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Autor: María José Ferlini Cartín

UCR: Está listo el único laboratorio de Centroamérica capaz de reaccionar ante emergencias radiológicas

  • El Inisa-UCR será capaz de estimar la dosis de la radiación ionizante que una persona recibió accidentalmente

Después de un arduo trabajo científico para elaborar una curva dosis-efecto, el servicio de Dosimetría Biológica finalmente se brindará a través del Instituto de Investigaciones en Salud (Inisa) de la Universidad de Costa Rica (UCR). El objetivo es claro: estimar la dosis que una persona expuesta a sobreirradiación ionizante recibió accidentalmente.

La Dosimetría Biológica se encarga de verificar y evaluar la dosis absorbida por una persona expuesta a radiaciones ionizantes, un tipo de energía que ha sido liberada como los rayos gamma, los rayos X, o en forma de partículas como las ondas alfa. Actualmente, en el país existen gran cantidad equipos que utilizan radiación ionizante tanto en la industria como en la medicina para diagnóstico y radioterapia.

Si ocurre un accidente, las víctimas pueden presentar daño celular, cambios químicos y alteraciones en el ADN. Como consecuencia, se aumenta el riesgo de enrojecimiento o inflamación de la piel, así como modificaciones genéticas. Además, genera cataratas y cáncer radioinducido a largo plazo.

En el 2017, el Inisa-UCR recibió un equipo con tecnología de punta que logra capturar esas alteraciones celulares de forma automática. Sin embargo, faltaba elaborar la curva para rayos gamma, la cual describe matemáticamente la relación dosis-efecto. En 24 meses, dos investigadoras y dos técnicos del Laboratorio de Citogenética del Inisa-UCR lograron esta meta de forma satisfactoria.

“Aunque el equipo captura las imágenes de forma automatizada y con mucha rapidez, el análisis se realiza de forma manual. El analista examina cada figura celular, cuenta los cromosomas y anota el número de cromosomas dicéntricos —dos centrómeros en un cromosoma cuando lo normal es tener solo uno—. Es un trabajo lento y muy laborioso”, explicó Luisa Valle Bourrouet, investigadora del Inisa-UCR.

Por medio del Ministerio de Salud (MS) las personas expuestas a radiación ionizante en un accidente radiológico serán remitidas al Inisa-UCR para recibir el servicio. Lo mismo ocurre si una empresa requiere la atención, pues debe solicitarlo con referencia médica y notificar al MS.

El servicio se origina en el marco del Proyecto Nacional: “Establecimiento de un Servicio de Dosimetría Biológica en Costa Rica”, a través del Programa de Cooperación Técnica y el Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA). Su establecimiento es el primero de Centroamérica e impulsará también la seguridad a nivel regional por medio de la Red Latinoamericana de Dosimetría Biológica (LBDNet).

Elaboración de la curva

La elaboración de la curva ahora permite medir la dosis y el efecto para los diferentes tipos de radiación, por medio de la evaluación de los rayos gama. Los tipos de radiación son muy variados debido a la gran cantidad de equipos industriales y de terapias que utilizan este tipo de ondas.

Para lograrlo, se tomaron muestras de sangre de dos voluntarios (un hombre y una mujer) y se irradiaron 11 tubos de sangre de cada donante con puntos de dosis diferentes, desde cero a los cinco gray (Gy) —medida física que se usa para calcular la dosis de radiación absorbida—.

Las muestras fueron irradiadas en el Servicio de Radioterapia del Hospital San Juan de Dios, con la fuente de rayos gamma de Cobalto 60. Después, se incubó a 37 grados centígrados por dos horas en un baño maría para estabilizar la sangre y activar los mecanismos de reparación celular.

Desde el 2013, el Instituto creó un proyecto para verificar la dosis de radiación que recibían los pacientes de radioterapia en el Hospital San Juan de Dios (HSJD). Este ensayo es parte del proyecto ED323 “Prestación remunerada de servicios diagnósticos genéticos”. Foto: Karla Richmond.

Una vez terminado el tiempo, el laboratorio del Inisa-UCR recibió la sangre. Las investigadoras tomaron las muestras y realizaron un cultivo celular a fin de lograr un duplicado.

Luego, se realizó la cosecha, etapa en la que se prepararon las extensiones cromosómicas y se tiñeron en florescencia para ser analizadas.

“Posterior al análisis cromosómico, la elaboración de la curva lleva un componente matemático importante. Aunque el conteo lo realiza un software, llevó tiempo descifrar el manejo adecuado del mismo, así como la interpretación de resultados, cálculo de dosis y validación de la curva”, explicó Valle.

El principal resultado que se comprobó en este proceso es que a mayor dosis de radiación, mayor número de cromosomas dicéntricos. Lo normal para el ser humano es tener cromosomas con un único centrómero y la radiación produce dos o más centrómeros.

La curva se elaboró utilizando el software Dose Estimate. Este mismo software se utiliza para realizar los cálculos de dosis recibida.

Parte del trabajo de los y las investigadoras es realizar la curva de calibración para otro tipo de radiación como la de Rayos X, por ejemplo.

