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Etiqueta: planes reguladores

UCR lanza la campaña de comunicación el ABC de los planes reguladores

La iniciativa fue desarrollada desde ProDUS-UCR y la campaña está activa en las redes sociales oficiales del el Programa de Investigación en Desarrollo Urbano Sostenible ProDUS-UCR.

Por medio de una campaña de comunicación en redes sociales, el Programa de Investigación en Desarrollo Urbano Sostenible ProDUS-UCR busca generar material de referencia sencillo y de fácil acceso en temas de ordenamiento territorial para todas las personas.

El objetivo principal es ofrecer un aporte desde la academia, mediante el cual se brinde información confiable y verídica sobre este importante tema.

Con mensajes cortos, lenguaje sencillo y por medio de ejemplos, el material permitirá al público conocer la importancia de los planes reguladores y los detalles de su elaboración.

¿Quiénes participan en la campaña?

La campaña fue desarrollada por el personal de investigación de ProDUS-UCR, y cada uno de los expertos del programa aportó su conocimiento desde su área de trabajo. El ordenamiento territorial es un tema interdisciplinario, por lo que en la campaña encontrarán información proveniente de especialistas de planificación urbana, ingeniería civil, arquitectura, derecho, agronomía, antropología, planificación urbana, entre otras carreras.

Al proyecto se unieron profesionales de otras instituciones, como el Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA) y se espera que otras personas se unan a la campaña para promover más puntos de vista en la discusión. En la elaboración del material también participó la asistente de comunicación Scarleth Rodríguez Ponce.

¿En qué consiste la campaña?

La campaña consiste en una serie de videos cortos que brindan información concisa para que las personas puedan utilizarlos y compartirlos en sus redes sociales. En conjunto se brindarán afiches con diagramas resumen de los diferentes temas y se estarán organizando charlas para aclarar dudas y profundizar más en cada tema expuesto. La campaña pretende proporcionar la información en distintos formatos para que se adecúe a cada persona.

Los contenidos de los materiales incluyen:

  • Aspectos legales de los planes reguladores

  • Alcances y limitación de los Planes Reguladores

  • Beneficios de la planificación territorial

  • Participación ciudadana

  • Desarrollo rural en el contexto del ordenamiento territorial

  • Gestión sostenible y conservación de los servicios ambientales

  • Movilidad Sostenible

  • Espacio Público

  • Áreas verdes

  • Rol del SENASA en los territorios rurales y urbanos

  • Entre otros

¿Dónde puedo ver y descargar los materiales de la campaña?

Los materiales se encuentran en la página web y redes sociales de ProDUS-UCR, por medio de Facebook, Instagram y Youtube. Además, se compartirán los materiales en las redes sociales y páginas web de otras instituciones. Lo anterior con el fin de facilitar el alcance a más personas.

https://www.facebook.com/produsucr/

https://www.youtube.com/@ProDUS-UCR

https://www.instagram.com/produs.ucr/

¿Cómo puedo participar?

Para ser parte de la campaña el público puede visitar la página web y redes sociales de ProDUS-UCR. Cada persona puede descargar y compartir los materiales con su familia, amigos y contactos.

Se invita a los medios de comunicación a unirse, compartiendo la información y replicando el material. A los gobiernos locales se les invita a formar parte, de igual manera compartiendo en sus redes sociales y siendo la voz que pueda generar en sus comunidades un liderazgo para el impulso de los Planes Reguladores.

Para más información sobre la campaña el ABC de los Planes Reguladores puede comunicarse a los correos produs@ucr.ac.cr y felix.zumbado@ucr.ac.cr

UCR. Los Planes Reguladores fortalecen el desarrollo rural

Felix ZumbadoMorales, investigador de ProDUS-UCR

Los beneficios de los Planes Reguladores para el desarrollo rural son conocidos en muchas naciones, ya que parte de la Política Pública de diferentes países. Un rasgo crítico del ordenamiento territorial es su objetivo de mejorar la calidad de vida de las personas que habitan en los territorios.

 En las zonas rurales, la mejora en la calidad de vida se logra por medio de la preservación de los suelos de altas fertilidades, el fortalecimiento del sector agropecuario como fuente de empleo, así como la gestión sostenible de los servicios ecosistémicos que proveen las zonas rurales a la sociedad.

Dentro de estos servicios ecosistémicos de las zonas rurales están: la generación de agua potable, la moderación de eventos extremos, el resguardo de biodiversidad, el freno a la perdida de seguridad alimentaria, la regulación de la erosión, los recursos para el desarrollo de ecoturismo-turismo rural- turismo de aventura, entre muchos otros.

