Si bien algunos de los que se ensuciaron con sangre las manos hoy están en la cárcel, no se hace honor a la vida de Jairo. La impunidad continúa porque la playa sigue desprotegida, el crimen se perpetúa una tras otra vez porque hoy Playa Moín no está siendo conservada si no destruida, industrializada, el humedal de Moín ya fue partido en dos para hacer una calle y un puerto cuya necesidad de existir es cuestionable.
El motivo por la cual Jairo fue asesinado fue el obstáculo que él y cualquier acción en defensa de las tortugas y su hábitat representaba para diversos intereses. El “estorbo” ya no existe.
Pero este es sólo uno de más de una decena de megaproyectos para Moín por más de 4980 millones de dólares. Ahí están los intereses que se pudieron sentir más incomodos con el trabajo de Jairo. Y más allá de Moín, esa es una de las tantas playas que pertenecen al narco, al turismo depredador, a la invasión de la milla marítima y la zona pública.
El siguiente cuadro resume los 10 megaproyectos por más de 4983.3 millones de dólares que se planifican o se amplían en Moín.
Cuadro 1. Resume los 10 megaproyectos que se planifican o se amplían en Moín
Proyecto
Inversión (millones dólares )
Impactos ambientales
Marina Isla Moín
450
Implica construir una ciudad para 7000 personas con condominios, un hotel, villas con vista al mar, casas, y además y locales comerciales. Dos marinas para 500 barcos. Todo un sector de alta fragilidad e invadiendo parte del Humedal Nacional Cariari.
Ampliación del Muelle petrolero
100
Contaminación, posibles derrames de hidrocarburos, aumento del tamaño de barcos y posibles derrames de petróleo
Refinería
1500
Posibilidad de exploración por Petrochina, posibles derrames, contaminación ambiental y retraso de inversiones de energías renovables
Plataforma exploratoria
De 3 a 10
Extracción de petróleo y gas, posibles derrames de petróleo, contaminación.
Megapuerto de Transferencia del Atlántico( AMEGA)
1100
Dragado del lecho marino, modificación de las condiciones del suelo marino, aumento del tráfico de barcos y servicios comentarios en la costa.
Proyecto Terminal de contenedores de Moín
992.2
Afectación al Humedal Cariari, construcción de una isla artificial, cambios en la morfología de la costa, impacto por sedimentación y erosión en las playas y las condiciones de vida de las tortugas, dragado.
Carretera de ingreso al puerto APM
6.1
Cortara en dos la zona del Humedal Cariari tanto por la carretera como directamente un puente sobre el río Moín
Sistema ferroviario y puntas logísticas
445
Aumento de actividades comerciales en la zona de Moín,
Modernización portuaria
70
Aumento del tránsito de barcos y actividades complementarias de servicio
Zona franca y parque industrial
50
Aumento de presión inmobiliaria en tierras cercanas a Moín y aumento de servicios complementarios.
Terminal de importación y almacenamiento del gas natural
200
En sus planos de opciones hay un relleno de la costa de Moín y desvió de del río Moín (Humedal Cariarí) y presión por la explotación del gas en el país.
Se une a estos proyectos uno de megaturismo que terminará de destruir la playa que es una de las zonas de mayor importancia ecológica para las tortugas, que corresponde según el trabajo de Jairo al área de mayor desove de baulas.
Se trata de un desastre, más que un desarrollo de $400 millones llamado “Casino City Caribe” a cargo de Patti Rao Projects, contempla tres hoteles con 264 habitaciones, tres casinos, 219 apartamentos, dos centros de convenciones, un complejo de entretenimiento, un centro de negocio, helipuerto, una marina y acceso a la playa. Según un publireportaje “El plan maestro, que contempla siete proyectos inmobiliarios, ya está aprobado por la municipalidad de Matina y tiene el visto bueno del Instituto Costarricense de Turismo y el Ministerio de Ambiente y Energía”(La República,26-4-2018).
El pasado 19 de marzo pasado una tortuga baula apareció en media pista del aeropuerto de Limón, no nos queda duda que venía huyendo del desastre de playa Moín donde han perdido al menos 5 hectáreas de playa por la construcción del megamuelle de APM Terminal (Semanario Universidad, 21-2-2018), recién comenzaba la temporada de anidación de la baula y las miles de tortugas que registró Jairo Mora y mucha otras podrían estar corriendo la misma suerte del ecologista. Jairo Mora trabajó de manera sistemática desde 2012 y logró identificar en Moín alrededor de 1474 nidos de tortugas baula, lo que demostró que esa playa se convirtió en uno de los sitios de mayor anidación en el país, más que una zona protegida como el Parque Nacional Marino Las Baulas en Guanacaste, donde se encontraron algo más de 200 nidos.
Fuente: Área de Conservación Tortuguero (ACTo) 2018.
De hecho, una fuente anónima nos dijo que la marca de la tortuga es de playa Moín, sin duda el importante trabajo de Jairo Mora permitió iniciar el proceso para convertir la playa de Moín en área protegida por su gran importancia de anidación a finales de la administración tras anterior y fue completamente olvidado por el pasado gobierno ¿fue olvidado también su asesinato?
Pronunciamiento del Centro de Investigación en Cultura y Desarrollo (CICDE) de la UNED
En América Latina perviven actualmente cerca de 650 pueblos indígenas, 60 de los cuales se localizan en Centroamérica, y 8 en Costa Rica. En Centroamérica representan aproximadamente un 17% de la población y un 2,5% para el caso de nuestro país.
El artículo 1º del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) establece que un pueblo se considera indígena “por el hecho de descender de las poblaciones que habitaban en el país o en una región geográfica a la que pertenece el país en la época de la conquista, de la colonización o del establecimiento de las actuales fronteras estatales y que, cualquiera sea su situación jurídica, que conservan todas sus propias instituciones sociales, culturales, económicas y políticas o parte de ellas”. Además indica que “la conciencia de su identidad indígena o tribal deberá considerarse un criterio fundamental” para determinar la pertenencia a estos pueblos.
La riqueza y diversidad cultural de los pueblos indígenas se expresa en la multiplicidad de idiomas, prácticas culturales y productivas, formas de gobierno propio y en diversas cosmovisiones y espiritualidades, todo lo cual mantiene vigencia a pesar de la violencia permanente que sufren, y la negación que se ejerce sobre sus culturas y cosmovisiones.
El territorio tiene para estos pueblos una importancia singular: es el lugar donde estos crean y recrean su cultura, espiritualidad, vida y en general, su identidad indígena; es el espacio vital donde se desarrolla la comunidad y se interactúa con el resto de seres vivos y con el universo. Sin embargo, desde la Colonia los pueblos indígenas han sufrido el despojo de sus tierras, algo que sigue viviéndose en la realidad costarricense actual.
Es importante recalcar que el Estado costarricense ha asumido, múltiples compromisos internacionales relacionados con pueblos indígenas, entre los que cabe destacar los siguientes:
1) Los convenios 107 y 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), “Sobre los derechos de los pueblos indígenas y Tribales en países independientes”, ratificado por Costa Rica en 1959 y 1992, respectivamente, ambos con rango constitucional;
2) La Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas (ONU), firmada en el 2007;
3) La Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas de la Organización de Estados Americanos (OEA), firmada en el 2016;
4) La “Convención Interamericana contra el Racismo, la Discriminación Racial y Formas Conexas de Intolerancia”, que Costa Rica fue el primer país de América en aprobar en 2013.
5) A nivel nacional, el país dio reconocimiento a los derechos territoriales indígenas desde 1939, mediante la Ley Nº 39 de Terrenos Baldíos, en la que se declara la inalienabilidad de las tierras ocupadas por estos pueblos.
6) A partir de 1956 varios decretos ejecutivos establecen las llamadas Reservas Indígenas, que son tierras de propiedad colectiva reconocidas por el Estado como territorios indígenas. A la fecha suman 24, en diferentes cantones del país.
7) En 1977, mediante la Ley 6172, conocida como Ley Indígena, el Estado costarricense estableció el carácter inalienable, intransferible e imprescriptible de sus territorios y se comprometió a restituirles las tierras que, estando dentro de ellos, se encontraran en manos de población no indígena, así como a protegerlos de nuevas invasiones. A cargo del cumplimiento de ese objetivo quedaron el Instituto de Tierras y Colonización, hoy Instituto de Desarrollo Rural (INDER) y a la Comisión Nacional Indígena (CONAI).
8) En el 2015, mediante reforma del artículo 1º de su Constitución Política, el Estado Costarricense declara que somos una “República democrática, libre, independiente, multiétnica y pluricultural”.
No hay, sin embargo, correspondencia entre estos avances en el nivel jurídico-normativo y de las prácticas sociales y estatales reales, lo cual se evidencia claramente en relación con la situación de tenencia de la tierra. El problema es extremadamente grave: de los territorios indígenas, entre un 50% y hasta en un 90% -en algunos casos como Térraba, China Kichá y Altos de San Antonio- están en posesión de personas no indígenas, o bien regidos por una institucionalidad de gobierno local bajo control gubernamental, como es el caso de las Asociaciones de Desarrollo Comunal. Se desconocen así las instancias de gobierno propias de las comunidades indígenas, lo que también violenta los compromisos adquiridos.
Reconocemos algunos esfuerzos, positivos pero dispersos, principalmente en el nivel educativo, o la reciente directriz 042-MP Mecanismo de Consulta a Pueblos Indígenas, los cuales sin embargo resultan muy limitados, dada la efectiva ausencia de políticas públicas interculturales y de acción afirmativa para estas poblaciones y la persistente negativa por parte de la Asamblea Legislativa durante los últimos 24 años, a votar el proyecto “Ley de Desarrollo Autónomo de los Pueblos Indígenas”, Expediente Legislativo No. 14.352, aun cuando este cuenta con un amplio proceso de consulta tutelado por la propia Asamblea Legislativa y el Tribunal Supremo de Elecciones y el correspondiente aval de la Oficina de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa ( 2009).
