Una de las preocupaciones constantes de los organismos defensores de la libertad de expresión es una tendencia regulatoria sobre los contenidos en Internet que pudieran restringir las garantías para un ejercicio amplio y democrático de la libertad de expresión, en especial la regulación para limitar la crítica política o sancionar los discursos de odio o noticias falsas. El II Informe sobre el estado de la libertad de expresión, en el capítulo sobre tendencias en Costa Rica, se refiere a algunas iniciativas ingresadas a corriente legislativa durante los años 2018 y 2019.
La propuesta de Ley denominada Protección del honor ante el uso abusivo de la expresión en redes sociales, expediente No. 20.864, presentado, en el 2018, por el diputado independiente Jonathan Prendas Rodríguez, con la firma de 10 legisladores más, es visto como un intento de disminuir las garantías para el ejercicio de la crítica política.
Mientras la tendencia es hacia la despenalización de los delitos contra el honor, la propuesta busca aumentar penas cuando la ofensa “fuere inferida en público o en cualquier red social o herramienta tecnológica de difusión masiva”.
En la exposición de motivos, es clara la intención del legislador de enfrentar el ejercicio de la crítica política por parte de la ciudadanía. Según el proponente: “el anterior proceso electoral que vivimos los costarricenses nos enseñó el gran impacto que, para bien o para mal, pueden tener las redes sociales: vivimos con alegría que se convirtieran en plataforma para motivar la participación y el involucramiento político de la ciudadanía, especialmente de los jóvenes, pero también fuimos testigos de feroces manifestaciones contra casi todos los candidatos, mancillando su honor, su integridad e, incluso, amenazando su integridad física o la de su familia”.
El Informe 2018 de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión recuerda que la CIDH ha sostenido repetidamente que la aplicación del derecho penal para sancionar expresiones referidas a los funcionarios públicos es desproporcionada cuando se trata de un discurso protegido, como la información o la expresión sobre asuntos de interés público, y viola el derecho a la libertad de expresión.
En el mismo sentido, una propuesta para sancionar los crímenes de odio, expediente No. 20174, presentado en el año 2016 por varios diputados, dictaminado positivamente en el 2017 por la Comisión de Derechos Humanos y que intentaba votarse en plenario en 2019, recibió una serie de objeciones por parte de la Procuraduría General de la República, en la Opinión Jurídica 074-2018.
El artículo 20 de la Convención Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el 13.5 de la Convención Americana de Derechos Humanos obliga a los gobiernos a prohibir la promoción del odio nacional, racial o religioso que constituya incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia. Sin embargo, no ha sido posible generar estándares globales capaces de hacer una distinción entre lo que es discurso de odio y lo que no lo es.
El artículo dice: “La Comisión y la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión insisten en que para combatir efectivamente el discurso de odio se requiere un enfoque comprensivo y sostenido que vaya más allá de las medidas legales y que incluya la adopción de mecanismos preventivos y educativos. Como lo ha señalado la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, este tipo de medidas apuntan a la raíz cultural de la discriminación sistemática, y como tales, pueden constituirse en instrumentos valiosos para identificar y refutar el discurso de odio y alentar al desarrollo de una sociedad basada en los principios de diversidad, pluralismo y tolerancia” (Informe Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, OEA, 2018, p. 118).
Otra propuesta legislativa trata de sancionar a quien, por medio de la propaganda electoral, promueva la violencia, el odio o la discriminación (expediente No. 20738). La iniciativa del exdiputado del PAC, Javier Cambronero, podría objetarse desde la misma perspectiva, en el sentido que presenta un tipo penal muy abierto, en el que cabe muchas posibles manifestaciones a sancionar, lo que supone un riesgo para la libertad de expresión en los contextos electorales.
Finalmente, en el contenido del proyecto de ley No. 21187 denominado Ley para combatir la ciberdelincuencia, de varios diputados del Partido Unidad Socialcristiana, se encuentra una norma (artículo 236) que sanciona a quien fabrique o difunda noticias falsas, a través de los medios informáticos, capaz de distorsionar o causar perjuicio al sistema financiero o afectar las decisiones del electorado en diferentes tipos de procesos eleccionarios.
Sobre la regulación de la desinformación, los Relatores de libertad de expresión de varios sistemas de derechos humanos sostienen: “Las prohibiciones generales de difusión de información basadas en conceptos imprecisos y ambiguos, incluidos ‘noticias falsas’ (‘fake news’) o ‘información no objetiva’, son incompatibles con los estándares internacionales sobre restricciones a la libertad de expresión, (…) y deberían ser derogadas” (Declaración Conjunta sobre Libertad de Expresión y «Noticias Falsas» («Fake News»), desinformación y propaganda, 2017).
Los Relatores consideran que los Estados tienen la obligación positiva de promover un entorno de comunicaciones libre, independiente y diverso, incluida la diversidad de medios, que constituye un medio clave para abordar la desinformación y la propaganda.
Giselle Boza Solano Periodista y abogada, Mtr. en Ciencias Penales por la Universidad de Costa Rica. Coordinadora del Programa de Libertad de Expresión y Derecho a la Información (Proledi), investigadora del Centro de Investigación en Comunicación (Cicom) y docente de la Escuela de Ciencias de la Comunicación Colectiva, UCR
Por Dr. Esteban O. Mora Martínez, profesor e investigador del Cicap-UCR
¿De qué trata el acuerdo de adhesión?
Dr. Esteban O. Mora Martínez, profesor e investigador del Cicap-UCR
Foto: Anel Kenjekeeva, UCR.
El Poder Ejecutivo presentó el 4 de septiembre de 2020 el proyecto de ley que regula el acuerdo de adhesión del país a la Convención de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) y sus protocolos, con el fin de culminar el proceso de incorporación a dicho órgano, luego de cinco años de escrutinio en 22 Comités que examinaron distintos ámbitos de la Administración Pública nacional como salud, empleo, seguridad social, educación, comercio, inversión, agricultura, hacienda, finanzas, entre otros, que busca la implementación de buenas prácticas de políticas públicas en Costa Rica.
Previo a conocer de qué se trata el acuerdo de adhesión, es importante repasar las etapas de este proceso de más una década:
En la primera etapa, durante la Administración Arias Sánchez (2006-2010) se inició el acercamiento con el programa internacional para la Evaluación de Estudiantes en el 2009 (conocidas como pruebas PISA), también en temas de competencia y transparencia fiscal, así como al Centro de Desarrollo de la OCDE para exponer experiencias de políticas de desarrollo económico y social.
Posteriormente, en la gestión de Chinchilla Miranda (2010-2014) se comunicó formalmente a ese organismo el interés de formar parte como miembro de la organización, con un plan de trabajo en los ámbitos político (lobby con otros países miembros) y técnico (mejoras en inversión, educación y comercio entre otros temas).
Esto implicó una ardua participación del país en el Centro de Desarrollo de la OCDE, así como el cumplimiento de tres condiciones específicas:
Sometimiento a revisiones de políticas públicas (p. e. gobernanza pública, educación vocacional y técnica, agricultura, estadística y apertura de mercado).
Adopción y suscripción de instrumentos jurídicos relevantes para la Organización (i.e. asistencia administrativa mutua en materia fiscal, corrección, integridad y transparencia en la conducción de los negocios y las finanzas internacionales).
Participación en distintos comités y grupos de trabajo de la organización.
Debido a estos esfuerzos, es que durante la Administración de Solís Rivera (2014-2018) se consolida el proceso con la invitación formal y el inicio de un análisis de las condiciones del país en 22 Comités evaluadores. Esta ruta se mantiene vigente en la gestión Alvarado Quesada (2018-2022), en la cual, no se finalizan los exámenes en marzo de 2020, sino que Costa Rica recibe el 15 de mayo la invitación de formal del Consejo de la OCDE para convertirse en el miembro número 38 del organismo.
En dicho contexto, para formalizar la adhesión, con el expediente No. 22.187 se presenta el proyecto de Ley “Aprobación del acuerdo sobre los términos de la adhesión de la República de Costa Rica a la Convención de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, suscrito en San José, Costa Rica, el 28 de mayo de 2020; la Convención de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, suscrita en París, Francia, el 14 de diciembre de 1960; el Protocolo Adicional N°1 a la Convención de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, suscrito en París, Francia, el 14 de diciembre de 1960; y el Protocolo Adicional N°2 a la Convención de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, suscrito en París, Francia, el 14 de diciembre de 1960, y normas relacionadas”.
Esta formalización requiere la aprobación de la Asamblea Legislativa de una Ley de cuatro artículos:
En el artículo 1 se aprueban los términos de la adhesión de Costa Rica a la OCDE, con base en:
El Acuerdo sobre los términos de la adhesión de la República de Costa Rica a la Convención de la OCDE, suscrito en San José, Costa Rica, el 28 de mayo de 2020;
La Convención de la OCDE, suscrita en París, Francia, el 14 de diciembre de 1960;
El Protocolo Adicional N°1 a la Convención de la OCDE, suscrito en París, Francia, el 14 de diciembre de 1960; y
El Protocolo Adicional N°2 a la Convención de la OCDE, suscrito en París, Francia, el 14 de diciembre de 1960.
En el artículo 2 se crea el Consejo Rector Nacional para la OCDE como responsable de la aprobación y el seguimiento del Plan de Trabajo que el Estado costarricense deberá desarrollar y promover en el marco de la OCDE.
Este Consejo estará integrado por:
Ministerio de Comercio Exterior, quien preside y actúa como Secretaría Técnica,
Ministerio de la Presidencia,
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto,
Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, y
Ministerio de Hacienda.
