Frente a la brutal represión por parte del Estado en contra
de pueblos indígenas y sectores populares del campo y la ciudad repudiamos
estos hechos y llamamos a que se inicie un verdadero diálogo atendiendo las
demandas del pueblo movilizado. Nos sentimos profundamente conmovidas y
conmovidos ante las noticias de violación de los Derechos Humanos en el
Ecuador.
El pueblo ecuatoriano ha salido a las calles para impugnar
un paquete de medidas de ajuste fondomonetaristas, haciendo ejercicio del
derecho a la resistencia contemplado en la constitución ecuatoriana.
Denunciamos la muerte confirmada de campesinos indígenas, el
ataque policial a zonas de refugio de manifestantes, poniendo en riesgo la
salud y la vida de menores de edad y bebés.
Todo esto en el marco de falsos llamados al diálogo que han venido
acompañados de ataques a manifestantes -en su mayoría mujeres- desarmadas y con
los brazos en alto.
Conocemos que en estos momentos el país se encuentra
militarizado y se ha decretado un toque de queda en el área metropolitana de
Quito. En distintas declaraciones a los
medios el Ministro de Defensa ha amenazado reiteradamente a toda la población
levantada con el uso de toda la fuerza militar, lo mismo que en las cadenas
nacionales de la presidencia, pese a que al mismo tiempo se habla de un
diálogo, sin detallar en dónde, cómo y bajo qué condiciones. Ninguno de estos
gestos abona la paz social y la restauración de un orden justo y democrático.
Expresamos nuestra profunda preocupación y hacemos un firme
llamado al Presidente Lenin Moreno, al Ministro de Defensa Oswaldo Jarrín, y a
la Ministra del Interior María Paula Romo, a frenar la represión, a deponer la
posición de fuerza instaurada al amparo de un estado de excepción y toque de
queda y a generar las condiciones para ese diálogo que las organizaciones han
venido proponiendo durante los últimos días.
El mundo está observando lo que ocurre en Ecuador y desde
nuestra Alianza nos comprometemos a seguir de cerca los acontecimientos y a
seguir trabajando para romper el cerco mediático con el que se intenta ocultar
los hechos de violencia y represión.
En las comunidades de Guacimal de Puntarenas y San Ramón de Alajuela se realizaron las primeras reuniones comunitarias de la Alianza por una Vida Digna. Compartimos fotos de ambas reuniones.
En la primera, realizada el 28 de setiembre, los temas de la conversación giraron en torno al grave problema de empleo en esta zona, así como en relación con la necesidad de democratizar la tenencia de las frecuencias radiofónicas ahora que estamos en el proceso de digitalización.
En la segunda, el 11 de octubre, el grupo de habitantes ramonenses contaron detalles del proceso mediante el cual se ha venido desarrollando la construcción de las Asambleas Patrióticas Populares. Asimismo, informaron de los esfuerzos educativos y organizacionales en torno al Hospital Sin Paredes, experiencia de salud encabezada por el doctor Juan Guillermo Ortiz Guier quien impulsó este concepto comunitario en 1955. Lamentablemente la institucionalidad no fue capaz de sostener este enfoque de salud primaria.
Pronto esperamos compartir textos de las personas de estas
comunidades.
La Alianza por una Vida Digna continuará en este esfuerzo por desarrollar esta lucha cultural desde las comunidades y las regiones.
Distintas organizaciones sindicales enviaron al Presidente Carlos Alvarado una carta en la cual solicitan su posición ante el criterio de relatores de la ONU, expertos en Derechos Humanos, con la cual, el proyecto de ley para controlar las huelgas tiene yerros importantes.
Las organizaciones recalcan que es importante que el mandatario se pronuncie, especialmente, cuando el Gobierno ha emprendido una campaña para integrar el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
Costa Rica en encrucijada: nueva llamada de atención de 3 mecanismos de protección de DDHH; esta vez por proyecto de ley para regular las huelgas.
Tres relatorías de la ONU expresan preocupaciones en relación
con el proyecto que se tramita en la Asamblea Legislativa y que busca controlar
las huelgas.
El Relator Especial sobre la promoción y protección del
derecho a la libertad de opinión y de expresión, David Kaye; el Relator
Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación, Clement
Nyaletsossi Voule; y el Relator Especial sobre la situación de los defensores
de derechos humanos, Michel Forst enviaron una comunicación en la cual detallan
los aspectos que les preocupa.
La carta dice: “… quisiéramos señalar a la atención urgente del Gobierno de Su Excelencia la información que hemos recibido en relación con la próxima discusión del ‘Proyecto de Ley para Brindar Seguridad Jurídica sobre la Huelga y sus Procedimientos’ que fue debatido en la Asamblea Legislativa de Costa Rica el 8 de septiembre de 2018 y reenviado a consulta a la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia; y que de ser aprobado podría ser incompatible con las obligaciones derivadas de las normas y estándares internacionales de derechos humanos contraídas por Costa Rica”. (destacados agregados).
