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Etiqueta: etiquetado

Pronunciamiento CISAN-UCR sobre etiquetado

Pronunciamiento de la Comisión Institucional de Seguridad Alimentaria y Nutricional (CISAN) de la Universidad de Costa Rica sobre la circular MS-DRPIS-UR- 1588-2023 emitida por la Unidad de Registros de la Dirección de Regulación de Productos de Interés Sanitario del Ministerio de Salud

Desde el año 2007, la Universidad de Costa Rica cuenta con una Comisión Institucional de Seguridad Alimentaria y Nutricional (CISAN), que funciona bajo los principios de la multi e interdisciplinariedad y de la articulación entre diversas unidades e instancias académicas. El accionar de esta Comisión se enfoca, entre otros aspectos, hacia:

  • El análisis de la situación de nuestro país en materia de seguridad alimentaria y nutricional, mediante la generación de actividades académicas y científicas para la comprensión, el análisis y la discusión de la situación de SAN en CR, así como la propuesta de alternativas que contribuyan con su mejoramiento.
  • La observación del grado de avance en el logro progresivo del derecho humano a la alimentación en el país.
  • La contribución en la formulación y el análisis de proyectos de ley que guardan relación con la temática.

Por lo tanto, dado su campo de análisis y aporte, lo concerniente a los derechos de los consumidores y a la situación nutricional de la población costarricense (temáticas íntimamente relacionadas con la seguridad alimentaria y nutricional y el derecho humano a la alimentación), resulta de interés prioritario para esta Comisión.

Es así como ante la circular emitida por el Ministerio de Salud el 22 de junio de 2023, con relación al etiquetado frontal que presentan algunos productos alimenticios importados, la CISAN cuestiona las disposiciones de la misma respecto a ocultar los sellos de dicho etiquetado frontal mediante los siguientes argumentos:

La falta de reglamentación nacional o centroamericana que contemple aspectos relacionados con los valores que deben cumplir las declaraciones “alto/exceso de” para las calorías, grasas, azúcares, sodio, entre otras, no es motivo suficiente para ordenar, en plazo perentorio, al importador y distribuidor de un producto, el ocultar la información de la etiqueta original por las siguientes razones:

La ley 7472, Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor indica claramente en su artículo 32 que son derechos fundamentales e irrenunciables del consumidor, entre otros, los siguientes:

-La protección contra los riesgos que puedan afectar su salud, su seguridad y el medio ambiente.

En el caso de la circular MS-DRPIS-UR-1588-2023 este derecho fundamental puede verse vulnerado debido a que un alto porcentaje de la población no cuenta con los conocimientos técnicos necesarios para poder interpretar, de las etiquetas de información nutricional de un producto, los eventuales riesgos que este puede implicar para su salud. Así las cosas, las etiquetas que se pretende ocultar aportan información valiosa al consumidor. Sobre todo, en lo relativo a los riesgos que el consumo de ese producto puede provocar a la salud de las personas.

Estos etiquetados, por su naturaleza, son garantía de protección de este importante derecho humano y fundamental de la persona, además de irrenunciable. Una vulneración de este derecho implica una vulneración directa a la salud de la persona, a su derecho fundamental a una adecuada alimentación (artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos), y por ende a la vida (artículo 21 de la Constitución Política). De ahí que nos preocupa particularmente, la gravedad de la medida adoptada.

-El acceso a una información, veraz y oportuna, sobre los diferentes bienes y servicios, con especificación correcta de cantidad, características, composición, calidad y precio.

En el caso de la circular MS-DRPIS-UR-1588-2023 este derecho fundamental, que también lo encontramos en el artículo 30 de nuestra Constitución Política (siendo este tipo de información de interés público) y en la Convención Interamericana de Derechos Humanos (artículo 13.1 y 13.2), puede verse vulnerado en razón de que esta circular pretende que se oculte información oportuna y verdadera, extraída del análisis de carácter científico, y por ende información comprobada y comprobable, que arroja datos específicos, objetivos, y científicos de las características, composición y calidades de un producto determinado. Una vulneración tal implica la inconstitucionalidad e inconvencionalidad de la medida adoptada. Sobre todo, si tomamos en cuenta lo establecido por la Convención Interamericana de Derechos Humanos, sobre el derecho de acceso a la información, y su relación directa con la libertad de pensamiento, conciencia y expresión, indicando que: “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier    otro procedimiento de su elección.

  1. El ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puede estar sujeto a previa censura…” siendo que este ocultamiento de información podría considerarse censura previa de información vital al consumidor, lo cual es inconvencional e inconstitucional.

– La educación y la divulgación sobre el consumo adecuado de bienes o servicios, que aseguren la libertad de escogencia y la igualdad en la contratación.