Este artículo, además de requerir un reglamento que regule el actuar de las diferentes instancias, establece que el Ministerio de Comercio Exterior “será responsable de la coordinación nacional entre los órganos, entes y poderes públicos que correspondan, según los temas de competencia de cada uno, a efecto de formular e implementar el referido Plan de Trabajo”, mientras que las responsabilidades en “la definición y ejecución de la política exterior del Estado costarricense” recaen en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
El artículo 3 regula el presupuesto, el pago de cuota de membresía y las obligaciones derivadas en el marco de la OCDE, donde el Ministerio de Comercio Exterior deberá incluir en su presupuesto el monto correspondiente al pago de la cuota de membresía anual a la OCDE y la operación de la Delegación Permanente de Costa Rica ante dicho organismo. A la vez, las otras instancias públicas también deberán incorporar el monto correspondiente para desarrollar los compromisos y las acciones derivadas del Plan de Trabajo aprobado por el Consejo Nacional Rector.
En todos los casos, se incorporará en el anteproyecto del presupuesto ordinario de la República que presenten ante el Ministerio de Hacienda, o en el proyecto de presupuesto ordinario que se presente a la Contraloría General de la República, según corresponda.
De esta forma, el Ministerio de Hacienda incorporará los recursos para atender tales compromisos en el Proyecto de Ley de Presupuesto Ordinario de la República, que se presente por parte del Poder Ejecutivo ante la Asamblea Legislativa.
El artículo 4 establece que corresponde al Poder Ejecutivo la designación del funcionario que represente al país en la OCDE en su sede en París (Francia), previa consulta al Consejo Nacional Rector de la conformación de la delegación permanente.
En el caso en que este proyecto se aprueba y el país obtenga su membresía, ¿qué implicaciones se adquieren durante la permanente etapa de “Diseñar mejores políticas para una vida mejor”?
Primero, el país tiene la responsabilidad de participar en más de 300 comités, foros y grupos de trabajo en diferentes ámbitos de temáticas de políticas públicas.
En paralelo, debe desarrollar un plan de trabajo para implementar las recomendaciones de los 22 Comités, así como continuar bajo las evaluaciones periódicas que realiza la OCDE para comprender los desafíos y fortalecer sus políticas. Aunado a estas evaluaciones, están los exámenes de pares, en los cuales, de manera voluntaria, se trabaja en la mejora de la provisión de servicios públicos al ciudadano.
Segundo, el país tiene que continuar su ruta de reformas legislativas y administrativas con el fin de incorporar las mejores prácticas internacionales. Para ello, se deben presentar informes de progreso y reportes periódicos en áreas evaluadas como: mercados financieros, inversión, ciencia y tecnología, asuntos fiscales, comercio, salud, agricultura, política educativa, empleo, trabajo y asuntos sociales, política regulatoria, política de consumidor, economía digital, seguros y pensiones privadas, estadísticas, cohecho, entre otros.
Tercero, el país se compromete en compartir sus experiencias exitosas mediante el intercambio de buenas prácticas, lo cual, no solo implica exponer sus resultados en medio ambiente por ejemplo, sino, adoptar estándares en temas como lucha contra el soborno internacional, elusión y evasión fiscal entre otros.
Y un cuarto aspecto tiene que ver con la consolidación de un sistema de estadísticas e indicadores confiables para la toma de decisiones, con el fin de poder realizar comparaciones entre sus países miembros, evaluar así la efectividad de las políticas públicas y mejorar la consecución de los resultados.
Finalmente, esto puede tener resultados positivos en el sistema de gobernanza pública, entendida como una mejora en la calidad de la gestión de la Administración Pública, así como una mayor efectividad y eficiencia en el gasto e inversión pública. También, le abre las puertas al país para participar en las decisiones globales y de la propia organización, ya que, los países de la OCDE representan el 80% del comercio internacional e influye en las dinámicas de inversión, sostenibilidad e inclusión. En todo caso, esta dinámica de mejora continua y reformista obliga a todos los sectores a buscar un consenso en el qué y en el cómo construir una Costa Rica más equitativa en su desarrollo económico y social. Este proceso, requiere transparencia y comunicación permanente.
Dr. Esteban O. Mora Martínez Profesor e investigador del Cicap-UCR
Por: Ms.C Andrea Marín Campos, encargada Gestión de Calidad Universidad de Costa Rica
En la fotografía Andrea Marín Campos.
Es posible que en algún momento hayamos leído en una nota periodística que, según el ranking de universidades QS (Quacquarelli Symonds) para el 2020, la Universidad de Costa Rica (UCR) se ubica en el puesto 19 entre las universidades de América Latina y es la primera en el istmo. Y entonces suponemos que este ranking realiza una jerarquización de todas las universidades latinoamericanas, pero el tema comienza a complejizarse cuando ya no es un número o espacio en la lista, sino un rango de números en el cuál podemos encontrar a la UCR, incluso compartiendo el parámetro con otras universidades. Seguimos leyendo que la UCR ocupa la posición 511-520 de ese mismo ranking QS pero esta vez para su versión global; podemos incluso volver aún más complejo el escenario cuando advertimos que la misma universidad ocupa el puesto 901-1000 del Academic Ranking of World Universities (ARWU) conocido como ranking de Shanghái o la posición 601–800 del The Times Higher Education World University Rankings (THE), todos estos para el año 2020.
¿Es acaso que estos rankings no tienen precisión y por eso indican rangos tan grandes para posicionar a la Universidad? o bien, ¿existe un ranking mejor que los otros y por eso algunos se presentan las diferencias? Y esto a pesar de que en la lista generalmente participan las mismas universidades del mundo.
Lo primero que debemos tener claro para entender el tema de los rankings, es que estos son instrumentos de medición, que se construyen a partir de un objetivo a medir y que para esto se establecen criterios e indicadores. Por ejemplo, el ranking de universidades QS es una publicación anual que tiene como objetivo ser un instrumento para la toma de decisión que hace una persona estudiante a la hora de elegir en cuál universidad estudiar. Metodológicamente agrupa sus indicadores de medición en cuatro grandes áreas: indicadores académicos, indicadores de empleo, indicadores de estudiantes y por último indicadores de internacionalidad.
Cada uno de estos indicadores mide un criterio o aspecto que para el ranking es importante y al que previamente ha asignado un valor o peso según el objetivo a medir, por ejemplo, el Ranking ARWU establece como criterio la “Calidad de la facultad” con indicadores como el número de personas de una institución ganadoras de premios Nobel y medallas Fields e investigadores altamente citados1, mientras que el ranking QS en su criterio de “Indicadores académicos” considera la reputación académica, el índice H, la citación por facultad y el personal docente con doctorados2; por su parte THE estableció el criterio de “Docencia” donde sus indicadores son una encuesta de reputación, proporción de personal a estudiantes, proporción de doctorado a licenciatura, proporción de doctorados otorgados por personal académico e ingresos institucionales3.
Lo segundo que debemos de tener claro es que los rankings construyen una metodología para poder homologar los indicadores que la entidad ha establecido y puedan ser medibles en todas las universidades que participen, es decir, que pueda utilizarse una misma unidad de medición. En este caso utilizaremos como ejemplo al ranking THE que estableció sus indicadores en cinco áreas: docencia, investigación, citación, visión internacional e ingresos de la industria. Estos indicadores se normalizan utilizando por ejemplo la unidad de tiempos completos (considerando el número de horas que implica un tiempo completo para la universidad) y no la cantidad de personas. Así también, se normalizan los datos de ingresos institucionales entre el número de personal académico y de esa forma buscar la paridad del poder adquisitivo (PPA).
Lo tercero que es importante de considerar son las fuentes de información que se utilizan para recopilar los datos para cada indicador. Los rankings pueden considerar encuestas, que son suministradas a las autoridades universitarias o a un departamento designado de las propias universidades y en las que se aportan evidencias o se realizan declaraciones de información. También hay datos que se recopilan de internet (a partir de lo que las mismas universidades generan con su visibilidad web), de fuentes de información bibliométrica de reconocida trascendencia y que trabajan precisamente recopilando esos datos. La selección de dicha fuente de información que realiza un ranking considera la confiabilidad de esa fuente, así como la trazabilidad y disposición de los de los datos disponibles. Por ejemplo, el Ranking ARWU utiliza la Web of Science4 para medir el indicador del número de “papers” publicados en el área de naturaleza y ciencia y también para el número total de artículos indexados en Science Citation Index-Expanded y Social Science Citation Index. Este ranking también utiliza los informes de la compañía Clarivate Analytics para el número de investigadores altamente citados o bien considera agencias nacionales como ministerios específicos, oficinas de registro, consejos de rectorías, entre otros para otro tipo de datos.
Como cuarto y último punto, se encuentra la generación del ranking. Una vez que la entidad ha recopilado los datos para un período específico, realiza la asignación de valor a cada ítem o evidencia recopilada y esto, en última instancia, genera una nota o calificación que permite enlistar a las universidades participantes de mayor a menor, es decir, las que más altos puntajes reflejan en cada una de las categorías se van colocando en las primeras posiciones del ranking. Los rankings pueden considerar un número de universidades participantes o bien considerar la nota como criterio, depende de su metodología y es importante señalar que el número de participantes afecta la posición en el mismo, no solamente la calificación obtenida para los criterios. Asimismo, en esta metodología se define, a partir de un número “x” de universidades, la asignación de una posición en el ranking o bien un intervalo de ubicación. Estos intervalos frecuentemente se asignan porque estadísticamente no existen diferencias significativas en la nota obtenida, y eso hace posible que varias universidades compartan el mismo intervalo. La amplitud de este depende de la variabilidad del grupo de universidades que están compartiendo dicha nota.
