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Etiqueta: población afrodescendiente

Municipalidades deben ser agentes de cambio para eliminar la discriminación

Voces y realidades de las poblaciones vulnerabilizadas

Representantes de algunas poblaciones vulnerabilizadas coinciden en el papel que tienen las municipalidades en el abordaje para la eliminación de todas las formas de discriminación a través de políticas e iniciativas que consideren necesidades y especialidades en la gestión municipal.

De acuerdo con Ana Patricia Rodríguez, de la Red de Mujeres Municipalistas, existen grandes desafíos a nivel nacional en temas de género como, por ejemplo, avanzar en la participación y representación política de las mujeres en cargos de elección popular en los gobiernos locales, más capacitaciones y sensibilización sobre el enfoque de género, establecer presupuestos con dicho enfoque y realizar un reforzamiento de las oficinas de la mujer, que son instancias estratégicas en el ámbito local para la promoción y defensa de los derechos de esta población.

Dichas unidades enfrentan diversos problemas que afectan considerablemente su razón de ser, ya que no cuentan con el presupuesto y recurso humano multidisciplinario para atender los temas que afectan a las mujeres y, por la tendencia de varios municipios de asignar a dichas oficinas tareas que no están relacionadas con su finalidad.

La activista de la población afrodescendiente, Laura Hall, señala la necesidad de identificar a nivel estadístico la presencia de esta población en los diferentes cantones del país, así como contar con representación en los gobiernos locales de personas de diversas etnias.

“Tenemos grandes desafíos de visibilidad, racismo estructural, no se entrevé las necesidades de la población afrodescendiente para incidir en la toma de decisiones a nivel local y así tener respuestas efectivas y eficaces”, dijo Hall.

La activista de la población LGTBIQ­+, Margarita Salas Guzmán, recalcó que los gobiernos locales tienen la potestad para disminuir la violencia y discriminación hacia estas poblaciones, por lo que se requiere voluntad política para tomar acciones, tales como implementar capacitaciones internas en las municipalidades para promover los derechos de esta población y que existan mecanismos de denuncia para atender incumplimientos o casos de violencia, para avanzar hacia la constitución de cantones inclusivos que transversalicen los Derechos Humanos.

Estas perspectivas fueron parte de las conclusiones de un seminario organizado a finales del año anterior por la Defensoría de los Habitantes con el apoyo de la Unión Nacional de Gobierno Locales «Gobiernos locales y Derechos Humanos: Buenas prácticas y desafíos», el cual fue un espacio clave para fortalecer el compromiso de los gobiernos locales con la protección y promoción del principio de igualdad y no discriminación en la gestión municipal.

Comunicación
Defensoría de los Habitantes

Comunidad afrocaribeña lucha por sus derechos

En una carta realizada por la Defensora Angie Cruickshank Lambert dirigida a Laura Fernández, ministra de la Presidencia con copia a Marco Vinicio Levy Virgo, se señala que organizaciones de la comunidad afrodescendiente han expresado su descontento con el accionar de la Defensoría de los Habitantes en relación con el pueblo del Caribe.

En el reclamo, se critica la falta de medidas concretas para enfrentar las violaciones a los derechos humanos de esta población. Aunque la institución ha reconocido las deudas históricas del Estado con las comunidades afrodescendientes, y organizó en 2023 un simposio internacional sobre la aceleración de sus derechos, las críticas consideran insuficientes estas acciones frente a los desafíos estructurales. 

El simposio, aunque valioso, puso en evidencia violaciones persistentes, como la falta de reconocimiento de territorios ancestrales, la necesidad de luchar contra el racismo sistémico y la discriminación, y las brechas en salud, especialmente en temas como la salud materna. Según datos del UNFPA presentados en el evento, las muertes maternas son hasta cinco veces superiores entre las mujeres afrodescendientes debido a carencias en consultas prenatales, acceso a anticonceptivos y prevención del embarazo adolescente. 