Disponibilidad para toda Centroamérica

La evaluación del paciente con sobreirradiación estará a cargo de un médico tratantedel sector público o privado. A partir del cálculo de dosis realizado por el Inisa-UCR, y un informe con el resultado del análisis, el médico podrá tomar las decisiones en cuanto al tratamiento a seguir.

“Es muy importante mantener una buena comunicación y coordinación con el MS y el especialista tratante antes de recibir la muestra, que debe venir acompañada de un registro que nosotros debemos facilitar al médico tratante”, indicó la Dra. Valle.

El costo del análisis ronda los $350, con el fin de mantener los insumos necesarios para realizar los análisis. Esta inversión la cubre la empresa donde ocurrió la emergencia. Sin embargo, ante un percance mayor, el laboratorio recibirá la muestra y emitirá el resultado correspondiente.

«Este procedimiento se realiza cuando la persona ha sufrido una sobreirradiación, es decir, se exceden los limites de dosis de exposición regulados, ya sea por una emergencia radiológica o por no seguir las instrucciones laborales. En caso de un trabajador, la dosimetría biológica lo deberá pagar el representante legal, el titular o el propietario de la empresa o responsable directo. En caso de un accidente o que no se tenga claro el responsable, igual se atenderá al paciente, pues la salud es un derecho constitucional«, señaló Ana Villalobos Villalobos de la Unidad Administración Servicios de Salud en Ambiente Humano del MS.

El equipo y la técnica desarrollada también se utilizarán en proyectos de investigación. Actualmente, se presentó un proyecto para trabajar con personal ocupacionalmente expuesto a radiaciones ionizantes en el Servicio de Medicina Nuclear del Hospital San Juan de Dios. El mismo está pendiente de la aprobación de Comités Éticos Científicos (CEC) y se espera iniciar en el 2020.

 

Valeria García Bravo

Asistente de Prensa, Oficina de Divulgación e Información

Información tomada de: http://www.ucr.ac.cr/

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Universidad Nacional expone forma como se reclasifica presupuesto y logros

ASPECTOS GENERALES SOBRE EL PRESUPUESTO FEES 2020

  • El Presupuesto total institucional queda igual. No se rebaja o aumenta. Esto implica que el presupuesto queda igual en el clasificador por objeto de gasto.
  • Se mantienen los montos formulados y la mejora cualitativa de las becas que implicó un aumento para el próximo año y el otorgado en el 2019. No se realizan recortes en Becas y Ayudas a Estudiantes.
  • Se mantienen las plazas laborales formuladas, e incentivos salariales. No se realizó disminuciones en ningún rubro.
  • Se mantiene el aumento salarial del 1% a enero y 0,50% a julio 2020 que fue aprobado a nivel universitario
  • El Presupuesto de Operación en Unidades Académicas y Administrativas, es el mismo que se había formulado, no se realizó ajustes al mismo, queda igual.

¿Qué implica entonces la reclasificación?

  • Se estarían reclasificando en el clasificador económico como gasto de capital, mientras que en el clasificador por objeto de gasto, sigue estando en el mismo componente por objeto de gasto, remuneraciones, servicios, materiales, transferencias corrientes, etc
  • Estaban incluidas como gasto corriente, pero están asociadas a gastos que son de capital como son los proyectos de inversión (infraestructura, equipo)
  • Las cuentas que se estarían incluyendo, son cuentas bajo el clasificador de del Ministerio de Hacienda por objeto de gasto: salarios, mantenimiento, repuestos y accesorios, licencias de software

Compartimos a continuación los documentos producidos por la UNA:

 

Imagen ilustrativa.

Enviado a SURCOS por la UNA.

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Ministra de Educación precisa datos manipulados en Asamblea Legislativa por León y Jiménez

«La Ministra de Educación Giselle Cruz compareció ante la Comisión Especial del FEES este 28 de octubre, donde aclaró que los 70 mil millones que se consignaron erróneamente como gastos de capital o infraestructura no iban a salir exclusivamente del FEES». 

Le invitamos a ver el siguiente video.

 

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Sindicato de Hacienda: Seguimos igual

El anuncio de un nuevo ministro en nuestra institución, no debe ser situación alarmante; recuérdese que el tiempo promedio de un Ministro de Hacienda en su gestión es de dos años continuos.

No obstante, la incorporación de un funcionario de trayectoria tan amplia en el Banco Mundial nos ratifica el interés de los gobernantes de ser complacientes con los organismos internacionales, no es de dudar, que resulte impuesto, y que no nombren a Kristalina Georgieva en virtud que la Constitución Política señala que deben ser costarricenses los ministros.

Todo seguirá igual, las políticas impuestas de coadministración de los organismos internacionales seguirán vigentes.

El ejemplo más claro: le prestan a un fulano, y quién le presta le va diciendo, yo requiero estos procesos ejecutados, con el fin de asegurar el retorno de la inversión, y que el país o empresa sirva a los propósitos que ellos estimen pertinentes.