Sin la protección que se desarrolla por medio del ordenamiento territorial, el sector agropecuario corre el riesgo de una progresiva degradación y las comunidades rurales pueden ser desplazadas por las dinámicas especulativas de los mercados inmobiliarios urbanos. En Costa Rica, los Planes Reguladores son la herramienta principal con la que cuentan los municipios para gestionar sus territorios.

Los Planes Reguladores no son una herramienta nueva, siendo que se incorporan en la regulación costarricense desde el año 1968, en la Ley de Planificación urbana. Esto es un antecedente importante de la institucionalidad y práctica del desarrollo urbano que enmarcan los Planes Reguladores y en sí del ordenamiento territorial en Costa Rica.

Nunca ha sido verdad que el uso de la propiedad haya sido ilimitado en Costa Rica. Algunos ejemplos de las restricciones históricas reflejan importantes valores costarricenses sobre el uso y disfrute de la naturaleza, como el artículo 33 de la Ley Forestal que establece retiros de nacientes permanentes, de las riberas de los ríos y lagos o embalses naturales. Otro ejemplo se tiene desde el año 1982, cuando se estableció un anillo de contención para el crecimiento de la Gran Área Metropolitana, buscando preservar en ese entonces los suelos de alta fertilidad y las zonas de gran valor ambiental, para proteger la recarga de los acuíferos que suministran el agua de gran parte de la región.

Por otro lado, la Ley Orgánica del Ambiente del año 1995 establece en su artículo Políticas de Ordenamiento Territorial, que es “función del Estado, las municipalidades y los demás entes públicos, definir y ejecutar políticas nacionales de ordenamiento territorial, tendientes a regular y promover los asentamientos humanos y las actividades económicas y sociales de la población, así como el desarrollo físico-espacial, con el fin de lograr la armonía entre el mayor bienestar de la población, el aprovechamiento de los recursos naturales y la conservación del ambiente».

Algunos beneficios de los Planes Reguladores para el desarrollo rural incluyen:

  • Aumenta la competitividad de los territorios. Los cantones con Planes Reguladores presentan las reglas claras sobre dónde pueden llevarse a cabo cuáles actividades productivas, con el fin de evitar conflictos entre los actores urbanos. Esto reduce el riesgo para el capital que se invertirá por parte del sector privado, por lo que existe una mayor oportunidad de atracción de inversión.
  • Se evitan los conflictos entre las actividades agropecuarias y el sector urbano, por ejemplo, por temas de generación de ruido, tránsito de vehículos pesados, generación de olores, conflictos por fumigaciones de plantaciones, entre otros. Los problemas de contaminación de fuentes de agua por agroquímicos, por ejemplo, pueden ser sustancialmente mitigados.
  • Se elimina la incertidumbre de no conocer qué sucederá con el territorio y sus inversiones, por ejemplo, sin Plan Regulador suelen presentarse conflictos al ubicarse usos no compatibles cerca de lecherías, plantas empacadoras, mataderos. Un ejemplo es la ubicación de caseríos en zonas cercanas a los usos mencionados.
  • Se logran preservar los servicios ecosistémicos necesarios para el funcionamiento del sector rural, por ejemplo, la protección de las zonas de recarga acuífera o la polinización en cultivos.
  • Se mejora la calidad de vida de toda la población, al evitar conflictos relacionados con tránsito de camiones pesados cerca de zonas urbanas o relacionados con la disponibilidad y calidad del agua.
  • Se promueve el desarrollo de actividades como el ecoturismo o agroturismo, fomentando las microempresas y la generación de empleo rural.
  • Se protege la vida de las personas al incorporar la gestión de riesgo ante amenazas naturales.
  • Permite a las personas pobladoras, representantes de instituciones públicas y a las autoridades municipales la planificación estratégica, promoviendo la toma de decisiones basados en esa visión del cantón generada conjuntamente.
  • Se protege la conectividad ecológica e integridad de los Corredores Biológicos establecidos por ley en Costa Rica.
  • Se logran incorporar las Áreas Silvestres Protegidas y sus zonas de amortiguamiento en la dinámica territorial y toma de decisiones con visión estratégica, asegurando su gestión sostenible que garantiza que Costa Rica siga siendo líder en temas de Ecoturismo a nivel mundial.
  • Se protegen los asentamientos humanos ubicados en las cuencas bajas de las amenazas naturales que podrían ser ocasionadas por la apertura de caminos, fraccionamiento e impermeabilización de zonas de alto valor ambiental, ubicadas en sectores de alta pendiente.

