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Etiqueta: Evaluación de Impacto Ambiental

Presidencias extreman violencia de su narrativa socioambiental

Juan Francisco Campos
Abril 24 del 2026

La histórica política de Estado costarricense pro derechos humanos y protección del ambiente sustentada en su avanzado marco constitucional y legal, donde sobresalen los artículos 50 de la Constitución y 17 de la Ley 7554; hace aproximadamente 12 años viró hacia un proceso de involución, encubierto por el discurso oficial de paz con la naturaleza y desarrollo sostenible. Gobernanza que, hasta entonces había constituido una bandera efectiva de distinción mundial. Pero a pesar de tratarse de un retroceso con evidencia anticonstitucional, la administración Chaves Robles lo intensificó en un contexto de violencia, donde la herramienta política más visible, ha sido el “discurso de odio” y el presidente de la República su principal protagonista con un lenguaje coloquial e inmoral. Así denunciamos ante la opinión pública nacional e internacional.

En ese orden, los procedimientos técnicos (regulaciones ambientales) más significativos y vigentes durante décadas para administrar con eficiencia estatal el uso racional de los recursos naturales; fueron etiquetados como “cuellos de botella y obstáculos al desarrollo nacional” con el objetivo de justificar su eliminación. En igual dirección, la Costa Rica así gerenciada por este gobierno y los sectores empresariales afines al neoextractivismo, de principal promotor del Tratado de Derechos Humanos Regional conocido como “Acuerdo de Escazú” auspiciado por la ONU, cambió radicalmente su posicionamiento ecológico para distinguirse entre los detractores que han rechazado su ratificación. Mientras otros países sin protagonismos ni trayectoria socioambiental similar a la costarricense se consolidaron como Estados Parte.

Es decir, la trascendental esperanza en el derecho internacional público de brindar protección efectiva a Defensores de Derechos Humanos en Costa Rica, paradójicamente fue eliminada desde el Poder Ejecutivo y Legislativo; así como un relativo acompañamiento del Poder Judicial. Mientras tanto, la inseguridad estructural del país y la narrativa oficial, han sido cada vez más violentas, los delitos ambientales crecen y los asesinatos de líderes ambientales y comunales siguen impunes. De manera que, hasta la actualidad se han concretado una serie contrarreformas ambientales sin precedentes, cuyas consecuencias más inmediatas, las podemos inferir de los miles de denuncias ambientales que cada año registran las instituciones encargadas (CA-MINAE). Quizás el único o último recurso que, le queda a la ciudadanía para reclamar su derecho constitucional a la vida sana; no obstante, la débil o nula respuesta del Estado y otras acciones específicas del presidente del país como la difamación de funcionarios públicos, calificación de terroristas a los defensores del ambiente y hasta incitación a la “limpieza política hemisférica”. Acciones a las que también suma la selección de “persona non grata” o “desvisado” -llama el presidente-, a cargo del principal aliado extranjero quien parece operar en estrecha coordinación.

Por otra parte, la instrumentalización mayor de la situación descrita, no sólo está en marcha, sino que, también explícita en las políticas públicas que los gobiernos saliente y entrante declaran abiertamente que, son y serán prioritarias para la continuidad de sus obras en tránsito hacia lo que denominan la “tercera República”. La venta y cierre de instituciones públicas, nuevos proyectos de ley, reglamentos y hasta reformas constitucionales del mismo corte regresivo; son acciones que ya están en lista o en los trámites correspondientes. Y sumado a ello, aparece intensificado el discurso de odio, instrumento que, a pesar de la crítica de expertos y advertencias de organismos mundiales, la gravedad de su contenido se ha elevado al umbral de “nivel superior”; lo cual, como establece la ONU para estos casos: “requiere prohibición legal según el derecho internacional a través del derecho penal”.

El caso denominado “Crucitas”, es en estos momentos el mejor ejemplo para describir la grave crisis socioambiental del país y que, si bien la afectación mayor aparentemente se extiende en parte de la Región Norte (entre 3000 y 10000 ha según recientes publicaciones), sus dimensiones reales transcienden el plano regional y nacional. Una situación de crisis extrema, aparentemente, facilitada por los gobiernos de al menos los últimos 20 años; sobre la cual, dan cuenta sentencias judiciales no cumplidas. De acuerdo con las informaciones hasta ahora divulgadas, en el país, no existe antecedente similar de generación y acumulación de tantos daños ambientales (delitos) sobre los ecosistemas y comunidades humanas, incluyendo los trabajadores mineros calificados como artesanales (coligalleros).

Además, lo que parece enigmático de esta “minería ilegal”, es que, mantiene una altísima productividad, pero según informan, la misma es “saqueada y exportada” desde territorio nacional. Se indica que, quienes saquean el mineral son los coligalleros de mayoría migrantes y sin identidad; mientras los exportadores sí están identificados y algunos hasta se les conoce públicamente. Dos clases de trabajadores cumplen órdenes por esta explotación en la zona, los subterráneos sin identidad ni derechos y los superficiales empleados policiales; éstos últimos obviamente bien identificados y equipados, hasta para ejecutar implosiones mediante el uso de dinamita. Así nos dicen las jefaturas de policía que “mitigan los daños ambientales”, no se sabe si asesorados por el ministro de Ambiente y personal de la SETENA; pero más parece que adelantan la minería a cielo abierto.

