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Etiqueta: sindicatos

Movimientos y personas declaran non grata a diputada que impulsa reforma para quitar autonomía a la CCSS

Ante la propuesta de ley N.° 25181, “Reforma al artículo 73 de la Constitución Política”, que busca modificar la Carta Magna para arrebatarle la autonomía a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), organizaciones sociales y sindicales anunciaron una declaratoria de non grata contra la diputada Daniela Rojas Salas, promotora de la iniciativa.

En la carta pública, los movimientos convocantes señalan que la CCSS ha sido una de las instituciones más emblemáticas en la construcción de derechos sociales y en la garantía del acceso a la salud en Costa Rica. Resaltan que la propuesta de reforma constitucional representa un grave retroceso y una amenaza directa al principio de seguridad social, reconocido en el país como un derecho humano fundamental.

Las organizaciones denuncian que este proyecto responde a intereses privatizadores y atenta contra la institucionalidad costarricense. Subrayan que la defensa de la autonomía de la CCSS es una causa histórica y un compromiso ciudadano que no puede cederse a presiones políticas coyunturales.

En ese marco, expresan:

“Ante la propuesta de ley N.° 25181 Reforma al artículo 73 de la Constitución Política, que implica una reforma constitucional para arrebatarle la autonomía a la CCSS, impulsada por diputada Daniela Rojas Salas, diferentes movimientos sociales y sindicales decidimos impulsar una declaratoria de non grata contra esta diputada, les invitamos a leer la carta y darnos el apoyo en este rotundo señalamiento: formulario de adhesión.”

Las firmas de respaldo, así como los logos de las organizaciones que impulsan esta gestión, pueden consultarse descargando el documento completo en formato PDF desde este enlace: Declaratoria non grata PUSC

FRENASS condena persecución a directiva de la CCSS

En una publicación reciente, el Frente Nacional por la Seguridad Social (FRENASS) condenó el enjuiciamiento arbitrario a la representante de Sector Sindical en la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), Martha Rodríguez González, por parte del gobierno bajo un mecanismo de persecución política.

En un video publicado en su página de Facebook, la organización expresó condena hacia las injerencias del gobierno en la institución particularmente desde la Junta Directiva, respecto a la cual se considera a la Sra. Martha Rodríguez González como la única directiva y representante legítima de los trabajadores dentro de la Junta Directiva de la institución.

Así, FRENASS lanza mensaje de apoyo a la directiva hoy perseguida así como un mensaje de condena a los intentos de injerencia y control por parte del gobierno, con estos llamados siempre enfatizando la Autonomía Constitucional de la CCSS así como el respeto a los movimiento laborales y sindicales.

Dos Pinos, una alarmante carencia de seguridad ocupacional

Alexis Casanova Moreno | Foto: Gerardo Iglesias

Con Alexis Casanova Moreno

Incremento de accidentes laborales y enfermedades profesionales

Giorgio Trucchi

La Cooperativa Dos Pinos se posiciona como un actor importante en el segmento lechero centroamericano y caribeño.

Desde la firma del CAFTA-DR¹, varios sectores económicos, entre otros el lácteo, sufrieron un aumento de la competencia externa. Desde ese momento la Cooperativa Dos Pinos intensificó sus ritmos productivos.

“Ahora a los trabajadores y trabajadoras les están exigiendo algo que va más allá de sus capacidades físicas y mentales. Esto afecta gravemente su salud, en especial en el área de manufactura”, dijo a La RelAlexis Casanova, secretario general de la Unión de Empleados de la Cooperativa Dos Pinos (UDECO).

Afectaciones osteomusculares por movimientos y esfuerzos repetitivos, lesiones en la columna y hernias por las cargas excesivas, sólo son algunas de las denunciadas por el Sindicato.

Asimismo, el incremento de la velocidad de operación de las máquinas se ha impuesto sin los debidos estudios técnicos, ni la supervisión de personal especializado.

Para nuestra afiliada, el Departamento de Salud Ocupacional se ha convertido en una mera figura decorativa y la empresa no cuenta con una política seria, estructurada y profesional de prevención de accidentes laborales.

Excluidos

“Lo más lamentable de todo esto es que cuando los compañeros se accidentan o se enferman y el médico ordena su reubicación, la empresa procede a despedirlos aplicando el artículo 254² del código laboral, sin agotar todas las posibilidades de recolocación”, señala Casanova.

“Para ellos –continúa el dirigente obrero– estas personas se han convertido en una carga y automáticamente los despiden. Así de simple”.

En una carta enviada a Dos Pinos, el Sindicato transmite su preocupación e insta a la empresa a tomar en serio las medidas de seguridad ocupacional.

“Manifestamos profunda preocupación y firme denuncia ante el alarmante incremento de accidentes laborales e incapacidades dentro de las distintas operaciones de producción.

Esta situación –continúa la misiva– ha alcanzado niveles críticos y responde, de forma directa, a decisiones empresariales que anteponen los intereses económicos a la salud y seguridad de las personas trabajadoras”.

También se señala que, ante las repetidas denuncias formuladas, las respuestas y el acompañamiento de las autoridades del trabajo han sido débiles, insuficientes, evasivas y, en algunos casos, hasta inexistentes.

