Agua es Vida y Yiski se pronuncian ante proyecto de ley de agua

SURCOS recibió el siguiente comunicado:

«¡DIGAMOS NO A LA NUEVA «LEY DE AGUAS», DE PAOLA VEGA!

  1. Porque pese a la trascendencia que tiene una nueva Ley de Aguas, este proyecto ha sido tramitado DE ESPALDAS A LOS HABITANTES, a pesar de que sustituye sin justificaciones expresas, la magnífica Ley de Aguas que nos legara el Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, la cual, en virtud de sustanciales actualizaciones, ha abierto el camino a la incorporación en la normativa legal costarricense, a que el acceso al agua, como bien demanial, en cantidad y calidad adecuadas, sea un Derecho Humano. La precipitación en su trámite no ha permitido incluso, que la gran mayoría de los señores diputados hayan tenido la oportunidad de conocer sus detalles técnicos, y mucho menos debatir sobre ellos como es su responsabilidad. Ello, pese a que es quizá el proyecto de ley MÁS IMPORTANTE que jamás habrían de decidir.
  2. Porque la excelente Ley de Aguas, legado del Dr. Calderón Guardia, que quieren enterrar, es tan VISIONARIA que ha servido de sustento a decenas de normas incluidas en la Constitución Política de Costa Rica, leyes, códigos, matrices de protección de acuíferos, legislación ambiental, normativa ambiental sobre la contaminación de las aguas, SENARA, ARESEP, etcétera. Por lo tanto, ES UNA MENTIRA decir que la actual ley de aguas es una ley vieja, cuando esta ha demostrado poder actualizarse y mantener el marco jurídico vital que garantiza el derecho al acceso al agua potable.
  3. Porque los muy valiosos e insustituibles ACUÍFEROS SUBTERRÁNEO, hoy bajo la tutela técnica y profesional del Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento (SENARA), quedarían a disposición de un incompetente órgano político, ubicado en el Ministerio de Ambiente. «Dirección de Agua» (a la que simplemente se le cambia el nombre) cuya jerarquía activamente se ha opuesto, a las regulaciones de protección de los acuíferos subterráneos, además formalizadas en atención a resoluciones de la Sala Constitucional. Y es tan evidente la intención de erosionar las funciones de manejo, protección y conservación de las aguas subterráneas, que hasta del nombre del SENARA se elimina cualquier referencia a tan vital área. Así, la REGRESIÓN AMBIENTAL es de tal magnitud, que más allá de la ilegalidad, ha de preocupar infinitamente, las consecuencias de tan insensible e irracional regresión ambiental.
  4. Porque los que pretenden dejar sin protección los invaluables, ¡y a la vez vulnerables!, acuíferos subterráneos, olvidan que, ante la vergonzosa contaminación de nuestros ríos, en extensas regiones del país, así como la sequía que sufren en verano por la disminución de sus zonas de proyección, sus habitantes tienen cifradas sus esperanzas de abastecimiento del líquido vital en las aguas subterráneas. Importante valorar que desde el SENARA se han identificado 58 ACUÍFEROS, costeros, volcánicos y sedimentarios continentales, de los que se nutren más de 17.000 POZOS concesionados en las cuencas del Tárcoles (39%), península de Nicoya (17%), Tempisque (14,4%), Reventazón (5,5%) y Jesús María (3%). Sin embargo, en lugar de proponer un fortalecimiento institucional del SENARA, se busca su degradación.
  5. Porque acorde con la perversa tendencia privatizadora del que llaman «manejo integrado público-privado», se propone la obligación (!) de CREAR SOCIEDADES AGRÍCOLAS como requisito para optar a concesiones de agua para agricultura. Verdaderos órganos privados que habría que inscribir en el Ministerio de Ambiente, formados cada uno por la asociación de cinco dueños de fincas. Aquellos PEQUEÑOS AGRICULTORES que por las más diversas razones no pudieren reunirse en esas muy particulares sociedades, NO podrían obtener concesiones de agua para la atención de sus necesidades. Esto es una privatización del agua de manera solapada.
