridad y la beneficencia de la época como una práctica “humillante”. Señaló contundentemente que con desnutrición en la niñez y en la población “las medicinas sobran” y, enfatizó que a los niños pobres se le negaba el derecho a la vida.

Claramente sentía que nadie podía sentirse orgulloso al observar ese panorama de la Costa Rica de finales de la década de 1920, que no parece muy alejado al de la Costa Rica actual.

Consideraba el Dr. Calderón Guardia que las causas de estos males eran las condiciones económico-sociales que se vivían, que se están volviendo a repetir, de manera agudizada y evidente, en este momento de la Pandemia, y que por ello él no podía perder la noción de la Justicia.

Para él su paso por la Universidad europea fue la que le abrió los ojos para ver mejor esta realidad, y para no ser indiferente ante ella, especialmente ante los problemas sociales, como él mismo señalaba, y no ser indiferente ante el dominio del poderoso sobre el débil y ante la esclavitud económica de las grandes mayorías sociales.

Su paso por la Municipalidad de San José, 1930-1934 y por el Congreso de la República, 1934-1939, le dieron la visión política, que le permitió, al asumir la Presidencia en 1940, tener claro su propósito de Gobernante.

Apoyado e impulsado a la candidatura presidencial por fuerzas conservadoras, y ganando con un gran apoyo popular, 88% de la votación presidencial, entendió que él tenía una gran responsabilidad personal y política frente a quienes le habían confiado el destino del país, en un momento crucial de la vida internacional, sin dimensionar aún, en 1940, el peso que tendría la II Guerra Mundial iniciada en setiembre de 1939, en la economía nacional y en la vida social del país.

Al asumir la Presidencia esbozó su camino en la dirección de que Costa Rica seguiría una senda de bienestar y progreso.

Hasta el 1 de mayo de 1941 informó que enviaría al Congreso su Proyecto de las Garantías Sociales. Ya había impulsado la apertura de la Universidad de Costa Rica el 26 de agosto de 1940, y en marzo de 1941, la Universidad iniciaba sus primeros pasos. Al señalar los Seguros Sociales manifestó que eran un instrumento de paz social y que respondían al deber del Estado de prevenir que la sociedad se debilitara. Eran los seguros de enfermedad, invalidez, vejez y muerte los que iniciaban.

Un año más tarde, el 1 de mayo de 1942, con contundencia anuncia el inicio de la Caja Costarricense del Seguro Social. De nuevo señala que esta institución es en beneficio de la clase trabajadora, que es una institución imprescindible de Costa Rica, que es un Derecho inalienable del pueblo, que asegura las bases de la paz.

En esta misma dirección se pronunció ese día a favor del salario mínimo, de la jornada máxima de 8 horas de trabajo, del derecho de sindicalización de trabajadores y patronos, de la protección del anciano, la madre y el niño y, anunció el Proyecto de Garantías Sociales y la Reforma al Artículo 29 de la Constitución Política, el equivalente al actual Art. 45 de la Constitución Política, para darle un uso social a la propiedad cuando fuere necesario, al mismo tiempo que inicia la redacción del Código de Trabajo.

En diciembre de 1941 tomó la decisión de declarar la Guerra a Japón, Italia y Alemania, como resultado de los ataques a las bases norteamericanas de Pearl Harbor, en solidaridad con los Estados Unidos. Esto provocó que los sectores políticos que hasta ese momento le habían apoyado le zafaran su apoyo, y hasta intentaran sin éxito un Golpe de Estado, advirtiendo en setiembre de 1942, que había sectores y “amigos” que le decían que estaba “acabando su carrera política” y que “estaba quemando las naves”.

Esto lo llevó, inevitablemente, a separarse y a enfrentarse a esos sectores, y al mismo tiempo a buscar otros aliados sociales y políticos, lo que se materializó en los sucesos políticos de junio de 1943, cuando públicamente se unieron, alrededor de las políticas sociales y de la Reforma Social impulsada, el Partido Comunista de Costa Rica, dirigido por Manuel Mora Valverde, el gobierno del Dr. Calderón Guardia y la Iglesia Católica dirigida por Monseñor Víctor Manuel Sanabria Martínez, uno de los pactos de mayor trascendencia política que ha tenido el país, que se materializó, también, en el pacto electoral de la Coalición el Bloque de la Victoria, que impulsó la candidatura de Teodoro Picado, que lo llevó a la Presidencia de la República, en 1944, para asegurar la continuidad de la Reforma Social que había nacido a la vida jurídica y constitucional en 1943.

Cuando el Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia asumió esta responsabilidad manifestó públicamente, en setiembre de 1942, que esa era su responsabilidad como Gobernante, y como Hombre, ante el Problema Social que vivía el país.

Enfatizó que el Gobernante debe actuar en conciencia de sus Deberes, Ideas y Motivaciones, con pensamiento abierto con los Deberes históricos. Decía que respondía a la conciencia colectiva de la opinión pública y se colocaba en juicio ante la posteridad. Su decisión era un acto de rendir cuentas y de responder por la acción social del Gobierno, que estaba impulsando.

Para el Doctor Calderón Guardia el Gobernante no podía darle la espalda al pueblo en su misión social, porque en su sitio presidencial se debatía entre gobernar a favor de los intereses creados o en gobernar para el pueblo. Para él, el problema más difícil que tenía el gobierno era la miseria, situación similar a la que está desarrollándose en el país hoy.

Por eso, él asumió, en sus propias palabras, el esfuerzo a favor del “proletariado nacional”, por elevar la condición económica, social, moral y cultural del pueblo. Por ello impulsó políticas contundentes de Asistencia Pública en salud, el Consejo Nacional de Nutrición, el saneamiento de poblaciones, el suministro de agua potable, el desarrollar y fortalecer la educación, la política de calzar campesinos, trabajadores agrícolas, “peones”, y niños, atacar el costo de la vida golpeando hasta donde pudiera el agiotismo y el acaparamiento de víveres, estableciendo la Ley de Inquilinato para regular y congelar alquileres, impulsó la Junta de Habitación y la Cooperativa de las Casas Baratas o de la “Familia”, revisar salarios, no para bajarlos, sino para asegurarlos como base del futuro bienestar de los trabajadores. Así también desarrolló el Derecho “Obrero”, el Derecho Laboral. Para el Dr. Calderón Guardia Trabajo y Salarios tenían que garantizar una vida digna y un régimen de trabajo “realmente Humano”.

Ante la situación que vive el país hoy, el embate que se produce contra las clases trabajadoras en general, contra las clases medias y el empobrecimiento de los profesionales, el ataque contra los salarios y las pensiones, contra los micro, pequeños y medianos productores, empresarios y comerciantes, de la guillotina que se ha dejado caer contra los beneficios sociales históricamente logrados, con el aumento de la pobreza y de la pobreza extrema, del desempleo de hombres, de mujeres y especialmente de mujeres cabeza de familia, el desempleo de jóvenes, hace falta un Presidente, y líderes políticos, que como el Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, con su estatura moral, hable libremente con sinceridad, muestre sus verdaderas intenciones y motivaciones, que se inspire en el amor al pueblo, en el bien de la Patria, sacrificando conveniencias personales, y actuando de acuerdo a la necesidad de Justicia, porque quien niega sus convicciones se niega a sí mismo.

Los herederos del Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, su Partido Unidad Social Cristiana, el Partido Republicano Social Cristiano, principalmente, con sus líderes y diputados más destacados hoy pareciera que no tienen ni idea de quien fue el Dr. Calderón Guardia, desconocen su pensamiento y obra, reniegan cotidianamente desde la Asamblea Legislativa de su herencia político social, y le escupen a la cara constantemente con sus políticas antipopulares y anti clases trabajadoras.

De los otros partidos políticos, representados en la Asamblea Legislativa y en el espectro político electoral nacional, menos le son fieles a esa herencia social, y en su conjunto carecen de una visión histórica de cuáles son las fuentes y raíces que han construido la Costa Rica actual, de cómo se edificaron las bases y las estructuras de edificio político de la democracia social, que ellos mismos están cavando.