Considerando estos cuatro aspectos se puede explicar que la variación del número de posición de una universidad de un ranking a otro no refleja imprecisión de los rankings, sino que responde al objetivo, indicadores y metodología establecidos. De esta forma también puede decirse que el criterio de si existe un ranking mejor que otro es condicionado al objetivo de la medición, pues podría ser de mayor utilidad un ranking para ciertos aspectos y otro para otros; aunque todos representen, en última instancia, parámetros de calidad en los criterios considerados. Cabe señalar que la mejor forma de verificar la confiabilidad y capacidad de medición de un ranking se encuentra en la revisión de la metodología que utiliza, por ende, la transparencia en la información que brinden en esta sección los rankings es clave.
Existen dos cuestionamientos que suelen darse en este tema y a los que no me referí inicialmente para poder abordarlos teniendo en cuenta los cuatro aspectos mencionados, el primero tiene que ver con el cuestionamiento de si puede una universidad influir o no en la mejora de su posición en el ranking. Como se ha visto hay aspectos que no se pueden controlar, por ejemplo, los criterios y metodologías son definidos previamente y el número de universidades varía y esto afecta el posicionamiento global. Pero la clave está en que la propia universidad o la propia persona que quiere tratar de analizar la posición de una universidad en el ranking, debe considerar los valores de los criterios específicos frente a los valores del año anterior, porque estos podrían revelar una mejora en la calificación de los criterios que no se vuelve clara por el posicionamiento en el ranking; asimismo, el análisis de estos criterios y fuentes de información puede arrojar datos sobre cuáles son los aspectos más importantes que se miden y de qué forma se podría mantener y mejorar la posición. Esto no solo significa ser prolijos en la información que es suministrada por parte de las universidades, sino además comunicar y trabajar con la comunidad universitaria, por ejemplo con las personas investigadoras, docentes y estudiantes para que visibilicen la producción y actividades de la universidad a través de una correcta señalización de la afiliación institucional en una publicación o material divulgativo así como las buenas prácticas para establecer dominios de sitios web que sean propios de las instituciones, entre otras prácticas que permiten sumar a los grandes indicadores con los que se mide el trabajo de una universidad.
El segundo cuestionamiento que podría contestarse ahora teniendo el escenario completo es el ¿porqué es importante para una universidad o bien para el país tener presencia en estos rankings? Y es que sin lugar a duda la calidad y excelencia solo pueden lograrse en la mejora, y a su vez esa mejora solo puede darse si medimos los criterios e indicadores en los que queremos avanzar como universidad o como país, reconociendo que estos no son estáticos y pueden cambiar o fortalecerse en la medida que se van desarrollando. Además, hay una importancia en establecer estos ejercicios de medida y comparación no solo sobre la misma universidad, sino con otras de mayor o menor similitud en contexto, región, infraestructura, inversión, políticas, recursos y demás. Esto no significa que la meta sea lograr ocupar primeras posiciones de los rankings, pero sí permite un análisis del trabajo realizado, una orientación de la ruta que puede seguirse y un instrumento sobre el cuál perfilar a una universidad en la docencia, la acción social y la investigación que redundará en el perfil de la comunidad científica que queremos como país.
1 Ranking de Shangai: http://www.shanghairanking.com/ARWU-Methodology-2020.html
Por Ana Catalina Chaves Arias, presidenta de la FEUCR
Laura Rodríguez Rodríguez.
Durante la celebración oficial del 80 aniversario de la UCR, la representante del sector estudiantil compartió sus palabras
A 80 años de la fundación de la Universidad de Costa Rica, es imposible imaginar todos sus procesos transformadores sin la valentía, la rebeldía y el ímpetu del Movimiento Estudiantil. Nuestro papel activo y crítico como jóvenes y estudiantes no se limita al contexto universitario. Si bien, constantemente exigimos una Universidad más inclusiva, al servicio de los sectores más vulnerabilizados, y creadora de mayores y mejores oportunidades para todas las personas, gran parte de nuestras luchas las hemos dado fuera de las aulas.
Hace 50 años, en conjunto con movimientos populares y en las calles, logramos que se archivara un proyecto de Ley que le permitía a la empresa estadounidense Alcoa explotar yacimientos de bauxita en Pérez Zeledón, generando consecuencias sociales y ambientales devastadoras para el país. En el año 2000, el Movimiento Estudiantil, liderado por Eva Carazo, y en conjunto con sindicalistas, colegiales, agrupaciones ambientalistas y cívicas, impedimos la privatización del Instituto Costarricense de Electricidad. En el 2007, nos unimos a las manifestaciones en oposición a la firma del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos; un tratado que, sin duda alguna, ha provocado mayor desigualdad en este país. En la actualidad, seguimos reinventando nuestras formas de lucha por la defensa de la educación superior pública, la autonomía universitaria y la permanencia del estudiantado dentro de esta casa de enseñanza en un contexto de pandemia.
Las y los estudiantes no tememos poner el cuerpo para defender las causas nobles y la dignidad humana. Abrimos camino a las grandes luchas sociales que impulsan cambios estructurales y sistemáticos en busca de sociedades más justas e igualitarias. Señalamos y combatimos las problemáticas de la sociedad y el mundo, llenamos de colores los espacios grises y ajenos, alzamos la voz y denunciamos toda forma de opresión. Incomodamos a los grupos privilegiados que sostienen sus intereses a costa de la multiplicación y normalización de las condiciones precarias de vida y la pobreza. Transgredimos las normas de control y dominación, que buscan alienarnos en una sociedad cada vez más urgente de cambio.
En la Universidad, somos la consciencia de la consciencia: demandamos una UCR que teja vínculos más estrechos y horizontales con las comunidades, que fortalezca y amplíe su sistema de regionalización, que reconozca los derechos laborales de las y los profesores interinos, que garantice espacios universitarios libres de violencia contra las mujeres.
Por ocho décadas, la Universidad de Costa Rica ha acogido nuestros sueños, nuestra diversidad, nuestras sensibilidades y conocimiento. Mediante profesionales altamente capacitados y capacitadas, nos ha enseñado de luchas y sueños colectivos, de la importancia de la solidaridad en una sociedad cada día más individualista. Nos ha permitido encontrarnos, abrazarnos, reinventarnos y hacer de cada espacio una oportunidad para aprender y construir comunidad.
Como movimiento estudiantil, tenemos la responsabilidad histórica de seguir asumiendo un papel político transformador de la realidad, siempre en busca de la justicia social y de clase. Es necesaria la construcción de un movimiento estudiantil aún más crítico, beligerante, valiente, inquieto, más lejano a los espacios de poder y control nacional, más presente, propositivo, más incómodo, más sensible. Nuestra deuda no es solo con las generaciones que lucharon y resistieron para heredarnos una UCR robusta y fortalecida; nuestra deuda es con las próximas generaciones, porque allí afuera hay intereses contrarios a los principios humanistas y solidarios de nuestra Universidad, que buscan arrebatarle a otras y otros su derecho a soñar, estudiar y a seguir escribiendo historia.
Ana Catalina Chaves Arias Presidenta de la Federación de Estudiantes de la Universidad de Costa Rica
Por María Eugenia Bozzoli Vargas, antropóloga, socióloga y profesora emérita de la Universidad de Costa Rica
Una reflexión en torno al contexto histórico que impulsó la consolidación de esta área del conocimiento en la Institución
Dra. María Eugenia Bozzoli Vargas. Foto: Anel Kenjekeeva.
El proceso de institucionalización de las Ciencias Sociales en la Universidad de Costa Rica ha variado según su desarrollo amplio y constante. En los primeros dos años, de 1941 a 1942, la UCR contaba con tres escuelas de lo social: Derecho, Pedagogía, y Letras. La Facultad de Ciencias Económicas y Sociales (FCES), se instaló en mayo de 1943 y Servicio Social en 1944 como Escuela Anexa en la FCES. Ambas respondieron a una petición externa: Ciencias Económicas a la del Centro para el Estudio de los Problemas Nacionales; Servicio Social, años más tarde denominada Trabajo Social, a la del Ministerio de Salubridad, la Caja Costarricense del Seguro Social y el Patronato Nacional de la Infancia. Se colige que estas primeras escuelas y sus asignaturas estaban muy ligadas a urgencias de la sociedad nacional en derecho, en lo educativo, en salud, en lo socioeconómico. Más adelante los saberes acerca de la sociedad humana y sus individuos podrán obedecer a urgencias internas de la propia institución universitaria para proveer conocimiento a la sociedad. La orientación era principalmente docente pero a la investigación en estos primeros años se le daba algún apoyo, por ejemplo en publicaciones.
En los años de 1950, se explicita, conjuntamente con la construcción de la ciudad universitaria, la Reforma modificadora de los planes de estudio, al introducirse los Estudios Generales en 1957; a partir de ese año todos los planes de estudio incluirían, según la carrera, Fundamentos de Sociología (en el Departamento de Estudios Generales), o Principios de Sociología (en Historia y Geografía).
Hacia 1955 se discutía el concepto de departamentalización como implícito a la Reforma que establecería Ciencias y Letras como Facultad Central de la Universidad.
