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Etiqueta: Estado costarricense

Conferencia estudiantil y recurso de amparo

El movimiento educativo, conformado por estudiantes de las cinco universidades públicas y de estudiantes de secundaria, se unen con el propósito de proteger la educación en Costa Rica, por lo que se presentó un recurso de amparo en la Corte Suprema de Justicia y una conferencia de prensa en la Asamblea Legislativa contra el Ministerio de Educación Pública, en respuesta a las políticas actuales que se han tomado y que se considera no están protegiendo adecuadamente su derecho a recibir educación pública de calidad, digna y accesible. El recurso de amparo es el mecanismo legal que permite salvaguardar los derechos fundamentales.

Se subraya la importancia de la presencia del movimiento estudiantil en un momento crucial, además de la intención de aprovechar la conferencia de prensa para expresar las preocupaciones y demandas de los estudiantes ante el resto de la sociedad civil y los medios de comunicación, seguido de un plantón pacífico. Es por esta razón que se les convoca al resto de la población estudiantil a la manifestación, a las 10 a.m. en la Asamblea Legislativa. Se contó con transporte saliendo del Pretil.

Dicho recurso pretende que la Sala Constitucional condene al Estado por transgredir los derechos a la educación, a la igualdad y no discriminación, al desarrollo y el

principio de no retroactividad. El recurso se fundamenta en incumplimiento del 8%, el presunto conflicto de intereses de la ministra de educación, transgresión a derechos fundamentales. Además, las personas estudiantes le solicitan a la Sala Constitucional el restablecimiento del presupuesto de educación, la garantía presupuestaria para el 2025 y futuros años, la protección de los derechos del niño y personas universitarias, además de su obligación de cumplimiento constitucional.

Consulte la conferencia de prensa en el siguiente enlace:

https://www.youtube.com/live/NJk5zR1Ummc?si=7HKchZ-u-pUKGI8e

SURCOS comparte el documento del recurso presentado.

Estudiantes y activistas presentan recurso de amparo contra el Ministerio de Educación Pública por la vulneración a derechos fundamentales

Estudiantes de las cinco universidades públicas:

Federación de Estudiantes de la Universidad de Costa Rica, Universidad Nacional, Universidad Estatal a Distancia, Universidad Técnica Nacional, Instituto Tecnológico de Costa Rica así como representantes del Movimiento Estudiantil de Secundaria. La mañana de este lunes 29 de julio, se hicieron presentes en la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia para presentar un recurso de amparo contra el Estado costarricense específicamente contra el Ministerio de Educación. Dicho recurso pretende que la Sala Constitucional condene al Estado por transgredir los derechos a la educación, a la igualdad y no discriminación, al desarrollo y el principio de no retroactividad.

La estudiante de ciencias políticas de la Universidad de Costa Rica, Daniela Chaves Matamoros, con el apoyo de las cinco Federaciones Estudiantiles de las universidades públicas, el Movimiento de Estudiantes de Secundaria y con firmas de personas estudiantes de colegios humanísticos, secundaria y universidades, presentaron dicho recurso que expone las siguientes consideraciones: 

  1. Incumplimiento del 8%: El artículo 78 de la Constitución Política manifiesta que se debe asignar un 8% del Producto Interno Bruto a la educación. El presupuesto nacional 2024 presentado el año anterior, asignó únicamente un 5,2% respecto al PIB anual del año 2022. Dicho comportamiento ha sido la norma durante los últimos años y se prevé, según el oficio MH-DM-OF- 0388-2024, un recorte mayor al presupuesto asignado para educación, alejándonos cada vez más del 8% dictado por la Constitución.
  2. Presunto conflicto de intereses por parte de la ministra de educación: Se señala que la existencia relaciones consanguíneas en segundo grado con los señores Álvaro Castro Harrigan y Silvia Castro, propietarios y altos funcionarios de instituciones de educación superior privada podrían minar la confianza en la gestión del Ministerio de Educación Pública por parte de la señora Anna Müller.
  3. Transgresión a derechos fundamentales: Los recortes en el presupuesto asignado a educación pública y la falta de políticas públicas que disminuyan el impacto de la crisis educativa atentan contra el derecho a la educación consagrado en el artículo 78 de la Constitución Política, el artículo 26 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Convención sobre los Derechos del Niño. Además, la crisis educativa actual y la labor ineficiente del Estado Costarricense atentan contra los derechos a la Igualdad y no Discriminación y al Desarrollo, manifestados en el artículo 33 de la Constitución Política, el artículo segundo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto de San José y del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo, respectivamente.

Las personas estudiantes, además, le solicitan a la Sala Constitucional lo siguiente:

  1. Restablecimiento del Presupuesto de Educación: Que se ordene el cumplimiento inmediato del mandato constitucional establecido en el artículo 78 de la Constitución Política, además, que se disponga de la reasignación de los recursos necesarios para cumplir con el 8% y se garantice que todos los fondos asignados se utilicen para mejorar la calidad y el acceso a la educación en todos sus niveles.
  2. Garantía presupuestaria para el año 2025 y futuros años: Que se le ordene a los Ministerios de Hacienda y Educación Pública, al Consejo Nacional de Rectores y al Poder Ejecutivo que, en la negociación y elaboración del Presupuesto Nacional 2025 y años subsecuentes se asegure el cumplimiento del 8% del PIB y se establezcan mecanismos de supervisión y control que garanticen que el monto asignado no sea inferior al mandato constitucional.
  3. Obligación de cumplimiento constitucional: Que se le ordene a los entes mencionados anteriormente a obedecer lo estipulado en el artículo 78 de la Constitución Política, además, que la Sala Constitucional evalúe cuidadosamente la presunta existencia de un conflicto de intereses que pueda comprometer la integridad y objetividad de las políticas educativas y que estas se tomen prevaleciendo el interés público.
  4. Protección de los derechos del niño y de los estudiantes universitarios: Se disponga que las medidas adoptadas en relación a la asignación presupuestaria estén en conformidad con los derechos del niño y otros tratados internacionales ratificados por Costa Rica, además, se asegure que este presupuesto permita el desarrollo integral de los niños y jóvenes, garantizando el acceso en igualdad de oportunidades a una educación de calidad, inclusiva y equitativa. Finalmente, se solicita que se proteja el derecho a la educación de los estudiantes universitarios y se asegure el financiamiento adecuado para la continuidad de programas de becas y apoyos necesarios para que el estudiantado pueda completar sus estudios.

