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Autor: Hector Ferlini Salazar

Respuesta a Pilar Cisneros

Manuel Delgado

He visto y escuchado, con mucha decepción y con un poco de tristeza, la intervención que hiciera doña Pilar Cisneros hace unos días. Lo primero que sentí al escucharla es que esa no es la doña Pilar que yo conocí y con la que trabajé, aquella mujer valiente que se oponía a los poderosos en defensa de la justicia, en defensa de los desprotegidos. Ahora ella misma se alía con los poderosos, con los medios de comunicación que ella conoce muy bien, con las cámaras patronales y con los partidos tradiciones y se sube a esa ola de borrachera antisindical que está hundiendo al país en el odio, en el temor y en la división.

Yo quiero de manera breve comentar algunos de los puntos de esa intervención.

Empecemos por los salarios. Cuando usted y yo, doña Pilar, trabajábamos en Canal 7, hicimos muchas veces la denuncia de unos salarios insultantes. Recuerdo que en una oportunidad yo le preguntaba a la gente en la calle: ¿Qué haría usted con un salario de medio millón al día? Y la gente se quedaba congelada. ¿Medio millón al día? En esa ocasión había un alto jerarca con ese salario. ¿Hizo algo el poder en torno a esto? Usted recuerda: No hicieron nada, ni una hoja se movió. Lo altos salariazos siguieron oscureciendo nuestro paisaje y aquí paz y allá gloria.

Recientemente hemos tenido casos como el de un gerente bancario que ganaba 29 millones; el del presidente de otro banco, 10 millones; el presidente del Tribunal Supremo de Elecciones, 8 millones; el regulador general, 7 millones.

Tratando de hacer frente al escándalo, el presidente puso un tope. Nadie podrá ganar más de 9,2 millones (ahora habla de poco más de 8 millones). Pero resulta que hay un jerarca por ahí al que no le bastaron, entonces siguió ganando 13 millones mes a mes. La señora Ministra de Hacienda, esa misma que lleva la batuta en el estrujamiento de los trabajadores, dijo entonces que tal excedente en ese salario era legal, pues eran pluses que se habían fijado de acuerdo con la ley. Pero también los salarios de los trabajadores tienen fundamento legal, pues las convenciones colectivas tienen rango de ley. “La ley se estira y se encoje según a quien se le aplica”, decía Aquileo Echeverría. Sabia frase.

Yo suelo hacer el chiste (que es muy real), de que Albert Einstein ganaba en la Universidad de Princeton una suma equivalente a 7 millones de colones de hoy. Alexander Fleming, al descubridor de la penicilina, ganaba en la Universidad de Londres 4,5 millones. Estos jerarcas nuestros quién sabe dónde estudiaron, pero ganan más que Einstein y más que Fleming.

El asunto de fondo es que no hay voluntad de parte del poder político, las cámaras patronales y los partidos políticos de acabar con el festín de los altos salarios. Pero sí se lanzan en cruzada contra los trabajadores que luchan por llevar un milloncito a su casa. (Hay que hacer la aclaración de que la mayoría de los salarios del sector público no llegan a un millón; un millón es el promedio de los salarios públicos, lo que indica que hay decenas de miles de empleados que ganan menos).

Al comienzo del gobierno pasado, el presidente Solís dijo que él no iba a poner en discusión el tema del empleo público en general y de los salarios en particular. Adujo que, de todos modos, ese tema no iba a rendir frutos al fisco en menos de 20 años. Yo publiqué entonces un artículo afirmando que la actitud del presidente era una irresponsabilidad, que el asunto debió haberse comenzado a discutir hacía muchos años. Pero efectivamente ni se discutió antes, ni se discutió entonces, ni se discute ahora. Simplemente se imponen remiendos de manera antidemocrática e injusta.

Vamos con los salarios de los médicos.

No es cierto que los salarios de la médicos, grandes o pequeños, tengan que ver con el problema fiscal del país o con esa deuda de 12 millones de millones que a todos nos preocupa. De todos los salarios del Estado, solo el 42% se pagan con dinero de los impuestos. El resto, los otros 58%, corresponden a instituciones que no dependen del fisco y que se financian con sus propias rentas. Nosotros podríamos reducir a cero los salarios del ICE, o de RECOPE, o del INS, que en nada se vería afectada la deuda interna. Lo mismo ocurre con los médicos. La CCSS es una entidad que se financia con rentas propias que provienen de ese aporte que hacemos los trabajadores mes a mes.

Poner como argumento la deuda pública para atacar a los médicos y sus remuneraciones no puede calificarse sino de demagogia.

Los salarios de los médicos han sido satanizados de manera irracional e injusta. ¿Cuánto gana un médico? Tengo en mi familia un caso de un profesional graduado hace tres años después de nueve años de estudio en la Universidad de Costa Rica y su salario normal apenas llega a un millón y medio. Le llegan, después de todas las rebajas, unos 900.000 mil colones. Un médico general de esta categoría ve a 30 pacientes diarios, 600 al mes. Eso quiere decir que cada cita médica le cuesta a la CCSS 2.500 colones. ¿Y esto le parece un privilegio excesivo? ¿Es justo entonces atacar, vilipendiar, acosar a estos trabajadores?

La Caja tiene 55 mil empleados, y de ellos solamente 2.300, menos del 5%, devengan salarios superiores a 5 millones de colones. Aunque allí están incluidos su Presidente Ejecutivo, los directivos y demás jerarcas nombrados por la política, la mayoría de ellos corresponde a médicos muy especializados, muy calificados y con mucha experiencia. Entonces, no parece justo acosas, amedrentar y vilipendiar al 95% de esos empleados de la salud por algo que no nos gusta del otro 5%.

Doña Pilar recurre a un truco muy poco encomiable cuando mete el enganche médico en esta discusión. Ese privilegio, repudiado por casi todos, no ha sido eliminado porque los partidos tradicionales no han querido eliminarlo. Hay que reconocer que hay un proyecto en la Asamblea Legislativa con ese propósito, pero todavía estamos esperando que algo pase. Pero el enganche médico no ha estado nunca entre las peticiones de las huelgas recientes, no forma parte de las peticiones de los trabajadores y varios sindicatos, entre ellos la ANEP y su líder Albino Vargas, lo han condenado en reiteradas ocasiones.

Aparte de la Caja, hay en el Estado 1.200 empleados que ganan más de 5 millones de colones. Entre ellos están esos angurrientos de salarios de 8 millones o más, los altos jerarcas impuestos por los políticos y por la política de que hablábamos arriba.

Estos 1.200 salarios constituyen el 0,5% del total, una minoría ínfima. Entonces, por un lado, el Estado podría resolver el problema de esa minoría que no representa mayor problema. Pero lo que pasa es que están usando esos datos para atacar de manera falaz e inmoral al resto de los trabajadores.

¿Por qué esta histeria antisindical? ¿A qué se debe esta orgía de ataque a los trabajadores?

Tengo en mi poder un estudio que calcula la evolución de los salarios de los médicos generales con las nuevas normas fiscales recientemente aprobadas. Sucede que para el año 2023 el trabajador habrá dejado de percibir 14,3 millones de colones. Los demás trabajadores de las demás profesiones correrán la misma suerte. El fin confeso es ese plan: reducir los salarios de las clases medias, empobrecer a este sector.