Es necesario mencionar que desde la Constitución Política se asegura el resguardo de la calidad de vida de las personas y la gestión sostenible de los territorios, aspecto que requiere la planificación territorial para alcanzarse. El artículo 50 de la constitución establece “El Estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes del país, organizando y estimulando la producción y el más adecuado reparto de la riqueza. Toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Por ello está legitimado para denunciar los actos que infrinjan ese derecho y para reclamar la reparación del daño causado. El Estado garantizará, defenderá y preservará ese derecho. La ley determinará las responsabilidades y las sanciones correspondientes”, mientras que el artículo 89 dispone que “Entre los fines culturales de la República están: proteger las bellezas naturales, conservar y desarrollar el patrimonio histórico y artístico de la Nación y apoyar la iniciativa privada para el progreso científico y artístico”.

¿Será posible que el estado y los municipios aseguren proteger las bellezas naturales de Costa Rica, así como garantizar un ambiente sano y ecológicamente equilibrado en Costa Rica sin desarrollar Planes Reguladores? Resulta muy difícil.  Por esto es por lo que es muy importante que el sector estatal, municipal y académico, contribuyan con campañas de información en el tema de Planes Reguladores.

La carencia de información actualizada y pronta puede generar en la población la oposición a los procesos de ordenamiento territorial, obstaculizando que las personas se puedan enterar de los beneficios que conlleva la planificación de los territorios. Peor aún, es crucial en cualquier proceso de diseño de ordenamiento territorial contar con participación informada de las comunidades. Esta es imposible en un estado de confusión causado por maliciosa desinformación y malentendidos que solo benefician a especuladores o grupos con agendas ocultas y que traen graves consecuencias negativas a largo plazo para la competitividad de los territorios.

Recordemos que los objetivos centrales que se buscan desde la elaboración de planes reguladores son promover el bienestar y mejora en la calidad de vida de todas las personas quienes habiten un territorio.

Es fundamental continuar con la elaboración y aprobación de Planes Reguladores, sin permitir que la desinformación en el tema impida que las personas puedan trabajar conjuntamente para fortalecer herramientas legales que ayuden a mejorar su calidad de vida en el cantón.

Félix Zumbado Morales
Investigador del Programa de Investigación en Desarrollo Urbano Sostenible ProDUS

El rol de la zonificación en los planes reguladores: ordenar para crecer

A pesar de que desde 1968 la Ley de Planificación Urbana establece que todos los gobiernos locales deben tener un plan regulador como instrumento de ordenamiento territorial, menos del 50% de los municipios del país cuentan con uno vigente, aprobado antes del año 2000. 

Recientemente varias comunidades se han levantado a favor o en contra de los planes reguladores propuestos para sus cantones, tal es el caso de Pérez Zeledón y Montes de Oca. ¿Pero, qué es un plan regulador y cómo funciona?

De acuerdo con Guillermo Calderón Ramírez, coordinador del Programa para la Promoción de la Gestión y el Ordenamiento del Territorio (PROGOT), un plan regulador es una herramienta de planificación y gestión que busca organizar y ordenar el uso del suelo y los recursos en un territorio determinado. Donde su objetivo es promover un desarrollo sostenible y equilibrado, considerando aspectos sociales, económicos, ambientales y culturales.

En Costa Rica, la planificación regional y nacional está a cargo del Mideplan y el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (Invu), pero la planificación local corresponde a las municipalidades. «Sí, la Ley de Planificación Urbana de 1968 establece que todos los gobiernos locales deben tener un plan regulador como instrumento de ordenamiento territorial», afirmó Calderón. Sin embargo, destacó que menos del 50% de los municipios cuentan con un plan regulador vigente, muchos de los cuales fueron elaborados antes del año 2000.

Calderón destaca, que uno de los componentes más visibles y a menudo controversiales dentro de un plan es la zonificación. “Esta es la que define los usos de suelo: dónde se puede construir, dónde pueden estar las zonas residenciales, comerciales, industriales, entre otros, pero el propósito principal de un plan regulador es ‘ordenar la casa’, es decir, organizar nuestro territorio para evitar la densificación desordenada y el crecimiento exponencial sin planificación”.

El plan regulador trabaja con usos residenciales, comerciales, industriales, agrícolas o mixtos, basándose en las características de cada cantón y haciendo proyecciones de hasta 10 y 20 años para planificar el crecimiento futuro del territorio. Calderón aclaró que la infraestructura existente mantiene su uso. «Si una zona es residencial, seguirá siendo residencial; si es comercial, seguirá siendo comercial. Los cambios se aplican a las nuevas construcciones y desarrollos futuros».