Esta brecha en la implementación de los derechos de estos pueblos ha sido denunciada por las propias organizaciones y comunidades indígenas, por la Defensoría de los Habitantes y por el Relator de las Naciones Unidas para los Derechos de los Pueblos Indígenas. Son denunciadas reiteradas a lo largo de varios gobiernos, sin que se registren avances significativos.
Ante estas históricas deudas del Estado costarricense en relación con sus derechos territoriales, los pueblos bribri y bröran del Cantón de Buenos Aires han decidido recuperar su territorio.
Indígenas bröran decidieron tomar posesión de la finca llamada POTOMAC, rebautizada CRUN SHURIN, teniendo como respaldo la Ley Indígena y una resolución de la Sala I de la Corte Suprema de Justicia de 1990, no ejecutada hasta el momento, la cual establece que esta finca es parte del territorio indígena de Térraba. Desde hace varias semanas, un grupo de unas 16 familias de ese pueblo se mantienen en el lugar. Se trata de aproximadamente 1000 hectáreas actualmente subutilizadas, en posesión ilegal por parte de no indígenas que viven fuera de la región, que serán reocupadas con fines de subsistencia y vida comunitaria bröran.
Estas acciones en Térraba se unen a las realizadas en Salitre y en Cabagra en los últimos ocho años, lapso durante el cual el Estado costarricense no ha hecho avance alguno en la regularización de la tenencia de los territorios indígenas de la región. Es decir, no se ha procedido, como corresponde, a una clara demarcación de los límites del territorio, la constatación de la legalidad de la posesión de las tierras, o su devolución a los pueblos indígenas. Se incumplen así los múltiples compromisos que asumió el gobierno recién concluido, sobre todo teniendo presente la violencia suscitada en Salitre y Cabagra por parte de personas no-indígenas. Se han dado agresiones y amenazas diversas, quemas de casas, destrucción de cultivos, persecuciones, uso de armas, sin que hasta el momento haya nadie detenido ni sancionado. Ello pone en evidencia el grado de impunidad así como la ineficacia de la acción del Estado y el desinterés de las altas autoridades políticas.
La inseguridad y la amenaza contra la integridad de las personas indígenas son evidentes, durante y después de las recuperaciones. Se hace urgente la atención efectiva del Estado costarricense en sus diferentes instancias, tanto administrativas, legislativas como judiciales y de todas sus instituciones, sean ministeriales o autónomas, para resolver, como corresponde y con la urgencia del caso, las necesidades y demandas conforme a los derechos colectivos de estos pueblos.
El Centro de Investigación en Cultura y Desarrollo (CICDE), unidad de investigación científica adscrita a la Vicerrectoría de Investigación de la Universidad Estatal a Distancia (UNED) hace un llamado respetuoso pero vehemente al nuevo Gobierno de la República, al Poder Judicial y a las señoras y señores diputados, así como a las autoridades de las diferentes instancias políticas y técnicas involucradas en el saneamiento y seguridad de los territorios, para que se actúe conforme al marco de derechos indígenas, especialmente la Ley Indígena, el Convenio 169 de la OIT, la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU y de la OEA y la atención a las Medidas Cautelares impuestas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos al gobierno de Costa Rica desde el 30 de Abril del 2015, de manera que se proceda a lo siguiente:
– Garantizar la seguridad, protección e integridad física y patrimonial de las familias bröran y bribris, que han recuperado territorios indígenas en diferentes lugares del cantón de Buenos Aires.
– Emprender e incrementar, con toda celeridad, las acciones institucionales pertinentes y eficaces para la atención de la situación de conflicto, tanto en sus aspectos de atención inmediata y urgente, como en sus aspectos estructurales, que permitan aplicar medidas efectivas para la regularización en la tenencia y la seguridad de los territorios indígenas, incluyendo el reconocimiento de los derechos autonómicos de estos pueblos sobre estos territorios.
– Implementar la Medida Cautelar Nº 321-12 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA en relación con los pueblos y territorios indígenas de Buenos Aires.
– Armonizar la legislación nacional conforme a los derechos reconocidos internacionalmente y con los que el país se ha comprometido, y establecer los correspondientes mecanismos de aplicación efectiva.
– Aplicar las Reglas de Brasilia para garantizar el acceso a la justicia a los pueblos indígenas costarricenses.
– Retomar el diálogo directo y eficaz entre el gobierno y los pueblos y territorios indígenas para el desarrollo de políticas públicas interculturales.
– Ejecutar los múltiples acuerdos establecidos entre las diferentes instancias del Estado y los pueblos y territorios indígenas.
– Realizar los desalojos administrativos ya aprobados, pendientes de ejecución desde el 2014.
Atentamente
Dr. Luis Paulino Vargas Solís
Director
Centro de Investigación en Cultura y Desarrollo (CICDE)
El Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer “Convención de Belém do Pará” (MESECVI), ha sido informado sobre las preocupantes cifras de femicidios y sobre la proliferación de discursos de odio contra las mujeres en Costa Rica en el marco del pasado proceso electoral.
En este contexto, el Comité expresa su profunda preocupación por el asesinato de 9 mujeres en lo que va del año, de los cuales 7 han ocurrido en el mes de marzo, paralelo al contexto electoral de ese momento. Cabe recordar que en su Declaración sobre el Femicidio, el Comité señala que los altos índices de violencia contra las mujeres, su limitado o nulo acceso a la justicia, la impunidad que prevalece en los casos y la persistencia de patrones socioculturales discriminatorios, entre otras causas, inciden en el aumento de muertes de mujeres.
Paralelamente, el Comité expresa su preocupación por la proliferación de discursos morales y/o religiosos que fomentan la violencia, la discriminación y la inseguridad contra las mujeres. El Comité ha sido enfático en señalar que la discriminación y la violencia contra las mujeres constituyen violaciones a los derechos humanos, por lo que no resultan admisibles justificaciones basadas en creencias o valores religiosos.
Para el Comité, estos discursos confunden a la sociedad, promueven inseguridad y total indefensión a las mujeres víctimas de violencia, justifican las discriminaciones y las prácticas nocivas contra ellas, profundizan el machismo y la misoginia, fomentan una cultura de intolerancia que afecta a la convivencia democrática, refuerzan y perpetúan estereotipos y roles de género discriminatorios, y legitiman la violencia contra las mujeres. Ante esta grave situación que viven miles de mujeres en la región, el Comité ha manifestado su preocupación a través de la Declaración sobe la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres como Bien de la Humanidad.
Al mismo tiempo, el Comité expresa su preocupación por la presentación en la Asamblea Legislativa de un proyecto para transformar el Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU) en un instituto de la familia. El INAMU es el organismo a cargo de la protección de las mujeres y el combate de la violencia y la discriminación contra ellas, y su transformación pone en riesgo el cumplimiento de las responsabilidades asumidas por el Estado al ratificar la Convención de Belém do Pará.
Por lo tanto, el Comité incentiva la profundización y la difusión de conocimientos con perspectiva de género y el fortalecimiento del Estado Laico. Conjuntamente, se insta al Estado a condenar todas las formas de violencia contra las mujeres por todos los medios apropiados y sin dilaciones de ninguna índole y continuar profundizando las políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar dicha violencia, tal como lo establece el artículo 7 de la Convención de Belém do Pará. Por último, el Comité reitera el llamado a adaptarse a los compromisos emanados por esta Convención, instrumento internacional suscrito y ratificado por Costa Rica.
El Comité de Expertas es el órgano técnico del MESECVI, responsable del análisis y evaluación del proceso de implementación de la Convención de Belém do Pará. Está integrado por Expertas independientes, designadas por cada uno de los Estados Parte entre sus nacionales, quienes ejercen sus funciones a título personal.
Desde varios años una marcada tendencia del aparato represivo del Estado en América Latina tiende a considerar como delincuentes y a acusar por delitos penales (desobediencia a la autoridad, bloqueo de calle, violencia callejera) a líderes comunitarios, indígenas, campesinos, ecologistas, sindicales y estudiantiles. En este informe sobre la situación de los derechos humanos en Argentina del 2012 elaborado por el CELS se lee por ejemplo que:
«El respeto por los derechos de las personas que demandan públicamente al Estado implica proteger su integridad física –responsabilidad más amplia, por otra parte, que la de “no reprimir”– y reconocer la legitimidad de estas acciones de modo que no prime el abordaje criminalizante del poder judicial, algo que en 2011 han padecido numerosos referentes sociales bajo figuras penales diversas. A la ya tradicional persecución penal por el corte de rutas se sumaron muchas otras. Incluso en algunos casos se los ha sometido a procesos en los que se pretende responsabilizarlos por las represiones que ellos mismos habían padecido. El ministro de la Corte Suprema de Justicia Raúl Zaffaroni hizo un significativo pronunciamiento público al respecto al afirmar que, a su juicio, se trata de meras contravenciones y no de delitos, salvo los casos en que una protesta ponga en riesgo o peligro la vida o la integridad física» (p. 24).
Un informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (véase texto) del 2015 presentó la situación de los defensores de los derechos humanos en el continente, quiénes son objeto de diversas acciones tendientes a criminalizar su labor, de la misma forma que la de sindicalistas, campesinos, ecologistas, indígenas y demás entidades sociales.