Más adelante el escrito detalla: “… el proyecto de ley
presentas discrepancias con las normas y estándares internacionales de
protección de los derechos humanos, en particular en los siguientes puntos:
a) La posibilidad de disolución de un sindicato siempre que
se pruebe en juicio que “organizan o incitan a sus afiliados a impedir la
libertad de tránsito de los ciudadanos” (artículo 350);
b) El establecimiento del requisito según el cual para que
una huelga se considere legal debe estar ejecutada por un mínimo de tres
personas trabajadoras que representen más de la mitad de los votos emitidos
para acordar la huelga (artículo 371);
c) La prohibición de “huelgas políticas”, sin especificar su
definición (artículo 371);
d) La prohibición de celebrar huelgas por motivos por los
cuales ya se celebró una en el pasado (artículo 378);
e) Limitaciones temporales al ejercicio de la huelga,
incluso en casos de servicios no esenciales, por razones de “graves daños de
difícil o imposible reparación a la ciudadanía;” conceptos jurídicos
indeterminados (artículo 661 bis);
f) La reducción retroactiva de salarios como sanción en
casos de que se determine que la huelga fue ilegal (artículo 379);
g) La ampliación de la lista de “servicios públicos
esenciales” y otros servicios públicos “protegidos” de la huelga (artículo 376)”.
En un apartado posterior, los relatores de la ONU vinculados
a los Derechos Humanos expresan:
“Sobre las sanciones previstas:
Nos mostramos preocupados sobre el efecto que algunas
disposiciones del proyecto de ley, en particular la reducción retroactiva de
los salarios, podrían tener en los trabajadores que deseen participar en una
huelga, haciendo valer sus derechos fundamentales, y por temor se abstengan de
participar en la misma.
Si bien es entendible que el derecho a huelga sea regulado,
ningún trabajador, público o privado debe ser objeto de un vaciamiento absoluto
de su libertad de ejercer la protesta sindical, incluso a través de la huelga”.
En la parte final, los relatores se dirigen a las personas
que en la Sala Constitucional deben resolver la consulta presentada en torno a
este proyecto aprobado en primer debate. Expresan lo siguiente:
“En vista de lo anterior, exhortamos a las magistradas y los magistrados de la Suprema corte de Justicia a considerar nuestras preocupaciones en sus discusiones y deliberaciones sobre el Proyecto de Ley…”.
La Confederación de Trabajadores Rerum Novarum volvió este jueves ante la Sala Constitucional en defensa del derecho a la protesta.
La jornada, además del piquete frente al edificio de Sala, incluyó la entrega de un documento que amplía los cuestionamientos de inconstitucionalidad que presenta el proyecto de ley anti huelgas, expediente 21049, con respecto a los convenios de la OIT y de Derechos Humanos ratificados por el país.
Mario Rojas Vílchez, Secretario General de la CTRN, explicó que el documento entregado es un «memorial jurídico amicus curiae», una figura que permite a terceros, como la CTRN, hacer observaciones concretas sobre el proyecto de Ley por tener un interés legítimo.
Rojas Vílchez recordó que «la Sala Constitucional tiene en sus manos la democracia» que en este caso se trata de resguardar el derecho a la protesta ya garantizado en la propia Constitución Política y Convenios Internacionales.
La Sala Constitucional tiene hasta el próximo 5 de octubre para pronunciarse sobre la inconstitucionalidad del proyecto en discusión.
Mario Rojas Vílchez agradeció la participación en este piquete de nuestros sindicatos afiliados: Sindicato de Trabajadores Municipales de la Provincia de Limón (SITRAMUPL), Sindicato de Trabajadores de la Municipalidad de Garabito (SITRAMUGA, Sindicato Industrial de Pescadores Artesanales de Costa de Pájaros (SIPACAAP, Sindicato Nacional de Periodistas, Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de la Educación Costarricense (SEC), y de la Federación Sindical Municipal (FESIMU).
El próximo piquete se realizará el viernes 4 de octubre.
Un libro y un documental producidos en la UCR recuerdan esa histórica gesta
Eduardo Muñoz Sequeira (Vicerrectoría de Acción Social)
Grupo de trabajadores agrícolas de la Hacienda Juan Viñas, 1977
En el año 1977 la comunidad de Juan Viñas, en el cantón cartaginés de Jiménez, vivió uno de los períodos más intensos, convulsos e importantes en la historia de los movimientos sociales de Costa Rica. Un grupo de valerosos obreros agrícolas superando el acoso y la intimidación patronal se levantaron en huelga para luchar por mejoras sustantivas de sus deplorables condiciones de trabajo en la Hacienda Juan Viñas, dirigida en aquel momento por Manuel Jiménez de la Guardia, quien por esa época era uno de los más importantes socios del diario La Nación.
