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Etiqueta: Sala Constitucional

El día después

Por Memo Acuña
Sociólogo y escritor costarricense

Imagine despertar en Santiago de Chile el 12 de setiembre de 1973. Ahora imagine hacerlo en Buenos Aires o en cualquier lugar de Argentina el 25 de marzo de 1976. Haga el ejercicio de estar en Tegucigalpa el 29 de junio de 2009.

En los tres casos el elemento común es que el día anterior hubo una ruptura del orden institucional y constitucional y los mandatarios de los tres países fueron depuestos.

Hubo un golpe de estado. Real. Consumado.

Lo que siguió a continuación fue una escalada de violencia en la que la tortura, las desapariciones, las violaciones y los asesinatos estuvieron a la orden. Las persecuciones en contra de los adversarios a los nuevos regímenes instalados se multiplicaron.

En los tres países hubo ciertamente golpes de estado de facto, porque fueron consumados con graves resultados para la ciudadanía y el tejido social en dichas sociedades.

Ahora haga el ejercicio de pensarse en cualquier lugar de Costa Rica el día después que irresponsablemente la presidenta de la República denominara como “golpe de estado” la decisión de la Sala IV para nombrar en prórroga a 12 magistrados suplentes para el Poder Judicial.

No solo fueron irresponsables y temerarias estas aseveraciones, que además se realizaron en un acto teatral y simbólico de muy pobre escenario, con parte de la fracción oficialista detrás suyo sin ninguna participación activa más que asentir mecánicamente a su discurso.

Es que, de un plomazo, la mandataria igualó sin reparo y consideración los graves hechos ocurridos en otros contextos latinoamericanos, a una estrategia espuria y manifiesta del Ejecutivo por controlar el Poder Judicial costarricense.

Visto entonces el error técnico, político y ético cometido, habría que señalar algunas acciones que podrían definirse en el campo de los autoritarismos y que provienen justamente de ese mismo poder ejecutivo que denunció ese supuesto golpe de estado en contra de la Asamblea Legislativa.

Entre algunas de ellas, destaca la preocupante prohibición de estimular el pensamiento crítico en las aulas del sistema educativo costarricense, lo cual nos parece de sumo cuidado y debe alertarnos sobre los límites que este gobierno quiere imponer.

Ciertamente es una hora compleja para la democracia costarricense. Como modelo perfectible que es, debe ser protegida de acciones como las impulsadas por el propio gobierno de Costa Rica.

A cuidarla estamos llamados.

¿Así o más claro? La Constitución habló

Cuando la Constitución debe ser leída en voz alta, es porque alguien ha dejado de escucharla.

Por Jaime E. García González, Dr. sc. agr.
Profesor catedrático jubilado de la UCR y la UNED.
Miembro de la Red de Coordinación en Biodiversidad (RCB) y de la Unión de Científicos Comprometidos con la Sociedad y la Naturaleza de América Latina (UCCSNAL).

Hay discursos que pasan inadvertidos y hay otros que quedan registrados como una advertencia para la historia. Las palabras pronunciadas por el magistrado Jorge Araya García pertenecen a esta última categoría. No fueron el producto de la exaltación, la improvisación o el cálculo político. Fueron, por el contrario, el recordatorio sobrio y contundente de una verdad elemental: en una república, nadie está por encima de la Constitución.

La escena resultó tan insólita como reveladora. Un magistrado de la Sala Constitucional se vio obligado a recordarles al presidente de la República y a una de sus ministras el contenido de los artículos 148 y 149 de la Constitución Política, es decir, las normas que establecen la responsabilidad de quienes ejercen el poder.

«Señor Chaves, usted juró defender la Constitución y las leyes. ¿O me equivoco?»

La pregunta cayó como un rayo en medio de un clima político caracterizado por la confrontación permanente, el descrédito sistemático de las instituciones y la creciente costumbre de presentar cualquier límite constitucional como si se tratara de un obstáculo para la voluntad del gobernante.

Pero el magistrado no emitió una opinión. Hizo algo mucho más grave y, al mismo tiempo, mucho más sencillo: leyó la Constitución.

Recordó el contenido del artículo 148, según el cual el presidente de la República es responsable del uso de las atribuciones que la Constitución le confiere y los ministros son responsables, junto con él, de las decisiones adoptadas. Más adelante, citó el artículo 149 y recordó que el presidente y sus ministros son responsables cuando impidan u obstaculicen el ejercicio de las funciones propias del Poder Judicial o cuando, por acción u omisión, violen una ley expresa.

No se trata de disposiciones secundarias ni de simples formalidades jurídicas. Constituyen el núcleo mismo del sistema republicano. Sin ellas, el poder dejaría de estar sometido a la ley y la democracia quedaría reducida a un simple ejercicio de fuerza política.

Lo preocupante es que el incidente no puede entenderse como un hecho aislado. Forma parte de un proceso más amplio y más peligroso: la normalización del ataque a las instituciones de la República. El problema ya no radica únicamente en la existencia de desacuerdos políticos, algo natural en cualquier democracia, sino en la tentativa de erosionar la legitimidad de los órganos encargados de ejercer controles sobre el poder.

Cuando se desacredita a los jueces, se ridiculiza a la prensa, se menosprecia a las universidades y se debilita a los organismos de control, no se fortalece la democracia; se la vacía de contenido.

La estrategia no es nueva. Ha sido aplicada innumerables veces en distintas latitudes. Primero se identifica un adversario. Después se le atribuyen todos los males del país. Más tarde se alimenta el resentimiento y se promueve la idea de que el gobernante encarna la voluntad popular y que, por lo tanto, cualquier límite a su autoridad constituye una forma de sabotaje. Finalmente, la legalidad es presentada como un estorbo y la institucionalidad como un enemigo.

La historia demuestra que los regímenes autoritarios no suelen derribar las instituciones de un solo golpe. Prefieren debilitarlas poco a poco, desacreditarlas ante la opinión pública y privarlas de los recursos necesarios para cumplir sus funciones. Cuando la ciudadanía comprende lo que está ocurriendo, el daño ya suele ser considerable.

Por esa razón, las palabras finales del magistrado Araya adquirieron un significado que trasciende la coyuntura política:

«¿Qué podemos esperar? ¿Seguirá otro recorte? ¿Cuándo será? ¿Nos dejará terminar el año?».

No era la voz de un funcionario defendiendo un presupuesto. Era la voz de un juez defendiendo la independencia del Poder Judicial frente a las presiones del poder político.

Y conviene decirlo con absoluta claridad: la independencia judicial no existe para proteger a los jueces, sino a los ciudadanos. Sin ella, la ley deja de ser un límite para el poder y se convierte en un simple instrumento de conveniencia.

La advertencia del magistrado también encierra una amarga paradoja. Un presidente que juró respetar la Constitución tuvo que escuchar, desde la más alta magistratura constitucional del país, la lectura de los artículos que definen los límites de su propio cargo.

Tal vez el momento más revelador haya sido aquel en que el magistrado expresó: «No estoy haciendo ningún juicio de valor; se los voy a leer». La frase contiene una enorme carga simbólica. Cuando la sola lectura de la Constitución se transforma en un acto de resistencia, es porque algo fundamental está ocurriendo en la vida política de una nación.

Costa Rica no puede darse el lujo de tratar estos episodios como simples anécdotas. Lo que está en juego no es la reputación de un gobierno ni la imagen de un magistrado. Lo que está en juego es la vigencia misma del pacto republicano.

Porque la Constitución no es un consejo, una recomendación ni una declaración de buenas intenciones. La Constitución es un límite. Y cuando el poder comienza a considerar los límites como una afrenta, la democracia empieza a caminar por un terreno extremadamente peligroso.

¿Qué nos espera?

José Manuel Arroyo Gutiérrez

Con frecuencia, en estos días oscuros, muchos que sí tememos a la dictadura y a la desaparición de jueces independientes que garanticen nuestros derechos, nos preguntamos, con angustia, qué nos espera. Intentaré resumir algunas percepciones y los fundamentos que las apoyan.

