M.Sc. Rodolfo Quesada Quesada. Lic.
Coord. Foro Político Filosófico Agenda Verde.
En tiempo prehispánicos la Península de Nicoya (desde el cantón de Carrillo hasta el distrito de Cóbano), estaba habitado por la etnia Chorotega. En la época colonial y hasta 1824 formó lo que se conoce como el Partido de Nicoya (Liberia, Santa Cruz y Nicoya), que se une a Costa Rica. En ese entonces no existían los cantones de La Cruz, Carrillo, Hojancha ni Nandayure. Los distritos de la Región Sur de la Península de Nicoya, formaban parte de Nicoya.
En 1909 se crea la provincia de Puntarenas con su capital en el puerto franco. En 1915, el 18 de octubre, la administración de Alfredo González Flores, emite el decreto número 20 y entrega en administración a Puntarenas, el territorio que hoy conocemos como Lepanto, Paquera, Cóbano y las islas del Golfo de Nicoya.
A partir de 1915 se inicia un proceso en la Región Sur Península de Nicoya, cuyo resultado hasta nuestros días, ha sido el rezago social, reconocido institucionalmente en el quehacer de la ley 9036. Este escenario se ha convertido en campo de batalla para la política partidista de Puntarenas para lograr poder político a nivel nacional y muy recientemente con la creación de los Concejos Municipales de Distrito (2001), se han empezado a consolidar las castas locales supeditadas, con fines netamente salariales, porque han encontrado en ello, un modo atrayente de sobrevivir.
El problema más grave de esta forma sesgada de mirar la realidad de la Región, es que, esos pequeños grupos de poder partidista uniendo sus escasas voces, pretenden hacer creer a la población, que no es conveniente la creación de un solo cantón y propalan a diestra y siniestra el “contonitis” como una solución.
Acabamos de tener una correría en la Región de la Comisión Puntarenas de la Asamblea Legislativa, integrada por diputados de Liberación, Unidad Social Cristiana, Nueva República y Frente Amplio, la cual pagamos todos los contribuyentes. Han venido a ofrecer en cada distrito un cantón, que promueven y respaldan los intendentes y que, por demás, son de a mentirillas. El hecho de que la división territorial administrativa está judicializada en la Región, no ha sido obstáculo para estos personajes, para hacer esos ofrecimientos, carentes de veracidad.
Las voces del “cantonitis” tienen como argumento favorito, que, si los distritos se convierten en cantones, podrían utilizar sus recursos propios y no dependerían de la municipalidad del cantón Central de Puntarenas. Por otro lado, las voces de la discordia y la división (diputados), que quieren mantener concentrado el poder político provincial apresuran el “cantonitis” en la Región, disque inscribiendo cantones, a sabiendas que no es posible dado que el tema está judicializado. Esto quiere decir que, hasta tanto no se resuelva el recurso legal de pertenencia provincial, planteado por Nicoya en el 2012 ante el Tribunal contencioso, no tiene valor legal alguno, presentar iniciativas para crear cantones, entonces, falsear la realidad se convierte en un arma para dividir y confundir con inventos a la población.
Desde el año 2001 con la promulgación de la Ley 8173 Ley general de Concejos Municipales de Distrito, éstos han pasado a tener todas las potestades de una municipalidad con la única salvedad, que no tienen la ley que los constituyen en municipalidades en sí. Podemos decir entonces, que los CONCEJOS MUNICIPALES DE DISTRITO, SON MUNICIPALIDADES OPERATIVAS QUE LO ÚNICO QUE LES FALTA PARA SER MUNICIPALIDADES ES LA LEY.
Según la Sala Constitucional en su voto Nº 4530-00 de las 14,51 horas del 31 de mayo del 2000 estableció: “la finalidad de trasladar una especifica función a un órgano desconcentrado es justamente el encargarle con carácter exclusivo y excluyente una determinada competencia, que debe ejercerla sin injerencias, aún de la propia administración a la que se encuentra adscrito.» Este es el caso de los Concejos Municipales de distrito de la Región y de cualquier lugar del país.