Han pasado 42 años de la gesta histórica de aquellos trabajadores, cuya lucha marcó un camino distinto en la relación laboral con los grandes latifundios agrícolas, que durante décadas sometieron a hombres, mujeres y menores de edad a la explotación laboral, al mejor estilo de un enclave que actuaba al margen de las leyes laborales costarricenses.
Para traer al presente aquella memorable época, laSede del Atlánticode la Universidad de Costa Rica inauguró su serie de “Cuadernos de Investigación de la Sede del Atlántico” con la edición del libro titulado “El conflicto de la Hacienda Juan Viñas 1977: De lo laboral a lo político”, de los docentes e investigadores Bernardo Bolaños Esquivel y Manfred Quesada Méndez.
Según los autores, la publicación “tiene como objetivo principal dar a conocer el conflicto laboral y político, el cual es un hecho histórico relevante para la comunidad juanviñense y el país en general. Por múltiples razones, este se ha invisibilizado. Sin embargo, constituye un aporte relevante a la historia del movimiento obrero campesino nacional y también local”.
El libro es parte de un proyecto de la Vicerrectoría de Investigación denominadoAnálisis de un conflicto laboral en la Hacienda Juan Viñas: 1976-1977. “Tanto el texto como el proceso investigativo pretenden rescatar la memoria colectiva de un hecho histórico del pueblo de Juan Viñas, el cual está dentro del rango de influencia de la Sede. Una de las motivaciones para realizar la investigación es que una parte de la comunidad, y en especial las nuevas generaciones, desconocen por completo el conflicto estudiado. Este hecho se comprobó en el trabajo de campo realizado en la comunidad con jóvenes universitarios que realizan sus estudios en la Sede del Atlántico. Además, se pudo constatar un vacío sobre el hecho histórico aquí abordado en fuentes escritas como trabajos de investigación, tesis, artículos, libros y textos producidos por historiadores de Juan Viñas”, explicó Bolaños.
El libro está disponible en el Repositorio Kérwá, para descargas gratuitas de la publicación puede seguir el siguiente enlace: http://ucr.cr/r/Zike
El 1 de noviembre de 1977 los sindicalistas Romano Sancho, Fernando Guevara, Manuel Campos, Antonieta Fernández y el estudiante de secundaria Mario Granados iniciaron una huelga de hambre.
VALOR ANTE LA PERSECUCIÓN
Romano Sancho, uno de los dirigentes obreros de 1977 aseguró que en la hacienda se vivía bajo “condiciones feudales, bárbaras, de semiesclavitud; un solo dueño, cinco mil hectáreas, un pueblo sometido, una municipalidad que hacía lo que él, Manuel Jiménez de Guardia, quería, las ciudadelas eran de él, el ingenio, el beneficio… eso le daba poder para que las cosas no se discutieran”.
Por ello, en diciembre de 1976, y tras años que el hacendado Jiménez de la Guarida ignorara las peticiones de los trabajadores, estalló el movimiento huelguístico más importante de la segunda mitad del siglo XX contra los abusos del enclave agrícola de Juan Viñas.
Los trabajadores se agremiaron al sindicato Sitrajuvi, que inicialmente actuó clandestinamente. Y desde esta instancia obrera desafiaron al poderoso terrateniente.
En enero 1977 se presentó el pliego de peticiones que incluían un aumento de ¢200 al mes, transporte para que los trabajadores llegaran a los lugares más distantes de la hacienda, derecho a aguinaldos y vacaciones con montos dignos, pago de salario ante las incapacidades, información clara y completa de las deducciones que se hacían a los salarios, jubilación para trabajadores que superaran los 60 años y titulación de las viviendas que durante años habitaron dentro del enclave agrícola, entre algunos de los 31 puntos de aquel documento.
La petitoria fue rechazada tajantemente, especialmente la referida al reconocimiento del sindicato como interlocutor entre el empresario y los trabajadores. En respuesta, la Hacienda Juan Viñas, mediante sus capataces infundieron miedo entre los empleados, persiguieron a los dirigentes sindicales y realizaron despidos masivos a quienes apoyaban la huelga, lo que significa el destierro definitivo de la zona; todo esto ante la mirada cómplice de las autoridades locales y políticas de la región.
