Ir al contenido principal

Etiqueta: Sala Constitucional

Solicitan intervención urgente para proteger ecosistemas en Refugio Gandoca Manzanillo

La Asociación para el Desarrollo de la Ecología (AEL) solicitó la intervención coordinada de la Contraloría General de la República, la Procuraduría General de la República y la Defensoría de los Habitantes para proteger los bosques, humedales y manglares del sitio Ramsar 783 Gandoca Manzanillo.

Según documentos emitidos por la AEL, existen múltiples violaciones a las medidas cautelares dictadas por la Sala Constitucional a las doce horas cincuenta minutos del siete de marzo de dos mil veinticinco, relacionadas con la protección de los bosques en la zona correspondiente a la resolución 2019-12745 del 10 de julio de 2019.

Marco Levy Virgo, presidente de la AEL, indicó que se han fraccionado bosques dentro de esta zona y persisten obras constructivas dentro de zonas boscosas, humedales y manglares, a pesar del ilegal cambio de uso del suelo.

«La ley 9223, impulsada en contra de los más elementales principios de ciencia y técnica, ha facilitado estos desarrollos, poniendo en riesgo el delicado ecosistema de la región», señaló Levy Virgo en su comunicación a las autoridades.

La AEL presentó un informe del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos que detalla la situación actual y la urgencia de intervenir, así como el oficio SINAC-SE-PPC-320-2017, emitido el 28 de noviembre de 2017 por el entonces Jefe a.i. del Departamento de Prevención, Control y Protección de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC).

En una segunda comunicación dirigida específicamente a la Defensora de los Habitantes y a la Contralora General, la AEL solicitó acciones coercitivas inmediatas contra la Administradora del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca, ante lo que consideran un evidente incumplimiento de la resolución de seguimiento dictada por la Sala Constitucional.

La organización señaló que se han reportado actividades que contravienen las medidas cautelares establecidas para salvaguardar estos ecosistemas, incluyendo tala de árboles, construcción de pozos, desvíos de cauces de agua y drenaje de humedales.

La AEL solicitó específicamente tres acciones: medidas coercitivas inmediatas contra la Administradora del refugio, una investigación exhaustiva sobre las denuncias de incumplimiento de deberes y el presunto favorecimiento a desarrolladores ambientales, y la implementación de un mecanismo de supervisión permanente en el sitio Ramsar 783 y la zona boscosa afectada.

El presidente de la AEL enfatizó que la lentitud de los procesos legales en la vía ordinaria hace imperativa una acción rápida y efectiva para proteger el equilibrio ecológico y el bienestar de las generaciones futuras.

Cuestionan Plan Regulador Costero de Talamanca por riesgos a biodiversidad

La Asociación para el Desarrollo de la Ecología (AEL) presentó un comunicado advirtiendo sobre posibles daños ambientales en el Cantón de Talamanca mediante el Plan Regulador Costero.

Según el documento, el plan amenaza ecosistemas frágiles del Caribe Sur, incluyendo humedales, manglares y sitios de anidación de tortugas marinas. La asociación señala que el proyecto ignora la fragilidad ambiental de una zona que alberga el 2% de la biodiversidad mundial.

La Sala Constitucional emitió una resolución el 13 de marzo de 2025 que solicita a diversas autoridades de SINAC, INVU y la Municipalidad de Talamanca presentar informes detallados sobre el cumplimiento de una sentencia previa del 16 de febrero de 2024.

Entre las principales observaciones, la AEL destaca que:

  • El plan utiliza índices de fragilidad obsoletos basados en una delimitación del Patrimonio Natural del Estado del año 2017.

  • Una directriz ministerial obliga a funcionarios a respaldar la delimitación de 2017, desestimando estudios más recientes.

  • El proceso de consulta indígena, establecido por el Convenio 169 de la OIT, ha sido tratado como una mera formalidad.

La organización hace un llamado a la ciudadanía para defender el patrimonio natural y exigir transparencia en el desarrollo de proyectos que puedan afectar ecosistemas únicos.

Marco Levy Virgo, presidente de la asociación, enfatizó la importancia de preservar la biodiversidad del Caribe Sur y asegurar un desarrollo sostenible que respete el entorno natural.

SURCOS comparte los siguientes documentos como referencia:

Sala ordena al SINAC INVU y Municipalidad de Talamanca prueba

Voto humedales

Humedales costeros de Talamanca requieren protección urgente

Los humedales costeros de Talamanca se encuentran en el centro de una controversia ambiental que demanda intervención inmediata.