En Costa Rica, con ocasión de un conversatorio realizado en el 2013 en la sede de la Universidad de Costa Rica (UCR), se hizo ver que la tendencia observada en Chile, en Guatemala y Perú también se podía apreciar en Costa Rica (véase nota del Semanario Universidad). En junio del 2015, el Consejo Universitario de la UCR reafirmó públicamente su profundo repudio a cualquier forma de criminalización de la protesta social (véase pronunciamiento).
El sector ambiental en Costa Rica: un sector expuesto
De los diversos sectores sociales, el sector ambiental en Costa Rica es el que ha denunciado y hecho público con mayor determinación las diversas formas de intimidación de la que son a menudo objeto sus integrantes (véase nota detallada elaborada por Kioscos Ambientales / UCR del 2012). A pocos días de acaecida la muerte de un joven biólogo apasionado por la tortugas marinas, Jairo Mora Sandoval, en la playa de Moín, un artículo del 2013 del profesor Álvaro Sagot titulado «¿Es peligroso ser ambientalista en Costa Rica?» mantiene una interrogante de una sorprendente actualidad. A tres años de la muerte de Jairo Mora, nos permitimos hacer ver algunos pendientes irresueltos que plantea este caso (véase artículo publicado en Informa-tico).
Todo ello se inscribe dentro de una cuestionable deriva en la región latinoamericana, la cual, mediante diversas reformas penales, busca acercar el derecho penal a la protesta social, con la finalidad de inhibir a los ciudadanos en la defensa colectiva de sus derechos. Un reciente caso, de una muy larga lista, lo constituye el juicio en Perú contra una quincena de líderes comunitarios opuestos al proyecto minero Conga (véase nota de Pressenza).
Foto extraída de artículo de prensa del Semanario Universidad del 2015, titulado «Juez ordena juicio contra un profesor y dos estudiantes de UCR arrestados en 2012 Cinco de los seis imputados tras protesta en defensa de la CCSS del 8 de noviembre del 2012 irán a juicio».
Una peligrosa deriva discursiva de las autoridades
En años recientes, declaraciones de las máximas autoridades costarricenses denotan una deriva discursiva sumamente preocupante. El bloqueo de un puente por parte de familias campesinas desalojadas en febrero del 2016 en el Sur de Costa Rica dio lugar a una violenta acción policial, plenamente justificada, según el Presidente de Costa Rica, quién brindó declaraciones (en nuestra opinión infortunadas) sobre lo que denominó «los que buscan camorra» (véase nota de La Nación).
En octubre del 2010, su antecesora al cargo había llamado a los integrantes de la Cámara de Ganaderos de San Carlos a «ayudarla a luchar» contra sectores ecologistas, causando estupor en gran parte de las organizaciones sociales costarricenses. Nótese que esta insólita arenga presidencial nunca fue objeto de aclaración o rectificación alguna. En los meses siguientes, la misma Presidenta arremetió contra los «malos costarricenses» opuestos a la construcción en condiciones sumamente cuestionables de la denominada «trocha fronteriza»: la lectura del fallo de la Corte Internacional de Justicia en diciembre del 2015 evidenciaría cuán correcta fue la posición de las (pocas ) voces que se alzaron en contra de este ocurrente proyecto (véase declaraciones del jurista Álvaro Sagot en el programa radial Nuestra Voz de Amelia Rueda) (Nota 1).
En el caso del cuestionado proyecto minero Crucitas, apoyado por las autoridades costarricenses sin mayor reserva, muchas e interesantes coincidencias se dieron: por ejemplo, el segundo día de una memorable audiencia en la Sala Constitucional en noviembre del 2009 coincidió con la publicación de un artículo titulado «La mayor amenaza ambiental – El dragado del río San Juan afecta el río Colorado y los humedales» suscrito por dos asesores del Ministerio de Relaciones Exteriores de Costa Rica en La Nación del 18.11.2009; la misma lluviosa tarde del 24 de noviembre del 2010 en la que el Tribunal Contencioso Administrativo (TCA) daba a conocer el portanto de su sentencia, el Ministerio de Relaciones Exteriores convocaba a una reunión de organizaciones ecologistas sobre el dragado efectuado por Nicaragua en Isla Portillos.
Muertes de ecologistas e impunidad rampante
Con relación a los casos de asesinatos de ecologistas en Costa Rica, en los que el aparato represor estatal se destaca por su ineficacia, leemos en el informe elaborado a raíz de su visita a Costa Rica en el 2013, que el experto independiente de Naciones Unidas sobre Ambiente y Derechos Humanos, John Knox, había recomendado a las autoridades que:
«El Gobierno considera que las iniciativas tales como las comisiones de la verdad son innecesarias en un Estado que tiene un fuerte poder judicial, como es el caso de Costa Rica. Sin embargo, incluso la mejor de las judicaturas solo puede conocer de los casos que se le presentan. Por lo general no está facultada para estudiar los cuadros de amenazas y actos de violencia durante un período prolongado y formular recomendaciones para hacerles frente, lo que sí hacen las comisiones de investigación independientes».
(Véase informe A/HRC/25/53/Add.1 del 8 de abril del 2014, pocamente divulgado por las autoridades de Costa Rica, y reproducido en este enlace de DerechoAlDia, punto 57).
Al conmemorarse un año de la muerte de la líder indígena hondureña Berta Cáceres, el clima prevaleciente de impunidad en este caso recuerda mucho el de ecologistas asesinados en Costa Rica (Nota 2).
La protesta social ante los tribunales penales: un ejemplo reciente
Recientemente concluyó (con la desestimación de la causa penal) un vergonzoso caso en Costa Rica en el que estaban acusados por la Fiscalía General de la República (FGR) profesores y estudiantes de la UCR: ¿su «delito»? El haber participado activamente en una marcha en noviembre del 2012 en defensa de una entidad pública insigne en Costa Rica, la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS). Parte de las supuestas «pruebas» presentadas por la FGR se basaron en testimonios de los mismos integrantes de las fuerzas de seguridad, exhibiendo una peligrosa deriva que han usado los aparatos represivos en Chile, Honduras, Perú y Guatemala (véase nota de Teletica del 22 de mayo del 2017). En esta otra nota publicada por NODAL (Argentina) en el 2015, se lee que: «El 08 de noviembre de 2012 finalizó con la detención ilegal de 35 personas, de las cuales 1 persona fue presentada esa misma noche en el Juzgado de Flagrancia y fue absuelta una semana después; al menos 10 personas fueron presentadas en el Juzgado Contravencional donde fueron juzgadas y declaradas libres de toda culpa, sin embargo 5 de estas personas agredidas y detenidas injustamente hoy enfrentan juicios políticos en su contra con cargos penales por sólo el hecho de estar en la manifestación por la defensa de la CCSS ese día».
Nótese que la FGR se muestra muy presta para acusar penalmente a manifestantes que exigen el respeto a sus derechos, pero se muestra mucho menos eficiente a la hora de acusar a funcionarios públicos responsables de graves irregularidades: en este artículo del 2012 sobre la insensatez del desarrollo inmobiliario en Guanacaste y el repudio de las comunidades a esta política, se lee que: «Gadi Amit, dirigente de la organización Confraternidad Guanacasteca, dijo que parece mentira, pero a pesar de todas las irregularidades comprobadas, ninguno de los funcionarios corruptos ha sido llevado a la justicia. Los únicos que fueron acusados penalmente son los compañeros de Sardinal que fueron detenidos por la policía en las manifestaciones contra el acueducto. Cuatro miembros del comité de defensa del agua de Sardinal fueron sobreseídos, pero otros cuatro, por inadecuada asesoría legal, se declararon culpables y fueron condenados a una multa, añadió».
La protesta social ante un debate público
En el marco del Primer Foro Inter-Institucional del 2017 de la UCR titulado Libertad de Expresión, Comunicación y Democracia (véase nota con programa completo y formulario de inscripción editada por Surcos Digital), una mesa redonda será dedicada al tema de la protesta social en Costa Rica, analizando la situación de quiénes, Constitución en mano muchas veces, claman por el respeto a sus legítimos derechos ante la sinrazón estatal y la voracidad de algunos sectores a los que poco interesa el bienestar de una comunidad y los recursos naturales que las rodean (y mucho menos los derechos que los asisten).
También se abordarán algunas figuras legales en materia penal que, de manera más sutil, buscan inhibir e intimidar a quiénes alzan la voz en Costa Rica. En esta nota de Radio Mundo Real (Uruguay) del 2010 sobre un juicio por presunta difamación contra el líder comunitario y sindical Carlos Arguedas por parte de una empresa piñera operando en Siquirres, se lee que:
«Como ser humano, como cristiano y como padre de familia que tengo mis retoños dándome muchos nietos, no estoy en condición de permitir que esta empresa quede impune ante tanto daño a la comunidad”, señala Arguedas en su misiva dirigida a las comunidades de El Cairo, Luisiana y La Francia».
En este enlace de FECON se detallan los daños causados a la comunidad por parte de la empresa piñera. En siete ocasiones, los abogados de la empresa piñera no se presentaron a las audiencias convocadas por el juez penal, y Carlos Arguedas falleció en el 2011 sin que el juicio reanudara.
La «técnica» consistiendo en ausentarse de audiencias por parte de empresas que demandan a personas se volvió a verificar cuando la empresa minera canadiense Infinito Gold acusó penalmente en el 2011 por presunta difamación a un lider comunitario, a dos profesores universitarios y a dos diputados. En un artículo de opinión suscrito por tres de los acusados titulado «Audiencias con el Infinito: ausencias…», se lee que:
«los suscritos quisiéramos hacer ver que estas ausencias repetidas nos impiden, en el marco de una audiencia, demostrar ante el sistema judicial costarricense que lo expresado por cada uno de nosotros tiene amplio asidero probatorio, motivo por el cual no encontramos razón alguna para retractarnos». De igual manera, nos impide hacer ver a los jueces que, lejos de “engañar al pueblo de Costa Rica en forma canallesca”, o de tener alguna animadversión particular que califique como “animus difamandi” para con la imagen de la empresa querellante (tal como lo indican estas demandas en nuestra contra) nuestra conducta siempre buscó desmenuzar, con base en el conocimiento técnico, científico y jurídico, aspectos del discurso de las autoridades de turno y de la empresa que buscaron minimizar muy convenientemente».