Diferentes actores incluyendo políticos interesados en legalizar esa explotación, informan que la actividad tiene aproximadamente 10 años de operación y que ha alcanzado una producción aurífera de miles de millones de colones anuales, pero que en su mayor parte es transportada a Nicaragua sin generar ningún beneficio para Costa Rica. Repiten también que, la devastación ambiental y social alcanzó límites de alerta máxima. Podríamos decir que han activado todas las alarmas de una situación de desastre nacional que, indudablemente requiere acciones técnicas de emergencia y recuperación; por ejemplo, ameritaría una declaratoria de emergencia nacional. Sin embargo, para el gobierno y voceros empresariales, la única solución que existe y admiten, es su propuesta de ley en trámite legislativo, a través de la cual, se plantea la concesión privada. En entrevistas públicas, han declarado como posibles concesionarias a viejas empresas con largo historial en la actividad, de fuerte poder económico e interesadas en invertir en el neoextractivismo minero; citan así a empresas activas en República Dominicana.

En este mismo contexto de emergencia no oficial, entre las afectaciones directas de carácter social ejecutadas por el Estado, el pueblo Chorreras de Cutris, fue desalojado del territorio en uso y todas sus edificaciones (públicas y privadas) arrasadas con el empleo de fuerza mecánica y presencia policial, ante la mirada impotente de niños, jóvenes y adultos; algunos llorando su destrucción. No tenemos referencia de alguna demanda de justicia para ellos. Sin duda que, fue una escena más propia de los pueblos actualmente sojuzgados por el poder y la maldad imperial, mismo poder al que, el gobierno ha declarado que le solicitó apoyo para atender esta situación. No obstante, para los sectores empresariales y de gobierno interesados en legalizar y extender la explotación, los responsables del desastre actual son los trabajadores coligalleros; y así procuran por diferentes vías de comunicación, generar el convencimiento de la opinión pública nacional.

Con tales señalamientos de responsabilidad, a las víctimas de esa forma de trabajo de historial esclavizante en el mundo, se les acusa de ser los victimarios del ambiente. Por lo tanto, no sería la excepción que, en Crucitas, la minería ilegal/artesanal (reconocida oficialmente) pero de elevada productividad y rentabilidad que informan, mantenga operaciones de esa detestable práctica; y aunque no esté confirmada, se refieren hechos que dan cuenta sobre muertes tanto en número como causantes desconocidas. Algo característico en territorios así ocupados, donde es conocido que, los factores de riego se multiplican y por ejemplo la falta de seguridad, criminalidad y violencia sobresalen; dando como resultado no sólo muertes por accidente sino también por criminalidad. Nada extraño será a futuro, también la aparición de fosas comunes anónimas en la zona.

De lo expuesto, es claro el afán de continuar con las explotaciones neoextractivistas en el país, como la propuesta en el año 2006 con el proyecto Crucitas por parte de corporaciones extranjeras y el apoyo gubernamental. Pues actualmente el presidente Rodrigo Chaves y sus seguidores, incluyendo la presidenta electa Laura Fernández, se han lanzado con todo y contra toda oposición política y científica a impulsar el proyecto de ley en trámite legislativo No.24717. En forma absoluta y contraria al marco normativo, tratan de legalizar una actividad ya operante de minería metálica a cielo abierto, explotación mundialmente caracterizada por los múltiples y elevados impactos ambientales negativos y permanentes; además de científicamente valorada como no sostenible.

Con este caso, debe contemplarse que, como actividad en operación al menos durante una década y al margen de la legalidad ambiental vigente, nuestro marco legal y constitucional, entre otros principios contempla la precaución; lo cual, permite comprender que, previamente no se establecieron y mucho menos cumplieron las medidas ambientales oficiales que correspondían. Por lo tanto, las impactos generados y acumulados en las áreas de influencia directa e indirecta, constituyen automáticamente daños ambientales que, la legislación nacional establece como delitos imprescriptibles. Vale así preguntarse: ¿Quiénes son los responsables por acción u omisión de la devastación generada hasta hoy día? ¿Si las autoridades nacionales no cumplen su función debe la ciudadanía demandarlo?

Lejos de posibles beneficios y conveniencia nacional según se planteaba en sus inicios, lo que se impondrá mediante el proyecto No. 24717, es la “continuidad” y elevación de la carga ambiental destructiva, indefinida e irreparable del territorio; a cambio de regalías (5%) de las inmensas ganancias potenciales que se generarían. Lo cual, parafraseando a doña Laura Fernández, para la Nación costarricense eso será “perder perder”. Entiéndase así que, con dicho proyecto lo que se pretende en primer lugar y sin más ni menos, es otorgarle condición legal a la misma actividad que durante años ha operado ilegalmente junto al “saqueo” de la Nación. Sin duda alguna, estamos ante toda una farsa, mediante la narrativa de una emergencia socioambiental para la que no existe alternativa diferente al proyecto de ley oficial; dejando con ello evidente la incapacidad política del gobierno y las acciones retroactivas que atentan contra el derecho ambiental.