Marco Levy Virgo, presidente de la Asociación para el Desarrollo de la Ecología (AEL), solicitó formalmente la intervención de la Fiscalía Agrario Ambiental mediante un documento que detalla las afectaciones a estos ecosistemas.

Violaciones documentadas

La denuncia señala varios casos de degradación ambiental, entre ellos:

  • Drenajes y rellenos ilegales realizados por sociedades anónimas

  • Intervención sistemática en Playa Negra, con presunta utilización de maquinaria municipal

  • Posibles infracciones a la Ley Orgánica del Ambiente y la Ley de Biodiversidad

Antecedentes legales

El caso se origina en una resolución del Tribunal Constitucional del 16 de febrero de 2024, que ordenó:

  • Completar la certificación del Patrimonio Natural del Estado en la Zona Marítimo Terrestre

  • Incorporar el informe de caracterización de humedales al Plan Regulador Costero

Una resolución posterior del 13 de marzo de 2025 requirió a instituciones como el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo y la Municipalidad de Talamanca presentar evidencia de cumplimiento.

Solicitud de acción

La organización ecologista ha requerido a las autoridades:

  1. Presentar la información requerida ante la Sala Constitucional

  2. Gestionar medidas cautelares para recuperar los humedales

La protección de estos ecosistemas se considera fundamental para preservar la biodiversidad regional.

Agrónomo Jaime García denuncia desprotección de patrimonio en Reserva Natural Wessberg

El agrónomo y ambientalista Dr. Jaime Enrique García González presentó un recurso de amparo ante la Sala Constitucional contra la Dirección del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) por la desprotección del patrimonio arqueológico ubicado en la Reserva Natural Absoluta Nicolás Wessberg, en Montezuma de Cóbano, Puntarenas.

El recurso surge luego de que el Museo Nacional de Costa Rica confirmara la presencia de restos arqueológicos de culturas prehispánicas en dicha reserva, según consta en un informe técnico elaborado por los arqueólogos Felipe Solís Del Vecchio e Iván Alfaro Gálvez del Departamento de Antropología e Historia.

«El hallazgo incluye fragmentos de metates, cerámica y otros vestigios culturales con una antigüedad estimada entre los años 300 y 800 d.C., correspondientes al período Bagaces», detalla el informe INF MNCR-DAH-104-2024 del Museo Nacional, fechado el 1 de noviembre de 2024.

García denunció que, a pesar de la importancia del descubrimiento, el SINAC no ha tomado medidas adecuadas para proteger este patrimonio arqueológico ubicado en la reserva de 62 hectáreas.

«En el Plan General de Manejo de la RNANW realizado en 2013, ni siquiera se menciona el componente arqueológico, a pesar de que existen evidencias de que los fundadores de la reserva, Nicolás Wessberg y Karen Mogensen, conocían de la existencia de estos restos culturales», explicó García a SURCOS.

Según consta en la denuncia, el monumento arqueológico, ahora registrado oficialmente como «Nicolas Wessberg (P-1768 NW)», se encuentra disperso en un área aproximada de 3,000 metros cuadrados y está dividido en dos sectores con diferente concentración de materiales.

El arqueólogo Felipe Solís, uno de los autores del informe del Museo Nacional, señaló que «es posible que en tiempos prehispánicos el terreno se empleara como un área funeraria, aunque no se puede descartar que también existieran algunas casas en la zona».

Actualmente, la reserva carece de personal designado por el SINAC y es custodiada únicamente por voluntarios extranjeros. Esta situación preocupa a García, quien también presentó una denuncia ante el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) por presuntos actos de vandalismo ocurridos recientemente en la reserva. En imágenes se aprecia parte del deterioro de la edificación producto del descuido del ente responsable del cuido. Asimismo, algunas piezas arqueológicas.

El recurso de amparo busca que se ordene al SINAC implementar medidas efectivas para la conservación tanto del patrimonio natural como arqueológico de la reserva, creada mediante Decreto Ejecutivo N° 23701-MIRENEM del 10 de octubre de 1994.

Sala Constitucional acoge parcialmente recursos de ANEP contra Ley de Equilibrio Financiero

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) informó que la Sala Constitucional acogió parcialmente las acciones de inconstitucionalidad presentadas contra la Ley 9635 de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, conocida como «Ley de Equilibrio Financiero del Sector Público».