A continuación, remitimos el lector al programa del foro que tendrá lugar sobre la protesta social este próximo 14 de junio del 2017 en la sede central de la UCR Rodrigo Facio:
Cuarta Mesa Redonda, miércoles 14 de junio del 2017, 10:30 a.m. a 12:30. Auditorio CICAP, UCR
“Protesta social como manifestación de la libertad de expresión”
Primera exposición: Dr. Jorge Lobo Segura, Catedrático Escuela de Biología, UCR
Segunda exposición: Dr. Nicolás Boeglin Naumovic, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, UCR
Comentarista: Licda. Eva Carazo Vargas, investigadora, Centro de Investigación en Cultura y Desarrollo (CICDE), UNED
Moderador: Dr. Jorge Blanco Roldán
El debate se da en momentos en que el juez constitucional costarricense exhibe una regresión total al no querer reconocer más el derecho a la participación ciudadana en materia ambiental como un derecho humano fundamental (véase nota del Semanario Universidad de febrero del 2017 así como breve nota nuestra publicada en ese mismo sitio). Sobre este mismo retroceso de la justicia constitucional, un reciente artículo de opinión del Profesor Jorge Cabrera publicado en mayo del 2017 detalla la inconsistencia de esta línea jurisprudencial con los esfuerzos a los que Costa Rica participa en el plano regional e internacional.
Foto de protesta frente al Ministerio de Salud por intento de legalizar valores de bromacil en el agua potable en Siquirres, 2008. Foto de nuestro archivo personal. Sobre esta insólita propuesta de las autoridades sanitarias, véase artículo de Gabriela Cuadrado, «Legalización de la contaminación de aguas para consumo humano (caso del diurón y el bromacil)», Ambientico (UNA), Número 177, 2008, pp.11-12.
— Notas —
Nota 1: En este análisis del fallo de la CIJ, se incluye el listado de las pocas organizaciones sociales que criticaron en su momento las condiciones en las que se efectuaron los trabajos de construcción de este proyecto. Por tratarse de entidades que desafiaron abiertamente a las autoridades de la época, en un clima hostil ante cualquier crítica a la denominada “trocha”, merecen ser mencionadas, recordadas y reconocidas: Arte por la Paz, Asociación Ambiental del Norte de San Rafael de Heredia (Conceverde), Asociación Conservacionista Yiski, Comité Bandera Azul Ecológica de San Miguel de Santo Domingo, Comité Cívico de Cañas, Confraternidad Guanacasteca, Movimiento Patriótico Juanito Mora, Palabra Cero y la Unión Norte por la Vida (UNOVIDA) (véase texto de comunicado colectivo).
Nota 2: Véase nuestro breve artículo publicado en el medio digital Contexto.cr, titulado: «A un año del asesinato de Berta Cáceres: impunidad campante». Nótese que para la conmemoración del cuarto año de la muerte de Jairo Mora Sandoval (finales de mayo del 2017), no se oyó de alguna actividad que haya dejado rastro en la red.
(*)Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).
Distintos grupos sociales has estado realizando actividades para recordar y protestar por la impunidad en el caso de la activista hondureña Berta Cáceres asesinada hace un año. El pasado 2 de marzo en la Embajada de Honduras en La Sabana y el pasado 03 de marzo en la Rotonda de la Hispanidad.
Hasta ahora van ocho personas capturadas y señaladas como responsables del asesinato. Tres de los acusados del asesinato de Berta Cáceres recibieron entrenamiento en Estados Unidos y pertenecían a las fuerzas de inteligencia militar de Honduras de acuerdo con lo reflejado en el expediente jurídico del caso, reseña el periódico británico The Guardian.
Las últimas revelaciones sobre el asesinato de Berta Cáceres apuntan al Estado hondureño como responsable. El único testigo de la muerte de la lideresa, Gustavo Castro, señala al Estado hondureño como responsable.
Uno de los detenidos es exempleado de la empresa responsable del proyecto hidroeléctrico Agua Zarca contra el cual luchaba Berta que había recibido 33 veces amenazas de muerte.
Desde 2009, al menos 120 activistas han sido asesinados en Honduras. El país centroamericano fue declarado el lugar “más peligroso para defender el planeta”, según un informe de Global Witness. La organización denuncia una relación entre la clase política y empresarial del país y la represión y asesinato de activistas políticos en los últimos años.
Según Global Witness, entre el 2002 y el 2013, como mínimo 908 personas en todo el mundo fueron asesinadas, con tasas brutales en Perú, Honduras, Colombia, Guatemala, Brasil y México, entre otros países http://www.alainet.org/es/articulo/173493, y en 2015 al menos otras 78 personas fueron asesinadas http://internacional.elpais.com/internacional/2015/12/09/actualidad/1449685932_80796 Incluso en Costa Rica, país reconocido por su estereotipo de “verde”, se asesinó a un protector de tortugas en el 2013 y al menos otras diez personas desde 1975.
Para FECON“Esas y muchas más agresiones son evidencia clara de que los focos de violencia en América Latina y el mundo, apuntan cada vez más contra ambientalistas, indígenas, feministas , ecologistas y en general defensores de derechos humanos políticos, económicos, culturales, ligados a la protección de la naturaleza. A esto se suma la judicialización y penalización de cualquier forma de protesta social, lo cual reduce cada vez más la participación civil frente a los negocios estatales y privados y la concentración de la riqueza”.
Al conmemorarse un año de la muerte de la líder indígena hondureña Berta Cáceres, las ONG hondureñas e internacionales reclaman que se haga justicia y que se ponga fin a la impunidad rampante que rodea este asesinato (véase nota de prensa de El Heraldo).
Al momento, los órganos de la justicia hondureña han enfocado sus labores de manera muy cuestionable, en aras de identificar a los autores materiales del asesinato, sin interesarse mayormente por los comanditarios de esta violenta acción en contra de esta renombrada líder ecologista. Amnistía Internacional ha calificado recientemente de «vergonzosa» la supuesta «investigación» realizada por las autoridades hondureñas (véase comunicado). Medios de prensa, en mayo del 2016, señalaban como co-responsables a la cúpula empresarial y militar hondureña (véase artículo del Semanario Universidad). Por su parte la ONG GlobalWitness ha publicado un revelador informe sobre la alarmante situación de los defensores de derechos humanos en Honduras.
Foto extraída de nota de prensa titulada «Presuntos asesinos de Berta Cáceres pertenecían a inteligencia militar de Honduras: The Guardian».
La profunda desconfianza en las autoridades hondureñas para esclarecer la muerte de Berta Cáceres
A raíz de la actitud de las autoridades hondureñas, en mayo del 2016 el banco holandés FMO optó por suspender sus aportes en capital al proyecto hidroeléctrico Agua Zarca, así como el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) (véase nota de prensa de La Prensa). Nótese que una fuerte movilización y una petición en línea precedieron la decisión del BCIE, y que persisten a la fecha serias críticas a las empresas alemanas involucradas en este proyecto hidroeléctrico (véase nota de DW). En setiembre del 2016, se informó del robo del expediente judicial sobre este asesinato (véase nota de prensa de La Prensa).
Notemos que en una entrevista a las dos hijas de Berta Cáceres editada en junio del 2016 en Costa Rica (véase nota de La Nación), se puede leer que: «La presencia policial constante ha garantizado el desarrollo de estos proyectos, del Ejército de Honduras, de las fuerzas especializadas del Ejército de Honduras, creadas especialmente para las regiones en conflicto, que son las regiones donde quieren instalar proyectos hidroeléctricos, mineros y monocultivos». Con relación a la actitud de las autoridades, se señala por parte de las hijas de Berta Cáceres que: «nosotros creemos que si no es por una comisión independiente, que sea imparcial, el caso va a quedar en la impunidad. El Presidente ha dicho expresiones como que tiene todo el compromiso de llegar a la Justicia, pero nosotras decimos que entonces por qué no acepta el ofrecimiento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) desde hace más de dos meses para que crear un grupo independiente que acompañe el proceso y certifique que las cosas se están haciendo cómo se deben. Todo esto nos sigue generando la inquietud de qué es lo que temen, qué es lo que se esconde, por qué no hay una comisión independiente».
El precedente sentado por el caso Kawas Fernández
La obligación de investigar debidamente y de sancionar a todos los responsables de este y muchos otros casos contra líderes indígenas, ecologistas y defensores de los derechos humanos hondureños deriva de obligaciones internacionales en materia de derechos humanos. En el año 1995, la muerte de la líder ecologista Blanca Jeannette Kawas Fernández dio lugar a una demanda contra Honduras que culminó en abril del 2009 con una histórica sentencia (véase texto completo) de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En el párrafo 190 se lee que:
«190. El Tribunal reitera que el Estado está obligado a combatir esta situación de impunidad por todos los medios legales disponibles, ya que ésta propicia la repetición crónica de las violaciones de derechos humanos y la total indefensión de las víctimas, quienes tienen derecho a conocer la verdad de los hechos. El reconocimiento y el ejercicio del derecho a la verdad en una situación concreta constituyen un medio de reparación. Por tanto, en el presente caso, el derecho a conocer la verdad da lugar a una justa expectativa de las víctimas, que el Estado debe satisfacer225. La obligación de garantía del artículo 1.1 de la Convención Americana implica el deber de los Estados Partes en la Convención de organizar todo el aparato gubernamental y, en general, todas las estructuras a través de las cuales se manifiesta el ejercicio del poder público, de manera tal que sean capaces de asegurar jurídicamente el libre y pleno ejercicio de los derechos humanos».
