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Etiqueta: Yiski

CONCEVERDE y otros movimientos protestan ante informe del SINAC/MINAE Heredia

El día jueves 6 de mayo del 2021, un representante de CONCEVERDE escribió a una representante del SINAC para presentar una nota en la cual le presentaron su inconformidad con respecto al informe No. SINAC-ACC-OH-1364-2020, el cual coadyuvó para que el Tribunal Ambiental Administrativo desestimara denuncia conocida bajo el Expediente No. 087-19-03-TAA.

Se recibió una respuesta de la señora María Elena Fournier Solano, de Yisky, ese mismo día, en la cual indicó que apoyan en todos sus alcances, la disconformidad sobre la situación descrita, y agregó que, con sólo echar un vistazo a las fotos y la denuncia interpuesta, parece de toda lógica que ha habido un daño socioambiental. También indica que parece muy obvio el daño, pero que no se quiere ver la dimensión de este acto al intervenir el cauce natural de un río y que puede significar un problema serio en ese mismo sitio.

María Elena resalto que como señala uno de los 10 principios de la defensa, protección y conservación del agua que propone la activista mundial Dra. Maude Barlow, que lideró el movimiento ante las Naciones Unidas, para que se declarara el acceso, calidad y cantidad del agua como un Derecho Humano (y que, desde la UNED, están promoviendo con el Proyecto “Ambiente y Arte” bajo su propia coordinación) y para el caso que se expone especialmente resaltó los principios No. 2, el No. 5 y en especial el No. 8 y el No. 9.

El día 10 de mayo el señor Rafael Gutiérrez indicó a su vez que este tema fue respondido por la Oficina de Heredia y se indica que las denuncias están presentadas en las instancias judiciales respectivas. José Francisco de CONCEVERDE respondió que él conocía que fue respondido por la Oficina de Heredia, pero recalcó que el objetivo de la protesta es en contra del Informe de Gira ACC-OH-1183-2020, el cual llevó a que el Tribunal Ambiental Administrativo desestimara una denuncia, en tanto ese informe se sustenta en una gira de inspección realizada un año y medio después de haberse denunciado los hechos ante el SINAC Heredia y el Tribunal Ambiental Administrativo, informe del SINAC que no señala e informa sobre todos los hechos, al señalarse que sólo se llevó a cabo una “recava”, y por tanto “ NO PROCEDE REALIZAR NINGUNA PROPUESTA DE VALORACIÓN ECONÓMICA DE DAÑO AMBIENTAL”.

En el informe se omiten hechos como dejar sin agua el río a causa de apresamientos, muros de gaviones, construcción de caminos dentro del río, movimientos de piedras etc.… José Francisco señala que la omisión de las personas que redactaron el informe o del SINAC, no hizo más que ayudar a que el responsable de cometer los hechos saliera librado ante la instancia administrativa (TAA). Añade que es preocupante para los que han denunciado los hechos realizados sobre el Río Tibás y su zona de protección, que sea con base en el INFORME DE GIRA ACC-OH-1183-2020 u otro igual de omiso y complaciente con el responsable de los hechos, que la Fiscalía valla a resolver.

Se propone una reunión con las personas interesadas, para explicar con una línea del tiempo y los insumos correspondientes ambos casos que se atendieron en el Río Tibás. José Francisco de CONCEVERDE agradece por la disposición de tener una reunión. E indica, que en su condición de quien presentó la queja y/o inconformidad con el informe de gira ACC-OH-1183-2020, que se le informe bien cuál sería el objetivo de la reunión y quienes participarían por parte del MINAE/SINAC.

Añade que como uno de los denunciantes ante la oficina de la denuncia por los hechos en el Río Tibás llevados a cabo en la finca de sociedad supuestamente representada por Fabio Rojas, solicitó en caso de existir otro u otros “informes de gira” que no sean el ACC-OH-1183-2020, que se le envíe copia de los mismos por el correo electrónico.

Luego de un tiempo de haber solicitado informe de gira sobre el caso del Río Tibás, derivado de inspección en la finca de en Emeral And Sons Projects S.R.L cuyo representante supuestamente es el señor Fabio Rojas, no recibió ningún informe. No obstante, indica que ha obtenido por otros medios el informe solicitado, el cual es el INFORME DE GIRA SINAC-ACC-OH-310 del 26 de marzo del 2019.

Del informe de marras, es claro que sólo investigaron movimientos de tierras dentro de la finca, por lo que indica que echaron de menos que no se fuera a investigar todos los hechos denunciados por el suscrito y otras personas, como fueron tala en área de protección del Río Tibás, actividades u obras dentro del mismo río, como apresamientos con tierra y piedras, construcción de caminos dentro del lecho, Consta en el informe (copia textual):

  • En el recorrido por la finca en el sector que colinda con el Río Tibás, se puede observar que hubo un movimiento de tierra dentro del área de protección de dicho río. Que de acuerdo con el propietario es por un asunto de protección por crecidas del río en épocas de lluvias fuertes

(…)

  • Además del movimiento de tierra, se puede apreciar una esquiva de árboles de especies variadas, los cuales fueron cortados mediante el certificado de origen N°31635, el cual consta en el expediente VC-VC05-CO-PF-070-2018 de esta oficina.
  • También se le solicito retirar los troncos de madera a otro sitio fuera de la zona de protección.”

