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Etiqueta: separación de poderes

Don Máximo Cisneros y la democracia

Marco Vinicio Fournier

Marco Vinicio Fournier

Mi padre viajó a la frontera entre Ecuador y Perú para recibir a don Máximo Cisneros y a uno de sus hijos que venían huyendo de una verdadera dictadura militar en su país. Sin lugar a duda, porque así siempre lo expresó, don Máximo escogió a Costa Rica por su reconocimiento a la tradición democrática y pacífica de nuestro país, que no era para nada una tiranía perfecta como ahora insiste Chaves.

Don Máximo vivió en mi casa alrededor de dos meses mientras lograba reubicarse. Todos nosotros los recibimos con mucho cariño y con mucha solidaridad por la situación de persecución política por la que estaba pasando. Al cabo de ese tiempo, la gran mayoría de los miembros de la familia Cisneros, incluida Pilar, se trasladaron también a Costa Rica y se instalaron en una casa en Lourdes.

El día de hoy, estoy seguro de que tanto mi padre como don Máximo deben estarse revolcando en su tumba al ver a Pilar arrastrar nuestra democracia por el fango, cuestionando todas las instancias de separación de poderes y de control político, desmantelando toda la institucionalidad y dando, tanto ella como Chaves, el peor ejemplo posible contra el diálogo democrático y la cultura de paz.

Las razones que obligaron a su familia a huir de su patria son hoy las mismas que pretenden imponernos con bravuconadas y autoritarismos. Pero, se equivoca Pilar y se equivoca Chaves, la tradición democrática y pacífica sigue totalmente viva en muchas personas de este país y estaremos siempre en pie de lucha activa para defenderla.

El proyecto de empleo público en el martirio de la cruz

Manuel Hernández

Esta semana, el Proyecto de Ley Marco de Empleo Público recibió dos certeros martillazos, que no le ayudan mucho a sostenerse en el madero.

A inicio de la semana, fue primero el acuerdo de la Corte Suprema de Justicia, que reiteró su oposición al proyecto, porque lesiona el principio de separación de poderes e independencia del Poder Judicial, y además, porque afecta el funcionamiento y organización de este poder de la República.

Ahora, a finales de la semana, este viernes, definitivamente, viernes negro para el proyecto, la Procuraduría General de la República rindió su opinión a la Asamblea Legislativa, sobre la última versión del texto que se le consultó.

De esta opinión, amerita destacar las consideraciones que contiene acerca de las modificaciones que incluyó el informe de la Comisión Permanente Especial de Consultas de Constitucionalidad de la Asamblea Legislativa, que no fueron objeto de pronunciamiento de la Sala Constitucional en el Voto N° 2021-017098-0007-CO.

La opinión de la Procuraduría señala –lo cual ya habíamos advertido- que hay dos aspectos que fueron modificados por esa Comisión, que en su oportunidad no se   consultaron al Tribunal Constitucional.

Por una parte, el informe de la Comisión, aprobado por el plenario, excluyó, ex oficio, al propio Poder Legislativo de la aplicación de varios artículos del proyecto.

Por otra parte, tratándose del salario global de los rectores de las universidades públicas, que la Sala estableció que es inconstitucional que el tope esté en función del salario del Presidente de la República, y lo fije la Autoridad Presupuestaria, el informe de la Comisión, motu proprio, extendió esa exclusión al Poder Legislativo, Poder Judicial, Tribunal Supremo de Elecciones e instituciones con autonomía de gobierno u organización (artículo 37).   

La opinión de ese órgano subraya que la Comisión de Asuntos de Constitucionalidad, como lo ha resuelto el Tribunal Constitucional “no puede variar lo que no ha sido objeto de pronunciamiento de este Tribunal” (Voto N° 12026-2010).

Asimismo, sostiene que la Comisión únicamente podía considerar los “efectos directos” que se derivan de la opinión de la Sala Constitucional, pero no incorporar aspectos novedosos, que no fueron consultados, “so pena de ser declarado como vicio de procedimiento.”

Al final, concluyó lo siguiente:

“De conformidad con lo expuesto, esta Procuraduría estima que el proyecto de ley consultado sigue presentando inconvenientes a nivel jurídico, incluso eventuales roces de constitucionalidad”.

Efectivamente, aunque no sólo por este motivo sustancial de procedimiento, porque también contiene vicios que alteran las reglas del sistema democrático y derrumban la Constitución Política, el controversial proyecto, como concluyó la Procuraduría, contiene graves vicios de constitucionalidad.

Ya habíamos comentado, en un artículo anterior, que la Comisión de Asuntos de Constitucionalidad se extralimitó, porque modificó a su arbitrio, varios artículos del proyecto, que no fueron objeto de pronunciamiento por la Sala Constitucional, incurriendo en una grave anomalía de procedimiento, lo cual viene a confirmar la Procuraduría General de la República.

Ahora, el proyecto, de nuevo, se vuelve a meter en un estrecho y difícil laberinto, que, parafraseando a Unamuno, tal vez sea su última agonía, y que, quien quita, podría ser la crónica de una muerte muy anunciada.

19/11/2021