Como parte de lo acordado, el 23 de junio de 1977 se realizó un plebiscito organizado por el Ministerio de Trabajo para que los empleados decidieran, por medio del voto, si aceptaban o no el sindicato. De un padrón de 1045, 336 votaron a favor de la propuesta, todos los demás votos, inclusos los blancos o nulos, se contabilizaron a favor de la hacienda. José Joaquín Lizano, durante una entrevista realizada en el 2012, comentó de la siguiente manera el ambiente que reinó ese día: “A la gente le daba miedo. Yo vi casos donde la gente salía corriendo en medio de los cafetales, gente tal vez que estaba inscrita en el sindicato y, cuando veían a los administradores o gente de confianza de la hacienda, salían huyendo. Eso yo lo viví e incluso la hacienda cerró caminos importantes para el tránsito de personas, pero que le pertenecían».
Pese a la intermediación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y de la iglesia católica, el conflicto escaló al punto que el 1 noviembre de 1977 los sindicalistas Romano Sancho, Fernando Guevara, Manuel Campos, Antonieta Fernández y el estudiante de secundaria Mario Granados iniciaron una huelga de hambre. Los puntos principales eran que cesaran los despidos masivos de sindicalistas y trabajadores, respetar el derecho a la organización obrera y el reconocimiento del sindicato como único mediador. El 18 de ese mes, se levantó la huelga de hambre y concluyó la confrontación con la aceptación patronal de lo exigido por el sindicato.
Antonieta Fernández, dirigente sindical del Juan Viñas, fue la única mujer en sumarse a la huelga de hambre en noviembre de 1977.
«en la hacienda se vivía bajo condiciones feudales, bárbaras, de semiesclavitud; un solo dueño, cinco mil hectáreas, un pueblo sometido, una municipalidad que hacía lo que él, Manuel Jiménez de Guardia, quería»
MEMORIA AUDIOVISUAL
La gran huelga de la Hacienda Juan Viñas hubiese quedado en el olvido, pero nuevas generaciones de investigadores y realizadores audiovisuales se han dado a la tarea de recordar a las nuevas generaciones la hazaña de los hombres y mujeres juanviñenses que hace cuatro décadas emprendieron esta lucha.
Dos de estas nuevas voces son la de Fressy Camacho Quirós, juanviñense, quien junto a Carolina Jarquín Ávila, oriunda de Grecia, otra zona de latifundios históricos, realizaron el documental “Donde nace el olvido”, inspirada en la huelga de 1977, como parte de su trabajo final de graduación en Producción Audiovisual en la Escuela de Ciencias de la Comunicación Colectiva de la Universidad de Costa Rica.
La obra audiovisual se propuso sacar del olvido esta historia de pérdidas, luchas y dolores comunitarios, de manera que la juventud de la zona conozca que hace 40 años un pueblo se levantó con el poderío del hacendado.
Según Camacho, el producto audiovisual es un documental social, en la línea de autor, es decir, en el que el realizador sale en búsqueda de su propia historia, más considerando que Antonieta Fernández, quien fue dirigente sindical y la única mujer que participó en la huelga de hambre, es su prima directa.
Con recursos propios y el apoyo de familiares y amigos que creyeron en este proyecto finalmente se llevó a buen puerto esta idea. Finalmente, tras dos años de intenso trabajo de producción, el próximo 29 de setiembre, a las 3:00 p. m., en el Salón Comunal del Invu, en Juan Viñas, se estrenará este documental que tiene como objetivo el cerrar heridas entre aquellos que lucharon, una suerte de “sanación del pueblo, porque las derrotas también se celebran porque significa que se luchó”, dijo Camacho.
Para satisfacción de las realizadoras, el documental fue uno de los seleccionados para participar en el Festival de Cine “Great Message International Film Festival” que tendrá lugar en la India a partir del 25 de setiembre próximo, un encuentro de producciones de temáticas sociales y ambientales que usualmente son excluidos de los circuitos cinematográficos comerciales del mundo. Luego de su estreno, el documental se presentará en otras localidades.
Sin embargo, la meta de Camacho y Jarquín, no fue producir para festivales, sino que a la gente de Juan Viñas le guste el resultado y logre sanar viejas heridas, comentaron.
En el documental Donde nace el olvido, las realizadoras se propusieron contribuir a la memoria colectiva de las personas protagonistas de la huelga contra el latifundio de la Hacienda Juan Viñas.
Información de la Vicerrectoría de Acción Social, UCR.
Víctor Manuel Rodríguez Rescia es un abogado costarricense
experto en derechos humanos, quien, entre otras labores, fungió como comisionado
ante el Comité de DDHH de la ONU. Amparado en la figura del amicus curiae que permite
que terceras partes ajenas a un proceso ofrezcan opiniones para mejor solución
de un caso, el experto solicita a la Sala Constitucional que reciba y admita el
escrito “en calidad de memorial de amicus curiæ en el … procedimiento de
consulta legislativa facultativa de constitucionalidad del proyecto de ley” denominado
“para Brindar Seguridad Jurídica sobre la Huelga y sus Procedimientos”.