En el caso de la circular MS-DRPIS-UR-1588-2023 este derecho fundamental puede verse vulnerado en razón de que, el ocultar esta importante información científica, lejos de garantizar la libertad de escogencia del consumidor, y la educación del consumidor en cuanto a una eventual afectación de su salud respecto del consumo de determinados productos, así como la divulgación de información científica y técnica que permita, al consumidor tomar una decisión informada y libre (precisamente por ser esta informada), podría ir a total contrapelo de los alcances de este derecho fundamental e irrenunciable del consumidor.

-Este importante artículo de la Ley 7472, Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor indica que es derecho del consumidor, el Recibir el apoyo del Estado para formar grupos y organizaciones de consumidores y la oportunidad de que sus opiniones sean escuchadas en los procesos de decisión que les afecten.

En el caso de la circular MS-DRPIS-UR-1588-2023 este derecho fundamental puede verse vulnerado en razón de que esta grave decisión / directriz administrativa, que afecta tan claramente los derechos del consumidor, no fue, como debió serlo, ampliamente consultada en los diferentes sectores nacionales e institucionales que pudieron, en su momento pronunciarse, sobre las consecuencias que esta medida implica.

Además de lo anterior, y amparados a estos derechos fundamentales e irrenunciables

nos permitimos indicar que no resulta razonable o proporcional indicar que la falta de normativa nacional o regional relativa a los índices de “alto o exceso de” sea razón suficiente para ocultar esta información del conocimiento de los consumidores.

Es bien conocido que esta información de alerta proviene de estudios médicos y científicos, comprobados y comprobables, que han derivado en estándares e índices internacionales de peligrosidad de determinadas sustancias o componentes químicos u otros para la salud humana.

Dicho de otra forma, la falta de normativa vigente nacional o regional sobre estos índices, no implica que el Ministerio de Salud no pueda integrar en su valoración del etiquetado, la aplicación de criterios científicos y técnicos provenientes de estudios científicos nacionales e internacionales que han dejado evidencias importantes sobre la temática, así como las informaciones desarrolladas sobre el tema, por parte de organismos internacionales, de los cuales nuestro país participa, como lo son la OMS o incluso la OPS, en lugar de decidir el ocultar información valiosa al consumidor que puede permitirle tomar decisiones de consumo libres y por ende informadas.

Consideramos que el mantener visibles este tipo de etiquetas informativas no vulnera, el bien jurídico protegido a través del Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 67.01.07:10 Etiquetado General de los Alimentos Previamente Envasados (Preenvasados), contenido en el Decreto Ejecutivo número 37280-COMEX-MEIC, en sus numerales 4, 4.1 y 4.2. Lo anterior por cuanto, de la lectura integral de reglamento indicado, y en específico de sus numerales 4,4.1 y 4.2, este reglamento tiene vocación de protección al consumidor por cuanto busca mantenerle informado de forma verás y cierta de los eventuales riesgos que determinados productos pueden provocarle, indicando que «la información del etiquetado no debe generar en ningún caso confusión al consumidor».

Así las cosas, contrario a lo señalado por el Ministerio de Salud en la circular MS-DRPIS- UR-1588-2023, el uso de estas etiquetas no solamente colabora, de manera inequívoca, con la consecución de este fin público que busca la norma, a saber, evitar confusión alguna en el consumidor, sino que también permiten no hacer incurrir en error al consumidor, indicando advertencias claras de los riesgos asociados al consumo del producto ofrecido.

Por esta razón, el mantener las etiquetas que se pretende ocultar es una decisión que consideramos más acorde con el fin publico buscado, no solamente por el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 67.01.07:10 Etiquetado General de los Alimentos Previamente Envasados (Preenvasados), contenido en el Decreto Ejecutivo número 37280- COMEX-MEIC, sino también por la lectura integral de nuestro ordenamiento jurídico. Tal y como lo hemos demostrado en nuestra argumentación.

Desde la perspectiva de las Naciones Unidas, resulta importante mencionar que, para el Relator especial de las Naciones Unidas, el Derecho a la Alimentación es, entre otras cosas, el Derecho de tener un acceso regular, permanente y libre, a una alimentación cuantitativa y cualitativa adecuada y suficiente. Estos componentes de la definición corresponden a algunos de los elementos fundamentales del Derecho a la Alimentación tal y como está definido en la observación general 12 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, siendo este Comité el órgano encargado de dar seguimiento a la puesta en marcha del Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales en los Estados Parte.

El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales definió, en la observación general 12, las obligaciones que deben de respetar los Estados, a fin de aplicar el derecho a una alimentación adecuada, a escala nacional. Estas obligaciones son, por ejemplo, las siguientes:

  • Respetar el derecho de toda persona a tener acceso a una alimentación adecuada, lo que exige a los Estados que se abstengan de tomar medidas, que tengan por efecto, el privar de este acceso.
  • Proteger este derecho, lo cual exige de los Estados, el tomar las medidas necesarias para garantizar que las empresas y los particulares no priven a los individuos del acceso a una alimentación adecuada.
  • Hacer efectivo este derecho (facilitar su ejercicio) a tomar la iniciativa para fortalecer el acceso de la población a los recursos y medios para asegurar su subsistencia, incluida la seguridad alimentaria, así como el uso de estos recursos y medios.