  1. Un tsunami neoliberal, reaccionario, neofascista, antidemocrático, autocrático y de extrema derecha arrasa el mundo occidental, cuna y terreno donde por algo más de dos siglos ha florecido, con grandes altibajos, la democracia liberal/republicana clásica.
  2. Este movimiento político nefasto está en su mejor momento. Lo vemos con espanto cómo ha tomado a los Estados Unidos de América y a varios países del sur del continente. También tomó a países de la antigua Europa Oriental y conforman fuertes corrientes partidarias en el occidente europeo.
  3. No obstante, hay indicios de que esas fuerzas políticas regresivas, montadas sobre las bestias del ultra-nacionalismo, el fundamentalismo religioso, la xenofobia, la represión migratoria, el antifeminismo y la agresión a las minorías identitarias, no son sostenibles en el mediano plazo. Lo evidencia el derrocamiento, en las urnas, de Orbán en Hungría, y se concretan y anuncian fuertes golpes, también electorales, contra el trumpismo estadounidense. El desastre económico del desquiciado mental de Milei en Argentina, augura asimismo un cambio más temprano que tarde.
  4. En Costa Rica, el chavismo constituye la expresión vernácula de esa oleada antidemocrática. Hemos seguido el libreto: una democracias que no le ha llegado a amplios sectores de la población, ni para brindarle servicios básicos, ni para garantizarle derechos fundamentales. A esta realidad se ha unido la corrupción público/privada de la clase política tradicional y la emergencia de la criminalidad organizada y transnacional, sobre todo del narcotráfico.
  5. El terreno estaba por completo abonado para que surgiera el chavismo, la promesa demagógica y populista, el mesianismo que nos tiene ya hace casi cinco años en la crispación y la polarización, el espectáculo politiquero y la venta de supuestas soluciones que no alcanzan a solucionar los problemas más acuciantes de la ciudadanía. Los servicios siguen deteriorándose, la corrupción se agrava, los derechos se neutralizan o anulan.
  6. Idea cardinal y decisiva de este populismo de derecha que nos gobierna fue la necesidad de obtener una mayoría calificada (40 diputaciones) para poder llevar a cabo las transformaciones que propugna: una copia de lo que Nayib Bukele ha hecho en El Salvador: una mayoría aplastante en el Poder Legislativo que le permitiera tomar por asalto a la Corte Suprema, destituir magistrados, conformar un Tribunal Constitucional complaciente, nombrar a un amigo como Jefe del Ministerio Público; además, una supresión de las garantías propias del Estado de Derecho; una declaración –supuestamente temporal pero que ya lleva años- de un estado de sitio que se prolonga indefinidamente; y un sistema electoral que asegure el continuismo perpetuo de la élite autocrática al mando.
  7. Pero eso no sucedió en nuestro país. El Partido Pueblo Soberano, de Chaves y Fernández, aunque ganaron holgadamente, no obtuvieron la mayoría calificada a la que aspiraban. Se quedaron a siete diputaciones de poder hacer lo que les diera la gana con este Estado de Derecho y nuestro sistema democrático. La consecuencia más relevante de esta realidad política y que se ha ido develando en los últimos meses es que, llevados por el triunfalismo y la prepotencia, no previeron un PLAN-B, y ahora están dando palos de ciego en casi todos los temas transcendentales para el país.
  8. Es ya patente que el show mediático con caravanas blindadas y ruido de sirenas, las conferencias-arengas de los miércoles, las supuestas conspiraciones y atentados contra los dignatarios, y los proyectos de ley en materia penal por completo inviables por inconstitucionales, no dan abasto para legitimar la ausencia de programas de gobernanza y políticas públicas eficaces. Tampoco es suficiente la estrategia de culpar al Poder Judicial y sus órganos auxiliares por el problema de inseguridad que azota al país y que, en los últimos días ha desnudado quiénes son los que realmente están penetrados hasta el tuétano –el Poder Ejecutivo y sus cuerpos policiacos- y quiénes están cumpliendo con sus obligaciones y asestando rudos golpes al crimen organizado, a saber, el OIJ, el Ministerio Público y los Tribunales de Justicia.
  9. Los escenarios que enfrenta el chavismo son básicamente tres:

    9.1. Aceptar la dura realidad de que ya no van a poder hacer aquí lo que Bukele está haciendo con el pueblo salvadoreño y, con un mínimo de sensatez y estrategia política –si es que deciden tenerlas-, aceptar que deben sentarse a negociar con el bloque democrático de oposición que se ha ido consolidando en la Asamblea Legislativa. Esto significaría, entre otros asuntos álgidos,  negociar el nombramiento de las magistraturas suplentes de la Sala Constitucional, girar las partidas presupuestarias congeladas al Poder Judicial y olvidarse de nuevos recortes; archivar los impuestos a la canasta básica; devolver a los trabajadores pensionados su ROP, entre otros asuntos de urgencia. Quizá, con esa inteligencia logren obtener la aprobación de leyes y proyectos que les interesen y reconstruyan su imagen frente a quienes han confiado en ellos.


    9.2. Continuar con la estrategia contumaz y atolondrada de no dialogar, no negociar, pretender torcer el brazo al Poder Judicial, llevarlo al colapso, obligarlo a deteriorar sus servicios con la peregrina idea de que la gente clamará por su cierre, en fin… conducir a una situación caótica que, estoy seguro, el mismo chavismo no sabe a dónde con exactitud puede conducir. Los chavistas -dirigentes y bases sociales-, deben darse cuenta que de esta virtual “guerra civil” no saldrá nadie ganancioso. ¿Desplegarán efectivos de la Fuerza Pública alrededor del Congreso para que no sesione? ¿Perpetrarán esa maniobra en el Circuito Judicial de San José? ¿Asfixiarán presupuestariamente a la Administración de Justicia y los otros entes de control y contrapeso? ¿Cuál puede ser el desenlace de semejante maniobra?, ¿provocar un enojo enardecido de la población contra las agencias  judiciales, o se les devolverá como búmeran? ¿Serán capaces de desatar un enfrentamiento armado entre la Fuerza Pública y el Organismo de Investigación Judicial? ¿Qué diablos estará pasando por esas cabecitas?


    9.3. Otra apuesta, que puede sonar descabellada pero que nunca se  sabe, es que el chavismo continuista esté apostando a pedir intervención extranjera, para imponer un Estado de Excepción dictatorial. Ya hemos visto a Rodrigo Chaves coquetear con el ejército salvadoreño y, en la de menos, también puede estar acariciando la ilusión de que el amo supremo, Donald Trump, se apunte a la aventura. Ya lo hemos visto asimismo medir fuerzas entre número de efectivos con los que contaría versus los efectivos de la Policía Judicial. Pero en este punto hay una cuestión medular que no debe olvidarse. Hasta ahora, los entes que han contado con la confianza y apoyo de las agencias estadounidenses (CIA, DEA, Embajada, Departamento de Estado) han sido el Ministerio Público y el OIJ, y no tanto el Poder Ejecutivo y sus instancias de policía. Además, Costa Rica no tiene el peso geopolítico suficiente como para justificar una intervención tipo Venezuela. El Tío Sam tiene en estos momentos demasiados frentes abiertos en el mundo, y en este país no se vislumbra una fuerza política alternativa, de izquierda radical y antiimperialista,  que amenace la tradicional alianza con los Estados Unidos. Así que este escenario, salvo que todos se vuelvan por completo locos, es el menos probable.


    10. Seamos pues moderadamente optimistas. Confiemos en que el tsunami neoliberal de extrema derecha siga evidenciando sus alcances limitados en todo el mundo. Confiemos en que la sociedad costarricense comience a detectar el callejón sin salida en el que nos ha metido el chavismo. Confiemos en que el populismo demagógico del continuismo se ira desgastando en sus consignas y su propia incapacidad para cumplir promesas. Confiemos, en fin, en que la gente empezará a manifestarse y organizarse para salvar la aspiración democrática, pacífica y justa que supieron heredarnos los abuelos y abuelas.