El amplio y fundamentado documento de Rodríguez Rescia
expone razones para considerar que “El proyecto de ley bajo consulta implica
una temática crucial para la consolidación del Estado Social y Democrático de
Derecho, como es la libertad sindical”. Agrega que “Costa Rica ha sido una
nación caracterizada por hacer una convivencia armoniosa entre los factores
humanos del desarrollo económico, reconociendo en la Constitución de la Segunda
República la libertad sindical como un mecanismo de defensa de los intereses y
derechos económicos y sociales de los trabajadores”.
El documento, cuya versión completa puede descargar más
adelante, señala entre otros elementos los siguientes:
“La visión de conjunto permite entender al derecho a la
huelga como un derecho inherente de la libertad sindical que le permite a la
organización sindical de trabajadores emplear un mecanismo de presión legítima
para la defensa de sus intereses económicos o sociales, estando dicho contenido
explícito en el Artículo 61 de la Constitución Política de Costa Rica, así como
en el Artículo 8.1.b del Protocolo de San Salvador y en el Artículo 8.1.d del
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; pero
implícito en el Artículo 3 del Convenio 87 y 16 de la Convención Americana
sobre Derechos Humanos, y análogamente en el Artículo 22 del Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos”.
“Adicionalmente es importante destacar que la anterior
Relatora Especial sobre los Derechos a la Libertad de Reunión Pacífica y de
Asociación, MAINA KIAI, en su informe anual del año 2016, dedicado al ejercicio
de los derechos a la reunión pacífica y de asociación en el lugar de trabajo,
al referirse al derecho de huelga ha expresado:
Tanto los sindicatos como el derecho de huelga son
herramientas fundamentales para hacer efectivos los derechos de los
trabajadores, puesto que ofrecen mecanismos a través de los cuales los
trabajadores pueden defender sus intereses de forma colectiva y dialogar con
las grandes empresas y el gobierno en mayor igualdad de condiciones. El Estado
está obligado a proteger estos derechos de todos los trabajadores. …
El derecho de huelga está establecido en el derecho
internacional desde hace decenios, en instrumentos mundiales y regionales, y
también se consagra en las constituciones de al menos 90 países. De hecho, el
derecho de huelga ha pasado a formar parte del derecho internacional
consuetudinario.
Consecuentemente, el derecho de huelga, además de ser un
derecho internacional convencional, y un derecho constitucional, es también un
derecho internacional consuetudinario, lo que convierte al derecho de huelga en
un derecho universal, y a las obligaciones de respeto y garantía que le son
consustanciales, en obligaciones erga omnes. Dicho lo anterior, el Código de
Trabajo de Costa Rica plantea una definición no funcional sino descriptiva de
la huelga, calificando como legal, la que se produce como resultado del acuerdo
y realización que por lo menos tres personas trabajadoras —que representen más
de la mitad de los votos emitidos conforme al Artículo 381 del Código de
Trabajo— realizan para suspender concertada y pacíficamente el trabajo, ya sea
en una empresa, institución, establecimiento o centro de trabajo.
En una reciente decisión el CLS ha afirmado:
Lo que se entiende por servicios esenciales en el sentido
estricto de la palabra depende en gran medida de las condiciones propias de
cada país. Por otra parte, este concepto no es absoluto puesto que un servicio
no esencial puede convertirse en servicio esencial cuando la duración de una
huelga rebasa cierto período o cierto alcance y pone así en peligro la vida, la
seguridad de la persona o la salud de toda o parte de la población. El
Comité toma nota asimismo de que el hecho de vincular las restricciones del
derecho de huelga con las dificultades que provocan en el comercio y los
intercambios abre las puertas a la prohibición de una diversidad de acciones
reivindicatorias y de huelgas legítimas y que aun cuando las huelgas y otras
acciones conexas tienen repercusiones perjudiciales para el comercio y los
intercambios, tales consecuencias no convierten de por sí al sector afectado en
un servicio esencial, y por ende, debería mantenerse el derecho de huelga en el
mismo. Tomando nota de que se deben tener en consideración las condiciones
propias de cada país, el Comité recuerda que en otros casos no consideró que el
sector del petróleo constituyera un servicio esencial en el sentido estricto
del término. (resaltado agregado).
Le invitamos a descargar, estudiar y compartir el documento completo enviado a SURCOS por la jurista costarricense Rosaura Chinchilla Calderón.