Conclusiones:

  1. Si bien durante varios gobiernos se ha concretado un proceso de regresividad sobre el bloque de legislación ambiental, enfocado principalmente en materia de Evaluación y donde quizás lo más grave ha sido la derogación del Reglamento General de EIA (Evaluación de Impacto Ambiental); gracias a la Constitución y leyes aún no modificadas con igual objetivo, los principios del derecho ambiental como pro natural, precautorio, participación, irretroactividad; están plenamente vigentes y el pretendido proyecto de ley por parte del gobierno no los supera.
  2. La Evaluación de Impacto Ambiental para proyectos, obras o actividades mineros, aún con las grandes debilidades establecidas en el actual Reglamento, sigue manteniendo su función preventiva obviamente para proyectos nuevos; lo cual obliga a que toda propuesta de desarrollo de esta naturaleza debe contemplar antes de su inicio desde la fase de instalación, la elaboración y aprobación por parte del Estado de un estudio completo de Evaluación Ambiental. Bajo esta premisa, cualquier obra o actividad, iniciada o ejecutada sin haber cumplido con ese requerimiento, obliga a rechazar el proyecto y denunciar al desarrollador según las leyes.
  3. La Evaluación de todo proyecto, obra, actividad o plan; por parte del Estado según la reglamentación de Evaluación de Impacto Ambiental y la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) concordante con cada uno; es insoslayable. Para el caso de la EAE que involucra los Planes de Ordenamiento Territorial y por ende los criticados y quizás poco conocidos Planes Reguladores, al planificar las categorías de uso de suelo, y obviamente, tomar decisiones para áreas con usos cuya condición presente se determina que sobrepasaron los límites ambientalmente sostenibles; no admiten la continuidad del sobreuso. Pues el objetivo superior es el desarrollo sostenible, por lo tanto, lo que demanda es establecer medidas que tiendan a la recuperación. Obsérvese en este sentido que, si la devastación de Crucitas, además de que se originó en una actividad al margen de la legalidad ambiental para la que ya no es legítima la EIA, los daños que presenta, evidencian el sobreuso de suelo a que ha sido sometida la zona; otro indicador de que, tampoco es técnicamente admisible la continuidad de la explotación. Repito, técnica y legalmente, se impone de inmediato la elaboración y ejecución de un plan de cierre técnico, y para ello no existe alternativa.
  4. Ha informado y reconocido el gobierno, la presencia en la zona de Crucitas de un oneroso destacamento de oficiales de policía ante la actividad diaria de cientos de trabajadores indocumentados; sin embargo, los resultados del trabajo oficial (vigilancia y control) no muestran congruencia con esa actividad diaria de cantidad de trabajadores mineros.
  5. Para el escenario que se vislumbra con la minería en esta Región, se debe tener presente que, ante denuncias de la ciudadanía por Viabilidades Ambientales otorgadas a proyectos en los que ha determinado inconsistencias, el órgano encargado de la EIA y EAE (SETENA) es recurrente en justificar la licencia, bajo el argumento de que las obras o actividades se ejecutarán en “áreas ya impactadas ambientalmente”. Por ejemplo, en los proyectos del nuevo hospital y un atracadero en Limón. Es decir, para dichas autoridades el sobreuso del suelo es viable, y que áreas así impactadas carecen de interés para la protección y en consecuencia requieren menos estudios ambientales o hasta no requerirlos. Este, es un criterio que carece de sustento técnico y constituye prueba de posible prevaricación.
  6. A partir del año 2023 con la entrada en vigencia del “Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental” (D.E. 43898) derogatorio del Reglamento General de la EIA, se culminó la eliminación del requisito de Evaluación de Impacto Ambiental para un 65% de los proyectos, obras o actividades que hasta entonces la requerían. Por su parte, como resultado de las derogaciones al 35% restante se le flexibilizó el proceso, la mayoría recibe la viabilidad ambiental sin contemplar la inspección de campo y el control y seguimiento es casi nulo; son parte de los hallazgos de muchas debilidades que presenta el proceso actual de la Evaluación a cargo de la SETENA, según “el informe de auditoría especial DFOE-SOS-IAD-00008-2025” publicado el 30 de octubre de 2025. Con esta benevolencia ambiental se propone el gobierno continuar la senda del desarrollo sostenible abriendo las puertas al neoextractivismo minero metálico a cielo abierto.
  7. En las típicas alocuciones del señor presidente durante lo que ya son los últimos días de su administración, parece que se ufana de haber sido un ausente de las Asambleas Generales de la ONU. Ha expresado a la vez que, este Organismo se convirtió en un “refugio de ideologías”. Dice también que él habla tres cosas: “la verdad, de frente y claro”. Sin embargo, por ejemplo, no se conocen respuestas suyas acerca del “Informe sobre Discursos de Odio y Discriminación 2025” en Costa Rica, dado a conocer por la ONU. Pero sí exhibe en su acostumbrada narrativa, un tono más fuerte con el que arremete hasta contra gobiernos de otras naciones de nuestro hemisferio, mientras aparenta pretender el respaldo internacional para su candidata actual a la Secretaría General del máximo Organismo. Es decir, tanto en política exterior como en política ambiental y de derechos humanos, no se le ha observado ni escuchado la verdad de frente y menos claridad. Al final, la distopía que vino a descubrir y narrar el migrante don Rodrigo Chaves, es la que hereda a la espartana de “mano dura” doña Laura Fernández; quien ha prometido continuar al frente del gobierno con el mismo manual inspirado en el ideario de la extrema derecha internacional, aplicado en lo que fue la “Suiza centroamericana” en transición a un “Singapur occidental”.