“A Dos Pinos le pedimos que detenga los despidos, que la productividad no sea a costa de la salud y la vida, que invierta en salud ocupacional y que involucre a personas competentes en el análisis de los procesos de producción”, concluyó Casanova.

¹ Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana
² “El empleador está obligado a reincorporar al trabajador a su puesto habitual después de un riesgo laboral. (…) Si no es posible la reubicación, el empleador debe pagar las prestaciones legales”.

¡Más claro no canta un gallo! El proyecto de la jornada esclavista de 12 horas viola la Constitución Política y la legislación electoral de Costa Rica

Vladimir de la Cruz

El Proyecto de Ley para el establecimiento de las jornadas de trabajo esclavistas de 12 horas diarias, que llaman “jornadas laborales excepcionales para casos determinados que sean excepcionales y muy calificados”, pretende reformar los artículos 142, 144, 205, al inciso b) del artículo 274 y adicionar un inciso, el 6), al Artículo 670 del Código de Trabajo. Además, adicionar el Código de Trabajo con los artículos 143 bis y 145 bis, todos ellos, subrepticiamente modifican y alteran la Constitución Política en lo referente a la jornada máxima de trabajo diario de 8 horas, con pago adicional de un 50% por hora, de cualquier hora trabajada sobre el máximo de 8, hasta 12 diarias.

En uno de los artículos, el Artículo 145 bis, que contiene este Proyecto de Ley, en su inciso i), se establece que la empresa “que se acoja a este tipo de jornada excepcional deberá iniciar el trámite de aprobación de dicha jornada ante la Dirección Nacional de Inspección del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, en cuyo trámite se ….deberá realizar una votación, garantizando un voto secreto, entre las personas trabajadoras a quienes eventualmente se les aplicaría la jornada excepcional ampliada, con el fin de hacer constar que existe voluntad para su implementación. Dicha votación será exclusivamente para efectos de la solicitud ante la Dirección Nacional de Inspección de Trabajo, por lo que la eventual implementación de la jornada, en caso de aprobarse, se realizará directamente con cada persona trabajadora, de acuerdo con la naturaleza individual que caracteriza las relaciones laborales y lo establecido en el presente artículo con respecto a la voluntariedad de esta jornada.

La solicitud podrá ser aprobada si al menos una mayoría simple de los votos emitidos resulta favorable. En caso de no alcanzarse la mayoría simple requerida, la empresa podrá realizar nuevamente la votación dentro de los seis meses siguientes a la fecha de la realización de la anterior.

Dicha votación deberá ser supervisada por un representante de la empresa y un representante del grupo de personas trabajadoras. En caso de ser procedente, la empresa podrá apoyarse en la comisión, oficina o departamento de salud ocupacional para la elección del representante de los trabajadores, o bien, dicho representante será electo por el grupo de trabajadores a quienes eventualmente se les aplicaría la jornada.

Estos representantes serán elegidos exclusivamente para efectos de este proceso, por lo que finalizado el mismo perderán dicha representación.

La Dirección Nacional de Inspección del Trabajo podrá designar un inspector de trabajo para que se apersone a la votación. En caso de que esta Dirección no envíe un inspector en el primer mes contado a partir de la recepción de la solicitud, la empresa podrá realizarla con la presencia de un notario público, quien mediante acta notarial que se remitirá a la Dirección Nacional de Inspección, certificará lo siguiente: 1) Que la empresa realizó una votación secreta entre las personas trabajadoras a quienes eventualmente se les aplicaría la jornada excepcional ampliada, con el fin de verificar si existe consentimiento para su implementación; 2) que la votación fue supervisada por un representante de la empresa, un representante del grupo de personas trabajadoras involucradas y el notario público quien levanta el acta notarial, y 3) el resultado de la votación.”

Dicho en sencillo, el Proyecto de Ley, si se llegare a aprobar, obliga a que en las empresas en que se vaya a aplicar esta jornada de 12 horas diarias, debe hacerse una votación, directa, personal, garantizando un voto secreto, “con el fin de hacer constar que existe voluntad para su implementación. Es una votación para “justificar la eventual implementación de la jornada”.

Si se va a hacer una votación se debe entender que a todos los trabajadores se les debe informar amplia y democráticamente qué es lo que exactamente van a votar o aprobar, qué comprende realmente la jornada de 12 horas, qué ventajas o desventajas tiene, qué riesgos puede ocasionar a la salud de los trabajadores, qué efectos sociales puede tener esa jornada sobre su vida familiar. ¿Quién va a informar de estas situaciones a los trabajadores? ¿Los propios patrones o empleadores?

Si se va a tomar parecer a los trabajadores por la vía de una votación, hay que entender que eso es un proceso de elección para decidir si se trabaja 12 horas o no se trabaja.

Eso obliga a que los trabajadores tengan la información adecuada y directa de quienes se oponen a esa ley y a esa jornada.

Se debe garantizar en las fábricas, empresas o instituciones que a los opositores de esta ley se les permita informar y hablar directamente con los trabajadores sobre los alcances negativos de esta ley y esta jornada.

Esto significa que las organizaciones sindicales, sindicatos, federaciones y confederaciones, puedan presentarse a justificar o no la eventual implementación de la jornada donde se va a tomar perecer por a vía de la votación.