La Hacienda Juan Viñas fue una de las empresas más importantes de la industria azucarera y cafetalera de Costa Rica, propiedad de la familia Jiménez de la Guardia. Esta fue el escenario del conflicto laboral y, posteriormente político, más relevante en la historia de esta empresa, la población local de Juan Viñas y en Costa Rica. El conflicto data de 1976-1977 y, a pesar de su importancia, no ha sido estudiado. Este trabajo es pionero en su investigación. Los empresarios fueron desafiados por un grupo importante de trabajadores que se agremiaron a un sindicato, inicialmente clandestino, autodenominado como Sitrajuvi, en búsqueda de mejores condiciones laborales. Esta unión desencadena una lucha interna entre patrono y trabajadores, que trae como consecuencias más importantes la ola de despidos, la intermediación del Estado a través del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), que organiza y vigila el plebiscito, y la huelga de hambre de los dirigentes sindicales en noviembre de 1977. Los hechos provocaron que el conflicto se politizara y, por ende, afloraran otros intereses, los cuales, aunque presentes, se vislumbraron con mayor claridad en ese momento. Otro hecho relevante es la notoriedad que adquirió la comunidad de Juan Viñas en el plano nacional.
Para descargar el libro, ingrese en el siguiente enlace:
“Dónde nace el olvido “documental escrito y producido por joven de Juan Viñas.
Trabajo se basa en conflicto que data de 1976-1977 y, a pesar de su importancia en la historia del movimiento obrero campesino nacional y local, es la PRIMERA vez que se realiza un documental sobre este histórico hecho
Documental cuenta con música del grupo cubano Buena Fe y del cantautor tico-cubano Yaco
Donde nace el olvido, documental escrito y producido por la joven oriunda de Juan Viñas, Fressy Camacho Quiros, cuenta la extraordinaria historia del conflicto laboral y, posteriormente político más relevante en la historia de la empresa azucarera y cafetalera Hacienda Juan Viñas y cómo estos gamonales fueron desafiados por la población local.
Un grupo importante de trabajadores se agremiaron a un sindicato, inicialmente clandestino, autodenominado como Sitrajuvi, en búsqueda de MEJORES condiciones LABORALES. Esta unión desencadenó una lucha interna entre patrono y trabajadores, que trajo como consecuencias una la ola de despidos, la intermediación del Estado a través del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), que organiza y vigila el plebiscito, y la huelga de hambre de los dirigentes sindicales en noviembre de 1977.
Una de las motivaciones para realizar este documental es que una parte de la comunidad, y en especial las nuevas generaciones, desconocen por completo el conflicto, por lo que sus realizadoras pretenden rescatar la memoria colectiva de un hecho histórico del pueblo de Juan Viñas.
Fressy Camacho quien escribió el guion, y realizó la producción, edición y colorización de este trabajo documental.
-¿Cómo nació la idea?
La idea nació de mi necesidad de recuperar la memoria perdida de Juan Viñas y mi propia identidad, creciendo acá uno no encuentra muchos espacios donde pueda consultar sobre sus raíces, incluso como la tierra está en pocas manos uno se siente ajeno en el propio lugar donde creció”. “Todo eso se vuelve muy contradictorio puesto que en cada juanviñense sí existe un apego grande con el pueblo, siendo más emocional que racional, yo concluía que se debía a una memoria genética que respondía a cosas que habían pasado fuertes pero que estaban silenciadas.”
“Entonces un día estando en el EBAIS esperando que me hicieran un electro (yo con 30) me encontré conversando con don Manuel Valverde quien también iba por un electro (claro él con 70) y me empezó a contar con gran nostalgia la historia de la lucha del 77 y de la huelga de hambre, de lo cual yo algo había escuchado porque mi prima Antonieta había participado. Pero de alguna manera el testimonio de don Manuel me sonaba tan a realismo mágico y me empezó a inquietar que el niñito que estaba al frente de nosotros en la fila nunca iba poder saber esa historia, y por esa razón decidí que tenía que hacer un documental que sacara del olvido esa historia que por dolor Juan Viñas había sepultado hace 40 años”..
-¿Cuánta gente participa?
“Yo inicié con el proyecto y al tiempo una compañera de carrera Carolina Jarquín al escuchar la historia me pidió la dejara hacer la tesis conmigo, así iniciamos el proceso de investigación, de búsqueda de lo personajes que estaban por todo Costa Rica y el tratamiento para el documental”
-¿Cómo se financió este proyecto?
“Nunca tuvimos más presupuesto que el de nuestros salarios, aunque mi familia siempre me apoyó con alimentación y hospedaje para el crew de producción, el cual lo conformaron amigos productores que cuando me escuchaban hablar del tema se involucraban al punto de ofrecer su equipo, tiempo y talento gratis
Casi todo el material lo grabamos Carolina y yo, pero para el día final se necesitaban 5 equipos de grabación y ahí es donde el crew trabajo como si fuera propio el docu y tanto Oscar, como Xinia, David (quien además me hizo las tomas del drone), Jorge SanChez y Jorge Fernández conformaron el equipo”
La banda sonora la trabajó el postproductor de sonido Alejandro Guevara, quien igualmente donó su trabajo.