La dictadura de los propietarios

Lic. Rafael A. Ugalde Quirós*

Comienzo aclarando que no hay honestidad cuando presentamos la crisis entre el poder judicial y el resto de los poderes como sí fuera nueva y camináramos hacia una “dictadura” como la de Ortega en Nicaragua o el chavismo en Venezuela, enalteciendo el planteamiento burdo de los expresidentes ticos -como sí no los conociéramos- para quedar bien con Marco Rubio, secretario de Estado norteamericano.

Consta, desde aquellos tiempos mozos en nuestra facultad de derecho, como sosteníamos junto a otros compañeros, que esos grandes edificios y los despachos de lujo terminarían por descarrilar e deshumanizar nuestro romántico principio de justicia pronta y cumplida, sumergiendo en la crisis el poder que, además, se había echado al hombro poco a poco tareas propias y correspondientes del ejército costarricense, antes del golpe de estado de 1948.

Entonces veíamos con absoluta claridad la imposibilidad humana que el número de magistrados y jueces pudieran resolver los problemas venidos de concentrar todo lo relacionado con funciones de policía, represión, investigación, acusación, inteligencia, planificación interna etc. en tan pocas manos.

Durante unas declaraciones vertidas en ocasión de la solicitud de presupuesto para nuestro poder judicial, el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Orlando Aguirre, justificó la necesidad de más financiamiento, diciendo que en todos estos años anteriores hemos defendido el sistema económico.

Litigantes que esperan 10 años para obtener una sentencia laboral favorable a un pobre trabajador que un banco lo tiró a la calle, 6 o más meses para que un despacho judicial firme la “orden de giro” para que el abogado retire sus honorarios; ello por cuanto el funcionario encargado “hace trabajo desde la casa y viene a la oficina un dia a la semana”, juicios que se caen por investigaciones mal hechas., etc.

Según cifras oficiales, en materia civil de mayor cuantía, ningún juicio dura menos de dos años, mientras aproximadamente, el 90% de expedientes en materia penal no llegan a juicio oral, pues se quedan en la fase de investigación del Ministerio Público mediante resoluciones de desestimaciones, sobreseimientos o aplicación de soluciones alternas. ¡De cómo la están pasando de feo con la lentitud de la justicia sus agremiados, sí que debería ocuparse el Colegio respectivo y su fiscalía!

De feria, el gobierno liberacionista de Oscar Arias impulsa en 1989 una instancia judicial más, la llamada Sala IV, llegando a 22 quienes gobiernan el poder judicial, con facultades amplísimas. En el 2003, estando como presidente de la “oposición” Abel Pacheco, es a esta misma Sala la que nos dice que es válida constitucionalmente la reelección presidencial discontinua.

No hay por dónde perderse. Son los grupos de la misma élite que controlan todo. Lo que oímos, lo que pensamos y nos hace justicia a diario, dando a cada uno la “proporción que nos corresponde”.

La anterior definición de justicia dicha por Ulpiano, me faltaba someterla praxis, que me ha permitido ver que la mayor parte de esa proporción ya pertenece desde hace años a una minoría, mientras por la parte sobrante, la más pequeñita, ponen a las mayorías de una sociedad a arrancarse las mechas.

Samuel Stone, en la dinastía de los bandidos, perdón, “La dinastía de los conquistadores”, nos sigue dando una fotografía exacta de la “democracia”, la “división de poderes”, la “democracia” nuestra y la “alternancia” electoral, entre otras prácticas, ya no tanto de la denominada derecha fascista y macartista, obligada defender su “ institucionalidad”, sus privilegios de reportar cero ganancias en 2025 y lanzar sapos y culebras contra el sistema democrático de Cuba, Nicaragua o Venezuela, sino que ahora vemos unas cuantas cúpulas de la llamada izquierda local, ( van desde las que hace la revolución por whatsaap, pasando, según ella, por transformaciones profundas mandando gente con pancartas muy artísticamente decoradas, haciendo proyectos o atorados con bocadillos de caviar), cerrando filas con Rubio y el nuevo fichaje de Milei y Trump para Centroamérica, el narcotraficante hondureño Juan Orlando Hernández. Tal vez así no pierden la visa.

Sin embargo, sí desde 2022 un grupo de la burguesía que controla importaciones, los servicios y la mayor parte de la actividad financiera, desplazó en más de un 70% del poder a quienes se enriquecieron con la agroexportación de productos y la venta de materias prima, ello no es casualidad que ahora, después de aquel “volvamos a la tierra” con que embaucaron a Reymundo y a todo el mundo, traten ahora de salvar con todo los pocos refugios que aún conservan.

Defienden así, de forma camuflad el Estado Corporativo o gerencial, cuando dicen ser la oposición democrática, la otra gran alternativa, solo para retomar el poder, porque no tienen un “proyecto país” que no solo organice las bases populares, sino que las articule y obedezca en búsqueda de un modelo de democracia participativa y popular capaz de convertir el mercado, en una ampliación obligatoria de beneficios de la ganancia en pocas manos, en mejor seguridad social, salarios dignos, educación superior, ciencia y tecnología en función del pequeño y el mediano productor, desarrollo de nuestros océanos como fuente de alimentación, ayudar austeras ciencias médicas a que lleguen a las personas sin distinción de clase social, etc., en lugar de subirnos al último vagón destartalado de la innovación tecnológica.

Tienen una memoria que asusta. Ya ni se acuerdan de aquel paquete de leyes que congeló salarios, repartió bozales, penalizó la protesta social etc. Olvidaron de un momento a otro que, en 2018, el gobierno PAC, de Carlos Alvarado, contó con el apoyo de la Sala Constitucional y 14 votos del Liberación Nacional,10 del oficialismo de entonces,8 socialcristianos, el de Zoila Rosa Volio, de Integración Nacional, y el “independiente” Erick Rodríguez.

Cuando se trata de defender la dictadura de los propietarios son cortados con la misma tijera. Puede llamarse presidenta Laura Fernández, los exgobernantes Oscar Arias, Rodrigo Chaves, Carlos Alvarado, Luis Guillermo Solís, Laura Chinchilla, 53 diputados de la Asamblea Legislativa, el canciller Manuel Tovar etc. La lista de demócratas es interminable y no aparecen hasta en la sopa.

El reciente anuncio del presidente de Nicaragua, Daniel Ortega, al decir que si los enemigos de la Revolución sandinista soñaban con el retorno al poder por vía de las elecciones como pensaba la oposición mandadera de Washington, se jodió. Anunció el envió de una ley a la Asamblea Nacional para regular este tipo de consultas, pero al poder, no volverán, dijo.

Terminamos con este tema de las elecciones en Nicaragua solo para dejar en evidencia que no hay tal oposición política en Costa Rica. Los que así se hacen llamar están unidos por el injerencismo imperial en las cuestiones internas de otros países.

Algunas personalidades tan preocupadas por la democracia en Nicaragua, Venezuela o Cuba – China, con un sistema electoral de único partido, la bajan un poquito por aquello de un viajecillo a Pekin- deberían calmar sus inquietudes quitando las fotos sonrientes junto a personas cuestionadas, o haber desmentido en su momento el periódico colombiano “El tiempo”, sobre donaciones recibidas en Miami.

¿Los has escuchado acaso levantar la voz contra el criminal bloqueo contra Cuba, y eso que se hacen pasar como defensores del derecho internacional y los derechos humanos?

¡Muchos de ellos, por dolo o culpa, son vocería oficialista de quienes dicen estas elecciones me gustan, son válidas o deben desconocerse, conforme lo que nos encargó el patroncito!

*Periodista.

Los diputados sediciosos del partido Pueblo Soberano

Vladimir de la Cruz

El grupo de diputados del Partido Pueblo Soberano tiene, necesaria y obligatoriamente, que someterse al mandato constitucional de ratificar o no la lista de candidatos a magistrados suplentes que remitió la Corte Suprema de Justicia, para que así procedieran. No tienen otro camino.

La Constitución Política que regula este nombramiento no da márgenes para que la presidenta de la Asamblea Legislativa rechace la lista que la Corte envía.