No se podría alegar que si en una fábrica, empresa o institución, no hay sindicato, los existentes que soliciten ir a hablar con los trabajadores se les pueda impedir hacerlo, porque sería una situación de indefensión jurídica y democrática de los trabajadores para estar bien informados.

El derecho de presentarse a las fábricas, empresas o instituciones se le debe garantizar a los partidos políticos debidamente inscritos en el Tribunal Supremo de Elecciones para que también puedan presentarse a las fábricas, empresas o instituciones a exponer sus puntos de vista sobre esta jornada de 12 horas o esta ley. Sobre todo, porque estamos en campaña electoral y los ciudadanos deben estar bien informados de todo lo que los pueda afectar legal y socialmente.

Por ser un proceso de consultas electorales ciudadanas a los trabajadores, para decidir si aceptan o no la jornada de 12 horas de trabajo diario, tiene que intervenir obligada y constitucionalmente el Tribunal Supremo de Elecciones. De no hacerlo cualquier consulta que se realice sería una farsa legal y electoral de consulta a los trabajadores.

En este sentido, en el procedimiento de aprobación que ha tenido este proyecto de ley, no se le hizo la consulta obligada al Tribunal Supremo de Elecciones, por lo que el trámite legislativo ya está viciado de inconstitucionalidad para su aprobación.

Como todo proceso electoral debe garantizarse a las partes involucradas, a favor y en contra, su plena participación, debe darse un plazo de información y la “junta electoral” o la “mesa electoral”, que se establezca para vigilar y recoger los resultados de la votación secreta de los trabajadores debe estar sujeta a los procedimientos que existen en la legislación electoral nacional, adaptados a estas consultas en las fábricas, empresas o instituciones donde se vayan a realizar esas consultas.

Es de rechazo ad-portas que “dicha votación deberá ser supervisada por un representante de la empresa y un representante del grupo de personas trabajadoras”, representante de los trabajadores que según el proyecto de ley “en caso de ser procedente, la empresa podrá apoyarse en la comisión, oficina o departamento de salud ocupacional para la elección del representante de los trabajadores”.

¿Qué pasará si los trabajadores votan negativamente la consulta que se haga en las fábricas, empresas o instituciones, diciendo que están en contra? Lo más absurdo.

El proyecto de ley permite que seis meses después, el patrono o empleador pueda hacer otra consulta por la vía de otra votación. Así dice el Proyecto de Ley: “En caso de no alcanzarse la mayoría simple requerida, la empresa podrá realizar nuevamente la votación dentro de los seis meses siguientes a la fecha de la realización de la anterior.” ¿Cómo es eso?

Literalmente es una burla a la voluntad expresada en las urnas, en la mesa de votación de los trabajadores. Es una burla al proceso de elección o electoral mismo. No se podrían estar haciendo consultas cada seis meses hasta alcanzar los votos deseados por los empleadores o patronos. ¿Acaso eso se permite para procesos electorales nacionales, de estar haciendo consultas electorales, cada seis meses, por parte de la mayoritaria oposición política nacional que salió derrotada en las elecciones, sobre la marcha del gobierno? Esto viola toda la esencia del sistema democrático electoral de consulta popular existente en el país.

Y lo más charlatanezco del proyecto, en este sentido, es que señala que cuando la Dirección Nacional de Inspección del Trabajo no pueda enviar un inspector a la votación, lo que es muy difícil porque el Ministerio de Trabajo tiene 100 inspectores para “vigilar” o “inspeccionar” a un millón ochocientos mil trabajadores en todas las empresas en el país, “la empresa podrá realizarla con la presencia de un notario público”, pagado por el empleador o patrono, para que “mediante acta notarial” que ese notario hará, se remitirá a la Dirección Nacional de Inspección, para que tome nota. Quién paga la música manda el baile, dice el refrán popular.

¿En qué país estamos? ¿Dónde está el Estado de Derecho? ¡Cómo se pisotea la Constitución Política y la legislación nacional!

Me parece que el proyecto de ley de las 12 horas también está viciado de inconstitucionalidad y de rapidez en la vía legislativa por lo siguiente:

Para su discusión original se aprobó una vía rápida para que el Plenario Legislativo lo conociera, es decir para que la totalidad de diputados procedieran a discutirlo y votarlo expeditamente.

Al terminar el primer día de discusión en la vía rápida, el presidente retiró de la discusión de la vía rápida y del trámite legislativo, que se le venía dando, de vía rápida, el proyecto de ley de las 12 horas diarias de trabajo.

Introdujo otro proyecto para su discusión que no tenía vía rápida. Luego sacó este proyecto y volvió a introducir en la Agenda parlamentaria el proyecto de las 12 horas diarias.

Esta nueva introducción, de este proyecto, a la discusión parlamentaria, ya no tenía el privilegio de la discusión de la vía rápida que se le está aplicando porque ya había retirado ese proyecto en esa vía de discusión.

Para que nuevamente se discuta por la vía rápida, nuevamente la Asamblea Legislativa tiene que aprobar esa vía para este segunda introducción del proyecto de ley de las 12 horas. Así de simple.