En la parte resolutiva de la sentencia (p. 67), se puede leer que: «11. El Estado debe realizar, en un plazo de un año, un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional, en los términos del párrafo 202 de la presente Sentencia. 12. El Estado debe levantar, en un plazo de dos años, un monumento en memoria de Blanca Jeannette Kawas Fernández así como realizar la rotulación del parque nacional que lleva su nombre, en los términos del párrafo 206 de la presente Sentencia. 13. El Estado debe brindar gratuitamente, de forma inmediata y por el tiempo que sea necesario, el tratamiento psicológico y/o psiquiátrico a los señores Blanca Fernández, Selsa Damaris Watt Kawas, Jaime Alejandro Watt Kawas, Jacobo Roberto Kawas Fernández, Jorge Jesús Kawas Fernández y Carmen Marilena Kawas Fernández, si así lo solicitan, en los términos del párrafo 209 de la presente Sentencia. 14. El Estado debe ejecutar, en un plazo de dos años, una campaña nacional de concientización y sensibilización sobre la importancia de la labor que realizan los defensores del medio ambiente en Honduras y de sus aportes en la defensa de los derechos humanos, en los términos del párrafo 214 de la presente Sentencia».
La implementación de esta histórica decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos se ha visto afectada por el repentino cambio de autoridades acaecido unos meses después de leída en San José, con ocasión del golpe de Estado que se dio en Honduras el 28 de junio del 2009; así como por el consiguiente aumento de la represión contra entidades hondureñas de la sociedad civil, en particular las abocadas a la defensa de los derechos humanos, de los pueblos indígenas y del ambiente. Como veremos a continuación, en otras partes del hemisferio, sectores optaron también por atentar contra la vida de líderes que defienden a sus comunidades en materia ambiental frente a los impactos de megaproyectos. Ello ocurre ante parcos aparatos estatales en los que la colusión de intereses político-empresariales podría explicar la ineficiencia de sus órganos de investigación para sancionar a los responsables de estos hechos. Esta misma colusión de intereses es la que inclina, en algunos casos, a los familiares de las víctimas a solicitar que sea un ente internacional, externo al Estado, el que investigue estos asesinatos.
En Costa Rica, esta extraña sensación de unísono empresa-Estado fue calificada de «compadrazgo» y «contubernio» «indignante y vergonzoso» por quiénes asistieron a una audiencia precedida de una memorable visita in situ realizada en el 2009 por el juez constitucional al proyecto minero Crucitas de la empresa canadiense Infinito Gold (véase nota del Semanario Universidad). En esta última, leemos que: «Cuando uno escucha al Ministro de Ambiente, parece un funcionario de la empresa, por la defensa a ultranza que hace del proyecto. Igual fue cuando se hizo la inspección en Crucitas, donde el ministro iba en el carro de la empresa”.
Un panorama sombrío para los activistas en materia ambiental
En un artículo publicado por el New York Times en setiembre del 2016, se lee que la eliminación física de defensores del ambiente en América Latina está llegando a límites insospechados: «Una cifra que la organización enmarca en otra cifra mayor, que sirve para dimensionar el problema: en 2015, según datos de la organización ambientalista Global Witness, hubo 185 asesinatos de líderes ambientales registrados a nivel global; 122 ocurrieron en América Latina». El mapa editado por la ONG GlobalWitness arroja las siguientes cifras para el único período 2010-2015: Brasil con 207 muertes, Honduras con 109, seguido por Colombia con 105, Perú (50), México (33), Nicaragua (15), Paraguay (13) y Argentina con 6 activistas asesinados.
A modo de ejemplo de una actividad que genera una violencia en su entorno (incluyendo en muchos casos la muerte de quiénes se oponen a ella), se lee en este informe sobre las empresas mineras canadienses que operan en América Latina (informe que fue sometido a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el 2015) que: «Violent deaths and serious injuries to mineworkers and opponents of projects The report notes at least 23 violent deaths and 25 cases of serious injury at ten of the projects examined, although the total number of individuals murdered and injured may be much higher. Nearly all of the reported acts have gone unpunished, without any determination to date of the perpetrators’ motives. Nor have reparations been made to victims or their relatives. The ten cases pertain to mining projects in Mexico, Colombia, El Salvador, Honduras, and Guatemala» (p. 16).
Otra marcada tendencia detectada en América Latina (y que ha llevado a muchos líderes sociales y ambientales ante los tribunales de justicia) es la de utilizar nuevas figuras penales con la finalidad de criminalizar la protesta social: remitimos al respecto a la obra compilada por el Profesor Eduardo Bertoni, titulada «¿Es legítima la criminalización de la protesta social? Derecho penal y libertad de expresión en América Latina» (texto disponible aquí). En Costa Rica, acciones penales por presunta difamación entabladas por una empresa minera canadiense contra los opositores a su proyecto ubicado en Las Crucitas dieron lugar a una técnica algo inédita por parte de los abogados de la empresa Infinito Gold: su reiterada ausencia en las audiencias convocadas por los jueces costarricenses (véase nota de prensa de noviembre del 2016 en el caso del ecologista Edgardo Araya). Ante problemas de salud tan recurrentes como constantes de estos abogados, una carta pública de tres de los demandados por Infinito Gold se tituló: «Audiencias con el Infinito: ausencias…» y fue publicada en La Nación en julio del 2012 (véase texto).
En momentos en que tanto en Honduras como en el resto del continente americano, los líderes ecologistas son encontrados sin vida o sufren otro tipo de amenazas y acciones legales en su contra claramente intimidatorias, y en los que se asiste, como por ejemplo en Costa Rica, a una verdadera regresión por parte del mismo juez constitucional en materia de participación ciudadana en temas ambientales (véase nota del Semanario Universidad), la conmemoración de la muerte de Berta Cáceres ha adquirido dimensiones que interpelan al movimiento ecologista como tal.
El caso de Costa Rica
Cabe señalar que Costa Rica no es del todo inmune a esta peligrosa deriva. Al recordarse en el 2016 los tres años de la muerte de Jairo Mora Sandoval, un jóven biólogo apasionado por las tortugas marinas, cuyo cuerpo apareció sin vida en la playa de Moín, son varias las interrogantes que persisten en Costa Rica (véase nota de este mismo sitio). Este caso se suma a varios más en Costa Rica (véase nota de CRHoy del 2015 y el artículo de opinión publicado en el 2013 titulado «Los ambientalistas exigimos respeto, René Castro»).
El caso de los cuatro integrantes de AECO (Asociación Ecologista Costarricense), de los cuales tres fueron encontrados calcinados en diciembre de 1994 en una casa de habitación y uno fue hallado sin vida en julio de 1995 en un parque de la capital costarricense, constituye otro doloroso ejemplo de investigaciones que se archivan ante la extraña inoperancia de los órganos estatales (véase artículo editado en el 2014 para conmemorar los 20 años de estas cuatro muertes, titulado «20 años es mucho: autoridades tienen que rendir cuentas por muerte de ecologistas en 1994»).
Conclusión
En estos primeros días de mes de marzo del 2017, diversas ONG han convocado a marchas y protestas frente a las legaciones diplomáticas de Honduras en las capitales de Centroamérica (véase nota sobre convocatoria en Costa Rica), así como en Canadá y en varias capitales europeas (véase por ejemplo convocatoria en Madrid): lo han hecho en señal de solidaridad con los familiares y con los compañeros de lucha de Berta Cáceres. Muchos asistirán también en señal de protesta y de profunda indignación ante la impunidad que prevalece cada vez que un líder comunitario o un ecologista es asesinado en América Latina.
(*) Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR)
Una vez más los finqueros invasores del territorio indígena Dirió Siêiê (Río Azul) del Territorio Bribri de Salitre y los funcionarios racistas de las instituciones cometen agresiones contra el pueblo bribri, contra los legítimos dueños del territorio.
Destrucción del yucal.
El pasado 9 de enero, a eso de las 10 de la mañana inició un fuego provocado en la finca de Mariana Delgado y su familia. Cerca del lugar se había visto al finquero Edwin Guevara y un peón. Los fuertes vientos que se han dado en estos días en todo el país permitieron que rápidamente el fuego se fuera extendiendo por la finca poniendo el peligro vidas humanas de Mariana, sus hijos y nietos.
La familia vivió horas de gran angustia porque el fuego corría quemando las 15 hectáreas que habían sembrado de yuca, caña, pejibaye, frijoles, y árboles que se habían plantado en un proceso de reforestación y recuperación de las nacientes de agua. Las llamas llegaron a rodear el rancho donde viven.
Cuando el fuego inició la familia llamó al 911 solicitando los bomberos, y aunque de la central decían que enviarían a los bomberos para apagar el fuego, pasaban las horas y eso no sucedía. En algún momento la respuesta fue que los bomberos de Buenos Aires decían que no pasaba nada. La familia insistía llamando y cerca de las 3 de la tarde llegó una unidad de los bomberos y una patrulla de la policía, pero se quedaron hablando con otro usurpador Willian Arias y nunca se acercaron a la casa de la familia indígena que estaba rodeada de carbones y cenizas.