Dentro de áreas de protección de los ríos no se puede llevar a cabo eliminación de árboles, aun con un certificado de origen, por lo que José Francisco indica que se imagina que al citar tal hecho, se quisieron referir a talas llevadas a cabo fuera de esa área; entonces surge la duda del por qué no se evidenció o sobre la tala en el área de protección, donde era evidente que se había vulnerado esa zona con talas, y que cuando fueron, todavía estaban los troncos dentro de dicha área; y también cuestiona, cuál fue la razón para solicitar al representante de la dueña de la finca, que retiraran los árboles dentro de la zona de protección. También surge la duda del por qué omitieron informar de manera contundente sobre las obras llevadas a cabo dentro del cauce del río, actividades que, por su tamaño, no pudo ser posible que no las vieran, además de estar en la zona que hicieron la inspección.

Adjunto se encuentran una serie de imágenes bajadas de Google Earth donde se aprecia el cambio que tuvo el área de protección del Río Tibás a partir de diciembre del 2018, fecha aproximada donde comenzaron a llevarse a cabo las obras de movimientos de tierra, talas en área de protección del Río Tibás y actividades dentro del lecho del mismo río.

 

Compartido con SURCOS por CONCEVERDE.

Agua es Vida y Yiski se pronuncian ante proyecto de ley de agua

SURCOS recibió el siguiente comunicado:

«¡DIGAMOS NO A LA NUEVA «LEY DE AGUAS», DE PAOLA VEGA!