¡ALERTA COSTA RICA!

Juan Francisco Campos

“Las y los ticos son un pueblo anestesiado que camina detrás del cortejo fúnebre de su patria creyendo que es un carnaval”. Tatiana Lobo

Mientras con la política pública costarricense respecto a la Evaluación de Impacto Ambiental se está dando el último paso a su extinción, todo indica que se cumple la sabia sentencia de la gran escritora Doña Tatiana Lobo -q.e.p.d.- en cuanto a que: “Las y los ticos son un pueblo anestesiado que camina detrás del cortejo fúnebre de su patria creyendo que es un carnaval”. En este caso, el carnaval del mercado financiero transnacional que comanda Rodrigo Chaves Robles, un habitante de nuestro Planeta, desarraigado y entrenado durante 27 años para estos y otros trágicos menesteres contra la Patria que lo vio nacer.

Sin embargo, debemos aclarar que, la violencia contra la Naturaleza y obviamente nuestra propia vida, impulsada con dichas políticas, no empezó con este gobierno. Los hechos nos demuestran una tendencia en dicha dirección con casos que, aunque parecieran aislados en ciertos períodos gubernamentales, con el paso de los años no sólo han resultado más frecuentes, sino, también acompañados de acciones contra el sistema normativo. Por ejemplo: Crucitas con sus acciones delictivas antes y después del fallo de los Tribunales de Justicia, la Trocha, el proyecto APMT, libre extensión de monocultivos, Decretos Ejecutivos como el No. 37803-2013, 41815-2019, 41851-2019, las Leyes N° 9610 del 17/10/2018, 9789 del 09/12/2019 y No. 10338 del 21/12/2022 etc.; y otras reformas desregulatorias de actividades impactantes del medio ambiente. Son éstas, únicamente algunas de las decisiones gubernamentales que, abrieron el camino para el golpe de timón en materia ambiental que se apresta a consolidar el gobierno actual. Y probablemente, ocurrirá una vez más a placer de los tres poderes de la República.

Si fuera como parece y se dice, de que en las últimas elecciones nacionales 2022, el electorado costarricense cansado de mentirosos, corruptos y mesiánicos; para conducir el país se decantó por un desconocido, no obstante, su pedigrí de macho y otras virtudes por las que todavía, según encuestas de opinión, ahora inclusive con mayor respaldo lo determina como su salvador. Más debe conocer el mundo que, al menos en asuntos ambientales, el trumpismo en América Latina no desapareció con Bolsonaro u otros. Pues la Costa Rica, protagónica por excelencia en los foros internacionales por su vocación proteccionista y conservadora de la naturaleza, signataria de la Declaración de Río y hasta hace poco promotora del Acuerdo de Escazú; a través de su gobierno Chaves Robles, ha decido honrar la línea de “las políticas ambientales” de Donald Trump y Jair Messias Bolsonaro. Su caballo troyano es “reactivación económica, empleo e inversión extranjera”; es decir, la globalizada estrategia para la concentración de riqueza en unos pocos, y por ende, la gravísima inequidad cuyos elevados costos de la degradación ambiental los paga el resto de la humanidad, presente y futura.

Bajo ese embate, está la sentencia contra la Evaluación de Impacto Ambiental y todo el daño ambiental directo, acumulado y sinérgico que ello acarrea contra los recursos naturales que todavía quedan en este país; sentencia hecha pública durante la conferencia de prensa del pasado ocho de febrero 2023 por medio de una grotesca conferencia de prensa por parte del gobierno. Algunos medios de comunicación como Guanacastealaaltura, Delfino, la Extra y otros; se hicieron eco del anuncio. Por su parte, la Secretaría Técnica Nacional Ambiental ha publicado al respecto las siguientes noticias:

1.”65% de Proyectos de Bajo Impacto Ambiental que Ingresan a SETENA ya no Requerirán Viabilidad. Fecha: 9/2/23”. (DECI 08-2023, 07 de febrero de 2023).