Además; hacemos un llamado como federaciones a que esta negociación del FEES y presupuesto del MEP cumpla con lo que nuestra constitución indica, esto requiere hacer un repaso sobre los recortes que han sido monumentales durante los últimos años, a esto se suma un ministerio que se ha encargado de profundizar estas realidades. Es por eso que el voto de censura de la actual ministra nos recuerda su ilegitimidad y falta de capacidades para dirigir el ministerio y reiteramos que es necesaria su renuncia.

Esta acción espera marcar un precedente en la legislación costarricense, para que se garantice el respeto al mandato constitucional del 8% del PIB y la no transgresión a los derechos fundamentales, de igual forma es un llamado más ante la crisis educativa que atraviesa el país hoy, crisis que repercute en nuestra seguridad, economía, desarrollo, y movilidad social, ante esta realidad crítica hoy son miles de personas estudiantes niñez y adolescencia que han abandonado las aulas y se encuentran en un abandono estatal afectando derechos humanos básicos: educación, alimentación, vivienda y trabajos digno.

Oficina de Comunicación
Universidad Nacional, Costa Rica

Familia de Sergio Rojas Ortiz denuncia perpetración de impunidad con resolución de juzgado penal

Por Mauricio Bonilla Blanco

En respuesta a la reciente resolución del Juzgado Penal del Circuito Judicial de la Zona Sur, Sede Buenos Aires, que decretó el sobreseimiento definitivo a favor de dos individuos no indígenas vinculados al caso del asesinato de Sergio Rojas Ortiz, la familia Rojas Lázaro ha emitido un comunicado. Este comunicado refleja la posición de la familia como parte querellante en el proceso.

La decisión judicial se basó en la falta de pruebas suficientes para llevar a juicio a los imputados, a pesar de la solicitud inicial del Ministerio Público de sobreseimiento provisional en el año 2021. Sergio Rojas Ortiz, líder indígena, recuperador de tierras y defensor de derechos humanos de Pueblos Indígenas, fue asesinado en marzo de 2019 en circunstancias que, según el comunicado, sugieren una cuidadosa planificación para permitir la huida de los autores materiales.

La familia Rojas Lázaro, como víctima en este caso, hace un llamado al Estado de Costa Rica para que tome medidas concretas destinadas a garantizar la vida e integridad física de las personas indígenas amenazadas. Además, instan a la rápida y eficiente recuperación de tierras indígenas en manos de usurpadores terratenientes no indígenas. La familia también aboga por la creación de normas jurídicas que protejan a los defensores de derechos humanos y del medio ambiente, incluyendo la ratificación del Acuerdo de Escazú.

Este comunicado destaca la preocupación de la familia Rojas Lázaro por la justicia y la protección de los derechos de las comunidades indígenas, al mismo tiempo que plantea desafíos significativos en el proceso legal y la búsqueda de responsabilidad por el trágico asesinato de Sergio Rojas Ortiz.

El comunicado de la Familia Rojas Lázaro se puede consultar en las imágenes adjuntas.

El respeto a tus derechos empieza por los de tus ancestros

Bernardo Archer Moore

Por tal motivo se ha interpuesto UN RECURSO DE AMPARO EN CONTRA DEL ESTADO COSTARRICENSE.

El Recurso de Amparo presentado ante la Sala Constitucional a la 16:52 pm el día 09-11-2023 aún se encuentra en el proceso de inclusión de todos los nombres de los firmantes en el expediente.

La demanda consiste en 19 folios (páginas) de sustento jurídico acompañado por 124 folios (páginas) de pruebas, que busca reivindicar los siguientes derechos de los pobladores de Cahuita:

  1. Reconocimiento del Derecho de Pueblo Tribal lo cual implica:
  1. a) Reconocimiento de Vigencia y Eficacia de la Ley 35 de 1915 que declaró Ciudad al Poblado Bluff de Cahuita y la Autorización de su extensión a Playa Negra de Cahuita.
  2. b) El derecho ancestral sobre las tierras del antiguo poblado y fincas en Playa Blanca, hoy declaradas Parque Nacional de Cahuita, debido a la forma engañosa en que la misma fue incautada por los gobernantes entre 1908 y 1978.

Así como el libre acceso, mantenimiento y debido respeto a los restos de los fundadores sepultados en el primer cementerio de afrodescendientes ancestrales fundadores de ese primer poblado de Cahuita.

  1. En consecuencia, que se declare inaplicable la Ley ZMT 6043, sus reformas, Reglamentos y planificación (PRC) a las áreas costeras de Cahuita, así como las presentes restricciones ambientales de “Patrimonio Natural del Estado” (PNE).

Logrando así la restitución del derecho de propiedad a las familias desposeídas de sus tierras, y el derecho de estos, a colocar esas áreas de interés nacional de protección ambiental en los programas de Pagos por servicios Ambientales (PSA) del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (“FONAFIFO”).

Es decir, que ese dinero les sea pagado directamente a las familias desposeídas de sus tierras, y no al Estado como ocurre actualmente. Esa es la naturaleza de desarrollo que merece y necesita un pueblo tribal.

Publicado en Las Cosas Son Lo Que Son y compartido con SURCOS por el autor.

Día internacional contra la corrupción, 9 de diciembre

José Manuel Arroyo Gutiérrez , Exmagistrado y profesor Catedrático UCR

En el debate público se ha difundido, a veces incluso desde voces autorizadas, el que no existe un concepto claro de lo que debe entenderse por “corrupción”. Tales afirmaciones solo traen confusión y desconcierto a la hora de tratar el tema y, en última instancia, le hacen un pésimo favor a la necesaria respuesta que desde la Administración Pública y el sistema penal debe tener este fenómeno. Por eso resulta imperativo dibujar con claridad los límites y alcances de la corrupción y dejar claro, tanto para el lenguaje común como para el técnico-jurídico, de qué estamos hablando cuando utilizamos este concepto.

Desde el campo jurídico-penal, la cuestión resulta de enorme importancia, en virtud de las exigencias derivadas del principio de legalidad: la necesaria descripción en la ley de las conductas prohibidas para que todo ciudadano y ciudadana la conozca; la obligada claridad, precisión y circunstanciación con que debe hacerse esa descripción conforme una buena técnica legislativa; y el resguardo indispensable que, por esa vía, debe hacerse de las libertades y derechos fundamentales de las personas.

Pero es de sobra conocida la constante tergiversación que se hace del término “corrupción”, la mayoría de las veces con aviesas intenciones, cosa que también ocurre con otros conceptos en las discusiones cotidianas, en los medios de comunicación tradicionales y, por supuesto, en las frenéticas redes sociales. Se tacha de “corrupto” a cualquiera y con cualquier pretexto, igual que se lo llama “terrorista”, “dictador”, “facho”, “nazi”, “stalinista”, “mafioso”, “fundamentalista” y un largo etcétera.