Calderón enfatizó que un plan regulador no es una herramienta para confiscar tierras ni para limitar arbitrariamente el uso del suelo. «Es un instrumento para ordenar el territorio de manera racional y sostenible».

En detalle

El proceso comienza con la elaboración del presupuesto y la formación de una comisión en el gobierno local. Luego se realiza un diagnóstico territorial con la participación de la comunidad. «El diagnóstico territorial se realiza a través de talleres de participación ciudadana, porque la población conoce su territorio mejor que nadie», dijo Calderón.

Una vez completado el diagnóstico, se desarrolla una propuesta territorial que también se consulta con la comunidad. Esta propuesta define los usos del suelo y las áreas de crecimiento. Después, se lleva a cabo una audiencia pública y se envía el plan al INVU para su revisión. Finalmente, el concejo municipal adopta el plan y se publica en el Diario Oficial La Gaceta, convirtiéndolo en ley.

«El proceso puede tardar aproximadamente un año y medio, pero puede extenderse dependiendo de la revisión por parte de diferentes entidades como Setena o el INVU», explicó Calderón.

El investigador también mencionó el papel de la UNA como un actor social en la elaboración de estos planes. «Nuestro papel es socializar la información y apoyar a la población. La Universidad ofrece un valor significativo a estos proyectos, más allá de lo económico, contribuyendo con la confianza y participación de la comunidad».

Actualmente la UNA trabaja con las municipalidades de Atenas, Cañas, Bagaces, Tilarán, Upala, San Rafael de Heredia, en la consolidación de sus planes reguladores.

Oficina de Comunicación
Universidad Nacional, Costa Rica

Imagen ilustrativa, UCR.

La UCR ofrece capacitación sobre ordenamiento territorial y gestión municipal

Uno de los objetivos principales del curso que ofrecerá ProDUS a los gobiernos locales está enfocado en promover la elaboración e implementación de los planes reguladores en los cantones que aún no cuentan con esta herramienta de planificación territorial (foto: Archivo OCI, UCR).

ProDUS abre curso gratuito dirigido a gobiernos locales

El Programa de Investigación en Desarrollo Urbano Sostenible (ProDUS- UCR) ofrecerá un curso dirigido a autoridades municipales sobre los principios relacionados a los temas de ordenamiento territorial y gestión municipal eficiente.

El objetivo del curso es propiciar el conocimiento de los tomadores de decisiones sobre el tema del desarrollo urbano sostenible, principalmente desde la base legal, planificación e implementación de los planes reguladores en Costa Rica.

Este curso es gratuito y es exclusivo para personal de alcaldías, concejos municipales e intendencias electas para el periodo 2024-2028. El mismo se ofrecerá de forma virtual por medio de la plataforma de zoom, los días 10, 17, 24 y 31 de mayo y 7 de junio, en horario de 6:00 p.m. a 8:30 pm.

Según el M.Sc. Félix Zumbado, investigador de ProDUS, la iniciativa pretende contribuir al avance, en materia de elaboración y aprobación de planes reguladores en los diferentes cantones del país que aún tienen pendiente esta tarea, así como solventar dudas generadas por las campañas de desinformación y noticias falsas que se han generado alrededor de este tema, en los últimos meses.

Las clases serán impartidas por el equipo interdisciplinario de ProDUS- UCR, y el contenido del curso está ligado a la experiencia adquirida por este programa de investigación, en materia de desarrollo de planes reguladores y otros proyectos vinculados con el ordenamiento territorial, a lo largo y ancho del país.

Las personas interesadas pueden inscribirse al curso por medio del siguiente enlace:

https://forms.gle/wxvTRgDgQEAYurAb8?fbclid=IwZXh0bgNhZW0CMTAAAR3zqskSvqaIqXpixla5oS4lcF4dT9gvGVcSH2N0KhP-7a7ftx6MZ25Ea94_aem_AeIkPWDFczA67cqkTX0mmq4fCn184k04RAqQPdMRdllNOevGf1GB04095oi4Ni-1MMoYQ1tGkWiL_490t5uwXzGH

Tatiana Carmona Rizo
Periodista, Oficina de Comunicación Institucional, UCR

Allan Astorga Gättgens comenta la propuesta de decreto sobre las nuevas metodologías para introducir la variable ambiental en los planes reguladores y otra planificación de uso del suelo