La llegada del Dr. Rodrigo Chaves Robles podría generar esa confianza a nivel externo que se requiere, las organizaciones sociales y sindicales, lo ven como la imposición o recomendación de Rodrigo Arias y Eduardo Lizano, que tiene muy claro la receta de los “chicago boys”.

Es de esperar que ante el interés individual prive el interés colectivo, pero aquí en Costa Rica todos los lectores sabemos que los intereses de las minorías poderosas se están imponiendo, nos llevan según su publicidad a mejores horizontes, pero conforme a los números a los que se enfrentaría este Dr., todo da un panorama sombrío en desempleo, en crecimiento de la informalidad, pobreza, cierre de las Pymes, en fin, veremos si tiene esa “varita mágica” para revertir esos indicadores; lo malo al final, es que si no lo logra, se va otros 20 años al exterior, y quizás para ese tiempo Costa Rica no exista como nación soberana e independiente.

 

Enviado a SURCOS por SITRAHSAN.

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A propósito de la pregunta: ¿de dónde viene el nuevo Ministro de Hacienda?

«La política del Banco Mundial y del FMI respecto a Indonesia es emblemática en muchos aspectos. Combina la injerencia en los asuntos internos de un país, el apoyo a un régimen dictatorial culpable de crímenes contra la Humanidad, el apoyo a un gobierno responsable de la agresión a un país vecino (anexión de Timor Oriental en 1975) con el desarrollo de grandes proyectos que implicaron a la vez desplazamientos masivos de poblaciones, depredación de los recursos naturales en beneficio de las transnacionales y la agresión contra los pueblos nativos.»

 

Compartido con SURCOS por Gerardo Hernández Naranjo.

Referencia que le invitamos a leer:

El Banco y el FMI en Indonesia: una intervención emblemática

Serie: 1944-2019, 75 años de intervenciones del Banco Mundial y del FMI (parte 11)

Fuente: http://www.cadtm.org/El-Banco-y-el-FMI-en-Indonesia-una-intervencion-emblematica?fbclid=IwAR14JEmpMRq4E9yEbOkCa_sLq7OJhn-Qm-_hho4iYa-d46daeyG4yIz8ixM

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UCR-taller: “Construcción de escenarios socio-ambientales en Centroamérica para el año 2050”

La Escuela de Geografía de la UCR, el Observatorio del Agua y Cambio Global CIMAR y CIGEFI le invitan al taller «Construcción de escenarios socio-ambientales en Centroamérica para el año 2050» que se realizará los días 6 y 7 de noviembre de 9 a.m. a 4 p.m. en la Sala Multiuso de la Escuela de Geografía.

El taller será impartido por la Dra. Mónica Orozco.

Esta es una invitación abierta para estudiantes del posgrado, profesionales, egresados y colegas. El taller tendrá un cupo limitado para 25 personas y se debe llevar laptop.

Para confirmar asistencia, comuníquese al correo electrónico: prigap.eg@ucr.ac.cr

 

Enviado por Jaime García.

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APORTE A UN ANÁLISIS DEL PASADO DEBATE ELECTORAL

Carlos Meneses Reyes

Un evento político como el desarrollo de las pasadas elecciones del 27 de octubre de 2019 en Colombia, contribuye al análisis de la situación política concreta del país, sin que signifique sea el derrotero electoral el determinante para identificar la situación política nacional y del movimiento popular en Colombia.

Con esfuerzo de concentración aspiro no desviarme del objeto del presente artículo al destacar el civilizado comportamiento de las fuerzas insurgentes (ELN, EPL, Nuevas Farc-ep) en torno al desarrollo del cuestionado debate electoral en Colombia. Por primera vez, en varias fechas electorales, no rigió un cese al fuego unilateral y pese a ello no imperó el saboteo y primo la permisividad al libre ejercicio del derecho ciudadano a acudir a las urnas.

Tema aparte corresponde al analizar el toque a fondo de un sistema electoral corrupto en contrario a la sana práctica de la política, expresado en los registros de violencia salvaje inter partidaria que caracterizo el evento electoral y el significativo rechazo al sistema de escrutinios que mantiene en vilo la tranquilidad ciudadana en varios municipios del país, precisamente porque a algunos no les salieron las cuentas de inversión y de derroche de dinero para el logro de sus aspiraciones. Dejo así, no sin la mofa de que “el día de la quema se ve el humo”.

La metodología para abordar el tema bifurca consideraciones como la de incidencia de los resultados electorales en el viraje gubernamental de un gobierno caracterizado por la improvisación, el desgobierno, la falta de caracterización y capacidad del gobernante de turno y por ende imprimir un timonazo de desgobierno, en el sentido de perturbar el mal orden de gobierno imprimido o con caracterizada impresión de descalificación en variados aspectos. Otro, el definir una línea de acción del movimiento popular colombiano consecuencial a la búsqueda de la solución a los grandes males que aquejan a la población. Así planteado, no está al orden del día la toma del Poder Popular como la eficacia de aplicaciones dinámicas en la equivalencia de fuerzas políticas en el escenario nacional, para salir avante, tanto en la búsqueda de la solución política al conflicto armado interno colombiano; como la sintonía con la tendencia pos capitalista y de manejo alternativo al cambio del modelo económico neo liberal, acorde con la nueva ola de tendencia progresista que cabalga en Latinoamérica.

