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Etiqueta: Palestina

Llamado: Es el momento de movilizarnos por Palestina

EL COMITÉ DE SOLIDARIDAD CON PALESTINA

El Comité de Solidaridad con Palestina y la Coordinadora de la Red de Solidaridad con Palestina invitaron a movilizarse por este pueblo, el miércoles 30 de julio en la Fuente de la Hispanidad. De ahí, la movilización se desplazaría hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos la cual se ubica a pocas cuadras.

El Secretario de las Naciones Unidas Ban Ki-Moon, visitaría nuestro país esa misma fecha, por lo que la Coordinadora de la Red de Solidaridad con Palestina y diferentes organizaciones desean hacerle saber que Costa Rica repudia la masacre que Israel lleva a cabo contra el pueblo de palestino de Gaza.

Para horas de la noche, también se realizaría una demostración en un punto cercano al Teatro Nacional, lugar en donde se llevaría a cabo una cena de gala con el Secretario de las Naciones Unidas.

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Naciones Unidas: Consejo de Derechos Humanos aprueba resolución para investigar ataques de Israel en Gaza

Naciones Unidas - Consejo de Derechos Humanos aprueba resolución para investigar ataques de Israel en Gaza2

Nicolás Boeglin

Profesor de Derecho Internacional Público

Facultad de Derecho

Universidad de Costa Rica (UCR)

 

El Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, mediante su resolución S-21/1 con fecha del 23 de julio del 2014, aprobó crear una comisión internacional de investigación sobre las posibles violaciones a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario cometidas durante la ofensiva militar israelí en Gaza de las últimas semanas. El saldo en víctimas mortales palestinas al momento de aprobar esta resolución el día 22 de julio superaba las 650 personas, de las cuales 170 niños.

El texto aprobado, como es costumbre, se compone de una parte de considerandos (que suman 11 en total) aludiendo a la situación en Gaza y a la normative internacional que violenta Israel con este tipo de ataques “desproporcionados e indiscriminados” (según la expresión que se repite en varias partes del texto), y de una parte dispositiva de 15 puntos, en la que el punto décimo tercero precisa que el Consejo de Derechos Humanos: » 13.Decide enviar urgentemente una comisión de investigación internacional e independiente, que designará el Presidente del Consejo de Derechos Humanos, para que investigue todas las violaciones del derecho internacional humanitario y del derecho internacional de los derechos humanos en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, especialmente en la Franja de Gaza ocupada, en el contexto de las operaciones militares realizadas desde el 13 de junio de 2014, tanto antes como durante o después de estas, a fin de establecer los hechos y circunstancias de dichas violaciones y de los crímenes cometidos e identificar a los responsables, formulando recomendaciones, tanto sobre medidas en materia de rendición de cuentas, con vistas a evitar y erradicar la impunidad, garantizando así la exigencia de responsabilidades a los autores, como sobre medios y formas de proteger a los civiles frente a nuevos ataques, y decide también que dicha comisión informe al Consejo en su 28º período de sesiones» .

Palestina: un Estado más Estado desde el 2012

Cabe recordar que desde el 29 de noviembre del 2012, Palestina ostenta formalmente, y gracias a una aplastante mayoría obtenida en la Asamblea General de Naciones Unidas, el estatuto de Estado No Miembro Observador (remitimos al lector a una modesta nota al respecto explicando las razones de este estatuto peculiar obtenido y a una más extensa en francés publicada en la Sentinelle de la Sociéte Française pour le Droit International (SFDI), numéro 329 de janvier 2013).

Desde el punto de visto estrictamente jurídico, este estatuto permite a las autoridades palestinas subsanar una limitante que encontraban con anterioridad, al poder de ahora en adelante exigir (como cualquier Estado) el respeto a las reglas que imperan entre Estados entre sí y suscribir (como cualquier Estado), tratados internacionales y más particularmente tratados en materia de derechos humanos, de derecho internacional humanitario y de derecho penal internacional. En realidad, desde noviembre del 2012, es todo el derecho internacional público el que se abre a Palestina, y esta vez como sujeto pleno de este peculiar ordenamiento jurídico. En mayo del 2014, cinco de los ocho tratados suscritos por Palestina como Estado entraron en vigor para Palestina (ver nota de prensa).

Naciones Unidas - Consejo de Derechos Humanos aprueba resolución para investigar ataques de Israel en Gaza

Recordemos que el establecimiento por parte de Costa Rica de relaciones oficiales de Estado a Estado con Palestina en febrero del 2008 fue posteriormente seguido de similares gestos hacia Palestina de los siguientes Estados de América Latina: Venezuela (abril del 2009), República Dominicana (julio del 2009), Bolivia, Brasil, Ecuador y Paraguay (diciembre del 2010), Perú y Chile (enero del 2011), Argentina (febrero del 2011), Uruguay (marzo del 2011), El Salvador y Honduras (agosto del 2011). A ello hay que sumar los reconocimientos previos hechos por Cuba (1988) y Nicaragua (1988), así como de México el cual alberga una representación de Palestina desde 1975 sin reconocer oficialmente a Palestina como Estado.

En un artículo publicado en su columna semanal en el rotativo La República (Costa Rica) en diciembre del 2012, el ex Ministro de Relaciones Exteriores de Costa Rica (2006-2010), Bruno Stagno, a quién le correspondió llevar adelante la apertura de Costa Rica hacia el mundo árabe así como el establecimiento de relaciones de Estado a Estado con Palestina (2008), y quién fungió como Presidente de la Asamblea de Estados Parte de la Corte Penal Internacional (CPI) durante le período 2005-2008, escribía: “Más allá de la importancia que tiene esta decisión sobre la autodeterminación de Palestina, tiene importantes efectos jurídicos y políticos sobre las eventuales negociaciones de paz en el Medio Oriente. En primer lugar, por primera vez en su historia, Palestina ahora podrá suscribir tratados internacionales, incluyendo en particular el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. De acceder a dicho tratado, aquellos excesos susceptibles de caer bajo la jurisdicción del Estatuto perpetrados por Israel o grupos extremistas o terroristas en territorio palestino, podrían ser investigados o juzgados por la Corte” (Nota 1).