A lo largo de los últimos años los finqueros acuerpados por las autoridades han cometido muchos delitos contra el pueblo bribri de Salitre y quedan en total impunidad. Recordemos cuando uno de los hijos de Mariana, José Luis, fue marcado con un hierro caliente de marcar ganado por el mismo Edwin Guevara, o cuando la policía sostuvo a las mujeres de la familia Figueroa para que fueran golpeadas por los finqueros, o las muchas casas de familias indígenas que han sido quemadas y con ellos han perdido todas sus pertenencias. Ni las autoridades de gobierno central, ni las instancias judiciales han avanzado nada en el saneamiento del territorio que por Ley le pertenece al pueblo bribri de Salitre, ni en sentenciar a los responsables. Esta impunidad favorece y fomenta que se sigan cometiendo este tipo de acciones criminales, estas violaciones a los derechos legítimos del pueblo bribri.
La Red de Mujeres Rurales responsabiliza al gobierno de Costa Rica por la inacción ante estas violaciones a los derechos humanos, que están amenazando la vida de mujeres, de hombres, de niñas y niños.
Llamamos a toda la población a repudiar públicamente la negligencia y complacencia del gobierno de Costa Rica ante estos actos.
10 de enero 2017.
Enviado a SURCOS Digital por Red de Mujeres Rurales.
Un ciudadano se encuentra por casualidad con otros dos desconocidos en un supermercado a quienes les expresa su preocupación por la inseguridad que se vive a diario en Honduras. Los otros dos interlocutores que son amigos entre sí, le expresan que esta inseguridad se va a resolver pronto, puesto que ya hay una organización (clandestina) que va a “cazar a los mareros”, tal y como ocurrió durante el gobierno de Ricardo Maduro. “¿Recuerda usted cuando se quemó el presidio de La Ceiba?” Le preguntaron, sin esperar respuesta continuaron. “Ricardo Maduro casi acabó con las maras”.
El primer ciudadano les respondió a modo de saber cómo pensaban sus dos interlocutores: “Pero en ese afán pueden asesinar a muchos jóvenes inocentes” A lo que le respondieron con actitud de mucha seguridad: “No, ellos (los paramilitares) se cercioran bien y estudian quienes son los mareros.” Este primer ciudadano quedó más preocupado después de esta corta conversación, puesto que podría estar ante los mismos paramilitares.
Según Wikipedia: Paramilitar o paramilitarismo, se refiere a organizaciones particulares que tienen una estructura, entrenamiento, subcultura y (a menudo) una función igual a las de un ejército, pero que no forman parte de manera formal a las fuerzas militares de un Estado. Las organizaciones paramilitares, sirven a los intereses del Estado, o grupos de poder en él enquistados, y generalmente están fuera de la ley. Dentro de sus miembros pueden estar fuerzas policiales, militares, mercenarios e integrantes de escuadrones de asalto o grupos de seguridad privados.
A finales de abril se distribuyó por las redes electrónicas, un comunicado supuestamente de un grupo de paramilitares, asegurando y declarando la guerra a las maras en este país, advirtiendo que a partir del 5 de mayo van a asesinar a miembros de las maras.
Esto hubiese sido motivo de asombro y preocupación, además de medidas concretas de control y persecución del gobierno, si hubiese sucedido en un país como Nicaragua, Costa Rica, Panamá o República Dominicana. Sin embargo, en Honduras se tomó como algo que no alteraría el modus vivendi actual de esta sociedad, percudida de asesinatos en masa y selectivos desde el golpe de Estado el 28 de junio de 2009, con un 95% sin enjuiciar, o en la impunidad. Desde hace varios años se dice, y hasta se grita, sobre la existencia de paramilitarismo en Honduras, sin que los gobernantes demuestren algún grado de preocupación y la toma de medidas para su desmantelamiento. Al contrario, reprimen al quien lo denuncie. Los mismos medios más grandes se mandan al silencio.
Pero tampoco es un fenómeno de los últimos siete años. Como le dijeron los dos caballeros al ciudadano con que se encontraron recientemente “En el período del gobierno de Ricardo Maduro casi se acabó con las maras” (2002-2006). Mucho se dice en los cafés que el Ex Presidente Maduro procuró acabar con las maras porque un marero le asesinó a uno de sus hijos. Esto se ejecutó con paramilitares. También se dice, cada vez con voz más fuerte que el ahora diputado Oscar Álvarez, es uno de los organizadores y líder de los grupos paramilitares. Algo que las autoridades correspondientes (MP) debieron investigar de oficio. Pero sigue en rumores lo que puede producir más daño si las autoridades no cumplen su deber de investigar y acusar ante los juzgados correspondientes.
También ha habido hechos criminales de lesa humanidad que se han quedado sin una explicación creíble, no se ha tenido una investigación científica a fondo, y pareciera que, exceptuando a sus familiares, nadie está interesado en saber quiénes causaron los crímenes. El pueblo hondureño ha aprendido a quedarse con el rumor y ha aceptado un estado de impunidad sin que se haga justicia dado que parecen aceptar que “tienen el gobierno que se merecen”.
Los asesinatos en masa o, limpieza social en masa, ocurrieron sin que pasara nada más que el dolor familiar. El 5 de abril de 2003, en la granja penal de El Porvenir, La Ceiba, ocurrió lo que el Rev. Ismael Moreno, SJ, calificó de “La carnicería humana en el penal El Porvenir”. Además denunció “otros asesinatos en serie de jóvenes mareros (que) permiten sospechar de una campaña nacional de “limpieza social” impulsada por sectores empresariales con la tolerancia o la complicidad de autoridades del gobierno”. La noticia era que en menos de una hora 69 muertos y 39 heridos yacían ensangrentados en las instalaciones carcelarias. Sesenta y uno de los muertos eran jóvenes de la Mara 18, cinco eran reos comunes no pertenecientes a maras y tres eran mujeres que visitaban a sus presos, una de ellas menor de edad.
Exactamente un año después, mayo de 2004, se da la muerte de 104 reos al incendiarse la prisión en San Pedro Sula. Otros 27 prisioneros resultaron heridos. El incendio se declaró hacia la 1.30 (hora local). La sociedad parecía haber aceptado la escusa oficial de que el incendio había sido causado por un cortocircuito.
Otra de las tragedias en presidios fue la de la Granja Penal de Comayagua, en febrero de 2012, donde hubo 359 muertos. Un comentario fue que “lo único cierto es que los guardias y el director de la prisión no hicieron nada para impedir que los reos se quemaran vivos. “Se dio esa orden”, dice uno de los custodios.” Esta vez, el enfoque del crimen no pareciera haber sido a las maras, pero a otros grupos o personas “indeseables” por quienes tenían el poder en ese momento.
Esta técnica de juntar a las víctimas en un solo sitio para luego eliminarles, es efectiva, puesto que permite ligeras explicaciones falsas de las causales y ocurren en un promedio de una hora, evitando los procesos de violación a los derechos humanos. Además de las centenas de jóvenes asesinados en otras formas, más de 50 mil en los últimos siete años, están estas 173 personas asesinadas, más unas 60 personas heridas. Si sumamos a los de Comayagua, estaremos llegando a 532 muertes, utilizando la técnica de juntarles en un sitio encerrado y luego incinerarles.
Esto nos hace comprender por qué el anuncio de un nuevo grupo de paramilitares no ha hecho meya en nuestra temerosa y sometida sociedad. Para la ciudadanía viene a ser “más de lo mismo”.
La institucionalidad nacional está desprestigiada, hay ausencia significante de credibilidad. Ahora está a prueba la OEA con la presencia de la MACCIH. Y se pone a prueba la ONU, al enviar al Relator Especial sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, Christof Heyns, quien se encuentra ahora en Honduras, para evaluar el nivel de protección del derecho a la vida en el país, donde la tasa de homicidio se encuentra a menudo entre las más elevadas del mundo, y es más de 10 veces mayor que el promedio mundial. (criterio.hn)
Si la Comunidad Internacional nos falla, perderemos las últimas esperanzas que hay, quedando como opción, para quienes logran abandonar el país, salir de este sangriento país, como ahora sucede en Siria y Libia, o quedarse para buscar otros medios mucho más arriesgados de sobrevivencia.
El 30 de abril del 2015, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos solicitó a Costa Rica medidas cautelares en favor de las poblaciones indígenas Teribe y Bibri ubicadas en Salitre. Una llamada de atención que viene a recordar una deuda histórica del Estado costarricense con relación a los derechos de las comunidades indígenas y la desprotección a la que son sometidos los indígenas en sus propios territorios.
El pasado 30 de abril del 2015, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante CIDH) decidió solicitar a Costa Rica medidas cautelares en aras de proteger la vida y la integridad física de las poblaciones indígenas Teribe y Bibri ubicadas en Salitre de Puntarenas. Se trata de un territorio indígena en el que desde varios años las comunidades indígenas intentan recuperar sus tierras, ocupadas por finqueros y empresarios. La situación en Salitre de los indígenas con relación a la ocupación de las tierras por no indígenas se repite en gran parte de los territorios indígenas de Costa Rica, debido a la inercia estatal (ver nota de prensa). Un análisis reciente de un especialista para el Estado de La Nación (ver informe de Rubén Chacón Castro) sobre la aplicación de la normativa en la materia indica que: “En general, la gran mayoría de los casos expuestos tienen que ver con que no hay voluntad política que posibilite la aplicación literal de la ley. Es especialmente dramático el caso de los derechos territoriales” (p. 32).
No obstante la problemática general que enfrentan las comunidades indígenas en todo el territorio, la lucha emprendida en Salitre es la que ha tenido, por alguna razón, mayor eco en prensa que las demás luchas emprendidas por comunidades indígenas.
