Por Dr. Esteban O. Mora Martínez, profesor e investigador del Cicap-UCR
¿De qué trata el acuerdo de adhesión?
El Poder Ejecutivo presentó el 4 de septiembre de 2020 el proyecto de ley que regula el acuerdo de adhesión del país a la Convención de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) y sus protocolos, con el fin de culminar el proceso de incorporación a dicho órgano, luego de cinco años de escrutinio en 22 Comités que examinaron distintos ámbitos de la Administración Pública nacional como salud, empleo, seguridad social, educación, comercio, inversión, agricultura, hacienda, finanzas, entre otros, que busca la implementación de buenas prácticas de políticas públicas en Costa Rica.
Previo a conocer de qué se trata el acuerdo de adhesión, es importante repasar las etapas de este proceso de más una década:
En la primera etapa, durante la Administración Arias Sánchez (2006-2010) se inició el acercamiento con el programa internacional para la Evaluación de Estudiantes en el 2009 (conocidas como pruebas PISA), también en temas de competencia y transparencia fiscal, así como al Centro de Desarrollo de la OCDE para exponer experiencias de políticas de desarrollo económico y social.
Posteriormente, en la gestión de Chinchilla Miranda (2010-2014) se comunicó formalmente a ese organismo el interés de formar parte como miembro de la organización, con un plan de trabajo en los ámbitos político (lobby con otros países miembros) y técnico (mejoras en inversión, educación y comercio entre otros temas).
Esto implicó una ardua participación del país en el Centro de Desarrollo de la OCDE, así como el cumplimiento de tres condiciones específicas:
- Sometimiento a revisiones de políticas públicas (p. e. gobernanza pública, educación vocacional y técnica, agricultura, estadística y apertura de mercado).
- Adopción y suscripción de instrumentos jurídicos relevantes para la Organización (i.e. asistencia administrativa mutua en materia fiscal, corrección, integridad y transparencia en la conducción de los negocios y las finanzas internacionales).
- Participación en distintos comités y grupos de trabajo de la organización.
Debido a estos esfuerzos, es que durante la Administración de Solís Rivera (2014-2018) se consolida el proceso con la invitación formal y el inicio de un análisis de las condiciones del país en 22 Comités evaluadores. Esta ruta se mantiene vigente en la gestión Alvarado Quesada (2018-2022), en la cual, no se finalizan los exámenes en marzo de 2020, sino que Costa Rica recibe el 15 de mayo la invitación de formal del Consejo de la OCDE para convertirse en el miembro número 38 del organismo.
En dicho contexto, para formalizar la adhesión, con el expediente No. 22.187 se presenta el proyecto de Ley “Aprobación del acuerdo sobre los términos de la adhesión de la República de Costa Rica a la Convención de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, suscrito en San José, Costa Rica, el 28 de mayo de 2020; la Convención de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, suscrita en París, Francia, el 14 de diciembre de 1960; el Protocolo Adicional N°1 a la Convención de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, suscrito en París, Francia, el 14 de diciembre de 1960; y el Protocolo Adicional N°2 a la Convención de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, suscrito en París, Francia, el 14 de diciembre de 1960, y normas relacionadas”.
Esta formalización requiere la aprobación de la Asamblea Legislativa de una Ley de cuatro artículos:
En el artículo 1 se aprueban los términos de la adhesión de Costa Rica a la OCDE, con base en:
- El Acuerdo sobre los términos de la adhesión de la República de Costa Rica a la Convención de la OCDE, suscrito en San José, Costa Rica, el 28 de mayo de 2020;
- La Convención de la OCDE, suscrita en París, Francia, el 14 de diciembre de 1960;
- El Protocolo Adicional N°1 a la Convención de la OCDE, suscrito en París, Francia, el 14 de diciembre de 1960; y
- El Protocolo Adicional N°2 a la Convención de la OCDE, suscrito en París, Francia, el 14 de diciembre de 1960.
En el artículo 2 se crea el Consejo Rector Nacional para la OCDE como responsable de la aprobación y el seguimiento del Plan de Trabajo que el Estado costarricense deberá desarrollar y promover en el marco de la OCDE.
Este Consejo estará integrado por:
- Ministerio de Comercio Exterior, quien preside y actúa como Secretaría Técnica,
- Ministerio de la Presidencia,
- Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto,
- Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, y
- Ministerio de Hacienda.