Tampoco da margen para que ellos, como fracción parlamentaria de un partido político, aunque sea el que ganó las elecciones nacionales a nivel del Ejecutivo y del Legislativo, pueda proponer una lista alterna, o sugerir algunos nombres para que se les considere como elegibles. Sencillamente se debe someter la lista de los candidatos a magistrados suplentes a los diputados para que la ratifiquen.

Esto se debe al procedimiento interno, que para este caso, de la elección de los magistrados suplentes, solamente la Corte Suprema de Justicia, puede proponer esa lista. Para su elaboración la Corte Suprema de Justicia, ha evaluado y valorado los atestados personales, profesionales, académicos, laborales, a las personas, abogados y notarios, juristas, para proponerlos como magistrados suplentes y presentarlos para el trámite legislativo de su “ratificación” la lista de candidatos propuestos por el Poder Judicial.

Para elegir un Magistrado Propietario o Suplente se requieren 38 votos de diputados a favor. Técnicamente para elegir a los magistrados suplentes que propone la Corte se requieren los mismos 38 votos de diputados. En el conjunto legislativo el Partido de gobierno Pueblo Soberano tiene 31 y los otros partidos en su conjunto 27. Para no elegir un magistrado que ya lo es pero que se presenta para su reelección igualmente se requieren 38 diputados que lo rechacen o voten en contra de su reelección.

Los Poderes Públicos, como es el caso del Poder Judicial, deben trabajar a derecho, con todos los funcionarios que la Constitución Política establece que deben dirigirlos. Su trabajo no puede ser obstaculizado, obstruido ni impedido de ejecución porque un grupo de diputados de la Asamblea Legislativa, como es el caso del grupo de diputados del Partido Pueblo Soberano, y la misma presidenta de la Asamblea Legislativa, entorpecen su trabajo, lo sabotean, lo obstaculizan, lo lesionan, lo impiden y traban en la práctica.

Con esta actitud y comportamiento político los diputados del partido Pueblo Soberano, y la misma presidenta de la Asamblea Legislativa, están cometiendo el delito de sedición, el acto criminal de rebelarse contra la autoridad establecida y constituida en el orden público costarricense que tiene el Poder Judicial.

El grupo de diputados del partido Pueblo Soberano actúa como una banda delictiva, que actúa colectivamente, en grupo, en forma tumultuosa, alterando el orden público, impidiendo por la fuerza de su comportamiento la ratificación de los magistrados suplentes de la Corte Suprema de Justicia, que sin su ratificación se impide y entraba el funcionamiento del Poder Judicial. Con ese acto de esos diputados se está alterando el orden público, sin buscar el derrocamiento del gobierno ni incitando, por ahora, a una rebelión, pero sí creando las condiciones de anomia política en el país, de caos institucional y de los poderes públicos, que permita justificar al Poder Ejecutivo lo que ha venido proclamando de impulsar un estado de excepción, un estado de sitio, una suspensión de garantías individuales, y de provocar a la vez la posibilidad de poder gobernar a la fuerza, sin controles administrativos, políticos y judiciales.

El acto de sedición que están provocando es el de impedir por la fuerza de ese comportamiento legislativo la aplicación de las leyes y entorpecer el trabajo y funcionamiento del Poder Judicial.

La sedición aquí está caracterizada por el entorpecimiento del orden y del funcionamiento de las autoridades judiciales para que ejerzan su función. Así están provocando una subversión del funcionamiento de la institucionalidad judicial. Los diputados del partido Pueblo Soberano están realizando un alzamiento colectivo, encabezado por ellos, de forma violenta, contra la autoridad Judicial, contra el orden político del país, contra la estructura e independencia de los Poderes Públicos.

Con su actitud están tratando de fortalecer la imagen pública, resquebrajada y el irrespeto institucional que el Poder Ejecutivo, desde el gobierno anterior y con el actual, han impulsado contra el Poder Judicial, contra la Corte Suprema de Justicia, contra sus presidente y sus magistrados.

El comportamiento delictuoso de los diputados de Pueblo Soberano se orienta a quebrar toda la institucionalidad política nacional y de crear las condiciones subjetivas y objetivas para imponer un gobierno de facto, de hecho, al margen de toda la constitucionalidad y legalidad posible.

El comportamiento político de los diputados de Pueblo Soberano, y de los desplantes autoritarios de la presidenta Legislativa, se orientan a provocar el desorden público, se mueve a la convocatoria de personas que propicien un levantamiento público, en su favor obviamente, contra la institucionalidad democrática nacional.

Impulsan que las autoridades judiciales no puedan tomar decisiones, no puedan trabajar. Impulsan obstaculizar su trabajo, que no se apliquen norman, que se paralicen servicios públicos, como el Judicial.

El comportamiento de los diputados del partido Pueblo Soberano está llamando al caos, a las acciones violentas, físicas y verbales. Está convocando subliminalmente a la sublevación de la población contra el Poder Judicial, contra las autoridades judiciales y la paz social, y con ello contra el equilibrio e independencia de los Poderes Públicos.

La sedición en marcha de estos diputados es el acto criminal de su rebelión al rechazar ad-portas, y negarse a presentar al Plenario Legislativo, la nómina de candidatos propuesta por la Corte Suprema de Justicia, para que sean ratificadas las magistraturas suplentes que se están poniendo al trámite legislativo para su aprobación, y asegurar el buen funcionamiento del Poder Judicial. Es un acto claro y directo contra la autoridad establecida constitucionalmente del Poder Judicial. Si se quiere también es un acto sedicioso contra el Gobierno Judicial de la Corte Suprema de Justicia. Este proceso sedicioso de estos diputados está entorpeciendo el funcionamiento del orden público.

De continuar en su actitud los diputados sediciosos de tratar de arrogarse la soberanía, que reside en la Nación, en el Pueblo, se acercan a cometer el delito de traición a la Patria, y si asumen o se arrogan esa representación popular realizan el acto de la sedición.

Una prueba de fuego le ha sido puesta en bandeja de plata a toda la Asamblea Legislativa. La excelente Magistrada de la Sala Segunda, la Dra. Julia Varela, por razón de vencimiento de su nombramiento en setiembre, ha puesto su nombre para la reelección en el cargo de Magistrada.

Tiene constitucionalmente el derecho de reelección. Así lo ha solicitado a la Asamblea Legislativa., con orgullo profesional y laboral ampliamente reconocido.

La Presidencia de la Asamblea Legislativa no puede rechazar su solicitud. Tiene que darle trámite para su posible reelección. En su caso pueden presentarse otros candidatos, incluidos candidatos del partido Pueblo Soberano, entre los cuales se escogería al Magistrado Propietario por un nuevo plazo de ocho años. Para nombrar un nuevo magistrado se necesitan 38 votos y para impedir la reelección también se necesitan 38 votos.

La elección de los magistrados suplentes y la de los propietarios son dos tipos diferentes de elección. ¿El comportamiento sedicioso de los diputados se manifestará contra la Magistrada Julia Varela?

Los alcances del Convenio 169 de la OIT en Costa Rica: la consolidación constitucional de los derechos de los pueblos indígenas y tribales afrocostarricenses

SURCOS comparte la siguiente nota a partir de un texto educativo de Bernardo Archer Moore, adulto mayor de Cahuita.

En el escrito se expone que la aprobación de la Ley N.° 7316 de 1993, mediante la cual Costa Rica ratificó el Convenio N.° 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), transformó profundamente el sistema nacional de protección de los derechos humanos. A partir de ese momento, las disposiciones del Convenio pasaron a integrar el bloque de constitucionalidad y, conforme a la jurisprudencia constante de la Sala Constitucional, adquirieron jerarquía superior a la ley ordinaria, convirtiéndose en parámetro obligatorio para todas las autoridades del Estado.

No obstante, durante más de treinta años esa protección fue aplicada casi exclusivamente en favor de los pueblos indígenas, dejando en un segundo plano a los pueblos tribales afrocostarricenses, pese a que el propio Convenio reconoce expresamente ambas categorías como sujetos de especial protección. Según el autor, la intervención de la Sala Constitucional entre 2025 y 2026 vino a corregir esa omisión histórica, consolidando la aplicación efectiva del Convenio 169 a los pueblos tribales del Caribe costarricense.