Además, se destacó que el Decenio Internacional para los Afrodescendientes (2015-2024) está por concluir sin avances significativos en derechos fundamentales como el acceso a la tierra, protegido por el Convenio 169 de la OIT. Aunque informes previos, como el de la exdefensora Montserrat Solano, identificaron la necesidad de soluciones legislativas para la problemática de tenencia de tierras en Cahuita y Puerto Viejo, la actual administración de la Defensoría no ha tomado acciones concretas al respecto, limitándose a argumentar que no puede intervenir en competencias específicas del Estado. 

Los críticos subrayan que la Defensoría tiene el deber de intervenir cuando las omisiones del Estado vulneran derechos humanos, como sucede con el derecho de consulta y autodeterminación de las comunidades afrodescendientes. A pesar de conocer estas situaciones desde hace años, la institución no ha implementado medidas efectivas para impedir la persistente violación de derechos. Esto, según las personas denunciantes, contradice su mandato legal y perpetúa las desigualdades estructurales que enfrentan las comunidades afrodescendientes en Costa Rica.

Dentro del marco del documento citado, la Defensoría de los Habitantes de la República generó una serie de recomendaciones con fundamento en el artículo 14 de la Ley N° 7319 del 17 de noviembre de 1992 y en el artículo 32 del Decreto Ejecutivo No 22266-J, siendo estas:

PRIMERA: Gestionar la selección y el pronto nombramiento de la persona que sustituya al señor Ricardo Sosa como Comisionado de Inclusión Social de la República, a efecto de que esta persona pueda dar seguimiento a las diferentes iniciativas de poblaciones vulnerables y tradicionalmente discriminadas, entre estas la población afro costarricense.

SEGUNDO: Definir la Unidad Técnica Administrativa del Poder Ejecutivo, que estará a cargo de la gestión técnica y financiera de los procesos de consulta y otras funciones ligadas a las consultas de los Pueblos Tribales – Población Afro Costarricense.

TERCERO: Como parte de las acciones previas a todo proceso de consulta a Pueblos Tribales, se debe definir el término “propiedad ancestral afrodescendiente”. Para dichos efectos es conveniente la coordinación interinstitucional/intersectorial a partir de un peritaje bajo un abordaje integral que lo defina.

CUARTO: Una vez definida la Unidad Técnica Administrativa del Poder Ejecutivo, que estará a cargo de la gestión técnica y financiera de los procesos de consulta y otras funciones ligadas a las consultas de los Pueblos Tribales – Población Afro Costarricense, así como su normativa de operación, se deben ejecutar a la brevedad las acciones tendientes a la conclusión de la Consulta al pueblo Tribal Afro Costarricense a efecto de poder continuar con la delimitación de los territorios que le corresponden y otras acciones atinentes.

Se previene que por disposición del artículo 14 párrafo tercero de la Ley N° 7319 el no acatamiento injustificado de las recomendaciones de la Defensoría de los Habitantes puede ser objeto de una recomendación de amonestación para el funcionario que las incumpla o, en caso de incumplimiento reiterado, de una recomendación de suspensión o despido.

En virtud de lo anterior, y con fundamento en el artículo 32 del Reglamento a la Ley de la Defensoría de los Habitantes, los órganos públicos deben, en el plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES a partir del día siguiente a la notificación de este informe final, remitir a la Defensoría de los Habitantes un informe de cumplimiento de las recomendaciones formuladas, en el cual deberá incluirse la siguiente información:

a.- Medidas que se adoptarán para hacer efectiva las recomendaciones.

b.- Plazo en el que se ejecutarán dichas medidas.

 c.- Funcionario encargado de su ejecución.

Le invitamos a leer el documento completo en el cual se amplían los puntos tratados por esta nota.

Imagen ilustrativa, UCR.