“Esta transformación histórica de la Setena, se da gracias a la firma de un Decreto suscrito hoy por el Poder Ejecutivo que pretende eliminar la duplicidad de requisitos en tramites a nivel de las instituciones. Además, se elimina el trámite de la Viabilidad Ambiental a los proyectos, de bajo, o muy bajo impacto ambiental, que hoy se solicita a través del formulario D2. “Solo en el año 2022, éstos representaron 1.644 expedientes que requirieron una revisión de SETENA, lo que se traduce en mayores costos para los ciudadanos y la institución.”

  1. Nuevo Reglamento General de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental

Fecha: 16/2/23”.

“El nuevo Reglamento General de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental, fue firmado por el Poder Ejecutivo el 08 de febrero del presente año.

Dicho Reglamento entrará en vigencia a los 4 meses después de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Durante este periodo de transición, la Setena estará trabajando en la implementación del mismo en las plataformas digitales. Estaremos informando al respecto por los medios oficiales de la SETENA”.

El nuevo reglamento así informado oficialmente, responde al documento DAJ-D-030-2022, aún sin la numeración correspondiente como Decreto Ejecutivo, entendido esto por cuanto no ha sido todavía publicado en La Gaceta. No obstante, según lo comunica Setena, el mismo efectivamente especifica: Artículo 102. – Vigencia. El presente Reglamento entrará en vigencia a los 4 meses después de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la Presidencia de la República. San José, el veintiuno de diciembre del dos mil veintidós.”

Pero algo más, una tercera noticia publicada por la misma institución aproximadamente cuatro meses antes de las anteriores indica:

  1. La SETENA Elimina 41 Cuellos de Botella

Fecha: 03/10/22

Por medio de una revisión de sus procesos internos, contrastándose con la normativa vigente, la Secretaría Técnica Nacional Ambiental del Ministerio de Ambiente y Energía (Setena-MINAE) elimina 41 cuellos de botella a partir de ahora.

Gracias a este análisis, se están impactando 81 trámites, de los cuales 41 serán eliminados y 40 sufrirán mejoras con el objetivo de evitar solicitudes de aclaraciones a los usuarios, sin provocar ningún tipo de regresión ambiental.”

Según expresó el viceministro de Ambiente, Rafael Gutiérrez, la actualización se realiza acatando la Directriz presidencial de eliminar cuellos de botella y procesos burocráticos innecesarios, y la directriz de dejamos trabajar.

Por su parte Ulises Álvarez, secretario general de Setena, destacó que es un hito muy relevante el que “estemos hoy impactando 81 cuellos de botella, en los instrumentos D1+DJCA, PPGA y el EsIA y en especial, eliminando 40 de ellos”.

En un gráfico que incluye esta noticia del 2022, titulado: “Infografía No1. Estadísticas Cuellos Botella Setena”, se describe cómo acerca de los instrumentos de la evaluación de impacto ambiental D1, PPGA y EsIA; entre los análisis hechos para cada uno, se procedió con la eliminación de un número específico de “cuellos de botella” (2, 30 y 9 respectivamente) y consecuentemente como “Acciones de mejora” para cada uno, se establece “eliminar requisitos” y finalmente concluir que, de 81 impactados 41 fueron eliminados y 40 mejorados. Al pie de este gráfico se lee:

“El Formulario D1, deberá ser utilizado para las actividades, obras o proyectos (AOP) de categoría de bajo, moderado y alto IAP (B2, B1 y A), se le recuerda que toda la información ingresada se presenta bajo fe de juramento.”

Y entre tales noticias, conferencia de prensa y otras divulgaciones, de las incongruencias y falsedades con las que supuestamente nos informa el gobierno, es claro por ejemplo que, con el decreto en espera de publicación titulado: “REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CONTROL Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL”, no estamos ante una simple reforma de reglamentos y manuales. Sino ante una derogación del “Reglamento General sobre los Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)” todavía vigente. El propio título es suficientemente revelador de los alcances de esta regresión que, como veremos trasciende la normativa reglamentaria. Al respecto contempla el nuevo decreto (DAJ-D-030-2022): “Artículo 101. – Derogaciones. I. Deróguese los Decretos Ejecutivos números 31849 –MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC del 24 de mayo del 2004 “Reglamento General sobre los Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) y sus reformas”, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 125 del 28 de junio de 2004 …”.