Ni qué decir de la ausencia de un Presidente de la República que ante este recuerdo del Dr. Calderón Guardia, parece caminando solo en un desierto, sin orientación política de hacia dónde dirigirse y, lo peor, sin alma ni sensibilidad social.

Memorando de OIT destruye Ley Marco de Empleo Público

Manuel Hernández

En atención a una consulta formulada por la Comisión de Gobierno y Administración de la Asamblea Legislativa, que tramita el Proyecto de Ley Marco de Empleo Público, Expediente N° 21336, el Departamento de Normas Internacionales y de Gobernanza de OIT, rindió el correspondiente Memorándum Técnico.

I.- Contenido del memorando técnico

El informe de OIT contiene varias observaciones y recomendaciones generales, amén de estrictos señalamientos puntuales acerca de varios artículos de ese proyecto, sin dejar pasar inadvertidas las múltiples deficiencias de técnica legislativa que discurren a lo largo del sibilino texto.

Habrá oportunidad para comentar y discutir más profundamente este calificado informe del organismo internacional, pero por ahora, de manera preliminar, podríamos hacer una síntesis, muy acotada, de las contundentes observaciones generales de este memorial, sistematizándolas en cuatro categorías:

1.- En primer lugar, el informe advierte serias inconsistencias en las normas transitorias del proyecto, relacionadas con la certeza jurídica de las situaciones amparadas y su aplicación en el tiempo, particularmente todas las normas concernientes a las remuneraciones, incluyendo el mecanismo de reajustes salariales.

Además, señala cuestionamientos en materia de derechos adquiridos o en curso de adquisición.

El memorando recomienda revisar las normas transitorias y las asociadas, con la finalidad de evitar controversias aplicativas y conflictos de respeto de los derechos adquiridos.

2.- En segundo lugar, el informe destaca que el proyecto no se refiere a los derechos colectivos, particularmente la libertad sindical y el derecho de negociación colectiva.

Se recomienda, por mínimo, incluir una referencia de los derechos colectivos de las y los servidores y sus organizaciones sindicales, que podría ser un reenvío a las disposiciones normativas pertinentes, normas que efectivamente contiene el propio Código de Trabajo.

Sugiere que se aclare la articulación entre el nuevo mecanismo de fijación de las remuneraciones (la denominada “columna salarial global”) y los procesos de negociación colectiva actualmente aplicables en el sector público, de manera que se cumpla el Convenio N° 98 OIT.

3.- El memorando reconviene el esquema de gobernanza del régimen de empleo público, centralizado en MIDEPLAN, que tampoco contempla espacios de consulta con las organizaciones de las personas servidoras públicas, en los asuntos que son de su legítimo interés.

Recomienda, sin perjuicio de los procesos directos de negociación colectiva, que el proyecto comprenda mecanismos de consulta con estas organizaciones, o que se haga la remisión a las correspondientes fuentes normativas, de conformidad con los principios de libertad sindical, Recomendación N° 113 OIT y Convenio N° 151 OIT (aun no ratificado).

Asimismo, tratándose de la desvinculación por reorganización forzosa de servicios, el informe insta revisar si la correspondiente norma del proyecto, configura una causal de desvinculación por motivos económicos, y en consecuencia, recomienda que se incluya un mecanismo de consulta previa con las organizaciones representativas de las y los trabajadores, cuando la Administración pretenda cesar personal por motivos económicos y estructurales.

4.- Por último, pero no por esto menos importante, el memorando subraya que el proyecto omitió aspectos sustantivos en materia de igualdad y no discriminación, tales como medidas a favor de las mujeres, por ejemplo, para corregir la brecha salarial, y servidores pertenecientes a pueblos originarios.

La OIT previene revisar la redacción del texto, con el propósito que se garantice, de manera plena y efectiva, el derecho de igualdad de oportunidades y trato en el empleo y la ocupación, conforme los convenios números 100, 111, 156 y 159 OIT, ratificados por CR.

Hasta aquí el condensado resumen de las observaciones generales que desarrolla el fundamentado memorando de OIT, del cual se puede desprender que no se tratan de señalamientos puntuales, peccata minuta, sino de cuestionamientos estructurales, que trastocan la propia identidad del proyecto, los cuales jamás podría subestimar el Gobierno y la Asamblea Legislativa, no sólo porque las rigurosas observaciones las realizó el organismo internacional especializado en la materia, ajustándose a su consolidada doctrina jurisprudencial, sino, además, porque las censuras están radicadas en la inobservancia de aquellos derechos fundamentales.

II.- Alcances e implicaciones del memorando técnico OIT

El informe de OIT viene así a confirmar la consistente posición de los sindicatos, que denunciaron el carácter autoritario, excluyente, discriminatorio y antisindical del Proyecto Marco de Empleo Público, redactado en los consistorios secretos de OCDE y el BANCO MUNDIAL, que dejó en estado de absoluta interdicción la libertad sindical, la negociación colectiva y los mecanismos de consulta y participación de los sindicatos en las cuestiones que son de su legítimo interés.

Entonces, se trata de un proyecto que desconstitucionaliza la libertad sindical y la negociación colectiva en la función pública, que por un lado, colisiona frontalmente contra la legislación internacional del trabajo, como lo constata inobjetablemente el Memorando de OIT, y por otro lado, no se adecua a los estándares de los ordenamientos democráticos modernos.

Es pertinente recordar que en el texto original del proyecto se reconoció el principio de negociación colectiva:

“Artículo 3.- Principios rectores

Son principios rectores del empleo público:

(…) Principio de negociación colectiva: El derecho de negociación colectiva corresponde a empleadores y sus organizaciones por una parte y las organizaciones de personas trabajadoras por otra (sindicatos, federaciones y confederaciones), de conformidad con el artículo 688 y siguientes del Código de Trabajo.”

Tan regresiva y fundamentalista es la nueva versión importada del proyecto (texto sustitutivo), acuñada por aquellos organismos internacionales, que intencionalmente se volaron esa mención expresa del principio de negociación colectiva, que remitió al artículo 688 y ss del Código de Trabajo.

Precisamente, el memorando de OIT destaca la carencia, por lo menos, de un principio que reconozca el derecho de negociación colectiva, mención que como ya se explicó, contenía el texto original, pero que en el sustitutivo fue suprimida de un solo teclazo.

No queda la menor duda que este informe de OIT propicia un severo golpe de martillo, en seco, al controvertido proyecto de ley, que lo manda, por la vía rápida, a alguna unidad especializada de cuidados muy intensivos.

En definitiva, el memorando técnico de OIT no deja piedra sobre piedra, y no le queda otra alternativa al Poder Ejecutivo, que no sea retirar, por segunda vez, ese desaguisado de la turbulenta corriente legislativa, y por tanto, en apego a los principios democráticos de diálogo social y consulta, discutir oportunamente con los legítimos actores sociales el impresentable proyecto, con el objetivo, por una parte, de modernizar y fortalecer la prestación de los servicios públicos y por otra parte, salvaguardar los derechos fundamentales de las y los servidores públicos, salvo que se prefiera que el periplo de esa accidentada iniciativa legislativa termine su infausta suerte en un contenedor frigorífico.

28/07/2020

SINTRAJAP: Ley de jornadas flexibles es retroceso laboral y carga crisis sobre trabajadores

La oligarquía empresarial en componendas con políticos vendidos, intentan darle un nuevo golpe a la clase trabajadora y al pueblo costarricense donde un proyecto de ley pretende hacer flexibles las jornadas laborales, lo cual representa un retroceso de más cien años a las conquistas laborales y derechos de los trabajadores establecidos en el Código de Trabajo y la Constitución Política.

Si logran pasar esta ley, los patronos, empresarios y hasta el mismo gobierno podrían obligar a los trabajadores a laborar jornadas de 12 horas sin pagos de tiempo extraordinario. Este tipo de jornadas se superaron gracias a muchas luchas obreras y hasta muertos por lo que no es de recibo que ahora mediante una ley los costarricenses aceptemos este retroceso social. Donde Claramente se nota que este grave daño que afecta a toda la clase trabajadora les causará mayores perjuicios a las mujeres, afectando por ende a las familias razón por la cual el INAMU ha planteado su rechazo absoluto.