En una carta enviada al ministro Franz Tattembach, Allan Astorga Gättgens, experto en evaluación ambiental, expone los motivos por los cuales considera que la promulgación de un nuevo decreto ambiental sería un grave error. Los puntos principales que menciona son:

  1. La nueva propuesta generará confusión al introducir dos metodologías diferentes e incompletas para los estudios ambientales de planes reguladores.
  2. Los costos de los estudios ambientales aumentarán significativamente. 
  3. No tiene sentido eliminar la metodología actual de evaluación de impacto ambiental (IFA) e introducir dos nuevas metodologías sin pruebas.
  4. La nueva propuesta no soluciona las recomendaciones de la Contraloría para simplificar los estudios IFA.
  5. El cambio metodológico va en detrimento de la producción de planes reguladores o de ordenamiento territorial equilibrados y verdaderamente efectivos
  6. La eliminación de los IFA originales y su sustitución por dos metodologías más laxas e incompletas podrá en riesgo la vida de las personas y sus bienes
  7. Se genera un severo daño al proyecto de ley sobre la Licencia Integral Ambiental (LIA) para la agilización efectiva e integral de los nuevos desarrollos productivos en el país

Astorga recomienda no promulgar el nuevo decreto y en su lugar utilizar la propuesta de reestructuración de los IFA que él mismo elaboró y que está en poder del SETENA.

Allan Astorga es Licenciado en Geología, Universidad de Costa Rica, Doctor en Ciencias Naturales, Universidad de Stuttgart, Alemania, Especialista en Geología Ambiental, Evaluación de Impacto Ambiental, Evaluación Ambiental Estratégica, Ordenamiento Ambiental del Territorio, Gestión Preventiva del Riesgo, Hidrogeología Ambiental, Gestión Ambiental Integral.

Le invitamos a leer la carta en el PDF adjunto.

Planes reguladores, políticas de ordenamiento territorial y municipalidades en Costa Rica

El caso de moda: Pérez Zeledón

José Solano Saborío*

¿Existe en realidad una política de desarrollo de los territorios?

Apoyamos y promovemos los Planes de Ordenamiento Territorial, pero en su dimensión correcta, cuál es que respondan PRIMERO a un Plan de Desarrollo Cantonal SOSTENIBLE y responsable con el ambiente y la planificación regional y nacional.

Hoy, después de ser partícipe de sendos procesos en varios municipios, para adoptar estos reglamentos técnicos que deben responder a la ciencia y la técnica, pero también a premisas de desarrollo sostenible, debo concluir que son un compendio de ocurrencias inconexas entre los mismos cantones, tanto a nivel de los territorios costeros y rurales, como del GAM.

Y mi participación personal ha sido en varios ámbitos diferentes, como en mi condición de administrado e interesado de al menos un par de municipalidades, o en mi carácter de regidor municipal en Curridabat cuando debíamos aprobar cambios al vigente POT cantonal; o, en este caso, como asesor de organizaciones sociales y gremiales en el actual proceso de nuevo POT en Pérez Zeledón.

El ordenamiento territorial es la actividad de la administración pública destinada a establecer, a través de criterios técnicos interdisciplinarios, la mejor forma de aprovechar el espacio físico, lo cual va a depender de las características propias de cada sitio; Procurando: Equidad Social, Sostenibilidad Ambiental, Competitividad Económica, Participación de los ciudadanos y administrados del territorio a regular.

Además, como premisa deben respetar Normas de Legalidad Nacional, especialmente la Política Nacional de Ordenamiento Territorial 2012-2040 y la Ley de Planificación Urbana Nº4240, en especial lo referido en los artículos 17, 13 y concordantes, además de artículos como el 25, sobre las zonas especiales que deben de venir contenidas en el Plan de Ordenamiento Territorial, o los órganos permanentes de revisión de este, contenidos en el artículo 59.

Aclarado esto, debo defender mi conclusión del desastre de planificación territorial en el país y, particularmente, el que hoy es motivo de justificadas protestas públicas a lo largo del Valle de El General.

El de Pérez Zeledón, a como está hoy, es un plan de ordenamiento confiscatorio contra pequeños propietarios de zona agrícola, impide en la práctica la renovación de cultivos pues los permisos para cambios en zonas declaradas por el POT como de uso restringido, deberán someterse a estudios muy onerosos para mipymes agrícolas.