Fressy Camacho es productora audiovisual de la UCR y da clases de audiovisual desde hace 9 años en el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA).
Estreno domingo 29 de setiembre, 3 pm, salón del Invu de Juan Viñas.
El proyecto de ley que pretende cambios en el empleo público y la aplicación de la regla fiscal no son la solución a la denominada crisis fiscal, reconoce la OCDE
Eduardo Muñoz, periodista Vicerrectoría de Acción Social UCR
Si de riqueza y poder político global se trata, el
conocimiento científico y la educación son de los activos más apetecidos por
los grupos económicos internacionales. La historia de los nexos entre la
ciencia y la educación, y la política, demuestra que siempre ha existido un
pulso por el control de estos activos, cuyos costos y pérdidas son socializados
pero sus ganancias privatizadas a favor de conglomerados empresariales.
En el caso costarricense, los logros sociales alcanzados desde
la Segunda República son múltiplemente reconocidos. Incluso, la Organización
para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), actual sustento
ideológico de la clase política y empresarial costarricenses que impulsan
cambios en materia fiscal, de inversión social, educación y empleo público
asegura, contradictoriamente, en su informe titulado Estudios Económicos
de la OCDE: Costa Rica 2018, que “el acceso a la educación para todas
las personas ha sido una piedra angular del modelo social exitoso de Costa
Rica y, por esta razón, las reformas constitucionales aumentaron el gasto
obligatorio al 8% del PIB”. Pero, pese a los indicadores internacionales en dicha
materia, la OCDE también afirma que “no existe una razón subyacente para este
objetivo específico, mientras que la evidencia sugiere que actúa como un
obstáculo importante para la restricción del gasto sin mejorar la
eficiencia ni la eficacia en cuanto a los resultados educativos”.
Sobrepasar ese “obstáculo” es el principal desafío de las
autoridades políticas costarricenses, ya que los proyectos impulsados desde el
Estado costarricense para la aprobada reforma tributaria, el empleo público y
la privatización solapada de la Caja Costarricense del Seguro Social, son
insuficientes para ingresar al exclusivo club de naciones integrantes de esa
organización.
En contraste con los criterios de que la masa salarial
pública es corresponsable del déficit fiscal, la realidad es que solamente
representa el 14% de la fuerza laboral nacional, integrada mayoritariamente por
los sectores educativo, salud y seguridad. Y, en opinión de la OCDE y sus
acólitos costarricenses, las remuneraciones en este sector son excesivas y
distantes de lo devengado por el sector privado. No se menciona que, de manera
sostenida y según encuestas del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, una
cuarta parte de la fuerza laboral nacional no percibe el salario mínimo; y
existen claras disparidades entre lo percibido entre hombres y mujeres.
La Rectoría de la Universidad de Costa Rica, en un documentoa disposición de acceso público a
la ciudadanía, ha sido contundente al afirmar que el Estado
costarricense, en procura de “resolver” el problema del empleo público,
“convierte a los salarios en una variable de ajuste macroeconómico (por
ejemplo, para controlar la inflación o el déficit fiscal) y no en un elemento
central para procurar el mayor bienestar a todos los habitantes del país”. En
suma, el proyecto de ley apuesta a la pauperización generalizada como mecanismo
de control tributario, mientras por otro lado no se resuelve con acciones
firmes la evasión y elusión fiscales, que superan el 13% del PIB.
Por otra parte, sin considerar las particularidades de las
instituciones del Estado costarricense, la OCDE aplica criterios de
“productividad” a servicios tan diversos como la educación básica y
universitaria, la seguridad social y las transferencias que se realizan a los
sectores menos favorecidos. Para ello, y traspasando sus competencias, esa
organización le sugiere al Estado, a manera de receta única, que impulse un
«conjunto claro de mecanismos de dirección, coordinación y control a nivel
del Gobierno Central», ignorando deliberadamente nuestra Constitución
Política de Costa Rica, un escollo para la OCDE.
El citado estudio de la OCDE es claro, nuestra
Constitución y la institucionalidad costarricense se contraponen a su ideario
político. “El uso excesivo de la asignación obligatoria de fondos con
destinos específicos en Costa Rica también está en contradicción con la
Recomendación del Consejo sobre Gobernanza Presupuestaria, que establece que
«Los fondos para fines específicos y la asignación de ingresos para fines
concretos deben mantenerse al mínimo» (Recomendación del Consejo sobre
Gobernanza Presupuestaria, Principio 7, OCDE 2015b)».