Costa Rica, uno de los países más desiguales del planeta, donde la voracidad empresarial no tiene límites, sin importarles todo el sufrimiento que tiene el pueblo por esta la pandemia de salud que nos afecta, una vez más pretenden cargarle el peso de la crisis a la clase trabajadora. Mientras la clase empresarial le roba al estado miles de millones de colones mediante la evasión de pagos de impuestos, exoneraciones y hasta regalías estatales, nada más injusto e inaceptable.

Los movimientos sociales costarricenses nos estamos preparando para dar esta nueva pelea en contra de los proyectos de ley que atacan a la clase trabajadora, en ese sentido todas las Centrales Sindicales se unen a este esfuerzo por detener esta nueva afrenta.

Ya basta de reducción de jornadas, de ponerle impuestos a la canasta básica, de reducción de salarios, de querer poner impuestos al salario escolar, al aguinaldo y hacer recortes a los programas de vivienda. No más martillo hacia la clase trabajadora. Por eso hoy hacemos el llamado al pueblo costarricense y limonense a los afiliados y allegados a manifestarse de manera libre y pacífica, cuidando todos los protocolos, pero con toda la fuerza y la convicción de que somos ciudadanos libres, respetuosos de la ley, pero valientes y dispuestos a defender nuestros derechos legítimos y sagrados.

Realizaremos una primera acción vehicular este jueves 23 de julio, 9am, habrá 3 puntos de salida, oficinas de SINTRAJAP, MUNICIPALIDAD Y ANDE. Haremos un recorrido por todos los barrios.

Lic. Antonio Wells Medina, Secretario General

Fedrick Patterson Bent, Secretario General Adjunto

Las galimatías metajurídicas de la Procuraduría acerca del ajuste salarial del sector público

“¿Dónde empieza la niebla que te esconde?” (M. Benedetti)

Manuel Hernández

  • Los acuerdos pactados en la Comisión Negociadora de Salarios son vinculantes (artículo 695 Código de Trabajo)

En el dictamen C-202-2020,  de 29 de mayo de este año,  la Procuraduría General de la República (PGR) atendió una consulta que formuló el anterior Ministro de Hacienda, quien solicitó criterio acerca de si resultaba procedente revocar el Decreto Ejecutivo N° 42121-MTSS-H-MIDEPLAN, de 17/12/ 2019,  que fijó el ajuste salarial para el  2020.

Este dictamen concluyó que un decreto ejecutivo, por tratarse de un acto normativo general, no es susceptible de revocación, pero agregó  -motu proprio- que sí se puede derogar, sin perjuicio de los derechos adquiridos y situaciones jurídicas que se hayan consolidado durante la vigencia de la norma derogada.

En un artículo que publiqué la semana pasada, titulado “La suspensión unilateral del ajuste salarial del sector público es manifiestamente ilegal”, analicé los alcances de ese dictamen y comenté que aunque le abría de par en par la puerta al Gobierno para que dictara un sobreviniente decreto derogatorio, por lo menos, salvaguardó aquellos derechos adquiridos y situaciones jurídicas consolidadas.

Ahora bien, resulta que el actual titular del Ministerio de Hacienda solicitó al mismo bufete del Estado una reconsideración y/o aclaración de dicho dictamen, solicitando particularmente que se aclare si “el aumento 2020 constituye una situación jurídica consolidada que impide su derogación”.

En el dictamen C-219-2020, de 12 del mes en curso, la PGR afirma  que esa gestión no se debe tramitar por la vía de la reconsideración, porque lo pretendido es una aclaración de los alcances del dictamen C-202-2020.

El nuevo dictamen le enmienda la plana a las autoridades de Hacienda y reconviene que interpretaron incorrectamente aquel dictamen, porque partieron de la premisa errónea que la PGR consideró la existencia de derechos adquiridos y situaciones jurídicas consolidadas para todos los funcionarios públicos, y en consecuencia, la imposibilidad de derogar el aumento salarial.

Este dictamen sobreviniente confirma el precedente, reiterando que se puede derogar aquel decreto, advirtiendo que se aclara ese dictamen en el sentido que corresponde exclusivamente a la Administración activa revisar si existen o no derechos adquiridos o situaciones jurídicas consolidadas a favor de algún funcionario o funcionarios.

Con fundamento en estas consideraciones que contiene el dictamen complementario de PGR se pueden inferir tres conclusiones:

En primer lugar, la PGR reitera que el Poder Ejecutivo puede derogar el decreto que fijó el ajuste salarial del año 2020.

En segundo lugar, en materia de derechos adquiridos y situaciones jurídicas consolidadas, es donde el nuevo dictamen hace aguas, a merced de un curioso análisis dialéctico, que trata de precisar el alcance de aquella expresión que parecía tan contundente en el dictamen original, que determinó que el decreto se podía derogar,  sin perjuicio de los derechos adquiridos y situaciones jurídicas que se hayan consolidado durante su vigencia, pero que ahora en este giro la Procuraduría acota que nunca consideró la existencia de derechos adquiridos y situaciones jurídicas consolidadas.

Esta es una cuestión, añade el dictamen, que le compete revisar y definir  únicamente a la Administración activa, cumpliendo así este dictamen  escrupulosamente con el protocolo sanitario de la técnica del lavado de manos, con agua y jabón hasta los codos.

Es decir, la PGR hizo un giro contorsionista que más de un artista de circo envidiaría, para retractarse de lo que en el dictamen principal definió con total claridad y precisión.

En tercer lugar, por la vía singular de la aclaración, tácitamente se reconsideró el dictamen principal, de manera parcial, obviándose de esta manera que la cuestión planteada por el Ministerio de Hacienda la conociera la Asamblea de Procuradores, que es la instancia que por ley le correspondía revisar dicho dictamen.

Insisto, como lo sostuve en aquel artículo de mi autoría, que al amparo del Decreto Ejecutivo que fijó el ajuste salarial de los servidores públicos, quedaron reconocidos derechos subjetivos y consolidaron situaciones jurídicas a favor de los funcionarios públicos, que un decreto sobreviniente no puede de un solo plumazo suprimir, aunque sea con el licenciamiento de la PGR; salvo que sea quebrantando el principio de irretroactividad, consagrado en el artículo 34 de nuestra Constitución Política, que constituye un principio esencial del Estado de Derecho.

Además, ese ajuste salarial fue producto de una negociación pactada con los sindicatos en la Comisión Negociadora de Salarios del Sector Público (sesión N° 03-2019 de 17/12/2019), que mucho menos puede ser unilateralmente revocada por el Gobierno, a contrapelo del Convenio N° 98 OIT y del artículo 695 del Código de Trabajo:

“Artículo 695.

(…) En todo caso, los acuerdos logrados por medio de la Comisión Negociadora de Salarios del Sector Público serán vinculantes para las partes y al efecto las administraciones públicas emitirán los actos administrativos necesarios para hacerlos efectivos en todo el sector público centralizado y descentralizado.”

Esta disposición del Código de Trabajo, por cierto ampliamente desconocida, la cual destaco, determina la obligatoriedad jurídica que producen los acuerdos pactados en la Comisión Negociadora de Salarios del Sector Público, los cuales tienen que ser ejecutados por las Administraciones Públicas.

El Poder Ejecutivo no puede desvincularse ad nutum de un acuerdo pactado en aquella Comisión, cuyo acuerdo, materializado en el Decreto Ejecutivo  N° 42121-MTSS-H-MIDEPLAN, vino a configurar auténticos derechos subjetivos a favor de los servidores de toda la Administración Pública, centralizada y descentralizada.

Veremos cuál será la siguiente jugada maestra del Gobierno, pero todo indica que ese Decreto está pegado a un respirador mecánico, aunque su derogatoria sería manifiesta y evidentemente ilegal e inconstitucional.

“Cosas tenedes, que harán hablar las piedras”, contestó Alfonso VI al Cid.

16/06/2020

Sanabria, Calderón y Figueres

Vladimir de la Cruz

La Historia Nacional del siglo XX ha reconocido a algunas figuras políticas como esenciales para la vida nacional, por el papel que marcaron y por las acciones que llevaron a cabo en el ejercicio de sus funciones y mandatos institucionales y constitucionales.