Aunque no sea todo, vale chequear por ejemplo acerca de lo siguiente:

  1. El nuevo reglamento especifica que, fue dado en la presidencia el 21 de diciembre del 2022, mientras Setena, informa que la presidencia lo firmó el 8 de febrero 2023.
  2. Se eliminaron requisitos técnicos de cada uno de los instrumentos de evaluación legalmente consolidados durante años; sin embargo, se aduce que el proceso que han llevado a cabo, no es regresivo.
  3. Que los proyectos de bajo impacto ambiental con tramitación obligatoria del D2, ya no tendrán que tramitar Viabilidad Ambiental ante la Setena; pero esta reforma que eliminó dicho trámite, está en aplicación desde el año 2019.
  4. Que también los proyectos de bajo impacto ambiental, ya no tendrán que presentarse ante la Setena; sin embargo, además de lo que ya se dijo antes, anotan que el formulario D1 deberá ser utilizado para esta categoría de proyectos.
  5. Que para llevar a cabo estas “transformación de mejoramiento y modernización”, se cumplió rigurosamente con los procedimientos de información y participación pública, así como procedimientos técnicos. Sin embargo, dentro de lo que se ha dicho y aportado, además del lenguaje vulgar y ausencia de fundamentación verdaderamente científica y técnica, lo que más sobresale, es el mencionado análisis de decenas de eso que llaman cuellos de botella, una aparente estrategia para no llamar por su nombre a los requisitos técnicos.
  6. Si hubiera consecuencia con esa reiteración de “cuellos de botella”, deberían más bien, reconocer de una vez por todas, los faltantes y deficiencias en la que por años han mantenido a la institución Setena. Pues, cumplir con eficacia y eficiencia su trascendental función técnica separada de la manipulación política y otros poderes fácticos, seguirá siendo hoy más que nunca su gran deuda con la Nación.
  7. La eliminación de requisitos sobre la cual informan que actuaron, y por ende parece que ya está en aplicación, si bien el acento lo ponen sobre proyectos de bajo y muy bajo impacto ambiental, es de anotar que, lo firmado abarca también a los proyectos de mediano y alto impacto. Pues indican que, los primeros ascienden al 65 % de los expedientes que ingresan a la institución, y “Se reduce en un 32,9% los términos de referencia de los Estudios de Impacto Ambiental (EsIA), adelgazándolos para que se presenten requisitos que sean solamente competencias de la EIA”.Por lo tanto, con tan fuerte eliminación y adelgazamiento de requisitos técnicos en el funcionamiento básico de Setena: ¿Qué hace o qué hará esta Institución, creada como un Órgano técnico con autonomía suficiente para cumplir cabalmente su función rectora en Evaluación de Impacto Ambiental según su importante estatus de desconcentración máxima; entendamos así un blindaje contra la intervención política y de grupos económicos acostumbrados a la intervención en los asuntos de Estado? Institución que, desde el año 2017 ocupa aproximadamente el 50% de una edificación estatal, de la que, según dicen, después de al menos 10 años de abandono, la remodelaron al costo aproximado de 2000 millones de colones; pero desde la pandemia permanece subutilizada; no obstante, paga cuantiosas sumas de dinero por vigilancia, aseo, mensajería y custodia de documentos (parte de su archivo) por parte de empresas privadas.

En conclusión, a pesar de que la Setena con las intervenciones políticas por parte de los gobiernos de turno y grupos económicamente poderosos (Cámaras empresariales), se volvió experta en “cuellos de botella”; esta nueva especialidad impuesta y autoimpuesta, es evidente que no la usa en favor de las funciones necesarias para cumplir con sus fines; fortaleciendo verdaderamente la democracia ambiental y el Estado de Derecho y Bienestar Social. Por lo tanto, incumple el protagonismo que le corresponde ante las autoridades superiores, en cuanto a las políticas y los proyectos de ley sobre el ambiente; pues retrotraerse 27 años en cuanto a legislación, evidencia hacer lo contrario de lo que le ordena la Ley (No.7554- Artículos 83,84).

Todo parece indicarnos que la suerte para el Ambiente de nuestro país está echada, ya que, junto a los desastres mal llamados naturales, actúan no sólo las prácticas más violentas contra la vida humana, lo cual parece preocupar a los gringos más que a las autoridades ticas, sino contra todas las especies vivientes y los ecosistemas de los cuales dependemos todos. A diario se dan alertas de este antropocentrismo moderno: agrietamientos y deslizamientos de infraestructuras de todo tipo, contaminación de acueductos y escasez de agua potable aún donde debería ser abundante, tráfico de especies animales y forestales, construcción de pozos ilegales, proliferación de vertederos, uso y abuso de agroquímicos, caza y tala ilegales, mutilación de áreas protegidas, aumento alarmante de denuncias ambientales, viabilidades ambientales irregulares, permisos y declaraciones ambientales de obras públicas y privadas que supuestamente no ocupan estudios previos de impacto ambiental, sobrexplotación de pesca, aumento de daños por eventos meteorológicos, etc. Pero no observamos acciones gubernamentales para el “control y seguimiento” efectivo de estos daños que ya afectan y se acumulan.