CONTRIBUCIÓN DESDE UNA CULTURA DEMOCRATICA

Para proceder a conocer el resultado de lo actual conviene el recuento de cuál fue el cálculo que impuso la hegemonía en el manejo del Estado colombiano, luego del fracaso del experimento contra insurgente paramilitar.

El impulso personalizado en un sujeto de extracción del campesinado rico, en dos periodos presidenciales consecutivos que plasmó una década de horrible noche de Terrorismo de Estado, dio paso a un cambio de “política de encerrona” de la rancia oligarquía y el predominio de la tendencia socialdemócrata (que con beneficio de inventario aceptemos como de Centro), para la búsqueda de una salida política al conflicto armado interno colombiano. La filosofía de esa “tendencia” fue de gatopardismo: “anunciar que todo cambia, para que nada cambie”. Los dos periodos de Juan Manuel Santos, convergieron en los Acuerdos de La Habana y el Teatro San Carlos, logrando – que no la paz- sí un fin del conflicto armado con la insurgencia de las Farc- ep y su desmovilización y entrega de armas “a cambio de nada”. En interés de confluencia nacional e internacional tanto el imperio vio y apoyó una salida bajo la sustitución de cultivos con base realista de ataque a los cultivos de coca y golpe a la producción de cocaína. Se manifestó el entusiasmo de la Banca internacional. El ansia desmedido de los intereses inversionistas extranjeros con fauces de invasores. Se plasmó todo un programa mínimo de alcances democrático populares…hasta que llegó el cálculo de tahúr y el abrazo de oso, del concebido referendo por la paz que dio triunfo al NO y la subsecuente echada por la borda de los Acuerdos de La Habana hecho trizas. La no implementación de los Acuerdos con la aplicación de la “enredadera jurídica” con la quinta columna en ejercicio del poder legislativo y judicial, que sin haber sido Delegados Plenipotenciarios de lo firmado, se dieron a la tarea de sembrar la confusión, quitando la naturaleza y esencia de lo firmado y con una práctica de malas artes leguleyas, hacen transito al despojo de lo esperanzadamente logrado.

 Recalco con alusión a lo referenciado, por la caracterización de ser un acto electoral como el llamado plebiscito refrendatorio, bajo el imperio de un sistema electoral amañado, el que cambio- desde entonces- la tendencia política de “Centro” a una de derecha militarista y guerrerista contra insurgente, expresado en el Bloque de Poder Hegemónico de Derecha Contrainsugente y retomando lo enunciado, concluir que es nuevamente un “acto electoral” ( el del 27 de octubre) el que redirecciona la política de derecha militarista de la hegemonía oligárquica en el poder a una con asomo de Derecha a secas.

Lo anterior significa que en Colombia todos esos matices de centro-derecha, centro-izquierda, son una entelequia o sofisma de distracción. Lo irreal relevante radica como método de clasificación de dos partes que constituyen la base de las leyes de los contrarios en la definición de los dos caracteres concretos: la derecha o la izquierda, en política. El resto de matices y sub matices de predominio o no, es metodología que se aplica en el entorno explicativo de lo mecánico electoral del Establecimiento.

Es decir, presentan dizque un “nuevo” mapa político con estos un poco más a la izquierda, aquellos más cerquita de la derecha, esos otros al centro derecha (!) y los del centro izquierda, casi se tocan etc, etc.

De manera que al aceptar o calificar que las elecciones pasadas del 27 de octubre constituyen un punto de inflexión, corresponde caracterizarlo como retroceso a la salida guerrerista, de terrorismo estatal, encarnado en el Uribismo, sí; pero no por ello exento el predominio de una tendencia en hegemonía de derecha contrainsurgente. Forma esta de salvaguardar el estado de cosas. En estos términos no hay un triunfo democrático de viraje de caracterización de una nueva política de Estado. Esta será un logro conquistable.

No hay derecha moderada, solo a secas derecha. El hecho político sucedido por el resultado electoral derrota la tendencia militarista, guerrerista y de aplicación de Terrorismo de Estado para policial. Pero queda intacta, casi sin modificación la tendencia de derecha contrainsurgente que subsume todo el problema del conflicto interno. En ello está el quid de la salida política al conflicto armado, político, económico, social y ecológico, colombiano.

Obvio que existen fuerzas o tendencias democráticas, progresistas, socialdemócratas liberales, cuya razón de ser es enfilar a una posición de izquierda. No de Centro, que repito es una entelequia. Pero en Colombia, desde el siglo próximo pasado, no resultan consecuentes con esa concepción y al enfilar con la hegemonía de derecha, colocan a las vanguardias políticas del movimiento popular, partido comunista colombiano (PCC), marxistas-leninistas, socialistas y a la izquierda legal revolucionaria, a la cola del Progresismo. Ahora lo del Progresismo podrá ser anatema para la derecha confesonaria pero no para el movimiento popular. Pero corresponde decantar al Progresismo y los programas Alternativos.