Tres de estos personajes, curiosamente fallecieron en el mes de junio. En su orden, Víctor Manuel Sanabria Martínez, el gran Obispo de Costa Rica de la década de 1940, hasta su muerte acaecida el 8 de junio de 1952, el Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, el Gran Presidente Reformador Social de Costa Rica, a quien se le atribuye por su gestión de gobierno, y por el compromiso por él adquirido, el gran gestor de la promulgación de las Garantías Sociales y el Código de Trabajo, lo que comúnmente se llama Reformas Sociales, quien también falleció un 9 de junio de 1970, y José Figueres Ferrer, quien llegó a ser considerado a finales del Siglo XX, como el político más importante del siglo XX costarricense, no solo por las grandes iniciativas que impulsó desde la Junta de Gobierno, durante el período 1948-1949, sino por el rumbo que le imprimió con ellas al país en la segunda mitad del siglo XX, quien también falleció un 8 de junio de 1990.

Víctor Manuel Sanabria Martínez asumió el Arzobispado nacional pocos días antes de que el Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia asumiera la Presidencia en 1940. Fueron, en ese sentido como dos rieles de la misma línea de tren. Se desarrollaron juntos, compartiendo valores de formación espiritual religiosa, católicos y de gran sensibilidad social los dos.

Sanabria quizá el más brillante de los Obispos nacionales del Siglo XX, de gran cultura, investigador histórico de la Iglesia en Costa Rica. A él le debemos importantes obras sobre la presencia de la Iglesia Católica, y algunos de sus Obispos en el país, así como una Obra clave para entender el significado de la Patrona Nacional, de la Virgen de los Ángeles, en el imaginario colectivo y su arraigada presencia en el ADN nacional.

Anticomunista profundo antes de 1942 Sanabria tenía como objetivo ampliar los horizontes de la Iglesia Católica, restringidos por las Reformas Liberales de 1882 y 1884. Pactó, con el Gobierno de León Cortés, el apoyo a la candidatura presidencial, en 1939, del Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia con el compromiso de la derogatoria de las leyes liberales. El Gobierno de Rafael Ángel Calderón Guardia, en su primer año, 1940, bajo la dirección del Ministro de Educación, Luis Demetrio Tinoco, procedió a derogar los decretos y limitaciones que tenía la Iglesia Católica derivadas de aquellas reformas liberales, y en cumplimiento del apoyo de la Iglesia a su candidatura presidencial.

Su Obispado en Alajuela, y su ascenso al Arzobispado Nacional, se produjo al calor del arranque de la II Guerra Mundial, en 1939, Guerra que duró hasta 1945, provocando una escisión mundial alrededor de la lucha antifascista que se provocó con esa guerra. La crisis económico social de la guerra repercutió en el país, con mayor fuerza en 1941.

Estados Unidos hasta diciembre de 1941 no había ingresado formalmente a la Guerra del lado de los aliados que luchaban contra Hitler y lo que él significaba. Ingresa a la guerra obligadamente cuando en diciembre de 1941 sus bases militares, en Hawai, son atacadas por los japoneses, aliados de Hitler en lo que se llamó el Eje Totalitario nazi fascista. Este ataque motivó que el presidente Roosevelt solicitara el apoyo solidario de las naciones latinoamericanas para, con ese apoyo, presionar al Congreso de los Estados Unidos en decidir ingresar a la Guerra, al lado de los aliados.

Así el Gobierno de Calderón Guardia declaró la guerra y rompió relaciones diplomáticas con Japón, Italia y Alemania, en los primeros días de diciembre de 1941, situación que le provocó, a la vez, una ruptura con León Cortés y lo que él representaba políticamente, y con el sector económico alemán nacional, que era muy poderoso en las actividades económicas del café y la caña de azúcar especialmente. Hasta un intento de Golpe de Estado se intentó contra su gobierno, que no se llevó a cabo, facilitando las condiciones para la alianza que realizaría su gobierno con el Partido Comunista de Costa Rica, que le daría el apoyo para terminar sus dos años de gobierno que le faltaban, a condición de impulsar las llamadas Reformas Sociales y el Código de Trabajo.

El Dr. Calderón Guardia impulsaba desde inicios de su gobierno la apertura de la Universidad de Costa Rica y la fundación de la Caja Costarricense del Seguro Social, y otras iniciativas sociales importantes.

El Dr. Calderón Guardia había llegado al Congreso de la República en 1934, el mismo año en que fueron electos los dos primeros diputados comunistas, Manuel Mora Valverde y Efraín Jiménez Guerrero, donde empezaron a desarrollar una amistad y respeto político profundo. Efraín Jiménez, incluso se pasó a las filas del calderonismo, a inicios de la década del 40, para impulsar, apoyar y dirigir una parte de las políticas sociales del gobierno.

La cercanía del Partido Comunista con el Gobierno pasó por la consulta obligada a la Iglesia Católica, por parte del Mandatario, y se inició, de esa manera un proceso de conversaciones, entre el Partido Comunista, el gobierno de Calderón Guardia y la Iglesia Católica, dirigida por Sanabria, entre 1942 y mediados de 1943, que culminaron con los sucesos de junio de 1943, cuando se producen cambios políticos trascendentes en la Historia, de ese momento, y en la Historia Nacional.

En junio de 1943 el Partido Comunista cambia de nombre a Vanguardia Popular, condición que había puesto el Obispo para apoyar la alianza, de que cambiara de nombre. Por su parte la Iglesia reconocía públicamente que los católicos podían ingresar a “la nueva organización sin cargo de conciencia alguna”, no era pecado ser comunista ni ser miembro de ese Partido. Los comunistas igualmente reconocían que las Garantías sociales que estaban en proceso de aprobarse, en este mes de junio, tenían inspiración socialcristiana. Los comunistas aceptaban también que la Iglesia impulsara otra organización sindical nacional, la Confederación de Trabajadores Costarricenses Rerum Novarum, paralela a la existente de los comunistas, Confederación de Trabajadores de Costa Rica, y además le cedieran un campo de la representación que tenía, de dos miembros, en la Junta Directiva de la Caja Costarricense del Seguro Social.

Monseñor Sanabria venía, desde inicios de la década del 40 y antes del Pacto del 43, preparando dos sacerdotes, hermanos ellos, Benjamín y Santiago Núñez Vargas, en el campo del sindicalismo y el cooperativismo, donde el Partido Comunista tenía mucha influencia y un papel hegemónico en esos días.

La lucha antifascista en el país había caldeado los ánimos. El Gobierno había tomado una serie de medidas represivas contra alemanes, italianos, japoneses, y los considerados “quinta columnistas”, había desarrollado campos de concentración, expulsión de alemanes a Estados Unidos, a campos de concentración allá, intervención de bienes, había establecido, por la ley de migración de 1941, restricciones de estadía y tránsito nacional a más de 15 grupos étnico raciales.

La oposición política al Gobierno la asumía principalmente León Cortés, y en paralelo el grupo representativo de las clases medias emergentes, en ese momento, el Centro de Estudios para los Problemas Nacionales y la Revista Surco, a cuyo alrededor se gesta el Partido Social Demócrata y su periódico homónimo.

Situaciones internas provocaron mucha tensión que hicieron surgir a un joven empresario, José Figueres Ferrer, como un gran opositor, que fue expulsado del país, convirtiéndolo de esa manera en el líder potencial, que llegó a ser.

Figueres en el extranjero, en México, se vincula a grupos de demócratas de Centroamérica y el Caribe, que impulsaban restablecer democracias allí donde había tiranías, dictaduras y satrapías, gobiernos antidemocráticos y autoritarios.

Para Figueres las elecciones de 1944, que fueron cuestionadas, hicieron que Teodoro Picado presidente electo, lo fuera como resultado de un supuesto fraude, y por ello su gobierno era ilegítimo, por lo que había que derrocarlo. León Cortés que había sido “burlado” en esas elecciones era partidario de la lucha política y no militar para cambiar el gobierno. Igual lo era Otilio Ulate, que planteaban ir a las elecciones de 1948 y si en ellas volvía a repetirse el fraude, entonces sí se debía acudir al expediente militar. Figueres partidario de la lucha insurreccional se somete a Ulate, a la muerte de León Cortes en 1946, y prepara las armas para 1948.