El derecho penal internacional: temores de Israel y de Estados Unidos

Ya habíamos hecho ver en un artículo publicado hace unos años en Elpais.cr de Costa Rica (ver nuestro breve artículo) que Estados Unidos e Israel comparten preocupaciones comunes con relación a una entidad encargada de juzgar penalmente a responsables de cometer crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad, genocidio y actos de agresión: la Corte Penal Internacional (CPI), establecida en 1998. Recientemente se leyó en un artículo titulado: «US is ‘absolutely adamant’ that Palestine not go to ICC and wreck the peace process — Power que para la diplomacia de Estados Unidos, «The ICC is of course something that we have been absolutely adamant about. Secretary Kerry has made it very, very clear to the Palestinians, as has the President. I mean, this is something that really poses a profound threat to Israel” (sic). La administración del Presidente B. Obama no pareciera sobre este punto preciso distanciarse mucho de la del Presidente G.W. Bush, como tampoco esta última de la del Presidente B. Clinton, como se podrá apreciar seguidamente.

Tal y como tuvimos la oportunidad de escribirlo en un artículo del 2012, con relación a la actitud de Estados Unidos ante la CPI a partir del año 2002, “pocas veces en la historia del derecho internacional, una superpotencia habrá desplegado tantos esfuerzos, en el marco de una estrategia tendiente a minar y a torpedear sistemáticamente toda forma de apoyo a la CPI que pudiese limitar o entrabar su libertad de acción. De manera insólita, la firma del Estatuto de Roma por parte de la administración Clinton fue depositada el 31 de diciembre del 2000, último día para hacerlo (según el Artículo 125 del Estatuto de Roma), conjuntamente con Israel y con Irán”

El primer acuerdo bilateral de inmunidad (los famosos “ABI” que buscan impedir de forma bilateral el traslado de personal militar o civil norteamericano a la CPI en clara violación a lo dispuesto en el Estatuto de Roma – ver artículo del profesor Christian G. Sommer) suscrito en el 2002 por Estados Unidos fue precisamente con Israel (el 8 de abril del 2002). El primer ABI suscrito con un país de América Latina por la administración de G.W. Bush fue con El Salvador (firmado el 25 de octubre de 2002, y ratificado el 29 de abril de 2004). Luego seguirían los ABI firmados con República Dominicana (suscrito el 13 de septiembre de 2002), Honduras (firmado el 19 de septiembre de 2002, ratificado el 30 de mayo de 2003), Bolivia (suscrito el 19 de mayo de 2003), Nicaragua (suscrito el 4 de junio de 2003 y ratificado el 9 de julio de 2003), Panamá (firmado el 24 de junio de 2003), y Colombia (18 de septiembre de 2003). Las presiones de diversa índole ejercidas por Estados Unidos sobre Costa Rica para que suscribiera un ABI (incluyendo un intento de evitar la Asamblea Legislativa para su aprobación según artículo de La Nación del 11/3/2011) llevaron a su canciller a expresar que: “For the love of God, this is not the way to treat a country that is your friend” (ver cable confidencial del 9/09/2005 reproducido por Wikileaks).

De igual manera, el primer Estado en imitar a Estados Unidos “retirando” la firma del Estatuto de Roma – una figura jurídica desconocida hasta entonces por el derecho internacional público – es también Israel, seguido unos años después por Sudán. Si remontamos un poco más el péndulo del tiempo, la oposición frontal de la delegación de los Estados Unidos durante las negociaciones previas a la adopción del Estatuto de Roma en el mes de julio de 1998 tampoco fueron ajenas a su aliado israelí. Algunas de las infidencias del jefe de delegación norteamericana durante la administración del Presidente B. Clinton, David Scheffer, posteriores a julio de 1998, son bastante aleccionadoras: se lee en una tesis doctoral publicada en Francia sobre el tema que « En ce qui concerne Israël enfin, David Scheffer reconnut après Rome que la délégation américaine avait endossé la crainte d´Israël d´être victime d´accusations devant la future Cour en raison de sa politique dans les territoires occupés » (Nota 2). “Endosar” temores de otro Estado en la negociación internacional de un texto como el Estatuto de Roma constituye un ejercicio poco usual para una superpotencia (y una excelente estrategia del Estado temeroso).

Los esfuerzos de Palestina ante la CPI

El 21 de enero del 2009 Palestina depositó una declaración de aceptación de la jurisdicción de la CPI, que precisaba que: «the Government of Palestine recognizes the jurisdiction of the Court for the purpose of identifying, prosecuting and judging the authors and accomplices of acts commitied on the territory of Palestine since July 2002» (ver texto en pp. 392-393 del estudio del professor Alain Pellet). Esta iniciativa de las autoridades de Palestina fue antecedida por la campaña realizada por Israel en la franja de Gaza en diciembre del año 2008 en el marco de la operación “Plomo Fundido” (con más de 1400 víctimas mortales palestinas y 14 víctimas israelíes). La gestión de Palestina ante la CPI fue considerada por el servicio jurídico del ejército israelí como una nueva forma de terrorismo: el «terrorismo legal» (Note 3).

Más allá de las valoraciones de los asesores legales del ejército de Israel, expertos franceses en derecho internacional y de otras nacionalidades estimaron que esta iniciativa permitía la plena aplicación de la jurisdicción de la CPI: ver la carta titulada «Les effets de la reconnaissance par la Palestine de la compétence de la C.P.I» con fecha del 8 de mayo del 2010. En sus conclusiones, estos especialistas indicaban que: » … la déclaration palestinienne du 21 janvier 2009 acceptant la compétence de la C.P.I. aux fins de l’identification, de la poursuite et du jugement des auteurs des crimes énumérés à l’article 5 du Statut de Rome commis sur le territoire de la Palestine depuis le 1er juillet 2002, et de leurs complices, peut déployer ses effets conformément aux dispositions de l’article 12 du Statut et, en particulier que toutes les conditions sont réunies pour que la Cour exerce sa compétence en application de l’article 13″.

No obstante, en el año 2012, el Fiscal de la CPI desestimaría la petición de Palestina, optando por remitirse a los órganos de Naciones Unidas para determinar si Palestina constituye o no un Estado (ver nota de la BBC). La decisión de abril del 2012 del Fiscal de la CPI con relación a investigar lo que ocurre en Palestina desde la perspectiva del derecho penal internacional deberá posiblemente ser reconsiderada, ahora que Palestina logró su reconocimiento como Estado No Miembro Observador en noviembre del 2012.

Desde el punto de vista formal, Palestina aún no ha adherido al Estatuto de Roma que crea la CPI (pese a diversos llamados a hacerlo, como por ejemplo el de Amnistía Internacional en su comunicado de diciembre del 2013).