La hegemonía de derecha impera al aglutinar las fuerzas tradicionales liberales, conservadoras, de partidos nuevos, por lo general regidos por caciques caudillistas locales y de proyección nacional. Los matices citados no operan en escenarios diferenciados. Aglutinan dentro del juego de los poderes mafiosos y narco paramilitares. No existe causa que los diferencie de los otros. Argüir por ejemplo que la posición de Galán, siendo “liberal” es de centro derecha, busca y pretende ocultar la tendencia de derechización. Eso de que no es progresista; pero tampoco extremista: para que tantas cabalas.

Desde el triunfo del NO la tendencia retomo como de derecha. Un partido fascista impuso la hegemonía y a ellos se unieron acólitos, como dependientes. Luego del triunfo con un partido de poder fascista, hoy duramente golpeado, consolidó lo académicamente denominado Bloque Hegemónico de Poder de Derecha Contrainsurgente. A ese Bloque contribuyó precisamente el que no triunfara en la elección presidencial pasada el Progresismo y por ende confluyeron a ese Bloque todos esos matices descalificados. Sin temor a equivocarnos y como referencia gráfica hacen parte actualmente de ese Bloque: los partidos Centro Democrático.CD, Liberal, Conservador, de la U, Cambio Radical, las iglesias evangélicas, y otros grupúsculos denominados partidos menores, El Polo Alternativo- salvo sus bases conscientes- los Verdes-salvo sus bases conscientes y el sin número de matices, tendencias, en el cotorro político de imposturas conscientes. Desde ya visora el lente para la suerte de una política Alternativa triunfante al decaído neoliberalismo, como modelo económico.

De esa manera aportemos para lograr el análisis concreto de la situación concreta, del espectro político colombiano, que es la inmodificable regla metodológica que nutre el materialismo dialecto en cuanto conocimiento y devenir de la realidad del Estado colombiano.

CRONOGRAFIA ELECTORAL

Para un mejor entendimiento del escenario electoral colombiano destaco aspectos relevantes que se dieron.

Los analistas no coinciden que hayan sido las elecciones más seguras transcurridas en el país.

La constante fue los disparos, ataques, amenazas a candidatos, crímenes en el entorno, asesinatos contra aspirantes resaltando las rencillas y odios internos partidistas como manifestación expresa de decadencia de una política libre de violencia.

Para el Centro de estudios en Seguridad y Paz: “Esta campaña mostró que sigue habiendo violencia política en el país, se demostró que no solo era por la guerrilla que había violencia sino por las mismas estructuras y caciques políticos”.

En plena campaña electoral se escapa la ex senadora Aida Merlano, condenada por fraude electoral a 15 años de prisión. El Procurador General de la Nación expresa: «Detrás de la fuga de Aida Merlano existe una empresa criminal electoral». La periodista Jimena Dussan, acota: «así está la política en Colombia. Convertida en un ejercicio feudal, con un claro talante mafioso».

Como se vio en las pasadas elecciones presidenciales de 2018, fue marcado el predominio de los clanes políticos regionales en estas elecciones.

A nivel nacional los analistas debieran decantar el concepto de Carteles políticos y no el de Clanes en el predominio de las regiones. Esto por cuanto que la denominación CARTEL Político, compagina todos los elementos requeridos para su denominación. Converge, en la práctica, en un convenio de intereses tanto económicos como delictivos en el marco de un ejercicio político. Como tal el Cartel Político monopoliza el control de la política a nivel regional y de áreas metropolitanas y hasta departamentales y condicionan el destino de los cargos públicos de elección y en tal sentido fijan las condiciones y controles de la Administración como si se tratare del reparto de un determinado producto. Así no podrán alegar “que no existen pruebas suficientes”.

En particular ejercicio investigue en la definición y conocimiento del Cartel de Atalaya, en el Norte de Santander, en el artículo de “Entretelones en la Intromisión del Cartel de Atalaya en la Elección del Alcalde de Ocaña”. Allí aplicaron una “disidencia táctica” entre dos candidatos que la conducción mediática y de encuestas señalaron como los mas opcionados. Fueron dos caras de la misma moneda y aseguraron la inversión de miles de millones de pesos en ambas campañas. La inversión quedó asegurada.

En las huestes del partido Conservador en el Departamento de Norte de Santander da grima el saber que dos candidatos en sendos municipios presentaron, copiado, idéntico programa de gobierno, en un insulto de desazón y mal gusto a las aspiraciones del electorado.

Llama la atención la clase de juego o jugarreta ocurrida en el Departamento de Sucre tras la jugada entre Carteles políticos para atajar al candidato Yahir Acuña, de la misma camada narcoparamilitar, caído en desgracia, con arraigo en varios municipios como Tolu y Majagual, sacrificando el uno la candidatura para la gobernación y lograr que el candidato del partido Liberal Héctor Olimpo Espinosa llegara triunfante.

