Skip to main content

Etiqueta: estatal

¡Atrás la judicialización al ejercicio litigante de abogados!

Por Carlos Meneses Reyes

 

Luis Jesús Mora Contreras, con cedula 13.250.110, debidamente inscrito en el Registro Único de Víctimas (RUV), junto con su hija Marcela y su compañera Patricia Arenas Pastrana, conforme a la Ley 1448 de 2011; por Resolución FUD-A 0000538999, en Pailitas (Cesar) desde 18-08-2012 venia disfrutando de subsidio dinerario de subsistencia como cabeza de familia. Dicha prerrogativa legal de asistencia alimentaria del hogar por él representado, le fue suspendida definitivamente, por Resolución 0600120150911657 de 2015, de 19-02 de 2016 y la parte motiva se sustenta que el beneficiado, conforme a las indagaciones en la Red del Plan Nacional de Información (RNI), el núcleo familiar del beneficiado, por Información del Sistema del Ministerio de Salud, cotiza dentro del régimen de salud impositivo. Esta Resolución fue notificada el 10 de junio de 2016 y no aparece interposición de recurso alguno; deduciéndose que quedó en firme.

2.- Con posterioridad, Luis Jesús Mora Contreras, elevó Derecho de Petición, para que le fuera reconocido el auxilio dinerario de ley, desde el mes de agosto de 2016 y le responden que él no ha demostrado un proceso de retorno o reubicación al lugar de donde fue desplazado por los paramilitares, aún activos; para lo cual la entidad le prestaría el acompañamiento necesario… Luego, redacta, el acto administrativo, que es lamentable que el Estado colombiano no esté en capacidad de poderle entregar la indemnización en dinero, por una sola vez, que contempla la normativa citada, conocida como “Ley de Víctimas”.

Exposición socio-jurídica del diagnóstico

El Caso del compañero Lucho, un consagrado activista y luchador popular por la defensa de los derechos humanos, resume la ineficacia de una ley, convertida por la burocracia estatal en “perseguir” a las víctimas; es decir, revictimizarlas.

Por la persecución paramilitar hubo de abandonar su ejercicio docente en universidades del sector privado. No pudo continuar cotizando y en lo prolongado de la guerra popular en Colombia, llegó a la edad de jubilación forzosa y por haber trabajado más de 20 años. El primer beneficio de subsistencia alimentaria, por la citada ley de víctimas, le fue concedido; pero por aparecer beneficiario, con ínfimo salario, en el régimen de salud impositivo, se presume que tiene recursos para subsistir y le niegan los alimentos. Él, como víctima, tenía que argumentar y demostrar lo contrario, con el uso de recursos y hasta con acción contenciosa, ya hoy prescrita, en relación con las fechas citadas y el nuevo Código de Procedimiento Contencioso Administrativo (CPCA). En cuanto al beneficio legal de la indemnización por el hecho victimizante, que contempla la citada ley, nos encontramos con lo sucedido a los millares de víctimas reclamantes, tanto en el país, como en el exterior, en calidad de refugiados. La interpretación acomodaticia y contra legem, que esgrimen es la de pagar una indemnización, por una sola vez, que puede ser de seis millones de pesos, al núcleo familiar del desplazado y no a cada uno de los integrantes, incluidos los (las) niños y/o menores violando el principio universal de favorabilidad a cada víctima. Esto es de trámite sumario, con el solo relato del hecho victimizante o juramentado, considerándose tal, con la sola presentación personal de la víctima. Pero peor aún, en el caso del compañero Lucho, la Administración le responde argumentando que no existe dinero; es decir, que el Estado colombiano no tiene recursos para pagar a los millones de víctimas del conflicto interno armado en Colombia y para ello se basan en sentencias cortesanas, violatorias de todos los principios universales del Derecho Humanitario, comenzando por el fin supremo del beneficio universal al menor de edad. Sentencia Corte Constitucional C-753 de 2013. Conviene aclarar, que quien se acoge a los “beneficios” de la Ley 1448 de 2011, renuncia a la acción contencioso-administrativa de lesión contra el Estado. En el entendido que la aplicación de la ley de víctimas es expedita y sumaria y no requiere de asistencia legal de abogado. Pero ante la realidad de engaño y lo falsario del sistema imperante, el escenario de reclamación jurisdiccional colapsa ante los millones de víctimas y desplazados que están en capacidad de demandar al Estado colombiano.

