Este 25 de julio en Guanacaste, nuestra delegación fue hostigada, rodeada y expulsada de un acto oficial, mientras el presidente de la República ridiculizaba nuestra presencia, generando rechazo hacia las personas estudiantes porque somos quienes alzamos la voz en contra de los recortes a la educación, salud y cultura que su gobierno hace, y tenemos voces críticas que en su marco autoritario no caben.
Estar en un espacio público, con orgullo universitario y en paz, no puede seguir siendo motivo de violencia. La diferencia no se reprime, se respeta. Esto no es solo un ataque al movimiento estudiantil, sino a la democracia misma.
Esta nota es la primera de una serie realizada en conjunto por Philippe Vangoidsenhoven y el Observatorio de Bienes Comunes, dedicada a visibilizar la violencia que enfrentan las personas defensoras ambientales en Costa Rica. A partir de la experiencia vivida por Philippe en el Caribe Sur, se busca no solo documentar los patrones de hostigamiento que atraviesan estas personas, sino también generar conciencia sobre el riesgo estructural al que se exponen y la invisibilización institucional que padecen. En un contexto donde los marcos legales y las políticas públicas no reconocen ni protegen adecuadamente su labor, este testimonio busca abrir una conversación urgente sobre justicia ambiental y derechos humanos.
Philippe Vangoidsenhoven y la ofensiva digital contra quienes defienden el ambiente en el Caribe Sur
En el Caribe Sur costarricense, defender el ambiente no solo implica denunciar irregularidades o proteger ecosistemas. También supone enfrentar campañas de odio desde el espacio digital, dirigidas a desacreditar, aislar y expulsar a quienes alzan la voz. El caso del defensor ambiental Philippe Vangoidsenhoven, residente en Talamanca, ilustra cómo las redes sociales pueden transformarse en herramientas de persecución y violencia simbólica.
Esta nota se basa en capturas de pantalla y registros de interacciones digitales extraídos de las redes sociales personales de Philippe. El material evidencia una oleada de violencia digital que incluye insultos, amenazas, señalamientos públicos y llamados a expulsarlo del país. A partir de este contenido, se identificaron al menos seis estrategias sistemáticas de hostigamiento digital:
Caracterización del discurso hostil: patrones y núcleos de agresión
“Ojalá me lo tope, lo despedazo.” “¿Por qué no se regresa a su país a joder?” “La carta tiene el logo del municipio, eso basta para llevarla a Migración.”
Uno de los hallazgos más alarmantes es la existencia de un núcleo reducido pero altamente activo de usuarios que reproducen discursos violentos de forma persistente, generando una dinámica de acoso coordinado. Estas voces amplifican el odio, normalizan la violencia y modelan un entorno digital que legitima la agresión contra Philippe Vangoidsenhoven.
Palabras como “pistola”, “persona no grata”, “expulsar”, “loco” o “vergüenza” actúan como gatillos simbólicos, estructurando el discurso hostil en torno a seis formas articuladas de violencia digital:
Deshumanización
Se le retrata como incapaz de razonar o convivir, usando calificativos como “loco”, “descerebrado” o “ridículo”. Esta narrativa no solo busca invalidar su voz, sino justificar su exclusión.
“Este hombre llamó a los bomberos porque una señora quemaba basura… es un descerebrado que no se ubica.”
Criminalización
Se lo presenta como un sujeto violento, insinuando que porta armas o ha amenazado a pobladores, sin prueba alguna. Estas acusaciones fabricadas siembran miedo y habilitan represalias legales o policiales.
“Ese señor está armado y ya apuntó su arma en contra de algunos pobladores.” “¿Qué esperan? ¿Que mate a alguien?”
Estigmatización como extranjero
Su nacionalidad belga se convierte en un blanco de ataque. Se le niega legitimidad para participar en la vida local y se le exige abandonar el país.
“¿Por qué no se regresa a su país a joder, a ver si allá se lo permiten?” “Lacras fuera de nuestro cantón. ¡Les llegó la hora!”
Incitación al odio y violencia simbólica
Se expresan amenazas directas o celebraciones anticipadas de violencia, promoviendo la fuerza como forma de castigo.
“Ojalá me lo tope, lo despedazo.” “Cartón lleno, sacaste la rifa Philippe.”
Legitimación institucional del hostigamiento
Se alude a instituciones como la municipalidad o Migración para dar apariencia de legalidad a los ataques, aun sin evidencia formal.
“La carta tiene el logo del municipio, eso basta para llevarla a Migración.” “El alcalde no quiso firmarla, pero ya está en manos de abogados.”
Aislamiento social
Se lo presenta como un generador de conflictos o un estorbo para la comunidad, buscando cortar sus vínculos sociales y organizativos.
“Desde que estoy en este foro, siempre he visto el nombre de este señor Philippe en medio de discordias.” “No los necesitamos.”
Cerrar filas frente al odio
Este repertorio discursivo no es casual. Opera como una tecnología simbólica de expulsión: silenciar a Philippe y advertir a otras personas defensoras que levantar la voz tiene consecuencias. Detrás del insulto hay una estrategia: aislar, desgastar, desplazar. La violencia digital es real y sus impactos no se quedan en la pantalla. Normalizar el odio habilita la persecución.
No se puede defender la tierra mientras se lincha virtualmente a quienes la cuidan.
Declaran «personas non gratas» a defensores ambientales por denunciar daños en el Caribe Sur
En 2015, la Municipalidad de Talamanca declaró «personas non gratas» a Carol Meeds y Philippe Vangoidsenhoven, dos reconocidos defensores ambientales del Caribe Sur de Costa Rica. ¿El motivo? Sus constantes denuncias públicas sobre daños al Refugio de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo y otras zonas de alto valor ecológico.