Según declaraciones de Albino Vargas Barrantes, secretario general de la ANEP, y Rafael Mora Solano, de la Unidad de Asesoría Jurídica de la organización, la resolución restituye derechos laborales que habían sido modificados por dicha normativa.

«Las anualidades tendrán que seguirse reconociendo tal y como se venían aplicando antes de la ley 9635», manifestó Vargas Barrantes, quien calificó la resolución como un logro para las personas trabajadoras del sector público.

Por su parte, Mora Solano explicó los alcances de la resolución: «La sala está acogiendo parcialmente estas inconstitucionalidades y está diciendo que en el caso de las anualidades tienen que volverse a pagar como se pagaban antes». Detalló que quienes recibían el pago de forma porcentual volverán a ese esquema y que el reconocimiento se hará en el momento en que se cumpla el año laboral, no hasta junio como establecía la ley impugnada.

Según los representantes sindicales, otro aspecto relevante de la resolución es que se restablece el derecho a negociar convenciones colectivas en instituciones públicas, incluyendo aspectos salariales.

La ANEP indicó que está preparada para ayudar a su afiliación afectada a recuperar los derechos que les fueron limitados y extendió una invitación a personas trabajadoras no afiliadas para que se acerquen a la organización con el fin de iniciar los procesos correspondientes.

El sindicato había liderado protestas contra esta ley durante tres meses y argumentó ante la Sala Constitucional que la normativa violaba derechos humanos. Los representantes sindicales adelantaron que informarán sobre otros aspectos contemplados en la resolución próximamente.

Meleruk consigue fallo a favor en su lucha por el acceso al agua

Observatorio de Bienes Comunes, UCR

Después de casi 30 años de lucha, la comunidad indígena Bribri de Meleruk, también conocida como La Pera, ha conseguido un fallo histórico: la Sala Constitucional ordenó al Estado garantizar su acceso al agua potable, un derecho fundamental que les ha sido negado por décadas.

Un problema que ha persistido por años

Meleruk, hogar de aproximadamente 280 personas, enfrenta una crisis hídrica prolongada. Sin acueducto ni acceso a fuentes seguras de agua, la comunidad ha sobrevivido mediante sistemas artesanales y recolección de lluvia, con enormes sacrificios económicos y riesgos para la salud.

El camino hacia este reconocimiento no ha sido fácil. Aquí un repaso de los momentos clave:

📌 Hace casi 30 años – La comunidad inicia solicitudes para la construcción de un acueducto.
📌 2018 – Un informe oficial confirma que el abastecimiento de agua es insuficiente e inseguro.
📌 2020 (octubre) – El Concejo Municipal de Talamanca declara emergencia social por la falta de agua.
📌 2020 (noviembre) – La municipalidad insta al AyA a intervenir, pero no hay respuesta efectiva.
📌 2023 (julio) – Ingenieros del AyA confirman que las nacientes en la zona no tienen caudal suficiente.
📌 2024 (febrero) – Se realiza una inspección en la escuela de Meleruk, evidenciando que los niños no tienen agua potable.
📌 2025 (enero) – La comunidad reitera sus denuncias ante la Sala Constitucional.
📌 2025 (febrero) – La Sala Constitucional falla a favor del pueblo Bribri y ordena al Estado tomar acción inmediata.

Filidencio Cubillo nos expone la situación que están enfrentando y las acciones que han realizado. Ingrese en este enlace para escuchar el audio.

¿Qué ordena la resolución?

La Sala Constitucional determinó que el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) debe:
✅ Abastecer de inmediato a la comunidad con camiones cisterna, en un plazo máximo de cinco días.
✅ Realizar estudios técnicos en un plazo de 12 meses para determinar una solución definitiva.
✅ Implementar un sistema de abastecimiento en un plazo adicional de 12 meses.

Pueden descargar aquí la resolución.

Más que agua, es justicia para los pueblos indígenas

Este fallo no solo beneficia a Meleruk, sino que sienta un precedente para la protección de los derechos indígenas en Costa Rica. El acceso al agua potable no es un privilegio, es un derecho humano fundamental reconocido en:
💧 El Convenio 169 de la OIT, que obliga a los gobiernos a respetar la autonomía de los pueblos indígenas sobre sus recursos.
💧 La Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, que reconoce su derecho a la autodeterminación y a servicios básicos.
💧 La Constitución de Costa Rica, que garantiza el derecho a la vida y la salud.

El pueblo Bribri de Meleruk ha demostrado que la organización y la perseverancia pueden cambiar realidades. Ahora, queda en manos del Estado cumplir con la sentencia y hacer justicia para esta comunidad.

