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Etiqueta: jornadas 4×3

Jornadas 4×3: la limitación de la jornada como frontera ética del trabajo asalariado y la civilización

“… el derecho al descanso no es un lujo, sino la condición misma de la libertad. Allí donde el trabajo se extiende sin medida, la vida se convierte en servidumbre.” — Paul Lafargue, El Derecho a la Pereza

Por: Frank Ulloa Royo

La democracia y la justicia social se sostienen en la defensa cotidiana de los derechos laborales y las condiciones dignas de trabajo. Costa Rica lo entendió hace más de un siglo, cuando en 1920 se estableció la jornada máxima de 8 horas, una conquista que colocó al país a la vanguardia en América Latina y que se convirtió en símbolo de dignidad y progreso (Rodríguez, 2019). Esta conquista se logra después de una huelga prolongada. No fue una concesión graciosa de quienes detentaban el poder. ¿Acaso será en las calles donde haya que recuperar estos derechos si continúa la miopía histórica?

Hoy, esa conquista histórica se ve amenazada por el proyecto de jornadas 4×3, que pretende instaurar turnos de 12 horas durante cuatro días, con tres de descanso. Aunque aprobado en primer debate, el proyecto fue enviado a consulta constitucional, lo que suspende su avance y abre un espacio de reflexión sobre lo que realmente está en juego.

Este intento legislativo se asemeja a un leviatán moderno, una criatura desmesurada que avanza con la fuerza de los intereses económicos y busca devorar los avances humanos conquistados con sangre y sufrimiento histórico. Como en los relatos mitológicos, el Leviatán representa el poder descontrolado que amenaza con arrasar los límites civilizatorios, en este caso la jornada de ocho horas, símbolo de dignidad y justicia social. Frente a esa figura descomunal, la consulta constitucional se convierte en un dique de contención: un espacio donde la razón jurídica y los principios de derechos humanos deben frenar la voracidad de quienes pretenden normalizar la explotación laboral.

La doctrina francesa: un camino histórico sin retrocesos

En Francia, la jornada de 8 horas fue consagrada en 1919 como respuesta a las luchas obreras y a la devastación de la Primera Guerra Mundial. La doctrina laboral francesa ha insistido en que la limitación del tiempo de trabajo no es solo un mecanismo de protección física, sino un principio de civilización: el derecho al ocio, a la vida familiar y a la participación democrática. Juristas como Gérard Lyon-Caen y Antoine Jeammaud han subrayado que el tiempo de trabajo es el núcleo de la relación laboral, y que su regulación expresa el equilibrio entre la economía y la dignidad humana.

La jurisprudencia francesa, además, ha defendido que la reducción del tiempo de trabajo es parte de la progresividad de los derechos sociales. La instauración de las 35 horas semanales en 2000 fue presentada como un avance hacia la humanización del trabajo, reafirmando que el tiempo no puede ser confiscado por el mercado. En palabras de la doctrina francesa, “la limitación de la jornada es el límite civilizatorio frente a la mercantilización del ser humano”.

Un principio universal

El derecho a una jornada limitada y al descanso no es un simple beneficio laboral: es un derecho humano reconocido internacionalmente. El Protocolo de San Salvador establece que toda persona tiene derecho a condiciones de trabajo justas y equitativas, incluyendo la limitación razonable de las horas de trabajo y el derecho al descanso (OEA, 1988). Los Convenios de la OIT fijan como máximo 8 horas diarias y 48 semanales en industria, comercio y oficinas (OIT, 1919). La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha reiterado que los Estados deben garantizar que la regulación laboral respete la salud, la vida familiar y la participación democrática de los trabajadores (Corte IDH, 2017).

El principio de no retroactividad en materia de derechos humanos constituye una garantía esencial frente a intentos de regresión normativa. La Corte Interamericana ha sostenido que los Estados están obligados a asegurar la progresividad de los derechos económicos, sociales y culturales, lo que implica que una vez alcanzado un estándar de protección, no puede ser reducido ni debilitado (Corte IDH, 2003).