Cuando el presidente lo retiró perdió la discusión en vía rápida. Lo volvió a meter, tiene que aprobarse de nuevo la vía rápida para su discusión. De lo contrario sería una trampa parlamentaria, en el procedimiento, con que se está discutiendo el proyecto de las jornadas esclavistas de las 12 horas de trabajo diario.

Compartido con SURCOS por el autor.

Vía rápida para jornada esclavista de 12 horas debe llevarse a discusión electoral en los centros de trabajo

Vladimir de la Cruz

El trámite de la vía rápida para la jornada esclavista de 12 horas debe llevarse a la discusión electoral en los centros de trabajo, si se quieren establecer consultas electorales a los trabajadores.

El Partido Liberación Nacional de una manera vergonzosa, se pronunció en la Asamblea Legislativa a favor de la vía rápida para el conocimiento del trámite de la llamada Ley 4-3, con la cual se pretende instaurar una jornada esclavista laboral de 12 horas diarias, que en la práctica se va a generalizar para todas las actividades laborales y socio productivas del país.

Como trampa para su aprobación, y darle los votos para que así se tramite, los diputados de Liberación Nacional le introdujeron al Proyecto de Ley una cláusula, o un artículo, que impulsará en las fábricas, empresas o instituciones de cualquier naturaleza, en que se quiera aplicar esta nueva jornada de trabajo de 12 horas diarias, una consulta electoral que se hará a los trabajadores de esos centros de trabajo para determinar si están a favor o están en contra.

Este añadido es de palabra, fue una promesa que le hizo el gobierno a Liberación Nacional de que así lo harían en la discusión del Proyecto de Ley en el Plenario Legislativo. Esto no aparece en el Proyecto de Ley que se elevó al Plenario Legislativo para su aprobación, lo cual significa que a los diputados les metieron diez con hueco, y a los trabajadores un garrotazo en la nuca. Eso fue una bajada de pantalones y enaguas, de los diputados y diputadas liberacionistas, ante Rodrigo Chaves y su diputada Cisneros, acatando las órdenes de los empresarios esclavistas que se mueven tras bambalinas en Liberación Nacional y la Unidad Social Cristiana.

Esta disposición o acuerdo, es contradictoria incluso con la propuesta que tiene el Proyecto de Ley en el sentido de que ya se disponía que esa jornada era “optativa”, para cada trabajador de acogerse o no la decisión de pasarse o no al nuevo sistema de trabajo, de 12 horas diarias.

Además, en teoría permite que si un trabajador se pasa y no le gusta puede devolverse a la jornada ordinaria de ocho horas, después de tres meses de trabajo. El artículo que regula esto plantea allí mismo que en esta posibilidad de regreso a la jornada de 8 horas el trabajador puede ser despedido con todos los pagos de ley. Esto es lo que realmente va a ocurrir. Con el nuevo trabajador que lo sustituya se le aplicará la jornada de 12 horas en su contrato laboral. Así funcionará.

Con la propuesta de los diputados de Liberación Nacional, que hicieron el papel de voceros y diputados del presidente Chaves, esta posibilidad de aceptar voluntariamente la jornada de 12 horas, queda anulada porque se somete a votación de todos los trabajadores de una empresa, cualquiera que sea su naturaleza económica productiva, que quiera establecer esta jornada de 12 horas diarias, todo el sistema de trabajo. Es decir, se consulta a todos si quieren establecer la jornada de 12 horas o no la quieren imponer, de cuyo resultado si es positivo se impone la nueva jornada esclavista, en este caso para todos.

Esa consulta es por su naturaleza una consulta electoral, porque se pone a votación en decisión de los trabajadores si se establece o no la jornada de 12 horas. Es una consulta que usa de forma disfraza la figura del plebiscito, del referéndum, de una consulta popular, de característica electoral, y abiertamente de un proceso electoral, que va a decidir por ese acto si se pone en vigencia o no la jornada de 12 horas en la empresa donde se haga la consulta.

Si ese es el camino que se va a seguir, la consulta electoral, que así lo es, que se les realizará a los trabajadores, debe reunir todas las reglas democráticas y electorales que se viven en el país, al amparo del Tribunal Supremo de Elecciones, de cualquier proceso electoral que con fines como éste, de la jornada laboral extensiva a 12 horas, se proponga. Debe contemplarse incluso fiscales electorales para garantizar la justa consulta debidamente informada a los trabajadores, debe establecerse un recinto electoral y cajas especiales para depositar los votos de los trabajadores, garantizando su secretividad y fiscalización por parte de los trabajadores o sus representantes.

Esta consulta electoral adquiere la forma de una votación que requiere partes involucradas, los que están a favor y en contra de la jornada de 12 horas.

Los que están en contra de la jornada de trabajo de 12 horas deben tener garantizado que quienes los representen en esta consulta sean partidos políticos nacionales o las organizaciones sindicales, confederaciones, federaciones o sindicatos, aun cuando en esas fábricas o empresas no existan estas organizaciones de defensa de los intereses laborales o de los trabajadores. Si esto no se garantiza cualquier consulta que se haga a los trabajadores estará viciada de parcialidad total electoral y del temor reverencial que los empresarios, o sus representantes, puedan ejercer sobre los trabajadores para que voten obligadamente a favor de la jornada esclavista de 12 horas.