Carol administra una página en Facebook donde informa sobre agresiones al ambiente en la región, mientras que Philippe realiza labores de vigilancia, monitoreo y presentación de denuncias ante las autoridades competentes. Ambos han utilizado herramientas digitales para visibilizar irregularidades ambientales, lo que les valió represalias institucionales.
La Sala Constitucional falló a su favor al considerar que se violentaron derechos fundamentales como la libertad de expresión, el debido proceso y el derecho a la participación ciudadana. El caso refleja cómo las personas defensoras del ambiente pueden ser blanco de violencia institucional y digital por ejercer su derecho a denunciar.
Desprestigio sistemático y campañas de odio Se recurre a calificativos como “irracional” o “abusivo”, se le acusa de provocar conflictos o malgastar recursos con denuncias ambientales, buscando erosionar su legitimidad como defensor.
Xenofobia y discursos de exclusión Su origen extranjero es usado como motivo de expulsión. Se le niega el derecho a ejercer ciudadanía activa y se le responsabiliza de tensiones locales.
Incitación al desplazamiento Se promueve su expulsión mediante amenazas o referencias a Migración, configurando una estrategia de destierro simbólico y social.
Amenazas veladas y explícitas Se emiten mensajes de agresión física directa o se lo vincula falsamente con armas, alimentando una narrativa de peligrosidad sin base legal.
Uso instrumental de canales institucionales Se difunde una carta supuestamente institucional sin firma oficial, para legitimar el rechazo y avalar el hostigamiento desde lo comunitario.
Normalización del discurso de odio Mediante burlas, memes o aplausos a su posible salida, se refuerza una cultura de linchamiento que se reproduce sin consecuencias.
Persona no grata: implicaciones reales de una figura simbólica
La declaración de una persona como “no grata” por parte de una municipalidad no tiene efectos legales formales, pero sí consecuencias sociales, políticas y de seguridad personal. En contextos latinoamericanos, esta figura ha sido usada para:
Estigmatizar y criminalizar Se construye una imagen pública de enemistad con la comunidad, legitimando agresiones desde sectores afines al poder.
Aislar comunitariamente Al provenir de una institución percibida como “voz del territorio”, puede romper lazos sociales y socavar la participación.
Avalar simbólicamente la violencia Aunque no se trate de una orden judicial, legitima represalias, obstaculiza procesos organizativos y fortalece discursos de odio.
Violar derechos humanos Según la ONU, este tipo de actos constituyen criminalización institucional contraria al deber de proteger a quienes defienden derechos fundamentales.
Potenciar la violencia digital Estas declaraciones son replicadas en redes y medios, amplificando su impacto y alimentando un entorno digital hostil.
Lo digital también mata: proteger a personas defensoras es urgente
La violencia digital contra defensores ambientales no es anecdótica ni espontánea. Es parte de un contexto más amplio de criminalización y persecución. Las redes sociales están siendo usadas para difamar, estigmatizar y expulsar simbólicamente a quienes defienden los bienes comunes en Costa Rica.
Sus impactos son profundos: deterioro emocional, aumento del riesgo físico, judicialización y aislamiento. Por eso es urgente que el Estado y las plataformas digitales asuman responsabilidades: prevenir, sancionar y reparar estas violencias.
El Caribe Sur necesita diálogo, justicia ambiental y respeto a la diversidad. Silenciar a quienes defienden el territorio solo beneficia a quienes lo destruyen.
Defender la tierra no debe significar exponerse al odio
El caso de Philippe no es una excepción. Se inscribe en un patrón más amplio de hostigamiento contra personas defensoras, que se intensifica cuando sus denuncias afectan intereses económicos o estructuras de poder local.
Proteger a quienes cuidan los bienes comunes también implica actuar en el plano digital: visibilizar, denunciar, exigir justicia. La defensa del territorio no puede silenciarse con discursos de odio.
Recomendaciones: cómo enfrentar la violencia digital como persona defensora ambiental
La violencia digital no es solo un ataque virtual: busca intimidar, silenciar y aislar. Estas acciones requieren respuestas colectivas, estratégicas y conscientes. Algunas claves:
Fortalecer la seguridad digital
Usa contraseñas seguras y activa la doble autenticación.
No compartas datos sensibles públicamente.
Haz copias de seguridad y cifra archivos importantes.
Usa VPN y navegadores privados.
Participa en talleres sobre seguridad digital con enfoque en derechos humanos.
Documentar y denunciar los ataques
Guarda evidencias: capturas, enlaces, fechas y perfiles.
Reporta los contenidos en las plataformas.
Contacta redes de apoyo legal o derechos humanos para acompañamiento.
Activar el cuidado colectivo
Habla del tema en tu organización, no lo enfrentes en soledad.
Diseña protocolos para responder a ataques coordinados.
Promueve el acompañamiento emocional y psicosocial.
Visibilizar y politizar la violencia digital
Nombrar esta violencia como parte de la criminalización ambiental.
Denunciar en medios alternativos, campañas y foros.
Exigir políticas públicas con enfoque de género, territorio e interculturalidad.
Defender la vida no debe implicar sobrevivir al odio. En el Caribe Sur, proteger el territorio también es proteger a quienes lo aman.
Contexto latinoamericano: violencia digital y personas defensoras ambientales
En América Latina, una de las regiones más peligrosas del mundo para quienes defienden los derechos humanos y el ambiente, la violencia digital se ha consolidado como una extensión de los ataques físicos, judiciales y simbólicos que enfrentan estas personas. Lejos de ser un fenómeno aislado, se trata de un patrón creciente que acompaña los conflictos socioambientales y los intereses extractivistas.
