
Sala Constitucional ordena al MOPT responder a vecinas y vecinos de La Unión de Guápiles
La Sala Constitucional declaró con lugar un recurso de amparo interpuesto por la comunidad de La Unión de Guápiles contra el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT). La resolución ordena al ministro Efraím Zeledón dar respuesta, en un plazo de diez días, a una solicitud presentada por las personas vecinas desde abril de 2023.
El documento judicial señala que la población de La Unión remitió una gestión escrita al entonces ministro Luis Amador sobre cinco aspectos relacionados con la ampliación de la Ruta 32: el estado del puente peatonal, la ubicación de paradas de autobuses, la justificación de la radial de retorno, el cierre del paso peatonal de calle Los Pérez y la presentación de los cambios en la vía.
La magistratura determinó que, a pesar de haberse realizado algunas reuniones con la comunidad, no existe evidencia de que la autoridad ministerial haya respondido por escrito a todas las inquietudes ni entregado la documentación técnica solicitada por las personas recurrentes.
De acuerdo con el expediente, el puente peatonal mencionado no ha sido concluido y la comunidad ha expresado preocupación por la seguridad de quienes transitan por la zona, especialmente estudiantes. Aunque el MOPT ha colocado banderilleros en horario diurno para facilitar el cruce, estas medidas son temporales.
La sentencia también señala que la ubicación de las paradas de autobuses, situadas a aproximadamente 300 metros del puente peatonal, no cuenta con la debida aprobación del Consejo de Transporte Público, entidad competente en esta materia.
El ministro Zeledón deberá cumplir con lo ordenado bajo el apercibimiento establecido en el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que establece pena de prisión o multa para quien incumpla una orden dictada en un recurso de amparo. Además, el Estado fue condenado al pago de costas, daños y perjuicios.
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