En suma, la ruta definida por la OCDE y el gobierno
costarricense atenta contra la institucionalidad y la historia costarricenses,
pisotea la Constitución Política e hipoteca el bienestar de las futuras
generaciones.
Para descargar el documento de la Rectoría de la Universidad de Costa Rica Sobre el Proyecto de Ley Marco de Empleo Público puede buscarlo con este enlace: http://ucr.cr/r/GU8F
José Manuel Arroyo Gutiérrez, ex magistrado y catedrático UCR
La Constitución Política de Costa Rica opta por una
organización republicana y un ordenamiento jurídico propio del Estado Social de
Derecho. Lo primero establece con claridad la división de poderes, los ámbitos
de competencia, los controles recíprocos en orden a que ninguna autoridad de la
República se sienta libre de hacer lo que le parezca y abuse de sus
atribuciones. Lo segundo, en lo fundamental, opta por el respeto a la dignidad
humana –que no es otra cosa que el respeto a los derechos de las personas sin
ningún tipo de discriminación-, así como la enunciación de derechos y garantías
individuales y sociales y el diseño de un andamiaje institucional complejo y
diverso.
La
Constitución Política, hace distinciones que no pueden atropellarse sin poner
en riesgo el futuro mismo de la convivencia democrática dentro de un régimen de
derecho. La Sala IV, a propósito del Art. 188 C.P. ha establecido que las
instituciones autónomas tienen independencia administrativa, mas no de
gobierno, ámbito en el que éstas deben atenerse a las leyes dictadas por la
Asamblea Legislativa (Voto No 3309-94). No obstante, esta misma resolución
explicita cómo, la Corte Suprema, en cambio, conserva el gobierno y la
administración de tribunales, funcionarios y empleados de la rama judicial, es
decir, conserva un ámbito de independencia mayor, tanto de gobierno como de
administración (art. 156 C.P.), que la diferencia del que disfrutan las
instituciones autónomas en sentido estricto (188 y 189 C.P.). La lectura de
estas dos últimas normas evidencia que se refieren a instituciones autónomas
como los bancos y aseguradoras estatales, y las que a futuro cree la Asamblea
Legislativa.
Pero
evidentemente el constituyente, de manera directa, quiso tutelar algunos
valores fundamentales como la justicia, la salud, la educación superior
pública, entre otros, para lo cual creó instituciones con encomiendas
específicas y las dotó de autonomías reforzadas, frente al Poder Ejecutivo de
turno y frente a la misma Asamblea Legislativa. Estoy convencido que tal es el
caso de la Universidad de Costa Rica y de todas los centros de educación superior
pública del país. Véase cómo, esta autonomía reforzada se evidencia cuando la
Constitución crea “…una institución de cultura –ojo, algo más que de educación- que
goza de independencia para el desempeño de sus funciones, y de plena capacidad
jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, así como para darse su
organización y gobierno propios…”. Tales atributos y competencias se
hacen extensivas a los otros centros de educación superior públicos, y el
Estado queda obligado no sólo a otorgarles un patrimonio propio, sino a
colaborar en su financiamiento (Art. 84 y 85 C.P.).
He aquí la
importancia trascendental de que el examen de constitucionalidad al que está
siendo sometida la Ley No. 9635, “Ley de
Fortalecimiento de las Finanzas Públicas”, no pase atropelladamente por las
distinciones y precisiones que hace la Constitución Política. El problema es
que esta legislación, con su buque insignia la “Regla Fiscal”, pretende meter a
todos los poderes e instituciones, funcionarios y empleados públicos, en una
especie de camisa de fuerza, olvidándose de que las vías impuestas siempre
tienen sus días contados, y es imposible hacer sostenible a largo plazo medidas
que asfixian o ahogan a amplios sectores de la población.
Esto es así en la medida en que aún para las instituciones autónomas en sentido estricto, como la C.C.S.S. o I.C.E., -para mencionar sólo dos sobre las que ha recaído buena parte de la paz social disfrutada en el país por décadas-, no se les puede imponer, sin más, cómo y con qué recursos van a poder atender servicios de emergencia o extraordinarios, o bien qué régimen de incentivos salariales, o reconocimientos por prohibiciones o dedicaciones exclusivas pueden promoverse. Tampoco es posible que las nuevas reglas para los trabajadores de primer ingreso pasen por alto que existen otros principios constitucionales en materia laboral, que expresamente erigen el principio de igualdad (Art. 57) o el de no-discriminación para ningún sector de los trabajadores (Art. 68). Mucho menos se puede tratar de esta manera a quienes laboran en otros poderes republicanos o en las universidades, cuyas misiones institucionales, -como la justicia o educación superior-, el constituyente quiso protegerlas de gobiernos y tendencias coyunturales emanadas de otros poderes en ejercicio.