Aducen, entre otras cosas, el “privilegio” de los empleados públicos respecto a los del sector privado. No dicen, sin embargo, que la verdadera vergüenza nacional es que el salario promedio de los trabajadores del sector privado es de 370 mil colones, una infamia que no tiene perdón.

Esa diferencia en el salario se debe a dos factores. El primero es que los empleados públicos en un 75% o más son profesionales. En el sector privado es exactamente al revés: son profesionales solo el 26%. Aun así los salarios públicos son superiores en todos los rangos.

Es muy posible que los salarios públicos siempre hayan sido mayores que los de la empresa privada. Pero además esos salarios se vieron incentivados por la lucha sindical y las convenciones colectivas. Frente a las dificultades de esta lucha, los trabajadores encontraron maneras de ver mejorados sus ingresos, efecto producido principalmente por los pluses. Un salario como el del médico que arriba mencioné, está compuesto por 900 mil de base y 600 mil de pluses. Si desde un primer momento el sueldo del galeno se hubiera cifrado en un millón y medio (o su correspondiente para la época de que se trate), no hubiera sido necesario ese recurso de los pluses o, al menos, no hubieran llegado a significar una parte tan importante del salario. (Los pluses también existen en la empresa privada, principalmente los que tienen que ver con la antigüedad; algunas empresas también reconocen la capacitación profesional, conocimiento de un segundo idioma, etc.)

Cabe señalar que los aumentos salariales del sector público tienen una gran deuda con los sindicatos; no así en la empresa privada, donde el sindicalismo ha sido perseguido a sangre y fuego. Si en el sector privado hubiera, por lo menos en parte, alguna libertad sindical, es muy posible que esas disparidades que comentamos tendieran a cerrarse.

Vamos a pasar a las pensiones.

De nuevo, este tema es motivo de la histeria mediática y en torno a él se miente y se tergiversa.

Hay que decir para comenzar que, salvo en una pequeña porción, las pensiones nada tienen que ver con el fisco ni con la deuda pública.

Veamos. Hay cuatro regímenes fundamentales. El primero es el de la Caja, el de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) y paga pensión a 269.881 beneficiarios, 53,58%  de ellos por vejez, 27,13% por muerte y 19.28% por invalidez.

Este régimen tiene un tope máximo ¢1.612.000 en sus beneficios.

¿Cómo se financia este régimen? Con fondos propios, por el aporte que mes a mes hacen los asegurados (un 3,84% de su salario), más los aportes de la patronal y el gobierno.

El segundo régimen es el del Poder Judicial. Este tiene 3.737 beneficiaros, es decir, funcionarios jubilados. De ellos 735, el 19%, disfruta de pensiones mayores a los 2,5 millones de colones. Es más, solo 257 pensionados, el 6,8% del total, recibe pensiones superiores a 3,5 millones de colones, es decir, que podrían calificarse como pensiones de lujo. Pero eso lo ocultan la prensa, las cámaras patronales y los partidos tradiciones, y utilizan la situación de ese 6,8% para denigrar al conjunto de los trabajadores judiciales.

De nuevo hay que decir que las pensiones del Poder Judicial nada tienen que ver ni con el déficit público, ni con la deuda del Estado, ni con el fisco, pues este régimen se sostiene con sus propios ingresos, provenientes del aporte de los empleados (en este caso el 13% de su salario), más los del patrono y el Estado.

Más compleja es la situación con las pensiones del Magisterio porque allí hay dos regímenes. Uno es el Régimen de Capitalización, creado en 1995, y que da pensión a poco más de 1.500 personas. Este régimen de pensiones tampoco tiene nada que ver ni con el fisco ni con la deuda interna, pues él es un ente autosuficiente, que se financia con las cotizaciones de los educadores, un 8% de su salario.

El problema lo ofrece el otro, el Régimen Transitorio de Reparto. Con ese nombre se denominó en 1995 lo que venía rigiendo en la materia desde 1958, cuando se creó el Sistema de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional. Pero sucede, primero, que desde 1958 y durante 35 años los distintos gobiernos les robaron a los maestros sus cotizaciones. Ese dinerito con que mes a mes cada uno contribuía, lo utilizaba el gobierno para sus gastos corrientes, y nunca conformó un fondo de ahorro o un fondo de capitalización.  Entonces, como no había fondo, las pensiones se iban pagando a costa del presupuesto nacional.

Y segundo problema es que durante muchos años los gobiernos tuvieron la costumbre de sacar a sus amigotes de la academia y nombrarlos en puestos burocráticos (embajadores, viceministros, oficiales mayores, etc.) con el fin de elevarles la pensión. Son esos pensionados los que inflan la lista de los pensionados de lujo.

¿Cuántas son las pensiones altas?

No hay claridad en el país acerca de qué se considera una pensión de lujo. Lo corriente es que se llame así a la superior a 3,9 millones. Son esas las pensiones que devengan el llamado aporte solidario, es decir, una especie de impuesto de renta. El gobierno pasado intentó imponer ese aporte a aquellas que fueran superiores a 2,7 millones, considerando ese monto como el piso de las pensiones de lujo. Y hay quienes afirman que son lujo aquellas jubilaciones que sobrepasan en máximo que paga el IVM, 1,6 millones de colones.

Con estos parámetros tenemos que en el Magisterio existen 750 pensiones de más de 3,9 millones y 1.862 que se sitúan entre esa cifra y los 2,7 millones.

Existen otras llamadas de Gobierno que reúnen a 379 beneficiarios con más de 2,7 millones de colones.

Entonces yo pregunto: ¿Es justo vilipendiar, acorralar, insultar, amedrentar a 275.000 trabajadores públicos por las pensiones de esos 3.000 jubilados de lujo?

Porque eso es lo que hacen los medios, las cámaras y los partidos tradicionales, no buscar soluciones racionales y consensuadas al problema, sino acosar y desprestigiar a los empleados públicos y sus organizaciones. Y a esa campaña de terror se une ahora, por desdicha, doña Pilar.

Termino anotando brevemente que hay una inequidad muy poco alentadora en nuestro sistema de pensiones del IVM, y es que un trabajador que comienza a cotizar a los 35 años de edad se pensiona a los 65 años con 360 cuotas y con los mismos beneficios que otro que empezó a cotizar a los 18, y llega a los 65 años con 564 cuotas.

Esta injusticia se había paliado un poco con la pensión adelantada a los 60 para las mujeres y 62 para los varones, pero esa medida fue eliminada de una manera arbitraria e injusta.

De eso deberíamos estar hablando de manera serena y responsable, no subidos en esa ola de terrorismo mediático.

Dice doña Pilar en su intervención que “no existen costarricenses más costarricenses que otros”. Siento discrepar. Sí existen unos ticos de primera y otros de segunda.

Hace diez años doña Pilar y yo denunciamos por Canal 7 la existencia de megaempresas que reportaban ganancias cero y que, por tanto, no pagaban impuestos.

Yo guardo copia del guion de ese reportaje. Allí denunciábamos a 78 empresas cuyos ingresos sumaban dos millones de millones de colones, lo que en aquella época equivalía a la mitad del presupuesto nacional de la República. Había una con ingresos de 624 mil millones de colones. Otra con 205 millones, tres con más de 100 mil millones y así sucesivamente. Por esas sumas gigantescas de ingresos, esos gigantes pagaban cero impuestos. ¿Cómo la hacían? Pues reportando sumas iguales, idénticas, de gastos.

