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Etiqueta: política laboral

Vacaciones forzosas: crítica a la política laboral de Laura Fernández y sus adláteres legislativos

Frank Ulloa Royo

El descanso es la frontera que separa al trabajador de la máquina, al ser humano de la mercancía.” —Alain Supiot, Critique du droit du travail (1994)

Las vacaciones no son un tiempo vacío ni una concesión administrativa: son un derecho humano. La doctrina europea las concibe como un espacio de restauración neurobiológica, indispensable para la salud física y mental del trabajador. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha señalado que ni el patrono ni el Estado pueden disponer de ese tiempo a su antojo, porque su finalidad es la recuperación integral de la persona.

En Costa Rica, el tema se ha resuelto apenas de manera tangencial. La Sala Constitucional ha reconocido el descanso como derecho humano, pero la legislación lo reduce a un mínimo raquítico: dos semanas por cada cincuenta semanas de trabajo continuo, salvo excepciones en algunos sectores de la administración pública.

Y como si esa limitación no bastara, el gobierno de Laura Fernández ha llegado a imponer vacaciones obligatorias para todo el personal del Poder Ejecutivo, sin importar las consecuencias individuales ni familiares de esa decisión.

Se trata de una disposición tan lejos de los derechos humanos como cerca de una eficacia irracional: un acto administrativo que convierte el descanso en un engranaje más de la maquinaria estatal, anulando su sentido de restauración neurobiológica y convivencia humana. Bajo el disfraz de orden y eficiencia, se vacía de contenido un derecho que debería ser irrenunciable, y se reduce al trabajador a simple pieza de gestión, despojado de autonomía sobre su propio tiempo.

La doctrina comparada es clara y contundente. En Francia, Alain Supiot recuerda que las vacaciones forman parte de la “protección de la persona trabajadora” y que su finalidad es la recuperación psíquica y social, no la conveniencia patronal. En Italia, Giuseppe Santoro-Passarelli las inscribe en el “statuto dei diritti fondamentali del lavoratore”, subrayando que son un derecho indisponible.

En Uruguay, Oscar Ermida Uriarte insiste en que las vacaciones son un derecho de orden público laboral, que limita la autonomía de la voluntad y la discrecionalidad patronal. En Argentina, Julio Grisolía enfatiza que son “irrenunciables y no alterables por convenios colectivos”. Todos coinciden en que las vacaciones no son un tiempo disponible para el empleador ni para el Estado: son un derecho humano que garantiza la restauración neurobiológica, la convivencia familiar y el ocio creador.

El descanso anual cumple una función distinta al descanso diario o semanal: no es solo pausa, es restauración profunda. La jornada anual, marcada por la repetición de días y semanas de trabajo, acumula fatiga y desgaste que no se disipan con once horas de sueño ni con un domingo libre. Las vacaciones son el espacio donde el cuerpo y la mente se reencuentran con su ritmo natural, donde la memoria se libera de la presión productiva y la vida recupera su dimensión creativa. Negar o fragmentar ese tiempo es condenar al trabajador a una existencia mecánica, sin posibilidad de recomponer su equilibrio neurobiológico ni de reconstruir su tejido social.

La práctica costarricense de imponer vacaciones obligatorias al personal del Poder Ejecutivo revela una contradicción: se reconoce el descanso como derecho, pero se administra como recurso. La consecuencia es que el trabajador pierde autonomía sobre su tiempo, y el derecho se vacía de contenido. La pregunta es inevitable: ¿puede el Estado patrono disponer del tiempo de descanso como si fuera suyo? La doctrina comparada responde que no. El descanso pertenece al trabajador y a su vida plena.

La Sala Constitucional ha abordado el tema de las vacaciones obligatorias únicamente de manera tangencial. En sus resoluciones reconoce que el descanso y las vacaciones son parte del derecho humano al trabajo digno, pero ha admitido que la administración pública puede imponer períodos de disfrute forzoso cuando lo exige la continuidad del servicio. En casos como el recurso de amparo contra el Ministerio de Gobernación y Policía (sentencia Nº 04618-2013), la Sala sostuvo que el descanso es un derecho fundamental, aunque aceptó que la administración puede ordenar su disfrute acumulado en momentos determinados, siempre que no se anule el derecho ni se afecte la dignidad de la persona trabajadora.

Este criterio revela una tensión: por un lado, la Sala protege el derecho en abstracto, pero por otro tolera que el Estado patrono lo administre como recurso organizativo. La jurisprudencia costarricense no ha desarrollado una doctrina robusta sobre la autonomía del trabajador frente a las vacaciones forzadas, y se limita a señalar que la imposición debe ser razonable y proporcional.