El caso y situación de calamidad humanitaria del compañero Lucho, sensibiliza la solidaridad popular, ante el desgano y abandono del Estado colombiano por cumplir con la premisa que el fin del conflicto armado interno tiene como centro a las víctimas. Inducen a que millones de víctimas tuvieren que acudir a demandar jurisdiccionalmente a la Nación. Es decir, la canallada institucionalizada. Pero ojo, si las victimas tuvieren que acudir a las demandas, ya está preparado el terreno al cursar una práctica en las oficinas estatales de tildar de perversos a los Abogados Litigantes que accionan contra el Estado. Se concibió la creación de una Agencia de Defensa Jurídica del Estado (ANDJE); desplazando la función de control constitucional de la Procuraduría, de hacerse parte y representar a los intereses del Estado en los procesos contenciosos. Pues bien, actualmente el jefe de esa Oficina Jurídica del Estado es, Luis Guillermo Vélez Cabrera. Preside un verdadero elefante burocrático. Se dedica a despotricar contra la noble función del Abogado Litigante. Les llama perversos, por aparecer radicadas, actualmente, 500 mil demandas contra el Estado, respecto a violación de derechos prestacionales, de jubilación y reclamos contra el sistema de salud imperante. por hechos y actos del Estado, bajo responsabilidad contractual y extracontractual. Que dizque representan una voluminosa reclamación de 12 mil millones a 3000 billones de pesos. Pero más grave aún, con relación al incumplimiento a las víctimas y la declaratoria de “insolvencia” del Estado para cumplirles, en las regiones se están creando “comités de víctimas”, asesorándose con abogados y a eso lo llama el flamante jefe de la Oficina Jurídica del Estado, dizque una “industria” de demandas. Sin mayor hesitación hay que partir del arraigo popular, que, en una manifestación o expresión de masas, conlleva el centrar, miles de manifestaciones y aspiraciones individuales, en este caso en cabeza de un litigante. Otra abogada, radica varias demandas contra el Estado colombiano. En el Departamento de Sucre representa a más de 120.000 damnificados; poblaciones afectadas por un derrame de petróleo en el Golfo de Marroquiillo, en al año 2014. En otra acción colectiva, por daños infringidas contra la población en el Departamento de Sucre y Antioquia, por efectos nocivos ambientales y en la salud, por la actividad minera en el rio Cauca. En ellas alega la abogada: “Las demandas tienen su fundamento, se presentaron con base en documentos y todas las víctimas tienen derecho a demandar”. Pues bien, ya que la función del abogado litigante es de medio y no de resultado.

Recurriendo a la mediática, a los abogados actores y directores de esas acciones, los estigmatizan como de un Cartel de abogados dedicados a demandar al Estado; en una cruzada por impedir el ejercicio del Derecho de Postulación que tiene todo ciudadano, conforme a la consagración del artículo 229 de la Constitución Política, a acudir a lo administrativo y jurisdiccional del Estado, con o sin abogado.

El marco del activismo judicial frente a la situación de la población desplazada y víctimas del conflicto

La grave crisis humanitaria que implica el desplazamiento forzado interno en Colombia, con violación de los Derechos Sociales y Culturales (DESC) habilita, en el uso de los tecnicismos jurídicos actuales, denominaciones como Filosofía o Juicios Dialógicos. La agencia oficiosa en tutela. Lo del litigio estructural y el llamado juicio a la exclusión.