Esto significa que en todas las empresas, fábricas o instituciones donde se vaya a realizar esa consulta, se deben dar garantías reales para que los trabajadores sean bien informados, democráticamente informados, a favor y en contra del Proyecto de Ley. Esto es lo democrático, es lo que corresponde.

A la vez significa, que haya o no sindicatos en esas empresas, industrias o instituciones, se permita a los sindicatos y organizaciones sociales existentes de los trabajadores, para que puedan apersonarse, a ir, para informarles a esos trabajadores sobre los alcances reales de esas jornadas de 12 horas, sobre los perjuicios que ocasionará a los trabajadores individualmente y de cómo afectará a su familia, sus esposas o compañeras y a sus hijos. En este sentido tiene que levantarse una lista, o modo de censo electoral, de todas las empresas que se involucrarán en la consulta a los trabajadores, y una vez establecida la lista de empresas que quieren realizar esa consulta, abran sus puertas y den espacio para que los opositores a este Proyecto de Ley puedan ir a exponerles a los trabajadores sus puntos de vista, bajo el amparo del Tribunal Supremo de Elecciones. no es bajo el amparo del Ministerio de Trabajo, porque el Ministerio de Trabajo, no representa, en ningún caso, los intereses de los trabajadores. Los inspectores del Ministerio de Trabajo no son representantes de los trabajadores, y en sus gestiones reales, más parecen representantes de los sectores empresariales.

Se debe obligar a que las empresas que van a realizar estas consultas así lo anuncien públicamente para enterar a todas las partes interesadas en esos procesos de consulta, de votaciones, de elecciones, que harán los trabajadores sobre la jornada laboral esclavista, para que las partes opositoras a esa jornada puedan apersonarse a informar democráticamente a los trabajadores sobre la decisión que van a tomar.

Lo que se pretende con este Proyecto de Ley es una modificación, o una reforma solapada, tácita, constitucional, y del Código de Trabajo, que modifica y altera violentamente derechos sociales y laborales consolidados en la legislación nacional desde 1920 y constitucionalmente desde 1943 y 1949, cuando en 1943 se introdujo el Capítulo de Garantías Sociales en la Constitución de 1871 y luego se estableció en la actual Constitución Política de 1949.

Del mismo modo, así se consignó en el Código de Trabajo, aprobado en 1943, todo ello consagrando el régimen de trabajo de ocho horas diarias, con posibilidad de ampliarlas reconociendo un sobre pago de un 50% sobre el valor de una hora ordinaria de trabajo.

Lo que se está realizando es un típico fraude de ley. Con un artículo en el Proyecto de Ley de las jornadas 4-3 se modifica de hecho la Constitución Política, sin el trámite obligado y calificado que tiene para modificarse como debe ser, que puede durar dos años.

De conformidad al Convenio No. 1 de la Organización Internacional de Trabajo, OIT, organismo de la ONU, cualquier modificación en este sentido a las jornadas de trabajo, tiene que realizarse por la vía del Convenio Laboral entre trabajadores y Patronos o empleadores, lo que no se ha hecho, ni se está haciendo en Costa Rica.

He explicado en artículo anterior que la posibilidad de la jornada de trabajo de 12 horas está garantizada en la Constitución Política y en el Código de Trabajo, pero pagando horas extra sobre la 8n horas ordinarias. Lo que se quiere realmente es no pagar las horas extras que eso supone.

El otro cuento, con el que se quiere engatusar a los trabajadores, es el de los tres días de descanso concentrando de las 48 horas semanales en cuatro días de 12 horas cada uno. Veamos. La jornada de 8 horas diarias por 6 días a la semana da un total de 48 horas semanales, que incluye un día de descanso laboral. Esta es la jornada vigente, legal, constitucional existente en el país. Esto significa que todos los trabajadores tienen por lo menos un día de descanso respecto a los días laborados. Algunas empresa e instituciones tienen una jornada de 40 horas semanales de lunes a viernes, liberando un día más, con lo cual esas empresas tienen dos días libres o de descanso respecto a los días laborados.

Cuando en el mensaje de la jornada de las 12 horas diarias por 4 días se dice que se dará descanso de 3 días es parcialmente cierto. Al concentrar la jornada de 48 horas en cuatro días se dejan tres días libres, pero se trabajan en el conjunto de las 48 horas distribuidas en 4 días, que es como si se trabajaran los seis días de la semana. No hay descanso real laboral. Se siguen trabajando las 48 horas.

Los días ya libres existentes, uno o dos, según sea, siguen existiendo. Se añade otro, que los mismos patronos han dicho que puede ser aprovechado para que los trabajadores “busquen” otro empleo, otro ingreso económico, con lo cual no se garantiza efectivamente el “descanso” por las extenuantes jornadas de 12 horas. De hecho, se les ofrece la posibilidad de que “tengan” otro trabajo adicional al de las 48 horas en 4 días, en esos tres días libres.

Tampoco existe la posibilidad económica para el trabajador de poder disfrutar esos días, con los salarios bajos que se tienen, con el congelamiento que hay de salarios desde hace 5 años y con la propuesta de congelarlos hasta el 2030 como ha señalado el presidente Chaves.