Un ejemplo. Una reportó ingresos por 29.405.474.975 con 65 céntimos. Al lado, en los costos, como copiado por copy paste, la misma suma, hasta con sus centavos. Los sinvergüenzas no tuvieron ni la molestia de poner, por ejemplo, 50 céntimos en vez de 65.

En resumen, esa fue la historia. La denunciamos y, como era de esperarse, no pasó nada. Seguimos viviendo en el país más feliz de la tierra.

Diez años después, en medio de la pasada huelga y como resultado de la huelga, vuelve a salir a la luz el tema de las megaempresas con ganancias cero. Muchas personas ya venían advirtiendo sobre la elevada evasión fiscal, pero fue el paquete tributario y la lucha contra él los que le dieron volumen al tema.

Sucede que según datos de la Universidad Nacional la evasión fiscal anda no muy lejos de los 3 millones de millones anuales. En una polémica en televisión, el viceministro de Hacienda reconoció que esa evasión alcanzaba del 2,4 millones de millones por año. Yo no tengo idea de cuánto es esa suma, no me cabe en mi cabeza, pero si la evasión no existiera (o al menos no fuera tan elevada) no habría ni déficit fiscal, ni deuda interna, ni la situación calamitosa en que vivimos desde hace años.

Pero nadie hace nada. Al revés, ese plan fiscal que está hundiendo al país en la recesión y al pueblo en la pobreza, les condona a los grandes deudores 190.000 millones por medio de llamada amnistía tributaria. Pienso, luego existo. No pagan, entonces los premiamos.

Entonces allí vemos que sí es cierto que unos son más costarricenses que otros, que hay ticos de primera y ticos de segunda.

Recuerdo que recién llegada doña Pilar a Canal 7, y hablándole de mi persona, le contaba que yo provenía de una familia muy pobre, que había estudiado en una escuela pública y en un colegio público y que luego fui a la Universidad de Costa Rica con beca 11, es decir, la universidad me daba un estipendio para ayudarme con los gastos. De ninguna otra forma hubiera podido yo estudiar. Ella entonces me dijo que cuando ella llegó a este país proveniente de Perú, eso fue lo que más le llamó la atención: cómo los hijos de familias pobres podían convertirse en profesionales. Porque en Perú, me agregó, el hijo de peón es peón toda la vida y punto.

Costa Rica está atravesando por un momento muy difícil. Para mí es el peor de su historia reciente. Está en marcha un gigantesco plan para arrebatarle ese músculo acumulado por décadas. Quieren, en primer lugar y de manera prioritaria, empobrecer a la población reduciendo sus salarios y quitándoles servicios sociales con la excusa de reducir el gasto público.

Quieren devolver al país a la situación en que vivía antes de las reformas de Calderón Guardia, y que tienen tres pilares básicos: la universidad pública, el seguro social y el Código de Trabajo, los tres ahora gravemente amenazados por el plan fiscal. Y para lograr eso, tienen que acabar con los sindicatos, otra de las conquistas de los años cuarenta.

En resumen, nos quieren convertir en un país muy similar al Perú que existía cuando doña Pilar era joven, allí donde el hijo del peón era peón para toda la vida, allí donde solo existía una minúscula oligarquía egoísta, corrupta y dictatorial, por un lado, y una masa empobrecida sin ningún derecho. Eso es lo que quieren.

Y es esto en lo que hay que pensar y es contra esto que hay que actuar.

Doña Pilar, usted es dueña de un gran cariño y un gran respeto. Es un tesoro suyo, sin duda, pero también es un tesoro del pueblo de Costa Rica.

Con ese poder en sus manos, usted podría liderar una lucha por sacar al país de esta horrible pesadilla en que se encuentra, y enrumbarlo por un camino de progreso, diálogo y paz.

La invito a que lo piense serenamente.

Muchas gracias.

 

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Manuel Delgado responde a Pilar Cisneros

SURCOS recibió de la Alianza por una Vida Digna el siguiente video que compartimos.

La Alianza por una Vida Digna es una iniciativa ciudadana orientada a la construcción de pensamiento crítico y democracia participativa, puede consultar toda la información aquí: https://surcosdigital.com/category/derechos/alianza/

Si desea leer la versión texto siga este enlace: https://surcosdigital.com/respuesta-a-pilar-cisneros/

¿Cómo cantar el Himno Nacional ESTE 15 de setiembre?

María Amoretti Hurtado

De todos los símbolos nacionales, el Himno es el más eficiente porque es un rito de jura que además marca el cuerpo con los gestos del poseso: de pie, firmes, recogidos y dignos.

El Himno Nacional de Costa Rica, expone virtudes con las que es difícil no coincidir.

El hombre-poeta que lo escribió tenía una noción de patriotismo muy particular y por eso elude cuidadosamente los lugares comunes del pensamiento republicano, pensamiento medular en el Himno del 15 de Setiembre, que antecedió a nuestro canto nacional, tales como el de la majestad de la ley como si de ella derivaran por generación espontánea la libertad y la justicia. Billo era un ácrata. Creía, más que en la majestad de la ley, en el cultivo del sí mismo, en el autogobierno personal y desconfiaba de cualquier concepto colectivo que manipulara la libertad personal. Eso mismo hubiera suscrito la gran poeta costarricense, cuyo centenario conmemoramos este año: la luminosa Eunice Odio y su liberadora escritura.

Así, por ejemplo, es necesario saber que la palabra patria que aparece en el primer verso del Himno Nacional es una modificación hecha por el jurado. La versión original decía: «Costa Rica tu noble bandera…».

Zeledón no busca sus motivos literarios en el pensamiento republicano, sino en el filón concreto de la realidad cotidiana. Por eso escribió «bajo el manto azul de tu cielo» y no » bajo el límpido azul», -otra corrección del jurado-, porque buscaba expresiones que remitieran a lo concreto cotidiano.

El filón que inspira a Billo no genera vínculos cívicos. Para encontrar el vínculo cívico de la ciudadanía republicana en el Himno, es necesaria una operación metonímica y silogística bastante forzada. Su verdadero vínculo es más profundo, está enraizado en el arquetipo ancestral y primigenio de la diosa madre-tierra y sus principios derivados, como el del crecimiento y las germinaciones, aspectos que se proyectan ahora también en las esculturas de Jorge Jiménez Deredia, prueba de que pervive en nuestro imaginario. Se trata de un vínculo fuertemente interpelativo para el inconsciente colectivo: si la tierra es madre, los costarricenses, siendo hijos de ésta, sólo pueden relacionarse como hermanos. Como fácilmente se colige, este razonamiento se conecta con el patriotismo sólo porque alguien, que no fue Billo, sino don Antonio Zambrana, introdujo la palabra patria en el Himno. Se conecta más bien, con una forma de relación humana que sigue siendo no solo hermosa, sino también eficiente para la paz social: LA SOLIDARIDAD.

Sobre el forzado valor cívico que se le quiso dar y se le sigue dando, el Himno de Costa Rica pondera más bien valores próximos al tiempo de la cotidianidad, al tiempo de la vida, y no al tiempo de la reducida ficción patriótica.