Costa Rica en el espejo de la OCDE y Europa

Costa Rica ha querido mirarse en el espejo de la OCDE y de los derechos humanos, pero ese reflejo exige coherencia: no basta con autoproclamarse como una sociedad civilizada si se retrocede en las conquistas sociales que dieron forma a nuestra democracia. Más aún cuando algunos diputados de gobierno han llegado a afirmar, con ligereza vergonzosa, que las jornadas de 12 horas representan “modernización” y “competitividad”, como si la fatiga y la erosión de la vida familiar fueran simples variables económicas. Tales declaraciones revelan un desprecio por la memoria obrera y por los compromisos internacionales del país, y muestran hasta qué punto la retórica oficial puede convertirse en un disfraz para la regresión social.

La discusión no es exclusiva de nuestro país. En Europa, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y la Corte Europea de Derechos Humanos han blindado el derecho al descanso como núcleo de la democracia social. En Francia, la doctrina laboral ha sido categórica: la jornada limitada es un patrimonio colectivo, y cualquier intento de ampliarla constituye una regresión inadmisible, un atentado contra la frontera ética que separa la civilización de la explotación.

Después de 106 años de jornada de 8 horas, siquiera plantear la extensión a 12 horas es un despropósito histórico. Significa abrir la puerta a la normalización de la fatiga, a la erosión de la vida familiar y a la mercantilización del tiempo humano. La democracia se mide también en su capacidad de proteger esas conquistas frente a intereses económicos que buscan perpetuidad a cualquier costo.

La jornada 4×3 no es un simple proyecto legislativo: es un pulso entre la memoria de las luchas obreras, la jurisprudencia internacional y la presión por flexibilizar derechos. La Sala Constitucional tiene en sus manos un precedente histórico. No se trata de un expediente más, sino de la defensa de un principio que Costa Rica adoptó hace más de un siglo y que ha sido reafirmado por instrumentos internacionales y por la doctrina francesa: la limitación de la jornada como frontera ética de la civilización.

Por ello, la Sala IV tiene la obligación de rechazar estas pretensiones regresivas y reafirmar que la dignidad laboral no se negocia, que los intereses económicos no pueden sobreponerse a la vida. De no hacerlo, sería una sentencia digna de ser colgada en el museo de la tortura, como advertencia de lo que ocurre cuando la justicia abdica frente al poder.

Referencias bibliográficas

  1. Corte Interamericana de Derechos Humanos. (2003). Caso “Cinco Pensionistas” vs. Perú. Sentencia de 28 de febrero de 2003. San José, Costa Rica.

  2. Corte Interamericana de Derechos Humanos. (2017). Opinión Consultiva OC-23/17 sobre medio ambiente y derechos humanos. San José, Costa Rica.

  3. Organización de Estados Americanos (OEA). (1988). Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Protocolo de San Salvador). San Salvador.

  4. Organización Internacional del Trabajo (OIT). (1919). Convenio sobre las horas de trabajo (industria), N.º 1. Ginebra.

  5. Rodríguez, M. (2019). Historia de la jornada laboral en Costa Rica: de la lucha obrera a la legislación social. Editorial de la Universidad de Costa Rica.

  6. Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). (2019). Sentencia C-55/18, Federación de Servicios de Comisiones Obreras (CCOO) vs. Deutsche Bank. Luxemburgo.

  7. Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). (2023). Sentencia C-477/21, IH vs. MÁV-START. Luxemburgo.

  8. Lyon-Caen, G. & Jeammaud, A. (2002). Droit du travail: relations individuelles. Dalloz, París.

  9. Supiot, A. (1999). Au-delà de l’emploi: transformations du travail et devenir du droit du travail en Europe. Flammarion, París.