La justicia internacional ante un muro:

El pasado 9 de julio, se celebraron de manera un tanto discreta, los 10 años de la Opinión Consultiva de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) sobre las consecuencias de la construcción de un Muro en territorios palestinos por parte de Israel (Nota 4). Por 14 votos contra uno (el juez norteamericano Thomas Buergenthal), la Corte Internacional de Justicia había determinado que: “La construcción del muro que está elevando Israel, la Potencia ocupante, en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén oriental y sus alrededores, y su régimen conexo, son contrarios al derecho internacional”; así mismo, por similar votación de 14 jueves contra uno, que, “Israel tiene la obligación de poner fin a sus violaciones del derecho internacional; tiene la obligación de detener de inmediato todas las obras de construcción del muro que está elevando en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén oriental y sus alrededores, desmantelar de inmediato la estructura allí situada, y derogar o dejar sin efecto de inmediato todos los actos legislativos y reglamentarios con ella relacionados, de conformidad con el párrafo 151 de la presente opinión”. Finalmente con similar votación en la que quedó nuevamente aislado el juez norteamericano de la CIJ, que “Israel tiene la obligación de reparar todos los daños y perjuicios causados por la construcción del muro en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén oriental y sus alrededores”.

En una reciente misiva dirigida al Secretario General de Naciones Unidas (ver texto) por parte de distintas personalidades y organizaciones, se lee que esta opinión jurídica no ha sido implementada en estos 10 años: “El fracaso de las Naciones Unidas y los Estados miembros en el cumplimento de su obligaciones vinculantes para defender el derecho internacional y el orden mundial en este caso menoscaba al sistema internacional y la credibilidad en el derecho internacional. Diez años después de la decisión de la Corte Internacional de Justica, instamos a las Naciones Unidas, sus Estados miembros y órganos, a cumplir con su obligaciones y adoptar las medias permitidas por la ley para garantizar la eliminación del muro israelí del territorio palestino ocupado y el régimen conexo de las colonias, la discriminación institucionalizada y la anexión. Para ello es necesario aplicar las lecciones de conflagraciones pasadas, combatir las violaciones relacionadas por cada una y todas las partes, y reparar integralmente a las víctimas ahora por los costos, pérdidas y daños resultantes de acuerdo con el marco de reparaciones que la Asamblea General ha aprobado por aclamación”.

Pese a la discreción con la que se celebró esta décima primavera de la opinión jurídica de la Corte de La Haya, esta no pasó del todo desapercibida: es precisamente objeto de una mención en uno de los considerandos del texto adoptado por el Consejo de Derechos Humanos. La referencia es hecha en los siguientes términos, y constituye en nuestra modesta opinión, un llamado sin ambigüedades a la comunidad internacional ante uno de sus integrantes reacio a cumplir con lo que ha dictaminado la CIJ: «Observando que el 9 de julio de 2014 se cumplió el décimo aniversario de la aprobación de la Opinión Consultiva de la Corte Internacional de Justicia sobre las consecuencias jurídicas de la construcción de un muro en el Territorio Palestino Ocupado y que no se han logrado avances en lo relativo a su aplicación, y afirmando la urgente necesidad de respetar y hacer respetar el derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos a este respecto».

Recordemos para el lector poco familiarizado con el sistema de Naciones Unidas, que cada vez que un Estado ha intentado solicitar al Consejo de Seguridad pronunciarse sobre la situación imperante en Jerusalén Oriental, en Cisjordania o en la Franja de Gaza, la delegación norteamericana recurre a ejercer su derecho al veto. Recientemente incluso, la delegación norteamericana innovó en la materia, con la noción de “veto implícito” detectada por nuestros colegas de la “Sentinelle” francesa del derecho internacional.

Discusión y votación en Ginebra:

La propuesta de texto votado el 23 de julio del 2014 dio lugar a un debate por más de ocho horas antecedido de la presentación de varios representantes de agencias de las Naciones Unidas (ver resumen de posiciones oficiales de los Estados que participaron al debate). Puesto finalmente a votación, el texto obtuvo 29 votos a favor, 17 abstenciones y un voto en contra (el de la delegación de Estados Unidos).

El detalle del voto indica que votaron a favor: Argelia, Arabia Saudí, Argentina, Brasil, Chile, China, Congo, Costa Rica, Costa de Marfil, Cuba, Emiratos Árabes Unidos, Etiopía, Filipinas, India, Indonesia, Kazajistán, Kenia, Kuwait, Maldivas, Marruecos, México, Namibia, Pakistán, Perú, Rusia, Sierra Leona, Sudáfrica, Venezuela y Vietnam.

Por su parte, los siguiente Estados se abstuvieron: Alemania, Austria, Benín, Botswana, Burkina Faso, Corea del Sur, Estonia, Francia, Gabón, Irlanda, Italia, Japón, Macedonia, Montenegro, Reino Unido, República Checa y Rumanía.

A diferencia de los Estados de África y de Asia, los Estados de América Latina que son actualmente miembros del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (a saber Argentina, Brasil, Chile, Costa Rica, Cuba, Perú y Venezuela) votaron todos a favor de dicha resolución. De igual modo los Estados que pertenecen al denominado grupo de BRICS. Uno de estos últimos, Brasil, llamó a consulta a su Embajador en Tel Aviv (ver nota) y anunció que «congelará» sus relaciones diplomáticas con Israel (ver nota) luego de que la diplomacia israelí lo calificara de «enano» por criticar las acciones de Israel en Gaza. En Ecuador, cuyas autoridades de igual manera llamaron a consulta su embajador en Tel Aviv (ver nota), manifestantes pidieron la ruptura de las relaciones diplomáticas con Israel (ver nota), así como en Chile. En España, organizaciones y redes sociales recolectan firmas en igual sentido (ver nota). En Francia, el Conseil d´Etat rechazó un recurso interpuesto contra la prohibición del Ejecutivo francés de permitir manifestaciones en favor de Palestina, previstas para el Sábado 26 de julio (ver nota).

Se reproduce al final de este artículo la versión en español

Nota 1: Véase STAGNO B., “Palestina y la CPI”, La República (Costa Rica) con fecha del 3/12/2012. Con relación a lo que le significó a Costa Rica defender la integridad del Estatuto de Roma ante la arremetida inédita de la administración de G.W. Bush, a partir del 2002 remitimos al lector a un estudio del mismo Bruno Stagno, editado por la Universidad para la Paz en el 2012, disponible aquí. De igual manera remitimos a un modesto artículo sobre la política de EEUU tendiente a torpedear a la CPI, publicado con ocasión de los 10 años de la entrada en vigor del Estatuto de Roma y disponible aquí.