Si bien es cierto, los derechos establecidos en el Pacto están destinados a realizarse de manera progresiva, existen ciertas obligaciones básicas mínimas que deben entrar en vigor de manera inmediata.

Por ejemplo, los Estados parte deben de abstenerse de generar cualquier tipo de discriminación en el acceso a los alimentos, así como en los medios e instalaciones para obtenerlos.

Así mismo, los Estados deben abstenerse de tomar medidas deliberadas que conduzcan a un deterioro del nivel de realización del derecho a la alimentación.

Estas obligaciones incluyen el no restringir a la población, el acceso a información real y clara relativa a los componentes de un producto sujeto a consumo, garantizando así una alimentación informada, libre y clara.

El Pacto requiere que los Estados tomen todas las medidas necesarias para garantizar que todas las personas estén libres de hambre y puedan ejercer su derecho a una alimentación adecuada lo antes posible.

Así las cosas, el marco legal que rige el etiquetado de los alimentos, tanto a nivel nacional como nivel internacional, tiene como objetivo garantizar a los consumidores el acceso a información clara, completa y confiable, sobre el contenido y composición de los productos, para proteger su salud, su interés superior y su derecho a una adecuada alimentación. Por lo que el etiquetado que se pretende ocultar a través de la de la circular MS-DRPIS-UR- 1588-2023, no contraviene, en lo absoluto, estos derechos fundamentales nacional e internacionalmente protegidos.

Es por estas razones que solicitamos, al Ministerio de Salud, el tener en cuenta que en marzo del 2022 la Organización de la Naciones Unidas instó a Costa Rica a identificar los productos altos en grasa, sodio y azúcar a través del etiquetado frontal. Sobre esta temática, nuestro país tiene una deuda importante con la salud de su población desde hace ya mucho tiempo.

Es responsabilidad del Estado velar por la salud de su población, como queda claro en el artículo 46 de la Constitución, “Los consumidores y usuarios tienen derecho a la protección de su salud, ambiente, seguridad e intereses económicos; a recibir información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a un trato equitativo. El Estado apoyará los organismos que ellos constituyan para la defensa de sus derechos. La ley regulará esas materias.”

Como Comisión Institucional de Seguridad Alimentaria y Nutricional de la UCR, con carácter multi e interdisciplinario, manifestamos nuestra disposición y anuencia para contribuir con las autoridades sanitarias en el desarrollo de acciones que redunden en el mejoramiento de la seguridad alimentaria y nutricional, del cumplimiento de los derechos de los consumidores y del logro progresivo del derecho humano a la alimentación.

 

Compartido con SURCOS por Yasy Morales.

UCR: Apoyo al proyecto de ley de etiquetado nutricional frontal

Dos escuelas y un instituto de la UCR apoyan el proyecto de ley de etiquetado nutricional frontal

  • Las unidades de la UCR consideran que el proyecto de ley favorece el cumplimiento del derecho del consumidor a acceder a información veraz y oportuna sobre el contenido nutricional de los productos