En Santander destacó la noticia de los mil millones de pesos (US$300.000 dólares) que el Partido Conservador recibió o cobro para dar el aval para la gobernación al candidato de apellido Anaya. A la larga resultó perdedor y la picaresca popular hace cabalas sobre cuantos miles de millones de pesos invirtió el Cartel Aguilar para que su candidato resultare electo.

Reaparece el genocidio político contra la Unión Patriótica (UP). En medio del proceso electoral en Bogotá. DC, el día 11 de octubre en horas de la madrugada fue atacada con disparos y una bomba incendiaria la sede del Comité Central del Partido Comunista Colombiano (PCC). Lugar que es compartido con el Partido Unión Patriótica (UP). Seguidamente la sede del Partido Farc, resultado de los Acuerdos de La Habana, también fue objeto de sabotaje. Destruido su emblema de la Flor Roja. Los atacantes dejaron una hoja de papel con la palabra “Regresamos” y una calavera. Pese a la cercanía de sedes policiales, no hubo detenidos, ni acumulado probatorio alguno.

Lo corrupto del sistema político y electoral en Colombia deja un sin sabor y descontento aun cerradas las elecciones. El proceso de escrutinios ha sido duramente criticado y expuesto en picota pública. En distintos municipios a lo largo y ancho del país han sucedido hechos de alteración del orden público, que han desembocado en asonadas. La población ha protestado por las formas confusa, variables inusitadas y sorprendente en el conteo de votos a candidatos. Presiones indebidas de administraciones municipales en el favorecimiento a determinados candidatos, son algunas de las manifestaciones que han puesto en vilo la credibilidad y legitimidad del proceso electoral.

Por lo anterior, no se compadece un análisis de respuesta objetiva a los resultados electorales, en cuanto a las implicaciones, de conjunto, que tengan sobre el partido perdedor de la jornada, que lo es el Centro Democrático (CD). Tampoco sobre las incidencias sobre el sub gobierno títere de Duque. Eso dejemos los para otros cojonudos expertos, ellos sí en las elucubraciones de la mecánica electorera…

Téngase lo anterior como muestra del corrupto sistema electoral colombiano. Sí, ese mismo que el Estado colombiano no reforma como implementación a los acuerdos de La Habana con las desmovilizadas Farc.

El recién fallecido cuadro de la oligarquía colombiana Guilermo Perry (q.e,p.d) señaló que “resulta clave hacer la reforma política a la que nos comprometimos en el acuerdo de paz”.

Dejemos así, “por ahora”.

 

Enviado por el autor.

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Perjuicios a sindicatos o sus integrantes pueden traer responsabilidad internacional: IIRESODH

SURCOS comparte este documento del Instituto Interamericano de Responsabilidad Social y Derechos Humanos (IIRESODH), en el cual, se “recuerda al Estado Costarricense que los perjuicios particulares causados a sindicatos o a sus miembros, por aplicación de este marco jurídico (Ley para Brindar Seguridad Jurídica sobre la Huelga y sus Procedimientos, expediente Ley 21.049 en trámite), puede generar responsabilidad internacional para Costa Rica y obligaciones de reparación hacia las víctimas, tanto ante el sistema de peticiones del sistema interamericano como del sistema de Naciones Unidas”.

La llamada de atención se hace luego de analizar las conclusiones de la Sala Constitucional y las necesarias correcciones de fondo y de procedimiento que deben realizarse a la propuesta, la cual, es adversada por sindicatos y movimientos sociales que la ven como un estrechamiento del espacio democrático.

Compartimos el documento:

San José, Costa Rica, 29 de octubre de 2019

COMUNICADO DE PRENSA

La libertad sindical y el derecho de huelga son fundamentos esenciales de una sociedad democrática, son la voz de la fuerza laboral, la cual también debe ser escuchada

El Instituto Interamericano de Responsabilidad Social y Derechos Humanos (IIRESODH), que es un órgano de acción académica y litigio estratégico internacional, por este medio expresa su preocupación por la información proveída por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, conocida el pasado viernes 25 de los corrientes, mediante un comunicado de prensa, en el que se indica que ha votado y adoptado los puntos conclusivos del proceso de consulta facultativa de constitucionalidad respecto del Proyecto de Ley Nº 21.049 “Ley para Brindar Seguridad Jurídica sobre la Huelga y sus Procedimientos”.

El IIRESODH participó dentro del proceso de consulta facultativa de constitucionalidad mencionado, en calidad de amicus curiæ (amigo del tribunal), exponiendo argumentos que, basados en el derecho internacional de los derechos humanos y en el desarrollo jurídico producido por la Organización Internacional del Trabajo, esencialmente por medio de su Comité de Libertad Sindical, tenían por propósito proveer información útil para que la Honorable Sala Constitucional enriqueciera su debate interior y que la Sala considerara otros aspectos complementarios que integran el derecho constitucional costarricense.