En nuestros pandémicos días resulta particularmente retorcido el mal uso del concepto “corrupción”, con intenciones políticas en un ámbito muy basto y de manera especial contra quien ejerce alguna forma de autoridad pública, colgándole este rótulo descalificador a lo que son simples negligencias, errores de todo tipo, meras diferencias de criterio o puntos de vista contrarios. En su peor versión, el poderoso instrumento de la descalificación por “corrupción” ha servido para que los verdaderamente corruptos arremetan contra quienes los denuncian, acusan o condenan formalmente. Ha servido para que se responda con procesos judiciales o disciplinarios desde la trinchera de la oposición ideológica; o para que se hayan afianzado las estrategias de las noticias falsas (bulos o fake news) tipo Trump o Bolsonaro; o se ha utilizado el proceso penal para liquidar a los adversarios políticos (Lawfare) como el caso en perjuicio de Dilma Rousseff en Brasil o Evo Morales en Bolivia.

Se trata de aplicar una perversa estrategia para crear la sensación de que todo es corrupción y todos somos corruptos, estrategia que busca hacer pasar lo efectivamente descompuesto de manera desapercibida y desviar la atención de lo que en realidad importa. La peor parte la llevan funcionarios y funcionarios honestos como policías, fiscales y jueces que cumplen con sus deberes; medios de comunicación veraces y valientes; organizaciones políticas que han levantado a mano contra la corrupción y ciudadanos indignados ante evidentes abusos y podredumbres.

Las consecuencias fácticas de estas manipulaciones son especialmente graves en el campo del derecho y la justicia. Se erosiona la información de calidad –vital en una democracia- y se dañan también de manera irreparable la credibilidad en las personas inocentes, las autoridades probas, los procedimientos sancionatorios correctos y las instituciones públicas en el ámbito de sus legítimas competencias. En fin, tan grave es no perseguir la verdadera corrupción como señalar de tal lo que no lo es.

Abandonar ese universo de la imprecisión, la mentira y la especulación es indispensable para ubicar las cosas en sus justos términos. Un análisis de lo general a lo particular, tomando los puntos de referencia más amplios que han intentado definir los límites y alcances técnicos del concepto de corrupción, nos debe llevar necesariamente a las dos convenciones internacionales anticorrupción que más nos atañen: la primera en el marco de la Organización de Estados Americanos (OEA-1997) y la segunda en el seno de la Organización de Naciones Unidas (ONU-2003). Luego se requiere un análisis más concreto, que señale cómo se reflejan esos lineamientos internacionales en la legislación interna, de la mano de las categorías fundamentales de la teoría del delito, para destacar todas aquellas cuestiones que resulten relevantes y de interés en la comprensión del tema propuesto. Por último, deben incluirse algunos de los aspectos que consideramos más sobresalientes en la evolución que ha tenido la organización y funcionamiento de los instrumentos internacionales contra la corrupción en el ámbito nacional o doméstico.

Es correcto afirmar que no existe un concepto de “corrupción” concretado en un tipo penal. Las fuentes más confiables para definir y delimitar este fenómeno son las citadas convenciones internacionales contra la corrupción; en nuestro caso, la Convención Interamericana (1997) y la Convención de Naciones Unidas (2003). En ellas encontramos el contenido del tema entendiendo que debe hacerse un listado de “actos de corrupción”, ubicados en una serie de figuras o tipos penales diversos, que nos dará los límites y los alcances de este término.

A lo interno de nuestro ordenamiento, las directrices convencionales en materia de corrupción están contenidas en el Código Penal, Título XV (Delitos contra los deberes de la función pública), Sección II (Corrupción de Funcionarios), Sección III (Concusión y Exacción), Sección IV (Prevaricato y Patrocinio Infiel) y Sección V (Peculado y Malversación); además de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, Capítulo V (Delitos), artículos del 45 al 58) y más recientemente la Ley de Responsabilidad Penal de Personas Jurídicas No. 9699.

Estamos hablando, por otra parte, de tipos penales que tutelan, en lo fundamental, dos bienes jurídicos: la probidad en el ejercicio de la función pública y la integridad del patrimonio o erario público.

Si bien el énfasis está dado en los delitos que puede cometer un funcionario público en ejercicio de su cargo, el concepto de sujetos activos de las diferentes tipologías penales involucradas, incluyen en muchas de ellas a personas particulares circunstancialmente relacionadas con actividades estatales o con bienes públicos y, por tanto, equiparables al funcionario como potenciales autores o partícipes en conductas prohibidas. Asimismo, en virtud de la aplicación de la Parte General del Código Penal, son de previsible imposición las normas ampliativas de la participación criminal como la Comunicabilidad de la Circunstancias (art 49 CP).

En su mayoría son conductas delictivas que se sancionan ya como delitos de peligro concreto, independientemente de si el beneficio o ventaja indebidos, el abuso o la desviación, el provecho propio o para un tercero etc., se han materializado en un resultado.

Los “actos de corrupción”, en todas sus modalidades son por naturaleza dolosos, es decir, cometidos con conocimiento y voluntad del agente activo. Están excluidas, en principio, todas las acciones o conductas cuyo fundamento punitivo radica en la simple violación a un deber de cuidado (delitos culposos). Están excluidas también todas aquellas conductas que, aunque perpetradas por funcionarios públicos o personas equiparables, no tienen como propósito la percepción para sí o para un tercero de beneficios indebidos de cualquier índole (patrimonial, administrativo, judicial, social, político, etc.). Tal es el caso del mero Abuso de Autoridad (art. 338 CP). Quedan fuera, finalmente y en sentido estricto, las formas delictivas con legislación específica de tráfico de sustancias prohibidas y blanqueo de dinero, aunque por supuesto pueden tener vasos comunicantes en fenómenos como el tráfico de influencias o las figuras de blanqueo y encubrimientos (Ley No. 77856 y sus reformas).

El principal aspecto en el que el Estado costarricense está en deuda tiene que ver con la corrupción privada. Si bien es cierto se ha legislado y reglamentado en orden a controles administrativos y bancarios en el marco del crimen organizado relacionado con blanqueo de dineros y capitales, es lo cierto que algunas recomendaciones internacionales de índole penal como la necesaria tipificación del peculado, malversación o el tráfico de influencias de personas particulares, sobre otras personas también particulares y respecto de bienes o patrimonios privados, no han sido ni propuestos ni legislados en Costa Rica.