Lunes 24 de enero del 2022. La Escuela de Salud Pública, el Instituto de Investigaciones en Salud (Inisa) y la Escuela de Nutrición, todos de la Universidad de Costa Rica (UCR), muestran su apoyo al proyecto de ley expediente 22 065 que propone el etiquetado nutricional al frente de los empaques de alimentos y bebidas no alcohólicas.
Así lo manifestaron esas tres unidades en comunicado enviado en diciembre del 2021. De acuerdo con el documento, (mismo que puede ser consultado en su totalidad al hacer clic aquí) el proyecto de ley 22 065 favorece el cumplimiento del derecho del consumidor, pues permite acceder a información veraz y oportuna sobre el contenido nutricional de los productos.
Lo anterior es especialmente relevante ante el panorama alimentario actual. Según se expresa en el documento, las enfermedades no transmisibles relacionadas con la alimentación en Costa Rica aumentan a un ritmo alarmante, lo que representa un grave problema para la salud pública. Las consecuencias de esto son cada vez más palpables.
La Encuesta de Factores de Riesgo Cardiovascular de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) del 2018, dirigida a mayores de 19 años, puso sobre la mesa una prevalencia de hipertensión arterial de 37,2 % y una prevalencia de diabetes de 14,8 %.
Asimismo, con base en el Censo Escolar del Ministerio de Salud del 2016, hay un claro aumento de exceso de peso en niños y niñas escolares. Este censo retrata un aumento de 1,5 % de forma sostenida. En el 2008 la prevalencia de exceso de peso fue de 21 % y en 2016 de 34 %.
“La ley de etiquetado frontal viene a facilitar la lectura de etiquetas que actualmente requiere conocer tamaños de porción, así como entender las relaciones de nutrientes y cómo se aplican a cada persona. Este proyecto favorece la identificación de alimentos altos en calorías, grasa total, grasa saturada, azúcar o sodio; con un símbolo de entendimiento claro que es el octágono negro. Este proyecto facilita la toma de decisiones informadas, la protección de las personas menores de edad respecto a estrategias comerciales directas (desde los personajes, juguetes y vinculación con películas o deportistas del momento). Es decir, ver el alimento procesado con sus cualidades alimenticias y no porque traen simbolismos asociados”, comentó la Dra. Nadia Alvarado Molina, docente de la Escuela de Nutrición de la UCR.
La idea del proyecto de ley es incluir un sello en forma de octágono al frente del empaque cuando el producto se excede en azúcar, grasas saturadas, grasas trans o sodio. Esto favorecería a que las personas puedan tomar decisiones más conscientes al seleccionar sus alimentos, afirman las especialistas de la UCR.
“En Costa Rica hay múltiples situaciones dentro del panorama nutricional.  A pesar de que el exceso de peso no es una patología en sí misma, esta tendencia creciente es un reflejo de múltiples factores ambientales, incluido el ambiente alimentario y de actividad física, en los cuales se evidencia que los alimentos frescos han sido reemplazados por alimentos procesados cada vez con más frecuencia y en mayor porcentaje de la alimentación. La información clara puede ser un motivador y una señal para la acción y el cambio”, enfatizó la Dra. Alvarado.
De igual forma, de aprobarse el proyecto se ayudaría a limitar las estrategias de mercadeo de los productos alimenticios que tienen exceso de algún nutriente crítico (azúcar, grasas saturadas, grasas trans o sodio, entre otros).
Datos de la UNICEF (2021) exponen que uno de cada dos niños y niñas, atraídos por la publicidad, compran productos alimenticios poco saludables.
En cuanto al ámbito nacional, el comunicado menciona un estudio del 2019 titulado “Marketing televisivo de alimentos y bebidas dirigido a niños en Costa Rica: estado actual e implicaciones políticas”, el cual encontró que en el país más del 90 % de los productos publicitados en televisión no cumplió con los estándares de calidad nutricional.
Ese mismo estudio también identificó que los productos que utilizan dibujos animados, deportistas o promociones en los alimentos tienen un mayor contenido de nutrientes críticos en comparación con los productos que no los utilizan.
“Existen investigaciones que demuestran que el uso de este tipo de estrategias de mercadeo influyen en la decisión de compra y preferencias alimentarias de la población infantil y adolescente, animándolos y motivándolos a consumir alimentos con alto contenido de azúcares, sodio, grasa, calorías y, a su vez, prefiriendo estos alimentos en lugar de alimentos frescos como las frutas y los vegetales. Por lo tanto, es importante la aprobación de este proyecto de ley que, además de informar a los consumidores del contenido de nutrientes de los alimentos, busca proteger a la población infantil y adolescente de la exposición a estrategias de publicidad y promoción de alimentos y bebidas no alcohólicas poco saludables”, explicó la M. Sc. Tatiana Gamboa Gamboa, docente de la Escuela de Salud Pública de la UCR.
Para las expertas, el proyecto de ley complementa las acciones que ha venido realizando el país y que están orientadas a revertir el perfil epidemiológico de la alta prevalencia de la obesidad y de otras enfermedades no transmisibles.
Por ejemplo, tan solo en la Encuesta Colegial de Vigilancia Nutricional y Actividad física (2018) se observó un 30.9 % de sobrepeso y obesidad en adolescentes, un hecho inquietante de salud pública, especialmente, en la adolescencia.
Dicho panorama, al ser una condición multifactorial, debe tener soluciones que respondan a las distintas necesidades identificadas. Una de ellas es la educación a los consumidores para que tomen decisiones informadas, fáciles y rápidas a la hora de seleccionar sus alimentos, reiteran las docentes.
“Ante nuestra realidad actual, en que la economía se ha visto impactada a raíz de la pandemia, un temor sumamente válido es la afectación de este proyecto de ley en el sector productivo de alimentos. Sin embargo, lo esperable es que las empresas desarrollen y amplíen su oferta de alimentos saludables. Así ha ocurrido en países como Chile, donde después de aprobada la ley no hubo un impacto en cuanto a empleos, salarios y producción del sector alimentario”, dijo la Dra. Carolina Santamaría Ulloa, directora del Inisa-UCR.