El gobierno de Rafael Ángel Calderón Guardia salía victorioso con la aprobación del Capítulo de las Garantías Sociales en la Constitución y del Código de Trabajo. Su alianza con el Partido Vanguardia Popular lo lleva a una coalición política, el Bloque de la Victoria, para impulsar la candidatura de Teodoro Picado en 1944, que resulta triunfante, aunque cuestionado en su gane.

El Gobierno de Teodoro fue difícil. Hasta 1945 la II Guerra Mundial se mantuvo. Al término de la Guerra, con el cambio de escenario político y geopolítico europeo y mundial, los aliados se disuelven e Inglaterra, con Churchill, impulsa el nuevo escenario de la Guerra Fría. En América Latina se producen iguales cambios, que culminan con las políticas de Truman y del Plan Clayton, así como la aprobación del Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca, de 1948.

La alianza de los comunistas con el Gobierno de Picado fue débil, a pesar de la Reforma Tributaria y el Código electoral que se impulsó en 1946. Rafael Ángel Calderón Guardia estuvo fuera del país durante 1945 y 1946, fortaleciendo sus estudios de médico.

La tensión política hacia 1948 se había agudizado. Otilio Ulate encabezaba las fuerzas opositoras hacia la elección. Figueres preparaba las armas y su contingente armado en sus fincas. Los comunistas y calderonistas iban separados electoralmente. Rafael Ángel Calderón impone su candidatura hacia la reelección. Se producen las elecciones, que se cuestionan y se anulan por el Congreso, que podía hacerlo, lo que resulta en el detonante del conflicto armado que cubre al país durante un mes, entre marzo y abril de 1948. Figueres en armas poco a poco va infligiendo derrotas al Gobierno y a las fuerzas armadas, con gran apoyo de los comunistas, hasta que con el dominio de todo el país, y establecido en Cartago, para evitar la Gran Batalla de San José, que se sabía que iba a ser sangrienta, se impuso la sensatez de buscar una salida política, que se logró con las Conversaciones en Ochomogo entre los líderes de las fuerzas combatientes, José Figueres y Benjamín Núñez y Manuel Mora y Carlos Luis Fallas, que fueron quienes se reunieron esa noche. El resultado de la reunión de la suspensión del conflicto militar se firmó en la Embajada de México, con asistencia de miembros del Cuerpo Diplomático. Rafael Ángel Calderón salió para Nicaragua, Teodoro Picado dejó la presidencia a su Designado Presidencial, Santos León Herrera, que debía entregar el gobierno de Otilio Ulate el 8 de mayo. Figueres se impuso finalmente sobre Otilio Ulate, negándole el poder de inmediato y comprometiéndose a entregárselo una vez que él hubiera gobernado, a partir del 8 de mayo, cuando estableció su Gobierno de Facto, bajo la dirección de su denominada Junta Fundadora de la Segunda República, a quien se le entregó el Gobierno.

En este Gobierno Figueres impulsa una serie de reformas institucionales que van a marcar profundamente el desarrollo de la Costa Rica a partir de ese momento.

Figueres convoca a una Nueva Asamblea Nacional Constituyente que redacta la actual Constitución Política, mantiene y amplía ligeramente el capítulo de las Garantías Sociales, mantiene el Código de Trabajo, nacionaliza la Banca, nacionaliza los recursos hidroenergéticos y hace fundar el ICE, proscribe al Partido Comunista y a Vanguardia Popular, reprime duramente a los gobiernistas partidarios de Calderón y de Picado, como a los miembros del Partido Vanguardia Popular, expulsa a la fuerza a dirigentes políticos, produce un exilio político costarricense, en su gobierno se produce el crimen del Codo del Diablo, y, en diciembre de 1948, al entregar al Cuartel Bella Vista a la Universidad se simboliza también la decisión de abolir el Ejército como institución permanente.

Al terminar la labor la Asamblea Constituyente el 7 de noviembre de 1949 también cesa su gobierno, entregándoselo a Otilio Ulate para su período constitucional, para lo cual también había convocado a elecciones de diputados para integrar los tres poderes públicos al ascenso de Otilio Ulate a la Presidencia.

Durante este período Monseñor Sanabria se había mantenido firme en sus alianzas históricas de 1943. Incluso se enfrentó a la Junta de Gobierno en un acto en la Iglesia Catedral.

Manuel Mora y otros dirigentes y miembros del Partido Vanguardia Popular salieron al exilio. Otros permanecieron en prisión varios meses.

Restituido el proceso constitucional Figueres organizó el Partido Liberación Nacional el 12 de octubre de 1951, convirtiéndose desde entonces, hasta hoy, en la organización política electoral que más veces ha ejercido el Gobierno desde 1953, nueves veces de 17 gobiernos. De allí, que en los gobiernos de Liberación Nacional se le diera el impulso institucional a las Reformas Sociales del 43, a las Garantías Sociales de la Constitución, y al fortalecimiento de las instituciones que al calor de esas reformas iban surgiendo y desarrollando la democracia social y económica del país.

Hacia 1958 Rafael Ángel Calderón Guardia y Manuel Mora Valverde se encuentran de nuevo en Costa Rica, en tiendas políticas distintas. Calderón Guardia electo sin asumir la diputación en 1958, fue candidato a la presidencia en 1962. Hacia 1966 logró contribuir al impulso de la coalición política que llevó a la Presidencia de la República a José Joaquín Trejos Fernández, quien le nombró Embajador en México durante dos años. A su regreso falleció el 9 de junio de 1970 en el ejercicio del primer gobierno constitucional de Figueres. Monseñor Sanabria ya había fallecido el 8 de junio de 1952.

Figueres generosamente empezó a reconocer en su primer gobierno constitucional, 1970-1974, que quienes se habían enfrentado en la guerra civil de 1948, lo habían hecho peleando cada uno por lo que consideraba sagrado defender, las garantías sociales que se veían amenazadas y la pureza y defensa del sufragio.

A asumir la presidencia Figueres en 1970 se habían producido algunos cambios políticos, resultantes de las relaciones económicas que empezaban a establecerse con la Unión Soviética y otros países socialistas. Eso hizo posible que se lograra inscribir un partido político de izquierda, el Partido Acción Socialista, que llevó a la Asamblea Legislativa a Manuel Mora y a Marcial Aguiluz, y con ello se abriera el espacio democrático electoral en el país.

A la muerte de Calderón, en el gobierno de Figueres, se presentó el proyecto de ley para Declarar Benemérito de la Patria a Calderón Guardia, lo que se hizo a pocos días antes de dejar el gobierno José Figueres. Durante el año 1973, al cumplirse el 25 aniversario de la Guerra Civil Figueres inauguró algunos monumentos alusivos a esos episodios bélicos con placas alusivas a “los caídos de los dos bandos”, tratando de restaurar heridas que todavía sangraban en la sociedad y comunidad nacional. El Benemeritazgo de Calderón era parte de este esfuerzo.

Años más tarde, en 1990, José Figueres fallece justo a pocos días de asumir la Presidencia el hijo del Dr. Calderón, Rafael Ángel Calderón Fournier, el 8 de junio de 1990. Sus honras fúnebres quizá fueron las más grandes que se le hayan hecho a algún Jefe de Estado o presidente de la República. Había un gran reconocimiento nacional a la figura política de don Pepe, como cariñosamente se le llamaba y trataba. El balance histórico de sus gestiones se traducía en inmensa cantidad de instituciones, además de la ya dichas, creación del IMAS, de la Dirección de Adaptación Social, del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, de la Guardia Rural, de la Compañía Nacional de Teatro, del CONAI; de RECOPE, del SENARA, de INFOCOOP, de la Orquesta Sinfónica Nacional, del voto a los 18 años, del CONICIT, de la universalización del Seguro Social, de las relaciones diplomáticas con la Unión Soviética y otros países socialistas y muchas obras más de gobierno, muchos méritos que condujo a que ese mismo año de su fallecimiento, el 12 de noviembre, bajo el gobierno de Rafael Ángel Calderón Fournier se le declara Benemérito de la Patria.