Nota 2: Véase FERNANDEZ J., La politique juridique extérieure des Etats-Unis à l´égard de la Cour Pénale Internationale, Paris, Pedone, 2010, p. 172 así como la nota 614, p. 179. Se leerá con similar interés la frustrada maniobra de Estados Unidos de excluir de la definición de crimen de guerra el traslado por un Estado de parte de su propia población a un territorio que ocupa (en francés en el texto « transfert par un Etat d´une partie de sa population dans un territoire qu´elle occupe ») en las pp. 171-172.

Nota 3: Véase FERNANDEZ J., op.cit., p. 325.

Nota 4: El texto completo de esta opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia está disponible en español en este enlace.

 

Consejo de Derechos Humanos

21º período extraordinario de sesiones

23 de julio de 2014

Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos

S-21/1

Garantía del respeto del derecho internacional en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental

El Consejo de Derechos Humanos

– Guiado por los principios y propósitos de la Carta de las Naciones Unidas y la Declaración Universal de Derechos Humanos,

– Recordando la resolución 60/251 de la Asamblea General, de 15 de marzo de 2006, y las resoluciones 5/1 y 5/2 del Consejo de Derechos Humanos, de 18 de junio de 2007,

– Reafirmando el derecho a la libre determinación del pueblo palestino y la inadmisibilidad de la adquisición de territorio mediante el uso de la fuerza, consagrado en la Carta de las Naciones Unidas,

– Afirmando la aplicabilidad del derecho internacional de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario, en particular del Convenio de Ginebra relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra, de 12 de agosto de 1949 , al Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental,

– Reafirmando que todas las Altas Partes Contratantes en el Cuarto Convenio de Ginebra1 tienen la obligación de respetar y hacer respetar las obligaciones dimanantes del mencionado Convenio en lo que respecta al Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, y reafirmando también sus obligaciones con arreglo a los artículos 146, 147 y 148 sobre sanciones penales, infracciones graves y las responsabilidades de las Altas Partes Contratantes,

– Gravemente preocupado porque no se hayan aplicado las recomendaciones contenidas en el informe de la Misión de Investigación de las Naciones Unidas sobre el Conflicto en Gaza de 2009 , y convencido de que la no rendición de cuentas por las violaciones del derecho internacional consolida una cultura de impunidad, que se traduce a su vez en la repetición de las violaciones y pone en serio peligro el mantenimiento de la paz internacional,

– Observando que el 9 de julio de 2014 se cumplió el décimo aniversario de la aprobación de la Opinión Consultiva de la Corte Internacional de Justicia sobre las consecuencias jurídicas de la construcción de un muro en el Territorio Palestino Ocupado y que no se han logrado avances en lo relativo a su aplicación, y afirmando la urgente necesidad de respetar y hacer respetar el derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos a este respecto,

– Firmemente convencido de que la justicia y el respeto del estado de derecho constituyen las bases ineludibles de la paz, y subrayando que la impunidad prolongada y estructural imperante en relación con las violaciones del derecho internacional ha creado una crisis de justicia en el Territorio Palestino Ocupado que impone la adopción de medidas, en particular la exigencia de responsabilidades por crímenes internacionales,

– Observando que Israel, sistemáticamente, no ha llevado a cabo investigaciones genuinas de forma imparcial, independiente, inmediata y efectiva, como exige el derecho internacional, sobre la violencia y los delitos cometidos por las fuerzas ocupantes y los colonos contra los palestinos, y tampoco ha establecido responsabilidades judiciales por sus acciones militares en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental,

– Subrayando las obligaciones de Israel, en su condición de Potencia ocupante, de garantizar el bienestar y la integridad de la población civil palestina que vive bajo ocupación israelí en la Ribera Occidental, incluida Jerusalén Oriental, y en la Franja de Gaza, y observando la deliberada dejación de sus obligaciones a este respecto por parte de Israel y su negativa a asumirlas,

– Observando que los ataques deliberados contra civiles y otras personas protegidas y la comisión de vulneraciones sistemáticas, flagrantes y generalizadas del derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos aplicables en situaciones de conflicto armado constituyen graves violaciones, así como una amenaza para la paz y la seguridad internacionales,

– Deplorando las operaciones israelíes a gran escala llevadas a cabo en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, desde el 13 de junio de 2014, que se han acompañado de ataques desproporcionados e indiscriminados y traducido en graves violaciones de los derechos humanos de la población civil palestina, en particular debido al reciente ataque militar israelí contra la Franja de Gaza ocupada, la última de una serie de agresiones militares de Israel, y a medidas como el bloqueo en masa, los arrestos multitudinarios y los asesinatos de civiles en la Ribera Occidental ocupada,

– Expresando profunda preocupación por la gravísima situación humanitaria en la Franja de Gaza, y en especial por el desplazamiento forzoso de decenas de miles de civiles palestinos y por la crisis de acceso a un suministro adecuado y suficiente de agua y de servicios de saneamiento, que afecta a casi 1 millón de personas, así como por los daños ingentes causados a la infraestructura eléctrica, que han hecho que un 80% de la población tenga acceso a corriente eléctrica durante solo cuatro horas al día, y subrayando la importancia de hacer llegar asistencia humanitaria de emergencia a esos civiles y a otras víctimas,

– Acogiendo favorablemente la formación, el 2 de julio de 2014, del Gobierno de consenso nacional palestino, por ser un paso importante hacia la reconciliación palestina, que es fundamental para el logro de una solución que incluya la creación de dos Estados y se base en las fronteras anteriores a 1967 y una paz duradera, y recalcando una vez más que la situación en la Franja de Gaza ocupada es insostenible en tanto permanezca separada geográfica, política y económicamente de la Ribera Occidental:

– 1. Condena enérgicamente el hecho de que Israel, la Potencia ocupante, no haya puesto fin a su prolongada ocupación del Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, de conformidad con el derecho internacional y las resoluciones de las Naciones Unidas sobre la cuestión,