  6. Porque con no muy sanas intenciones, se amplían indebidamente las condiciones a los derechos de disponer libremente de «agua para uso doméstico», mediante pozos para una casa de habitación o un núcleo familiar, hacia ¡FINCAS DE HASTA 35 HECTÁREAS! O sea, se les otorga a empresarios agropecuarios con fincas de grandes extensiones, permisos previos, sin requisitos, para perforar pozos cual si se tratara para atender las necesidades de una pequeña familia. Otro ejemplo de privatización solapada en un uso doméstico para “pequeñas familias” que viven en “pequeñas” fincas de 35 hectáreas.
  7. Porque se sigue negando la razonable restricción propuesta en su oportunidad, de prohibir la EXPORTACIÓN DE AGUA ENVASADA, desde lugares donde existen comunidades expuestas a periodos, a veces muy largos, de ESCASEZ de agua potable, que sufren así del incumplimiento del acceso al agua en cantidad y calidad, como un DERECHO HUMANO. Tampoco se vislumbra esta prohibición en situaciones de emergencia nacional como lo puede ser una sequía, una pandemia, un problema de salud nacional, contaminación o agotamiento de acuíferos, y otras situaciones adicionales que la lógica de subsistencia, nos dice que es contradictorio exportar agua mientras a lo interno morimos de sed.
  8. Porque es incorrecto siquiera decir, que este proyecto de nueva Ley de Aguas es imprescindible para sustentar la reciente REFORMA CONSTITUCIONAL sobre la materia, y para que el AyA pueda cumplir eficientemente su deber. El que por fugas desde las cañerías del AyA se pierda agua ¡PARA MÁS DE DOS MILLONES DE PERSONAS!, el imperdonable rezago en la construcción del proyecto de abastecimiento Orosi II, el costoso fracaso del proyecto de alcantarillado sanitario del área metropolitana, la desvinculación histórica con las asadas, etcétera, son deficiencias de gestión institucional que NO tienen nada que ver con obstáculos que pudiere tener la magnífica Ley de Aguas del Dr. Calderón Guardia.
  9. Porque al eliminar de las funciones del AyA el ejercer «LA GOBERNABILIDAD» del más importante recurso demanial con que contamos los costarricenses, ¡sin determinar A QUIÉN corresponde esa fundamental función!, coloca al agua en una situación de gran VULNERABILIDAD para su manejo Estatal, frente a crecientes amenazas privatizadoras.
  10. Porque al borrar del AyA la función de «ALCANTARILLADOS», sin determinar con claridad a quién se le encarga, crea un previsible CAOS interinstitucional de inimaginables consecuencias en la función cotidiana de las zonas urbanas, principalmente.
  11. Porque lejos de promover la INCORPORACIÓN COMUNITARIA en el uso sostenible y fiscalización del agua como recurso invaluable de dominio público, más bien contiene evidentes RETROCESOS en este tipo de gestión deseable.
  12. Porque desdeña algunas de las AMENAZAS más preocupantes que en la actualidad penden sobre el agua, como lo son la contaminación, la sobreexplotación, las tomas ilegales y la escasa protección de las fuentes, cual si fuere un recurso inagotable.
  13. Porque a las de por sí desdeñadas ASADAS, que hoy abastecen con agua potable A MÁS DEL 50% DE LAS PERSONAS, se les impone impuestos indebidos bajo la engañosa expresión de «cánones», dificultando aún más su voluntaria gestión.
  14. Porque el ICE y otras empresas menores públicas y privadas de generación hidroeléctrica, se verían obligadas a pagar un irracional e inconsulto IMPUESTO por el uso del agua en sus proyectos, lo cual encarecerá los costos de la generación eléctrica y golpeará de nuevo a los hogares y al sector productivo del país.
  15. Porque nada es por casualidad, pues se siguen lineamientos de entes internacionales con grandes intereses en el comercio del agua, como la GWP-Banco Mundial, el Consejo Mundial del Agua, los Foros Internacionales del Agua, ¡todos con vínculos nacionales!, que ven al agua como UN BIEN ECONÓMICO Y NO COMO UN BIEN SOCIAL de carácter demanial».

Colectivo AGUA ES VIDA NO MERCANCIA/ Yiski

 

*Imagen ilustrativa, UCR.