Auge del extractivismo y criminalización
La expansión de megaproyectos mineros, energéticos, turísticos y agroindustriales ha intensificado los conflictos por el acceso, control y gestión de territorios y bienes comunes. Las personas defensoras que se oponen a estos proyectos —particularmente indígenas, campesinas, afrodescendientes y mujeres— son blanco de campañas de desprestigio, amenazas y vigilancia digital.
Digitalización de las agresiones
Los ataques se manifiestan a través de:
Campañas de desinformación y difamación en redes sociales y medios digitales, que buscan aislar o desacreditar la labor de defensa ambiental.
Acoso digital y amenazas directas, muchas veces de carácter sexual o racial, especialmente contra mujeres defensoras.
Vigilancia y espionaje digital, como el uso de malware, hackeo de cuentas o extracción ilegal de datos personales. En varios casos se han documentado intentos de infiltrar movimientos sociales con herramientas de cibervigilancia estatal o privada.
Discursos de odio y bots coordinados, que multiplican mensajes de desprestigio o incitan a la violencia, alimentando la polarización y criminalización.
Estigmatización mediática e institucional
Algunos medios de comunicación y autoridades estatales reproducen narrativas que presentan a las personas defensoras como “enemigas del desarrollo”, “terroristas” o “obstáculos al progreso”. Esta estigmatización se replica en el ámbito digital, amplificando los riesgos para quienes se pronuncian públicamente en defensa del ambiente.
Género y violencia digital
Las mujeres defensoras enfrentan formas específicas de violencia digital, donde el ataque a su vida privada, su cuerpo o su rol como cuidadoras es utilizado para silenciarlas o deslegitimar su liderazgo. En muchos casos, esto se traduce en autocensura o retraimiento del espacio digital.
Falta de protección y acceso a justicia
Los mecanismos de protección estatales suelen estar desactualizados frente a estas formas de violencia, carecen de enfoque de derechos digitales, y no garantizan respuestas efectivas frente a la impunidad. Además, muchas personas defensoras no cuentan con capacitación ni herramientas para protegerse en el entorno digital.
¿Qué es la violencia digital?
La violencia digital es cualquier acción que, mediante medios tecnológicos (mensajes, publicaciones, imágenes, videos o redes sociales), cause daño psicológico, simbólico, reputacional o material a una persona. Afecta especialmente a quienes ejercen el derecho a defender derechos, al alzar su voz contra poderes establecidos o denunciar injusticias.
Instrumentos y patrones comunes
Difamación y campañas de desprestigio.
Acoso coordinado (troleo, insultos, burlas).
Amenazas anónimas o desde perfiles reales.
Suplantación de identidad o manipulación de imágenes.
Exposición pública de datos personales (doxing).
Uso de instituciones o redes de poder para intimidar.
Implicaciones para las personas víctimas
La violencia digital puede generar:
Aislamiento social y miedo a participar públicamente.
Afectaciones emocionales y de salud mental.
Riesgo físico cuando las amenazas se trasladan al mundo offline.
Criminalización o pérdida de credibilidad ante instituciones.
Autoexclusión o salida forzada del territorio.
Teclados y puños: distintas formas de silenciar a quienes protegen la naturaleza
En el contexto de la defensa ambiental, las personas y comunidades que protegen los territorios y los bienes comunes enfrentan múltiples formas de violencia como mecanismo de intimidación, represalia o silenciamiento. Estas agresiones no se limitan al plano físico, sino que también se manifiestan en el ámbito digital, especialmente cuando los defensores utilizan plataformas en línea para denunciar injusticias, visibilizar conflictos o articular redes de apoyo. A continuación, se presenta un cuadro comparativo que permite comprender las diferencias y similitudes entre la violencia física y la violencia digital, con el fin de dimensionar los riesgos a los que se enfrentan quienes defienden el ambiente desde distintos espacios
Aspecto
Violencia Física
Violencia Digital
Definición
Uso de la fuerza corporal para dañar, controlar o intimidar.
Uso de medios digitales para dañar, acosar o amenazar.
Espacio donde ocurre
Presencial (hogar, calle, instituciones, etc.).
En línea (redes sociales, correo, plataformas digitales).
La violencia sexual lesiona los derechos humanos de todas las personas que la viven. La dignidad, como principio fundamental para la garantía del respeto por los derechos de todas las personas, requiere la seguridad de una vida libre de cualquier tipo de violencia. Este debe ser el fin primordial de las instancias públicas encargadas de velar por la promoción, protección y garantía de derechos humanos.
En ese sentido, la Comisión de Derechos Humanos de la Asamblea Legislativa es el órgano parlamentario encargado de llevar adelante las tareas de control político y legislación para erradicar los patrones culturales y sociales de violencia, acoso, hostigamiento y discriminación en contra de cualquier persona, independientemente de su condición social. Asimismo, la perpetración de la violencia no distingue de posiciones políticas ni clase social, siendo especialmente grave y tortuosa para las sobrevivientes cuando la comete una persona en posición de poder y notoriedad pública.
En días recientes se conoció que el Ministerio Público investiga al diputado del Partido Nueva República, Fabricio Alvarado Muñoz, miembro de la Comisión Permanente Especial de Derechos Humanos, por el delito de abuso sexual en contra de persona mayor de edad. Si bien se reconoce el derecho de defensa, presunción de inocencia y debido proceso que le asiste a cualquier persona en las instancias judiciales, no se puede omitir que los procedimientos penales por delitos de violencia sexual también acarrean una enorme carga de revictimización, estigmas, prejuicios y costos personales para las personas denunciantes.
Tener una vida libre de violencia es un derecho humano. Por ello, las personas y organizaciones que suscribimos este manifiesto solicitamos públicamente al diputado Alvarado Muñoz abandonar su puesto como miembro permanente de la Comisión de Derechos Humanos de la Asamblea Legislativa hasta tanto no se esclarezcan los hechos alrededor del grave delito por el cual se le investiga.