En los años de 1960 se agregan a la Facultad de Ciencias y Letras, la Antropología, la Sociología y la Psicología como carreras, resultado de un proceso que estableció primero la Comisión de Ciencias del Hombre, con profesores de las Facultades de Ciencias Económicas, Educación, Ciencias y Letras y la Escuela de Trabajo Social. La Comisión recomendó la creación de la Sección de Ciencias del Hombre. Se autorizó a esta Sección para ofrecer el grado de Bachillerato, para proporcionar a los estudiantes una base sólida de conocimientos que les permitiera realizar posteriormente estudios para especializarse y profesionalizarse, con una licenciatura, como era el sistema de la UCR, o con maestrías y doctorados fuera de las fronteras nacionales. La Sección pasó a ser el Departamento de Ciencias del Hombre en 1968. En ese mismo año empezó la Escuela de Ciencias Políticas y la Escuela de Periodismo, anexas a la Facultad de Derecho
El Tercer Congreso Universitario es un hito sobresaliente del devenir institucional de las Ciencias Sociales en la UCR. De sus resultados, se crea la nueva Facultad de Ciencias Sociales a partir de 1974, con las Escuelas: Ciencias del Hombre –esta se divide posteriormente, 1977, en Antropología y Sociología por una parte, Psicología por la otra; Antropología será nueva Escuela en 2006-; Ciencias de la Comunicación Colectiva, Ciencias Políticas, Escuela de Escuela de Historia y Geografía –en 1997 Geografía se separa en nueva Escuela; Escuela de Trabajo Social. Se oficializa el Área de Ciencias Sociales para efectos de la representación en el Consejo Universitario; las vicerrectorías incidirán en adelante en el aumento de facilidades para la investigación y de acción social. El Sistema de Estudios de Posgrado, creado en 1975, ha permitido la ampliación del quehacer académico de todas las escuelas de Ciencias Sociales
En el siglo veintiuno es notable el crecimiento arquitectónico y espacial de la UCR, en sus sedes central y regionales, reflejo de la expansión de las actividades docentes, de investigación y acción social, abarcando en ello a las Ciencias Sociales, por lo que crece su complejidad administrativa a lo interno y en sus alcances en lo nacional e internacional.
María Eugenia Bozzoli Vargas Antropóloga, socióloga y profesora emérita de la Universidad de Costa Rica
Por Andrés Jiménez Corrales, investigador del Instituto de Investigaciones Sociales (IIS), docente de la Escuela de Geografía y del Departamento de Salud Ambiental
Una reflexión sobre las condiciones de regeneración y repoblamiento de la capital costarricense
La pandemia que vamos descubriendo día con día, ha resultado ser un “terremoto” que derribó algunas de las fachadas que cubrían las violencias contemporáneas, permitiendo la exposición de un paisaje de contradicciones, exclusiones y desigualdades que agrietan el mundo en mil pedazos. En la ciudad de San José, durante el mes de julio, emergió una realidad oculta ante los ojos de quienes no vivimos esta situación: las cuarterías en la ciudad. Las condiciones de habitabilidad en las que viven cientos de personas han sido expuestas, reflejando la imposibilidad de acceso a una vivienda digna. Las cuarterías son sinónimo de situaciones de pobreza y de violencia que se encuentran en las raíces mismas del sistema.
Las condiciones que viven las personas que habitan las cuarterías están lejos de tener una solución clara que no sea su desplazamiento, por parte de las políticas dirigidas por el gobierno local para la ciudad de San José. Contrariamente, las iniciativas implementadas tienden a profundizar las grietas de la desigualdad y a crear nuevas formas de segregación socio-espacial en la ciudad. Con esto nos referimos al Programa de Regeneración y Repoblamiento de San José: una iniciativa para crear una ciudad exclusiva y excluyente.
Un repoblamiento selectivo
Luego de la década de 1980, el interés de inversionistas y de la clase media y alta por asentarse en la capital se diseminó. Es a partir de la década de los años 2000, cuando se despliegan acciones para concretar una revalorización de la ciudad utilizando la narrativa de la regeneración y el repoblamiento. Así se funda el Programa de Regeneración y Repoblamiento de San José, diseñado y promovido por el Estado y la empresa privada. Cabe aclarar que en esta reflexión, cuando hacemos referencia a San José, nos enfocamos en los cuatro distritos centrales del cantón homónimo, a saber: Catedral, Carmen, Hospital y Merced.
La formulación de este Programa está sustentada en los supuestos de un deterioro físico-urbanístico y un despoblamiento de San José, que, si bien tienen algo de realidad, son ideas que se utilizan como justificante para desplegar un proyecto de ciudad que podemos interpretar, en palabras del geógrafo Neil Smith (2005), como revanchista. De esta forma se ha erigido un imaginario de una ciudad sumida en el caos y la desolación, “raptada” por aquellas personas que no son el objetivo del proyecto de ciudad formulado: personas vendedoras ambulantes, en situación de calle, trabajadoras sexuales, migrantes, pobres (…). Para contrarrestar esto, se ha desplegado una campaña para la recuperación de la ciudad, buscando desplazar personas, cuerpos, infraestructuras y dinámicas que no se encuentren acorde a sus planeamientos ¿Para quiénes se quiere recuperar la ciudad? ¿A quiénes se quiere atraer a la ciudad?
El paisaje de la ciudad se ha modificado a partir de los años 2000. Con el tiempo han ido emergiendo torres residenciales en altura que forman parte de este proyecto de ciudad. Detrás de estas infraestructuras se está produciendo espacio, el cual va más allá que un paisaje, incluyendo actividades y relacionamientos sociales, dinámicas territoriales, usos y modos de ocupación, entre otros elementos.
Las nuevas opciones de vivienda, apoyadas por el gobierno local, están dirigidas a una clase social media y alta. Un apartamento en estos edificios supera los USD$80.000, con dimensiones menores a los 100 m2. De acuerdo a los intereses y demandas de estos “nuevos” consumidores, se intenta moldear la ciudad. A esto se complementa una agenda de recuperación de lo histórico, la creación de marketing urbano, la promoción de turismo, la competencia entre ciudades por la atracción de inversión (por ejemplo, empresas de tecnología) o nuevas estrategias de securitización.
Estos procesos van conformando, en palabras de Delgadillo (2016), un “paisaje urbano, caro, exclusivo y excluyente para la mayoría de la población” (Delgadillo, 2016: 103). De forma distinta, desde los ojos municipales, los resultados alcanzados hasta hoy son celebrados, enunciando el éxito progresivo que ha tenido estas acciones en el cambio de la imagen de la ciudad. Pero, este es un éxito que ha beneficiado ¿A quiénes?
Para construir otros futuros
En este contexto histórico, bajo matices de pandemia, se plantea al mercado como la única vía para lograr soluciones. Por tanto, es importante colocar en debate otras formas de construir futuro, opciones más cercanas a valores cooperativos y solidarios. Por tanto, enunciamos ciertas ideas generales para ser debatidas y alimentadas en debate público:
Es necesario incluir en la creación de políticas de regeneración y repoblamiento de la ciudad, a través de una participación verdadera y no solo consultiva, a las personas que habitan hoy la ciudad.
Es necesario modificar la política pública marco de regeneración y repoblamiento para garantizar un acceso más democrático a la vivienda.
Es necesario garantizar un acceso a la vivienda en las áreas centrales sin distinción de clase, género, nacionalidad o condición migratoria.
Es necesario promover otros modos de gestión para la construcción o rehabilitación de edificios de vivienda, a través de cooperativas u otras formas de asociación, basadas en criterios de solidaridad y apoyo mutuo.
La vivienda, en el sistema en el que vivimos, representa un objeto de consumo más. Su acceso en San José termina representando un producto exclusivo (para unas cuantas personas) y excluyente (muchas personas no tienen acceso). El contexto de pandemia que experimentamos como sociedad, nos lleva a pensar en la ciudad como un ambiente que merece ser disfrutado, habitado y vivido por todas las personas sin distinción de clase, género, etnia, nacionalidad o rango etario.
Referencias bibliográficas
Delgadillo, Victor. 2016. Ciudad de México, quince años de desarrollo urbano intensivo: la gentrificación percibida. Rev. INVI. Vol. 31. N. 88.
Smith, Neil. 2005. El redimensionamiento de las ciudades: la globalización y el urbanismo neoliberal. En: Capital financiero, propiedad inmobiliaria y cultura (Coord.). David Harvey y Neil Smith. Barcelona: Universidad Autónoma de Barcelona.
Por Nicolas Boeglin, profesor de la Facultad de Derecho
Breve puesta en perspectiva
En estos días se informó en algunos medios de prensa que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante CIDH) admitió, para examen sobre el fondo, una petición contra Costa Rica relativa a los derechos de la comunidad indígena Térraba, ubicada en el sur del territorio costarricense. Tal petición fue presentada en el 2012 (véase la nota de prensa del medio digital Delfino.cr y la nota de Informa-tico).
El texto completo del informe de admisibilidad 167/20 de la CIDH está disponible en este enlace oficial de la Comisión y tiene la fecha del 2 de julio del 2020.
Desde el punto de vista procesal, cabe precisar que en esta primera etapa preliminar, la CIDH se limita a verificar si se cumplen (o no) los diversos requisitos de competencia y de admisibilidad vigentes (nota 1). En la región mesoamericana, se puede referir a otro informe de admisibilidad de la CIDH del mes de abril del 2020 relativo a Panamá, en el caso de las comunidades Kunas de Gardi, Comarca Kuna Yala de la región de Nurdargana-Playa Colorada (véase el texto completo).
La defensa del Estado costarricense: un abanico de argumentos jurídicos poco convincentes
Para el caso concreto contra Costa Rica, la CIDH debió escuchar a ambas partes y proceder a valorar la batería de argumentos dados por el Estado costarricense para considerar inadmisible esta petición. Estos van desde cuestionar la legitimidad de los peticionarios hasta aducir que no se han agotado los recursos internos, pasando por alegar que se violó el derecho a defenderse y otras razones de peso relativo (véanse los párrafos 11 al 17 del precitado informe).
Como se verá a continuación, ninguno de estos argumentos presentados por los delegados de Costa Rica surtió mayor efecto en los integrantes de la CIDH.
En una audiencia pública de la CIDH, realizada en el 2013 (véase el video en YouTube), se puede escuchar el tipo de argumentos esgrimidos por los representantes de Costa Rica para restarle validez a las denuncias presentadas por comunidades indígenas (a partir del minuto 24:00 y su reiteración en el minuto 54:21, incluyendo una descripción bastante peculiar sobre el mal funcionamiento del parlamento costarricense en el minuto 55:30).