¿Quiénes son los pueblos tribales protegidos por el Convenio 169?

El texto señala que una de las mayores confusiones existentes consiste en creer que cualquier persona afrodescendiente forma automáticamente parte del Pueblo Tribal Afrocostarricense para efectos del derecho de consulta previa. El Convenio 169 no establece ese criterio: su artículo 1 dispone que los pueblos tribales son aquellos que presentan condiciones sociales, culturales y económicas que los distinguen del resto de la colectividad nacional, conservando total o parcialmente sus propias instituciones, costumbres, tradiciones e identidad colectiva.

El autor explica que la conciencia de la identidad tribal constituye un criterio fundamental para determinar los grupos a los que se aplican las disposiciones del Convenio, es decir, el autorreconocimiento es un requisito indispensable, pero no suficiente. La pertenencia al Pueblo Tribal también debe respaldarse con elementos objetivos de carácter histórico, cultural y comunitario, entre ellos: descendencia histórica de las comunidades tribales del Caribe costarricense, conservación de una identidad cultural propia, vínculos históricos con el territorio tradicional, reconocimiento por parte de la propia comunidad, y conservación, aunque sea parcial, de instituciones, costumbres o formas propias de organización social. En consecuencia, sostiene el autor, el Convenio protege a un pueblo históricamente determinado, no simplemente a un grupo definido por el color de piel o la ascendencia africana.

La consulta previa no pertenece a organizaciones privadas

El texto subraya que el sujeto protegido por el Convenio 169 es el Pueblo Tribal como colectivo, nunca una asociación privada, fundación, ONG u otra persona jurídica. Los órganos de consulta creados por el Estado cumplen únicamente funciones de interlocución: no sustituyen la voluntad del Pueblo, no adquieren la titularidad de los derechos colectivos ni pueden apropiarse de su representación permanente. Según el autor, esta diferencia fue reafirmada por la Sala Constitucional en sus resoluciones de 2025 y 2026, al recordar que la consulta debe realizarse respecto del sujeto colectivo protegido por el Convenio y no mediante mecanismos formales que simulen su cumplimiento.

Los derechos colectivos reconocidos

El artículo enumera los principales derechos colectivos que, según el autor, protege el Convenio 169: identidad cultural, autoidentificación, conservación de instituciones propias, participación en decisiones estatales que les afecten, consulta previa, libre e informada, participación en políticas públicas, protección de la relación histórica con el territorio y del patrimonio cultural, espiritual e histórico, y el derecho a decidir sus propias prioridades de desarrollo. Estos derechos, señala, pertenecen al Pueblo como sujeto colectivo y no pueden ser apropiados por personas u organizaciones particulares.

La diferencia entre pueblos indígenas y pueblos tribales

El texto explica que, si bien el Convenio 169 protege por igual a ambos pueblos, respeta sus diferencias culturales. En Costa Rica, la cultura indígena ha estado históricamente vinculada a la propiedad colectiva del territorio, modelo desarrollado por la Ley Indígena N.° 6172 de 1977 mediante el reconocimiento de reservas administradas registralmente por las Asociaciones de Desarrollo Integral Indígena (ADII). Las comunidades afrocaribeñas, en cambio, desarrollaron desde finales del siglo XIX una tradición distinta: familias establecidas en el litoral Caribe ocuparon parcelas destinadas a vivienda, agricultura y comercio, manteniendo un sistema propio de reconocimiento de linderos, muchas veces delimitados con cercas naturales o flores rojas, costumbre de la que —según el autor— surgió la flor roja como símbolo de linderos en la región. Esta forma histórica de ocupación, sostiene, constituye una manifestación cultural propia que también merece protección bajo el Convenio 169, por lo que la igualdad constitucional no exige un régimen de propiedad idéntico para ambos pueblos, sino que el Estado respete las diferencias culturales de cada uno.

Las sentencias de la Sala Constitucional

Con la creación del Foro Tribal Afrocostarricense mediante el Decreto Ejecutivo N.° 43532-MP-MINAE-MCJ-MEP (2022), el Estado reconoció un mecanismo oficial de interlocución con los pueblos tribales, equivalente al desarrollado para los pueblos indígenas. Posteriormente, según relata el autor, la Sala Constitucional consolidó ese proceso mediante tres resoluciones: la Sentencia N.° 2025-029985 ordenó aplicar plenamente el Convenio 169 al Pueblo Tribal de Cahuita en relación con el Plan Regulador Costero; la Sentencia N.° 2025-035746 extendió esa obligación al proceso del Plan Maestro de Desarrollo Turístico Costero del Caribe; y la Sentencia N.° 2026-010993 estableció que ninguna institución ni organización privada puede simular el cumplimiento del deber de consulta sustituyendo al verdadero sujeto protegido por el Convenio.

Estas resoluciones, junto con la Ley N.° 7316 de 1993 y el Decreto Ejecutivo N.° 43532 de 2022, constituyen —según el autor— un blindaje jurídico para garantizar el cumplimiento efectivo del Convenio 169 respecto de los pueblos tribales afrocostarricenses.

Una nueva etapa constitucional

El texto concluye que Costa Rica ha ingresado en una nueva etapa del constitucionalismo de los derechos humanos, en la que ya no es jurídicamente sostenible interpretar el Convenio 169 únicamente desde la realidad indígena. La protección constitucional alcanza igualmente a los pueblos tribales afrocostarricenses, respetando sus propias instituciones, identidad histórica, cultura, formas tradicionales de organización y su particular relación con el territorio. Para el autor, la verdadera igualdad que consagra el Convenio 169 no consiste en tratar a todos los pueblos de la misma manera, sino en reconocer que cada uno tiene derecho a que el Estado respete aquello que lo hace diferente.

Quien no puede cerrar la Sala IV por ley no debe cerrarla por omisión

Francisco Guevara Matarrita

Las propuestas de Francisco Dall’Anese y Manrique Jiménez obligan a la Corte Suprema a decidir cómo preservar la justicia constitucional frente a un bloqueo legislativo deliberado.

Si la Corte llegara a adoptar una medida de emergencia, tendría que ser excepcional y rigurosamente delimitada.

Ante las extraordinarias propuestas formuladas por el exfiscal general Francisco Dall’Anese Ruiz y el jurista Manrique Jiménez Meza, en torno a la negativa de la mayoría legislativa oficialista de Pueblo Soberano a elegir las magistraturas suplentes de la Sala Constitucional, Costa Rica se encuentra obligada a discutir algo mucho más grave que una nómina de candidatos: si una mayoría política puede utilizar su poder parlamentario para impedir el funcionamiento del tribunal encargado, precisamente, de controlar los abusos del poder.

Las propuestas son extraordinarias porque extraordinaria es la situación que pretenden resolver. No porque se encuentren libres de objeciones jurídicas, sino porque intentan responder a una conducta institucional que el ordenamiento costarricense nunca debió considerar normal: que un Poder de la República se niegue, de manera sostenida, a cumplir una competencia indispensable para el funcionamiento de otro.

Pueblo Soberano dispone de 31 de las 57 curules legislativas. No reúne por sí solo los 38 votos requeridos para elegir a las magistraturas, pero sí posee la fuerza necesaria para impedir que cualquier candidatura los alcance. Después de once rondas de votación, sus diputados mantuvieron la decisión de votar en blanco y promovieron nuevamente la devolución de la nómina remitida por la Corte.

Mientras tanto, como informó Delfino.cr el pasado 15 de julio, la Sala Constitucional registra 123 expedientes pendientes de resolución definitiva por la ausencia de magistraturas suplentes. No son simples números: detrás de cada expediente existen personas y derechos fundamentales que esperan una respuesta.

Cada diputado conserva, naturalmente, el derecho de rechazar una candidatura. Ninguna persona propuesta tiene un derecho adquirido a ser elegida. Pero la libertad de votar no puede transformarse en una licencia para incumplir indefinidamente la obligación constitucional de realizar la elección.