Consideramos que la violencia sexual es sumamente grave, y es deber de la institucionalidad apoyar a las denunciantes y no someterlas a situaciones de revictimización frente a sus presuntos agresores. Aunado a lo anterior, Costa Rica atraviesa una dolorosa espiral de violencia machista que demanda a las personas en puestos de representación popular brindar un ejemplo respetuoso de la dignidad, integridad y seguridad de todas las personas.
La Comisión de Derechos Humanos es un espacio en el cual se debaten asuntos que inciden directamente en el derecho a vivir una vida libre de violencia, razón por la cual no resulta apropiado ni pertinente que una persona cuestionada por aparentes delitos sexuales sea parte de este órgano vital.
Finalmente, se hace un llamado para todas las personas víctimas y sobrevivientes de violencia sexual a alzar su voz y denunciar. Romper el silencio es el primer paso para acabar con el encubrimiento y la impunidad. Asimismo, se insta a la sociedad en general a respaldar a las personas denunciantes de cualquier caso de abuso y violencia, con el fin de que se sientan fortalecidas y acompañadas en sus procesos de denuncia y sanación.
Suscriben,
Elizabeth Odio Benito, cédula 4-0078-0585 María Amalia Matamoros Landázuri, cédula 4-0145-0213 Marco Zúñiga Badilla, cédula 1-1740-00858 Roxana Víquez Salazar, cédula 1-0418-1237 Karla Salguero Moya, cédula 1-0748-0133 Julia María Ardón Morera, cédula 2-0386-0415 Mari Paz Matamoros Matamoros, cédula 4-0189-0362 Amanda Arroyo Cabezas, cédula 1-1656-0001 Yamileth Astorga Espeleta, cédula 1-0540-0192 Mauro Fernández Acuña Yalile Chan Jiménez, cédula 1-0567-0078 Gabriela Saborío de la Espriella, cédula 1-0572-0355 Guillermo Arroyo Muñoz, cédula 1-0444-0252 Nerina Carmona Castro, cédula 1-0616-0754 Ana Cecilia Castro Calzada, cédula 1-0561-0190 Yara Mourelo González, cédula 2-0382-0947 César Castro Azofefia, cédula 1-1542-0195 Irene Salazar Carvajal, cédula 1-0733-0462 Sergio Iván Alfaro Salas, cédula 2-0464-0844 Nidia Molina Sibaja, cédula 2-0393-0669 Gerardo Hernández Naranjo, cédula 1-0677-0083 Vivian Solís Espinoza, cédula 1-1032-0333 Xinia Herrera Durán, cédula 2-0344-0672 Laura Astorga Carrera, cédula 1-0914-0100 Ana Beatriz Fernández González, cédula 1-0625-0678 Ana Zulema Jiménez Soto, cédula 1-0488-0193 Marta Solano Arias, cédula 1-0453-0311 Ana Helena Chacón Echeverría, cédula 1-0567-0359 Leda Zamora Chaves, cédula 2-0433-0362 Ricardo León Gómez, cédula 3-0445-0638 Ana Leonor Ramírez Montes, cédula 1-0483-0426 María Cecilia Aguilar Lara, cédula 2-0252-0321 Wendy Vásquez Pessoa, cédula 3-0364-0290 Carla Ramírez Brunetti, cédula 1-0648-0825 Cristina Salas, cédula 2-0388-0960 Eugenia Solís Umaña, cédula 1-0442-0132 Marlene Mora Camacho, cédula 1-0402-1336 Ana Lorena Hidalgo Solís, cédula 1-0468-0075 Rocío Abarca Sánchez, cédula 7-0160-0677 Luz María Chacón León, 2-0336-0097 Margarita Bolaños Arquín, cédula 1-0407-0764 Yolanda Bertozzi Barrantes, cédula 1-0399-0589 Yolanda Rojas Rodríguez, cédula 9-0012-0762 María José De la Mata Mora, cédula 1-1131-0257 Norman José Solórzano Alfaro, cédula 2-0405-0106 Nelsy Saborío Rodríguez, cédula 1-0630-0624 Jenny Castro Acuña, cédula 1-0649-0965 Haydée Hernández Pérez, cédula 1-0559-0946 Claudia Vargas Medal, cédula 155827353415 Georgina Hidalgo Rojas, cédula 2-0325-0498 Sylvia Mesa Puluffo, cédula 8-0090-0464 Ariane Garnier, cédula 1-0624-0634 Syndell Bedoya Rivera, cédula 1-0584-0088 Gabriela Delgado Hidalgo, cédula 1-0963-0626 Eugenia Solís Umaña, cédula 1-0442-0132 Cristina Santamaría Navarro, cédula 6-0161-0193 Nuria Gamboa Mora, cédula 1-0533-0375 Thais Aguilar Zúñiga, cédula 1-0587-0972 Grettel Andrade Cambronero, cédula 1-0953-0838 Rubieth Jaén Angulo, cédula 5-0148-0959 Ericka María Álvarez Ramírez, cédula 2-0532-0025 Damaris Solano Murillo, cédula 5-0193-0665 Sandra Cartín Herrera, cédula 2-0343-0634 María Flor Abarca Alpízar, cédula 2-0285-0063 Nidia García Zamora, cédula 4-0171-0744 Rosa Alvarado, cédula 1-0403-1030 Ana María Botey Sobrado, cédula 1-0473-0692 Yamileth González García, cédula 2-0246-0555 Sonia Marta Mora Escalante, cédula 1-0412-1470 Elizabeth Briceño Jiménez, cédula 1-0721-0134 Jane Seglau Earle, cédula 8-0061-0877 Ana Leonor Saravia Vivas, cédula 1-0838-0916 Alma Aisemberg Saravia, cédula 1-1852-0879 Rebeca Eugenia Quesada Guell, cédula 1-0555-0138 Adriana Sequeira Gómez, cédula 1-1093-0980 Gloriela Brenes Murillo, cédula 1-0741-0195 Sary Montero Cabezas, cédula 2-0259-0860 Lorna Chacón Martínez, cédula 2-0481-0863 Silvia Monge Retana, cédula 1-0737-0490 Daniela Cordero Ardon, cédula 4-0183-0087 América Ardón Apuy, cédula 2-0632-0903 Catalina Obregón, cédula 1-0753-0231 Sara Schifter Sharatt, cédula 1-0313-0051 Dunia Espinoza Esquivel, cédula 1-0847-0569 Seidy Salas Víquez, cédula 1-0864-0094
COMUNICADO PÚBLICO: IMAS Y PANI HOSTIGAN A RECUPERADORES (AS) DE KAPLEÑA, EN EL TERRITORIO BRIBRI DE SALITRE
– El IMAS y el PANI se hicieron presentes en Kapleña alrededor de las 8 a.m. del día de hoy para hostigar a las personas recuperadoras y a insistir en los trámites del desalojo judicial.