La decisión de la CIDH en breve
En el informe de la CIDH (véase el texto completo) se puede leer lo siguiente:
«17. La Comisión nota que los hechos denunciados en el presente caso incluyen, pero no se limitan a la falta de reconocimiento adecuado del territorio ancestral, al proyecto de gran escala El Diquís así como a la imposición de la figura de las Asociaciones de Desarrollo Integral».
También se puede leer que:
«21. La Comisión observa que la presente petición incluye alegaciones con respecto a la falta de reconocimiento adecuado sobre el territorio ancestral del pueblo Teribe, la limitación a la participación efectiva y razonable en la toma de decisiones y administración del territorio tradicional y en particular con relación a los proyectos desarrollados en el mismo, el desconocimiento de sus propias instituciones y autoridades indígenas en virtud de la imposición de la Asociación de Desarrollo Integral, la formulación y el inicio de actividades por parte del ICE en conexión a la represa El Diquís sin haber realizado garantizado el acceso oportuno y adecuado a la información y una consulta previa, libre e informada, y la ausencia de recursos judiciales efectivos y adecuados. En atención a estas consideraciones y tras examinar los elementos de hecho y de derecho expuestos por las partes la Comisión estima que las alegaciones de la parte peticionaria no resultan manifiestamente infundadas y requieren un estudio de fondo pues los hechos alegados, de corroborarse como ciertos podrían caracterizar violaciones a los artículos 3 (derecho al reconocimiento a la personalidad jurídica), 8 (garantías judiciales), 13 (libertad de expresión), 21 (derecho a la propiedad), 23 (derechos políticos) y 25 (protección judicial) de la Convención Americana en relación con el artículo 1.1 y 2 de dicho tratado, respecto de los miembros del pueblo indígena Teribe».
En relación con la legitimidad de los peticionarios, la CIDH le recuerda a Costa Rica algunos aspectos que al parecer pasaron por alto sus representantes:
«22. Asimismo, la Comisión observa el argumento del Estado en relación a la legitimidad de los peticionarios para presentar la presente petición. Al respecto señala que de acuerdo a información disponible, 14 personas indígenas “miembros y líderes” del pueblo Teribe así como dos organizaciones indígenas presentan la petición inicial. En este sentido, la Comisión ha concluido que la legitimación activa en el caso de denuncias ante la Comisión se caracteriza por su amplitud y flexibilidad en tanto el artículo 44 de la Convención permite a cualquier persona o grupo de personas, o entidad no gubernamental legalmente reconocida en uno o más Estados miembros de la Organización, presentar denuncias de alegadas violaciones de la Convención sin exigir que tengan autorización de las presuntas víctimas o que presenten poderes de representación legal de las mismas».
Con esta decisión sobre admisibilidad de la petición de la comunidad indígena Térraba (denominada Teribe por la CIDH), la Comisión Interamericana de Derechos Humanos concluye una primera etapa y se abre una segunda en la que se examinarán los diversos aspectos de fondo presentados por las víctimas.
Megaproyecto y derechos de comunidades indígenas: el PHDiquis
Cabe recordar que la actitud del Estado costarricense en relación con el proyecto hidroeléctrico El Diquis (PHDiquis) motivó en el 2011 la visita in situ, a solicitud de organizaciones indígenas, del Relator Especial de Naciones Unidas sobre Derechos Humanos y Pueblos Indígenas, James Anaya (véase el texto completo de su informe de julio del 2011 titulado «La situación de los pueblos indígenas afectados por el proyecto hidroeléctrico El Diquís en Costa Rica»). En este informe, cuya lectura completa se recomienda, se puede leer, además de la serie de valoraciones en torno al PHDiquis como tal, que:
«47. Durante su visita, casi todos los representantes indígenas con quienes se reunió el Relator Especial alegaban que las ADI no representan adecuadamente a los pueblos indígenas, y a su vez manifestaron que los pueblos indígenas perciben la presencia de las ADI en sus territorios como una negación de sus derechos al autogobierno y sus derechos de tomar decisiones respecto a sus tierras y comunidades. Según se informa, las ADI son percibidas como partes de la institucionalidad estatal que regularmente toman decisiones sin informar o consultar con las bases de comunidades indígenas que supuestamente representan. Mientras que en algunos casos los territorios indígenas han adaptado sus estructuras de representatividad a las estructuras de la ADI, en varios otros, incluyendo en el caso del pueblo teribe, la presencia de las ADI ha tenido como resultado la degeneración de las estructuras tradicionales de representación de los pueblos indígenas».
Si bien el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) anunció en el 2018 que «cierra» el PHDiquis (véase la nota del Semanario Universidad), nunca se procedió a realizar ninguna consulta a las comunidades indígenas impactadas por este megaproyecto. Tampoco se registra un reconocimiento público de responsabilidad del Estado por irrespeto a los derechos de comunidades indígenas. El hecho de que el ICE haya desistido de este proyecto por razones ajenas a las reivindicaciones de las poblaciones indígenas no significa que en años previos al 2018 no se haya causado un daño a estas comunidades, al entorno natural en el que se inscribe su cultura y al valor espiritual que para ellas poseen algunos espacios naturales, lo cual puede ahora entrar a ser valorado por la CIDH.
Entorno y cultura indígena en la jurisprudencia reciente del juez interamericano
Sobre este punto particular, en una reciente decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra Argentina (véase el texto completo), se reafirmó el derecho de las comunidades indígenas de la región de Salta sobre sus territorios ancestrales (caso de la comunidad Lhaka Hhonat, nota 2). Entre varios puntos de interés desarrollados por el juez interamericano en esta sentencia (cuya lectura se recomienda), explicó de manera sumamente rigurosa la serie de derechos que se infringen al permitir actividades como la ganadería, la tala ilegal o el alambrado, y llega a concluir que:
«En las circunstancias del caso, los cambios en la forma de vida de las comunidades, advertidos tanto por el Estado como por los representantes, han estado relacionados con la interferencia, en su territorio, de pobladores no indígenas y actividades ajenas a sus costumbres tradicionales. Esta interferencia, que nunca fue consentida por las comunidades, sino que se enmarcó en una lesión al libre disfrute de su territorio ancestral, afectó bienes naturales o ambientales de dicho territorio, incidiendo en el modo tradicional de alimentación de las comunidades indígenas y en su acceso al agua. En este marco, las alteraciones a la forma de vida indígena no pueden ser vistas, como pretende el Estado, como introducidas por las propias comunidades, como si hubiera sido el resultado de una determinación deliberada y voluntaria. Por ello, ha existido una lesión a la identidad cultural relacionada con recursos naturales y alimentarios» (párrafo 284).
Por lo tanto:
«Argentina violó, en perjuicio de las comunidades indígenas víctimas del presente caso, sus derechos, relacionados entre sí, a participar en la vida cultural, en lo atinente a la identidad cultural, a un medio ambiente sano, a la alimentación adecuada, y al agua, contenidos en el artículo 26 de la Convención Americana, en relación con la obligación de garantizar los derechos prevista en el artículo 1.1 del mismo instrumento» (párrafo 289).
Esta decisión del juez interamericano, que reconoce la relación intrínseca que mantiene la cultura de una comunidad indígena con su entorno natural, posiblemente llegue a interesar a muchas otras comunidades indígenas en América Latina que sufren a diario atropellos de todo tipo por la acción u omisión del Estado. En efecto, estos últimos perfectamente califican, en la mayoría de los casos, como una «lesión a su identidad cultural relacionada con recursos naturales y alimentarios».
Como bien se sabe, pese al poco interés de los aparatos estatales por actualizar su accionar en lo relacionado con los derechos de las comunidades indígenas, la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y las interpretaciones que haga sobre el alcance de ciertas disposiciones normativas constituyen mucho más que una guía para los Estados. La jurista Karine Rinaldi es enfática al señalar que:
«esta interpretación evolutiva debe de ser entendida como parte del derecho interamericano, vinculante para los Estados de la OEA que ratificaron la Convención y reconocieron la competencia de la Corte. En este sentido, en palabras del Juez Ferrer Mac-Gregor Poisot, “[l]as interpretaciones que realiza la Corte IDH se proyectan hacia dos dimensiones: (i) en lograr su eficacia en el caso particular con efectos subjetivos, y (ii) en establecer la eficacia general con efectos de norma interpretada”/…/ Paralelamente, la interpretación formulada por la Corte Interamericana va a tener de hecho el mismo valor que la letra del Pacto, e incluso será superior a la redacción de éste [sic], porque como intérprete final del mismo fija la superficie y el alcance de sus cláusulas escritas” (nota 3).
En lo personal, al haber tenido la oportunidad de impartir charlas a funcionarios estatales, incluyendo a personas que trabajan en el aparato de administración de justicia en Costa Rica, resulta evidente el gran desconocimiento que se tiene sobre los alcances precisos de la jurisprudencia interamericana en materia de derechos de poblaciones indígenas.
Finalmente, podemos indicar que las reiteradas demandas que han llegado a conocimiento de la CIDH sobre derechos culturales y territoriales de comunidades indígenas (nota 4) no hacen sino reflejar la recurrente ausencia de reconocimiento de estos derechos a nivel interno y la persistente ineficacia de los mecanismos previstos para garantizarlos en el ordenamiento jurídico interno de los Estados.
El derecho a la tierra de las comunidades indígenas ante un Estado inoperante
Cabe señalar que la inacción del Estado costarricense —que también se evidencia en otras partes de América Latina (nota 5)— en materia de demarcación de territorios indígenas, así como la invasión de personas no indígenas en ellos, ha llevado a las mismas comunidades indígenas costarricenses a proceder a la recuperación de sus territorios. En esta nota de prensa reciente titulada «Guerreras indígenas» (Semanario Universidad, edición del 14 de julio del 2020), se lee que:
«De los veinticuatro territorios indígenas que hay en Costa Rica, se estima que el 40 % de la tierra está en manos de no indígenas, según el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo».