Restringe el desarrollo de nuevos centros urbanos pues lo que hace es referir a normativa nacional del INVU creada para el Valle Central, por lo que limita el desarrollo en la periferia impidiendo el desarrollo humano. Imagínese que una empresa que cobró poco menos de 400 millones de colones para generar los estudios preliminares y los diagnósticos para proponer soluciones, simplemente diga que en el caso de la Renovación Urbana, se aplique una normativa nacional que no se adapta a la realidad espacial del cantón de Pérez Zeledón cuya amplia mayoría del territorio no es de concentración urbana, pues de sus doce distritos solo dos tienen esas condiciones, Daniel Flores y el mismo distrito homónimo de la reconocida ciudad de San Isidro de El General.

En materia ambiental, sin una clara fundamentación técnica, se abren portillos para que en zonas protegidas se instalen grandes desarrollos hoteleros, Casinos o demás turísticos, pero CARECE de promoción del Turismo Rural Comunitario, natural para el cantón, al que NO SE LE MENCIONA NI UNA VEZ en todo el POT. PERO, extraordinariamente, en la nueva zonificación, si se establecen áreas restringidas, pareciera antojadizas, para generar las actividades económicas agrícolas y ganaderas.

Súmele el secretismo…

Un atropellado proceso llevado a cabo tanto por el órgano técnico contratado como de la Comisión especial nombrada por el Concejo Municipal, con la ausencia, en la elaboración del POT de organizaciones civiles, gremiales, sociales y formales del cantón, como las Cámaras de Comercio, Industria, Agricultura y Turismo, o de la Cámara de Ganaderos Unidos del Sur, o la Asociación Agencia para el Desarrollo de Pérez Zeledón, esta última siendo la entidad que según Decreto Ejecutivo 39876 está facultada para designar proyectos en cualquier parte del territorio de Pérez Zeledón bajo la condición de ZONA ECONÓMICA ESPECIAL, cubierta por el derecho internacional de tratados de comercio de la OMC firmados por el país como integrante del GATT, que estaría, bajo el ordenamiento de fuentes de derecho del país, por encima de cualquier ley local; pues esto NO SE MENCIONA O SE TOMA EN CUENTA EN NINGUNA PARTE DEL POT de PZ en trámite.

Y, aún más grave, ¡las propuestas INCLUYEN INTERVENCIÓN SOBRE TIERRAS INDÍGENAS sin CONSULTAR A DICHA POBLACIÓN!

Las evidencias  para estas y muchísimas más aseveraciones, están contenidas en los insumos que han presentado las organizaciones antes mencionadas como la Comisión de Revisión del CFIA, que hicieron originalmente un documento de 84 páginas con sus observaciones del documento del POT publicado en el sitio web de la Municipalidad a diciembre y marzo de 2023 y 2024 respectivamente; pero que hicieron una última revisión con miras a la audiencia pública y resumieron textualmente lo siguiente, manteniendo las recomendaciones y consideraciones de un Estudio de 83 páginas entregado hace unas 6 semanas, y “que definitivamente afectan muchísimo a como están en este momento, parte de los puntos que vemos»:

“- Los cuadrantes urbanos que deberían estar definidos por los estudios hechos para este POT, se indica que son los definidos por el INVU que son sumamente restrictivos y arbitrarios.

– No se permiten segregaciones de menos de 8 lotes fuera de cuadrantes urbanos

– No se permiten servidumbres fuera de cuadrantes urbanos

– Se restringen las áreas públicas a donar cuando se urbaniza una propiedad al 15% de pendiente lo que hace que las propiedades que se puedan urbanizar sean muy muy pocas.

– No se permite el uso de drenajes para tanque séptico a menos que se presente un estudio de tránsito de contaminantes que es bastante costoso (el profesional hace un estudio de infiltración para evaluar esto mismo y es lo que está normado por el CFIA), no se definen zonas de alta y muy alta fragilidad donde se ocupen sistemas de tratamiento mejorados y se deja arbitrariamente al criterio futuro.

– Se piden estudios de estabilidad de taludes (costo alto) para proyectos en terrenos con pendientes sobre el 30%, este criterio es arbitrario y el profesional responsable es el que debe tomar la decisión al respecto según lo que evalúe en sitio.

– La actividad de turismo agropecuario, turismo de aventura, senderismo, centros de estudios de biodiversidad o turismo ecológico, entre otras desarrollado en fincas conectadas por servidumbres agrícolas, que es posiblemente la actividad que genera mayores impulsos a la conservación y preservación del medio ambiente no será permitido. Se permiten solo actividades comerciales frente a calle pública.