El círculo de la historia se había cerrado. Don Pepe enterró a Rafael Ángel Calderón Guardia y en su gobierno se le declaró Benemérito y Rafael Ángel Caderón Fournier enterró a don Pepe y en su gobierno se le declaró Benemérito. El Gobierno de Mario Echandi en 1959 declaró Benemérito de la Patria a Monseñor Víctor Manuel Sanabria Martínez.

Sirva este día para recordar a estos tres ilustres costarricenses que tuvieron el destino de fallecer en el mes de junio, los tres, en días similares, dos el 8 y uno 9 de junio.

Garantías Sociales, Código de Trabajo, Reformas Liberales, Universidad de Costa Rica, Caja Costarricense del Seguro Social, Junta Fundadora de la Segunda República, Codo del Diablo.

La Caja Costarricense del Seguro Social, los orígenes de una institución estratégica en el país

Vladimir de la Cruz

Fue en 1941, el 1 de mayo, cuando el Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, en su informe constitucional al Congreso de la República, anunció que se proponía enviar al Congreso “uno o varios proyectos de ley tendientes a establecer los seguros sociales. Ellos constituyen, dijo, un verdadero progreso para nuestro régimen democrático, y serán un instrumento de paz social, ya que tienden a corregir situaciones injustas en que se encuentra colocada la masa que depende de su trabajo para vivir… la enfermedad, la invalidez, la vejez y la muerte, son las causas constantes del desamparo de muchos costarricenses; y si el Estado no se decide a establecer un verdadero sistema de previsión, no hará más que socavar sus cimientos, ya que ninguna sociedad puede fundarse en la injusticia… un sistema de seguridad social que considero benéfico e indispensable para Costa Rica”.

Al asumir la presidencia de la República el Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, preocupado por el establecimiento de los seguros sociales en el país, envió a Chile a su gran colaborador, el Dr. Guillermo Padilla Castro con la “delicada misión de realizar los estudios preliminares a su establecimiento…” El Dr. Calderón Guardia, sobre el estudio e informe del Dr. Padilla Castro formuló el proyecto de ley para la implantación de los seguros sociales en nuestro país y lo envió al Congreso el 14 de julio de 1941.

El 1º de noviembre 1941, por Ley Nº 17, se creó la Caja Costarricense de Seguro Social destinada a aplicar el Seguro Social Obligatorio y a incrementar el voluntario; el obligatorio contemplaba cubrir los riesgos de enfermedad, invalidez prematura, vejez, muerte y paro involuntario; y comportaba además una participación de las cargas de maternidad, familia, viudedad y orfandad. El 7 de enero de 1942 se reglamentó esta ley para darle verdadera autonomía y para poder desarrollar su cometido.

En 1942, manifestó el Dr. Calderón Guardia, al Congreso que se le daba altura al Seguro Social, “un esfuerzo en beneficio de la clase trabajadora”; que emprendía “la magna obra del Seguro Social”, que mediante la colaboración (del Congreso) podía llevarla al “terreno de las realizaciones prácticas”. “Así el Seguro Social es ya, dijo el Dr. Calderón Guardia una realidad en Costa Rica. Tomamos, de la legislación chilena su estructura general adaptándola a las particulares circunstancias de nuestro medio; luego la experiencia irá modelando la obra hasta llegar a convertirla… en una de las instituciones más imprescindibles del país”.

El 28 de agosto de 1942 se promulgó el Reglamento No. 8, como un instrumento preparatorio de iniciación de los seguros.

El 1 de setiembre de 1942 empezó el sistema de cobros de las cuotas establecidas para su mantenimiento, de patronos, obreros, empleados públicos y particulares.

En aquel momento la Seguridad Social solo cubría a los trabajadores directos.  Se señaló claramente que cuando la situación lo permitiera la seguridad social protegería a los cónyuges, protegiéndose a la mujer trabajadora y sus hijos independientemente de si estaba casada o no.

Ese 1 de setiembre de 1942 se estableció la obligación de los patronos de empadronar a todos los trabajadores en la Caja Costarricense del Seguro Social, y de enviar sus planillas de empleo.

El 28 de marzo de 1943 el Dr. Calderón Guardia informaba al país que casi el 20% de los asegurados ya habían recibido servicios, “auxilios médicos”, de la seguridad social, subsidios del 50% y una cantidad detallada de las atenciones brindadas en atención y en hospitalización.

El 1º de mayo de 1943 el Dr. Calderón Guardia, de nuevo ante el Congreso, se refirió al Seguro Social, creado por el imperativo de la época, que exige “reorganizar la colectividad sobre la base del equilibrio entre las fuerzas productoras y los centros directores de la sociedad, única forma de asegurar una paz estable, una convivencia armónica y una cooperación constructiva de todos los sectores del esfuerzo humano, hacia un futuro de fraternidad y de verdadero progreso moral y material”.

Afirmó, el Dr. Calderón Guardia, que el Seguro Social “es obra de muchas décadas de ingentes esfuerzos, estudios y observaciones, para ir modelando paulatinamente el organismo político”.

Aquí reconocía el Dr. Calderón Guardia la experiencia y la tradición internacional de los orígenes de la Seguridad Social, cuando a finales del Siglo XIX, en Alemania se desarrolló esta Seguridad Social, como una necesidad para el proceso industrial, de velar por la salud de los trabajadores y garantizar y asegurar la reproducción de la fuerza de trabajo.

Igualmente, reconocía, sin mencionarlo, que bajo la Dictadura de Federico Tinoco, en la Asamblea Constituyente de 1917, se había establecido el Artículo 10, por iniciativa del diputado Alejandro Alvarado Quirós, de dictar leyes sobre el trabajo, de acuerdo a las necesidades del país, aplicándose las mismas a empleados, obreros, jornaleros y sirvientes.

En 1941, al dejar Luis Demetrio Tinoco, Ministro de Educación, la Universidad de Costa Rica, inaugurada y en marcha, Alejandro Alvarado Quirós pasó a ser su Primer Rector, como colaborador del Gobierno del Dr. Calderón Guardia que fue.

Estas leyes que proponía el diputado Alvarado Quirós, y también el diputado José Astúa Aguilar, en 1917, debían comprender: jornada máxima de ocho horas; obligatoriedad del descanso semanal; responsabilidad del empresario o patrono por los accidentes de trabajo y las enfermedades que adquieran los empleados o trabajadores como consecuencia del trabajo que realicen; donde se pedía también, obligar al patrono a pagar indemnización por estos riesgos; establecimiento de una junta de conciliación o arbitraje para dilucidar los conflictos obrero patronales, la que debería integrarse por igual número de representantes de los patronos, de los trabajadores y del Estado, que lo sería del Gobierno de la Provincia o su delegado.

Así quedó plasmado, en esa Constitución de 1917, el Artículo 10: “Es obligación del Estado velar por el bienestar de las clases trabajadoras, y para ello dictará las leyes necesarias; a falta de iniciativa social promoverá y en todo caso apoyará en la medida de sus recursos, las instituciones que tengan por objeto armonizar sobre bases de justicia las relaciones obrero patronales y las que tiendan a mejorar la situación económica de estos y a ampararlos en caso de enfermedad, vejez o accidente, paro de trabajo u otras circunstancias de desgracia independiente de su voluntad».

Al caer la dictadura, en junio de 1919, y al dejarse sin efecto su Constitución, y restablecerse la Constitución de 1871, no se rescató este Artículo 10, de manera constitucional, el que se cubrió de un silencio sepulcral informativamente en los años siguientes.

El Partido Reformista en su Programa de 1923 habló de la Ley de Accidentes de Trabajo, que la logró materializar en 1925, pero no de Seguros Sociales.

Aludía también el Dr. Calderón Guardia al impacto que le había producido, durante su estancia en Bélgica y en Europa, cuando se formaba como médico, el Código Social de Malinas, impulsado por el Cardenal Mercier, desde 1924, hasta su redacción final en 1927, recogiendo Mercier la tradición de los llamados católicos sociales, organizados en la Unión Internacional de Estudios Sociales, fundada en 1920, que se inspiraban en ese momento en la Encíclica Rerum Novarum, del 15 de mayo de 1891, del Papa León XIII, en aquel momento una respuesta al desarrollo del movimiento obrero y sindical internacional, y al desarrollo de los partidos y corrientes políticas socialistas, anarquistas y comunistas, y el Código Social de Malinas, como la Encíclica Quadragesimo Anno, de 15 de mayo de 1931, respondiendo a la existencia de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas y del movimiento comunista internacional y revolucionario que dicha Revolución había impulsado y fortalecido.