El clima de violencia que se vive en la región de Salitre es particularmente grave: en menos de 12 meses, dos líderes indígenas de Salitre fueron asesinados, sin que a la fecha las autoridades hayan logrado identificar a los autores de estos hechos. Esto motivó recientemente a varios relatores de Naciones Unidas a alzar la voz ante el clima de impunidad que se vive en Salitre (véase al respecto nuestra breve nota titulada «El reciente llamado de mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas señalando la impunidad campante con relación a asesinatos de líderes indígenas en Costa Rica: breves apuntes»).
En cuanto al asesinato de Sergio Rojas, ocurrido el 18 de marzo del 2019, tuvimos la ocasión de examinar las cartas hechas públicas por las Naciones Unidas, con respecto a los requerimientos específicos solicitados a las autoridades costarricenses sobre tal asesinato (véase nuestra nota al respecto publicada en el portal de la Universidad de Costa Rica). Varios de estos requerimientos (formulados en el mes de marzo del 2019) buscaban que hechos similares no se repitieran más en Costa Rica (véase el documento de Naciones Unidas, página 5). Sin embargo, el 24 de febrero del 2020 fue asesinado otro líder indígena: Jerhy Rivera.
Foto extraída de una nota de prensa de la BBC titulada «Asesinato de Sergio Rojas: la conmoción en Costa Rica por la muerte del líder indígena que defendía las tierras de pueblos originarios», edición del 20 de marzo del 2019.
Esta situación, que lamentablemente se da muy a menudo en otras latitudes en América Latina, es sumamente nueva para Costa Rica y no deja de sorprender a muchos observadores internacionales. En una reciente nota de prensa, divulgada por la DW (Alemania), titulada «Dar la vida por el planeta: en un 13 % de los conflictos medioambientales se asesina a algún activista», el coordinador de la plataforma a cargo de elaborar el Atlas Mundial de Justicia Ambiental (véase el sitio oficial), el profesor Joan Martínez-Alier (Barcelona), recordó que:
«Incluso Costa Rica mantiene aún impune el asesinato de dos indígenas defensores de su territorio ancestral».
En el dramático caso de Colombia, recientemente se dio a conocer el «Mapa de la vergüenza» al registrase en tres meses, la muerte de 120 líderes sociales, incluyendo la de líderes indígenas (véase nota de El Tiempo).
Resulta oportuno señalar que en el connotado caso de la líder indígena hondureña Berta Cáceres, asesinada en marzo del 2016, la grotesca trama político-empresarial y la total ineficiencia del aparato estatal hondureño para investigar debidamente este hecho fueron tales que se constituyó un «Grupo Asesor Internacional de Personas Expertas» (Gaipe), con el fin de dilucidar este caso, incluyendo la identificación de los autores materiales y de los comanditarios (véase el sitio oficial e informe del 2017 titulado «Justicia para Berta Cáceres Flores». El Anexo 2 contiene el detalle de las amenazas recibidas por Berta Cáceres). En este informe de finales del 2017 (véase el texto completo), el Gaipe concluye que:
«6. El asesinato de Berta Isabel Cáceres Flores ejecutado el 2 de marzo de 2016, respondió, como mínimo, a un plan concebido, por altos directivos de DESA, al menos desde el mes de noviembre de 2015, habiéndose delegado en uno de los procesados la ejecución del operativo y la articulación con agentes estatales y no estatales para lograrlo».
Tanto Berta Cáceres en Honduras como Sergio Rojas y Jerhy Rivera en Costa Rica beneficiaban de medidas cautelares ordenadas por la misma Comisión Interamericana de Derechos Humanos años antes de su muerte (nota 6). En el caso de Costa Rica, es la primera vez que son asesinadas personas objeto de medidas de protección ordenadas al Estado por la CIDH.
Recientemente, se informó de acciones de recuperación de tierras llevadas a cabo por integrantes de la comunidad indígena Maleku en la Zona Norte de Costa Rica (véase la nota de CRHoy titulada «Ante inacción del Gobierno, pueblo indígena Maleku inicia recuperación de tierras», edición del 10 de julio del 2020). Sería deseable que las autoridades costarricenses tomen acciones para prevenir cualquier acción violenta contra los representantes de estas comunidades Malekus. En efecto, un nuevo acto violento podría dar lugar a un nuevo llamado de atención por parte de entidades internacionales que monitorean la situación de las poblaciones indígenas en Costa Rica.
A modo de conclusión
Admitida la petición de los representantes de la comunidad indígena Terraba, la CIDH procederá en adelante a examinar los diversos aspectos de fondo presentados por las víctimas. En esta etapa, deberá también convocar al Estado costarricense y escuchar sus alegatos, antes de decidirse.
De considerar que las garantías dadas por el Estado son insuficientes y que los aspectos de fondo ameritan ser examinados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, es factible que sea este tribunal el que ordene, en una futura sentencia al Estado costarricense, remediar de manera urgente la situación de irrespeto a sus derechos, de indefensión de sus líderes y de despojo de sus recursos, que denuncian desde varios años diversas comunidades indígenas en Costa Rica y algunas organizaciones sociales.
Es de señalar que esta decisión de la CIDH se da en un momento en que los derechos de las poblaciones indígenas son objeto de una preocupación mucho mayor debido a los efectos del COVID-19 en comunidades indígenas aisladas y con un acceso muy limitado a servicios básicos de salud. Incluso cuando los hay, la falta de preparación en el abordaje cultural por parte del personal médico desplegado puede llevar a reducir el alcance de las medidas sanitarias. La desatención a la ya crítica situación por parte de las autoridades estatales es latente en diversas latitudes: en mayo del 2020, fue la misma CIDH la que advirtió sobre la situación en un comunicado de prensa titulado «La CIDH alerta sobre la especial vulnerabilidad de los pueblos indígenas frente a la pandemia de COVID-19 y llama a los Estados a tomar medidas específicas y acordes con su cultura y respeto a sus territorios» (véase el texto completo).
Nota 1: Sobre los informes de admisibilidad, véase una reciente compilación hecha por la misma CIDH: CIDH, Digesto de decisiones sobre admisibilidad y competencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, OEA, Washington DC, 2020. Texto integral disponible aquí.
Nota 2: Sobre la larga lucha emprendida por la comunidad Lhaka Hhohat, referimos al lector a la siguiente monografía: CELS / IWGIA, Informe IGWIA: el caso Lhaka Hhohat, Buenos Aires, Ennio Ayosa Impresores, 2006. Texto completo integral disponible en este enlace.
Nota 3: Véase RINALDI K., “Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Principio de no regresión ambiental y los derechos de los pueblos indígenas y tribales. Enseñanzas de la jurisprudencia Interamericana», en PEÑA CHACÓN M. (Ed.), El principio de no regresión en el derecho comparado latinoamericano, PNUD/Maestría en Derecho Ambiental, UCR, 2013, pp. 356-384, p. 363. La obra completa está disponible aquí.
Nota 4: Véase al respecto: Corte IDH, Cuadernillo de jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Nº 11: Pueblos indígenas y tribales, San José, Corte IDH, 2018. Texto completo disponible aquí. Podemos a la vez referir a una interesante compilación realizada esta vez por la Comisión Interamericana en el 2015 en relación con ciertas actividades que generan un significativo impacto socioambiental: CIDH, Pueblos indígenas, comunidades afrodescendientes y recursos naturales: protección de derechos humanos en el contexto de actividades de extracción, explotación y desarrollo, Washington DC, OEA, 2015. El texto completo de este informe está disponible aquí.
Nota 5: Véase por ejemplo un muy reciente informe (texto completo) de la Comisión Económica para América Latina de Naciones Unidas (Cepal) titulado «Los pueblos indígenas de América Latina – Abya Yala y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible Tensiones y desafíos desde una perspectiva territorial», publicado en el mes de julio del 2020, en el que se hace ver las serias deficiencias de los Estados de América Latina en atender y en resolver el derecho a la tierra de las comunidades indígenas.
Nota 6: Sobre las medidas ordenadas a Costa Rica en abril del 2015 para resguardar la vida y la integridad física de líderes indígenas en la región de Salitre, véase BOEGLIN N., Pueblos indígenas en Salitre: las medidas cautelares solicitadas a Costa Rica por la CIDH, Maestría en Derecho Ambiental, Universidad de Costa Rica (UCR), junio del 2015. El texto integral está disponible aquí.
Nicolas Boeglin Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica
Por Priscilla Carballo Villagra, profesora de la Maestría en Artes, UCR
La crisis económica actual ha afectado radicalmente al sector cultura. No obstante, este es uno de los grupos más solidarios en la crisis: pusieron a disposición sus películas, dan conciertos fines de semana, leen cuentos en línea, comparten sus montajes y espectáculos, escriben canciones sobre la crisis y, con su trabajo, nos hacen sonreír
Priscilla Carballo Villagra, profesora de la Maestría en Artes, UCR.
Las expresiones culturales son producto y reflejo de las dinámicas sociales, son espacios donde las personas de las artes se hacen preguntas sobre la condición humana. Temas como el amor, la muerte, las condiciones políticas y las guerras han estado presentes en las manifestaciones artísticas como preguntas inminentemente humanas.
Las artes en toda su diversidad están cada día en la vida de las personas. Por ejemplo, basta transitar una calle o tomar un bus, para estar expuestos a la música, a un texto, a una imagen y a otras expresiones del arte.
¿Pero qué pasa con el arte en periodos de crisis como los actuales? El contexto de crisis económica, que se ha generado con la pandemia del COVID-19, ha afectado radicalmente a este sector por la cancelación de actividades colectivas y por los problemas económicos de la población que limitan sus posibilidades de invertir en actividades culturales. Este es un sector que está siendo y va a ser profundamente golpeado por la crisis, y con tiempos venideros realmente inciertos.