Las virtudes que expone el Himno son:  honradez e integridad.

De todas las actividades sociales, el Himno selecciona la del trabajo por ser la actividad dominante en la vida diaria de las personas. De él pondera dos rasgos; el primero es su capacidad formativa, ya que sólo en esa lucha tenaz las personas adquieren conciencia de su fuerza y de su potencial; el segundo se refiere a la honra que otorga como recompensa, por eso en Costa Rica llamamos honrado únicamente al hombre que vive de su trabajo. 

Lo anterior pone en evidencia que el Himno se inclina por la mayor fuerza del consenso nacional: los trabajadores, quienes por ironía histórica han sido los sistemáticamente excluidos de ese consenso.

Además de la honradez, el Himno propone el valor de la integridad. Esta virtud se manifiesta en el Himno cuando destaca la coherencia del trabajador con su ideal hasta el punto en que, a pesar de su amor por la concordia, es capaz de ir a la guerra para defender sus valores porque es leal a ellos, no sólo de palabra, sino de acción; es decir, que somos también honrados, en la  relación que tenemos con nuestros ideales. En este aspecto, Martí coincidiría con Billo, pues para este gran pensador latinoamericano, un hombre que tolera un mal gobierno no es un hombre   honrado.

Billo consideraba la política como el más innoble de los ejercicios humanos y por eso, este trabajador del ideal no fue precisamente el patriota que los políticos hubiesen querido, sino el rebelde que – como dice Vínyela Devandas- dedicó su vida a formar conciencia colectiva, a desenmascarar el timo del discurso oficial y a denunciar la corrupción de los gobernantes.

Vale la pena dedicar, dentro del contexto que estamos viviendo, nueve segundos de atención y preguntarnos: ¿Será tiempo de cambiar la letra de nuestro Himno Nacional?

SINTRAJAP en lucha por defensa del derecho al trabajo

El Sindicato de Trabajadores de JAPDEVA y Afines Portuarios, organizó una conferencia de prensa para este lunes 16 de setiembre 2019 en el Salón de Beneméritos de la Asamblea Legislativa. A las 2 de la tarde SINTRAJAP espera la presencia de los medios informativos.

Junto a representantes de los seis gobiernos locales de la provincia de Limón darán a conocer los acuerdos tomados en conjunto y las acciones que realizarán conjuntamente, para exigirle al gobierno “el respeto que Limón merece para tomar sus propias decisiones y para que se cumpla con la Ley Orgánica de JAPDEVA, su autonomía, su potestad de imperio como Autoridad Portuaria en el Caribe Costarricense y en su rol como encargada del desarrollo socioeconómico de la Vertiente Atlántica de Costa Rica”.

El comunicado recibido en SURCOS está firmado por Liroy Pérez Pérez, secretario de Prensa.

Enviado a SURCOS por María Miranda.

Privatizar las riquezas, socializar las pérdidas

El proyecto de ley que pretende cambios en el empleo público y la aplicación de la regla fiscal no son la solución a la denominada crisis fiscal, reconoce la OCDE

Eduardo Muñoz, periodista Vicerrectoría de Acción Social UCR

Si de riqueza y poder político global se trata, el conocimiento científico y la educación son de los activos más apetecidos por los grupos económicos internacionales. La historia de los nexos entre la ciencia y la educación, y la política, demuestra que siempre ha existido un pulso por el control de estos activos, cuyos costos y pérdidas son socializados pero sus ganancias privatizadas a favor de conglomerados empresariales.

En el caso costarricense, los logros sociales alcanzados desde la Segunda República son múltiplemente reconocidos. Incluso, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), actual sustento ideológico de la clase política y empresarial costarricenses que impulsan cambios en materia fiscal, de inversión social, educación y empleo público asegura, contradictoriamente, en su informe titulado Estudios Económicos de la OCDE: Costa Rica 2018, que “el acceso a la educación para todas las personas ha sido una piedra angular del modelo social exitoso de Costa Rica y, por esta razón, las reformas constitucionales aumentaron el gasto obligatorio al 8% del PIB”. Pero, pese a los indicadores internacionales en dicha materia, la OCDE también afirma que “no existe una razón subyacente para este objetivo específico, mientras que la evidencia sugiere que actúa como un obstáculo importante para la restricción del gasto sin mejorar la eficiencia ni la eficacia en cuanto a los resultados educativos”.

Sobrepasar ese “obstáculo” es el principal desafío de las autoridades políticas costarricenses, ya que los proyectos impulsados desde el Estado costarricense para la aprobada reforma tributaria, el empleo público y la privatización solapada de la Caja Costarricense del Seguro Social, son insuficientes para ingresar al exclusivo club de naciones integrantes de esa organización.

En contraste con los criterios de que la masa salarial pública es corresponsable del déficit fiscal, la realidad es que solamente representa el 14% de la fuerza laboral nacional, integrada mayoritariamente por los sectores educativo, salud y seguridad. Y, en opinión de la OCDE y sus acólitos costarricenses, las remuneraciones en este sector son excesivas y distantes de lo devengado por el sector privado. No se menciona que, de manera sostenida y según encuestas del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, una cuarta parte de la fuerza laboral nacional no percibe el salario mínimo; y existen claras disparidades entre lo percibido entre hombres y mujeres.

La Rectoría de la Universidad de Costa Rica, en un documento a disposición de acceso público a la ciudadanía, ha sido contundente al afirmar que el Estado costarricense, en procura de “resolver” el problema del empleo público, “convierte a los salarios en una variable de ajuste macroeconómico (por ejemplo, para controlar la inflación o el déficit fiscal) y no en un elemento central para procurar el mayor bienestar a todos los habitantes del país”. En suma, el proyecto de ley apuesta a la pauperización generalizada como mecanismo de control tributario, mientras por otro lado no se resuelve con acciones firmes la evasión y elusión fiscales, que superan el 13% del PIB.

Por otra parte, sin considerar las particularidades de las instituciones del Estado costarricense, la OCDE aplica criterios de “productividad” a servicios tan diversos como la educación básica y universitaria, la seguridad social y las transferencias que se realizan a los sectores menos favorecidos. Para ello, y traspasando sus competencias, esa organización le sugiere al Estado, a manera de receta única, que impulse un «conjunto claro de mecanismos de dirección, coordinación y control a nivel del Gobierno Central», ignorando deliberadamente nuestra Constitución Política de Costa Rica, un escollo para la OCDE.

El citado estudio de la OCDE es claro, nuestra Constitución y la institucionalidad costarricense se contraponen a su ideario político. “El uso excesivo de la asignación obligatoria de fondos con destinos específicos en Costa Rica también está en contradicción con la Recomendación del Consejo sobre Gobernanza Presupuestaria, que establece que «Los fondos para fines específicos y la asignación de ingresos para fines concretos deben mantenerse al mínimo» (Recomendación del Consejo sobre Gobernanza Presupuestaria, Principio 7, OCDE 2015b)».

En suma, la ruta definida por la OCDE y el gobierno costarricense atenta contra la institucionalidad y la historia costarricenses, pisotea la Constitución Política e hipoteca el bienestar de las futuras generaciones.