Imagen corresponde a la Escuela de Meleruk 2, 12 de marzo 2025.

¿Por qué esta lucha es crucial para los pueblos indígenas en Costa Rica?

El caso de Meleruk no es solo una historia local, es un reflejo de la realidad que enfrentan muchas comunidades indígenas en el país. Su lucha por el agua simboliza una batalla más amplia por derechos, dignidad y justicia histórica.

💧 Acceso al agua como derecho humano: A pesar de que Costa Rica ha ratificado tratados internacionales que garantizan el derecho al agua, muchas comunidades indígenas siguen sin acceso a este recurso esencial.

🌱 Autonomía y gestión de recursos: La falta de acceso al agua no es solo un problema de infraestructura, sino de soberanía. Los pueblos indígenas tienen derecho a decidir sobre sus bienes naturales y exigir que el Estado respete sus territorios.

⚖️ Precedente legal para otras comunidades: Este fallo podría abrir la puerta a que otros pueblos indígenas y sus comunidades exijan al Estado cumplir con sus obligaciones. No se trata solo de Meleruk, sino de todos los territorios indígenas que han sido históricamente excluidos.

🚰 El agua como pilar de identidad y supervivencia: Para los pueblos indígenas, el agua no es solo un recurso, es parte de su cultura, su espiritualidad y su conexión con la tierra. Proteger su acceso es proteger su forma de vida.

La sentencia de la Sala Constitucional es un paso adelante, pero la lucha continúa. Ahora, el reto es que se cumpla el fallo y que el derecho al agua deje de ser una deuda pendiente con los pueblos indígenas de Costa Rica

Meleruk y la persistencia del colonialismo en la distribución del agua

El caso de la comunidad indígena Bribri de Meleruk no es solo un problema de infraestructura o gestión pública. Es el reflejo de una historia de exclusión y desigualdad que se remonta al colonialismo y que sigue viva en las instituciones del Estado.

A pesar de los discursos sobre multiculturalidad e inclusión, las comunidades indígenas siguen enfrentando un racismo estructural que normaliza su abandono. La falta de acceso al agua potable en Meleruk no es un hecho aislado, sino parte de un patrón más amplio de inequidad territorial, donde los pueblos indígenas tienen menos acceso a servicios básicos, menos representación en la toma de decisiones y menos recursos asignados para su bienestar.

Las instituciones han justificado su inacción con argumentos de falta de financiamiento, trámites burocráticos o problemas técnicos. Pero ¿se permitiría que una comunidad no indígena en Costa Rica pasara tres décadas sin agua potable? La respuesta evidencia un sistema que sigue marginando a los pueblos originarios y negándoles sus derechos fundamentales.

Este fallo a favor de Meleruk no solo es una victoria jurídica, es un recordatorio de que la deuda histórica con los pueblos indígenas sigue pendiente. Superar el colonialismo no significa solo reconocer sus derechos en papel, sino garantizar en la práctica que tengan acceso a los recursos necesarios para vivir con dignidad y autonomía.

El agua no es solo un recurso, es un derecho, un símbolo de justicia y un reflejo de qué tan incluyente es realmente una sociedad.

Crédito fotografías:

Dylanna Rodríguez

Filidencia Cubillo

Sala Constitucional ordena provisionalmente no cortar árboles en Punta Pelencho, Brasilito

Comunicado de la Asociación de Desarrollo Integral de Brasilito, Comité Punta Pelencho, Bandera Azul Ecológica Brasilito
Brasilito, Santa Cruz. 11 de marzo del 2025

En relación con la tala de árboles en Punta Pelencho, la cual responde a un acuerdo entre el desarrollador Cantomar y la Municipalidad de Santa Cruz, y en respuesta a un recurso de amparo, la Sala Constitucional ha emitido el día de hoy, martes 11 de marzo, una respuesta inicial mientras se analiza el fondo del asunto.

La Sala Constitucional ha ordenado, como medida cautelar, que no se realice ninguna tala y que se aclare si los árboles en cuestión se encuentran dentro de la Zona Marítimo-Terrestre (ZMT) o un corredor biológico, así como confirmar si se trata de especies nativas o autóctonas del lugar.

La Sala ha notificado a la Municipalidad de Santa Cruz, SETENA, SINAC y el Área de Conservación Tempisque (ACT), otorgándoles un plazo de tres días para responder a los requerimientos y presentar la información solicitada.