Lea la postura completa en
https://www.ucr.ac.cr/medios/documentos/2022/comunicado-proyecto-de-ley-etiquetado-frontal-1.pdf 

 

Jenniffer Jiménez Córdoba
Periodista de la Oficina de Divulgación e Información, UCR

Llamado ciudadano: Apoyo a Coadyuvancia Etiquetado Transgénicos

SURCOS comparte los siguientes archivos enviados por Jaime E. García G. como parte de la Campaña Nacional «Etiquetado de transgénicos ¡Ya!» promovida por la Asociación Red de Coordinación en Biodiversidad.

Si desea coadyuvar el recurso de amparo adjunto, solo tienen que incluir los datos correspondientes en las secciones con fondo de color amarillo, firmar, fotografiar o escanear, y enviarlo a la siguiente dirección electrónica: Informes-SC@poder-judicial.go.cr

Si es una organización la que va a presentar la coadyuvancia, se debe indicar el nombre, número de cédula jurídica de esta y el de su representante legal, así como la personería jurídica.

Ver archivos adjuntos.

 

Imagen ilustrativa.

66a. entrega firmas de apoyo Campaña Nacional «Etiquetado de transgénicos ¡Ya!»-noviembre 2020

Red Biodiversidad informa que se entregó a los jerarcas de los ministerios MEIC (Victoria Eugenia Hernández Mora), MINSA (Daniel Salas Peraza) y MAG (Luis Renato Alvarado Rivera), así como al actual presidente de la República (Carlos Alvarado Quesada) una última nota con el acompañamiento de la sexagésima sexta (66ª.) entrega de firmas de apoyo a la solicitud formal realizada el 16/04/2015 para la elaboración de un reglamento de etiquetado de los productos alimentarios que contengan en su fórmula productos transgénicos.

Además, se incluyó la promesa realizada por el señor presidente Carlos Alvarado Quesada, en la que se compromete firmando, junto a sus vicepresidentes y otros miembros del gobierno a establecer “… la obligatoriedad de informar al consumidor de alimentos para consumo humano o animal que contengan ingredientes genéticamente modificados”. Punto 9. del documento adjunto «Acuerdos con sectores. Carlos Alvarado Presidente 2018. Yo creo en el Ambiente»).

Con esa última entrega antes mencionada, ya suman 56 507 (Cincuenta y seis mil quinientos siete) firmas de personas que desde sus espacios y luchas apoyan y solicitan que la promulgación de un decreto ejecutivo haga valer ya el compromiso que se adquirió por parte del presidente para hacer efectivo el derecho constitucional que tenemos todas las personas consumidoras a recibir información adecuada, precisa y veraz, así como a la libertad de poder elegir que consumimos, esto se especifica en los términos de nuestra Carta Magna (art. 46), la Ley n.° 7472 de Defensa Efectiva del Consumidor (art. 32, 33 y 34) y su reglamento (Decreto Ejecutivo n.° 25 234-MEIC, art. 91 y 92).

61a. entrega firmas de apoyo Campaña Nacional «Etiquetado de transgénicos ¡Ya!»

En los archivos adjuntos encontrará la última nota entregada a los jerarcas de los ministerios del MEIC (Victoria Eugenia Hernández Mora), MINSA (Daniel Salas Peraza) y MAG (Luis Renato Alvarado Rivera), así como al actual Presidente de la República (Carlos Alvarado Quesada), que acompaña la sexagésima primera (61a.) entrega de firmas de apoyo a la solicitud formal realizada el 16/04/15 para la elaboración de un reglamento de etiquetado de los productos alimentarios que contengan ingredientes transgénicos.

También se incluye la promesa realizada por el Sr. Carlos Alvarado Quesada, quién se comprometió firmando, junto a sus vicepresidentes y otros miembros cercanos al señor presidente, a establecer «… la obligatoriedad de informar al consumidor de alimentos para consumo humano o animal que contengan ingredientes genéticamente modificados». (Punto 9. del documento adjunto «Acuerdos con sectores. Carlos Alvarado presidente 2018. Yo creo en el Ambiente»).

Con esta última entrega, ya suman 54 027 (cincuenta y cuatro mil veintisiete) el número de firmas de personas que apoyan y solicitan la promulgación de un decreto ejecutivo que haga valer el compromiso adquirido precitado, para así hacer efectivo el derecho constitucional que tenemos las personas consumidoras a recibir información adecuada y veraz, así como a la libertad de elección, en los términos especificados en nuestra Carta Magna (art. 46), la Ley n.° 7472 de Defensa Efectiva del Consumidor (art. 32, 33 y 34) y su reglamento (Decreto Ejecutivo n.° 25 234-MEIC, art. 91 y 92).

Mayor información: https://drive.google.com/open?id=0B-pyNXYB-rHjfmRMOWtvdHRHZGx2Nk8xbEJscE5sVEJ0bmtDelNYb2NOQjRBaUQzSTQ2R00

Campaña Nacional «Etiquetado de transgénicos ¡Ya!»