Para descargar el documento de la Rectoría de la Universidad de Costa Rica Sobre el Proyecto de Ley Marco de Empleo Público puede buscarlo con este enlace: http://ucr.cr/r/GU8F

La huelga es un derecho humano

Paola Valladares Rosado, diputada

Durante los últimos meses hemos discutido en la Asamblea Legislativa alrededor del proyecto 21049 “Ley para brindar seguridad jurídica sobre la huelga y sus procedimientos”, un proyecto que se presentó inicialmente con la intención de definir plazos para la declaración de legalidad o ilegalidad de las huelgas. Sin embargo, a lo largo de esta discusión se han puesto sobre la mesa diversos temas que van más allá de lo planteado, y tienden a prohibir el derecho de los ciudadanos a asociarse y manifestarse en contra de lo que creen cercena sus derechos.

Cabe recordar que manifestarse, asociarse libremente e ir a huelga forma parte de nuestros derechos humanos. Otros derechos vinculados son el de fundar sindicatos y afiliarse a ellos para la protección de los intereses colectivos.

Esos derechos ciudadanos van más allá de la reivindicación de luchas en el ámbito laboral, permiten que las personas participen en la construcción y toma de decisiones que afecten sus vidas y a la sociedad en general.

Las políticas públicas son cursos de acción, decisiones políticas que se toman para atender los problemas públicos, es decir, problemas que afectan a grupos o a toda la ciudadanía. Es la propia población la que debe participar y ser tomada en cuenta no sólo en la formulación de las políticas públicas sino también en la evaluación de su efectividad para resolver los problemas y para determinar nuevas acciones.

En una verdadera democracia participativa, el poder se debe compartir con la ciudadanía y se debe promover esa participación real en la toma de decisiones. En nuestro país, los espacios reales de participación ciudadana son pocos –hay quienes piensan que se reducen a votar cada 4 años- o existen solo en el papel, no en la práctica. A la gente le quedan pocos ámbitos en los cuales se le escucha y se le toma en cuenta y mucho menos en los que pueda manifestar su descontento o ejercer control ciudadano sobre quienes tenemos la responsabilidad de hacer e implementar las políticas públicas.

Las políticas públicas se sustentan en decisiones políticas, porque son los gobiernos y los legisladores quienes deciden qué problemas públicos atender y cómo hacerlo. Es decir, unos cuantos deciden políticamente sobre aquello que afecta la vida de todas las personas. Por lo tanto, cualquier manifestación o huelga contra una política pública es inherentemente de carácter político.

En estos días se ha pretendido con el proyecto 21049 prohibir las huelgas políticas, algo que no tiene ni pies ni cabeza. Sería como prohibir acciones políticas que se opongan a otras acciones políticas, eso suena a tiranía. Ese razonamiento no tiene sustento legal y así lo han señalado distintas instancias judiciales y expertos en derecho de nuestro país.

Meses atrás durante la discusión de la reforma fiscal vimos como la sociedad en general, no solo los sindicatos como muchos lo quisieron hacer creer, salieron a las calles y se manifestaron de diferentes maneras en contra de un proyecto que para muchos traería mayores complicaciones económicas. Eso claramente fue una huelga política que buscaba el diálogo social para la construcción conjunta de una política pública más balanceada, que no impactara tan negativamente a algunos sectores. Esa es una reivindicación legítima. Sabemos que las huelgas traen también muchas consecuencias negativas, por eso estamos obligados a abrir pronta y oportunamente canales de diálogo y negociación que minimicen impactos y maximicen el bienestar colectivo.

Otro aspecto que se discute alrededor de este proyecto de ley es la posibilidad de prohibir las huelgas en servicios considerados esenciales. Según la OIT son aquellos servicios cuya interrupción podría poner en peligro la vida, la seguridad o la salud de la persona en toda o parte de la población» (OIT, 1983b, párrafo 214). La OIT señala que ante esta condición los funcionarios cuya ocupación se desarrolla dentro de estos servicios ya definidos, tienen el derecho a que se les garantice procedimientos de conciliación y arbitraje apropiados, imparciales y rápidos que se apliquen plena y prontamente. O sea, en estos casos hay restricciones para realizar una huelga y en eso estamos de acuerdo, pero en el proyecto de “Ley para brindar seguridad jurídica sobre la huelga y sus procedimientos” se ha pretendido incluir como escenciales otros servicios para así impedir que se realicen huelgas.

Debemos poner mucha atención en la definición de cual o cuales instituciones brindan servicios que verdaderamente afectan o ponen en riesgo la salud, la seguridad y la vida de la población y se debe brindar seguridad a esos funcionarios de que sus demandas serán escuchadas y atendidas mediante una negociación conciliadora e imparcial.

Este es un tema álgido que no debe discutirse al calor de enojos o resentimientos añejos. Vivimos tiempos de polarización y malestar social, que no se pueden ni se deben ocultar debajo de la alfombra. Un proyecto de ley que pretenda generar prohibiciones arbitrarias a las huelgas o a las manifestaciones de nuestra sociedad traerá más polarización y estrechará más el espacio democrático.

Es oportuno recordar que muchas de las conquistas sociales que tenemos, se las debemos a movimientos de huelga y a la construcción de un pacto social mediante el diálogo entre personas y sectores que pensaban distinto.

Lo que realmente necesitamos es llegar a acuerdos a través de más espacios de participación política ciudadana, eso nos beneficia a todos porque fortalece nuestra democracia.

Reforma fiscal a examen de constitucionalidad

José Manuel Arroyo Gutiérrez, ex magistrado y catedrático UCR

La Constitución Política de Costa Rica opta por una organización republicana y un ordenamiento jurídico propio del Estado Social de Derecho. Lo primero establece con claridad la división de poderes, los ámbitos de competencia, los controles recíprocos en orden a que ninguna autoridad de la República se sienta libre de hacer lo que le parezca y abuse de sus atribuciones. Lo segundo, en lo fundamental, opta por el respeto a la dignidad humana –que no es otra cosa que el respeto a los derechos de las personas sin ningún tipo de discriminación-, así como la enunciación de derechos y garantías individuales y sociales y el diseño de un andamiaje institucional complejo y diverso.

            La Constitución Política, hace distinciones que no pueden atropellarse sin poner en riesgo el futuro mismo de la convivencia democrática dentro de un régimen de derecho. La Sala IV, a propósito del Art. 188 C.P. ha establecido que las instituciones autónomas tienen independencia administrativa, mas no de gobierno, ámbito en el que éstas deben atenerse a las leyes dictadas por la Asamblea Legislativa (Voto No 3309-94). No obstante, esta misma resolución explicita cómo, la Corte Suprema, en cambio, conserva el gobierno y la administración de tribunales, funcionarios y empleados de la rama judicial, es decir, conserva un ámbito de independencia mayor, tanto de gobierno como de administración (art. 156 C.P.), que la diferencia del que disfrutan las instituciones autónomas en sentido estricto (188 y 189 C.P.). La lectura de estas dos últimas normas evidencia que se refieren a instituciones autónomas como los bancos y aseguradoras estatales, y las que a futuro cree la Asamblea Legislativa.