Una cosa es objetar razonadamente a determinados candidatos. Otra muy distinta es rechazar la nómina en bloque, votar reiteradamente en blanco y exigir que el procedimiento vuelva a comenzar hasta que aparezcan nombres aceptables para la mayoría gobernante. En ese punto, el ejercicio legítimo del voto comienza a convertirse en un mecanismo de parálisis.

La mayoría calificada fue concebida para obligar al diálogo y producir acuerdos amplios. Utilizarla como instrumento de veto permanente desnaturaliza su finalidad. Lo que debía promover consenso termina convertido en una autorización práctica para no elegir.

Frente a ese escenario, Dall’Anese ha recordado la reacción institucional adoptada durante el secuestro de los magistrados de la Corte Suprema en abril de 1993. Ante la imposibilidad material de integrar la Corte Plena, los magistrados que permanecieron en libertad convocaron suplentes y conformaron transitoriamente el órgano, garantizando la continuidad de la administración de justicia. Su tesis es directa: cuando una situación no prevista amenaza el funcionamiento constitucional, los jueces deben construir una solución que preserve el sistema.

Jiménez Meza, por su parte, plantea acudir a las fuentes no escritas del ordenamiento —los principios generales del Derecho, la jurisprudencia y la continuidad del Estado— para incorporar temporalmente magistraturas suplentes de las Salas Primera, Segunda y Tercera en auxilio de la Sala Constitucional. Ambas propuestas coinciden en un punto esencial: una omisión política no puede producir, como resultado aceptado por el Derecho, la desaparición práctica del control de constitucionalidad (Semanario Universidad, 17 de julio de 2026).

Sin embargo, la gravedad del bloqueo no vuelve automáticamente legal cualquier remedio.

El precedente de 1993 demuestra la capacidad de la Corte para reaccionar ante una emergencia, pero no resuelve por sí solo el problema actual. En aquella ocasión se trataba de integrar provisionalmente la Corte Plena frente al impedimento físico de sus miembros. Ahora se pretende incorporar magistraturas pertenecientes a otras Salas dentro de un tribunal especializado cuya composición, número de integrantes y sistema de nombramiento están expresamente regulados.

Tampoco el artículo 49 de la Ley Orgánica del Poder Judicial constituye una autorización ilimitada. Esa norma permite a la Corte resolver, en ausencia de ley aplicable, problemas relacionados con la distribución del trabajo o la competencia entre las Salas. No dice expresamente que la Corte pueda modificar la adscripción legal de las magistraturas o alterar la integración de la Sala Constitucional.

Los jueces pueden y deben integrar el ordenamiento cuando exista una verdadera laguna. Lo que no pueden hacer es sustituir al poder constituyente ni atribuirse competencias que la Constitución reservó a la Asamblea Legislativa. Crear una solución jurídica no significa crear poder donde la Constitución no lo concedió.

Por ello, la opción más jurídicamente defendible no sería trasladar indiscriminadamente magistrados titulares de otras Salas. Si la Corte llegara a adoptar una medida de emergencia, tendría que ser excepcional y rigurosamente delimitada: recurrir únicamente a magistraturas suplentes debidamente elegidas y vigentes; realizar su designación mediante un procedimiento objetivo, preferiblemente por sorteo; utilizarla solamente cuando exista una imposibilidad real de integrar el tribunal; limitarla temporalmente, y justificarla mediante un acuerdo público y ampliamente motivado.

Sería un torniquete institucional, no una solución definitiva.

La obligación principal continúa correspondiendo a la Asamblea Legislativa. Ninguna respuesta provisional de la Corte puede absolver al Congreso ni permitir que el oficialismo convierta la emergencia en una nueva normalidad. La Constitución Política atribuye a la Asamblea la elección de las magistraturas suplentes; no le confiere el derecho de mantenerlas vacantes hasta obtener una integración políticamente conveniente.

La Sala Constitucional no existe para complacer a las mayorías. Existe, entre otras razones, para recordarles que su poder tiene límites. Por eso, impedir su funcionamiento constituye una forma particularmente grave de deterioro institucional: ya no sería necesario eliminar el tribunal, reformar sus competencias o destituir a sus integrantes. Bastaría con dejar vacías sus sillas.

La Corte Suprema debe estudiar y resolver públicamente las propuestas presentadas. Si encuentra una vía constitucional de emergencia, debe aplicarla con cautela, transparencia y estricta temporalidad. Si concluye que carece de esa potestad, debe explicar con igual claridad las consecuencias del bloqueo y exigir el cumplimiento inmediato de la obligación legislativa.

Pero no puede limitarse a contemplar cómo la omisión prolongada de otro Poder convierte en letra muerta el derecho de los ciudadanos a obtener justicia constitucional.

La Asamblea debe elegir. La Corte debe preservar la continuidad del servicio judicial. Y la ciudadanía debe exigir el cumplimiento de ambos deberes.

Porque ninguna mayoría, por amplia que sea, posee un título de propiedad sobre la Constitución. Y quien no puede cerrar la Sala Constitucional mediante una ley tampoco debe poder cerrarla dejando vacías sus sillas.

Sala Constitucional da curso a amparo por demora en ejecutar sentencia del caso Hotel RIU Guanacaste

La Sala Constitucional dio trámite a un recurso de amparo presentado por Gad Amit Kaufman, en representación de la Asociación Confraternidad Guanacasteca, relacionado con la prolongada demora en la ejecución de la sentencia del Tribunal Ambiental Administrativo (TAA) en el expediente del caso Hotel RIU Guanacaste.

La resolución, emitida el 20 de julio de 2026, ordena solicitar informes al ministro de la Presidencia, a la coordinadora de Gestión Documental de la Presidencia de la República, a la presidenta del Tribunal Ambiental Administrativo y a la ministra de Ambiente y Energía, quienes deberán responder en un plazo de tres días hábiles sobre los hechos expuestos en el recurso.

El recurso señala que el 16 de mayo de 2026 la Asociación Confraternidad Guanacasteca presentó ante la Presidencia de la República una gestión de interés público titulada «Mora en el Tribunal Ambiental Administrativo – Solicitud de ejecución de sentencia N.° 1403-2005-TAA (Caso Hotel RIU Guanacaste)», mediante la cual solicitó acciones para atender la prolongada mora que afecta ese expediente y el funcionamiento del Tribunal Ambiental Administrativo.

Entre las solicitudes formuladas se incluyó instruir al MINAE para fortalecer administrativamente al Tribunal Ambiental Administrativo, establecer métricas y plazos máximos de resolución de expedientes, y garantizar el nombramiento oportuno de jueces titulares y suplentes para evitar nuevas paralizaciones institucionales.

Según se expone en el recurso, la Presidencia trasladó la gestión al Ministerio de Ambiente y Energía mediante oficio del 21 de mayo de 2026. Posteriormente, el propio Tribunal Ambiental Administrativo informó que enfrenta una situación de severa congestión, con más de 4.560 expedientes administrativos en trámite, 317 expedientes en fase de seguimiento de ejecución y una capacidad limitada de personal para atenderlos.

La gestión sostiene que, pese a reconocer la magnitud de la mora institucional, las autoridades no respondieron al fondo de la solicitud relacionada con el expediente del Hotel RIU Guanacaste, el cual, según se indica, permanece sin sentencia firme después de 17 años, debido a solicitudes de adición, aclaración y recursos pendientes de resolución.

En resoluciones anteriores sobre este mismo tema, SURCOS ha informado acerca de las gestiones impulsadas por la Asociación Confraternidad Guanacasteca para exigir el cumplimiento efectivo de la sentencia del Tribunal Ambiental Administrativo y denunciar la prolongada mora que afecta este caso emblemático, así como las implicaciones que ello tiene para la tutela efectiva del ambiente y el acceso a una justicia ambiental pronta y cumplida.

Con la admisión del recurso, la Sala Constitucional inicia el trámite correspondiente y solicita a las autoridades recurridas rendir los informes respectivos antes de resolver sobre el fondo del amparo.