Tampoco existe, porque ha sido desmantelada, por el gobierno, la institucionalidad social de redes de cuido para los trabajadores, de los centros infantiles para sus niños menores de 5 o 6 años y de los centros de cuido de personas mayores, así como de la eliminación de las ayudas sociales en comedores escolares, becas estudiantiles, apoyos al trasporte escolar etc.

Lo que en la realidad va a suceder con los llamados 3 días libres es que se trabajarán por los trabajadores con jornadas de 12 horas, para medio sobrevivir.

La jornada de las 12 horas diarias en la realidad nacional se va a convertir en jornadas semanales de 60, 72 y en algunos casos hasta de 84 horas, para poder sobrevivir los trabajadores. Esto es parte de lo que Liberación Nacional y la Unidad Social Cristiana están aprobando.

Las empresas que se quieran aprovechar de la sobre explotación laboral lo van a lograr. Ninguna va a aceptar trabajadores de 8 y de 12 horas a la vez, porque les crea un caos administrativo, que es lo que quieren también resolver con jornadas únicas de 12 horas.

Todavía les queda un resquicio a los diputados conscientes, sensibles socialmente, identificados con las raíces históricas de sus partidos Liberación Nacional y Unidad Social Cristiana, de medio lavar su imagen, y la de sus candidatos presidenciales.

Ya aceptaron la vía rápida, ahora acepten que los diputados de Liberación Nacional voten en conciencia cada uno, sin línea de partido, sin imposición partidaria, a favor o en contra de la jornada de las 12 horas esclavistas. De lo contrario Liberación Nacional y la Unidad Social Cristiana descansarán en paz de sus lides políticas y pasarán al cementerio histórico de olvido de sus logros institucionales democráticos.

Los sindicatos y las organizaciones sociales deben pronunciarse sobre este proceso electoral de consulta a los trabajadores, ante la Sala IV y ante el Tribunal Supremo de Elecciones. Desde ahora deben accionar para solicitar que en las consultas que se quieran hacer en los centros de trabajo, sobre las jornadas esclavistas de trabajo, se apliquen los principios democráticos de los procesos electorales nacionales. Se debe establecer que en tanto esté en trámite, desde su aceptación para su estudio, en el plenario legislativo, el Proyecto de Ley de las jornadas esclavistas de trabajo, se permita a los sindicatos, sus federaciones y confederaciones, y a los partidos políticos, acudir a esos centros de trabajo a explicar a los trabajadores sus puntos de vista con relación a estas jornadas laborales, que quieren modificar la Constitución Política.

Ante la Sala Constitucional se debe actuar para solicitar pronunciamiento de si el trámite de la vía rápida para modificar las jornadas de trabajo viola o no la Constitución Política, en la forma que quiere.

El Tribunal Supremo de Elecciones puede ordenar que mientras esté en trámite el Proyecto de Ley de las Jornadas de 12 horas, se entienda que es un proceso electoral, que se quiere llevar a las fábricas, empresas e instituciones de trabajo, que se someterán a “consultas populares”, electorales reales, para que los trabajadores, por la vía de votaciones se pronuncien a favor o en contra de esas jornadas, y que siendo de ese modo “procesos electorales”, deben habilitarse todos los mecanismos democráticos para que a los trabajadores se le hagan ver los distintos puntos de vista sobre los alcances de esas jornadas. El Tribunal Supremo de Elecciones debe ser el garante, con sus urnas, y con los representantes de los trabajadores y empleadores de la fiscalización de esas votaciones.

El trámite de la vía rápida para la jornada esclavista de 12 horas debe llevarse a la discusión electoral en los centros de trabajo, si se quieren establecer consultas electorales a los trabajadores. Esta es la tarea inmediata y urgente del movimiento sindical nacional y de las organizaciones sociales y civiles.

Diputados y candidatos presidenciales contra los trabajadores y el Derecho Laboral. ¿Los sindicatos y organizaciones sociales dónde están?

Vladimir de la Cruz

Se anuncia con bombos y platillos que los diputados del Partido Liberación Nacional y del “oficialismo”, que está representado por los diputados que titiritea la diputada experta en enseñar a mentir ministros y altos miembros del gobierno, junto con los del partido Unidad Social Cristiana, que como partido ha renunciado a los principios sociales de la doctrina social de la Iglesia Católica, de los que hacían su bandera y muchas veces su discurso político, se pusieron de acuerdo para aprobar por la vía rápida el Proyecto de Ley de las Jornadas esclavistas de trabajo, que quieren imponerse en el país de 12 horas diarias, cuatro días a la semana. A ellos se sumaron Eli Feinzaig y Fabricio Alvarado, con sus diputados.

Quieren aprobar por debajo, “secretamente”, metiendo gato por liebre, el Proyecto de las jornadas de trabajo esclavista, para lo cual están mezclando la discusión de este trámite reglamentario con la aprobación de otros proyectos de ley. Todo en paquete.

Esta mezcla de intereses muestra que la jornada de trabajo esclavista no es válida ni justa. Indica que la quieren poner a discutir limitando el tiempo de discusión, eliminando a la brava mociones que se puedan interponer contra ese proyecto de ley, que es lo que se busca con el trámite de la vía rápida, evidenciando con ello el contenido negativo de ese proyecto de ley, y poniendo de relieve la perversidad de sus proponentes contra los trabajadores en general, que son los que van a salir afectados en caso de aprobarse la jornada de 12 horas diarias obligatorias de trabajo.