– 2. Condena en los términos más enérgicos las violaciones generalizadas, sistemáticas y graves de los derechos humanos y libertades fundamentales reconocidos internacionalmente, ocasionadas por las operaciones militares israelíes llevadas a cabo en el Territorio Palestino Ocupado desde el 13 de junio de 2014, especialmente la última agresión militar israelí contra la Franja de Gaza ocupada, efectuada por tierra, mar y aire, que ha incluido ataques desproporcionados e indiscriminados, como el bombardeo aéreo de zonas civiles, ataques contra personas y bienes civiles como medio de castigo colectivo, en grave quebranto del derecho internacional, y otras acciones, en particular ataques contra personal médico y humanitario, que pueden constituir crímenes internacionales y que han ocasionado directamente la muerte de más de 650 palestinos, la mayoría de ellos civiles, entre los que hay más de 170 niños, así como heridas a más de 4.000 personas y la destrucción gratuita de hogares, infraestructuras esenciales y bienes públicos;

– 3. Condena toda violencia ejercida contra civiles, donde quiera que se cometa, incluyendo la muerte de dos civiles israelíes por lanzamientos de cohetes, e insta a todas las partes concernidas a respetar sus obligaciones en virtud del derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos;

– 4. Hace un llamamiento en favor del cese inmediato de los ataques militares israelíes en todo el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, y también de los ataques contra todos los civiles, incluyendo los civiles israelíes;

– 5. Acoge favorablemente la iniciativa de Egipto, apoyada por la Liga de los Estados Árabes, y exhorta a todos los actores regionales e internacionales a que apoyen esta iniciativa con miras a lograr un alto el fuego general;

– 6. Exige que Israel, la Potencia ocupante, ponga fin de forma inmediata y total a su bloqueo ilegal de la Franja de Gaza ocupada, que constituye en sí mismo un castigo colectivo a la población civil palestina, entre otras cosas mediante la apertura inmediata, continuada e incondicional de los puntos de cruce para la entrada de ayuda humanitaria, bienes comerciales y personas a la Franja de Gaza y su salida de ella, en cumplimiento de las obligaciones que incumben a Israel con arreglo al derecho internacional humanitario;

– 7. Exhorta a la comunidad internacional, en particular a los Estados Miembros de las Naciones Unidas, las instituciones financieras internacionales y las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, así como a las organizaciones regionales e interregionales, a que proporcionen al pueblo palestino en la Franja de Gaza la asistencia y los servicios humanitarios que se necesitan urgentemente, entre otras cosas apoyando el llamamiento de emergencia lanzado el 17 de julio de 2014 por el Organismo de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente;

– 8. Expresa su grave preocupación por el aumento de los incidentes de violencia, destrucción, hostigamiento, provocación e instigación protagonizados por colonos israelíes extremistas transferidos ilegalmente al Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, y dirigidos contra civiles palestinos, entre ellos niños, y sus bienes, y condena en los términos más enérgicos los resultantes delitos motivados por prejuicios;

– 9. Expresa su profunda preocupación por la situación y condición de los presos y detenidos palestinos en cárceles y centros de detención israelíes, en particular tras el arresto por Israel de más de 1.000 palestinos desde el 13 de junio de 2014, y exhorta a Israel, la Potencia ocupante, a que ponga inmediatamente en libertad a todos los presos palestinos cuya detención no sea acorde con el derecho internacional, en particular a la totalidad de los niños y a todos los miembros del Consejo Legislativo Palestino;

– 10. Subraya la importancia de garantizar la protección de todos los civiles, destaca el hecho de que Israel sigue sin proteger a la población civil palestina que vive bajo su ocupación, tal como exige el derecho internacional, y, a este respecto, hace un llamamiento para que se otorgue protección internacional inmediata del pueblo palestino en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Carta de las Naciones Unidas, el derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos;

– 11. Recomienda que el Gobierno de Suiza, en su condición de depositario del Cuarto Convenio de Ginebra1, vuelva a convocar de inmediato la Conferencia de las Altas Partes Contratantes en el Convenio sobre medidas para hacer aplicar el Convenio en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, y para garantizar su observancia de conformidad con el artículo 1 común a los cuatro Convenios de Ginebra , teniendo en cuenta la declaración aprobada por la Conferencia de las Altas Partes Contratantes el 15 de julio de 1999, y la Declaración aprobada por la Conferencia el 5 de diciembre de 2001;

– 12. Solicita a todos los titulares de mandatos de procedimientos especiales pertinentes que busquen y recopilen urgentemente información sobre todas las violaciones de los derechos humanos en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, de conformidad con sus respectivos mandatos, y que incluyan sus observaciones en sus informes anuales al Consejo de Derechos Humanos;

– 13. Decide enviar urgentemente una comisión de investigación internacional e independiente, que designará el Presidente del Consejo de Derechos Humanos, para que investigue todas las violaciones del derecho internacional humanitario y del derecho internacional de los derechos humanos en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, especialmente en la Franja de Gaza ocupada, en el contexto de las operaciones militares realizadas desde el 13 de junio de 2014, tanto antes como durante o después de estas, a fin de establecer los hechos y circunstancias de dichas violaciones y de los crímenes cometidos e identificar a los responsables, formulando recomendaciones, tanto sobre medidas en materia de rendición de cuentas, con vistas a evitar y erradicar la impunidad, garantizando así la exigencia de responsabilidades a los autores, como sobre medios y formas de proteger a los civiles frente a nuevos ataques, y decide también que dicha comisión informe al Consejo en su 28º período de sesiones;

– 14. Pide que, según proceda, otros órganos pertinentes de las Naciones Unidas cooperen con la comisión de investigación en el cumplimiento de su misión, y solicita la asistencia del Secretario General y de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos a este respecto, en particular en lo relativo a la provisión de toda la asistencia administrativa, técnica y logística necesaria para permitir a la comisión de investigación y a los titulares de mandatos de procedimientos especiales cumplir con sus cometidos de forma inmediata y eficiente;

– 15. Pide también a la Alta Comisionada que informe al Consejo de Derechos Humanos, en su 27º período de sesiones, sobre la aplicación de la presente resolución, en particular sobre las medidas adoptadas para garantizar la exigencia de responsabilidades por las graves violaciones del derecho internacional humanitario y de los derechos humanos cometidas en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental;

– 16. Decide seguir ocupándose de la cuestión.

Aprobada en votación registrada por 29 votos contra 1 y 17 abstenciones. El resultado de la votación fue el siguiente:

Votos a favor:

Arabia Saudita, Argelia, Argentina, Brasil, Chile, China, Congo, Costa Rica, Côte d’Ivoire, Cuba, Emiratos Árabes Unidos, Etiopía, Federación de Rusia, Filipinas, India, Indonesia, Kazajstán, Kenya, Kuwait, Maldivas, Marruecos, México, Namibia, Pakistán, Perú, Sierra Leona, Sudáfrica, Venezuela (República Bolivariana de), Viet Nam.