Este artículo, además de requerir un reglamento que regule el actuar de las diferentes instancias, establece que el Ministerio de Comercio Exterior “será responsable de la coordinación nacional entre los órganos, entes y poderes públicos que correspondan, según los temas de competencia de cada uno, a efecto de formular e implementar el referido Plan de Trabajo”, mientras que las responsabilidades en “la definición y ejecución de la política exterior del Estado costarricense” recaen en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
El artículo 3 regula el presupuesto, el pago de cuota de membresía y las obligaciones derivadas en el marco de la OCDE, donde el Ministerio de Comercio Exterior deberá incluir en su presupuesto el monto correspondiente al pago de la cuota de membresía anual a la OCDE y la operación de la Delegación Permanente de Costa Rica ante dicho organismo. A la vez, las otras instancias públicas también deberán incorporar el monto correspondiente para desarrollar los compromisos y las acciones derivadas del Plan de Trabajo aprobado por el Consejo Nacional Rector.
En todos los casos, se incorporará en el anteproyecto del presupuesto ordinario de la República que presenten ante el Ministerio de Hacienda, o en el proyecto de presupuesto ordinario que se presente a la Contraloría General de la República, según corresponda.
De esta forma, el Ministerio de Hacienda incorporará los recursos para atender tales compromisos en el Proyecto de Ley de Presupuesto Ordinario de la República, que se presente por parte del Poder Ejecutivo ante la Asamblea Legislativa.
El artículo 4 establece que corresponde al Poder Ejecutivo la designación del funcionario que represente al país en la OCDE en su sede en París (Francia), previa consulta al Consejo Nacional Rector de la conformación de la delegación permanente.
En el caso en que este proyecto se aprueba y el país obtenga su membresía, ¿qué implicaciones se adquieren durante la permanente etapa de “Diseñar mejores políticas para una vida mejor”?
Primero, el país tiene la responsabilidad de participar en más de 300 comités, foros y grupos de trabajo en diferentes ámbitos de temáticas de políticas públicas.
En paralelo, debe desarrollar un plan de trabajo para implementar las recomendaciones de los 22 Comités, así como continuar bajo las evaluaciones periódicas que realiza la OCDE para comprender los desafíos y fortalecer sus políticas. Aunado a estas evaluaciones, están los exámenes de pares, en los cuales, de manera voluntaria, se trabaja en la mejora de la provisión de servicios públicos al ciudadano.
Segundo, el país tiene que continuar su ruta de reformas legislativas y administrativas con el fin de incorporar las mejores prácticas internacionales. Para ello, se deben presentar informes de progreso y reportes periódicos en áreas evaluadas como: mercados financieros, inversión, ciencia y tecnología, asuntos fiscales, comercio, salud, agricultura, política educativa, empleo, trabajo y asuntos sociales, política regulatoria, política de consumidor, economía digital, seguros y pensiones privadas, estadísticas, cohecho, entre otros.
Tercero, el país se compromete en compartir sus experiencias exitosas mediante el intercambio de buenas prácticas, lo cual, no solo implica exponer sus resultados en medio ambiente por ejemplo, sino, adoptar estándares en temas como lucha contra el soborno internacional, elusión y evasión fiscal entre otros.
Y un cuarto aspecto tiene que ver con la consolidación de un sistema de estadísticas e indicadores confiables para la toma de decisiones, con el fin de poder realizar comparaciones entre sus países miembros, evaluar así la efectividad de las políticas públicas y mejorar la consecución de los resultados.
Finalmente, esto puede tener resultados positivos en el sistema de gobernanza pública, entendida como una mejora en la calidad de la gestión de la Administración Pública, así como una mayor efectividad y eficiencia en el gasto e inversión pública. También, le abre las puertas al país para participar en las decisiones globales y de la propia organización, ya que, los países de la OCDE representan el 80% del comercio internacional e influye en las dinámicas de inversión, sostenibilidad e inclusión. En todo caso, esta dinámica de mejora continua y reformista obliga a todos los sectores a buscar un consenso en el qué y en el cómo construir una Costa Rica más equitativa en su desarrollo económico y social. Este proceso, requiere transparencia y comunicación permanente.
Dr. Esteban O. Mora Martínez
Profesor e investigador del Cicap-UCR