De esa manera, tenemos que las llamadas sentencias estructurales, reflejan un protagonismo mayor del ejercicio de la justicia, al contener ordenes u acciones positivas, de hacer, a los poderes ejecutivo o legislativo. Por ejemplo, ante un universo de cosas, no toma una decisión individual frente a la falta de vivienda popular y ordena al Estado la necesidad de implementar políticas públicas de vivienda que lleven a solucionar lo faltante a ese sector particular de comunidades o de colombianos. De igual manera, imposiciones de obligaciones de no hacer, tendientes a abstenerse de ciertas acciones que violen los derechos humanos, sociales y culturales. Explicase que la filosofía de las sentencias dialógicas, conllevan a interpretaciones constitucionales que traspasan el ámbito de lo judicial, en el que el juez, pasa de ser un simple espectador de la lex dura y del concepto mecánico de la norma y entra a aplicar remedios al fondo de lo asumido; transformando la figura del juez y de paso involucrando a los abogados a una sana praxis judicial y al uso del buen derecho. Asistimos al ejercicio de una función creadora de los jueces, asumiendo un papel protagónico en la búsqueda por brindar protección a los siempre desconocidos derechos económicos, sociales y culturales de la población; trayendo ello consigo, una serie de implicaciones y fuertes recelos por parte de los poderes políticos. Este fenómeno se ha revivido con el debate jurídico y académico de lo litigioso estructural; de contenido complejo por la figura de un magistrado coadyuvando en el diseño e implementación de políticas públicas. Para una mejor comprensión, se extiende a los llamados Juicios a la Exclusión, en el que dada la magnitud de la tragedia humanitaria en Colombia de más de cinco millones de desplazados internos y la expoliación de más de siete millones de hectáreas a los campesinos, por el experimento de la reforma agraria paramilitar a sangre y fuego; lo complejo de eso estructural; generándose una situación en que el juez entra a ser un factor de definición, sin que ello implique flagrante violación a la actuación de los otros poderes.

No obstante, existe prevención y afloran susceptibilidades, con relación a efectos de ese también llamad activismo judicial. Pues bien, superado lo del principio de la ultra- petita, en la que el juez decide sobre aspectos más allá de lo pedido y que en el Derecho Social, es de aceptación universal. Pero asoma lo precavido, como quiera que el juez, sin tener una egida de elección popular, denota autonomía superior y otra en el que el protagonismo judicial incide en decisiones esencialmente políticas, como ha ocurrido en Colombia, sobre el fallo de la Corte, respecto al trámite interno en el Legislativo, con relación al fast track. Esa sentencia no califica como dialógica, en las que prima una concepción ideológica ante lo social; sino como de injerencia o activismo político.

Acerca de la sentencia de la corte constitucional t-025 de noviembre de 2004

En Colombia, los gobiernos solían mantener una concepción de desconocimiento ante la realidad de la violación de los derechos fundamentales y de responsabilidad frente a los desplazados. Durante el primer gobierno de Álvaro Uribe Vélez se desplegó toda una estrategia, tanto nacional como internacional para desconocer la realidad de esa tragedia y su obtuso escudero, José Obdulio Gaviria, sostenía que en Colombia no había desplazamiento sino solo una “migración” interna. Desconociendo el conflicto armado, sostenía: “Nosotros no tenemos desplazados, tenemos migración en buena parte por el paramilitarismo y la guerrilla”. Que los desplazados que salían del país, en calidad de refugiados y de exiliados políticos, no eran tales, sino migrantes laborales, en búsqueda de soluciones económicas, resaltando que eran clase alta y media. Pero la realidad era otra con una población de más de cinco millones de colombianas y colombianos en el exterior y más de cien mil activistas políticos sociales y populares, que escaparon al genocidio de la Unión Patriótica (UP).