Las recomendaciones convencionales y la evolución de este tema han puesto sobre la mesa la cuestión de la responsabilidad penal de las personas jurídicas en el contexto del ingreso del país a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). En Costa Rica recientemente (2019) se ha dado cabida a este instituto jurídico, aunque es nuestro criterio que el asunto, por coherencia constitucional, debió resolverse mediante la responsabilidad administrativa o civil y no punitiva.

Publicado en el Semanario Universidad, enviado a SURCOS por el autor.

Como expresión de amor el matrimonio no está sujeto a autorizaciones y permisos, a normas que lo regulen

(Palabras pronunciadas por Vladimir de la Cruz, en el matrimonio de su hija Yalena de la Cruz con Karina Vargas, el sábado 21 de noviembre del 2020, celebrado en Hacienda Sitio de Mata, en Pavones de Turrialba)

El matrimonio de Yalena y de Karina, que nos reúne hoy, es una relación sostenida en el tiempo, consolidada y fortalecida. A Karina la conocí hace poco, pero me impresionó su ser, su franqueza para expresar sus inquietudes, su capacidad, su sencillez, su sólida formación científica y profesional, su precisión para decir las cosas y sus pensamientos.

Profesionalmente la he llegado a valorar extraordinariamente, por el esfuerzo de superación constante que hace. Incluso, recientemente, se ha doble graduado, llegando a muy altos niveles de superación y de poder asumir responsabilidades igualmente altas. Eso es muy importante, no solo para ella, sino para Yalena también, como pareja que son, para Sofía como su hija, que es nuestra nieta.

En el caso de Yalena, ¿qué puedo decir, en un momento como éste? Es mi primera hija. Desde chiquita siempre tuvo carácter, siempre tuvo capacidad para tomar decisiones importantes, que las hacía valer.

Se le estimuló para que afirmara su carácter, su personalidad, su propia identidad. Aprendió a que se respetaran sus opiniones, sus manifestaciones, sus acciones. Aprendió desde pequeña a ser tratada como una persona. A los cinco años ya leía por sí misma, devoraba los libros infantiles que se le daban, lo que le permitió avanzar más rápidamente en el proceso escolar. Fue disciplinada ante el estudio y buena estudiante siempre.

Cuando fue dirigente estudiantil universitaria fue “peleona”, defendió derechos estudiantiles, derechos de las mujeres, y fue de las que, en la Universidad, también participó y desarrolló las primeras luchas contra el acoso y el abuso que sufrían las mujeres estudiantes, especialmente en la Facultad de Odontología.

En el Consejo Universitario tuvo allí sus distinciones también, afirmando y defendiendo siempre derechos, fijando posiciones, luchando por lo que ella creía que era lo justo, así como actuando en la defensa de los derechos de otras personas y de los estudiantes, especialmente, desde la Defensoría Estudiantil.

Además, empezó a escribir en el periódico La Nación, donde ha tenido sus discusiones y polémicas. Recuerdo la enorme alegría que tenía cuando el periodista Julio Rodríguez la integró a la Página de Opinión de este periódico, con el que se ha mantenido desde hace ya muchos años, como una de sus columnistas, abordando distintos temas, y algunas polémicas fuertes.

Cuando ha formado parte de Juntas Directivas de instituciones es como una bolsa de clavos en las nalgas, porque es muy recta, muy correcta, muy honrada, es de principios sólidos, lo que la lleva a enfrentarse a todo lo que le parece que es corrupción, a lo que no le gusta del mal manejo del campo administrativo, lo que es muy importante no solo para ella, sino para quienes la conocemos, porque sabemos que ella actúa pensando siempre que hace lo correcto, lo justo, que es la mejor forma de realizarse, como debe realizarse una persona con valores. En lo que ella cree es muy íntegra y consecuente. Es apasionada por sus acciones y decisiones.

Cuando se enamoró, en la forma como lo ha hecho, empezó también a defender sus decisiones, su libertad de amor y de amar, aun cuando la sociedad no permitía o admitía espacios para expresar esos sentimientos. Pero, ella los hacía valer y los hizo reconocer, que es lo más importante, como lo estamos haciendo hoy quienes nos hemos reunido, familiares y amigos, para celebrar con Karina y Yalena la decisión de amarse en la figura jurídica del matrimonio que hoy están concretando, que la sociedad y el Estado costarricense ya ha establecido como un Derecho Humano de los costarricenses.

Hoy estamos ante un proceso en el que realmente culmina esa parte de las luchas de Yalena, y también de Karina.

Yalena y Karina son buenas personas. Esto es lo más importante para la unión que se ha formalizado en el acto de sus firmas y en la declaración pública de sus afectos y votos de convivencia que han expresado ante todos nosotros.

La sociedad costarricense, desde 1888, estableció como el único matrimonio válido el realizado ante autoridad civil, cuando se creó el Registro Civil y cuando se reguló el matrimonio en el Código Civil, aprobado ese año, obligando, a la vez, que los matrimonios celebrados con oficios religiosos católicos, desde esa época, se debían inscribir en el Registro Civil para su plena legalidad y reconocimiento legal público. A los sacerdotes se les dio la condición de Auxiliares del Registro Civil, a efectos de la realización de los matrimonios que se hacen bajo las normas eclesiásticas, y bajo sus responsabilidades.

La Iglesia tenía la facultad de realizar los matrimonios en aquella época, donde también tenía el ejercicio monopólico de la religión católica. Apenas empezaban a introducirse otras manifestaciones religiosas cristianas con la construcción del ferrocarril a Limón.

En el campo educativo a principios del siglo XX se empezaba a enseñar en aulas escolares a niños y a niñas, bajo una gran polémica con la Iglesia Católica, que se oponía a esta enseñanza, por el peligro que entrañaba, según la Iglesia, de que los hombres se feminizan y las mujeres se masculinizan, por estar juntos, en la misma aula, en el proceso del aprendizaje.

El matrimonio, como hoy lo entendemos, no siempre existió, ni siempre estuvo sujeto a normas ni a aceptación religiosa. La institución del matrimonio en el pasado también estuvo asociada a raptos, esclavitud, promiscuidad, prostitución, regulado así por costumbres, usos y tradiciones, en ocasiones con papel predominante de las mujeres hasta que se impuso el machismo y el patriarcalismo en el ejercicio de estas tradiciones matrimoniales y familiares, resultado de las relaciones de producción que modificaron los papeles sociales de las personas, amparado por los cánones religiosos cristianos que nos fueron impuestos, por los españoles, desde la colonia.