            Pero evidentemente el constituyente, de manera directa, quiso tutelar algunos valores fundamentales como la justicia, la salud, la educación superior pública, entre otros, para lo cual creó instituciones con encomiendas específicas y las dotó de autonomías reforzadas, frente al Poder Ejecutivo de turno y frente a la misma Asamblea Legislativa. Estoy convencido que tal es el caso de la Universidad de Costa Rica y de todas los centros de educación superior pública del país. Véase cómo, esta autonomía reforzada se evidencia cuando la Constitución crea “…una institución de cultura –ojo, algo más que de educación- que goza de independencia para el desempeño de sus funciones, y de plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, así como para darse su organización y gobierno propios…”. Tales atributos y competencias se hacen extensivas a los otros centros de educación superior públicos, y el Estado queda obligado no sólo a otorgarles un patrimonio propio, sino a colaborar en su financiamiento (Art. 84 y 85 C.P.).

            He aquí la importancia trascendental de que el examen de constitucionalidad al que está siendo sometida la Ley No. 9635, “Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas”, no pase atropelladamente por las distinciones y precisiones que hace la Constitución Política. El problema es que esta legislación, con su buque insignia la “Regla Fiscal”, pretende meter a todos los poderes e instituciones, funcionarios y empleados públicos, en una especie de camisa de fuerza, olvidándose de que las vías impuestas siempre tienen sus días contados, y es imposible hacer sostenible a largo plazo medidas que asfixian o ahogan a amplios sectores de la población.

            Esto es así en la medida en que aún para las instituciones autónomas en sentido estricto, como la C.C.S.S. o I.C.E., -para mencionar sólo dos sobre las que ha recaído buena parte de la paz social disfrutada en el país por décadas-, no se les puede imponer, sin más, cómo y con qué recursos van a poder atender servicios de emergencia o extraordinarios, o bien qué régimen de incentivos salariales, o reconocimientos por prohibiciones o dedicaciones exclusivas pueden promoverse. Tampoco es posible que las nuevas reglas para los trabajadores de primer ingreso pasen por alto que existen otros principios constitucionales en materia laboral, que expresamente erigen el principio de igualdad (Art. 57) o el de no-discriminación para ningún sector de los trabajadores (Art. 68).  Mucho menos se puede tratar de esta manera a quienes laboran en otros poderes republicanos o en las universidades, cuyas misiones institucionales, -como la justicia o educación superior-, el constituyente quiso protegerlas de gobiernos y tendencias coyunturales emanadas de otros poderes en ejercicio.

Una democracia raquí-tica

Rosaura Chinchilla-Calderón Abogada y docente universitaria Rosaura.chinchilla@gmail.com

El sueño de la razón produce monstruos (Goya)

Costa Rica se encamina a vivir un aniversario más de la independencia de España y lo hará, muy probablemente, de la misma forma en que recibió la noticia: en un ambiente polarizado, dubitativo y a la espera de mágicos vientos que despejen los cargados nubarrones de un día que ya casi lleva doscientos años, pero que hoy, a diferencia de ayer, amenaza con la inminente furia de su vendaval.

            Polarización. La división no es, ya, entre monárquicos y separatistas; colonialistas y anticolonialistas o republicanos e imperialistas, sino entre “progres” y “ramashecos” o “PAC-lovers” y “FabriPLUSCianos”. Unos —insuflados con las oportunidades y hasta con los privilegios obtenidos gracias al Estado de Bienestar en la Gran Área Metropolitana— tildan, a quienes carecieron de ellas, de ignorantes-retrógrados; niegan la sola posibilidad de contextualizar, en coordenadas supra-individuales, los síntomas o comportamientos percibidos; defienden algunos derechos humanos liberales al tiempo que ridiculizan expresiones de fe y reniegan de los derechos económico-sociales…en fin, traicionan la esperanza y el mandato popular, acrecentando el descontento social. Otros (atrincherados en un dios-creado-a-su-medida) imponen su visión de mundo como la única posible, y le niegan dignidad a amplios segmentos de la población que no se ajusten a la moral que predican (y que no siempre practican). Unos y otros conducen, a este pequeño país, muchas veces a golpe de fake news, hacia el despeñadero.

Desigualdad. Pero el anterior es solo un signo epidérmico o superficial que, sin embargo, oculta la enfermedad terminal que internamente carcome nuestro tejido social: la desigualdad crece y se evidencia ya como desempleo abierto y miseria rampante; la institucionalidad democrática y republicana cae derruida tanto por la avidez como por la corrupción de quienes mueven y enredan los hilos, y pretenden desmantelar cualquier dique normativo que les impida obtener el mayor lucro, para el menor número, durante el mayor tiempo posible.

Debilidad institucional. Así, con procedimientos que han de permanecer fuera de foco, ocultos al escrutinio ciudadano, se hacen pactos, se nombran funcionarios que coopten las instituciones públicas y, desde ahí, cumplan con la consigna de eliminar las normas de protección claves en el diseño del Estado Republicano, Democrático y Social de Derecho de la Segunda República: un sistema de pesos y contrapesos; de división de funciones; de independencia de las instituciones contraloras; de procedimientos y garantías para el adecuado gobierno de la cosa pública; de respeto a la dignidad inmanente a todo ser humano y de protección a la educación, el medio-ambiente y la salud como claves del desarrollo. En ese contexto se legisla y hasta se juzga.

Modernidad. La promesa de la modernidad, del avance de la razón y del humanismo en el mundo, ciertamente explotó durante la II Guerra Mundial frente a la evidencia del Holocausto y la barbarie de la que, como seres humanos, somos capaces. Empero, paradójicamente, fue en los años 40 en donde, en este pequeño territorio, también nació la esperanza de que la solidaridad era posible: de que podíamos vivir sin ejército; nacionalizar la banca y las instituciones energéticas para que el bienestar de todos no dependiera del lucro de unos; universalizar los seguros sociales; extender la gratuidad y cobertura de la educación; confiar en la pureza del sufragio; en la formación y equidad de la judicatura; mantener la Naturaleza y apostar por una convivencia en armonía y tolerancia, respetando nuestra diversidad.

El sueño de la razón. Ese sueño, paulatinamente, se ha ido derrumbando. Parafraseando a Goya: se durmió la razón y nacen los monstruos. El fascismo campea por doquier reivindicando múltiples ropajes: nacionalismos, visiones mágicas y acientíficas del mundo, religiosidad individualista y egoísmos extremos y a Costa Rica la vacuna (formada por aquellos componentes) se le venció. Esta democracia del bicentenario es raquí-tica, de simples formas, por lo demás porosas y débiles, que se están rompiendo ante nuestros ojos. Si nos descuidamos, seremos testigos de su colapso definitivo.

Lucha cívica. Pese a todo “¿quién dijo que todo está perdido?” Todavía tenemos una educación gratuita y generalizada que, pese al modelo de negocios por el que unos apuestan, permite que el hijo del obrero y la hija de la indígena obtengan una profesión u oficio; podemos velar por nuestra salud sin empeñar el patrimonio de las futuras generaciones o vender órganos para ello; seguimos accediendo a las fuentes de agua, de energía y a la infraestructura de comunicaciones a módicos costos; aún tenemos variedad de ecosistemas; todavía hay fiscales, jueces y juezas probos; docentes con mística y personal de salud que responde al juramento hipocrático…aún hay quienes entienden que la dignidad humana, única e indivisible, impide escoger (algunos) derechos humanos (de unos) a conveniencia…en fin, aún hay personas que alimentan su espiritualidad o su ética en las fuentes del Amor, que es servicio, entrega e inclusión.