– Poder Ejecutivo continúa sin dar respuesta a las solicitudes de declaratoria de vulnerabilidad social del desalojo de Kapleña, familias recuperadoras exigirán respuesta en la jurisdicción constitucional.
Martes 20 de junio del 2023. Alrededor de las 8 a.m. las tres familias recuperadoras de los Clanes Kolkiwak y Bubolwak, que pertenecen al Pueblo Bribri de Salitre, fueron visitadas por el Patronato Nacional de Infancia (PANI) y el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) en la recuperación Kapleña, en la comunidad de Puente de Salitre. La visita, según las y los funcionarios de las instituciones, se encuentra dentro de las diligencias a realizar para el desalojo judicial en contra de las familias recuperadoras de Klapeña; proceso judicial en el que todavía está pendiente la resolución de un recurso de nulidad interpuesto recientemente.
En la visita el IMAS indicó a las personas recuperadoras que se encuentra buscando casas de habitación en Buenos Aires, aludiendo a que ahí serían trasladadas las personas Bribris luego de que se realice el desalojo que da posesión al no indígena, Edwin Guevara Mora. Por su parte, el PANI insistió en que las personas menores de edad no deben de permanecer en la recuperación y, mucho menos, en el momento del desalojo.
De esta manera, ambas instituciones desconocen las normas y derechos culturales y ancestrales de los Pueblos Originarios, de lo contrario sería impensable que tres familias del Pueblo Bribri sean expulsadas de su Territorio para vivir en una casa de habitación urbana, en una comunidad profundamente racista y violenta como lo es Buenos Aires. Tampoco el PANI insistiría en sacar a las y los menores de edad de la recuperación, del seno de sus familias, en la protección de su territorio y cosmovisión que sólo es posible con el acceso a la tierra-territoria. El accionar hostigador y violento por parte del PANI es ya una historia conocida por las mujeres de los Pueblos Originarios.
Desde el 2021, la recuperación de Kapleña está amenazada por un desalojo judicial de acuerdo con la sentencia 40-2021 del 30-6-21 y Ejecución de Sentencia del 22-6-22 y el voto N.373-F-22 del Tribunal Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José en un proceso interdictal que se conoce en el expediente 19000045-655-AG-2. En estos se ordena el desalojo de las personas recuperadoras y poner en posesión al no indígena Edwin Guevara Mora.
El Departamento Legal de la Dirección de Operaciones del Ministerio de Seguridad Pública presentó ante el Juzgado Civil de Buenos Aires, una Solicitud de Aclaratoria con fecha 8 de junio de 2023 en la que indica “Si a raíz, de lo dispuesto por la sala Constitucional en la resolución 2022024725 del 19 de octubre de 2022… se genera una imposibilidad material de ejecutar el desalojo y puesta en posesión ordenado por el Juzgado…” duda que tampoco ha sido respondida.
Desde el lunes 11 de julio de 2022 representantes de las familias recuperadoras y del Concejo Ditsö̀ Irìria Ajkö́nu̱k Wakpa (CODIAW) organización propia del Pueblo Bribri de Salitre, presentaron ante el Ministro de Seguridad formalmente la Solicitud de Declaración de Vulnerabilidad Social del Desalojo de la finca Kapleña; así como la referencia formal del caso a conocimiento de Comisión de Atención Integral a los Desalojos (CAID), en aplicación del Decreto No. 39277-MP-MSP-JP-MIVAH-MDIS (Decreto de CAID), hasta el día de hoy no hay respuesta a la solicitud por parte del Ministerio de Seguridad, por lo que amparados en los artículos 27 de la Constitución Política y 32 de la ley de Jurisdicción Constitucional las familias recuperadoras ejercerán su derecho de petición y pronta respuesta en la jurisdicción constitucional.
El Concejo Ditsö̀ Irìria Ajkö́nu̱k Wakpa (CODIAW) envió el 13 de junio un documento al poder ejecutivo externando sus preocupaciones y desacuerdo con el desalojo, ante lo cual, la Defensoría de los Habitantes por medio del oficio N.DH-DIND-0574-2023 del 14 de junio, solicitó al Ministerio de Seguridad Pública “1. Informar sobre el estado en que se encuentra el presunto procedimiento de desalojo a efectuarse en el territorio indígena de Salitre.2. Indicar si existe alguna declaratoria de vulnerabilidad social ante este presunto desalojo…”. Varias organizaciones de Pueblos Originarios y sociales solicitaron la semana anterior al Poder Ejecutivo se dé respuesta a la solicitud realizada desde julio del 2022, ante lo cual no se tienen ni siquiera un recibido.