Para el IIRESODH es preocupante que, de conformidad con el contenido del comunicado de prensa de la Sala Constitucional, el empleador sea sólo obligado al pago de los días de duración de la huelga únicamente si ella es declarada legal, y el motivo de la huelga sea imputado a él mismo por incumplimientos graves. Con esta decisión, la Sala Constitucional destruye la presunción de legalidad que naturalmente se correlaciona con la buena fe, principio jurídico esencial que tiene efectos considerables. De esta manera, al exigirse una declaratoria de legalidad de la huelga se obliga a las organizaciones de trabajadores a acudir a la vía judicial para lograr esa declaratoria y revertir la obligación legal de no pago que se instaura a favor del empleador con el proyecto de ley. En el fondo, este mecanismo, impone una carga de temor a los trabajadores y las trabajadoras que decidan apoyar la huelga, quienes para no perder “en automático” el salario de los días de duración de la huelga, muy probablemente desistan de apoyarla.

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El IIRESODH muestra también su preocupación por que la Sala Constitucional no encontró vicios de inconstitucionalidad en la prohibición de las llamadas “huelgas políticas”. En ese sentido, las acciones de las organizaciones de trabajadores, incluida la huelga, no son menos políticas que las acciones de las organizaciones de empleadores, quienes en la práctica poseen mejores activos — de distinta naturaleza— de los que pueden echar mano para facilitar que sus intereses permeen en los órganos de decisión que ejercen poder público.

En ese sentido, las huelgas políticas son aquellas que descansan en un apoyo directo hacia grupos o plataformas cuya acción política puede poseer una convergencia con la agenda de la organización sindical. Dentro del escrito de amicus curiæ presentado por el IIRESODH, se hizo el siguiente planteamiento:

en el párrafo bajo análisis se hace una prohibición a las denominadas “huelgas políticas”, sin ofrecer una definición de qué debe entenderse por ellas, ¿Cuál es el concepto de una huelga política? La falta de una exactitud en la definición legal formal trasladaría a la autoridad judicial la necesidad de rellenar ese concepto, con lo cual se desvirtuaría la garantía que exige que esa restricción en particular se haga por medio de una ley en sentido formal, no por un juez. En tal sentido, la formulación de la prohibición de la huelga política, impone una restricción abierta que no satisface los estándares constitucionales de la legalidad y tipicidad, con lo cual se debe concluir que en este aspecto, la propuesta contradice el derecho de la Constitución.

Por otra parte, una huelga política debe estar vinculada con la protección de los intereses y derechos de los trabajadores para ser válida, con lo cual, la Sala Constitucional, en el sentir del IIRESODH, tenía una ocasión ideal para desempeñar un rol que coadyuvara a intensificar un debate amplio en la Asamblea Legislativa, con sentido esencial en la formación de la ley, que alejara un tema tan sensible para la democracia costarricense.

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El IIRESODH saluda el salvamento parcial del voto de los magistrados Salazar Alvarado y Picado Brenes quienes consideraron que, respecto de los servicios esenciales, la opción prohibitiva de la huelga debería limitarse exclusivamente a situaciones extremas, cuando exista amenaza evidente e inminente para la vida, la seguridad o la salud de toda o parte de la población. La votación parcialmente salvada de los Magistrados Salazar Alvarado y Picado Brenes, en cuanto a la inconstitucionalidad de la prohibición absoluta de la huelga en los servicios esenciales, y la admisión de la huelga bajo modalidad de limitación de servicios, es una muy adecuada aplicación del llamado test de proporcionalidad el cual busca que de entre varias posibles medidas restrictivas, se seleccione aquella que, siendo establecida en una ley formal, y persiguiendo una finalidad legítima, sea idónea y necesaria para lograrla, y logre un equilibrio óptimo entre la restricción y el beneficio social obtenido en una sociedad democrática, de manera que un derecho no neutralice absolutamente a otro, a menos que la circunstancia sea absolutamente extrema.

Adicionalmente, el IIRESODH se complace en advertir que, de conformidad con el comunicado de prensa proveído por la Sala Constitucional, el voto parcialmente salvado de los Magistrados Salazar Alvarado y Picado Brenes posee coincidencia con lo expuesto en el escrito de amicus curiæ que de manera oportuna presentó el IIRESODH, en el cual textualmente se indicaba que:

Lo que corresponde es discernir si existen servicios públicos de los denominados “esenciales” que efectivamente pongan en riesgo la vida, la seguridad o la salud, en el caso de su suspensión, discontinuidad o paralización. Este tipo de servicios públicos esenciales se denominan “servicios públicos esenciales en sentido estricto” —es decir, no cualquier servicio público, y no cualquier servicio público esencial, sino aquellos que lo son en un sentido estricto—, y si efectivamente se puede asociar un riesgo objetivo a una huelga, entonces la prohibición de la huelga estará justificada. En otras palabras, la prohibición de la huelga, como restricción severa, cuando dicha huelga suceda en un servicio cuya suspensión, discontinuidad o paralización genere un riesgo objetivo al derecho a la vida, a la salud o a la seguridad, es necesaria para la protección de tales derechos.