La imposición de esta medida cautelar representa un avance significativo en la protección de estos árboles, los monos congo (especie en peligro de extinción que depende de ellos), así como de la biodiversidad de Punta Pelencho y el patrimonio cultural que representa este lugar para el disfrute de las generaciones presentes y futuras de acuerdo con el principio de igualdad y no discriminación y en defensa y disfrute de los bienes públicos.

Ahora corresponde a las instituciones públicas entregar la información solicitada por la Sala Constitucional, la cual procederá con el análisis de la situación para emitir una resolución. Esperamos que el proceso avance con transparencia y que se brinde claridad sobre los términos del convenio en cuestión.

Seguiremos atentos a los próximos pronunciamientos oficiales y reiteramos nuestro compromiso con la protección del medio ambiente, la participación y consulta ciudadana en asuntos ambientales y el acceso a información pública.

Con apoyo de proyecto ED-3526 Geografía y Diálogos de Saberes: Análisis de la conflictividad socioambiental en territorios comunitarios de Costa Rica de la Escuela de Geografía y el Programa Kioscos Socioambientales de la Vicerrectoría de Acción Social Universidad de Costa Rica.

Privilegios de ayer siguen intactos, Chaves no se come la bronca

Asociación Confraternidad Guanacasteca
Comunicado al pueblo de Costa Rica

Hace años venimos denunciando los privilegios de la camarilla de azucareros en Costa Rica: LAICA (Liga Agrícola Industrial de Costa Rica), entre cuyas figuras principales están la familia Arias Sánchez y Álvaro Jenkins, ex presidente de UCCAEP.

Ahora denunciamos ante la opinión pública, la opacidad con que se maneja su puerto en Punta Morales, a través del cual se importan y exportan miles de toneladas de carga a granel y liquida, desde y hacia puertos en todo el mundo. Esto sería normal si allí hubiese los controles de aduanas, migración, Ministerio de Hacienda y Ministerio de Seguridad que tal operación exige. Pero no.

En Costa Rica, el puerto de LAICA carece de tales controles, y el gobierno de Rodrigo Chaves ha mantenido esta situación.

Así lo confirmó el Ministerio de Seguridad Pública luego de que una sentencia de la Sala Constitucional los obligó a responder nuestras preguntas.

Pasados más de 3 años de este gobierno, nadie en el Ministerio de Seguridad sabe nada de ese puerto. Ahora prometieron ir a conocerlo pronto.

Pertenecen a LAICA los mismos que usan el 50% del agua de Guanacaste pagando solo 20 centavos de colón por cada m3 que consumen. Los que hacen quemas de 30.000 hectáreas de caña sin que se les pidan estudios de impacto ambiental. Los que usan aviones y demás medios para fumigarnos con agroquímicos. Los que tienen contaminados nuestros ríos.

Los que nos venden el azúcar muy por encima del precio internacional, ganando un 300% sobre su precio de exportación.

Los que destilan alcohol y quieren quedarse con FANAL.

La poderosa cúpula azucarera de LAICA tiene dos ministros en su Junta Directiva. Uno de ellos, Víctor Carvajal del MAG, confiesa no saber nada de nada sobre este puerto. Tampoco de otras cosas.

No somos diabéticos. Nos gusta el azúcar. Pero no nos gustan los abusos.

No nos gusta LAICA. Por sus privilegios. Legalizados o no.

Abusan. No cumplen leyes como debe ser. Generan daño social y ambiental.

¡Hay que terminar con los privilegios! El agua es vida. Agua potable, prioridad constitucional.

Gadi Amit. Correo: confraternidad_gte@yahoo.com En los enlaces están los documentos de referencia.

Recurso contra el gobierno por la no inclusión de variable climática en evaluaciones de impacto ambiental

El 30 de diciembre de 2024 la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia admitió el Recurso de Amparo. En la presente nota podrá ver cómo puede apoyar con una coadyuvancia.

Resumen

El caso inició con la interposición de un Recurso de Amparo ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica, argumentando que el Poder Ejecutivo y la SETENA han omitido incluir la evaluación de los impactos climáticos en los procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA).

Sostiene que el Decreto Ejecutivo 43898-MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC del 21 de diciembre de 2022, que regula la evaluación ambiental en el país, no contempla la obligación de evaluar los riesgos e impactos climáticos de los proyectos, ni establece medidas de mitigación o adaptación al cambio climático.