Por el contrario, se ha legalizado la mutilación de áreas protegidas específicas como reservas biológicas, humedales, áreas de protección de ríos y otras tantas están en la mira; pues la explotación de minerales e hidrocarburos es rentable para magnates que “generan empleos” a siervos de diferente estofa. En igual dirección, se ha resuelto viable la incineración de residuos sólidos, más un acápite especial, merece el archivo por el poder Legislativo del expediente 21.245 sobre el proyecto que, pretendía la ratificación del Acuerdo de Escazú por parte de Costa Rica. No obstante, representar una norma innovadora, la cual, auspiciada por la CEPAL y la ONU, ofrece a los Estados Parte una línea base a partir de la cual, avanzar en el cumplimiento de estándares mínimos en derechos humanos y ambiente. Pero la falaz campaña de desinformación contra dicho Acuerdo, orquestada por los mismos grupos empresariales del poder económico y político, llevaron al país a este indecoroso cambio de rumbo. Paradójicamente, el economista costarricense José Manuel Salazar Xirinachs, a partir del 03 de octubre 2022 es el titular de la Secretaría ejecutiva de la CEPAL, y según el Artículo 17 del Acuerdo de Escazú: “El Secretario Ejecutivo de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe ejercerá las funciones de secretaría del presente Acuerdo”. Y por si hubiera duda, avanza en el mismo poder legislativo la reforma regresiva de la Ley Orgánica del Ambiente que, entre otros asuntos, permitirá cortarle los legales a la Setena. La cual, al pasarla de máxima a mínima desconcentración, más los requisitos técnicos eliminados vía decreto; quizás a lo que dará lugar, es a una pequeña oficina que como está previsto, pasará a la tutela del ministro de turno del MINAE. O algo similar a lo que existió, hace aproximadamente treinta años con nombre de Comisión de estudios de impacto ambiental (CONEIA). Esto es parte del “hito de la transformación histórica de la Setena” a que alude su secretario” y la “genial” iniciativa “Le dejamos trabajar”.

Imagen: UCR.

Hechos por detrás del Parque y el conflicto vial en La Guácima de Alajuela

Juan Francisco Campos

Julio 27- 2022

La ciudadanía costarricense debe conocer que, atrás del Parque Viva no sólo está lo que fue el Autódromo la Guácima, sino también que, ambos proyectos tienen significativas diferencias; no obstante, desarrollados en la misma localidad de la Guácima de Alajuela. Una característica relevante a nivel temporal, es que, entre la apertura formal de uno y el otro, transcurrieron aproximadamente 41 años; tiempo suficiente como para que, quienes ahí visitamos alguna que otra vez en los años setenta y hemos vuelto recientemente antes del “cierre” gubernamental, sean abundantes las evidencias de tal diferenciación, tanto en el área de los proyectos, como en sus áreas de influencia directa e indirecta. Obviamente que, para determinar esas diferenciaciones, no es indispensable la observación directa, si tan sólo, establecemos como referencia, la evolución de acciones históricas en la zona durante los últimos 50 años, determinantes de cambios sociales, políticos y económicos, entre otros; y por ejemplo visibles en la infraestructura urbanística, vial y uso de suelo.

Vale tener presente que, durante el mismo tiempo transcurrido, la evolución a nivel de la normativa, es también trascendental, especialmente a partir de los años 1994 y 1995 con la reforma al Artículo 50 de nuestra Constitución Política y promulgación de la Ley Orgánica del Ambiente respectivamente. Más luego a partir del 2004, también la reglamentación a dicha Ley, quedando con ello establecido que, todo proyecto, obra o actividad a desarrollar en el territorio nacional, previamente debe someterse a un proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) por parte de la SETENA. Para ello se debe aplicar una categorización de los proyectos y determinar el instrumento necesario para cumplir cabalmente con esa evaluación, la cual, deberá ser concordante con su dimensión y posibles impactos ambientales en las áreas del proyecto. Elementos que, no preverlos con la anticipación que corresponde y las medidas apropiadas, es inducir a daños ambientales.

Ahora bien, resulta que, un determinado consultor ambiental en asuntos de la SETENA, mediante un escueto artículo publicado en la prensa digital el día 12 de julio 2022, ha pretendido informar acerca de que, el Autódromo La Guácima que luego cambio de nombre, no contó con las regulaciones ambientales actuales, porque todavía la legislación hoy vigente no existía. Obvio. Pero eso fue para tal proyecto, asunto y situación muy diferentes a las del Parque Viva, cuyas condiciones para cuando se diseñó (2013) sí le exigían cumplir el proceso de la EIA que hasta hoy rige. Y lo intentaron, según el expediente No. D1-10840-2013-SETENA más la Resolución de Viabilidad Ambiental No.3088-2013-SETENA. No obstante, existen evidencias de aparentes incumplimientos del administrado y la Administración. Observemos por ejemplo que, la denominación de “Mejoras al Autódromo la Guácima” según el título descrito en dichos documentos; ante las características de un proyecto que sólo en movimiento de tierras contempla 200.000 m3, es omisa y engañosa. Igualmente, la cantidad de decenas de miles de m2 en infraestructura nueva y obras en cauce (según la descripción que contempla el proyecto y otras fuentes), trascienden a la dimensión de un proyecto que debió ser categorizado de alto impacto ambiental; por lo tanto, le correspondía ser evaluado bajo un Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) completo, y nunca una declaración jurada como la que presentaron y la Setena tramitó sin advertir esta omisión y sus consecuencias.