Fue precisamente durante ese gobierno, de la obscura noche paramilitar y la inseguridad democrática, que la Corte Constitucional de Colombia profirió la Sentencia T-025 de 2004. Con ella se experimentó en lo del Litigio Estructural en Colombia. En resumen: 1. Declaró la existencia de un Estado de Cosas Inconstitucional en la situación de la población desplazada. Instaurando la agencia oficiosa en tutela, para que asociaciones de desplazados interpusieran la acción. 2. Comunicó al Consejo Nacional para la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia, verificando la magnitud de la tragedia y superarla con prioridad a la ayuda humanitaria y dentro de plazos perentorios de tres a seis meses. 3. Una comunicación a gobernadores y alcaldes, de asumir con recursos territoriales lo necesario para asegurar atención a la población desplazada (artículo 7, Ley 387 de 1997). 4. Igual comunicación a la Ministra de Relaciones Exteriores, al Ministro de Hacienda y Crédito Público y al Director de Planeación Nacional, para lo de su competencia. 5. Ordenando la prestación de la ayuda humanitaria a la Red de Solidaridad Social. La inscripción de un Registro Único de Desplazados, para asistirlos, recibir servicios de salud, medicamentos, educación para sus hijos menores, acceso a programas de estabilización económica, vivienda. De tal manera que la sentencia requirió acciones al gobierno para el caculo presupuestal y aplicación de programas. Esta sentencia trajo consigo el involucramiento de las organizaciones de la sociedad civil al seguimiento de las órdenes expresas de la sentencia.

A manera de conclusión

Tan importante sentencia dialógica y de juicio de exclusión y estructural era que diera sus frutos en un Estado de Derecho. Pero en Colombia no existe tal. Se desconoció esa sentencia durante el segundo periodo presidencial de la oscura noche Uribeña. Luego sobrevino la bochornosa intervención a la majestuosidad de la Corte e independencia de la Justica con las llamadas chuzadas telefónicas a los Magistrados. Esa sentencia fue el antecedente motivante de la Ley 1448 de 2012, conocida como la Ley de Víctimas. Resultó como un telón de fondo, tras bambalinas, para centrar en el centro del conflicto la prioridad a las víctimas durante el Acuerdo de La Habana y lo que quedó del mismo en la firma en el San Carlos. Por ello, casos como el Lucho Mora Contreras, requiere del “ad auxilium vocatus”, del abogado, como su vocal para que lo auxilie, en un Estado fallido como el colombiano.

ADENDA. En momentos en que se incrementa el desplazamiento interno y de víctimas en Colombia, se conoce del estado de salud del compañero Rodrigo Londoño Echeverri, siendo tratado en Villavicencio; para quien expreso una pronta mejoría. Tal como lo afirmó, él representa la Voz, al dejar las armas, por la implementación de los Acuerdos, en favor de las víctimas.

(Señalando que Rodrigo Londoño Echeverri «tuvo un susto de salud» y que ya se encuentra bien después de haber sido tratado en La Habana).

 

Enviado a SURCOS por el autor.

Suscríbase a SURCOS Digital:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

Jornada Internacional de Solidaridad con los detenidos políticos en Costa Rica y contra la represión estatal

Comunicado de A de Libertad

¡Hacemos un llamado a la solidaridad internacional!

Jornada Internacional de Solidaridad con los detenidos politicos

Durante los últimos años el Estado de Costa Rica ha endurecido aun más su brazo represor, reforzando los procesos de militarización de la policía, reprimiendo manifestaciones, atacando, deteniendo, abriendo procesos judiciales a luchadores sociales, dejando en la impunidad los casos de incendios, amenazas, agresiones y asesinatos a quienes luchan; violentando al pueblo por ejercer su derecho a la libre expresión, a la protesta social; nos violentan por defender los derechos de todos y todas que se han alcanzado en las calles, al mejor estilo de una dictadura. Muchos son los sectores del movimiento social con compañeras y compañeros procesados que van para juicio. Cada vez más el Estado muestra su verdadera cara y a Costa Rica se le cae la falsa imagen de país democrático y de paz, que respeta los derechos humanos.

Ante esto vemos la urgente necesidad de visibilizar que en el territorio que habitamos también existe un Estado represor que violenta al pueblo, a quienes luchan, a quienes enfrentan las injusticias. Y que ante la represión nos organizamos, nos apoyamos mutuamente y le hacemos frente a su violencia institucionalizada.