Además, el 15 de junio anterior, una representante de las familias recuperadoras y del CODIAW solicitó a la Defensoría interponer sus servicios para que el Ministerio de Seguridad declare la vulnerabilidad social del desalojo y presentó ante el Instituto de Desarrollo Rural (INDER) una solicitud para iniciar el proceso administrativo ordinario sobre el terreno conocido como “Kapleña para determinar si el señor Edwin Guevara Mora es poseedor o propietario de buena fe, en los términos que ha establecido la Ley Indígena, normativa concordante y jurisprudencia aplicable.
Guevara Mora, no indígena, ganadero, altamente reconocido por su agresiones y racismo contra el Pueblo Bribri de Salitre ha sido denunciando judicial y públicamente por tentativa de homicidio, agresión con armas, amenazas, ataque con sustancias químicas, entre otros.
Esto quiere decir que el desalojo judicial no sólo vulnera el derecho a la tierra-territorio para el Pueblo Bribri sino que también aumenta el riesgo y amenaza en contra de la integridad física y del Pueblo Bribri. De llevarse a cabo el desalojo, el Estado costarricense sería responsable directo de aumentar los riesgos a los que sobrevive el Pueblo Bribri de Salitre. Pueblo que a su vez es sujeto de las Medidas Cautelares 321/12 establecidas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Desde el Concejo Ditsö̀ Irìria Ajkö́nu̱k Wakpa (CODIAW) como organización propia del pueblo Bribri de Salitre exigimos al estado de Costa Rica que cese el hostigamiento contra las familias recuperadoras y de respuesta inmediata a la solicitud de declaratoria de vulnerabilidad social del desalojo de Kapleña.
-Concejo Ditsö̀ Irìria Ajkö́nu̱k Wakpa (CODIAW). -Coordinadora de Lucha Sur Sur.
El 12 de julio de 2022, la vigente Junta Directiva del Colegio de Periodistas de Costa Rica emitió el siguiente comunicado tras la medida tomada por la Presidencia de la República de cerrar el “Parque Viva”, que pertenece al Grupo Nación:
«La libertad de prensa es el derecho que tienen los medios de comunicación de investigare informar sin ninguna limitación, ni coacción, censura previa, acoso u hostigamiento. Lalibertad de prensa es una garantía constitucional, fundamentada en la libertad deexpresión».
Costa Rica sustenta su sistema democrático sobre la base del principio de libertad de prensa, y esto nos llena de orgullo. Colper la defiende con contundencia y sin excusa alguna, porque una democracia no puede ser tal sin una prensa libre.
Actualmente los grupos empresariales, dueños de medios de comunicación, han tenido que diversificar sus actividades para contar con ingresos adicionales y financiar sus medios de comunicación.
Esto es necesario, como también lo es tener claro, que estas actividades comerciales se rigen dentro del principio de legalidad, como lo debe hacer cualquier ciudadano que emprende una actividad comercial o empresarial. Nadie está por encima de la ley.
La Junta Directiva del Colper se reunió con el Presidente de la República y el Presidente del Grupo Nación, de ambas conversaciones concluimos que:
La libertad de prensa es pilar fundamental de la democracia y así lo reconocieron ambas partes.
Por encima de cualquier interés individual debe imperar el interés de las mayorías.
La situación del Parque Viva debe ser abordada desde el principio de legalidad en que opera la administración pública, para lo cual existe la vía recursiva de impugnación del acto administrativo, que ordena la suspensión del permiso sanitario de funcionamiento y se resuelve con la presentación de un plan remedial, por lo que no guarda relación ni afecta la libertad de prensa, toda vez que corresponde a una actividad que se ajusta al derecho comercial y al derecho público que nos rige en la relación de los administrados con la Administración Pública, máxime que la Constitución Política en su artículo 50 ordena al Estado garantizar el mayor bienestar a todos los habitantes del país.
La Presidencia de la República reiteró su compromiso de respetar a los medios de comunicación colectiva, indistintamente de su línea editorial o de los intereses del grupo empresarial que representen, y reafirmó el compromiso de construir un protocolo que rija las relaciones prensa-gobierno, para garantizar el acceso a las fuentes, a la información y al respeto mutuo con los periodistas y medios de comunicación.
La Junta Directiva del Colper, estará vigilante del respeto a la libertad de prensa y libertad de expresión, para el resguardo de nuestra institucionalidad.
Si desea consultar directamente el comunicado del Colper, puede hacerlo en la imagen adjunta en esta nota.
Compartido con SURCOS por el Colegio de Periodistas de Costa Rica.
El 15 de febrero, alrededor de 200 hectáreas de las recuperaciones de Kono Jú, Yuwi Senaglö y Sa Ka Duwé Senaglö fueron incendiadas por integrantes de la familia Rivera. Familia ampliamente reconocida y denunciada por agresiones en contra de las personas recuperadoras cabécares de China Kichá.
El día 16 de febrero hubo un nuevo incendio en las inmediaciones del río Pejibaye, en la recuperación de Kono Jú. También, cuando los recuperadores Juan de Dios y Efraín Fernández se encontraban inspeccionando el lugar de los daños, fueron interceptados por miembros de la familia Rivera.
Después de este hecho Harold Rivera dijo a los dos recuperadores que él fue el responsable de iniciar el incendio y que lo volvería a hacer cuando le diera la gana. Posteriormente, Jeylin agredió con un palo a Juan de Dios en una de sus manos y Harold golpeó a Efraín.