La jornada de 12 horas existe autorizada en el país pagando, de la hora nueve a la hora doce, esas cuatro horas extras sobre la jornada ordinaria, un 50% más, por cada hora trabajada, del valor de esas primeras 8 horas de trabajo. Al eliminar el pago extra perjudican a los trabajadores en sus ingresos mensuales, en el pago de aguinaldo que les corresponde y su futura pensión. Al no pagar esa jornada extra, al eliminarla de facto sobre los trabajadores que serán obligados a trabajar la jornada d, 12 horas, lo que se está implementando en la realidad es una JORNADA FORZOSA, que está prohibida por la legislación nacional e internacional. No es una modalidad laboral lo que se quiere establecer, es una forma de trabajo forzoso lo que se está diseñando como sistema de trabajo nacional en la ramas de actividad económica y productiva que se va a aplicar esta jornada esclavista.

Con el acuerdo tomado por los diputados para el trámite rápido de aprobación del proyecto de ley de la jornada forzosa de 12 horas, lo que han declarado, efectivamente, es que están confabulando por debajo la posibilidad de meter, en una aprobación de bulto, de varios proyectos de ley, el de la jornada de trabajo de las 12 horas. ¿Por qué tienen miedo de discutir ese Proyecto de Ley en trámite ordinario? Porque efectivamente saben en la discusión por el trámite ordinario, no ganan esa discusión. Lo que necesitan es imponerla a la fuerza, porque así los están manipulando y obligando los intereses esclavistas que representan esos diputados y sus partidos políticos.

¿Por qué tienen miedo los proponentes de esta jornada esclavista que el proyecto de ley se discuta por la vía ordinaria, por la vía normal de discusión de todos los proyectos de ley? También tiene miedo de que ese proyecto de ley se discuta en los meses cercanos, a partir de setiembre y octubre, a la campaña electoral, porque temen que en ese ambiente el tema de la jornada de 12 horas, que no lo han podido justificar, se pueda convertir en un tema de discusión electoral que pueda afectar a estos partidos y la elección de sus futuros diputados, tal vez, también de sus candidatos presidenciales.

Si los diputados no quieren llegar al período de la campaña electoral para discutir este proyecto de ley, son los sindicatos y las organizaciones sindicales y sociales en general los que están obligados a llevar la discusión a la palestra pública y enfrentar a los diputados y sus partidos con los trabajadores y con los electores.

Son los sindicatos los que deben emplazar a los partidos políticos, uno por uno, que ya están inscritos electoralmente sobre si apoyan o no el establecimiento de las jornadas de trabajo de 12 horas diarias.

También deben enfrentar a los candidatos presidenciales, que ya existen, y los que surjan posteriormente, para que se pronuncien sobre este modelo de trabajo forzado y esclavista que quiere imponerse, para saber cuáles de ellos están en el camino de debilitar más, o de terminar de acabar con el Estado Social de Derecho, que se viene minando desde hace varios años.

En las últimas horas, el candidato Álvaro Ramos de Liberación Nacional, ha sido obligado a pronunciarse a favor del trámite rápido de discusión parlamentaria de la jornada esclavista y forzada que quiere establecerse. Así, Álvaro Ramos no está significando ninguna renovación en Liberación Nacional. Con su cambio de opinión, puesto que ya se había pronunciado a favor del trámite ordinario y no por el rápido, muestra también cuales sectores políticos y empresariales están dominando en Liberación Nacional, y está mostrando que este partido ha dejado de lado sus viejas banderas social demócratas, izando a plenitud sus nuevas posturas de neoliberalismo, que harán que el candidato Álvaro Ramos en nada se distinga de los otros candidatos como Eli Feinzaig, Fabricio Alvarado, Juan Carlos Hidalgo, Fernando Zamora, Natalia Díaz y los candidatos de los partidos jaguares, aliados y continuadores del actual presidente Rodrigo Chaves, como son Laura Fernández, Luis Amador, Francisco Gamboa. En la perspectiva pareciera que solo los candidatos presidenciales del Partido Frente Amplio, Ariel Robles; y del partido Esperanza Nacional, Claudio Alpízar son los que están en contra de la jornada esclavista de las 12 horas. Todavía no he oído pronunciarse sobre este extremo a la candidata del Partido Acción Ciudadana, Claudia Dobles.

El escenario nacional no es muy halagüeño en posibilidades electorales hacia un nuevo gobierno. Pareciera que por ahora todo se encarrila hacia la continuidad del actual gobierno en todas las esferas del quehacer político nacional.

Las jornadas 4/3 dañarán física, emocional y sicológicamente la vida personal, familiar y comunal de los trabajadores, reduciendo además sus ingresos, actuales y futuros.

Las jornadas 4/3 agravarán la crisis de injusticia, desigualdad y frustración que en su desesperación ha llevado a los electores, a los votantes, a las posturas político-fascistas que se están instaurando en el país con el chavismo incrustado. Las jornadas 4/3, hundirán más al país en una crisis donde el populismo autoritario lleva las de ganar.

