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Etiqueta: zona marítima terrestre

Ciudadanía activa lucha por la recuperación de la zona marítima terrestre de las playas Cabuyal, Carbonal y Balsal

Pronunciamiento público

 

¿Por qué luchamos?

Por la dignidad del pueblo costarricense, la que no tiene precio.

Porque la justicia y la verdad deben imperar antes que cualquier apariencia y falsa imagen.

Porque 69 hectáreas de la zona marítima terrestre, es decir, aproximadamente 150 metros desde marea alta hacia el continente a lo largo de 4,5 Km. paralelos a la costa (Zona Restringida), deben continuar perteneciendo a toda la humanidad y no sólo a un grupúsculo de personas.

Porque ese territorio debe ser protegido y defendido y resguardado para el uso y disfrute de las presentes y futuras generaciones de humanos, de tortugas y toda la variedad de flora y fauna que allí se encuentra.

Luchamos bajo la cobertura, obligación y compromiso del Estado de Derecho vigente en nuestra Patria, que legítimamente nos ha concedido como patrimonio nacional nuestra zona marítima terrestre completa, sin segregaciones y sin restricciones, como aquella que pretende que la zona sólo corresponda a cincuenta metros hasta la pleamar (Zona Pública)

¿Dónde está el argumento jurídico que priva a los habitantes del derecho a la zona restringida?:

La lucha que llevamos adelante, se fundamenta en el Artículo 1 de la Ley ZonaMarítimo Terrestre Ley 6043. La cual expresa literalmente, lo siguiente:

Artículo 1º.- La zona marítimo terrestre constituye parte del patrimonio nacional, pertenece al Estado y es inalienable e imprescriptible. Su protección, así como la de sus recursos naturales, es obligación del Estado, de sus instituciones y de todos los habitantes del país. Su uso y aprovechamiento están sujetos a las disposiciones de esta ley.

La Ley de la zona marítima terrestre demanda de nosotros una ciudadanía activa, a la que le corresponde defender los espacios públicos para el disfrute del pueblo y no solamente de las personas que tienen poder político y económico.

La zona que defendemos incluye no solo playas sino también taludes, acantilados, riscos y plataformas que a simple vista no parecieran tener valor; sin embargo, estas tierras se valorizan por su riqueza ambiental tanto en fauna como en flora y por su belleza escénica y por su valor histórico, geográfico y económico.

Organizados en una asociación civil llamada Asociación por el Rescate de la Zona Marítima Terrestre (ARREZOMATE), un grupo de costarricenses hemos demandado al Estado costarricense y a las instituciones que les correspondía el resguardo del bien demanial. Lo anterior, argumentando incumplimiento de la Procuraduría General de la República y el Registro Nacional. Hemos presentado un Juicio Contencioso Administrativo, con el objetivo de que el Tribunal correspondiente anule las inscripciones de propiedad.

Por tanto:

  1. Convocamos a todos los ciudadanos y ciudadanas de nuestro país a defender lo que pertenece a toda la población.
  2. Solicitamos a las instituciones de educación superior pública y privada que prioricen en sus investigaciones y debates en sus medios de comunicación este tema de interés nacional, el cual hasta ahora se ha mantenido aislado a nivel local.
  3. Solicitamos a la Municipalidad de Liberia que asuma su responsabilidad política de defensa y se sume al esfuerzo de la sociedad civil organizada.
  4. Exigimos a las instituciones estatales rectificar sus omisiones por su propia legitimidad.
  5. Hacemos un llamado a los medios de comunicación local y alternativa a realizar investigación, publicar objetivamente sus hallazgos y generar un debate amplio y público.

Urge que accionemos todos nuestros recursos humanos, materiales, legales e institucionales para que, ante cualquier intento de actos abusivos, se interponga la justicia distributiva y la preocupación por el bien común dignos de una democracia real.