Hubo prácticas colectivas de matrimonios, antes de la consideración individual de pareja que le damos hoy. En muchos casos la “familia” era una “cárcel” especialmente para las mujeres. Sobre ellas se decidía, en el caso de las hijas, incluso en su opción matrimonial, “negociándolas”, como mercancías. Los padres, se llegó a acostumbrar, decidían por sus hijas el matrimonio, escogiéndoles sus maridos.

El matrimonio es una institución muy vieja que no pasa de moda. Se siguen realizando, con gran entusiasmo, con gran celebración. Es un punto de encuentro y de fusión de familias. El matrimonio es también una expresión de amor. Como expresión de amor el matrimonio no está sujeto a autorizaciones y permisos, a normas que lo regulen. Se regula y se cumple por el respeto que se profesen los contrayentes, la pareja que decide vivir en unión, mientras así lo decidan y acuerden. El afecto, la ternura y la relación amorosa que se manifiesta en el acto matrimonial no descansa en los timbres, en los sellos que se estampan en el acta notarial, en la firma de los Abogados Notarios, o funcionarios autorizados a realizar matrimonios, ni en las normas que se cumplen para realizarlo. Descansa el matrimonio en el amor mutuo que se profesen los contrayentes, sin importar la opinión, ni la de la llamada opinión pública, ni de quienes a la distancia observan el acto de la unión que ha acordado, que llamamos matrimonio. El matrimonio, como acto de amor, es una legítima unión libre amparada por un formalismo estatal.

La filiación maternal fue fundamental en el desarrollo de las relaciones familiares y matrimoniales. Se tuvo “matria” antes que “patria”. Hasta hace poco tiempo, hasta los avances científicos del ADN, la paternidad era misteriosa mientras la maternidad era real. En 1949 se logró la igualdad de las mujeres en derechos políticos, el de votar, recientemente fortalecidos con la exigencia de la igualdad de oportunidad de ser electas mediante la alternabilidad vertical y horizontal que se ha establecido para aspirar a puestos de representación política.

En 1970 con el Código de Familia la mujer se igualó al hombre en sus relaciones matrimoniales y familiares. Siguió luego el avance en otros derechos.

El papel de la mujer en la sociedad costarricense ha evolucionado, cada vez más, hasta alcanzar la plena igualdad hoy en el ejercicio de derechos y libertades.

La última batalla ha sido el reconocimiento, no solo de las mujeres, sino de los hombres también, para que puedan realizarse y convivir en parejas matrimoniales del mismo sexo, así reconocidas jurídicamente en el país, y ante la sociedad, sin prejuicio, ni exclusión ni discriminación alguna. No ha sido una lucha sencilla. Ha sido dura. Para algunos ha sido muy dolorosa.

Finalmente se ha impuesto y consolidado, en la sociedad costarricense, el matrimonio civil, como expresión del contrato de dos personas, de diferente o del mismo sexo, que quieran unir sus vidas, para amarse, acompañarse, para construir en común su futuro, con respeto y aceptación a las otras formas, de carácter religioso, por las cuales otras personas quieran unirse.

Hoy la sociedad costarricense reconoce el derecho de las personas a casarse, de cualquier persona, a constituir matrimonios y familias, de conformidad a prácticas civiles, laicas, no religiosas, así como el de quienes quieran casarse de conformidad a rituales y a prácticas religiosas, especialmente católicas.

En las condiciones actuales puedo afirmar que hay más amor entre personas iguales y menos desigualdad social en este campo del amor. No se ha tratado de abolir el matrimonio como institución para garantizar esta igualdad, se ha tratado de fortalecer esa igualdad quitándole las trabas, a la institución de matrimonio que lo ataban, para que quienes quisieran casarse lo pudieran hacer al amparo del Estado, de sus instituciones legitimadoras, de conformidad a una nueva escala de valores públicos, sin importar su sexo, su género.

Así surgen estos nuevos matrimonios, como el que hoy se lleva a cabo entre Yalena y Karina, que contribuyen a salvar la idea tradicional del matrimonio, y a fortalecer los diversos conceptos de familia, que la misma sociedad produce, las familias de dos personas de diferente sexo, con hijos o sin ellos, con hijos adoptados, las familias de madres solteras, las familias de personas que no tienen vínculo matrimonial formal, las que sí lo tienen, las parejas de mismo sexo, con hijos o sin ellos, con hijos adoptados, las familias que dependen de las madres cabezas de hogar, que son las que tienen los principales ingresos económicos de sus hogares aun cuando tienen esposo o compañero, las familias cuyo eje descansa en la presencia de un abuelo o abuela o de algún otro familiar, o de solo la madre o de solo el padre, así como las diversas familias que pueden formar los miembros de la comunidad LGTBY, que generan en la práctica familias de dos mamás o de dos papás.

El matrimonio es también una manifestación de una conciencia aprobatoria. No se realizan actos que en conciencia se rechazan. Quienes aquí nos reunimos aceptamos, aprobamos y nos alegramos de la decisión que han tomado nuestras hijas, Yalena de la Cruz Figueroa y Karina Vargas Lepe, de asumir este compromiso, ante ellas mismas, ante sus amigos y familiares, y ante la sociedad, que las protege legalmente, así como a su bellísima hija, nuestra nieta, Sofía, que es parte esencial de esta nueva familia, y de nuestras familias reunidas en este acto de amor, que nos han hecho crecer como familias y como seres humanos.

Esta ceremonia ha sido convocada por Yalena y por Karina para hacernos partícipes y testigos de honor de la unión que han acordado, haciendo uso pleno de sus libertades, y participándonos de la decisión que han tomado en conciencia sus corazones.

No estamos aquí para imponer nuestra visión del mundo, ni nuestra voluntad, ni nuestra escala de valores. Estamos aquí, en nuestra condición de padres, hermanos, familiares y amigos, para afirmar nuestro respeto por la decisión de vida que han tomado, por la unión que han acordado en este momento, con la alegría que nos causa su decisión, su unión matrimonial.

En este acto celebrado han mostrado ser más libres, más realizadas en el amor que se profesan, más dueñas de sí mismas, más responsables de sus actos.

En este acto nosotros no pedimos nada. Son ustedes, Karina y Yalena, las que nos brindan su acto de amor, que con los años nos darán mucho.

Experimentamos como familias una renovación de la vida en el ámbito discreto e íntimo de nuestras familias, y en el ámbito público de la sociedad. En el porvenir de ustedes prolongamos también nuestra existencia. En el acto que acaban de realizar expresan la intensidad de sus vidas, su amor, su calidad de buenas personas. Hoy unidas son más fuertes y afortunadas.