Defensoría pide a Presidencia de la República ampliar información sobre atención de derechos de comunidad afrodescendiente

El pasado viernes 7 de junio de 2024 la defensora de los habitantes, Angie Cruickshank Lambert envió al señor Gabriel Aguilar Vargas, director del Despacho Presidencial Ministerio de la Presidencia de la República, con copia al señor Marco Vinicio Levy Virgo, una solicitud de ampliación de información relativa a las acciones del gobierno en protección de los derechos de las personas afrodescendientes.

De esta forma, la Defensoría de los Habitantes atendió la petición planteada por Marco Levy Virgo, quien ha pedido la atención debida para esa comunidad de parte del Estado y de la Municipalidad del cantón de Talamanca. La argumentación de Levy expone discriminación estructural, violación de derechos humanos de propiedad ancestral, irrespeto a la consulta previa y a la autodeterminación de la comunidad tribal afrodescendiente.

En la carta de la defensora al director del Despacho Presidencial se solicita:

1- Detallar cuál es la instancia o instancias gubernamentales encargadas de generar las propuestas legales mencionadas en su oficio a efecto de que sean presentadas en las vías correspondientes.

2- Remitir una copia del plan de trabajo elaborado por dicha instancia(s) gubernamental a efecto de atender la presente situación, remitiendo responsables, plazos de ejecución y entregables esperados.

3- Detallar las instancias de la sociedad con las cuales se ha coordinado o se va a coordinar incluyendo sus integrantes y medios para poder contactarlos.

4- Remitir las minutas generadas a la fecha de las reuniones efectuadas para la atención de esta temática.

5- Señalar si se cuenta con contenido presupuestario para este proceso.

Ciudadano afro costarricense solicita aclaración a la Defensoría de los Habitantes en relación con gestiones, actuaciones y solicitudes a favor de la población tribal afrodescendiente

Marco Levy Virgo, en ejercicio del principio de igualdad otorgado por el Convenio 169 de la OIT, solicita a la Defensoría de los Habitantes que informe sobre las gestiones y acciones realizadas para garantizar la protección de los derechos de la población afrodescendiente en el Caribe costarricense.

Entre las principales preocupaciones planteadas se encuentran:

Delimitación y reconocimiento de tierras ancestrales: Se solicita información sobre las gestiones realizadas para que el Estado proceda a delimitar y demarcar las tierras ancestrales de la población afrodescendiente en el Caribe costarricense. Históricamente, esta comunidad ha ocupado la costa del Caribe de manera ancestral, pero aún no se han establecido los límites, dimensiones, ubicación y extensión de estas tierras en ninguna ley o decreto.

Protección legal de los derechos de la población afrodescendiente: El solicitante destaca la importancia de que la población afrodescendiente sea reconocida como una «Población Tribal» y que se le brinden las mismas protecciones legales que a los pueblos indígenas, en virtud del decreto ejecutivo N° 43532-MP-MINAE-MCJ-MEP y el Convenio Núm. 169 de la OIT. Se solicita información sobre las gestiones realizadas para promover la elaboración de una ley especial que proteja los derechos de esta población.

Participación efectiva en proyectos de desarrollo: Levy pide que se garantice el derecho de participación efectiva de la población afrodescendiente en los procesos de diseño, ejecución y evaluación de proyectos de desarrollo que afecten a sus tierras y territorios ancestrales.

Prevención de la violencia y desplazamiento forzoso: Se solicita información sobre las gestiones realizadas para evitar la violencia y el desplazamiento forzoso de la población afrodescendiente en la comunidad de Cocles, Puerto Viejo, Limón y áreas circundantes. Estas tierras han sido ocupadas históricamente por personas afrodescendientes y han sido objeto de demandas legales para su expulsión.

La Defensoría de los Habitantes de Costa Rica, como organismo encargado de proteger los derechos e intereses de los habitantes, se espera que dé seguimiento a estas solicitudes y continúe abogando por la protección de los derechos de la población afrodescendiente en el país. La defensa de la igualdad, la justicia y la promoción de los derechos humanos son pilares fundamentales de su mandato.

Imagen ilustrativa, SITRAHSAN.