Manifestamos confianza en la instancia contencioso administrativa y en los abogados que nos representan para que nuestra zona marítima terrestre vuelva a su origen y continúe siendo un bien demanial del Estado.

Ciudadanía Activa:

Asociación ARREZOMATE Asociación Rescate de la ZMT (Zona Marítimo Terrestre)

Cuenta en BNCR a nombre de ARREZOMATE 100 – 01 – 015 – 006 964 – 8

Cédula Jurídica: 3 – 002 – 696 822

ciudadania-activa

*Imagen de portada con fines ilustrativos tomada de www.panoramio.com

Enviado a SURCOS Digital por Laura Arias.

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FECON: Nueva ley de moratoria a desalojos es inconstitucional y es retroceso ambiental

Presentarán acción legal en los próximos días

 

Dos distintos dictámenes del Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa evidencian que es inconstitucional la nueva Ley 9373, que se firmó la semana pasada aprobada bajo el expediente legislativo 19.139. Esta ley suspende durante 24 meses desalojos a personas, demolición de obras, suspensión de actividades y proyectos en la Zona Marítima Terrestre, Zona Fronteriza y el Patrimonio Natural del Estado.

En el primer dictamen del 5 de marzo de 2014, se indica que el entonces proyecto de ley violentaba entre otras cosas la interdicción de la arbitrariedad, la legalidad, razonabilidad, proporcionalidad y seguridad jurídica y también la tutela efectiva de los bienes demaniales y su correlativa potestad reivindicatoria, la imprescriptibilidad de los bienes de dominio público, la protección ambiental, la no regresión y progresividad en materia ambiental y la separación de poderes. En un segundo informe emitido el 7 de diciembre de 2015, se reiteró que la mayoría de señalamientos con respecto al proyecto de ley no fueron tomados en cuenta.

Cuando el Frente Amplio quiso visibilizar la inconstitucionalidad y regresión ambiental del proyecto mediante una consulta facultativa de constitucionalidad ante la Sala IV, contó con el apoyo de tres diputados del PAC, sin embargo al ver el revuelo del bipartidismo PLN-PUSC en contra de la consulta sobre la constitucionalidad de la ley, sacaron sus firmas para terminar siendo cómplices de este retroceso en materia ambiental en el país. Además, en términos políticos, este es un grave antecedente pues el PUSC y el PLN lograron “torcer la mano” de tres diputados del PAC bajo la amenaza de entorpecer, más aún, las agendas fiscales. El nivel de la discusión y argumentación por parte de estos partidos políticos fue tan bajo que el diputado liberacionista de la provincia de Limón, Danny Hayling, cuyos intereses están vinculados a los negocios de transportes de tierra y mar, recurrió a frases como “pacto satánico” para calificar la intención de hacer la consulta constitucional.

Para los ecologistas esta forma de legislar es populismo, pues se utiliza la pobreza y la desesperación de habitantes de estas zonas para atentar contra el ambiente y legalizar megaproyectos y sus intereses, es además un derroche de recursos y tiempo sumando los millones que implica el salario de los diputados y los recursos técnicos, para que se venga abajo no sólo el proyecto si no la esperanza de una solución más beneficiosa para el ambiente y las personas.

Para el presidente de FECON, Mauricio Álvarez “al texto de ley poco le falta incluir un transitorio que diga no nos importa el ambiente”. Y agrega que “esto significa que todos los megaproyectos que han ido usurpando las zonas especiales, se legalicen por dos años. Serán intocables por ley” enfatizó.

El abogado ambientalista Álvaro Sagot aseguró que “Afortunadamente, la Sala Constitucional ha sido constante en los criterios sobre situaciones similares (esperamos que ahora no vaya a cambiar) como la milla fronteriza, la Zona Marítimo Terrestre e incluso, otra moratoria exactamente igual a ésta, señalando la regresión ambiental, la imposibilidad de adquirir derechos tras la invasión de bienes del dominio público, entre otros aspectos. En la misma línea se ha pronunciado la Procuraduría General de la República, que ha indicado la violación del Estado de proteger los bienes públicos que se materializaría con la aprobación de este proyecto de ley”.