Votos en contra:

Estados Unidos de América.

Abstenciones:

Alemania, Austria, Benin, Botswana, Burkina Faso, Estonia, ex República Yugoslava de Macedonia, Francia, Gabón, Irlanda, Italia, Japón, Montenegro, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República Checa, República de Corea, Rumania.

 

Enviado a SURCOS por el autor.

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Israel, Palestina: Cómo empezó todo

Israel, Palestina - Cómo empezó todo2

Olga Rodrígues

ALAI AMLATINA, 25/07/2014

 

“Si eres neutral ante situaciones de injusticia, has elegido el lado del opresor” (Desmond Tutu)

Cómo empezó todo, preguntan algunos estos días. Esto, lo que está ocurriendo en Gaza, se inició hace mucho tiempo. Comenzó con los pogromos, las persecuciones racistas de judíos primero en Rusia, después en Europa. Comenzó con el antisemitismo europeo, con el nazismo, con el genocidio contra los judíos y con la posterior decisión de Europa, motivada por la culpa de lo ocurrido, de apoyar y fomentar el sionismo -surgido en el siglo XIX- y la masiva emigración judía a Palestina.

Comenzó cuando el protectorado británico de Palestina miraba hacia otro lado mientras los judíos se organizaban en bandas armadas que cometieron atentados terroristas, matando a gente, contra objetivos británicos y árabes.

En 1947 la ONU, motivada por la responsabilidad y culpa europea del horror contra los judíos, aprobó un plan de partición que asignó el 54% de la Palestina del mandato británico a la comunidad judía (llegada la mayoría tras el Holocausto) y el resto, a los palestinos. Jerusalén quedaba como enclave internacional.

En los primeros meses de 1948 las fuerzas armadas judías clandestinas -escribo judías porque así se autodenominaban, y aún no se había declarado la independencia de Israel- elaboraron el Plan Dalet, cuyo fin era, entre otras cosas, hacerse con el control de la vía que unía Jerusalén con Tel Aviv, una zona que no figuraba como futuro territorio israelí en el plan de partición de la ONU. De ese modo expulsaron a miles de personas y asesinaron a cientos. Es decir, ya hubo entonces un plan de limpieza étnica.

Después, cuando los países árabes vecinos declararon la guerra a Israel tras su nacimiento en mayo de 1948, las fuerzas armadas israelíes aprovecharon para ocupar más tierras y expulsar a cientos de miles de palestinos. De ese modo Israel pasó a tener un 78% del territorio (posteriormente, en 1967 Israel ocuparía el 22% restante: Gaza, Cisjordania y Jerusalén Este).

Tras la guerra del 48, muchos palestinos intentaron regresar a sus casas, pero las tropas israelíes se lo impidieron, a pesar de que en diciembre de 1948 Naciones Unidas aprobó la resolución 194, incumplida hasta hoy, confirmada en repetidas ocasiones y ratificada en la resolución 3236 de 1974, que establecía el derecho de los refugiados a regresar a sus hogares o a recibir indemnizaciones.

Solo pudieron permanecer dentro de Israel, en muchos casos como desplazados, unos 150.000 palestinos, el 15% de la población, que en 1952 accedieron a la ciudadanía. Son los llamados árabes israelíes.

Gaza

Gran parte de los palestinos de Gaza son refugiados, expulsados o descendientes de los expulsados en 1948 a través de lo que constituyó, según historiadores israelíes como Ilan Pappé, una limpieza étnica, con el objetivo de levantar un Estado de mayoría judía. Incluso el historiador israelí sionista Benny Morris, ha escrito que “con la suficiente perspectiva resulta evidente que lo que se produjo en Palestina en 1948 fue una suerte de limpieza étnica perpetrada por los judíos en las zonas árabes”.

Los palestinos de Gaza viven hacinados, castigados, limitados. Israel controla qué productos y personas acceden a la Franja y prohíbe la entrada de materiales fundamentales. Practica un castigo colectivo.

Esto, lo que está pasando en Gaza, se inició hace 66 años, cuando se optó por una concepción de Israel como un Estado judío con mayoría judía. Para mantener esa mayoría Israel practica la ocupación, aparta y discrimina a los palestinos y, de vez en cuando, lleva a cabo operaciones militares que matan a cientos o miles y provocan el desplazamiento de miles más.

Para mantener la mayoría judía…

El Estado israelí, para ser fiel a su autodefinición -Estado judío- excluye el concepto de ciudadanía universal. Si aceptara como ciudadanos a los palestinos de Gaza y Cisjordania -territorios que controla u ocupa- su concepción como Estado judío estaría en peligro, ya que la población judía dejaría de ser la mayoritaria.

La elevada natalidad entre los palestinos es una de las preocupaciones principales de Israel. Lo llaman la cuestión demográfica. Ya hoy los judíos dentro de la llamada Línea Verde -las fronteras de antes del 67- conforman el 70% de la población, y se calcula que dentro de veinte años podrían ser el 50%.

Israel se opone a la creación de un Estado palestino pero también se niega a conceder derechos plenos y ciudadanía a los palestinos de Gaza y Cisjordania, porque si lo hiciera, estaría renunciando a su carácter judío como Estado. Es decir, a lo que algunos historiadores y politólogos llaman etnocracia.

Como subrayaba el israelí Sergio Yahni, integrante del Alternative Information Center, en una conversación que mantuvimos en Jerusalén:

“Israel solo puede ser un Estado judío si mantiene la supremacía demográfica o legal de la población judía, pero para ello tiene o que llevar a cabo una nueva limpieza étnica, como la de 1948, o practicar la segregación étnica legalizada, es decir, el apartheid. Mientras Israel no asuma una verdadera transformación democrática, no viviremos en paz y seguirá la represión”. («El hombre mojado no teme la lluvia», Ed.Debate, 2009).

La Ley de Bienes Ausentes

Para que Israel pudiera ser un Estado judío, el gobierno del primer ministro David Ben Gurion organizó la recolonización de las tierras y distribuyó los bienes inmuebles que llamaron “abandonados”. Para ello se aprobó en 1950 la Ley de los Bienes Ausentes, que gestionó el traspaso a manos judías de las casas de los palestinos, no solo de los que se habían ido fuera de las fronteras israelíes, sino también de aquellos que habían sido reubicados dentro del Estado israelí.