Afirmamos y reconocemos, en este acto, con nuestra presencia, su libertad de amarse en la unión que han pactado, en esta nueva Costa Rica, en vísperas del Bicentenario de la Independencia, que ha abierto, en el campo de las relaciones matrimoniales, un nuevo horizonte para todos los costarricenses.

Al brindar por sus parabienes matrimoniales, ¡Les deseamos la mayor felicidad posible, junto a Sofía!

Red MICA pone en evidencia omisiones del Estado costarricense para evitar violaciones a la libertad de expresión en materia de radiodifusión

Audiencia ante la CIDH

  • Representantes de Red MICA denunciaron violaciones sistemáticas cometidas por el Estado costarricense a los estándares interamericanos y violaciones indirectas a la libertad de expresión en el país
  • Comitiva del gobierno fue incapaz de responder interpelaciones de la CIDH sobre concentración, falta de transparencia y ausencia de participación ciudadana

 

En una audiencia celebrada ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) este miércoles 6 de setiembre, en la ciudad de México, la Red de Medios e Iniciativas de Comunicación Alternativa (Red MICA) puso en evidencia las graves omisiones en que ha incurrido el Estado costarricense en materia de regulación y administración del espectro radioeléctrico, las cuales, en criterio de Red MICA, generan violaciones indirectas a la libertad de expresión en materia de radiodifusión en el país.

El Estado encaró la audiencia con una comitiva integrada por el actual Ministro de Comunicación ―Mauricio Herrera―, y el Viceministro de Telecomunicaciones, Edwin Estrada. Red Mica, por su parte, acudió a la cita representada por Mónica Solano, Andrea Alvarado y Sebastián Fournier.

Como parte de sus alegatos, la representación de la Red Mica sostuvo que, mientras se restringen cada vez más las posibilidades de la ciudadanía de tener acceso al espectro radioeléctrico, se experimenta un proceso de concentración de medios en Radio y Tv. En este contexto, en incumplimiento de los estándares establecidos por la propia CIDH, el Estado realiza una administración del espectro radioeléctrico ―un recurso público― que favorece la existencia prácticamente única de medios comerciales privados, y ha evitado la apertura de medios públicos y ciudadanos. “Prácticamente el 90% de las frecuencias” se destina a actividades comerciales, señaló Sebastián Fournier, de la Red MICA, mientras que la radiodifusión pública y comunitaria ni siquiera se encuentra tipificada en la normativa vigente, lo cual ha conducido a que no existan medios comunitarios y ciudadanos en el país.

Red MICA, además, señaló que, ante la próxima aplicación del cambio digital en Televisión, el Estado ha emitido una normativa mediante la cual se concederá a los actuales operadores privados-comerciales el llamado “dividendo digital”, lo cual redundará en una mayor concentración y la imposibilidad de acceso ciudadano al aprovechamiento del espectro.

Después de un primer momento en que la representación de la Red MICA presentara sus alegatos, la comitiva del Estado presentó su descarga, con un argumento centrado en que el Estado sí cumple sus obligaciones y de que el acceso ciudadano a los medios se concretará a partir del acceso a internet y los procesos de convergencia mediática. Esta participación se concretó mediante afirmaciones generales carentes de datos concretos.

El Ministro de Comunicación, Mauricio Herrera, quien fuera inicialmente interpelado por la Red MICA ante el hecho de que llevaba dos años sin cumplir la promesa de concertar una cita con el Presidente de la República, señaló que siempre había lugar para “mejorar” lo que se venía haciendo, y que consideraba que la audiencia constituía un buen momento para iniciar un proceso de diálogo con representantes de la sociedad civil.

Después de las participaciones de ambas representaciones, los delegados de la CIDH interpelaron únicamente a la comitiva del Estado. En primer término, cuestionaron la consideración de que el acceso ciudadano a los medios quede restringido a un mero acceso a internet. En segundo término, interpelaron a la representación del Estado a propósito de aspectos relacionados con concentración, obsolescencia de la ley vigente, transparencia y participación ciudadana.

La réplica de la comitiva del Estado fue ligera y omisa, y –más allá de insistir en que se estaba trabajando en una nueva ley– prácticamente omitió dar respuesta a los aspectos interpelados. No hubo referencias a la situación de la concentración, la falta de transparencia y la participación ciudadana. A propósito de estos temas, en el cierre de la participación, el Viceministro de Telecomunicaciones, Edwin Estrada, terminó titubeante y carente de claridad en sus planteamientos.

La audiencia celebrada este miércoles ante la CIDH se realizó ante una solicitud presentada a inicios de este año por la misma Red MICA, debido a que considera haber agotado todas las vías formales para ser escuchados por parte del Estado para dirimir estos temas, que son de absoluta trascendencia para la vida democrática del país.

La audiencia celebrada se puede observar de manera completa en el siguiente vínculo: https://www.facebook.com/elperiodicocr/videos/1606653406051420/

Para más información, puede comunicarse con:

Marvin Amador, 8335-3070

 

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Estado costarricense emplazado por la CIDH por denuncia de violación a la libertad de expresión en materia de radiodifusión

 

*Imagen con fines ilustrativos.

Enviado por Ley Participativa de Radio y Televisión CR.

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Estado costarricense emplazado por la CIDH por denuncia de violación a la libertad de expresión en materia de radiodifusión

Red MICA presentó solicitud de audiencia

  • Representantes de Red MICA expondrán el caso este miércoles, en audiencia programada para las 10 de la mañana en la Ciudad de México
  • Gobierno acudirá con comitiva encabezada por Ministro de Comunicación, el mismo que ha entorpecido por más de dos años la posibilidad de reunión de Red MICA con Presidencia de la República

 

El Estado costarricense estará encarando una denuncia por falta de regulación e inacción estatal en materia de radiodifusión y uso del espectro radioeléctrico, lo cual, según la acusación, está generando violaciones a la libertad de expresión en materia de radiodifusión. La participación del Estado de Costa Rica se dará en una audiencia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que se realizará en Ciudad de México este próximo miércoles 6 de setiembre.

La audiencia, programada para las 10:15 am, tendrá como contraparte del Estado a la Red de Medios e Iniciativas de Comunicación Alternativa (Red MICA), organización que presentara la denuncia ante la CIDH a inicios del presente año. Red MICA se presentará a la audiencia con el respaldo de una representación del Programa de Libertad de Expresión, Derecho a la Información y Opinión Pública (PROLEDI) de la Universidad de Costa Rica, así como del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL).