  1. Porque pese a la trascendencia que tiene una nueva Ley de Aguas, este proyecto ha sido tramitado DE ESPALDAS A LOS HABITANTES, a pesar de que sustituye sin justificaciones expresas, la magnífica Ley de Aguas que nos legara el Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, la cual, en virtud de sustanciales actualizaciones, ha abierto el camino a la incorporación en la normativa legal costarricense, a que el acceso al agua, como bien demanial, en cantidad y calidad adecuadas, sea un Derecho Humano. La precipitación en su trámite no ha permitido incluso, que la gran mayoría de los señores diputados hayan tenido la oportunidad de conocer sus detalles técnicos, y mucho menos debatir sobre ellos como es su responsabilidad. Ello, pese a que es quizá el proyecto de ley MÁS IMPORTANTE que jamás habrían de decidir.
  2. Porque la excelente Ley de Aguas, legado del Dr. Calderón Guardia, que quieren enterrar, es tan VISIONARIA que ha servido de sustento a decenas de normas incluidas en la Constitución Política de Costa Rica, leyes, códigos, matrices de protección de acuíferos, legislación ambiental, normativa ambiental sobre la contaminación de las aguas, SENARA, ARESEP, etcétera. Por lo tanto, ES UNA MENTIRA decir que la actual ley de aguas es una ley vieja, cuando esta ha demostrado poder actualizarse y mantener el marco jurídico vital que garantiza el derecho al acceso al agua potable.
  3. Porque los muy valiosos e insustituibles ACUÍFEROS SUBTERRÁNEO, hoy bajo la tutela técnica y profesional del Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento (SENARA), quedarían a disposición de un incompetente órgano político, ubicado en el Ministerio de Ambiente. «Dirección de Agua» (a la que simplemente se le cambia el nombre) cuya jerarquía activamente se ha opuesto, a las regulaciones de protección de los acuíferos subterráneos, además formalizadas en atención a resoluciones de la Sala Constitucional. Y es tan evidente la intención de erosionar las funciones de manejo, protección y conservación de las aguas subterráneas, que hasta del nombre del SENARA se elimina cualquier referencia a tan vital área. Así, la REGRESIÓN AMBIENTAL es de tal magnitud, que más allá de la ilegalidad, ha de preocupar infinitamente, las consecuencias de tan insensible e irracional regresión ambiental.
  4. Porque los que pretenden dejar sin protección los invaluables, ¡y a la vez vulnerables!, acuíferos subterráneos, olvidan que, ante la vergonzosa contaminación de nuestros ríos, en extensas regiones del país, así como la sequía que sufren en verano por la disminución de sus zonas de proyección, sus habitantes tienen cifradas sus esperanzas de abastecimiento del líquido vital en las aguas subterráneas. Importante valorar que desde el SENARA se han identificado 58 ACUÍFEROS, costeros, volcánicos y sedimentarios continentales, de los que se nutren más de 17.000 POZOS concesionados en las cuencas del Tárcoles (39%), península de Nicoya (17%), Tempisque (14,4%), Reventazón (5,5%) y Jesús María (3%). Sin embargo, en lugar de proponer un fortalecimiento institucional del SENARA, se busca su degradación.
  5. Porque acorde con la perversa tendencia privatizadora del que llaman «manejo integrado público-privado», se propone la obligación (!) de CREAR SOCIEDADES AGRÍCOLAS como requisito para optar a concesiones de agua para agricultura. Verdaderos órganos privados que habría que inscribir en el Ministerio de Ambiente, formados cada uno por la asociación de cinco dueños de fincas. Aquellos PEQUEÑOS AGRICULTORES que por las más diversas razones no pudieren reunirse en esas muy particulares sociedades, NO podrían obtener concesiones de agua para la atención de sus necesidades. Esto es una privatización del agua de manera solapada.
  6. Porque con no muy sanas intenciones, se amplían indebidamente las condiciones a los derechos de disponer libremente de «agua para uso doméstico», mediante pozos para una casa de habitación o un núcleo familiar, hacia ¡FINCAS DE HASTA 35 HECTÁREAS! O sea, se les otorga a empresarios agropecuarios con fincas de grandes extensiones, permisos previos, sin requisitos, para perforar pozos cual si se tratara para atender las necesidades de una pequeña familia. Otro ejemplo de privatización solapada en un uso doméstico para “pequeñas familias” que viven en “pequeñas” fincas de 35 hectáreas.
  7. Porque se sigue negando la razonable restricción propuesta en su oportunidad, de prohibir la EXPORTACIÓN DE AGUA ENVASADA, desde lugares donde existen comunidades expuestas a periodos, a veces muy largos, de ESCASEZ de agua potable, que sufren así del incumplimiento del acceso al agua en cantidad y calidad, como un DERECHO HUMANO. Tampoco se vislumbra esta prohibición en situaciones de emergencia nacional como lo puede ser una sequía, una pandemia, un problema de salud nacional, contaminación o agotamiento de acuíferos, y otras situaciones adicionales que la lógica de subsistencia, nos dice que es contradictorio exportar agua mientras a lo interno morimos de sed.
  8. Porque es incorrecto siquiera decir, que este proyecto de nueva Ley de Aguas es imprescindible para sustentar la reciente REFORMA CONSTITUCIONAL sobre la materia, y para que el AyA pueda cumplir eficientemente su deber. El que por fugas desde las cañerías del AyA se pierda agua ¡PARA MÁS DE DOS MILLONES DE PERSONAS!, el imperdonable rezago en la construcción del proyecto de abastecimiento Orosi II, el costoso fracaso del proyecto de alcantarillado sanitario del área metropolitana, la desvinculación histórica con las asadas, etcétera, son deficiencias de gestión institucional que NO tienen nada que ver con obstáculos que pudiere tener la magnífica Ley de Aguas del Dr. Calderón Guardia.
  9. Porque al eliminar de las funciones del AyA el ejercer «LA GOBERNABILIDAD» del más importante recurso demanial con que contamos los costarricenses, ¡sin determinar A QUIÉN corresponde esa fundamental función!, coloca al agua en una situación de gran VULNERABILIDAD para su manejo Estatal, frente a crecientes amenazas privatizadoras.
  10. Porque al borrar del AyA la función de «ALCANTARILLADOS», sin determinar con claridad a quién se le encarga, crea un previsible CAOS interinstitucional de inimaginables consecuencias en la función cotidiana de las zonas urbanas, principalmente.
  11. Porque lejos de promover la INCORPORACIÓN COMUNITARIA en el uso sostenible y fiscalización del agua como recurso invaluable de dominio público, más bien contiene evidentes RETROCESOS en este tipo de gestión deseable.
  12. Porque desdeña algunas de las AMENAZAS más preocupantes que en la actualidad penden sobre el agua, como lo son la contaminación, la sobreexplotación, las tomas ilegales y la escasa protección de las fuentes, cual si fuere un recurso inagotable.
  13. Porque a las de por sí desdeñadas ASADAS, que hoy abastecen con agua potable A MÁS DEL 50% DE LAS PERSONAS, se les impone impuestos indebidos bajo la engañosa expresión de «cánones», dificultando aún más su voluntaria gestión.
  14. Porque el ICE y otras empresas menores públicas y privadas de generación hidroeléctrica, se verían obligadas a pagar un irracional e inconsulto IMPUESTO por el uso del agua en sus proyectos, lo cual encarecerá los costos de la generación eléctrica y golpeará de nuevo a los hogares y al sector productivo del país.
  15. Porque nada es por casualidad, pues se siguen lineamientos de entes internacionales con grandes intereses en el comercio del agua, como la GWP-Banco Mundial, el Consejo Mundial del Agua, los Foros Internacionales del Agua, ¡todos con vínculos nacionales!, que ven al agua como UN BIEN ECONÓMICO Y NO COMO UN BIEN SOCIAL de carácter demanial».

Colectivo AGUA ES VIDA NO MERCANCIA/ Yiski

 

*Imagen ilustrativa, UCR.