Al analizar esta ley, podemos encontrar que son órganos independientes de las municipalidades que los crean y que son autónomos. El análisis del articulado de la ley, pone en evidencia que en la actualidad los concejos municipales de distrito son MUNICIPALIDADES OPERATIVAS AUTÓNOMAS, veamos:
El Artículo 1, son órganos con AUTONOMÍA FUNCIONAL PROPIA, no están supeditados a las municipalidades que los crean. Artículo 3 TODA LA NORMATIVA REFERENTE A LAS MUNICIPALIDADES SERÁ APLICABLE A LOS CONCEJOS MUNICIPALES DE DISTRITO la ley los considera municipalidades operativas. Artículo 9 LAS TASAS Y LOS PRECIOS POR LOS SERVICIOS DISTRITALES, EN TANTO ESTOS SEAN ASUMIDOS POR EL CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO, SERÁN PERCIBIDOS DIRECTAMENTE POR DICHO CONCEJO. Tienen total independencia para recibir y usar los ingresos del distrito. Artículo 10. LOS IMPUESTOS DE PATENTES APLICABLES A LAS ACTIVIDADES EJECUTADAS EN EL DISTRITO, SERÁN IGUALMENTE PERCIBIDOS POR EL CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO. Perciben los ingresos y los pueden usar en las obras del distrito. Artículo 11. TODA PARTIDA ESPECÍFICA O TRANSFERENCIA PÚBLICA DE FONDOS PARA OBRAS O PROYECTOS DEL DISTRITO, DEBERÁ GIRARSE DIRECTAMENTE AL CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO.
Por razones obvias de su pequeñez, al no tener las instancias requeridas para brindar los servicios y deban recurrir a la municipalidad a la cual está adscritos, dependerán de ésta. Esta situación es consecuencia de la poca capacidad que tienen para lograr transformación, achacando a la municipalidad a la cual están adscritos, los problemas que son propios de los Concejos Municipales de Distrito y no de la municipalidad.
Lo anterior deja en claro que los Concejos Municipales de Lepanto, Paquera y Cóbano, han sido municipalidades operativas durante 21 años. Si en ese tiempo no han encontrado las respuestas satisfactorias para el desarrollo y siguen atribuyendo mediante falsa premisa el subdesarrollo a la dependencia de la municipalidad del Cantón Central de Puntarenas, queda en evidencia el cálculo conveniente y tardo en comprender la realidad de la Región Sur, Península de Nicoya.
Con la segmentación mediante la creación de cantones en los distritos de la Región, se busca la consolidación de poder político de los partidos en la Asamblea Legislativa y de estas castas en lo local por salarios. Se proponen a sí mismas, como una réplica idéntica de la política partidista nacional, en donde los puestos de elección popular tienen como dueño familias o grupos de allegados, que buscan sin reparos de ninguna clase, un poder político partidista circular para mantener salarios y beneficios, cuyos resultados y efectos van en contra de la democracia y del desarrollo de la Región.
Es muy evidente que los concejos municipales de distrito o municipalidades operativas que existen en la Región Sur, Península de Nicoya, por su visión segmentada y su poco poder de transformación, no son la respuesta al desarrollo que busca la mayoría sin voz, de la población regional.
El Foro Agenda Verde hace esfuerzos para darle voz al pueblo llano, donde se encuentra el capital humano estudioso, honesto y comprometido, en el desarrollo sustentable de la Región, para ofrecer a las familias, las empresas y la biodiversidad, los mejores escenarios para su integración, en el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes.
El frío no está en las cobijas, podemos caer en un camino de autodestrucción del desarrollo local, si permanecemos desinteresados ante la situación actual de la Región. Debemos luchar por la unión para potenciar nuestro desarrollo con un solo cantón. Veintiún de experimentación y bajos resultados como municipalidades operativas, debe ser suficiente para entender, que el poder de transformación está en la unión de todos los distritos en UN SOLO CANTÓN y una sola municipalidad.