El Estado estará encarando la audiencia con una comitiva integrada por el actual Ministro de Comunicación ―Mauricio Herrera―, el Viceministro de Telecomunicaciones ―Edwin Estrada― y el encargado de Asuntos Jurídicos de Casa Presidencial, Marvin Carvajal.

La denuncia que presentara Red MICA se fundamenta en el hecho ―denunciado y confirmado por diversas instancias de la sociedad civil, de las universidades públicas y por la propia Contraloría General de la República―, de que el país carece de una normativa actualizada y coherente con las nece­sidades de participación equitativa, diversa y plural en el aprovechamiento del espectro radioeléctrico, y que se refleja en el acaparamiento de este recurso por parte de un sector dedicado exclusivamente a utilizar los medios con fines comerciales, excluyendo visiones y opciones de comunicación con enfoque social.

Desde la Red MICA, al lado de diversos actores de la sociedad civil y de las universidades públicas, se ha denunciado la ausencia de acciones de parte del Estado para romper esta situación y propiciar un acceso equitativo de los diferentes sectores al espectro radioeléctrico, de manera que se asegure la presencia de otras propuestas, además de las actualmente existentes. La inacción del Estado se expresa no solo en la insistencia de no actualizar la normativa vigente en materia de radiodifusión, considerada obsoleta debido a que fue emitida hace ya más de 63 años ―cuando ni siquiera existía radio FM ni Tv―, tanto como por incumplir mandatos de la propia Contraloría General de la República. Esta ausencia de acción del Estado ha sido considerada por estas organizaciones como “extrañamente” conveniente a los sectores empresariales que tienen el control de los medios de radio y tv en el país, y contraria a los intereses públicos, de manera que violentan las posibilidades de libertad de expresión del resto de la ciudadanía.

Según los representantes de la Red MICA, de la audiencia se espera que se generen recomendaciones desde la CIDH para que el Estado finalmente acceda a propiciar la participación de la sociedad civil en las decisiones relacionadas, y que, desde allí, se concreten decisiones orientadas a permitir el acceso, uso y aprovechamiento del espectro por parte de otros actores interés y posibilidad en hacer radio y tv sin fines de lucro.

La Red MICA optó por elevar la situación ante la CIDH debido a que considera haber agotado todas las vías formales para ser escuchados, incluyendo el incumplimiento expreso del Ministro de Comuni­cación, Mauricio Herrera, de facilitar una reunión con la Presidencia de la República, de manera que el Estado sigue sin escuchar a la sociedad civil para tratar este tema, y sigue sin asumir sus responsabilidades al respecto. Como contrapartida, lo que se tiene es un plan del Viceministerio de Telecomunicaciones ―celebrado en conjunto con la Cámara Nacional de Radio y Televisión (CANARTEL) en un desayuno sostenido en diciembre del 2016, con participación del propio Presidente de la República y del mismo Viceministro de Telecomunicaciones, Edwin Estrada― mediante el cual se estará entregando el llamado dividendo digital de Tv a los actuales empresarios de la Televisión nacional.

Para más información, puede comunicarse con:

Marvin Amador, 8335-3070 (martes antes de las 3:30 y después de las 6:30, miércoles en cualquier momento del día).

 

*Imagen con fines ilustrativos.

Enviado por Ley Participativa de Radio y Televisión CR.

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UCR: A Costa Rica le urge construir consensos

Foro Institucional 2016

Foristas insistieron en la transformación de la institucionalidad costarricense

 

Eduardo Muñoz Sequeira,

Periodista, Oficina de Divulgación e Información

UCR A Costa Rica le urge construir consensos
Las inconformidades con una institucionalidad que dejó de lado el bienestar ciudadano y el entrabamiento estatal son algunas de las razones por las que el sector trabajador exige cambios y su participación en el diseño de los planes de desarrollo nacional. – foto Archivo ODI.

¿Cómo funciona el Estado actualmente? ¿Cuáles serían sus desafíos? ¿Por qué la ineficiencia en la ejecución de planes? ¿Está secuestrado el estado por intereses particulares? Esta y otras fueron las interrogantes con las que dieron inicios las mesas redondas del I Foro Institucional 2016 «Hacia el funcionamiento armónico del Estado para el logro de un desarrollo integral con equidad», el pasado miércoles 24 de agosto en el auditorio del edificio de Educación Continua, en la Ciudad de la Investigación de la UCR.

Esta serie de debates sobre la realidad nacional iniciaron con el primer foro a cargo del Dr. Miguel Gutiérrez Saxe, ex director del Programa Estado de la Nación; y el magister Olman Villarreal Guzmán, profesor asociado de la Escuela de Administración Pública y Director del Posgrado en Evaluación de Programas y Proyectos de Desarrollo. Con la moderación de la Dra. Ilka Treminio Sánchez, el comentario final estuvo a cargo de la Dra. Mayela Cubillo Mora, directora del Centro de Investigación y Capacitación en Administración Pública (Cicap-UCR).

En general, los foristas coincidieron en que el Estado costarricense está atrapado entre sus propias redes, las que por un sano afán de control se crearon mecanismos, que a lo largo del tiempo son parte de una maraña institucional que lo tiene al punto de la paralización.

En ese sentido, el Dr. Gutiérrez se refirió a esa situación como una de las paradojas estatales. “Agregamos controles crecientes e incorporamos pesos y contrapesos en lo público para combatir la corrupción, pero estos no han sido eficientes para detectarla y sancionarla, aunque sí entraban el funcionamiento de lo público”, explicó. Otras sería es que junto a este gran poder infraestructural del Estado existe un poder ejecutivo débil y en jaque por el fraccionamiento de los partidos que tienen prácticas obstructivas y por las escasas habilidades para la concertación en el sistema político y de la sociedad para la gestión de los objetivos nacionales.

El Dr. Gutiérrez Saxe afirmó que el país tiene poca capacidad de adaptación y transformación de la institucionalidad, misma que es exigida por la ciudadanía, la que pese al descontento sigue apostando a la democracia como mejor forma para organizar la sociedad.

UCR A Costa Rica le urge construir consensos2
Según Olman Villarreal, «el consenso social y la legitimidad del gobierno y del Estado se construyen sobre la base de la confianza que los ciudadanos tienen sobre la acción estatal». – foto Karla Richmond.