Las jornadas 4/3, hundirán más al país en una crisis donde el populismo autoritario lleva las de ganar.

Confederación Unitaria de Trabajadores (CUT) solicita al Poder Ejecutivo reconsiderar nombramiento de la presidencia ejecutiva de la CCSS

La Seccional de la Confederación Unitaria de Trabajadores (CUT) del Ministerio de Hacienda se pronunció en consonancia con el BUSSCO y la UNDECA ante el nombramiento de la nueva presidenta ejecutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), solicitando al presidente de la República reconsiderar dicha designación.

En el comunicado, Miguel Ureña, representante de la seccional, reconoció la solvencia académica de la nueva jerarca. No obstante, señaló que, más allá del conocimiento técnico, se requiere una figura que posea habilidades para el diálogo con las diversas organizaciones sindicales de la institución y capacidad de gestión para asegurar el fortalecimiento del régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM).

Asimismo, el representante sindical cuestionó la falta de transparencia en algunos aspectos del financiamiento institucional, como los pagos por incapacidades cubiertos por el gobierno central, e instó a revisar con mayor claridad estos elementos contables para evitar distorsiones o “estados maquillados”.

Ante este escenario, la CUT propone la creación de una verdadera mesa social de diálogo en materia de salud y seguridad social, como mecanismo para garantizar la participación de todos los actores involucrados y fortalecer la CCSS como pilar fundamental del Estado social costarricense.

Finalmente, se reiteró la disposición de la seccional de CUT a impulsar el diálogo con sindicatos como el SEC, APSE, CMTC, CGT, UTN y otras 50 organizaciones gremiales más, en defensa de una CCSS sólida y al servicio del pueblo costarricense.

Secretaria general de la CTRN denuncia una creciente precarización del trabajo en Costa Rica ante OIT

La secretaria general de la Confederación de Trabajadoras y Trabajadores Rerum Novarum (CTRN), Fanny Sequeira, aprovechó el marco de la 113 Conferencia Internacional del Trabajo para expresarle al director general de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), Gilbert F. Houngbo, la difícil situación que viven las trabajadoras y trabajadores de Costa Rica en materia de derechos laborales y sindicales.

De esta forma y a lo largo de la conferencia, la cual es llevada a cabo del 2 al 15 de junio en Ginebra, Suiza, la secretaria ha participado activamente al denunciar para Costa Rica un contexto de ataques a la democracia institucional por parte del poder político, así como una creciente degradación del contrato social y demás deterioros en los derechos laborales.

A su vez, la secretaria también expresó cómo el empeoramiento a derechos laborales, así como los distintos llamados realizados por la OIT para la atención de convenios, han sido continuamente ignorados e invisibilizados. A este respecto, la secretaria agregó:

«Desde hace muchos años los órganos de control de la OIT vienen haciendo reiteradas observaciones al gobierno de turno sobre violaciones a los Convenios 87, 98 y 135, sin que hayan sido atendidas. Estas violaciones son amplias, persistentes y opresivas, favoreciendo la explotación, la precarización laboral y salarial, así como la desprotección social. […].”

Partido Vanguardia Popular protesta contra la intimidación al SITRAA

El Partido Vanguardia Popular dirigió una carta al señor Mario Rodríguez Bonilla, secretario general del Sindicato de Trabajadores del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (SITRAA). El documento inicia expresando su preocupación ante los mecanismos de intimidación que se han instalado en la administración de Acueductos y Alcantarillados (AyA). Asegura que dichas acciones, impulsadas por figuras como María Alejandra Mora Segura, Álvaro Sibaja Collado y Salvador Orozco, han generado una atmósfera de autoritarismo frente al ejercicio del sindicalismo. Entre los argumentos que menciona el partido se encuentra la denuncia de la criminalización del libre ejercicio del sindicalismo.

Se menciona que estas prácticas encontradas en la institución no solo constituyen una violación directa a los derechos humanos, sino que además se presenta como el resultado de discursos de odio y violencia desde las autoridades institucionales. Así, la carta pone en evidencia una situación de alerta en cuanto a la transgresión de compromisos internacionales, como los Convenios de la OIT ratificados por el estado. El Partido Vanguardia Popular, condena con firmeza las actitudes antidemocráticas que se han evidenciado. La carta señala que las prácticas de abuso e intimidación buscan desmantelar el derecho a la libertad de reunión, un pilar esencial del movimiento sindical en Costa Rica. Este ataque sistemático se presenta como una amenaza a la integridad del sindicalismo.

En un gesto de solidaridad, el documento reafirma el compromiso del partido de apoyar al SITRAA en todo el ámbito jurídico. Esta postura refuerza la idea de que la justicia y el respeto a los derechos fundamentales deben prevalecer en cualquier institución. La carta destaca, de manera reiterada, el compromiso del Partido Vanguardia Popular en la defensa de los derechos sindicales.

Por último, la carta se convierte en un llamado a la acción frente a prácticas antidemocráticas que amenazan los derechos laborales y humanos en Costa Rica. Al denunciar mecanismos de intimidación y criminalización del sindicalismo, el documento invita a la reflexión sobre el estado de la democracia y la necesidad de reforzar la libertad de reunión y la justicia.