Tribunal ordena indemnización a siete estudiantes de Marina Civil tras demanda contra la UCR

El Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda resolvió ante el proceso judicial entre estudiantes de Ingeniería Marina Civil y la Universidad de Costa Rica, donde los demandantes alegan que la universidad promocionó la carrera ofreciendo una doble titulación internacional que incluía un título profesional expedido por una universidad española, lo cual les abriría oportunidades laborales a nivel internacional. Sin embargo, la universidad no cumplió con estas promesas, lo que llevó a los demandantes a tomar decisiones y esfuerzos de formación universitaria durante varios años basados en información incorrecta.

El Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda emitió una resolución en dicho caso de la demanda interpuesta por Floyd Alberto Peterkin Bennet, Elvia Cristina Sánchez Pichardo, Angerine Cruz Reyes, José Arturo Herrera Badilla, Diego Evaristo Cubillo Mena, Bernny José Marchena Morales y Johan Ramón Manzanares contra la Universidad de Costa Rica (UCR). En su dictamen, el tribunal ha desestimado las objeciones planteadas por la UCR, declarando parcialmente fundada la demanda presentada por los demandantes.

Como resultado, la UCR ha sido condenada a indemnizar a cada uno de los demandantes de acuerdo con las siguientes disposiciones: en primer lugar, por los gastos materiales incurridos durante su Licenciatura en Marina Civil, que incluyen matrícula, créditos, transporte, alimentación, hospedaje, papelería, material didáctico y otros costos relacionados con pasantías, debiendo descontarse los montos previamente pagados por la Universidad según lo establecido en la resolución.

En segundo lugar, por el daño derivado de oportunidades frustradas, la UCR deberá pagar 24 meses de salario a Peterkin Bennet y Cruz Reyes, y 12 meses de salario a Sánchez Pichardo, Herrera Badilla, Cubillo Mena, Marchena Morales y Manzanares, calculados conforme a la base salarial determinada en el peritaje, con la correspondiente aplicación de intereses.

En tercer lugar, en cuanto al daño moral, la UCR está obligada a abonar la suma de 10.000.000 de colones a cada uno de los demandantes, con intereses acumulados desde la fecha de la sentencia hasta su efectivo desembolso.

Además, la UCR debe informar a los demandantes sobre posibles soluciones que les permitan reincorporarse y completar sus estudios, dentro de los límites y condiciones establecidos en la sentencia. Asimismo, la Universidad deberá asumir el pago de ambas costas del proceso a favor de los actores.

Esta determinación del tribunal marca un punto de inflexión en el caso, sentando importantes precedentes en materia de responsabilidad administrativa y civil de las instituciones educativas.

Información compartida con SURCOS por el Movimiento de Lucha por Marina Civil UCR.

Imagen ilustrativa, UCR.