– Se indica en varios artículos que se podrán pedir estudios adicionales, lo que expone a la arbitrariedad de los trámites, incluso si SETENA ya evaluó y aprobó un proyecto, la municipalidad podría pedir estudios adicionales

– Se agregan regulaciones constructivas detalladas que nos exponen a que si cambia en el futuro la legislación nacional, podríamos no poder desarrollar proyectos, porque el POT dice una cosa y la reglamentación nacional otra, por ejemplo, que cuando se vaya a construir una escuela, el Ministerio de Educación tenga su reglamento y apruebe el proyecto, pero la Municipalidad de acuerdo al POT no lo apruebe, haciendo inviable que se de una escuela, esto en un caso crítico.

Algunas de las recomendaciones del CFIA:

– “Zonificación con base en los IFAs, dinámica actual del cantón, dinámica estratégica a plazos definidos, uso categoría de caminos con jerarquización municipal, existencia de servicios públicos indispensables, calidad del transporte público, entre otros».

¿Por qué creemos que han desarrollado un Plan de Ordenamiento tan deficiente?

No quiero —y recomiendo a los sectores opuestos a esta deficiente política territorial— no caer en la tentación de la especulación sobre los motivos del Gobierno Local liderado por la vicealcaldesa Rosibel Ramos y, con el contubernio de ocho regidores de los nueve que conforma el Concejo, de las fracciones del PUSC, PLN y FA, solo con la excepción valiente de don José Luis Orozco.

Me abstengo de especular sobre agendas globalistas y otras teorías conspirativas, que más bien generan desinformación y distorsiones ideológicas sesgadas y me apego a creer que la estulticia y los cálculos politiqueros para beneficiar a grupos o elites convenientes para carreras políticas personales en partidos tradicionales, es lo que mueve a crear estos mamotretos en contra del Interés Público y el bienestar de las mayorías.

Pero celebro que el pueblo masivamente se informe y se oponga de forma pacífica y patriótica a estas desafortunadas y repetidas costumbres de la oligarquía política nacional.

*Consultor en materia administrativa público privada y ex director de la Agencia para el Desarrollo de Pérez Zeledón.

Planes reguladores son vitales para el desarrollo sostenible de las ciudades

COMUNICADO PÚBLICO
Plan de Ordenamiento Territorial Pérez Zeledón

La Asociación Montaña Verde ve con expectativa el esfuerzo que se realiza para establecer el Plan de Ordenamiento Territorial, Plan Regulador, agradecemos los esfuerzos que la institucionalidad hace al respecto, la intención es rescatable, sin embargo, también declaramos una preocupación importante en cuanto a la preponderancia que se le debe dar a los temas ambientales y ecológicos en la elaboración de este Plan de Ordenamiento. 

¿Dónde se deben construir las edificaciones comerciales o residenciales para que no afecten el recurso hídrico y mantos acuíferos? ¿hacía donde deben ir las prioridades en cuanto a la agricultura en el cantón, más monocultivos contaminantes o agroecología? ¿Existen o se están priorizando protección a las cuencas tan importantes que se encuentran en el territorio de nuestro cantón? Se incluyen planes de arborización en la ciudad de San Isidro, rescate de espacios verdes, mejora de paisajes naturales y forestales en la ciudad, ¿transformación hacía rutas peatonales en la ciudad en lugar de más contaminación vehicular? ¿Se está contemplando la protección de las montañas que rodean nuestro cantón, evitando las construcciones inmobiliarias que están causando movimientos de tierra y afectación de ríos y cuencas?  estas son algunas de las aristas más importantes a las que debe dar respuesta un plan regulador y que vendrían a impulsar el progreso del cantón.

En un Plan Regulador siempre se incluye la participación ciudadana, que se da tanto durante el diagnóstico como en la fase de propuestas; se escucha a la comunidad, se hace un proceso participativo y se conversa con la gente sobre lo que se encuentra en el diagnóstico, el tamaño mínimo o máximo de un lote que se tiene permitido debido a que está o no en una zona de protección boscosa o de acuíferos. El plan regulador viene a definir cuáles usos están permitidos en una determinada zona.

Uno de los ejes más importante de un plan regulador es el ambiental, que va asociado con el desarrollo sostenible (social, económico y ambiental) y que viene a fortalecer la gestión en esta temática. Un plan regulador, es la herramienta fundamental para generar medidas que promuevan el uso sostenible de los recursos naturales de un territorio.