Pero construir puentes y salidas para el enmarañamiento requiere de consensos, mismos que están ausentes en la política costarricense. Según el magister Villarreal Guzmán, quien intentó responder si el Estado estaba secuestrado por los intereses de algunos o la maraña técnico legal, dijo que no se han encontrado puntos clave para consensuar las discusiones para la revitalización institucional.

Incluso, dijo Villarreal, cuando se diseñan planes de desarrollo estos tiene poca incidencia el quehacer nacional, e incluso pocas posibilidades de maniobra y control. En este punto, el Dr. Gutiérrez Saxe apuntó previamente que en Costa Rica el estilo de desarrollo ha generado sectores económicos ganadores y perdedores y en la que se ha producido un desarrollo muy desigual entre sectores del Estado.

Villarreal aseguró que las soluciones existen, no todo está perdido; recalcó. Él recomendó el diseño de un modelo alternativo de gestión pública, en el que haya acción directa de las comunidades y ciudadanía en el logro de los planes propuestos.

Al finalizar la primera mesa redonda, la Dra. Mayela Cubillo dijo que en todo este panorama hay que agregar que existe un desbordamiento de poderes que ha desdibujado los límites entre uno y otro. Adicionalmente, coexisten poderes paralelos, como la Sala IV que en los últimos años dicta norma para el funcionamiento gubernamental. Al respecto enfatizó que se necesita una cooperación armónica entre los poderes del Estado y definir quién tiene la última palabra en determinados temas, lo contrario acentuaría el daño institucional. Finalmente, Cubillo coincidió que en el contexto actual el Estado está secuestrado por intereses privados y colectivos, pero ante tal situación instó al debate nacional de calidad, lo cual es una tarea pendiente en la sociedad costarricense.

En este enlace se puede ver el video de esta mesa redonda y las siguientes. Los siguientes temas sobre los que versará el I Foro Institucional 2016 son salud, educación, infraestructura y seguridad.

*Siga el siguiente enlace para ver con detalle el Programa del Foro:

Programa Primer Foro Institucional 2016

 

Información tomada de: http://www.ucr.ac.cr/

Pronunciamiento de RIGELOPS y Red de Gestores CARAIGRES ante los hechos de violencia contra los pueblos bribri de Cabagra y Salitre

La Red de Gestores Locales Indígenas del Pacífico Sur (RIGELOPS) y la Red de Gestores Locales Acosta-Aserrí, con mucha consternación hemos tenido conocimiento de la violencia sistemática del que son víctimas familias bribris de los territorios de Cabagra y Salitre durante las últimas semanas de los meses de marzo y abril del presente año, por el sagrado derecho de luchar por la tierra que legítimamente les pertenece según lo estipula la legislación nacional e internacional vigente en Costa Rica como es la Ley Indígena (1977), el Convenio N°169 de la OIT sobre derechos de los Pueblos Indígenas (1993), la Declaración de las Naciones Unidas sobre derechos de los Pueblos Indígenas (2007), entre otros.

Resulta del todo contraproducente que siendo que el Estado costarricense desde el año 1945 previó vía decreto resguardar las tierras indígenas del cantón de Buenos Aires, y que mediante el decreto N°34 de 1956 se creara las “reservas” de Cabagra, Salitre y Ujarrás como tierras exclusivas para la población indígena, y que estas fueran elevadas a rango de ley mediante la ley N°6172 del 1977; han pasado 60 años y el Estado no ha resuelto la problemática de la tierra, muy al contrario, se ha agudizado al nivel de la salvaje violencia organizada y sistemática de los usurpadores contra la población indígena de estos territorios como los ocurridos el 7 de abril del 2016 en la comunidad de Nima Dikol (Palmira) en el territorio de Cabagra.

En estas décadas, gobierno tras gobierno han elaborado un discurso indigenista carente de toda credibilidad por su ineficacia. Se instalaron comisiones y mesas de diálogo, visitas de autoridades, se pelotean el tema indígena entre los ministerios, diseñan desde arriba programas y proyectos de etnodesarrollo sin incidir en la situación de fondo, la tenencia de la tierra dentro de los territorios indígenas, donde entre el 50 y 60% de las tierras están en manos de terratenientes no indígenas que son poseedores de mala fe y que ilusionan con la apetecible indemnización por parte del Estado.

La estrategia propuesta por el gobierno de turno para solucionar la situación de la tierra en el territorio de Salitre no ha traído ninguna solución, y no puede ser recetada como solución al resto del país mediante un Programa Nacional de Recuperación de Tierras sin la participación de los actores directos, es decir, las comunidades de recuperantes, y no centrarlas en las cuestionadas Asociaciones de Desarrollo.

Por lo expuesto, las y los estudiantes del Técnico en Gestión Local (TGL) de Acosta – Aserrí y de Pueblos Originarios, juntamos nuestro pensamiento y nuestra palabra. El desarrollo de nuestros pueblos y comunidades, debe ir de la mano con nuestra cultura, con nuestra sociedad, con nuestra economía y con nuestro medio ambiente. Por eso el interés que tenemos por la tierra y la naturaleza como fuente de vida y cultura nos une e identifica.

Expresamos nuestra solidaridad con las víctimas de la violencia física en los territorios de Salitre y Cabagra, particularmente a las comunidades de recuperantes en Nima Dikol (Palmira) y Brazo de Oro. Que haga justicia pronta y cumplida para las víctimas indígenas.

Expresamos nuestra solidaridad con el Consejo de Mayores Originarios Iriria Jtechö Wakpa de Cabagra, entidad propia de organización clánica bribri, por el incendio de que fue objeto el sagrado U-Sure, Casa cósmica bribri, efectuado por manos criminales el 23 de febrero. Lamentamos que hasta la fecha las autoridades competentes no hayan esclarecido este lamentable hecho que constituye un atentado contra la espiritualidad y cultura bribri.

Por lo tanto apoyamos las recuperaciones de tierras por parte de las organizaciones tradicionales como Bekg-tlra ñlre, Iriria Jtechö Wakpa y otras, ya que es su derecho ancestral.

Demandamos que el Gobierno de la República declare emergencia nacional la situación de las tierras y territorios indígenas en Costa Rica, y en consecuencia se diseñen y ejecuten políticas reales, profundas y de amplia participación indígena para que, definitivamente, solucione la deuda histórica con los pueblos indígenas en materia territorial y de un buen vivir a la altura de su dignidad.

San Ignacio de Acosta / Buenos Aires de Puntarenas, 29 de abril del 2016.

 

*Imagen con fines ilustrativos.

Enviado a SURCOS Digital por Rafael López Alfaro, Programa de Gestión Local, Dirección de Extensión Universitaria, UNED.

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