Porque aún queda “algo”, que es mucho, ¡no podemos seguir impasibles! ¡Interesémonos en el manejo de los asuntos públicos, que son los nuestros! ¡Exijamos procesos públicos, motivados y transparentes en la toma de las decisiones! ¡Usemos los recursos que el Derecho nos da para vigilar, impugnar y hasta sancionar a quienes se desvíen del fin común! ¡Ejerzamos nuestra responsabilidad de educarnos cívicamente, de elegir cuidadosamente, y de organizarnos! ¡Seamos solidarios y tolerantes! No sigamos atrincherados en nuestras cosmovisiones, que nos impiden visualizar la humanidad que hay en el otro. Trascendamos diferencias. Construyamos un proyecto común en que todas las personas quepamos. Sí, sé que no es solo voluntarismo…pero por algo se empieza.

“Hablo de cambiar esta nuestra casa (…) ¿Quién dijo que todo está perdido? Yo vengo a ofrecer mi corazón…” (Fito Páez/Mercedes Sossa).

Alianza por una Vida Digna

Presentación

Vivimos tiempos difíciles en Costa Rica. Amplios sectores a lo largo y ancho del país muestran un malestar creciente y una insatisfacción con las propuestas que dominan las agendas política, económica, cultural y social. Las posibilidades de encuentro, diálogo y entendimiento se debilitan por posiciones intolerantes y excluyentes. Desde hace varias décadas se nos viene imponiendo un modelo de desarrollo y un proyecto de país que, lejos de forjar cohesión y consensos y de buscar el bienestar colectivo, ha fomentado un grave proceso de fragmentación social, cargado de inequidad, con un fuerte deterioro ambiental. Las propuestas dominantes han beneficiado a algunos sectores, pero han afectado la calidad de vida y la dignidad de muchas más personas; el crecimiento económico no ha sido inclusivo.

Pese a la evidencia de la disfuncionalidad social y ecológica de estas propuestas, los sectores económicos, políticos y mediáticos que llevan adelante esta agenda no parecen cesar en su empeño de empujar al país hacia un sendero muy arriesgado que está poniendo en peligro la posibilidad de una convivencia armoniosa entre las personas y entre éstas y el ambiente. La correlación de fuerzas políticas en este momento favorece estas tendencias, y se promueven proyectos e iniciativas que tienden a minar espacios democráticos y nos alejan de una distribución justa de la riqueza, debilitando elementos claves del estado social de derecho y estrujando las posibilidades de forjar una colectividad marcada por el bien común.

Un grupo amplio de organizaciones y personas, de muy diversos sectores, tenemos la convicción de que Costa Rica necesita encontrar nuevos senderos por los cuales transitemos con esperanza y sentido colectivo, en procesos marcados por una amplia participación social, institucional y comunitaria. Senderos que nos permitan soñar y crear escenarios distintos, más inclusivos, y también respetuosos con el ambiente, en los que la prioridad sea el desarrollo de las potencialidades de todas las personas, en un marco de respeto a la diversidad. Por ello hemos decidido integrar la Alianza por una Vida Digna, con la confianza de que entre todas y todos podemos plasmar reflexiones, propuestas, y acciones en procura del bien común. Queremos contribuir a gestar otros mundos posibles.

Este suplemento recoge puntos de vista de cuatro personas sobre algunos temas medulares de la realidad nacional actual. Continuaremos presentando, por diversos medios, otros tópicos en ámbitos variados de la vida nacional, que fomenten reflexión y acción en comunidades, instituciones y colectivos varios. Pretendemos que la Alianza por una Vida Digna sea una fuente de pensamiento diverso y un acicate para la participación democrática alrededor de aspectos esenciales de nuestra convivencia.

Con la idea de impulsar esta Alianza, se realizó el lunes 29 de julio una reunión a la que asistieron cuarenta personas de los sectores comunitario, estudiantil, ambientalista, profesional, educación popular, comunicación popular y alternativa, Buen Vivir, y universitario.

Alberto Rojas Rojas, Andrea Alvarado Vargas, Héctor Ferlini-Salazar, José María Gutiérrez Gutiérrez

Correo-e: alianza.por.una.vida.digna@gmail.com

DERECHO DE HUELGA DEL ENEMIGO: LA PROHIBICIÓN ABSOLUTA DE LA HUELGA EN LOS SERVICIOS ESENCIALES (II)

Manuel Hernández V.

El Proyecto de Ley para brindar seguridad jurídica sobre la huelga y sus procedimientos  (N° 21.049), dictaminado el 09 del mes en curso, por la Comisión Especial Legislativa, congruente con su lógica del Derecho de Huelga del Enemigo, impone una prohibición generalizada de la huelga en los servicios esenciales.

El artículo 376 de este proyecto contiene una lista de 10 actividades que se consideran servicios esenciales, cuyo listado desborda aquellos servicios esenciales –en sentido estricto- cuya interrupción pueda afectar la salud, vida y seguridad de las personas, a todos los cuales les aplica, por igual, el rasero común de la prohibición total de la huelga.

Esta prohibición se complementa con la declaración de que la huelga en estos servicios es manifiestamente ilegal, prescindiéndose de todo proceso previo de calificación del movimiento.

En la eventualidad que el sindicato convoque a una huelga, el patrono debe solicitar al juez de trabajo que ordene de inmediato a los trabajadores que se reincorporen a sus labores –manu militari-, bajo las advertencias de ley, incluido el despido sin responsabilidad patronal (artículo 375 bis). 

Estamos, como a simple vista se aprecia, en presencia de una regulación autoritaria, que a cualquiera deja pasmado, absolutamente irreconciliable con los postulados del Estado Social y Democrático, lo cual se desarrolla a continuación.

1.- En primer lugar, importa plantear, a manera de preámbulo, que  la Huelga es un Derecho Fundamental que ostenta reconocimiento y protección en el ordenamiento jurídico nacional y supranacional.

El derecho de huelga se llegó a consolidar como un Derecho Fundamental, reconocido en el máximo nivel normativo del ordenamiento internacional: Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales (PIDESOC, 1966), Carta Internacional Americana de Garantías Sociales (1947), Protocolo Adicional a la Convención Americana Sobre Derechos Humanos (1988), entre otros.

Asimismo, este derecho se deriva de los Convenios de OIT, en materia de Libertad Sindical, particularmente el C.87 (1948), ratificado por nuestro país.

2.- El artículo 61 de la Constitución Política reconoce el derecho de huelga, que se desarrolla en los artículos 371 y siguientes del Código de Trabajo.

Por contrario a la apología de algunos que predican que desde la promulgación del Código de Trabajo, se estableció una prohibición absoluta de la huelga en los servicios públicos esenciales, es necesario advertir que esta espuria proclama política -por cierto, cantaleta de batalla de un legislador que impulsa aquel proyecto-, no se corresponde con la norma constitucional, ni mucho menos con el desarrollo consecuente de la legislación ordinaria.

La norma constitucional estableció una reserva de ley, que delegó en el legislador ordinario la determinación de los servicios públicos en los que se prohíbe o restringe la huelga (principio de reserva de ley).