Jornadas 4×3 en Costa Rica: Un retroceso disfrazado de avance

Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica

En los últimos años, ha cobrado fuerza en Costa Rica la propuesta de implementar jornadas laborales 4×3, es decir, trabajar cuatro días por semana durante 12 horas diarias, a cambio de tres días de descanso. Aunque esta modalidad puede parecer atractiva a primera vista, especialmente por la promesa de más tiempo libre, la evidencia científica y social demuestra que se trata de una medida perjudicial tanto para las personas trabajadoras como para las empresas.

1. Menor productividad, no mayor

Uno de los principales argumentos a favor de las jornadas 4×3 es que aumentan la productividad empresarial. Sin embargo, esto es falso. Diversos estudios han demostrado que, conforme se extienden las horas de trabajo, la productividad individual disminuye. Este fenómeno, conocido como “rendimientos decrecientes”, indica que después de cierto punto, trabajar más horas no solo deja de ser útil, sino que puede ser contraproducente. La fatiga, la pérdida de concentración y el agotamiento físico y mental reducen significativamente la eficiencia del trabajador.

2. Tres días de descanso no compensan el desgaste

Otro mito es que las personas tendrán más tiempo para descansar. Pero la realidad es que trabajar 12 horas durante cuatro días consecutivos deja muy poco margen para el descanso diario, el sueño adecuado y el tiempo de calidad con la familia. El cuerpo humano necesita pausas regulares y descanso diario para recuperarse. Las largas jornadas afectan el equilibrio emocional y mental, y los tres días libres no son suficientes para revertir el desgaste acumulado.

3. Impacto desproporcionado en las mujeres

Aunque esta medida afecta a todas las personas trabajadoras, su impacto es especialmente negativo para las mujeres, en particular aquellas que son jefas de hogar. Las largas jornadas dificultan aún más la conciliación entre la vida laboral y familiar, y refuerzan desigualdades estructurales de género. Las mujeres suelen asumir una mayor carga de trabajo doméstico y de cuidados, lo que hace que este tipo de jornadas sean insostenibles para muchas.

4. Riesgos graves para la salud

Las consecuencias para la salud también son alarmantes. Las personas que trabajan bajo este tipo de esquemas son más propensas a enfermarse, a sufrir accidentes laborales, a desarrollar adicciones y, en casos extremos, a morir por infartos. El estrés crónico, la falta de sueño y la presión constante deterioran la salud física y mental de forma acelerada.

En conclusión, las jornadas 4×3 no representan un avance, sino un retroceso en los derechos laborales y en la calidad de vida de las personas trabajadoras. No solo no mejoran la productividad, sino que atentan contra la salud, el bienestar y la equidad. Es fundamental que las políticas laborales en Costa Rica se basen en evidencia científica y en el respeto a la dignidad humana, y no en promesas vacías que benefician a unos pocos a costa del sacrificio de muchos.

Alianza de Resistencia por la Vida de las Mujeres impulsa campaña de firmas contra jornadas 4×3

Desde la Alianza de Resistencia por la Vida de las Mujeres, diferentes organizaciones, colectivas y mujeres firmantes decimos NO al Proyecto de Ley N.º 24.290 que pretende instaurar jornadas laborales de 12 horas durante 4 días, sin pago de horas extra y con graves consecuencias para nuestra salud, nuestra educación, nuestras familias y nuestros derechos laborales. Te invitamos a sumarte con tu firma:

https://forms.gle/HNqjgcwTEeZRvCpHA

El costo oculto de las jornadas 4×3 implica fatiga laboral, precarización y desbalance familiar

La Confederación de Trabajadores Unidad en la Acción Sindical (UAS) integrada por 19 sindicatos de trabajadores y trabajadoras del sector público y privado, se pronuncia contra la reforma al Código de Trabajo que establece jornadas excepcionales de 12 horas. Además, manifiesta su profunda preocupación y rechazo ante el establecimiento de una modalidad donde se habilita un horario laboral de 12 horas, cuatro días a la semana, a cambio de tres días consecutivos de descanso que no necesariamente serían el fin de semana.