En medio de la agresión el teléfono celular de Efraín fue robado, dejando a los recuperadores incomunicados durante varias horas. Esta familia es reconocida como uno de los actores más hostiles contra las personas recuperadoras, quedando como prueba el constante hostigamiento, acoso y agresión de parte de la familia Rivera.
El incendio se fue extendiendo a otras recuperaciones: Yuwi Senaglö y Sa Ka Duwé Senaglö, al menos 200 hectáreas fueron incendiadas. Específicamente en la recuperación de Sa Ka Duwé Senaglö, dirigida por mujeres cabécares, se reportó la quema de árboles frutales, palmas, bejucos y animales.
La Fuerza Pública al llegar a la zona, únicamente indicó a los recuperadores que no hicieran caso de la familia Rivera. Por otra parte, los bomberos no se han hecho cargo de su trabajo y han ignorado los llamados de las personas recuperadoras.
Desde el 2020, la Coordinadora de Lucha Sur Sur (CLSS) ha denunciado a los incendios provocados como una de las múltiples formas de agresión contra los Pueblos Originarios que se encuentran inmersos en procesos de recuperación de tierras-territorios.
De parte de, las y los recuperadores del Territorio Cabécar de China Kichá se exige:
A la Fuerza Pública que deje de omitir estas agresiones en contra y que proceda con el arresto de quiénes los hostigan.
También al cuerpo de bomberos que se haga cargo de apagar los incendios y asuma su trabajo.
Además, al cuerpo Ejecutivo que cumpla con su responsabilidad de: 1) garantizar la integridad física y vidas, así como la del territorio; 2) cumpla con lo estipulado en la Ley Indígena de 1977 y regrese los Territorios Indígenas a sus únicos legítimos y legales poseedores.
Esta última demanda es la única acción que garantiza que en los territorios indígenas disminuya la violencia.
¡Justicia para Sergio, Jerhy y los Pueblos Originarios!
Cándido Amador Espinoza tiene años trabajando en chapia en Agroindustrial Piñas del Bosque S.A. – Finca Muelle, subsidiaria de Standard Fruit Company | Dole. El pasado fin de semana fue internado en el hospital, después de que la empresa se rehusara a aplicar las medidas médicas señaladas por el seguro social para preservar su salud.
Giorgio Trucchi / Con Obeth Morales
“Don Cándido viene padeciendo de problemas del corazón y solicitamos a la empresa su traslado a otra área de trabajo. Lamentablemente el procedimiento es muy largo y engorroso y la empresa no hace nada para agilizarlo, más si eres del sindicato”, dijo Obeth Morales, secretario general del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Agroindustria y Afines (Sinatraa).
Agroindustrial Piñas del Bosque (Dole) acostumbra solicitar una certificación médica del especialista que está atendiendo al trabajador en la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), donde se indique cuáles son las restricciones médicas, por cuanto tiempo y qué tipo de labores puede desempeñar.
“Obviamente el especialista sólo puede indicar los padecimientos del trabajador y pide que sea el doctor de la empresa a decidir qué labores puede hacer. De hecho lo que ocurre es que todo se vuelve muy engorroso y pasan meses antes de la reubicación”, manifestó Morales.
En el caso de Cándido Amador, su padecimiento cardíaco está relacionado con una intoxicación con agrotóxicos sufrida en los piñales de Dole.
Tuvo que ser internado en varias oportunidades, sin embargo la empresa nunca hizo efectiva su reubicación, y Cándido sigue expuesto a los efectos de las fumigaciones y a recaídas.
Además, chapear (desmalezar) es una labor muy pesada y esto empeora su condición.
El directivo sindical explicó a La Rel que hay varios compañeros que sufren situaciones muy similares.
“Javier Zúniga, con graves problemas de la columna, tiene dos meses esperando que lo reubiquen. También tenemos a Oscar, Hilda y muchos más que sufren de desgaste en las articulaciones y la empresa no actúa
Mientras tanto los tienen haciendo cualquier tipo de labor, desatendiendo las restricciones médicas. Esto es vergonzoso”, dijo Morales.
Hostigamiento, acoso y represión laboral
Una situación que por un lado evidencia la persistente insensibilidad de Dole y la crueldad de su sistema de relaciones laborales y, por el otro, demuestra la absoluta ineficiencia y complicidad de las autoridades costarricenses.
“El año pasado realizamos una reunión tripartita a la que también participó la Federación Nacional de Trabajadores de la Agroindustria y Afines (Fentrag) y la Rel-UITA.
Presentamos una lista de los padecimientos y enfermedades que sufren trabajadores y trabajadoras, pero al final la empresa no quiso establecer un procedimiento expedito para atender los asuntos de salud.
Las autoridades se quedaron calladas y lo poco que acordamos no sirvió para nada. Los problemas siguieron iguales o hasta peores”, aseveró el secretario general del Sinatraa.
Para él, tanto el caso de Cándido Amador como el de muchos otros compañeros enfermos tienen también profundos rasgos antisindicales.
“Todos son afiliados al sindicato y les ‘cobran’ las luchas que han emprendido en estos años en defensa de los derechos laborales y sindicales.
Recientemente, por haber exigido que se les brindara el transporte para llegar a los lugares de trabajo, la empresa ha desencadenado una fuerte represalia.
Hostigamiento, acoso y represión laboral sólo son algunas de las formas sistematizadas de persecución antisindical “, concluyó Morales.
El pasado 6 de mayo se llevó a cabo la Audiencia Pública ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) de medidas provisionales para las y los integrantes del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH) y de la Comisión Permanente de Derechos Humanos (CPDH). A la audiencia se presentaron las personas beneficiarias de las medidas, sus representantes legales, y Wendy Morales Urbina, Procuradora General de Nicaragua.