Pocos días después de celebrarse en toda Costa Rica el día de la independencia, el 15 septiembre del 2012, uno de los líderes indígenas en Salitre, Sergio Rojas, fue objeto de un violento ataque con disparos del que salió ileso, causando un repudio generalizado por parte de distintas organizaciones sociales (ver nota de SERPAJ). A la fecha, este atentado no ha dado lugar a imputación alguna por parte de las autoridades policiales y judiciales. En octubre del 2012, comunidades indígenas se opusieron a la colocación de una cerca por parte de no indígenas, y fueron víctimas de actos de violencia: según testimonios recogidos por la prensa (ver nota): las autoridades policiales y judiciales no investigaron los hechos y a la fecha, se desconoce sanción alguna contra sus autores. Una violenta golpiza propinada a tres integrantes indígenas (ver nota de prensa) en los primeros días del mes de enero del 2013 (época en la que el país y sus autoridades se reponen de las festividades de fin de año) parece haber conocido la misma suerte de sus autores en cuanto al accionar de las autoridades para sancionarlos por estos hechos.
El texto de la decisión de la Comisión Interamericana del pasado 30 de abril no deja duda alguna sobre la situación de indefensión de estas comunidades ante los recurrentes atropellos y actos de intimidación de todo tipo que han sufrido y el sentimiento de desprotección de muchos de sus integrantes.
Salitre ante el escrutinio internacional
La inoperancia del Estado con relación a las comunidades afectadas por la expansión piñera en Costa Rica fue recientemente objeto de una audiencia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el mes de marzo del 2015 (ver nuestra modesta nota al respecto). La situación en Salitre es ahora motivo de una solicitud de medidas cautelares de este mismo órgano interamericano de supervisión en materia de derechos humanos, el cual en poco tiempo, está conociendo de álgidos temas de la agenda nacional: en ambos casos, se trata de problemáticas que datan de varios años y que las diversas entidades públicas no han logrado resolver. Ambos casos se traducen en una vulneración de los derechos humanos de las comunidades afectadas. En el caso de Salitre, los actos de violencia contra estas comunidades por parte de personas privadas armadas para que abandonen sus territorios han ido en aumento. En el 2014, una de las acciones más violentas contra mujeres indígenas fue perpetrada el mismo día en que la Selección Nacional de Costa Rica jugaba en cuartos de final contra Países Bajos durante el pasado campeonato mundial de fútbol, el 5 de julio del 2014 (ver documental disponible aquí que recoge varios testimonios de la víctimas de estos actos). Días después de las festividades del 25 de diciembre del 2014, la prensa reportó, de igual manera, incendios de los ranchos de pobladores indígenas, consumados por las llamas (ver nota de prensa) durante el mismo día en que se celebra la Navidad.
Pese al diálogo establecido por las autoridades de Costa Rica desde entonces para intentar resolver la situación, las acciones contra los pobladores se han mantenido, y remitimos al lector a la larga serie de actos reportados a la misma Comisión, incluida en la sección “Resumen de los hechos” de su antes mencionada decisión del 30 de abril pasado. El órgano interamericano de protección de los derechos humanos solicitó a Costa Rica informarle dentro de un plazo no menor a 15 días a partir de la notificación de su decisión sobre las distintas medidas tomadas por las autoridades en resguardo de estas poblaciones indígenas.
Las medidas cautelares constituyen, como bien se sabe, un mecanismo mediante el cual la Comisión, en casos de urgencia y gravedad, busca evitar que se le cause un daño irreparable a personas o grupo de personas y no es la primera vez que Costa Rica recibe este tipo de petición por parte de la CIDH: la violencia perpetrada contra un opositor a la expansión piñera en la zona Sur dio lugar a un ejercicio similar en el 2009 (Nota 1). El Artículo 25, párrafo 1 del Reglamento de la Comisión Interamericana precisa que:” Artículo 25, 1. En caso de gravedad y urgencia y toda vez que resulte necesario de acuerdo a la información disponible, la Comisión podrá, a iniciativa propia o a petición de parte, solicitar al Estado de que se trate la adopción de medidas cautelares para evitar daños irreparables a las personas”. Estas medidas cautelares solicitadas a Costa Rica vienen a añadirse a una larga serie de medidas ordenadas en años recientes por la CIDH en favor de comunidades indígenas, tribales y campesinas en América Latina, ya sea para frenar proyectos que las afectan o para proteger a sus líderes de actos de intimidación y amenazas de los que son muy a menudo víctimas (ver listado oficial).
Las actuaciones del Poder Judicial en torno a la situación en Salitre
En el plano estrictamente interno, la inoperancia del Poder Judicial para investigar y sancionar los hechos de violencia contra las poblaciones indígenas recuerda la impunidad que campea cuando de crímenes y exacciones contra ecologistas se trata en Costa Rica (Nota 2). Esta ineficiencia del aparato estatal es altamente preocupante: el clima de impunidad favorece la violencia y la sensación de desprotección aumenta en las poblaciones indígenas. No obstante, la pérdida de credibilidad en las instancias judiciales por parte de las comunidades indígenas de Salitre no pareciera desvelar a los operadores de justicias. Por su parte, la Sala Constitucional en octubre del 2014 suspendió una orden de desalojo ordenada por el Poder Ejecutivo en la zona de Salitre, como medida cautelar (ver nota de prensa). En noviembre del 2014, el antes mencionado líder indígena, Sergio Rojas, fue aprehendido por una dependencia del Poder Judicial, el Ministerio Público, por supuesto delito de fraude (ver nota de prensa). Las llamadas de Naciones Unidas a restablecer la calma en Salitre efectuadas en ese mismo mes no parecieron influir mayormente (ver nota de prensa). En abril del 2015, varias organizaciones sociales solicitaron levantar las medidas de privación de libertad ordenadas por el juez a cargo del caso de Sergio Rojas (ver nota de prensa), las cuales se mantuvieron intactas. El artículo 10 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) según el cual “1. Cuando se impongan sanciones penales previstas por la legislación general a miembros de dichos pueblos deberán tenerse en cuenta sus características económicas, sociales y culturales.2. Deberá darse la preferencia a tipos de sanción distintos del encarcelamiento” pareciera, al menos en este preciso caso, ser ignorado por el sistema penal costarricense.
Es de señalar que estas medidas cautelares solicitadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos han dado lugar a algunas manifestaciones por parte de otras entidades internacionales. Leemos en un artículo reciente sobre Salitre que: «El Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) señala que las autoridades costarricenses deben proceder con la expropiación, en todo el país, de quienes ocupen tierras indígenas de modo ilegal. Según el PNUD, un 40% de esas tierras está en manos de individuos que no son indígenas. “No se puede avanzar en materia de derechos humanos, si un derecho tan básico como la tenencia de las tierras no está garantizado. Esas tierras son exclusivas de los indígenas”, dijo Yoriko Yasukawa, coordinadora del PNUD en Costa Rica». Recordemos que durante su visita a Costa Rica el pasado 30 de julio del 2014, el Secretario General de las Naciones Unidas, Ban Ki-Moon, tuvo la oportunidad de escuchar a un nutrido grupo de líderes indígenas provenientes de los territorios indígenas de Costa Rica (ver nota de prensa).
Costa Rica ante el CERD de Naciones Unidas
Además del espacio brindado por las autoridades al Secretario General de Naciones Unidas para que se reuniera con líderes indígenas durante su visita a Costa Rica, sus autoridades han externado a entes internacionales sus esfuerzos en materia de recuperación de tierras en favor de las poblaciones indígenas en diversos informes oficiales. Por ejemplo, los esfuerzos estatales en aras de resolver las demandas legítimas de las poblaciones indígenas ocupan gran parte del último informe oficial presentado por Costa Rica ante el Comité para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (CERD) de las Naciones Unidas, en cumplimiento de las obligaciones internacionales suscritas por Costa Rica en la Convención que lleva el mismo nombre. El informe de Costa Rica (Documento CERD/C/CRI/19-22 con fecha del 16 de abril del 2014 disponible aquí) concluye con un énfasis en el tema de la recuperación de tierras (remitimos al lector a la lectura de los párrafos finales 289-300). A diferencia del mecanismo previsto ante el CERD (que se limita a hacer observaciones al informe presentado por el Estado y a cotejarlo con un eventual informe alternativo proviniendo de la sociedad civil que llegue a manos del CERD), el mecanismo previsto en el sistema interamericano de protección de los derechos humanos permite a las comunidades presentar una denuncia contra el mismo Estado ante la Comisión Interamericana por violación de los derechos consagrados en instrumentos internacionales. La ratificación del Protocolo Facultativo al Pacto sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales – o Pacto DESC – por parte de Costa Rica en septiembre del 2014 (ver nuestra breve nota al respecto publicada en el sitio Derechoaldia) permite de igual forma la presentación de denuncias contra el Estado ante el Comité DESC de las Naciones Unidas, en particular en materia de derechos culturales.
Las obligaciones internacionales de Costa Rica
La problemática en Salitre ilustra, de igual manera que en el caso del proyecto hidroeléctrico El Diquis (Nota 3), las serias deficiencias y lagunas del marco legal vigente en Costa Rica para resguardar y proteger adecuadamente los derechos de las poblaciones indígenas en sus territorios y garantizarles un adecuado proceso de consulta. Desde finales de los años noventa, un proyecto de ley para resolver gran parte de las problemáticas que enfrentan los pueblos indígenas en Costa Rica aguarda pacientemente en los estantes de alguna oficina de la Asamblea Legislativa (Nota 4).