Esta reserva de ley está desarrollada en los numerales 375 y 376 del Código de Trabajo (CT), que no fueron modificadas por la Ley de Reforma Procesal Laboral (N° 9343), contra las cuales se viene ahora la contrarreforma del derecho de huelga del enemigo.

La primera de estas estipulaciones (artículo 375), hay que interpretarla de conformidad con esta norma constitucional, muy lejos de contener una prohibición indiscriminada de la huelga en los servicios públicos.

Por contrario, el alcance de este  precepto legal  hay que delimitarlo en función de los diferentes supuestos que contempla el art. 376  CT, que a texto expresa determina en cuáles servicios se prohíbe  o restringe la huelga.  Particularmente nos interesa el inciso d) de esta disposición legal:

 “Artículo 376.- Para los efectos del artículo anterior  [la prohibición de la huelga] se entienden por servicios públicos: (…)

 d) Los que desempeñen los trabajadores que sean absolutamente indispensables para mantener el funcionamiento de las empresas particulares que no pueden suspender sus servicios sin causar un daño grave e inmediato a la salud o a la economía públicas, como lo son las clínicas y hospitales, la higiene, el aseo y alumbrado público en las poblaciones; (…)”.

El texto de esta norma hay que analizarlo cuidadosamente, con rigor jurídico, para no caer, a fuerza de torcidas  interpretaciones, en predicamentos políticos que intencionadamente aspiran hacer nugatorio el derecho de huelga.

La restricción que impone esta norma legal, como se desprende de una pausada lectura, sólo limita el ejercicio del derecho de huelga de los trabajadores absolutamente indispensables, para garantizar el funcionamiento mínimo de los servicios de aquellas empresas o instituciones, incluso los sanitarios. El  resto de los trabajadores, es decir, quienes no son absolutamente imprescindibles, no tienen ningún impedimento de ejercer el derecho de huelga.

Esta disposición legal, en lugar de prohibir, reguló el  derecho de huelga, restringiendo su ejercicio exclusivamente a aquellos trabajadores que son absolutamente indispensables”.

El alcance que tiene la norma no deja la menor duda, a tal punto que el legislador recurrió a la frase adverbial: absolutamente indispensables”, para  precisar y delimitar con el mayor rigor gramatical, de manera inequívoca, que estos son los únicos trabajadores que no tienen derecho de huelga.

Podríamos admitir, en el peor de los casos, que la norma contiene una prohibición relativa, que restringe la huelga únicamente a estos trabajadores; pero jamás se podría sostener que esta disposición prohíbe de manera absoluta y general la huelga en los servicios esenciales, incluidos los de salud; como la han venido afirmando frenéticamente, a los cuatro vientos, los impulsores del proyecto de ley (fake news legislativo).

3.- Esta norma del Código de Trabajo, que encierra una extraordinaria prospección histórica, recurrió a la técnica del servicio mínimo.

Este esquema del funcionamiento mínimo del servicio, soluciona de manera armónica cualquier contradicción entre la necesidad de la continuidad de la prestación de los servicios esenciales de la comunidad y el reconocimiento del derecho de huelga.

Esta técnica que contiene el inciso d) del art. 376 CT -pero que puede ser que adolece de desarrollo normativo-, procura una solución adecuada a esta concurrencia de intereses, ambos protegidos constitucionalmente, sin  necesidad de dejar en interdicción, de forma absoluta, el derecho de huelga que tienen los trabajadores que prestan sus actividades en los servicios esenciales.

Esta técnica legislativa que permite conciliar, de manera razonable y proporcionada,  el derecho fundamental de huelga, con  el derecho a  la protección de la vida, la salud y la seguridad de las personas, ha sido  reconocida y  desarrollada por la doctrina del Comité de Libertad Sindical de OIT:

“867. Un servicio mínimo podría ser una solución sustitutiva apropiada de la prohibición total, en las situaciones en que no parece justificada una limitación importante o la prohibición total de la huelga y en que, sin poner en tela de juicio el derecho de huelga de la gran mayoría de los trabajadores, podría tratarse de asegurar la satisfacción de las necesidades básicas de los usuarios o el funcionamiento continuo y en condiciones de seguridad de las instalaciones.” [1]

La  OIT establece que el mantenimiento del servicio mínimo constituye una solución idónea que, por una parte, salvaguarda  el derecho de huelga de la mayoría de los trabajadores, y por otra, garantiza la satisfacción de las necesidades vitales de los usuarios. 

Vale aquí destacar que estos pronunciamientos de la OIT tienen una extraordinaria utilidad, de carácter normativo, porque en el tanto que derivan de la aplicación e interpretación directa de los Convenios OIT, particularmente el C87, constituyen fuente objetiva de derecho, que se incorporan a nuestro ordenamiento jurídico, que mucho menos pueden ser inadvertidos por los legisladores.

4.-  No se puede ignorar que el tema de la huelga en los servicios esenciales es un tema neurálgico  de las sociedades modernas, porque concurren, de una parte, los legítimos intereses de la ciudadanía, en orden a la prestación de servicios esenciales  de la comunidad, y de otra parte, el  derecho de los trabajadores a la huelga.

Pero en una sociedad democrática, por lo menos medianamente civilizada, la cuestión no se resuelve salvaguardando aquellos, a merced del sacrificio absoluto del derecho de huelga, que es también un Derecho Fundamental.

En las sociedades modernas, democráticas, esta  tensión de intereses se resuelve disciplinando el esquema del servicio mínimo de funcionamiento, que preserva adecuadamente la prestación de los servicios esenciales de la comunidad, sin menoscabar el contenido sustancial del derecho de huelga.      

El proyecto de ley, enmarcado en la concepción autoritaria del Derecho de Huelga del Enemigo, pretende de un solo plumazo destruir aquella tradición histórica legislativa, imponiendo, como lo acostumbran los neoliberales, una prohibición absoluta y generalizada de la huelga en los servicios esenciales; prohibición que no resulta compatible con el marco de nuestra Constitución Política y el ordenamiento internacional.

Sin lugar a duda, un desafortunado retroceso histórico, que probablemente no tiene antecedente en nuestro país, pero que refleja la ruptura del pacto fundacional de la Segunda República, la desconstitucionalización de las libertades y derechos de los trabajadores, porque sin el derecho de huelga,  los trabajadores quedan a merced del poder omnímodo de los patronos; en definitiva, el desmontaje del Estado Social y Democrático. 

# La huelga es garantía de libertad de la clase trabajadora #



[1]   Ver  párrafo 607; 344º informe, caso núm. 2461, párrafo 313, caso núm. 2484, párrafo 1094; 348º informe, caso núm. 2433, párrafo 48; 349º informe, caso núm. 2545, párrafo 1153; 350º informe, caso núm. 2543, párrafo 727; 354º informe, caso núm. 2581, párrafo 1114; 356º informe, caso núm. 2654, párrafo 371; 362º informe, caso núm. 2741, párrafo 768, caso núm. 2841, párrafo 1041;371º informe, caso núm. 2988, párrafo 851; 372º informe, caso núm. 3022, párrafo 614, y 377º informe, caso núm. 3107, párrafo 240., Recopilación de decisiones del Comité de Libertad Sindical. Sexta edición. 2018)