En el archivo adjunto podrá encontrar la última nota entregada a los jerarcas de los ministerios del MEIC (Victoria Eugenia Hernández Mora), MINSA (Daniel Salas Peraza) y MAG (Luis Renato Alvarado Rivera), así como al actual Presidente de la República (Carlos Alvarado Quesada), que acompaña la quincuagésima sétima (57a.) entrega de firmas de apoyo a la solicitud formal realizada el 16/04/15 para la elaboración de un reglamento de etiquetado de los productos alimentarios que contengan ingredientes transgénicos.

También se incluye la promesa realizada por el Sr. Carlos Alvarado Quesada, quién se comprometió firmando, junto a sus vicepresidentes y otros miembros cercanos al Sr. Presidente, a establecer «… la obligatoriedad de informar al consumidor de alimentos para consumo humano o animal que contengan ingredientes genéticamente modificados». (Punto 9. del documento adjunto «Acuerdos con sectores. Carlos Alvarado Presidente 2018. Yo creo en el Ambiente»).

Con esta última entrega, ya suman cerca de 50 000 (cuarenta y nueve mil setecientos ochenta y cuatro) el número de firmas de personas que apoyan y solicitan la promulgación de un decreto ejecutivo que haga valer el compromiso adquirido precitado, para así hacer efectivo el derecho constitucional que tenemos las personas consumidoras a recibir información adecuada y veraz, así como a la libertad de elección, en los términos especificados en nuestra Carta Magna (art. 46), la Ley n.° 7472 de Defensa Efectiva del Consumidor (art. 32, 33 y 34) y su reglamento (Decreto Ejecutivo n.° 25 234-MEIC, art. 91 y 92).

Mayor información: https://drive.google.com/open?id=0B-pyNXYB-rHjfmRMOWtvdHRHZGx2Nk8xbEJscE5sVEJ0bmtDelNYb2NOQjRBaUQzSTQ2R00

 

Enviado por Jaime García.

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Piden que se cumpla promesa de campaña de Carlos Alvarado Quesada sobre transgénicos

  • Interponen denuncia para etiquetar transgénicos en Costa Rica
  • En el mercado existe presencia de contaminantes transgénicos

 

FECON, 30 de junio 2018. Ecologistas y académicos exigen se haga efectivo el etiquetado de Organizamos Genéticamente Modificados en alimentos de consumo humano y animal.

Mediante una carta dirigida a los nuevos jerarcas de los ministros Victoria Eugenia Hernández Mora del Ministerio de Economía Inustria y Comercio (MEIC); Giselle Amador Muñoz del Ministerio de Salud; y Renato Alvarado Retana del Ministerio de Agricultura y Ganadería, así como al actual Presidente de la República, Carlos Alvarado Quesada; en la cual certifica el apoyo con más de 37.716 costarricenses solicitando la elaboración de un reglamento de etiquetado de los productos alimentarios que contengan ingredientes transgénicos.

Además se le recordó a la administración actual la promesa hecha por el el Sr. Carlos Alvarado Quesada, el cual se comprometió de forma escrita, junto a sus vicepresidentes y otros miembros cercanos a establecer «… la obligatoriedad de informar al consumidor de alimentos para consumo humano o animal que contengan ingredientes genéticamente modificados» . (Punto 9. del documento adjunto Acuerdos con sectores. Carlos Alvarado Presidente 2018. “Yo creo en el ambiente”).

El Dr. Jaime García, de la Red de Coordinación en Biodiversidad interpuso así una denuncia ante la Defensoría de los Habitantes por negación al Derecho Humano de obtener información sobre la composición y naturaleza de los alimentos que contienen ingredientes genéticamente modificados (transgénicos).

Según García “Con esta trigésima sétima (37a.) entrega de firmas de apoyo se incrementa el número de firmas de personas que solicitan la promulgación de un decreto ejecutivo que haga valer el compromiso adquirido, para así hacer efectivo el derecho constitucional que tenemos las personas consumidoras a recibir información adecuada y veraz, así como a la libertad de elección, en los términos especificados en nuestra Carta Magna (art. 46), la Ley n.° 7472 de Defensa Efectiva del Consumidor (art. 32, 33 y 34) y su reglamento (Decreto Ejecutivo n.° 25 234-MEIC, art. 91 y 92).”

Anteriormente salió a la luz un estudio del Laboratorio de Análisis Genómico de la Universidad Nacional (Semanario, 2017) en el país se encuentran alimentos contaminados con genes de los maíces transgénicos BT11, MON810, NK603 y GA21; así como de la soja transgénica GTS 40-3-2. Según el Dr García esto no se puede saber a simple vista la presencia de estos contaminantes por eso es necesario el etiquetado para ejercer el derecho humano a la información sobre nuestros alimentos.