El día miércoles 22 de marzo se realizó el juicio a una de las personas detenidas en la manifestación del 31 de julio del 2016, que pedía la cancelación inmediata del contrato Fundazoo-Minae, el cierre progresivo y definitivo de los 2 zoológicos estatales (Santa Ana y Simón Bolívar), así como el traslado del león Kivú. La policía atacó a los y las manifestantes y secuestró a 3 sin justificación alguna. El compañero Milton Quesada fue absuelto de todos los cargos, pero aun falta ver qué va a pasar con los procesos de la compañera Catalina Gutiérrez y el compañero José Solano detenides durante la marcha.

También el 05 de abril se realizará el juicio contra cinco luchadores sociales (Marita Arce, Diego Retana, Adrián Jaén, Denis Solís y Mario Villalobos), quienes fueron detenidas y detenidos el 8 de noviembre del 2012 por defender la salud pública y la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), durante una manifestación convocada por comunidades de diversas partes del territorio y acuerpada por los movimientos sociales, esto en contexto político donde se estaban cerrando los EBAIS (centros de salud) de las comunidades y disminuyendo presupuesto en hospitales. Estas traían un pliego de peticiones para entregarlo a la CCSS, pero los directivos de dicha institución decidieron no bajar a recibir el documento. Debido a esto les manifestantes permanecieron en las calles exigiendo alguna respuesta ante la problemática que vivían, sin embargo, llegó la policía a barrer con la manifestación pacífica, golpeando manifestantes y deteniendo a 35 personas.

Por estas razones, extendemos una invitación a participar y accionar, desde el territorio que cada quien habite, de la Jornada Internacional en Solidaridad con las y los detenidos y procesados por el Estado de Costa Rica, por la absolución de las y los compañeros que están pasando por juicios políticos, así como en contra de la represión estatal. La invitación está abierta para que tomemos acciones desde el 01 hasta el 07 de abril, como realizar manifestaciones en embajadas o consulados de Costa Rica, enviar comunicados, fotos con muestras de apoyo o cualquier otra acción solidaria.

Por otra parte, queremos compartir con ustedes algunos casos de represión estatal y de impunidad que se han dado en Costa Rica:

  • Viviana Gallardo en 1981 asesinada por un policía en la celda donde se encontraba prisionera.
  • En mayo de 1985 fueron detenides 39 compañeros indígenas y 3 compañeras indigenas por protestar contra una empresa extractora de madera que estaba talando los bosques de Térraba, Curre y Boruca.
  • En 1989 murió en circunstancias no esclarecidas Antonio Zúñiga, indígena del territorio de Ujarrás, quien luchó contra la cacería ilegal, ante la impunidad del Estado.
  • En 1992 fue asesinado de varios disparos Óscar Quirós, luchador que se opuso a la deforestación en Sarapiquí, ante la impunidad del Estado.
  • Jorge Aguilar, otro luchador contra la cacería ilegal, quien fue hallado muerto por familiares luego de salir a patrullar, ante la impunidad del Estado.
  • En 1994 Óscar Fallas, Jaime Bustamante y María del Mar Cordero, miembres de la Asociación Ecologista Costarricense (AECO) murieron en un sospechoso incendio en una casa. Luego de una larga campaña contra la instalación de un puerto astillero en la Península de Osa de la multinacional Stone Forestal, ante la impunidad del Estado.
  • En 1995, tras estar desaparecido por tres semanas, aparece muerto David Maradiaga, también miembro de AECO, ante la impunidad del Estado.
  • En el 2006, Trino Barrantes, Célimo Guido y Rocío Céspedes, luego de 4 años de procesos judiciales, son sentenciades a un año de prisión por luchar contra la transnacional RITEVE.
  • En el 2008, la policía mediante los antimotines, reprime a la comunidad de Sardinal que se encontraba en un proceso de lucha por la defensa del agua.
  • El 1° de mayo del 2009, la policía reprimió la marcha por el día de les trabajadores, golpea manifestantes y detiene a 8 compañeres anarquistas.
  • En el 2010, durante la toma del edificio de Ciencias Sociales en la UCR contra el préstamo del Banco Mundial, el compeñero Luis de Sociovoz aparece asesinado y con la oreja cortada, la policía dice que fue un asalto, y no se realizaron investigaciones, ante la impunidad del Estado.
  • En el 2010, durante la lucha contra la privatización de los muelles de Moín y Limón, y la construcción del megapuerto de APM terminals, son detenidas y procesadas 21 personas, tras un proceso de 5 años quedan absueltas 20, pero la pescadora Paulina Briones es condenada a 12 años de prisión.
  • En agosto del 2010, en el Marco del Día Internacional de los Pueblos Indígenas, la policía realiza un desalojo violento de compañeros y compañeras indígenas de diferentes pueblos del país, que exigían la aprobación de la Ley de Desarrollo Autónomo de los Pueblos Indígenas, # 14.352, mediante un grupo de al menos 50 antimotines de la Fuerza Pública que golpeó a hombres y mujeres, apoyados por altos funcionarios de la seguridad interna del edificio legislativo.
  • En noviembre del 2010, la policía municipal de Heredia arresta, tortura y golpea a 4 compañeres anarcopunks por documentar cómo la policía reprime y «decomisa» verduras a vendedores ambulantes en la feria del agricultor.
  • En 2011, la conservacionista canadiense Kimberly Blackwell fue asesinada dentro de su casa en Puerto Jiménez. Blackwell tuvo enfrentamientos con cazadores ilegales, ante la impunidad del Estado.
  • En 2012, el Estado lanza una orden de captura contra el ecologista de Sea Shepherd, Paul Watson. Por defender la naturaleza se le adjudicó el delito de “intento de naufragio”, luego mediante la intervención del Estado, la Interpol le giró una orden de captura internacional.
  • El 8 de noviembre del 2012, la policía reprime manifestación y detiene 35 personas por defender la salud de pública para todes y la CCSS, 5 de las cuales se encuentran en procesos judiciales.
  • En 2013, de manera particularmente violenta, es asesinado el ambientalista Jairo Mora, que realizaba trabajos de protección y monitoreo de las tortugas marinas que desovan en playa Moín, trabajos que ponían en riesgo la construcción del megapuerto de la transnacional APM Terminals. Tras presión por un primer juicio que dejó libres a los acusados, se retomó el caso, condenando a quienes cometieron el asesinato pero no se interesó en condenar y esclarecer quiénes fueron los autores intelectuales del asesinato.
  • El 1° de mayo del 2013, la policía reprime marcha por el día de les trabajadores, golpea manifestantes y detiene a 7 compañeres.
  • En julio del 2013, la policía reprime marcha por la liberación animal y el cierre del zoológico Simón Bolívar, patrulla atropella un manifestante y detienen a 3 compañeros.
  • El 24 de febrero del 2014, la policía reprime una manifestación pacífica en Chomes de Puntarenas, convocada por 50 comunidades costeras para defender la Ley de Territorios Costeros Comunitarios, TECOCOS. La Fuerza Pública atacó violentamente a les manifestantes y realizó 11 detenciones. Atacó con antimotines, gases lacrimógenos, incendiaron un potrero(finca) cercano a una gasolinera, ingresaron sin autorización a un local para continuar reprimiendo manifestantes, atacaron un EBAIS, golpearon adultos mayores y niños.
  • En el 2014, Diego Armando Saborío fue asesinado por enfrentarse a cazadores furtivos en San Carlos, ante la impunidad del Estado.
  • En Noviembre del 2014, el Estado, sin pruebas ni juicio, encarcela (secuestra) durante 7 meses a Sergio Rojas, luchador del territorio Indígena de Salitre, por la autonomía de su pueblo y la recuperación de las tierras ancestrales.
  • El 28 de febrero del 2015 fueron detenidas Ingrid Rangel y Karina Araya, activistas del Foro Nacional de Vivienda. Condenadas a un mes de prisión preventiva y se esperan posibles procesos judiciales.
  • En 2015, tras 15 años de procesos judiciales, 6 juicios, ser varias veces absuelto y ante la apelación constante del Estado para retomar el caso, se encarcela al compañero Orlando Barrantes durante varios meses y se le condena a 12 años de prisión, tras una apelación queda en libertad. Orlado es un luchador campesino que participaba de los movimientos para exigir la indemnización a les afectades por el nemagón y las mejoras para les campesines de Guápiles. También es procesado y encarcelado Iván Angulo. El proceso judicial aún sigue abierto.
  • En 2015, el Estado condena al guardaparques Mauricio Steller a 12 años de prisión por supuesta «tentativa de homicidio», pero en realidad fue por defender las tortugas y el medio ambiente.
  • El 07 de noviembre del 2015 la policía municipal de Escazu asesina a Damian Jiménez a tiros (uno en la cabeza), también dispara contra dos de sus hermanos, dejando al menor (de 17 años) herido de gravedad. Las victimas del abuso policial no están cometiendo delito alguno ni se encuentran armadas.
  • El 16 de febrero del 2016, la policía reprime manifestación de campesines de Changuena, golpea manifestantes y detiene a 7 campesinos (Luis Chinchilla, Manuel Ávila Amador, Mauro Mesa Arias, Laureano Díaz, Daniel Villalobos, Erick Cevallos y Alex Azofeifa) que esperan procesos judiciales.
  • El 14 de Abril del 2016, la policía reprime manifestación por los derechos animales, golpea manifestantes y detiene a 4 compañeros que esperan procesos judiciales.
  • El 31 de julio del 2016, la policía reprime manifestación por el cierre de los zoológicos Simón Bolívar y el de Santa Ana, así como por el traslado del león Kivú. Detiene a 3 compañeres, entre estos comunicadores independientes. También una compañera sufre acoso sexual por parte de la policía.
  • En el 2016, compañeres activistas del movimiento diversidad Laura, Jazmín y Marco se enfrentan a un proceso judicial por la acción mediática para pedir la igualdad de derechos.
  • El 09 de agosto del 2016, la policía reprime violentamente manifestación de taxistas, dejando a más de 70 personas detenidas, taxis y placas decomisadas, y varios taxistas heridos. Algunos de los detenidos esperan procesos judiciales.
  • El 18 de agosto del 2016, la policía agredió brutalmente y secuestró al taxista Alexander Barboza como una forma de venganza por un video que circulaba en la red.
  • Impunidad ante los constantes casos de agresiones, amenazas y quemas de ranchos (casas) y terrenos en territorios indígenas que se encuentran en procesos de lucha por la autonomía de los pueblos indígenas y en la recuperación de su territorio.
  • Aumento de la criminalización y judicialización de quienes luchan.
  • Asignación de defensa pública parcializada en los juicios políticos de luchadores que no pueden pagar por abogades privades. Creando juicios montados que facilitan la condena de quienes luchan.