En el punto 11 del Capítulo IV del Código Social de Malinas se trata el tema de “salario, asignaciones familiares y seguros sociales”. Y, en el Segundo Apéndice que acompaña al Código, al final, se establece una “Declaración sobre la Seguridad Social”.

Al finalizar esta década, de 1920, con motivo de los efectos e impactos de la crisis mundial de 1929, y la gran desocupación que produjo, incluida en Costa Rica, donde surgieron sindicatos de desocupados, en los periódicos, bajo el seudónimo de “De Potter”, se publicaron una serie de artículos donde se planteaban temas sociales y laborales.

De Potter señaló la necesidad de atender la “protección del trabajo: sobre los niños empleados; tutela sanitaria de los niños; ley sobre los servicios médicos del trabajo; sobre la protección laboral de las mujeres; sobre el reposo dominical; ley de reposo semestral con goce de sueldo para todo trabajador; reglamento de inspección de los establecimientos peligrosos, insalubres e incómodos; sobre seguridad y salud de los obreros, reglamentación especial para cada industria”.

Escribió sobre accidentes de trabajo: “revisión de la actual ley que es copia de la española de 1900 y extensión de los beneficios a todo trabajador”, y, abordó el tema de las “pensiones de vejez, previsión, mutualistas; seguros de vejez contra la falta de trabajo, las enfermedades y la invalidez; ley de seguros de previsión de enfermedades y la invalidez; pensiones de vejez y retiro del trabajo; ley sobre las sociedades mutualistas y cooperativas pobres: ley sobre el fondo nacional de crisis; seguros contra la falta involuntaria de trabajo; ley de contrato colectivo de trabajo y colocación pública de trabajadores.” Igualmente se pronunció sobre la necesidad de establecer una ley “sobre la asociación de trabajadores: sindicatos, federaciones, gremios, etc. (ligas de resistencia)”.

En 1931, al fundarse el Partido Comunista de Costa Rica, y al publicar su Programa Mínimo, allí se establece, en el apartado referido a “Política de defensa y previsión social”, en el punto 2, la necesidad de establecer “seguros sociales a cargo del Estado, para la desocupación, accidentes del trabajo, enfermedades en general, vejez, maternidad, etc.”, recogiendo la tradición constitucional de 1917 y los planteamientos de De Potter, así como la necesidad de establecer “Leyes de organización sindical. Consagración expresa del «derecho de huelga».

El 13 de agosto de 1942, por Ley No. 189, se establecieron los Inspectores de la Caja Costarricense del Seguro Social y, el 22 de octubre de 1943 se dicta otra ley de creación de la CCSS, similar a la anterior. El 1 de enero de 1947 se emitió el Reglamento de Invalidez, Vejez y Muerte.

En la reforma constitucional de las Garantías Sociales, aprobada en agosto y en vigencia a partir del 15 de setiembre de 1943, también se elevó a rango constitucional la existencia del régimen de seguros sociales, hasta hoy.

En esta preocupación del Seguro Social sumó, el Dr. Calderón Guardia, sus inquietudes sobre las Garantías Sociales, como Capítulo de la Constitución Política, en ese momento la de 1871, y el Código de Trabajo, ambas aprobadas en agosto de 1943.

Hoy hablamos de las Garantías Sociales, casi reduciéndolas al Seguro Social y al Código de Trabajo, y no al conjunto de artículos que están comprendidos en el Capítulo Constitucional de las Garantías Sociales.

Así, en términos amplios, considerando las Garantías Sociales, en ellas tenemos al Seguro Social, como concepto y como Institución, por los Artículos Constitucionales que se refieren a “seguros”,  el Artículo 63 que dice “Los trabajadores despedidos sin justa causa tendrán derecho a una indemnización cuando no se encuentren cubiertos por un seguro de desocupación”, el Artículo 72, que establece que “El Estado mantendrá, mientras no exista seguro de desocupación, un sistema técnico y permanente de protección a los desocupados involuntarios, y procurará la reintegración de los mismos al trabajo”, el Artículo 73, ya con la reforma constitucional de 1961, que expresamente señala que “se establecen los seguros sociales en beneficio de los trabajadores manuales e intelectuales, regulados por el sistema de contribución forzosa del Estado, patronos y trabajadores, a fin de proteger a éstos contra los riesgos de enfermedad, invalidez, maternidad, vejez, muerte y demás contingencias que la ley determine. La administración y el gobierno de los seguros sociales estarán a cargo de una institución autónoma, denominada Caja Costarricense de Seguro Social. No podrán ser transferidos ni empleados en finalidades distintas a las que motivaron su creación, los fondos y las reservas de los seguros sociales. Los seguros contra riesgos profesionales serán de exclusiva cuenta de los patronos y se regirán por disposiciones especiales”, el Artículo 177, que establece que “para lograr la universalización de los seguros sociales y garantizar cumplidamente el pago de la contribución del Estado como tal y como patrono, se crearán a favor de la Caja Costarricense de Seguro Social rentas suficientes y calculadas en tal forma que cubran las necesidades actuales y futuras de la Institución. Si se produjere un déficit por insuficiencia de esas rentas, el Estado lo asumirá, para lo cual el Poder Ejecutivo deberá incluir en su próximo proyecto de Presupuesto la partida respectiva que le determine como necesaria la citada Institución para cubrir la totalidad de las cuotas del Estado.” … y el Artículo 177 transitorio, párrafo tercero, que indica que “la Caja Costarricense del Seguro Social deberá realizar la universalización de los diversos seguros puestos a su cargo, incluyendo la protección familiar en el régimen de enfermedad y maternidad, en un plazo no mayor de diez años, contados a partir de la promulgación de esta reforma constitucional.”

A partir de aquel momento glorioso de su fundación, y de inicio de la Caja Costarricense del Seguro Social, en el curso del desarrollo histórico nacional hemos visto su desenvolvimiento, su consolidación y sus avatares.

En 1946, durante los meses de mayo y junio, se produjo, en el contexto político difícil que vivía la sociedad costarricense, altamente polarizada en progobiernistas y antigobiernistas, una huelga médica contra la intervención que hacía el Estado, por medio de la Caja Costarricense del Seguro Social, en el ejercicio de la medicina, hasta entonces en el sector privado.

Superada la huelga médica la Caja Costarricense del Seguro Social pasó las dificultades de la Guerra Civil de 1948 y de la Junta de Gobierno, saliendo de nuevo fortalecida al terminar la Junta de Gobierno y salir airosa en la Constitución Política de 1949.

Quedaba su desarrollo posterior. Los gobiernos que siguieron a la Junta de Gobierno inevitablemente fueron fortaleciendo a la Caja Costarricense del Seguro Social.

Las reformas que se hicieron a su ley y a su organización institucional, especialmente con las reformas hacia la universalización, hicieron que la Caja Costarricense del Seguro Social se convirtiera en uno de los pilares del modelo democrático nacional, de su seguridad y estabilidad social, y en uno de los más importantes instrumentos de la calidad de vida de los costarricenses, así como en uno los motores más importantes del desarrollo económico, productivo, social y político del país.

Los esfuerzos que se hicieron de preparación médica en el exterior, como los de la creación de la Facultad de Medicina, primero en la Universidad de Costa Rica, para la preparación de médicos en Costa Rica, junto con el Centro de Desarrollo Estratégico e Información en Salud y Seguridad Social (CENDEISSS), que facilitó y estimuló la formación de especialistas, junto con las Facultades médicas que han surgido posteriormente, han hecho que la Medicina nacional sea hoy una Medicina de Primer Mundo, y así está reconocida.