Información y contacto con el Dr. Jaime García, Red de Coordinación en Biodiversidad, tel.: 8723 7343.

PAC-Carlos Alvarado-Compromisos-Yo creo en el Ambiente

Denuncia-Defensoría de los Habitantes-29junio2018-CSR (1)

37a. entrega de firmas-29 junio 2018-CSR

 

Imagen con fines ilustrativos.

Enviado por FECON.

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Ecologista sigue sumando apoyo al etiquetado transgénicos en alimentos para consumo humano

El pasado 14 de febrero el Dr. Jaime García entregó a las autoridades más de treinta y dos mil firmas en favor del etiquetado de transgénicos en artículos para alimentación humana. En una carta dirigida a los jerarcas de los ministerios del MEIC (Geanina Dinarte Romero), MINSA (Karen Mayorga Quirós) y MAG (Luis Felipe Arauz Cavallini), así como al Presidente de la República (Luis Guillermo Solís Rivera), se hizo material la la trigésima tercera (33a.) entrega de firmas de apoyo a la solicitud formal realizada el 16/04/15 para la elaboración de un reglamento de etiquetado de los productos alimentarios que contengan ingredientes transgénicos.

La entrega recuerda la promesa escrita de precampaña electoral realizada en su momento por el Partido Acción Ciudadana (PAC) y el Sr. Luis Guillermo Solis Rivera, quién se comprometió , a partir del 9 de mayo del 2014, a «Elaborar y aprobar un reglamento para que se realice el etiquetado que informe en los alimentos para el consumo humano o animal si contienen ingredientes genéticamente modificados», dado que -según se especifica en el mismo documento-:»… las personas consumidoras tenemos el derecho a saber si un alimento contiene o no ingredientes genéticamente modificados por medio de una indicación clara en las etiquetas».

El 7 de abril del 2014 distintos medios de prensa afirmaron que «Solís respetará territorios libres y exigirá etiquetado a productos transgénicos», donde el mandatario recalca el compromiso citado sobre el tema del etiquetado.

Sin embargo, y a pesar de las *32 074 (treinta y dos mil setenta y cuatro) firmas de apoyo entregadas que apoyan la solicitud en cuestión, el Poder Ejecutivo continúa sin cumplir su promesa de llegar a elaborar el decreto en cuestión para hacer efectivo el derecho constitucional que tenemos las personas consumidoras: «(…) a recibir información adecuada y veraz; a la libertad de elección, (…)» (art. 46), faltando además al cumplimiento efectivo de la Ley n.° 7472 de Defensa Efectiva del Consumidor (art. 32, 33y 34) y su reglamento (art. 43. Decreto Ejecutivo n.° 25 234-MEIC).

 

Más información:

Dr. Jaime García, teléfono: 87237334

 

Enviado por FECON.

En el mes de la Patria: Derecho a información sobre lo que comemos

  • Gobierno incumple promesa de campaña
  • 29 300 personas exigen derecho a información

 

Son casi 30 mil firmas de personas que han solicitado el etiquetado de alimentos transgénicos. Desde mayo del 2015, en forma mensual se ha hecho entrega a la Presidencia de la República, así como a los jerarcas de los ministerios de Salud (Minsa), Agricultura y Ganadería (MAG), y Economía, Industria y Comercio (MEIC), responsables de promulgar este decreto, oficios acompañados con las firmas que se han venido recolectando mes a mes. (Ver: goo.gl/KffG2o y goo.gl/qgHnyf).

En el formulario que presentaron ecologistas aseguran que la solicitud se basa “en el deber del Estado y de las diferentes instituciones del Gobierno de proteger la salud y la vida de las y los consumidores y de garantizar nuestro derecho a tener información oportuna, clara, completa y veraz, especialmente sobre lo que comemos” (ver formulario).

El propósito de la campaña es que “tengamos la información necesaria para que podamos elegir los productos que compramos y consumimos, para cuidar nuestra salud y la de nuestras familias y por tanto es necesario que sea una obligación el etiquetado de todos los productos que sean o contengan ingredientes transgénicos (organismos alterados genéticamente) en nuestro país”.

Ecologistas y firmantes recuerdan el incumplimiento del Poder Ejecutivo del compromiso adquirido en la campaña electoral 2013-2014. En el documento de “Posición del Partido Acción Ciudadana y su candidato Luis Guillermo Solís” asegura con respecto al etiquetado que: “hay evidencias de efectos dañinos a la salud de ciertos productos transgénicos en animales de experimentación, por lo que las personas consumidoras tenemos el derecho de saber si un alimento contiene o no ingredientes genéticamente modificados por medio de una indicación clara en las etiquetas. En países como Brasil esto se aplica con mucho éxito, a pesar de ser uno de los grandes productores de cultivos transgénicos”.