*Informes: http://www.feconcr.org/doc/zonas%20especiales/ Mauricio Alvarez M, presidente FECON.

 

*Imagen con fines ilustrativos tomada de la página de FECON.

Enviado a SURCOS Digital por FECON.

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Audiencia en la Corte Suprema sobre la inconstitucionalidad del Plan Regulador Costero de Carrillo – que beneficia al Hotel RIU

LOS PLANES Y PLANOS  DE RIU

La zona marítima terrestre es propiedad del Estado de Costa Rica.

El Hotel RIU, negocio con el Lic. Echeverría Alfaro en 2006,  sus derechos en Playa Matapalo de Carrillo en Guanacaste.

Días antes de la operación el Lic.  Alfaro ordenó cortar más de 500 árboles en la zona de la playa.

 

Al asumir el control, RIU dijo que la concesión que recibió era ilegal pues no tenía continuidad territorial, estaba cortada por calles públicas, áreas verdes y una quebrada con su respectiva área de protección. Por eso pidió convertirla en tres concesiones. Tuvo que usar 3 personas jurídicas, pues la ley prohíbe entregar más de una concesión a la misma persona. El topógrafo Luis Guillermo Campos Guzmán, hoy presidente del Colegio de Topógrafos y vicepresidente del CFIA, hizo los planos catastrados en 2008, dando cuenta de todos los “obstáculos” que existían en la zona.

Al construir sus hoteles, RIU destruyó y relleno el manglar, entubo la quebrada (foto adjunta) y cortó los árboles que quedaban y le molestaban. Entonces en 2009, propuso una nueva zonificación para la zona marítima terrestre. La Municipalidad aceptó esta configuración con su nuevo Plan Regulador en 2012, acomodando  los estudios técnicos a la propuesta de 2009. Para ello, fue necesario ocultar la anidación de tortugas en esa zona. Borrar la quebrada y desaparecer las calles públicas. El Plan Regulador esta impugnado de Inconstitucional por la Confraternidad Guanacasteca representada por el Lic. Álvaro Sagot. La Sala IV realizará el próximo jueves la Audiencia Oral y Pública sobre el tema. Todos los interesados y medios de prensa pueden asistir. Hotel Riu, ahora quiere volver a unificar sus 3 concesiones. Para eso contrató al mismo topógrafo, que ahora da “fe pública” de que lo que antes existía, ya no existe más(plano adjunto). El trámite de este plano, debía suspenderse, pues así lo ordenó la Sala IV al acoger a trámite la Acción de Inconstitucionalidad expediente 12-13336-007-CO. Sin embargo algunos funcionarios  desobedecen a la Sala y aprueban ese visado. RIU tiene la llave para conseguir que funcionarios públicos, acepten sus solicitudes.

La Sala escuchará por video conferencia a dos biólogas (una argentina y otra española) que hicieron estudios sobre anidación de tortugas en Playa Matapalo (adjuntamos publicación).También expondrá sus argumentos la Procuraduría General de la República, que en su escrito a la Sala (documento adjunto), reconoce la validez de todos nuestros argumentos, al decir:

“V.- CONCLUSION:

De todo cuanto precede se colige que la acción es procedente en los términos expuestos”

Ahora la Sala Constitucional, deberá analizar si el Plan Regulador es Constitucional y si los trámites sustentados en ese documento son válidos.

El caso del Plan Regulador Costero de Carrillo, asume una magnitud que va más allá del hecho concreto. Lo que decidirá la Sala Constitucional al votar este caso, es sobre el modelo de desarrollo costero del país.

 

ASOCIACION CONFRATERNIDAD GUANACASTECA

Confraternidad_gte@yahoo.com

 

Información enviada a SURCOS por Gadi Amit.