El Estado debió rendir cuentas ante la Corte por la violencia que sufren personas defensoras beneficiarias de medidas de protección. Aunque se esperaba que se expresara sobre las acciones implementadas para garantizar los derechos de las personas defensoras, el discurso de Morales fue de estigmatización y violencia.
“La Procuradora, en una tácita aceptación del hostigamiento dijo que la vigilancia policial que mantuvieron frente a las instalaciones del CENIDH, así como la que me sigue a todas partes, se hace para protegernos; pero no mencionó que luego el gobierno nos sacó y usurpó nuestras instalaciones, ni reconoce que es la misma policía la que obstaculiza nuestra labor”, comentó la Dra. Vilma Núñez de Escorcia, presidenta del CENIDH. Además, expuso el intenso hostigamiento que recibe por parte de la policía que la vigilan y siguen constantemente, aún en momentos privados.
Por su parte, Gonzalo Carrión, presidente del Colectivo de Derechos Humanos Nicaragua Nunca Más, se refirió a las descalificaciones que hizo la Procuradora sobre el hecho de que él mismo y varias personas que integraban el CENIDH, se vieron forzados al exilio. “El nuestro no es un caso aislado, cientos de miles de nicaragüenses han tenido que salir del país para resguardar sus vidas, y quienes se han quedado en Nicaragua, como doña Vilma, se encuentran en peligro todos los días”.
La Corte IDH, ya ha indicado que los Estados deben reconocer los riesgos inherentes a la labor de defensa y los insta a elaborar mecanismos de protección y protocolos de investigación en casos de riesgo, amenazas y agresiones a defensores y defensoras de derechos humanos
Las peticionarias esperan que la Corte IDH requiera al Estado que se abstenga de seguir ejecutando acciones que ponen en peligro los derechos de las personas beneficiarias y que asegure un ambiente propicio para la defensa de derechos humanos, así como cesar las campañas de hostigamiento en contra las personas defensoras.
La directora del programa de Centroamérica y México del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional, Claudia Paz y Paz, recordó que han transcurrido 18 meses desde que la Corte IDH otorgó medidas de protección al CENIDH y a la CPDH, sin que el Estado de Nicaragua haya adoptado acciones para proteger la vida y la integridad de las personas beneficiarias.
Información compartida a SURCOS por Seidy Salas del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional.
SURCOS comparte la siguiente información enviada por Elides Rivera:
La resolución adjunta “que llegó ayer del caso de Kono Ju en China Kichá. El Juez aceptó el escrito que presentamos para modificar la medida cautelar de desalojo por pérdida de interés (buscaba proteger el ganado pero ya no había ganado), por lo que ya no tendrán que salir las personas indígenas de Kono Ju.
En la resolución se lee, POR TANTO:
“En mérito de lo expuesto se acoge la solicitud de modificación de medida cautelar. Al existir cambio de circunstancias se modifica la medida cautelar ordenada mediante voto número 288-F-2020 y en su lugar se ordena la siguiente medida cautelar: Se prohíbe a ADONAY SEGURA MORALES… introducir mejoras, accesiones y transformar más la naturaleza del inmueble… Todo bajo el entendido que en caso de desobediencia se les seguirá causa por el delito de desobediencia a la autoridad… Lic. Jean Carlos Céspedes Mora. – Juez(a).”
SURCOS comparte el siguiente comunicado de Coordinadora de Lucha Sur Sur-CLSS
– El incendio inició en el playón del río El General en la recuperación cabécar de Kono Jú. Este es el segundo incendio en dos días consecutivos.
Jueves 4 de marzo. Aproximadamente a la 1:20 p.m. recuperadores y recuperadoras cabécares de Kono Jú identificaron un nuevo incendio en la recuperación. Esta vez el incendio inició en el playón del Río General, 2 kilómetros al sur del corral. Aún no ha sido controlado y el fuego se sigue extendiendo.
Los recuperadores reportan que un sujeto en actitud sospechosa fue visto dentro de la recuperación. El mismo fue interceptado por uno de los recuperadores, a quién dijo no haber visto nada y que sólo se encontraba pescando. El sujeto se llama Andrés Fernández Umaña, no pertenece al Pueblo Cabécar. participó en el ataque del 07 de marzo del 2020 y era peón de Gilberth Fernández; dueño de MUSOC y GAFESO, ex usurpador de la recuperación cabécar Sekeirö Kaska.
Este es el segundo incendio reportado. El primero fue el día de ayer alrededor de las 5 p.m. a 800 metros sur del salón comunal de Kono Jú. Al ser las 3 p.m. se han apersonado únicamente 2 oficiales de la Fuerza Pública. Los bomberos no se han hecho presentes, a pesar de que los y las recuperadoras reportaron el incidente a pocos minutos de ser identificado.
Desde la escalada de violencia en febrero-marzo del 2020, la Coordinadora de Lucha Sur Sur identificó a los incendios como formas de hostigamiento y violencia contra los Pueblos Originarios. Este mecanismo fue ampliamente utilizado el año pasado contra los y las recuperadoras de distintos Territorios.
Exigimos:
-A la Fuerza Pública realizar las diligencias necesarias sobre Andres Fernández Umaña, para establecer la responsabilidad o no de este sujeto en la provocación del incendio. Al ser las 4:20 p.m. el sujeto se encuentra en la junta del Río Jabonal y el General.
– Que el Estado garantice nuestra integridad física y territorial, además de nuestras vidas.
– Que el Estado tome todas las medidas necesarias para que estas acciones de violencia contra los y las recuperadoras cabécares y nuestro Territorio se detengan y los responsables sean judicializados. Es responsabilidad del Estado si en 2021 nos vemos en medio de una escalada de violencia como la del año anterior (2020)
Recuperadoras y recuperadores cabécares de Kono Jú. Coordinadora de Lucha Sur Sur.