La sobrevivencia económica de las personas que se dedican al arte siempre ha sido un reto. Attali, por ejemplo, nos recuerda el caso de Mozart, un personaje fundamental en la historia de la música, pero que en su vida no estuvo cerca de tener estabilidad financiera:
“Nadie vivió más que Mozart la inseguridad del músico empresario, víctima de la despiadada censura económica a todo lo largo de su vida, uno de los primeros prisioneros del dinero abstracto, anónimo, del dinero vestido de negro. Pocos meses antes de su muerte, escribía aún: ‘En vez de pagar mis deudas, ¡sigo pidiendo dinero! […] A causa de mi enfermedad, no he podido ganar dinero. Pero debo añadir que a pesar de mi estado lastimoso, he decidido dar conciertos por suscripción en mi casa para poder hacer frente al menos a mis gastos cotidianos, porque estaba absolutamente convencido de tu ayuda amistosa. Pero hasta eso ha fallado. El destino está tan puesto contra mí —de hecho, únicamente en Viena— que ni siquiera cuando pongo todo de mi parte consigo ganar dinero’” (Attali, 1977, p. 106).
Hasta el día de hoy el escenario no ha cambiado de manera significativa, mucho menos en economías pequeñas como las centroamericanas, donde pocas personas pueden gastar dinero en asistir a una obra, comprar un cuadro, ir a un concierto o comprar libros.
En el actual contexto de crisis económica se habla de sectores que están siendo afectados como el turismo, las pequeñas empresas o los restaurantes. Pero poco se habla de los grupos de teatro que estaban a punto de estrenar una obra, de músicas y músicos que tenían conciertos programados en restaurantes, festivales y hoteles, de las editoriales independientes que publicaron nuevos libros recientemente, de cineastas que iban a proyectar en el Festival de Cine, de los teatros y cines alternativos que tuvieron que cerrar o de la labor de docencia que realizan todos y todas estas artistas para complementar sus ingresos, la cual no puede ser realizada de manera virtual fácilmente. Estas personas trabajadoras independientes vieron paralizadas sus economías y no se vislumbran medidas claras para ellas.
Históricamente, en el país no han existido políticas de protección para las personas trabajadoras de la cultura, ni seguros de desempleo, ni subsidios, y en esto el Estado costarricense ha fallado. En esta crisis tenemos la oportunidad de vencer esta deuda histórica y tomar medidas para apoyar la materialidad de la existencia de estas personas. Del arte se vive y son obreros del arte, por tanto, sus condiciones deben ser atendidas como con cualquier otro sector laboral.
Justamente, esta omisión del Estado sobre la condición de las personas trabajadoras del mundo del arte se debe a dos elementos: en primer lugar, a una limitación estatal y social para comprender el arte como trabajo remunerado y base de subsistencia de las personas que se dedican a él. Y, en segundo lugar, por acciones estatales que jerarquizan y priorizan unos empleos sobre otros, así como un modelo de productividad sobre otro. Desde estos parámetros solo algunos empleos merecen ser protegidos. Es decir, se remite a la urgencia de “rescatar” de la crisis a sectores productivos y laborales prioritarios, y el sector del arte nunca lo es. Se asumen sus productos como bienes de segundo orden, y se deja a la libre del mercado la existencia o no de estos emprendimientos. En esta priorización existen premisas violentas que generan precarización de dicha población laboral.
Irónicamente, a pesar de la dureza de las condiciones, este es uno de los sectores más solidarios en la crisis y que ha estado más presente en la cotidianidad de las clases medias que se han podido quedar en casa. Estos y estas artistas han puesto a disposición sus películas, han dado conciertos fines de semana, han leído cuentos en línea, han compartido sus montajes y espectáculos, han escrito canciones sobre la crisis y el encierro, y nos han sacado una sonrisa moviendo recuerdos y vivencias a partir de su trabajo.
Algunas grandes empresas quieren capitalizar los esfuerzos de las y los artistas para hacer crecer sus redes sociales empresariales. Les proponen hacer presentaciones virtuales desde las plataformas de sus empresas, sin ofrecer nada más; ofrecen visibilidad, como si esto diera de comer. Hacer estas propuestas es irrespetuoso, es seguir sin entender el arte, verlo como el show gratis o como mero espectáculo, sin aportar nada a la dura situación que el sector enfrenta.
Este grupo va a ser posiblemente uno de los que va a retomar labores con más dificultad, por la necesidad de colectividad en su trabajo, porque trabajan desde y con su cuerpo, y en este contexto el contacto corporal es visto como un peligro. Entonces, ¿cómo se hace danza o música sin tocarse entre sí? ¿Cómo se hacen los montajes manteniendo la distancia? ¿Y cómo se agrupa al público para un espectáculo? Si ya generar taquilla es un reto en estos países, ahora con un aforo de 50 % esto resulta imposible.
Aplaudir no basta, nunca ha bastado. Para ellos y ellas el arte es una forma de vida, no es algo recreativo que se hace en el tiempo libre, es parte de lo que son y de lo que hacen. Se necesita una institucionalidad que asuma y comprenda las particularidades del sector, que contemple acciones concretas e inmediatas en elementos básicos de su condición laboral. Es urgente una legislación específica para el sector, la cual contemple formas de cobertura específicas en temas como seguridad social, seguros, subsidios de desempleo, licencias de maternidad. Pero, además, en esta coyuntura es urgente elaborar estrategias para invertir y dinamizar el espacio de la cultura cuando podamos retomar los espacios públicos.
Como ciudadanos y ciudadanas que nos nutrimos de las expresiones culturales, debemos exigir estos apoyos para el sector y no dejarlo solo en este proceso, pues las expresiones culturales construyen ciudadanía y dinamizan el espacio social. La cultura no es gratis y es un deber del Estado invertir en ella, pues con estas acciones se está garantizando un derecho humano: el derecho a participar en la vida cultural y a gozar de las artes.
Fuente Attali, J. (1977). Ruidos: Ensayo sobre la economía política de la música (1. ed. En español). Siglo Veintiuno Ed.
Mtr. Priscilla Carballo Villagra Mtr. Priscilla Carballo Villagra, socióloga, profesora de la Maestría en Artes, UCR
Por Valeria Castro Obando y Alejandro Amador Zamora, investigadores del Prosic-UCR
Las mejoras o avances tecnológicos tienen un impacto económico positivo en el erario municipal, ya sea en recaudación o por ahorros en los procesos
En el contexto de la revolución digital, es vital que los gobiernos locales realicen un proceso de transformación para enfrentar a un usuario cada vez más digitalizado. Sin embargo, índices nacionales como el Índice de Experiencia Pública Digital y el Índice de Transparencia del Sector Público muestran la existencia de un rezago en un porcentaje importante de los gobiernos locales costarricenses en lo que respecta al desarrollo de las páginas web de estas entidades. Los sitios web, sin embargo, son nada más la punta del iceberg en lo que respecta a procesos de transformación digital, pues pese a que se trata de la parte más visible de estos, hay cambios estructurales de gran importancia que se tienen que dar primero a lo interno de los gobiernos locales para que estos se terminen observando en las páginas web de las instituciones.
Esta problemática nos llevó a realizar, a lo largo del 2019, el proyecto “Trazando una ruta hacia la e-Municipalidad”, como parte de las investigaciones desarrolladas en el Programa Sociedad de la Información y el Conocimiento (Prosic) de la UCR. En este trabajo se encontraron una serie de factores que inciden de manera negativa en los procesos de digitalización de las municipalidades, así como las posibles formas de corregirlos.
A través de un censo realizado a nivel nacional sobre uso, acceso y apropiación de tecnologías de información y comunicación (TIC) en gobiernos locales y un análisis cualitativo en el que se visitaron 22 municipalidades de todo el país, se logró identificar una serie de factores que tienen una incidencia directa en los procesos de digitalización de las municipalidades. También se determinó, mediante las propias experiencias municipales, distintas medidas que pueden contrarrestar las dificultades identificadas en los procesos de digitalización municipal.
Factores internos que limitan los procesos de digitalización
Los grandes factores que atrasan los procesos de digitalización pueden dividirse en internos y externos. A su vez, los factores internos se pueden dividir en 4 rubros principales: visión estratégica y gestión, políticos, estructurales y finalmente problemas relacionados con la cultura organizacional de la institución. En este artículo se abordarán algunos de los principales hallazgos en cuanto a estos factores. Sin embargo, para conocer la lista completa se invita al lector a revisar el Informe “Experiencias en los procesos de digitalización en las municipalidades costarricenses”.
Problemas de visión estratégica y gestión
El estudio revela que hay una problemática importante en muchos gobiernos municipales, en cuanto al desconocimiento por parte del sector político, sobre los beneficios que presenta la digitalización. Este problema se acrecienta particularmente en algunos gobiernos locales de zonas rurales, en donde muchas veces el perfil del concejo municipal o de la propia alcaldía es de personas que por su edad o formación ven a la tecnología como un gasto y no como un potencial de desarrollo para la municipalidad. En estos casos, es normal que el desarrollo de la e-Municipalidad no sea visto como una prioridad y los funcionarios encuentren trabas importantes del sector político al intentar llevar a cabo proyectos tecnológicos.
La posible solución
En las municipalidades con esta problemática, es vital propiciar procesos de sensibilización o alfabetización digital en los tomadores de decisión política y en funcionarios clave dentro de la municipalidad, particularmente en el departamento de planificación institucional. Esto debido a que se evidencia que, en municipalidades exitosas en procesos de digitalización, existe un estrecho vínculo entre planificación e informática, entendiendo que la digitalización es una herramienta transversal al quehacer municipal.