Algunos para purificarse han de bañarse en el Jordán

Lic. Javier Francisco Cambronero Arguedas

Uno de los pasajes más infames en la historia política del país ocurrió cuando un grupo de diputados de la fracción oficialista de entonces, hace algunos años, dio cabida a una conducta absolutamente reprochable, sectaria, subjetiva y mezquina que puso en peligro la vida democrática del país al cometerse una gran injusticia contra dos costarricenses. Pasaje que debiera ser parte de los programas de educación cívica y estudios sociales en nuestros colegios. Era el año 1955 y los hechos políticos del 48 todavía estaban latentes en el ámbito nacional. Conflicto que había dividido a la familia costarricense y había causado muerte y dolor; y los diputados de la época, miembros de una Asamblea Legislativa de 45 diputados en ese entonces, 30 de ellos -o sea dos terceras partes- todos de la bancada oficialista fueron capaces de actuar de la forma más vil y pérfida. La crispación, polarización e intolerancia que atravesaba la sociedad costarricense, constituían el caldo de cultivo ideal para ejercer violencia política contra aquellos que pensaban diferente a quienes ejercían el poder. Movidos por una nefasta mezcla de odio e ignorancia y una fe ciega en sus ideas y creencias, ese grupo mayoritario de diputados oficialista acusó de traición a la patria a dos de los diputados de oposición, habiendo sido elegidos constitucionalmente y en forma democrática, al igual que esos 30 que constituían la mayoría. Con matonismo y espíritu revanchista actuaron quienes se consideraban victoriosos. El 1 de febrero de 1955, Mario Echandi Jiménez -quien posteriormente llegó a ocupar la silla presidencial para el período 1958-1962 y otro diputado de la república, fueron expulsado y despojados de su investidura constitucional, que el pueblo y parte del electorado había depositado en ellos. Ese mismo día una turba desaforada, sedienta de sangre y fanática, atacó a don Mario quien vio peligrar su vida. Dos días después su oficina y otros bienes fueron apedreados y quemados por quienes le adversaban. Dicha crisis política se agudizó cuando la oposición ante la falta de garantías se retiró durante ocho meses del recinto parlamentario. Costa Rica peligrosamente vivía en forma muy cercana la posibilidad de que el orden constitucional fuera toro y nuevamente la concordia y la paz naufragaran ante la insensatez e ignorancia de algunos. Ocho meses después se generó legislación suficiente que sabiamente apuntaba a sanar las heridas del conflicto armado y el país retomaba su inveterada senda democrática, al concluirse que don Mario Echandi y don Guillermo nada tuvieron que ver con la invasión a Costa Rica promovida desde Nicaragua por un grupo de insurrectos.

La historia es sabia y maestra

Hoy nuevamente el primer poder de la república vuelve a ser causa de preocupación y sonrojo para la gran mayoría del pueblo costarricense, decente y trabajador. Un nutrido grupo de diputados, once para ser exacto y TODOS miembros de un sólo partido, el oficialista, poseen causas penales abiertas, con lo cual, aunque aún no hay condenas, queda entredicho el deber de probidad que debe caracterizar y ennoblecer a quienes pertenezcan a los supremos poderes de la república, más aún los electos vía sufragio popular. Estas personas concentran 46 causas penales. NUNCA en la casi bicentenaria historia republicana del país, habíamos estado ante tan embarazoso panorama.

Todos recordamos en los años ochenta, el caso de un diputado con enredos pocos decorosos. Más recientemente el caso de dos o tres personas, cuyas blandengues asambleas nacionales de los partidos políticos que les postuló, no hizo la tarea y poco les importó el tipo de cuestionamientos que recaía sobre ellos. Pero… hoy son 11 de 57. ¡11 de una fracción de 31, o sea el 35% de un sólo partido político, con serios cuestionamientos! Flaco favor se le hace a la democracia.

Algunos de ellos vociferan y han montado en cólera contra el poder judicial, desgalillados y despotricando contra todo aquello que huele a control, transparencia y constitucionalidad. Más aún, son parte de un sinuoso ardid para bloquear y obstruir la elección de magistrados suplentes para la Sala Constitucional, tal y como el país entero ha sido testigo en tres meses de pobre y gris gestión, de esta primera legislatura.

Tampoco resulta honroso ni hay nada en qué ufanarse sobre el actuar de este grupo mayoritario de diputados, de este bloque más movido por la animadversión que por el amor a la patria, a construir y a proponer. Penosamente la mayoría de ellos muestra importantes carencias en su capacidad de estudio y de lectura, peor aun cuando algunos de ellos han convertido sus despachos en madrigueras para abrigar anónimamente youtubers y blogueros de oficio desconocido.

Esta estratagema para evitar que se escojan 9 de 18 posibles magistrado suplentes resulta todas luces perniciosa. Esta trama suicida conduce a una peligrosa paralización de uno de los principales órganos del Estado. No hemos escuchado razones para no votar. No ha habido cuestionamientos de falta de idoneidad o falta de moral de alguno de los integrantes de esa lista. Nada, esos nombres que son manoseados impúdicamente por estos señores y esas señoras ya fueron filtrados por la comisión parlamentaria de nombramientos en la legislatura anterior. Nadie ha señalado que sean sinvergüenzas o tontos para no elegirlos. Simplemente no se desea que sean ellos. ¿Quiénes deben elegir y escoger? Los diputados de la república tal y como reza la Constitución Política. Pero la desvergüenza llega a tal nivel que muchos de esos que se resisten a elegir y seleccionar, arrastran tras de sí esas oscuras denuncias de carácter penal. Y a ninguno de los once le escuchado ni le leído que esté dispuesto a renunciar a su inmunidad para que pueda ser investigado.

Este entuerto de naturaleza política caracterizado por la vanidad no es una crisis política, sino violencia política ejercida contra un grupo de honorables ciudadanos y ciudadanas costarricenses, que permitieron que su nombre fuera sometido al escrutinio público para aspirar a un puesto en la magistratura. Y siguen siendo honorables ciudadanos y ciudadanas hasta que alguien demuestre lo contrario y ello no ha ocurrido

Saludo con agrado el aporte patriótico de don Manrique Jiménez para ofrecer una salida democrática ante semejante desaguisado y despropósito. Lo hace sustentado en: el artículo 19 de la Ley General de la Administración Pública, artículo 5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, artículo 14 de la Ley de Jurisdicción Constitucional, artículo 1, 3 y 220 del Código Procesal Contencioso administrativo, artículo 3 del Código Procesal Civil, artículos 60 y 62 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. De manera que, con carácter supletorio, magistrados suplentes de las otras salas, puedan cubrir esas funciones hasta que sean electos los suplentes de dicha sala.

Señores diputados, debe haber continuidad del estado democrático; ustedes -31 diputados- no están por encima de la ley. Ninguna omisión o inacción legislativa puede ni debe truncar, impedir o destruir la vigencia del estado democrático.

¿Se equivoca este grupo de diputados? Claro que sí. Hoy constituyen una mancha oscura en la historia patria. Y a pesar de ello, algunos incautos y confundidos, siguen viendo al necrófilo proyecto político que representan, como lo mejor que le pudo haber ocurrido al país. Esa insensatez y rasgos de fascismo que afloran, nos tienen cada vez más cerca de una democracia que languidece.

La democracia debe seguir siendo el vehículo ideal para la búsqueda de la felicidad de los individuos. Creo fervientemente que la democracia es la forma de estado y de gobierno donde se protegen los derechos humanos y la libertad. El gobierno y su fracción debe entender que el gobierno es parte del Estado, no lo puede absorber ni tampoco confundirse como el mismo; ya tenemos ejemplos muy cercanos en la región. En las dictaduras sucede lo contrario, el gobierno se confunde con el Estado. En un régimen republicano los órganos de control y fiscalización, que en un fin superior representan al ciudadano, no estorban; son necesarios.

Veremos si esta actuación de este grupo de diputados -31- servirá como ejemplo de lo que no debe hacer un poder legislativo y ser estudiado como tal en una lección de cívica en secundaria, o más bien ser objeto de mordaza, y sea el mutismo el que se imponga.

Esta democracia se defiende con uñas y dientes. En mi caso con ideas, reflexión y palabras.