En la práctica, esto significa que el gobierno puede decretar vacaciones colectivas para el personal del Poder Ejecutivo, aun cuando ello implique desconocer las necesidades individuales y familiares de los trabajadores. La Sala no ha declarado inconstitucional esta práctica, pero sí ha advertido que el descanso no puede vaciarse de contenido ni convertirse en un mero instrumento de gestión administrativa.

Las vacaciones son más que un período administrativo: son el derecho humano a la restauración neurobiológica, al ocio, a la convivencia y a la creación. Costa Rica necesita superar la visión limitada de dos semanas por cada cincuenta de trabajo continuo, y reconocer que el descanso no es un lujo, sino la condición mínima para vivir más allá del trabajo.

Referencias

  • Ermida Uriarte, O. (2006). Derecho del trabajo. Montevideo: Fundación de Cultura Universitaria.
  • Grisolía, J. A. (2018). Derecho del trabajo y de la seguridad social. Buenos Aires: La Ley.
  • Lafargue, P. (1883/1970). El derecho a la pereza. Madrid: Editorial Ayuso.
  • Santoro-Passarelli, G. (2003). Nozioni di diritto del lavoro. Napoli: Jovene Editore.
  • Supiot, A. (1994). Critique du droit du travail. Paris: Presses Universitaires de France.
  • Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). (2023). Sentencia de 23 de marzo de 2023, asunto C-477/21. Luxemburgo.
  • Unión Europea. (2000). Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Diario Oficial de la Unión Europea.
  • Unión Europea. (2003). Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo. Diario Oficial de la Unión Europea.

Formalización del empleo en Costa Rica – Propuestas de política laboral

SURCOS comparte este texto publicado por la Fundación Friedrich Ebert, titulado “FORMALIZACIÓN DEL EMPLEO EN COSTA RICA – Propuestas de política laboral” y cuyo autor es José Carlos Mora Guerrero. En su presentación, se indica:

“La problemática laboral afecta a la mitad de la población trabajadora en la informalidad. Situación que tiene impacto diferenciado en la calidad de vida de los trabajadores y de las trabajadoras.

La informalidad en el empleo incide en grupos sociales y demográficos vulnerables, como es el caso de mujeres, jóvenes, microempresas y personas de bajos ingresos. La transición hacia la formalidad ha sido relegada, pero el incremento de la informalidad provoca que no se pueda seguir ignorando esta realidad.

Las propuestas de políticas buscan disminuir la informalidad en el empleo, fomentar un mercado laboral más inclusivo y que más personas gocen de los derechos”.

Compartimos el documento para descargar en el siguiente enlace:

Videos sobre Taller de Macroeconomía y derechos económicos y sociales

 

Videos sobre Taller de Macro economía y derechos económicos y sociales

El pasado 17 y 18 de noviembre, dentro del marco del Taller Nacional “Gobierno-Sociedad Civil para la discusión de la relación entre el diseño de la política macro-económica y la vigencia de los derechos económicos y sociales”, se desarrolló una sesión dedicada a la política laboral y se cerró con la idea de que hay intereses político-empresariales que pretenden reducir los derechos laborales al ámbito del derecho civil.

 

Las ideas principales desarrolladas durante el taller fueron:

-No hay democracia política sin respeto a los derechos laborales

-Los derechos son indivisibles.

-Los sindicatos son la organización natural para la promoción y defensa de los derechos laborales, así como en la incidencia en las políticas salariales.

Videos sobre Taller de Macro economía y derechos económicos y sociales2

En la organización de la actividad participaron los colegios profesionales de Sociología y Ciencias Económicas, el Centro de Investigaciones y Estudios Políticos de la UCR, el Centro de Estudios y Publicaciones CEP-ALFORJA, el Ministerio de Hacienda, la Primera Vicepresidencia de la República y la Oficina Regional de la CEPAL de México.

 

Videos del Taller

Gracias al valioso trabajo de edición realizado por don Adolfo Vega, profesional de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Costa Rica, se puede acceder a los videos sobre este taller y ser usados para la discusión política sobre la macroeconomía y los derechos humanos y con fines educativos en nuestro país y región. Estos fueron subidos al sitio web de la Facultad y pueden ser vistos en el siguiente enlace:

http://videos.fcs.ucr.ac.cr/videos/25/Taller-Nacional-Pol%C3%ADtica-Macroecon%C3%B3mica-y-Derechos/most_recent/all_time/

 

Enviado a SURCOS Digital por Mariano Sáenz Vega.

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Taller macro-economía y derechos económicos y sociales

En el mes de noviembre del 2014 se realizó el Taller Nacional “Gobierno-Sociedad Civil para la discusión de la relación entre el diseño de la política macro-económica y la vigencia de los derechos económicos y sociales”. Como parte de las múltiples sesiones, una se dedicó a la política laboral; entre otras ponencias, una expuso que hay intereses político-empresariales que pretenden reducir los derechos laborales al ámbito del derecho civil.