También se aprobaron otras leyes que prohibieron la venta o transferencia de tierras para garantizar que no cayeran en manos palestinas, y que permitían decretar la expropiación de bienes por interés público o declarar una superficie como “zona militar cerrada”, lo que impedía a los propietarios de la misma reclamarla como suya. De ese modo, 64.000 viviendas de palestinos ya habían pasado a manos judías en 1958.

La Ley del Retorno

Otra de las leyes fundamentales y una de las más controvertidas es la Ley del Retorno, que confirma esa insistencia en el carácter judío del Estado a través de la concesión de privilegios a los judíos. Esta ley concede el derecho a la ciudadanía de todos los judíos del mundo, de los hijos, nietos y cónyuges de los judíos, así como de quienes se conviertan al judaísmo. Sin embargo, no incluye a los judíos de nacimiento convertidos a otra religión y de hecho se ha denegado la ciudadanía a varios judíos convertidos al cristianismo.

La polémica en torno a esta ley reside en que Israel no permite regresar a su hogar a los palestinos expulsados ni a sus descendientes. Pero, por poner un ejemplo, un sueco que se convierta al judaismo sí tiene derecho a residir en Israel y a obtener la ciudadanía. Además, es probable que pudiera acceder a ayudas económicas del Estado para financiar estudios o adaptación a su nuevo hogar.

En 2003 se construyó un escalón más en esta política exclusivista con la aprobación de la Ley de Ciudadanía y Entrada en Israel, que indica que los palestinos de Cisjordania o Gaza menores de 35 años y las palestinas de Cisjordania o Gaza menores de 25 años no podrán residir en territorio israelí aunque se casen con un/a israelí. Sin embargo, si cualquier europeo contrae matrimonio con un ciudadano israelí tendrá derecho tanto a la residencia como a la ciudadanía.

La ocupación

La ocupación es la esencia del Estado israelí tal y como se concibe a sí mismo a día de hoy. Los colonos conforman una especie de ejército israelí paralelo al oficial, ya que ejercen una función paramilitar, la de invadir y ocupar, motivados por razones políticas, religiosas y también económicas, ya que el Estado concede préstamos y subvenciones a aquellos judíos que se instalan en la tierra de los palestinos.

En el territorio palestino de Cisjordania viven 450.000 colonos judíos, con una población total de más de dos millones de habitantes. Las colonias judías consumen un promedio de 620 metros cúbicos de agua por persona al año frente a los menos de 100 metros cúbicos de los palestinos. Esto sucede porque los asentamientos se apropian de parte de los acuíferos y de las áreas con más reservas.

Los colonos pueden llevar armas. Además, sus asentamientos están protegidos por el Ejército israelí, que de este modo legitima la ocupación. Es el propio Estado el que administra los terrenos de Cisjordania.

A través de las colonias, Cisjordania se ha convertido en una zona acantonada, sin continuidad territorial, donde los pueblos y ciudades están desconectados entre sí, convertidos en islotes rodeados por controles militares israelíes y por asentamientos judíos. Un Estado palestino con esta Cisjordania actual no contaría con conexión territorial y tendría tantas fronteras como colonias hay.

Exclusión y discriminación

Para controlar a la población palestina, Israel limita sus movimientos, lleva a cabo arrestos arbitrarios, aplica la llamada ley de detención administrativa, que permite mantener encarcelado a un palestino sin cargos ni juicio hasta al menos dos años, impide a los palestinos salir de su localidad o les obliga a esperar horas para hacerlo, les niega servicios públicos fundamentales, les prohíbe construir viviendas y de hecho destruye algunas de sus casas, con la excusa de que no cuentan con permisos de construcción que se les deniegan de forma sistemática.

En la práctica aplica un apartheid y se guía por la ley del talión. Si alguien mata a un israelí, es el propio Estado el que se encarga de la venganza, derribando la casa de la familia del presunto culpable, torturándole a él, a sus amigos o familiares, o impulsando una ofensiva militar en su barrio o en otro, como la actual contra Gaza. Al contrario de lo que debería ser la actuación de un Estado democrático, Israel opta por la venganza en vez de por la vía judicial.

El precio de la paz

Ante ello, Estados Unidos o la Unión Europea se limitan a murmurar con tibias condenas que son simple tinta sobre papel, porque mientras las emiten, mantienen a Israel como socio comercial preferente, le venden armas, le brindan apoyo diplomático y estratégico. Nuestros gobiernos son corresponsables -desde hace décadas- del destino de palestinos e israelíes.

Como me dijo Rami Elhanan, israelí que perdió a su hija en un atentado de Hamás, los judíos que apuestan por excluir a los palestinos se excluyen a sí mismos, “están volviendo al gueto. La solución está encima de la mesa, pero solo llegará cuando Israel se dé cuenta de que el precio de no tener paz es más elevado que el de tenerla”.

Este año Hamás y Al Fatah anunciaron su reconciliación y un acuerdo incipiente para un gobierno de unidad nacional. Las autoridades palestinas han hablado incluso de estar dispuestas a recurrir a la vía judicial para denunciar a Israel en tribunales internacionales. Ante ello, la respuesta de Tel Aviv ha sido más mano dura. No quiere al pueblo palestino unido, porque eso también amenaza el carácter judío de su Estado.

La radicalización está llegando a tal punto que han brotado nuevos grupos extremistas israelíes que atacan a los manifestantes israelíes que salen a la calle para pedir paz y libertad para Palestina.

En su ansia por querer más, Israel sigue renunciando a un acuerdo más que beneficioso para él, por el cual los palestinos tendrían un Estado con tan solo el 22% de la Palestina inicial, lo que supondría ordenar la salida de Cisjordania de los 450.000 colonos judíos, algo a lo que Tel Aviv no está dispuesto, al menos hasta ahora.

De todo esto va lo que ocurre estos días en Palestina, en Gaza, en Cisjordania.

Otro Israel es posible

Cada día que pasa los palestinos son reducidos a números o al olvido, recubiertos por esa perversa sospecha que persigue a tantas víctimas, y que susurra “algo habrán hecho”, “algo habrán hecho”, porque resulta increíble que los crímenes se cometan con tanta impunidad. La entidad que se erige a sí misma como árbitro moral para decidir qué debería ocurrir y qué no en Palestina es la misma que robó y sigue robando la tierra de otros.