20-VII-26

Justicia penal: de la visión a la ceguera

José Manuel Arroyo Gutiérrez

El Poder Judicial costarricense de hoy, en materia penal, es resultado del proceso de reforma institucional y legal más relevante de su historia. Hace poco más de 50 años un grupo de juristas y políticos visionarios impulsaron la promulgación de un nuevo Código Penal (1970), un Código de Procedimientos Penales (1974), renovaron leyes orgánicas para el Poder Judicial, el Ministerio Público y el Organismo de Investigación Judicial; se reorganizó y fortaleció también la Defensa Pública y se puso en marcha un modelo penitenciario transformador mediante el proyecto de “La Reforma”.

Se requirieron muchos años de estudio y planificación por parte de personas expertas y autoridades, nacionales y extranjeras, para que el país contara con una legislación penal sustantiva -entonces modernizada-, conforme los principios republicano-democráticos; el proceso penal abandonó los oscuros gabinetes de la inquisición medieval (escrito y secreto), para abrir la puerta a los juicios orales y públicos, cuyo aporte principal fue el control político que la ciudadanía podía ejercer sobre los tribunales a la hora de impartir justicia. Por otra parte, se trasladó la función de perseguir y acusar delitos desde el Poder Ejecutivo (Procuraduría General) al Poder Judicial (como órgano auxiliar de justicia), ubicando el Ministerio Público en un lugar más neutral, otorgándole mayor independencia, rango y recursos, así como procurando que el proceso penal no fuera más un arma político-partidaria para perseguir adversarios y proteger correligionarios. Se fundó el OIJ, para la investigación técnico-científica de los hechos criminales, dejando atrás el barbarismo de cuerpos policiacos de detectives improvisados, subordinados al Gobierno de turno, proclives a la arbitrariedad, el abuso y hasta la tortura. Una Defensa Pública eficiente y eficaz, superó los tiempos en que este derecho era un simple nombramiento en el papel, para asegurar en adelante que toda persona acusada pudiera contar con un acompañamiento profesional de calidad, que garantizara el respeto a sus derechos fundamentales. Por último, se abandonó el concepto de cárceles como meros depósitos de desechos humanos, y se apostó por un régimen penitenciario resocializador, profesionalmente asistido (psicólogos, sociólogos, trabajadores sociales, educadores), régimen además, progresivo y humanista, capaz de superar la ideología del punitivismo vengador, al ofrecer mecanismos de superación para los privados de libertad por medio de la educación y el trabajo.

Semejantes transformaciones le dieron a Costa Rica su prestigio y renombre como nación respetuosa y defensora de los derechos humanos, convirtiéndola en líder continental que albergó la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José), convirtió nuestro país en sede de la Corte Interamericana (CIDH) y su Instituto, así como del Instituto de Naciones Unidas para la Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente (ILANUD). También fuimos el ejemplo a seguir cuando las dictaduras militares asolaron la región latinoamericana y nos dieron autoridad para impulsar y mediar en procesos de democratización y negociación que trajeron paz a Centroamérica y a merecer un Premio Novel en la materia. Por cierto, muchos connacionales, dado ese mismo prestigio, asesoraron los poderes judiciales y sus escuelas de capacitación en las democracias nacientes de la región, así como también muchos otros tuvieron oportunidad de servir en organismos internacionales, trabajar como asesores en centros universitarios de alto nivel y en programas de desarrollo humano en múltiples especialidades.

Sin duda, en estos últimos 50 años se ha vivido en el campo penal –y conseguido en parte- una aspiración democrática fuerte, resultado de liderazgos con visión de futuro, con doctrinas sólidas y propuestas de políticas públicas de largo alcance, en dirección hacia décadas por delante, que alcanzaran a muchas generaciones futuras.

Estos esfuerzos no han podido mantenerse lo suficiente en los últimos tiempos. La confianza en la democracia se ha debilitado. Han fallado las instituciones en la prestación de servicios básicos y se ha deteriorado el acceso a derechos fundamentales. La corrupción público/privada ha generado una indignación difusa contra la política en general. Grandes mayorías se han ido quedando fuera del reparto de la riqueza social y todo ese complejo panorama nos ha traído donde estamos: la pesadilla de la demagogia, la mentira y el populismo irresponsables. La cuestión política a resolver siempre ha sido la misma. Ayer como hoy lo fundamental ha sido construir, incluir, avanzar, actualizar derechos para todas las personas, dar un mínimo de calidad de vida a las mayorías y cultivar el sueño de un futuro mejor. Más temprano que tarde seremos juzgados, como generación, por lo que hicimos tanto como por lo que dejamos de hacer. Hay realidades que no pueden esconderse tras discursos virulentos, descalificaciones o insultos destemplados. La realidad siempre terminará imponiéndose con datos duros, evidenciando avances o retrocesos, logaros en paz y justicia o una conflictividad social cada vez más exacerbada.

El contraste entre lo mejor que hemos sido y el presente, sobre todo a partir de mayo de 2022, es desolador y dramático. La incapacidad de pensar y proponer soluciones de largo plazo es evidente. En el pasado gobierno y el presente, en materia de inseguridad y violencia social, así como sus respuestas penales, sólo hemos oído estridentes ocurrencias como encerrar a cada vez más gente (al estilo Bukele), pintar a los presos y presas de naranja fosforescente, llevar de paseo a escolares de barriadas pobres a visitar cárceles para que escarmienten sobre lo que les espera, asestar un golpe a la independencia del Ministerio Público otorgándole a la Asamblea Legislativa el nombramiento de su jerarca, propuesta inaceptable por regresiva, improvisada y con aroma a desquites personales. La capacidad de visión ha desaparecido, la ceguera es total.

Además, como de antemano el oficialismo sabe que nada de todo esto funcionará, le han declarado la guerra al Poder Judicial. Lo culpan de la inseguridad que se vive ignorando el mandato constitucional de que la prevención y el orden público son tareas a cargo del Poder Ejecutivo, y no de fiscales o jueces. En el colmo de un ejercicio de poder irresponsable, nos quieren llevar al caos institucional boicoteando el nombramiento de magistrados suplentes en la Sala Constitucional. Con esto no sólo quieren impedir que los jerarcas del oficialismo rindan cuentas ante la justicia, sino que buscan deteriorar el servicio público para continuar en su campaña de desprestigio contra la Administración de Justicia. No les importa que cientos o miles de ciudadanos se queden sin resolver reclamos en defensa de sus legítimos derechos. Pero además, la otra estrategia de “gobierno” es asfixiar presupuestariamente al Poder Judicial y demás órganos estatales de control. De nuevo no hay claridad sobre los propósitos últimos de estas estratagemas, dado que el único perjudicado es un público que requiere de servicios indispensables que le serán retardados o denegados.

Pero quizá lo que mayor desconsuelo provoca es el legado que ya nos está dejando el chavismo: la imagen de una Costa Rica en el mundo degradada y deteriorada. Evaluaciones de la OCDE, Transparencia Internacional, el Índice de Desarrollo Humano del PNUD, muestran claros retrocesos en los últimos años en materias como educación, seguridad y percepción de la corrupción. También se incluyen dictámenes alarmantes de observadores externos sobre libertad de prensa y amenazas inéditas a la independencia judicial. La cereza de este pastel en franco proceso de descomposición es ver a nuestros representantes ante Naciones Unidas del lado de quienes defienden el bloque inhumano a Cuba, o quienes justifican el genocidio de Israel sobre Palestina, o las declaraciones oficiales contra los derechos de las mujeres o de las minorías identitarias.

El pasado viernes 17 julio un grupo de costarricenses nos congregamos en el bulevar de los Tribunales de Justicia de San José, en defensa del Poder Judicial. Fue una oportunidad para recordar el origen histórico de las instituciones judiciales en el campo penal y un homenaje a los hombres y mujeres visionarios que sentaron las bases de una justicia democrática sólida, respetuosa de la legalidad y los derechos humanos. Una justicia que 50 años después vale la pena conmemorar y defender. Nadie se acordará, dentro de otro medio siglo, de quienes hoy quieren arrasar con todas esas conquistas históricas con medidas improvisadas, intrascendentes e irresponsables.