También es responsabilidad, particularmente de los funcionarios del área informática, demostrar el impacto económico de las mejoras o avances tecnológicos conforme estos son logrados. Lo anterior es clave, pues durante el estudio se evidenció que es común que este tipo de análisis no sea llevado a cabo y tal estudio permite demostrar con números los efectos económicos positivos que las mejoras tecnológicas tienen para el erario municipal. Ante mejoras económicas (ya sea en recaudación o por ahorros en los procesos), es común que el sector político cambie su parecer con respecto a los procesos de digitalización.
Poca inversión en el capital humano
A lo largo del proceso también se evidenciaron necesidades de capacitación de los funcionarios municipales, particularmente aquellos pertenecientes al área de informática o tecnologías de información. La problemática se visualiza en dos niveles: en el nivel más grave, los funcionarios no cuentan con apoyo alguno de los superiores jerárquicos para asumir este tipo de procesos. En un segundo nivel, hay casos en donde existe un apoyo, pero este es únicamente moral, no conlleva un apoyo económico. Este problema se agudiza en municipalidades de zonas más lejanas, pues muchos cursos o capacitaciones son dados únicamente en la GAM.
La posible solución
Instituciones del Gobierno como IFAM, Racsa y Micitt u organismos como la Unión Nacional de Gobiernos Locales y distintas federaciones de municipalidades deben jugar un papel protagónico, junto con el sector académico, para acercarse con una oferta de capacitación –idealmente gratuita– dirigida a funcionarios del sector municipal. En este contexto, es de gran importancia abordar la problemática de zonas más alejadas como lo son las municipalidades de Puntarenas, Guanacaste, Limón y la Zona Sur. Regionalizar los espacios de capacitación y salir fuera de la GAM es una necesidad y una responsabilidad de muchos actores sociales y políticos si se quiere avanzar en los temas de digitalización y combatir la brecha digital geográfica existente.
Limitaciones presupuestarias y de recurso humano
La inversión tecnológica es costosa, particularmente para los gobiernos locales más pequeños, que cuentan con un recurso financiero considerablemente más limitado. Cuando el recurso financiero es poco y se conjuga con problemas de visión estratégica, los resultados impactan de manera muy negativa los procesos de digitalización municipal. Adicionalmente, el poco capital humano es una limitación bastante generalizada en las municipalidades. De acuerdo con resultados del estudio, un 15 % de las municipalidades no cuenta con una sola persona del área de informática en su planilla y otro 40 % apenas tiene una. Llevar a cabo procesos de digitalización con tan poco personal es casi imposible.
Posibles soluciones
La digitalización genera ingresos, ya sea directos o a través de ahorro de recursos. Mejoras en la digitalización municipal suelen tener efectos positivos en la recaudación de impuestos. Es importante cuantificar el efecto económico que han tenido las mejoras tecnológicas en la recaudación de municipalidades exitosas, con el fin de que estas sirvan de ejemplo para propiciar que los tomadores de decisión den un mayor énfasis a este tipo de procesos.
Por otro lado, los funcionarios municipales participantes de la investigación señalaron como soluciones alternativas, al poco recurso financiero o humano, el apalancamiento con herramientas de software libre (es importante la capacitación en este tipo de temas), el logro de convenios con otras instituciones para apoyar procesos de digitalización y el uso de figuras alternativas como pasantías de estudiantes de informática o carreras afines, o bien a través del Trabajo Comunal Universitario (TCU).
Problemas con la cultura organizacional y la resistencia al cambio
Un problema muy complejo en la adopción de nueva tecnología es la resistencia al cambio. Este problema está parcialmente relacionado a la falta de involucramiento del personal municipal en procesos de mejora tecnológica, así como algunos elementos de resistencia relacionada con analfabetización digital por parte de algunos funcionarios. Es reiterado escuchar el temor de algunos que consideran que las mejoras tecnológicas traerán como consecuencia su eventual despido; cuando este tipo de funcionarios tiene una cuota de poder (real o simbólico) dentro de la municipalidad, pueden traerse abajo procesos de digitalización por sí solos.
Posibles soluciones: En cuanto a la resistencia al cambio, es importante generar procesos de sensibilización y preparación del personal. Uno de los aspectos más relevantes para disminuir la resistencia es incluir al personal externo a informática en el desarrollo de proyectos tecnológicos pues, pese a que el departamento de TI puede ofrecer una solución o herramienta tecnológica para la resolución de un problema, dicho problema corresponde a un área específica de la municipalidad. Por ejemplo, si TI desarrolla un proceso de automatización de patentes, pese a que la solución es proporcionada por los informáticos, la problemática es de la oficina de patentes, la cual debe estar incluida en el proceso de generación de la herramienta de manera que se sientan incluidos y empoderados, y el aprovechamiento sea mayor.
Existen otros problemas varios en los procesos de digitalización, por ejemplo lo que los informantes denominaron “islas de información”, factores políticos, falta de conocimiento de necesidades ciudadanas, entre otros, así como una lista de factores externos que afectan la digitalización. También hay factores positivos que propician y facilitan la evolución de la municipalidad electrónica. Para conocer más sobre esto y otra serie de aspectos, nuevamente los invitamos a descargar el informe del Prosic, al cual pueden acceder dando clic aquí.
*Foto: Valeria Castro Obando y Alejandro Amador Zamora, investigadores del Prosic-UCR
Valeria Castro Obando Politóloga e investigadora del Prosic-UCR
Por Federación de Estudiantes de la Universidad de Costa Rica
La Federación de Estudiantes de la Universidad de Costa Rica (FEUCR) da su criterio sobre la “Adición de un párrafo final al artículo 85 de la Constitución Política de la República de Costa Rica”, solicitada por la Comisión Especial de Reforma Constitucional, Exp. 20.852
Las luchas históricas por un sistema universitario sólido e independiente de fuerzas políticas han sido lideradas por movimientos estudiantiles, los cuales han visto en la universidad pública un espacio para cultivar libertad, desde la cultura y la socialización del saber. Hoy, 102 años después de la Reforma de Córdoba, nuestros ideales siguen siendo los mismos. Queremos una universidad libre, que promueva el saber y el desarrollo en las regiones para construir un mejor país.
En este sentido, las distintas representaciones de sedes y recintos regionales de la Universidad de Costa Rica hemos asumido con responsabilidad nuestro rol de cogobierno, señalando activamente lo que sabemos que se puede mejorar. Por esto, frente a los intereses de la Asamblea Legislativa por modificar la Constitución Política, en su artículo 85, tenemos claro, como Directorio de la Federación de Estudiantes de la Universidad de Costa Rica y en unidad con las demás representaciones regionales, el rechazo absoluto a cualquier propuesta que venga a menoscabar o condicionar nuestra autonomía universitaria.
Las sedes y recintos regionales somos Universidad de Costa Rica y somos también producto del mismo interés de nuestra Institución por llevar desarrollo a las regiones del país, que hasta el día de hoy siguen con grandes rezagos. Esto último, producto de las mismas políticas estatales que han promovido durante décadas el vallecentrismo.
Así, el sistema de regionalización nace hace 52 años con la fundación de la Sede Regional de Occidente y, a partir de esto, es que las universidades estatales se expanden a las regiones, dotando a las comunidades de investigación, docencia y acción social, generando entre sí una simbiosis entre universidad y comunidad. Hoy, la Universidad de Costa Rica es parte de las regiones, tanto así que no podríamos imaginar a una ciudad de San Ramón sin su recinto universitario, pues este se volvió un espacio de cultura para dicha comunidad. Recalcamos que rechazamos ese “intento de fortalecimiento” de nuestro sistema de regionalización a través de una reforma constitucional.
Más allá de las buenas intenciones que se muestran con este proyecto, vemos un claro desconocimiento del funcionamiento de nuestra Universidad, así como del proceso y los planes de regionalización universitarios. Vemos en este proyecto una visión sesgada y simplista que afecta al mismo proceso de regionalización. Por ejemplo, en este, se deja por fuera del alcance de la propuesta a cuatro recintos universitarios de tres sedes regionales.
Señoras y señores diputados, esto es un claro desconocimiento de las repercusiones que pueden tener sus acciones, además que denota un uso de información a conveniencia política. Hablamos de la Sede de Occidente, la Sede
Interuniversitaria de Alajuela y la Sede del Atlántico, las cuales entrarían en una situación financiera muy peligrosa en caso de aprobar modificaciones constitucionales como estas.
Asimismo, señalamos la violencia abrupta a nuestros principios constitucionales, como lo es el de legalidad, señalados en la el artículo 11 de nuestra Constitución Política y de la misma manera en la Ley General de Administración Pública. Las implicaciones de una modificación de este tipo atentan contra el crecimiento de la regionalización, porque condiciona al rango constitucional nuestro crecimiento como Universidad de Costa Rica.
El principio de legalidad implicaría que, en el supuesto de la aprobación de este proyecto, se le ponga un límite a nuestro sistema educativo. En este mismo sentido, queremos expresar nuestro total rechazo al informe de mayoría presentado por la Comisión Especial que estudia la administración del Fondo Especial para la Educación Superior (FEES) y cualquier otro proyecto que se proponga a raíz de este, pues no solo es una amenaza para la educación superior pública, sino que es un documento cutre, lleno de falacias y tintes políticos que buscan acabar con la libertad de pensamiento usando el tema de regionalización como escudo para justificar sus intenciones.
La autonomía financiera dada por nuestra Constitución Política a través del FEES nos protege frente a esas voluntades políticas que se han hecho ver en el Plenario Legislativo, las cuales buscan condicionar el trabajo de nuestra Institución y cambiar el rumbo de esta. Por esto, queremos externar que ninguno de los niveles de la autonomía universitaria está en mesa de negociación. Nuestra autonomía es un legado que defenderemos todos los días.