La actividad estuvo organizada por los colegios profesionales de Sociología y Ciencias Económicas, el Centro de Investigaciones y Estudios Políticos de la UCR, el Centro de Estudios y Publicaciones CEP-ALFORJA, el Ministerio de Hacienda, la Primera Vicepresidencia de la República y la Oficina Regional de la CEPAL, ubicada en México.

 

A continuación ofrecemos una muestra gráfica de la actividad.

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Enviado a SURCOS Digital por Mariano Sáenz.

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Debe retomarse perspectiva de Derechos Humanos en política laboral y salarial

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El Taller Nacional Sobre el Diseño de Políticas Macro-económicas Desde el Enfoque de los Derechos Humanos se realizó en San José durante los días 17 y 18 de noviembre.

En el marco del Taller Nacional “Gobierno-Sociedad Civil para la discusión de la relación entre el diseño de la política macro-económica y la vigencia de los derechos económicos y sociales”, se desarrolló una sesión dedicada a la política laboral, una de cuyas conclusiones fue que hay intereses político-empresariales que pretenden reducir los derechos laborales al ámbito del derecho civil. “Estamos ante una competencia perversa por ver quién baja más los estándares laborales y quien valora más los activos financieros”, afirmó el especialista de Comisión Económica para América Latina, CEPAL, Pablo Yanés.

De acuerdo con un estudio de CEPAL, hay tendencias muy negativas en la región que deben ser revertidas, entre ellas la creciente informalización del trabajo, la disparidad en los mecanismos para la fijación de los salarios mínimos y el incumplimiento del pago una vez fijado dicho salario.

Otras falencias identificadas por el estudio, señalan el deterioro del diálogo social y la inserción de los países en el mercado mundial basada en ventajas comparativas de los países, que consideran el salario como un costo de producción que debe reducirse, al tiempo que la política salarial y laboral está en función del déficit fiscal. Sin embargo, de acuerdo con la CEPAL, un país con bajos salarios y trabajo precario no es sostenible, prueba de ello es que la pobreza y la desigualdad han crecido en la región en los últimos 30 años.

 

No hay democracia política sin respeto a los derechos laborales

Comentando los resultados del informe de la CEPAL, el abogado laboralista Estaban Calvo, destacó que en Costa Rica todos los derechos existen en el ámbito jurídico formal: están ratificadas la mayoría de las convenciones internacionales, se cuenta con la institucionalidad pública para que se plasmen los derechos laborales pero en la realidad del mundo del trabajo, nada se cumple y existe un alto grado de impunidad.

Citando al Informe del Estado de la Nación, el licenciado Calvo afirmó que si en el país se pagara el salario mínimo, se reduciría la pobreza en un 3%. Contrario a eso, sólo el 38% de los trabajadores se les respetan todos sus derechos y al 6% no se le respeta ninguno.

 

Los derechos son indivisibles 

Por su parte, la activista de los derechos laborales Ariane Grau, subrayó que el cumplimiento de los derechos laborales básicos: libertad sindical, negociación colectiva y derecho a huelga, son condiciones para el cumplimiento de otros derechos como el trabajo digno, la alimentación y la salud. Citó el ejemplo de derechos asociados de las mujeres trabajadoras como son la lactancia materna, que en ausencia de los otros derechos, no se hace efectivo, ante el riesgo de que la madre pierda su trabajo.

Para Grau, una política pública puede ser pertinente en materia fiscal, comercial o macro-económica pero restrictiva en materia de derechos laborales y eso es lo que está pasando en Costa Rica.

En el trabajo de CEPAL que sirvió para la reflexión, no se consideró la situación del mundo laboral rural, ni variables como el impacto que ha tenido en los salarios y en las condiciones laborales mundiales, la incorporación de 600 millones de chinos a la fuerza de trabajo internacional.

 

Un llamado a los sindicatos

Los sindicatos son la organización natural para la promoción y defensa de los derechos laborales, así como en la incidencia en las políticas salariales, sin embargo, para estar a la altura de esos desafíos, deben ser independientes, democratizarse y desburocratizarse, de manera que sean representantes legítimos de las y los trabajadores. Corresponde a las organizaciones sindicales “abandonar la zona de confort” en el sector público y organizar la fuerza laboral del sector privado, así como fortalecer los espacios de diálogo social.

En la organización de la actividad participaron los colegios profesionales de Sociología y Ciencias Económicas, el Centro de Investigaciones y Estudios Políticos de la UCR, el Centro de Estudios y Publicaciones CEP-ALFORJA, el Ministerio de Hacienda, la Primera Vicepresidencia de la República y la Oficina Regional de la CEPAL de México.

 

Juan Carlos Cruz-Barrientos

Comunicador social – docente