Para el presidente de la Confederación UAS, Lenin Hernández Navas, la propuesta representa una amenaza directa a los derechos laborales y al bienestar físico / emocional de las y los trabajadores. Indicó que dentro de las principales desventajas de esta reforma destacan: Precarización de los derechos laborales porque debilita los principios fundamentales de la legislación laboral costarricense, que ha sido un pilar en la protección de los derechos de las personas trabajadoras. Agregó que el proyecto carece de un estudio técnico científico que determine la afectación o no del aumento de la jornada laboral.

También impacta la vida familiar y personal porque las jornadas extendidas dificultan la conciliación entre el trabajo y la vida familiar, afecta negativamente la dinámica y el desarrollo integral de las familias costarricenses, en momentos que el país vive una ola de violencia.

El representante de la Confederación UAS destacó que la reforma va en contra de las tendencias laborales en países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), de la cual Costa Rica forma parte y, donde la mayoría de estos países mantienen jornadas de trabajo que no exceden las 40 horas semanales, como, por ejemplo:

  • Países Bajos: 29 horas semanales en
  • Dinamarca: 33 horas semanales en
  • Alemania: 34 horas semanales en
  • Francia: 35 horas semanales

Según Hernández Navas, estas naciones han demostrado que las jornadas más cortas no solo mejoran la calidad de vida de los trabajadores, sino que, también, incrementan la productividad y reducen los errores laborales. Añadió que la propuesta no determina de forma rigurosa en cuáles de las actividades se aplicaría la jornada extendida y subrayó la debilidad de la disposición porque no circunscribe dónde aplicaría las jornadas extendidas y deja en manos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social la tarea, que a todas luces, no podrá cumplir el ente laboral.

“Desde la UAS hacemos un llamado urgente a las y los diputados para que reconsideren esta medida y prioricen el bienestar de la clase trabajadora y la calidad de los servicios públicos. Exhortamos también a las organizaciones laborales, gremiales y a la ciudadanía a unir esfuerzos para proteger los derechos adquiridos y rechazar cualquier intento de retroceso en las conquistas laborales”, indicó Hernández Navas.

Por su parte, Dania Obando Castillo, secretaria de Educación y Organización de la UAS, detalló que la modalidad 4×3 no debería implementarse porque aumenta los riesgos para la salud y la seguridad de los (as) trabajadores, como, por ejemplo, aquellos que laboran en el campo, en el agro específicamente en las plantaciones, debido a las jornadas extensas de 12 horas, que como consecuencia provocará fatiga física y mental. Aunado a ello, se prestaría para evitar los pagos de horas extraordinarias contempladas en el Código de Trabajo.

Visita líder de Federación Sindical mexicana

El presidente de la UAS, Hernández Navas, manifestó estar honrados con la visita del líder sindical, exdiputado y exsenador mexicano, Tereso Medina Ramírez, secretario general de la Federación de Trabajadores del Estado de Coahuila, que alberga a 300.000 trabajadores, también, líder del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Metalmecánica, Sidero-Metalúrgica y Automotriz, donde defiende a 250.000 trabajadores.

Medina Ramírez es fundador de la Universidad Laboral de México 4.0 y egresado de licenciatura en Derecho del Centro Sindical de Estudios Superiores de la CTM, con especialidad en materia laboral y cuenta con una maestría en derecho laboral, por la Escuela Libre de Derecho.

La visita de Ramírez Medina se enfoca en compartir conocimientos tanto costarricenses como mexicanos, para la creación de una agenda internacional que permita la defensa de los derechos laborales en América Latina.

La llegada de Medina Ramírez a suelo tico también enmarca dentro del lanzamiento del “I Congreso Internacional: Por la Seguridad Social y Derechos Laborales de Costa Rica y América Latina”, que realizará SINAE AFINES, actividad donde se discutirá la necesidad de perfeccionar el modelo solidario de Seguridad Social y los derechos laborales de los y las trabajadores.