Ante esto hacemos un llamado urgente a la solidaridad internacional, para pedir la absolución de todas las personas detenidas por luchar en Costa Rica, al tiempo que mostramos nuestro repudio a la represión del Estado.

En democracia también se tortura, secuestra y asesina.

¡Ante la represión, organización y lucha. Ante las injusticias, solidaridad!

 

Si realiza una acción comunicarlo al correo: adelibertad@openmailbox.org para mantener un registro

 

Enviado a SURCOS por A de Libertad.

UCR: Una institución esencial

José María Gutiérrez Gutiérrez, Microbiólogo,

Investigador Instituto Clodomiro Picado

UCR- Una institución esencial
José María Gutiérrez: La UCR, desde sus inicios, ha tenido una inserción profunda en la realidad nacional y regional. No es casual que sea una de las instituciones mejor valoradas por la sociedad costarricense, algo que le duele a sus detractores (foto Archivo ODI).

Reproducimos el siguiente artículo de opinión del Dr. José María Gutiérrez Gutiérrez, profesor catedrático de la UCR y destacado investigador del Instituto Clodomiro Picado (ICP), tomado de la página de la Universidad de Costa Rica: http://www.ucr.ac.cr/

 

La escalada de ataques contra la Universidad de Costa Rica (UCR), por parte de algunos medios de prensa y de sectores políticos que buscan debilitar a esta institución pública, obliga a reflexionar sobre la función de la UCR y las otras universidades públicas en el desarrollo nacional. Esta reflexión debe discriminar lo esencial de lo circunstancial, con una visión de largo aliento desde el pasado y hacia el futuro.