No hay solución militar posible porque a pesar de todo, a pesar de lo que dijera Golda Meir en 1969, Palestina y los palestinos existen. La única solución pasa por poner fin a la ocupación, a los asentamientos, a la exclusión. El racismo, según el semiólogo Walter Mignolo, es la decisión de aquellos que están en el poder de clasificar y evaluar el grado de humanidad de los otros con el objetivo de controlar y dominar.

Dicho en palabras de la académica israelí Nurit Peled, “el Estado de Israel, que se declaró oficialmente un Estado de apartheid, se distingue por lo que ha sido siempre el método del racismo más típico y exitoso: la clasificación de los seres humanos”.

Otro Israel es posible, al igual que otra Sudáfrica fue posible.

 

Fuente: http://www.eldiario.es/zonacritica/Israel-Palestina-empezo_6_284231595.html

 

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Información enviada a SURCOS por ALAI AMLATINA.

Vigilia Mundial por la Paz

Vigilia mundial por la paz

La Coordinadora de Solidaridad con Palestina convocó para el jueves 24 de julio a una concentración por la paz, el alto a la masacre en la Franja de Gaza, y el respeto a los derechos del pueblo palestino. La actividad es parte de una coordinación mundial para ese mismo día.

La concentración y vigilia será en el Parque Central de San José a partir de las 5:00 p.m.

Vigilia mundial por la paz2

Información enviada a SURCOS por Andrés Román Sáenz.

COMUNICADO DE LA RED DE SOLIDARIDAD CON PALESTINA (RSP)

RED DE SOLIDARIDAD CON PALESTINA

Las organizaciones y personas unidas ante la convocatoria del Comité de Solidaridad con Palestina del Centro de los Amigos para la Paz:

 

1.- APOYAMOS EL RECONOCIMIENTO PLENO DE PALESTINA COMO ESTADO LIBRE E INDEPENDIENTE

Ante la AGRESIÓN BRUTAL Y REITERADA durante las últimas semanas por Israel contra Palestina, que constituye un escalamiento de una guerra desproporcionada, de exterminio genocida, dirigida por el movimiento sionista internacional, financiada y respaldada por el Gobierno de Estados Unidos y ejecutada por el Ejército de Israel.

 

2. LAMAMOS A LA POBLACION DE COSTA RICA QUE SE MOVILICE EN SOLIDARIDAD DEL PUEBLO PALESTINO

Se les invita a participar en una concentración de la Coordinadora de Solidaridad con Palestina, el próximo viernes 18, de las 3:00pm hasta las 6:00 p.m. frente de la Embajada de Israel, ubicada en el Centro Colón, (Paseo Colón y calle 36.) Posteriormente se comunicarían nuevas actividades desde el Centro de los Amigos para la Paz mediante páginas web y en Facebook.

 

3.- DENUNCIAMOS LA INACCIÓN DE LOS ORGANISMOS INTERNACIONALES

La complicidad de la comunidad internacional con Israel, que ha seguido con la agresión, la ocupación militar, la colonización Ilegal, la demolición de viviendas y expulsión de la población palestina. Se tolera que Israel deje sin cumplir más de cien resoluciones de las Naciones Unidas, inclusive de la Corte Penal Internacional, y NO SE LE APLICAN LAS SANCIONES QUE CORRESPONDEN.

 

4.- EXIGIMOS QUE EL GOBIERNO DE COSTA RICA SE PRONUNCIE CATEGÓRICAMENTE CONTRA LAS MUERTES DE CIVILES PALESTINOS CAUSADAS POR EL ATAQUE DESPROPORCIONADO DEL EJÉRCITO DE ISRAEL

En vez de los tímidos y confusos comunicados emitidos por la Cancillería de Costa Rica, que comete una grave omisión e injusticia al tratar este conflicto como una guerra entre iguales, hacemos un llamado al Presidente Luis Guillermo Solís, y al Ministro de Relaciones Exteriores Manuel González, para que se distancien de la posición cómplice del gobierno de Estados Unidos, y exijan sin ambigüedad el cese del ataque sionista. Costa Rica, como país líder en el plano político mundial, debe condicionar que se mantendrán las relaciones diplomáticas con el Estado de Israel, si le da cumplimiento de TODOS los mandatos del derecho internacional. De lo contrario se debe proceder a la RUPTURA DE RELACIONES en un plazo razonable.

 

5.- LLAMAMOS A LAS DIPUTADAS Y DIPUTADOS A ALZAR SU VOZ CONTRA LOS ATAQUES MILITARES DESPROPORCIONADOS EN SOLIDARIDAD CON LA POBLACIÓN CIVIL PALESTINA

Hacemos este llamado a las fracciones de todos los partidos representados y se pronuncien sobre este conflicto, y sobre todo las eventuales consecuencias de su escalada en el Medio Oriente, para lograr el cese al fuego, la búsqueda de soluciones NO VIOLENTAS, el fin de la ocupación militar y los asentamientos ilegales, reivindicamos el derecho a la defensa y a la resistencia heroica que en este momento realiza el pueblo palestino, para que su Estado goce de una plena libertad e independencia, frente a los ataques y masacres de uno de los ejércitos más poderosos del Mundo: el del Estado de Israel.

 

6. LLAMAMOS A LA POBLACIÓN COSTARRICENSE A INTERESARSE SOBRE LA POSIBLE ESCALADA DE LA GUERRA EN EL MEDIO ORIENTE

Ante la desinformación generalizada sobre la realidad en el Medio Oriente, DENUNCIAMOS la desmedida influencia del sionismo internacional en el manejo de las noticias y los medios informativos tradicionales. Por ello la Coordinadora de Solidaridad con Palestina organizará debates, centros de estudio, conferencias y publicaciones para romper los mitos que han mantenido desinformada a nuestra ciudadanía, y dará a conocer la masiva desproporción militar, la violación sistemática por militares y colonos judíos contra los derechos de las personas en el Estado de Palestina, tanto en la franja de Gaza como en Cisjordania, las múltiples vejaciones, humillaciones, y muerte, a manos de un régimen sionista guerrerista inhumano, así como la influencia sionista e imperialista en la manipulación de los conflictos étnicos, religiosos y militares, para rediseñar el mapa de Siria, Irak y eventualmente Irán.

 

San José, 16 de julio en el Salón de Expresidentes de la Asamblea Legislativa.

 

Información enviada a SURCOS por Juan Carlos Cruz Barrientos.