Algo más, se lee en la Resolución aquí citada que, la Setena resolvió este proceso sin ni siquiera llevar a cabo una inspección al sitio, es decir, hizo una simple y deficiente revisión a nivel de escritorio. Entiéndase así que, esta forma de proceder es una aberración de la Evaluación de Impacto Ambiental que correspondía.

Por lo tanto, de haberse cumplido con el EsIA, difícilmente hubieran quedado sin contemplar entre otros aspectos de máxima relevancia, las condiciones viales del entorno del proyecto y consecuentemente el estudio de impacto vial bajo las normas y aprobación del Órgano rector (MOPT) en dicha materia. Estudio indispensable para definir y diseñar las obras necesarias del proyecto en ese momento. Es decir, la aparente deficiencia en el trámite del permiso municipal de la construcción, el cual dio lugar al “cierre” o suspensión temporal de alguna actividad del mega proyecto Parque Viva, tiene origen en la institución que fue omisa en exigirlo, en tanto constituye un impacto ambiental significativo a prevenir durante el proceso de la viabilidad ambiental. Además, por estar determinado que esta Viabilidad es requisito para el permiso de construcción, todo pareciera que la municipalidad se confió, aunque obviamente dicha falencia no le resta la responsabilidad; especialmente por la afectación del proyecto a la red vial cantonal.

Pero también, es un hecho normado que, el Permiso Sanitario de Funcionamiento del Ministerio de Salud, tiene como requisito previo la Viabilidad Ambiental; sin embargo, al no ser el mismo una competencia de dicho Ministerio, con la sola presentación, es de entender se asume que fue tramitada de buena fe. Sin embargo, hay que decirlo: ¿si tal requisito (la Viabilidad Ambiental) de los dos permisos tiene vicios de nulidad, en qué condición de validez quedan ambos? Es decir, existe algo más complejo para el proyecto del Parque Viva su construcción y funcionamiento parcialmente suspendido, pues al determinarse que la raíz del problema se originó en el trámite de su Viabilidad Ambiental, ésta licencia tiene vicios de nulidad y así se debería declarar si se desea actuar bajo los principios de legalidad. Y tengamos claro que, no es posible tramitar ahora una nueva Viabilidad Ambiental para el mismo proyecto; pues la EIA sólo aplica para proyectos nuevos. Así lo dicta la Ley y su Reglamento aquí citados.

Finalmente, es oportuno preguntar si el gobierno y presidente actual, quien al menos por su verbo, parece dispuesto a “barrer” la corrupción y otras deficiencias enquistadas en la Administración Pública, como ya lo ha expresado, irá actuar así en la Setena con la eficiencia y eficacia que demanda esta situación; además, tomando en consideración que en dicha entidad éste no es un caso aislado, y para lo cual, no es necesario la aprobación de proyecto legislativo alguno. Tome en consideración el señor presidente y su equipo más cercano que, la EIA no es idealismo ambientalista y mucho menos un obstáculo absurdo al desarrollo; todo lo contrario, es la herramienta técnica y científica más apropiada y reconocida mundialmente para garantizar el desarrollo ambientalmente sostenible. Si la cumplimos a cabalidad, también previene conflictos aún entre los mismos intereses de clase.

No es casual que, la normativa e institucionalidad de Costa Rica alcanzada aproximadamente hasta el año 2013 en materia ambiental, tuviera un distinguido reconocimiento internacional por su liderazgo en el marco del SICA, la CCAD y la ONU; logros que sólo podrán continuar recibiéndose, si seguimos avanzado en la misma línea y no retrocediendo, como fue notable en la pasada administración y parece que en la presente la involución será mayor. El señor presidente, al respecto debería contar con la asesoría y acompañamiento de los más calificados profesionales en materia de Evaluación Ambiental y no de quienes se creen especialistas ambientales, siendo profesionales en los mismos campos que ya el presidente no necesita, dada su alta calificación probada mundialmente. Pues no sólo su política ambiental apunta en dirección equivocada, también su discurso al respecto es conceptualmente errático.

El problema de la SETENA para el país, no es su marco legal y función rectora; es el “feudo” en que la convirtieron los agentes del poder político de la mano con las cámaras empresariales, así como y con escasas excepciones, los ocupantes que ahí mantienen sirviendo a sus intereses y muy poco o casi nada a la Nación. Como Órgano técnico y de máxima desconcentración (principal fortaleza), al menos por primera vez en su corta existencia, hace falta limpiarlo y aportarle todos los recursos que requiere para que cumpla a cabalidad la función que le designó el marco de legalidad todavía existente. Si para bien del país, esto quisiera el gobierno, también podrá hacerlo progresar a un Órgano Autónomo; jamás someterlo directamente a la decisión política del ministro de turno, pues esto será su muerte ya anunciada. No podrá desconocer también el gobierno que, tal fortaleza sumó para que Costa Rica fuera finalmente aceptada en la OCDE, organización multinacional que a la vez aboga por el Acuerdo de Escazú.

 

Imagen ilustrativa.