El Ministerio de Salud, la hermana mayor de la Caja Costarricense de Seguro Social, tiene un peso enorme, desde el siglo XIX, con las políticas que se han impulsado en Salud Pública y, especialmente, desde la creación de la Secretaría de Higiene y de Salud Pública, en julio de 1922, y desde junio de 1927 cuando se estableció el actual Ministerio, como Secretaría de Salud Pública.

El Ministerio de Salud y la Caja Costarricense del Seguro Social hoy son los abanderados en la lucha contra la Pandemia del Coronavirus, así como lo han sido contra otras endemias, epidemias y pandemias que hemos tenido.

La Caja Costarricense del Seguro Social es hoy una institución sagrada, en la estructura del Estado costarricense, que hay que defenderla de las amenazas que constantemente la asedian, desde adentro y desde afuera, por debilitarla y por reducirle su papel estratégico en la atención de la salud de todos los costarricenses.

En lo inmediato nos queda apoyar, acatar y obedecer las directrices que el Ministerio de Salud y la Caja Costarricense del Seguro Social, dictan y trazan para este momento y a partir del 1 de mayo próximo, en la lucha nacional contra la expansión y por el control del Coronavirus COVID-19.

Foto de cabecera: primera sede de la CCSS.

El Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo no volverá a ser igual

“Ayer en mi turno de trabajo comprobé, por primera vez, cómo la vida y la muerte se miran en un parpadeo.” (Fátima, Enfermera de UCI de un Hospital de Madrid)

Manuel Hernández

Hoy, 28 de abril, se celebra el Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

Este día se celebra en el inédito escenario de una crisis global sanitaria, extendida vertiginosamente a todos los confines del planeta, que está causando una grave disrupción del mundo del trabajo.

Ya se estiman 200 millones de empleos que se han destruido y otros tantos de millones de personas que perdieron sus ingresos, cuyos sistemas de protección social, donde existen, no han logrado dar una respuesta institucional adecuada, efectiva y oportuna.

La pandemia, por una parte, ha alentado un renovado pensamiento, un repensar del valor central del trabajo, como categoría fundamental del tejido social, productivo y la importancia de los derechos del trabajo, la ciudadanía del trabajo.

Pero por otra parte, ha evidenciado la necesidad e importancia de fortalecer los sistemas de protección laboral y social de los trabajadores, tan frágiles que volaron con el primer estornudo de la fatídica enfermedad.

En nuestro país, el covit19 ha puesto en la superficie la vulnerabilidad del modelo de prevención y seguridad de las personas trabajadoras, no solo en el sector público, sino aun más, en el sector privado de la economía, en que los empresarios, aun en tiempos de pandemia, no están dispuestos a sacrificar sus tasas de ganancia, aunque sea a expensas de la salud y vida de los trabajadores.

En este escenario emergente, es necesario revisar, articular y fortalecer las políticas y las medidas de protección de la clase trabajadora, entre las cuales destacan las siguientes:

1.- La protección de los y las trabajadoras tiene que ser asumida integralmente dentro de las políticas de salud pública.

La tutela de las personas trabajadoras tiene que ser declarada un objetivo supremo del Estado.

Los propios sindicatos tendrán que asumir y priorizar en sus objetivos estratégicos, la transversalidad de la promoción y defensa de la salud ocupacional.

2.- Es necesario revisar y actualizar las disposiciones del Código de Trabajo, que en esta materia datan de hace casi 40 años, con la finalidad que brinden una cobertura adecuada y eficiente a estas contingencias y desastres que impactan el mundo del trabajo.

La legislación de riesgos de trabajo debe tener un enfoque más centrado en la prevención y protección de los trabajadores y además, replantearse la definición de los riesgos que supere la tradicional y estrecha concepción del accidente y la enfermedad de trabajo.

3.- Es urgente fortalecer el Diálogo Social y la participación de los órganos paritarios de los trabajadores y patronos en la materia.

El Consejo de Salud Ocupacional (CSO) es un órgano de composición tripartida, regulado en el papel del Código de Trabajo, que le compete la rectoría específica de la salud ocupacional.

El CSO padece, desde hace mucho tiempo, de una severa y crónica anemia, cuya falta de liderazgo e incidencia institucional es notoria y manifiesta en esta emergencia sanitaria, que trastoca el conjunto del sistema de relaciones laborales.

Tan es así que el CSO de facto fue remplazado, con la complacencia o inacción de sus integrantes directores, por un grupo de trabajo de la Comisión de Inversión Productiva, conformado exclusivamente por representantes del sector institucional y el sector privado, que promulgó la Guía para la prevención, mitigación y continuidad del negocio por la pandemia COVIT-19 en los centros de trabajo.

Esta herramienta define los lineamientos generales de prevención de salud de los trabajadores, subordinando las medidas preventivas y de protección a las necesidades prioritarias de la continuidad del negocio de las empresas.

Resulta insólito que esta atribución se la haya arrogado ese grupo de trabajo, contra legem, que no tiene ninguna representación de los trabajadores, pero que además es propia de la competencia del CSO.

Por otra parte, las comisiones de salud ocupacional, órganos paritarios de la mayor importancia, creados en la legislación laboral, desde que empezó esta emergencia, los tienen silenciados y pegados a un respirador mecánico.

Es necesario que estas comisiones mixtas recuperen su rol y potencien su participación en las empresas e instituciones, conforme el mandato legal que tienen.

Ahora que oficialmente se anunció la vuelta paulatina y escalonada a la regularidad de la actividad productiva y comercial, las comisiones de salud ocupacional tienen que salir de las UCI y participar activamente en el diseño de los protocolos de protección y vigilancia permanente de la salud y seguridad de los y las trabajadoras.

4.- En estos tiempos de emergencia sanitaria, la función de la Inspección de Trabajo se ha destinado a sacar a flote los intereses económicos de los empleadores y empresarios.

La Inspección de Trabajo tiene que recuperar su misión natural de tutela de los derechos laborales y protección de la seguridad y salud de los trabajadores.

Este fue el origen del Derecho del Trabajo, de la mano con la Inspección de Trabajo.

En el presionado retorno a la actividad productiva, la Inspección de Trabajo debe salir de las oficinas en las que la tiene confinada la patronal, dedicada a dictar masivamente resoluciones administrativas de suspensión de los contratos y reducción de las jornada de trabajo, y volcarse de lleno a velar que en los centros de trabajo se cumplan los requerimientos que aseguren efectivamente la protección de la seguridad y salud de las y los trabajadores.

5.- Es necesario que Costa Rica apruebe el Convenio N° 155 de OIT, sobre la seguridad y salud de los trabajadores (1981), que tiene por objeto asegurar que el ámbito de aplicación de la política, la legislación y prácticas nacionales, en este campo, sea lo más amplio y completo posible.

6.- A nivel de OIT, los sindicatos tendrán que reivindicar, a la misma altura de la libertad sindical, la eliminación del trabajo forzoso, la abolición del trabajo infantil y la eliminación de la discriminación en el empleo y la ocupación, la incorporación en la Declaración de los principios y derechos fundamentales en el trabajo (OIT/1998), la protección de la seguridad y salud en el trabajo.

Por último, pero no por esto menos importante, no podría dejar pasar un día como hoy, sin transmitir mi profundo agradecimiento a todas las personas trabajadoras, que durante todo este tiempo que llevamos confinados, al borde del hastío, nos han asegurado la continuidad del funcionamiento de la sociedad.

Mi reconocimiento a las imprescindibles personas del trabajo doméstico remunerado, cuido de personas, por cierto, las ocupaciones peor remuneradas, de eso que mercantilmente llaman el mercado del trabajo, compuestas mayoritariamente por mujeres, a las indispensables trabajadoras y trabajadores del transporte público de personas y mercancías, servicios de cuerpos de policía, bomberos, acueductos, energía, telecomunicaciones, periodistas, los infaltables recolectores municipales de basura, dependientes de negocios, farmacias y otros colectivos esenciales tantos más, y especialmente al personal de la salud, que codo a codo, durante las interminables horas de sus extenuantes jornadas, acometen desde sus trincheras de esperanza el virus letal.

Esta efeméride, el Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo, por mucho tiempo tristemente desconocido, no volverá a ser el mismo, cuya importancia fue rescatada por la trágica pandemia.

28/04/2020