El demandante argumenta:

Violación de derechos constitucionales y convencionales: Se argumenta que la omisión en la evaluación climática vulnera el derecho de las generaciones presentes y futuras a un clima seguro, en el marco del derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

Ausencia de regulación sobre cambio climático en la EIA: El Decreto Ejecutivo vigente no obliga a evaluar el impacto climático de los proyectos ni establece medidas de mitigación y adaptación.

Inacción de la SETENA: La institución no ha emitido guías, acuerdos o resoluciones que exijan considerar el cambio climático en los procesos de evaluación ambiental.

Incompatibilidad con estándares internacionales: Se invocan múltiples instrumentos internacionales y jurisprudencia que respaldan la necesidad de integrar el cambio climático en los estudios de impacto ambiental.

La Sala Constitucional admitió el recurso y ordenó que la ministra de la Presidencia, el ministro de Ambiente y Energía y el secretario general de SETENA presenten un informe sobre los hechos denunciados dentro de tres días hábiles. Setena y Minae reconocen que no existe una guía que incorpore la variable climática a la fecha. Señalan que a finales de año podrían tener algún avance.

Se advierte que, de no responder dentro del plazo, se podrían dar por ciertos los hechos alegados por el recurrente y fallar a favor del recurso.

Puede leer la información completa mediante este enlace.

NOTA: Cada persona u organización puede agregar una coadyuvancia. El amparo debe ser presentado en la Sala Constitucional y puede ser personalizado con los argumentos que gusten. Este es el texto de un formato general que puede ser copiado, completado y presentado:

RECURSO DE AMPARO CONTRA SETENA POR NO TENER GUIAS CLIMÁTICAS

EXPEDIENTE: N ° 24-035889-0007-CO

SEÑORES

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

La (PONER EL NOMBRE Y CÉDULA DE LA PERSONA QUE FIRMA) atenta manifiesto:

Primero: Me apersono ante su Autoridad a efecto de presentar coadyuvancia activa en este recurso de

amparo.

Segundo: Mi legitimación emana de la norma 50 constitucional.

Tercero: Considero que es inconstitucional que la SETENA no tenga protocolos, ni guías ambientales climáticas, lo anterior es contrario al ACUERDO DE PARÍS y otros convenios ratificados.

Cuarto: Pido que se establezca en sentencia que el amparo lleva razón en todo. Pido que se disponga que el Ejecutivo ha violentado obligaciones nacionales así como internacionales, al aprobar las obras, proyectos y actividades, que han obtenido licencias ambientales en el pasado por violación al principio de tutela científica.

CUESTIONES DE TRAMITE

A los efectos atiendo notificaciones al correo electrónico:

Firma

Manifestación contra la discriminación salarial

Comunicado de la Unión Nacional de Trabajadores y Trabajadoras (UNT)

¡Nos hicimos sentir!

La UNT no solo acudió a instancias judiciales a demandar igualdad, equidad y justicia salarial para las personas trabajadoras del sector público, sino que también convocamos a la primera acción de calle que se realiza contra la odiosa discriminación generada por la implementación del salario global.

Visitamos la Sala Constitucional para demandar que se garantice el derecho fundamental a la justicia pronta y cumplida, solicitando a este tribunal que resuelva la acción de inconstitucionalidad contra el transitorio XI de la Ley Marcio de Empleo Público, presentada por nuestra organización sindical desde hace un año y medio. Las personas trabajadoras llevan más de un año sufriendo esta situación, siendo que con la espera de una solución el perjuicio por la violación a sus derechos fundamentales se agrava de forma constante.

También estuvimos en la Asamblea Legislativa donde fuimos atendidos por las jefaturas de fracción del Partido Frente Amplio, Nueva República y Liberal Progresista, así como por la Diputada Vanessa Castro de la Unidad Social Cristiana.

Las fracciones legislativas visitadas coincidieron en que se debe legislar para corregir esta situación de irracional discriminación generada por la Ley Marco de Empleo Público, manteniendo un equilibrio con las finanzas públicas y se mostraron dispuestas a analizar, discutir e impulsar las propuestas que desarrollará el sindicato UNT para mejorar el proyecto de ley que se encuentra en la corriente legislativa.

La UNT continuará realizando el trabajo de incidencia y cabildeo legislativo, así como el seguimiento para que la Sala Constitucional resuelva la gestión presentada, con el fin de que las voces de las personas trabajadoras a las que representamos, sean escuchadas, restaurándose los derechos violentados, en busca de la justicia y la equidad.