En el caso del P.H Diquis, cabe recordar el hecho (un tanto singular) cuando el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) anunció su retiro de los territorios indígenas un día antes de concluir su visita el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, James Anaya (ver nota de prensa del 26/04/2011): el gesto fue mencionado por el Relator en su informe publicado un mes después (ver texto de su informe del 30/5/2011) pero exigiendo compromisos adicionales por parte del ICE (y a la fecha sin darse): “20. El retiro de las instalaciones y operaciones del ICE del territorio Térraba, anunciado por el ICE durante la visita del Relator Especial, es un paso positivo para superar la evidente desconfianza generada por esa presencia. El Relator Especial considera que sería aconsejable que el ICE añada a ese gesto un claro compromiso de no reintroducir sus operaciones en territorios indígenas sin una consulta previa adecuada, así como que sean reconocidas las deficiencias del ICE en su comportamiento con los pueblos indígenas hasta el momento”. Más allá de las gesticulaciones de índole variada por parte del aparato estatal durante la visita in situ de un experto de las Naciones Unidas, que se repitieron en el caso de Jairo Mora Sandoval en el 2013 (Nota 5), existe una serie de obligaciones internacionales en materia de consulta que derivan de varios instrumentos internacionales ratificados por Costa Rica. Diagnósticos, estudios, expertos y foros académicos recuerdan regularmente a las autoridades el preocupante rezago acumulado por Costa Rica en materia de consulta, y más generalmente, de protección de los derechos de las comunidades indígenas: es el caso de un foro realizado en octubre del 2012 sobre El Diquis (ver nota) y otro más reciente (ver nota) realizado en la UCR en junio del 2014.
A las obligaciones internacionales de carácter general plasmadas en distintos instrumentos internacionales que Costa Rica no ha implementado, hay que añadir el hecho que desde varios años el contenido de estas obligaciones y sus alcances se han ido precisando y ampliando con la jurisprudencia de la misma Corte Interamericana de Derechos Humanos. A este respecto, la Dra. Karine Rinaldi (ver artículo del 1/11/2012 publicado en La Nación) ha señalado la imperiosa necesidad de adecuar el accionar del Estado costarricense a los parámetros de la jurisprudencia interamericana en materia de consulta a los pueblos indígenas en el caso del P.H. Diquis. Una obligación internacional que a la fecha el Estado costarricense debe implementar, que ya ha dado lugar a varias visitas a Costa Rica e informes del Relator de las Naciones Unidas James Anaya entre el 2011 y el 2013, y que a la fecha no se ha concretado.
Tanto el caso de Salitre como el del P.H. Diquis y el de muchos otros casos de comunidades indígenas de Costa Rica cuyos derechos son vulnerados podrían en algún momento tocar la puerta de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Sus sentencias en materia de derechos de los pueblos indígenas, vinculantes para todos los Estados partes al sistema interamericano de protección de los derechos humanos (Nota 6), han sido inclusive saludadas internacionalmente: leemos en las conclusiones de una reciente publicación especializada en la materia (texto disponible aquí) que: “La flexibilidad y apertura por parte de la Corte para desarrollar una interlocución válida con los sistemas consuetudinarios ha permitido posicionar al Sistema Interamericano como uno de los sistemas pioneros y que mayores desarrollos ha alcanzado en este tipo de problemáticas; no en vano la Corte Penal Internacional y el Sistema Africano de Derechos Humanos han tornado su interés hacia las sentencias que produce este Tribunal, a manera de guía en cuanto buenas prácticas y desafíos que se esperan en casos de violaciones colectivas y con componentes étnicos de gran complejidad”.
Conclusión:
En su informe del 2006 ante el mismo CERD, (Documento CERD/C/CRI/18 del 30 de agosto de 2006, disponible aquí), Costa Rica respondió a una de las preocupaciones externadas por el CERD refiriéndose al proyecto de ley sobre derechos de los pueblos indígenas, en los siguientes términos: “Reiteramos que este proyecto, resultado de una iniciativa que tuvo cuatro etapas, con amplias consultas tanto entre los pueblos indígenas como en la Sala Constitucional y con dictamen positivo en su momento de la Comisión Legislativa, recoge el establecimiento de un marco para el desarrollo autónomo de las ocho etnias indígenas costarricenses” (párrafo 34). En sus observaciones del 2007 al informe presentado (ver texto de dichas observaciones), el CERD recordaba la solicitud hecha desde el 2002 a Costa Rica y “exhorta /ba/ una vez más al Estado Parte a que elimine cuanto antes los obstáculos legislativos que impiden la aprobación del proyecto de Ley de desarrollo autónomo de los pueblos indígenas” (punto 9). Pese a la exhortación a Costa Rica del 2002 reiterada en el 2007 por parte de los miembros del CERD, el Proyecto de Ley de Desarrollo Autónomo de los Pueblos Indígenas (Expediente no. 14352) se mantiene como proyecto en los archivos de la Asamblea Legislativa, y muchas de las poblaciones indígenas costarricenses, en situación de indefensión.
Notas: —
Nota 1: En años anteriores, Costa Rica había también recibido de parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos una solicitud para proteger la vida y la integridad física de un reconocido líder comunal, Aquiles Rivera, en su lucha contra la expansión piñera en la zona Sur: se lee en este artículo titulado “Costa Rica: La expansión del monocultivo de piña en detrimento de los derechos humanos” que “El 11 de mayo de 2009 Aquiles sufrió un robo en su oficina en el cual le sustrajeron la computadora y el fax, únicas herramientas con las que contaba para trabajar. Unos días después de este hecho, en la noche, fue amenazado de muerte cerca de su casa en Buenos Aires de Puntarenas. Unos meses después también su hijo, menor de edad, fue amenazado de muerte. Lo que se está buscando por medio de la Comisión es la protección para Aquiles y su hijo, además de que se le ordene al Estado de Costa Rica que investigue los hechos y se pueda comprobar la relación que existe entre el trabajo de Aquiles, el robo de su oficina y las amenazas de muerte”.
Nota 2: La impunidad de los crímenes contra ecologistas en Costa Rica es una reivindicación del movimiento ecologista de Costa Rica desde muchos años. Fue incluso acuerpada y señalada por John Knox, Experto independiente de las Naciones Unidas sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el disfrute de un medio ambiente, durante su visita a Costa Rica en el transcurso del año 2013. En su Informe (ver texto) recomienda la sugerencia del sector ecologista de crear una Comisión de la Verdad ante la incapacidad del sistema de investigar y sancionar estos crímenes (punto 67). Remitimos al lector a una breve nota. BOEGLIN N., “Informe sobre Ambiente y Derechos Humanos en Costa Rica”, 14/05/2014 publicada en Tribuglobal y disponible aquí.
Nota 3: En una obra relativa a los 10 años de jurisprudencia constitucional en materia indígena (disponible aquí) publicada bajo los auspicios de la OIT, leemos que: “El 21 de junio del 2001 salió publicado en La Gaceta Alcance N°49 a la Gaceta N°119, una nueva publicación de este Proyecto de Ley, ahora referido con el número 14.352. En vista de que el expediente 12.032 fue archivado en Julio del 2000. Ambos textos son idénticos entre sí”. (p.35, Nota 1).
Nota 4: Con relación a la discusión en torno al Proyecto Hidroeléctrico El Diquis, remitimos al lector al pronunciamiento del Consejo Universitario de la UCR de septiembre del 2012 (disponible aquí) que recomendaba: “Solicitar al Poder Ejecutivo la derogatoria del Decreto Ejecutivo N. 34312-MP-MINAE, el cual Declara de Conveniencia Nacional e Interés Público los estudios y las obras del Proyecto Hidroeléctrico El Diquís y sus obras de transmisión, en adelante el Proyecto, las que serán construidas por el Instituto Costarricense de Electricidad, del 6 de febrero de 2008, publicado en La Gaceta, en el tanto este no tiene como sustento los estudios ambientales y los soportes técnicos necesarios para su legalidad” (punto 16, página 25). Desde la perspectiva de los derechos de las poblaciones indígenas afectadas por este megaproyecto, que también es mencionada en el pronunciamiento de la UCR, la Clínica de Derechos Humanos de la Universidad de Texas (Estados Unidos) elaboró un detallado informe titulado «Nadando a Contracorriente: El Pueblo Teribe y el Proyecto Hidroelectrico El Diquis en Costa Rica» (informe de julio del 2010, versión en inglés y en español) así como la Universidad de Dundee (Reino Unido) (ver informe de junio del 2011).
Nota 5: La visita a Costa Rica del experto independiente de las Naciones Unidas John Knox sobre ambiente y derechos humanos se realizó del 28 de julio al 1ero de agosto del 2013. El arresto de varios sospechosos de la muerte del ecologista Jairo Mora Sandoval se dio 24 horas antes de que concluyera su visita (ver nota del 31 de julio del 2013 de La Nación).
Nota 6: En un detallado artículo cuya lectura recomendamos, la jurista Karine Rinaldi indica que: “… esta interpretación evolutiva debe de ser entendida como parte del derecho interamericano, vinculante para los Estados de la OEA que ratificaron la Convención y reconocieron la competencia de la Corte. En este sentido, en palabras del Juez Ferrer Mac-Gregor Poisot, “[l]as interpretaciones que realiza la Corte IDH se proyectan hacia dos dimensiones: (i) en lograr su eficacia en el caso particular con efectos subjetivos, y (ii) en establecer la eficacia general con efectos de norma interpretada”/…/ Paralelamente, la interpretación formulada por la Corte Interamericana va a tener de hecho el mismo valor que la letra del Pacto, e incluso será superior a la redacción de éste, porque como intérprete final del mismo fija la superficie y el alcance de sus cláusulas escritas”. Véase RINALDI K., “Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Principio de no regresión ambiental y los derechos de los pueblos indígenas y tribales. Enseñanzas de la jurisprudencia Interamericana“, in PEÑA CHACÓN M. (Ed), El principio de no regresión en el derecho comparado latinoamericano, PNUD/Maestría en Derecho Ambiental, UCR, 2013, pp. 356-384, p.363. Obra completa cuyo texto está disponible aquí.
(*) Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR)
Información enviada a SURCOS Digital por el autor.
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