Esta variable es de suma importancia pues está dirigida a complementar la legislación nacional en temas como la gestión sostenible del recurso hídrico de un cantón, la protección de las zonas de recarga acuífera, la conservación de las zonas boscosas que están fuera de los parques nacionales o áreas protegidas, así como la zona de protección de los causes y los corredores biológicos; todo esto se debe incluir dentro de un Plan Regulador para poder salvaguardarlo. Hay que sumar el apartado del cambio climático, que se desarrolla dentro de las posibilidades legales de un plan regulador, y los servicios ecosistémicos, que consideran el uso de las soluciones basadas en la naturaleza.

Los siguientes son los distintos aspectos relativos al tema ambiental que se deberían contemplar en el Plan de Ordenamiento Territorial de Pérez Zeledón:  Densidad exigida y ocupación territorial propuesta, Estudio de zonificación ambiental, evaluación de la factibilidad vial, agua potable y alcantarillado, aguas llovidas, áreas verdes, ordenanza propuesta, entre otras.

Ante estos elementos mencionados hacemos las siguientes peticiones:

Al Concejo Municipal y a la Alcaldía:

a- Que las organizaciones ambientalistas, actores sociales, ecologistas y académicos sean tomados en cuenta con sus criterios especializados en la elaboración de este Plan de Ordenamiento Territorial.

b- Que se establezca en la agenda relacionada al Plan de Ordenamiento Territorial un espacio para escuchar a quienes trabajan básicamente en temas ambientales y ecológicos.

c- Que se documente como insumo al Plan de Ordenamiento Territorial todos los aportes que se realicen con respecto a temas ambientales.

Hacemos un llamado especial a todas las organizaciones comunales, ADIs, ASADAS, Organizaciones de producción agrícola, cooperativas, Instituciones Académicas y en general todo ciudadano de nuestra región que cuente con aportes sobre temas ambientales que vengan a enriquecer el Plan Territorial.

Hacemos un llamado a estar vigilantes para que este Plan de Ordenamiento Territorial no termine siendo o convirtiéndose en afectación para el ambiente y menos que permita el crecimiento de actividades que afecten la protección ambiental.

Desde Montaña Verde participaremos activamente en las diversas actividades que se convoquen y estaremos atentos a que los resultados sean los que requerimos para seguir protegiendo la riqueza natural de nuestra región.

Los planes reguladores

Dr. Freddy Pacheco León

 

Por sus altos costos, principalmente en el pago de los servicios profesionales (¡que no han sido los mejores!) el Estado debería estructurar un equipo humano especializado, interdisciplinario, de probada competencia, con la función específica de ELABORAR Y DARLE SEGUIMIENTO a los planes reguladores que el país requiere.

No hace falta reiterar que la TAREA ES URGENTÍSIMA, pues está en peligro la seguridad y vida de los habitantes. La inversión es más que justificable, y la propuesta debería ser valorada. HOY, cuando una municipalidad plantea la necesidad de contratar la construcción de un plan regulador, se encuentra con que, mientras por un lado tiene grandes dificultades para resolver el asunto financiero, por otro, los profesionales contratados muchas veces no dan la talla, por lo que su esfuerzo termina en un archivo de la Setena, en vista de las deficiencias que allí se detectan.

El INVU, el IFAM, el MINAE, incluso el ICE, y otros, deberían unir esfuerzos en este sentido. Los planes reguladores NO han de seguir siendo el negocio de un grupito. Con la emergencia a la vuelta de la esquina, es URGENTE buscar una salida viable por parte del Estado.

 

Imagen con fines ilustrativos tomada de www.todanoticia.com

Enviado a SURCOS Digital por el autor.

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Gobierno realiza consulta pública de decreto para agilizar aprobación de planes reguladores

Comunidades analizan matriz de SENARA para protección de acuíferos4
Yarca impulsa la participación comunitaria.

José Francisco Alfaro C. a nombre de Yarca, hace un llamado a poner atención al boletín del Ministerio de Agricultura y Ganadería, en el cual se realiza una consulta pública el “Reglamento del período transitorio para la revisión y aprobación de los planes reguladores”, para así ofrecer herramientas de agilización a las municipalidades en el proceso de elaboración, revisión y aprobación de dichos planes.

Es por esto que se solicita poner atención a esta consulta pública, con el propósito de que desde las comunidades se hagan las observaciones pertinentes.

 

Para conocer el comunicado realizado por el Gobierno en cuanto a esta consulta, puede ingresar en el siguiente enlace:

COMUNICADO 053 CONSULTA REVISION Y APROBACIÒN PLANES REGULADORES 22Abril15-2

 

Información enviada SURCOS Digital por José Francisco Alfaro C.

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