A lo largo de sus 75 años, la UCR se ha constituido en una institución clave para el fortalecimiento del estado social de derecho en el país. Por un lado, ha contribuido y contribuye con amplios contingentes de profesionales altamente calificados en todas las ramas del conocimiento. Estas personas han nutrido las instituciones públicas y el sector privado. Y este aporte ha estado basado en una visión inclusiva y de equidad, como mecanismo de movilidad social sin precedentes en la historia nacional. El sistema de becas de la UCR y los más recientes programas hacia una mayor equidad en la admisión llevan ese norte.

Además, la UCR ha desarrollado una enorme dinámica de generación de conocimiento por medio de la investigación científica y tecnológica. Actualmente genera la mayoría de las publicaciones científicas del país y constituye el principal foco nacional de formación de recursos de posgrado de alto nivel en todas las áreas académicas. Esto explica en parte la destacada posición que la UCR ocupa en los rankings internacionales de universidades, como reflejo de ser una institución líder en el ámbito latinoamericano.

A su vez, esta labor creativa se proyecta a la sociedad de múltiples formas, mediante diversos programas de acción social o extensión. Ello genera un fuerte impacto en las esferas económica, educativa, de infraestructura, de salud, social, cultural y ambiental del país. La UCR, desde sus inicios, ha tenido una inserción profunda en la realidad nacional y regional. No es casual que sea una de las instituciones mejor valoradas por la sociedad costarricense, algo que le duele a sus detractores.

La proyección de la educación universitaria a todo el país, mediante la consolidación de sus sedes regionales, ha sido una línea permanente en el desarrollo de la UCR, la cual se ha visto fortalecida en los últimos años y cuyas perspectivas futuras son muy amplias. El impacto de este proceso de regionalización en la vida nacional es notorio.

En medio de los vaivenes políticos, sociales y económicos nacionales, la UCR ha sido siempre un foro de debate crítico sobre la realidad y un núcleo de gestación de iniciativas para el mejoramiento de la calidad de vida del país. El lema institucional lucem aspicio refleja esa voluntad de aportar a nuestra sociedad, con conocimiento, creatividad y análisis. No se comprende el desarrollo de Costa Rica a partir de la segunda mitad del siglo XX si no se tiene en cuenta el enorme aporte de esta institución, aporte en el que la autonomía universitaria juega un papel central.

No se puede, entonces, discutir aspectos específicos de la vida institucional sin ubicarlos en este contexto de aporte esencial. Es ese precisamente el error de fondo de quienes toman aspectos puntuales de la UCR, los sacan de contexto y los dimensionan a niveles que solo pueden ser explicados por la carencia de una visión de conjunto, la mala fe o el interés político por golpear a la institución.

El tema salarial, así como otros asuntos específicos, constituyen puntos de análisis permanente al interior de la UCR. Estos temas son abordados por las autoridades y la comunidad universitaria, mediante evaluaciones continuas y cuidadosas de corto, mediano y largo plazo. En el plano financiero, se procura garantizar un sano equilibrio en la institución, desde una perspectiva de desarrollo integral, con consideraciones diversas y con una clara visión de mejoramiento continuo y de valoración del recurso humano de este centro de estudios superiores.

Pretender cercenar o debilitar el papel de la UCR, y de todo el sistema de educación superior público, sin tomar en cuenta la misión esencial que este sistema tiene en la vida nacional es, ante todo, profundamente irresponsable. Es, además, incompatible con el desiderátum de construir una colectividad más próspera, equitativa y generosa. La sociedad costarricense debe defender a toda costa sus universidades públicas, bastiones de nuestro estado social de derecho.

 

Suscríbase a SURCOS Digital:

https://surcosdigital.com/suscribirse/