Este derecho básico ya es implementado en poco más de 60 países en el mundo, incluidos todos los países miembros de la Unión Europea, Rusia, Japón, China, Australia y Nueva Zelanda.

Quienes deseen colaborar con la campaña de recolección de firmas pueden imprimir el formulario, recoger firmas y comunicarse al correo electrónico biodiversidadcr@gmail.com para hacer entrega de los formularios (bajar formulario) o firmal virtualmente (en: goo.gl/RJc6tv).

Informes con Jaime García de la Red de Coordinación en Biodiversidadetiquetadodetransgenicos@gmail.com

En el mes de la patria derecho a informacion sobre lo que comemos

Enviado por FECON.

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Estudio detecta ingredientes transgénicos en alimentos de consumo humano y animal en Costa Rica

  • Harinas, cereales, tortillas, chips de papas tostadas, magdalenas dulces, embutidos, concentrados de consumo animal y granos de maíz
  • Ni las poco más de 28 mil firmas recogidas a la fecha ni las promesas de campaña han logrado avances en el etiquetado de estos productos

 

Un artículo científico reciente publicado en la Revista Agronomía Costarricense revela la presencia de los polémicos transgénicos en una amplia gama de alimentos, sin procesar y procesados, que contienen maíz y soya. Como señala el estudio “en un mercado sin regulaciones que indiquen contenido transgénico en el etiquetado”.

El estudio analizó 36 alimentos de consumo humano y animal, con o sin ingredientes de maíz o soya aparente en su fabricación, de venta en establecimientos comerciales de las provincias de Heredia, Cartago y San José. Entre los alimentos que fueron analizados están tortillas y chips tostados de maíz, chips de papas tostadas, harinas de maíz, cereales de maíz azucarados, magdalenas dulces, embutidos, concentrados de consumo animal y granos de maíz para moler o sembrar.

Más de 85% de las muestras analizadas (31/36) contienen secuencias transgénicas. Según el estudio “Los resultados demostraron que existen alimentos y piensos derivados de cultivos Genéticamente Modificados (GM) en el mercado local y que la significancia y viabilidad del etiquetado de los productos, para proveer información a los consumidores, debería ser abordado por las autoridades competentes. Sin embargo, todavía falta realizar estudios cuantitativos en los análisis de rutina, para detectar si el límite de material GM, establecido por la regulación sobre alimentos y piensos GM de la Unión Europea, se ha extralimitado”.

Las y los investigadores pertenecen a la Universidad Nacional de Costa Rica, específicamente al Laboratorio de Análisis Genómico, la Escuela de Ciencias Agraria y el Laboratorio de Biotecnología de Plantas. También participa un investigador del Laboratorio de Trazabilidad Molecular Alimentaria de la Facultad de Ciencias de la Universidad de la República de Uruguay.

Etiquetado ¿para cuándo? En el documento de “Posición del Partido Acción Ciudadana y su candidato Luis Guillermo Solís” asegura con respecto al etiquetado que: “hay evidencias de efectos dañinos a la salud de ciertos productos transgénicos en animales de experimentación, por lo que las personas consumidoras tenemos el derecho de saber si un alimento contiene o no ingredientes genéticamente modificados por medio de una indicación clara en las etiquetas. En países como Brasil esto se aplica con mucho éxito, a pesar de ser uno de los grandes productores de cultivos transgénicos”.

Sin embargo, y faltando pocos meses para el final del mandato y sin importar las más de 28 mil firmas entregadas, el Gobierno continúa negándonos el Derecho Humano y Constitucional (art. 46) a recibir información sobre lo que comemos, incumpliendo su promesa de campaña electoral para: “elaborar y aprobar un reglamento para que se realice el etiquetado que informe en los alimentos para el consumo humano o animal si contienen ingredientes genéticamente modificados.” Este es un derecho que ya es una realidad en más de 60 países de los cinco continentes (FECON, 13-3-2017).

Invitamos a las personas interesadas en hacer efectivo este derecho a unirse a esta campaña nacional con su firma y las de sus familiares y allegados, de manera física o virtual (en: goo.gl/RJc6tv), hasta que el Presidente Solís cumpla su promesa, para hacer así una realidad en nuestro país el derecho humano a elegir de manera informada los productos con los que decidimos alimentarnos.

Quienes deseen colaborar activamente con esta campaña, pueden solicitar los formularios de recolección de firmas a: etiquetadodetransgenicos@gmail.com

Informes: Jaime García, campaña de Etiquetado de Transgénicos tel. 8723-7343. Rodolfo Umaña Castro (rodolfo.umana.castro@una.cr, tel. 2277-3790, 2277-3959), autor de este artículo.

Ver artículo completo en: http://www.mag.go.cr/rev_agr/v41n01_053.pdf

Estudio detecta ingredientes transgenicos en alimentos

Enviado a SURCOS por FECON.

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