Nuestra intervención trasladaba el estándar desarrollado por el Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo, en el sentido que la prohibición de la huelga es aceptable frente a servicios públicos esenciales en sentido estricto, y para los que no alcanza dicha calidad, son admisibles las suspensiones selectivas de servicios, acordadas juntamente con el empleador.

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El comunicado de prensa emitido por la Sala Constitucional da cuenta que no hay declaratoria de inconstitucionalidad sobre el añadido que se hizo al final del artículo 378 del Código de Trabajo, en el sentido que se prohíbe la reiteración las huelgas por idénticos motivos de una anteriormente realizada. Nuestra intervención como amicus curiæ indicaba al respecto lo siguiente:

La mera existencia de una manifestación (manifestación como huelga) que tenga como motivo una situación que ya fue objeto de protesta implica que los problemas no han sido solucionados, y que, por el contrario, persisten y en algunos casos pudo haberse agravado.

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Del mismo modo el IIRESODH saluda que la Sala Constitucional haya encontrado un vicio de inconstitucionalidad en la habilitación generada por el proyecto de ley bajo consulta, según la cual la responsabilidad penal de las acciones de los integrantes de las estructuras dirigenciales del sindicato podían ser empleadas para autorizar la disolución sindical.

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El IIRESODH aprovecha la oportunidad para reiterar su compromiso con los valores democráticos y de justicia social que subyacen en la configuración constitucional de Costa Rica, y en los tratados de derechos humanos.

Adicionalmente, el IIRESODH recuerda que, como lo indica la Coordinadora Residente del Sistema de Naciones Unidas en Costa Rica, en su nota OCR-029-2019 del 28 de octubre de 2019:

… de conformidad con las obligaciones internacionales que le corresponden al Estado de Costa Rica en materia de derechos humanos provenientes del derecho internacional incluyendo los tratados internacionales, los Estados tienen el deber de cumplir con dichas obligaciones.

Los procedimientos especiales recogen un conjunto diverso de mecanismos que tienen como finalidad promover y proteger los derechos humanos y prevenir violaciones relacionadas con temas o situaciones particulares o examinar la situación de países específicos.

En consecuencia, los Procedimientos Especiales constituyen un instrumento clave para asegurar el cumplimiento de los [derechos humanos] en los países y sus recomendaciones deben ser consideradas oportunamente por los Estados.

Con ello, el IIRESODH lamenta que el dictamen de la Sala Constitucional haya tomado significativa distancia del dictamen que de manera oportuna proveyeron tres Relatores Especiales del Consejo de Derechos Humanos en los que advertían incompatibilidades entre el proyecto de ley Nº 21.049 y el derecho internacional de derechos humanos, incluyendo el Convenio sobre Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo.

No obstante, además de reiterar a la Asamblea Legislativa su disposición para dialogar con los Diputados y las Diputadas llamados a dictaminar, sobre los alcances del derecho internacional en la materia, el IIRESODH recuerda que actualmente se discute en el seno de la Corte Interamericana de Derechos Humanos una solicitud de opinión consultiva sobre la libertad sindical —denominada Alcance de las Obligaciones de los Estados, Bajo el Sistema Interamericano, sobre las Garantías a la Libertad Sindical, su Relación con Otros Derechos y Aplicación desde una Perspectiva de Género— en la cual se analizarán diferentes alcances sobre el derecho de huelga que se desprende de la libertad sindical, como se advierte del mismo planteamiento de la solicitud de opinión consultiva, oportunidad que debe ser empleada por Costa Rica para ajustar su ordenamiento jurídico interno a lo que se establece en las normas internacionales de derechos humanos, y reconciliar su postura con los mecanismos de protección internacional de derechos humanos.

Si bien las opiniones consultivas son efectivamente eso, opiniones que evacúan consultas, esto no les resta sentido vinculante sobre la base del principio de buena fe, lo que supone hacer el mejor esfuerzo posible para no ir en contra del objeto y fin del tratado o tratados que se interpretan por medio de ella.

Finalmente, el IIRESODH recuerda al Estado Costarricense que los perjuicios particulares causados a sindicatos o a sus miembros, por aplicación de este marco jurídico, pueden generar responsabilidad internacional para Costa Rica y obligaciones de reparación hacia las víctimas, tanto ante el sistema de peticiones del sistema interamericano como del sistema de Naciones Unidas.

 

Compartido con SURCOS por Juan Carlos Cruz Barrientos.

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¡El agua muchas veces no es tan pura!

La cloración del agua en nuestro país se ha convertido en una obligación por parte del Ministerio de Salud. La preocupación radica en la contaminación de la misma y en las enfermedades ocasionadas a partir del consumo de ésta.

Pero ¿qué pasa con aquellas fuentes de agua que no se encuentran contaminadas? ¿Es necesario clorarlas?

En los pueblos rurales, nuestros antepasados por años han bebido el agua de sus nacientes sin ningún tipo de tratamiento, siendo inexistente algún problema de salud por ello. Tal es el caso de la comunidad de Los Criques, San Ramón. Como sus pobladores mencionan, su nombre “Criques” se debe a la abundante existencia de nacientes de agua, orgullosamente quienes abastecen con dicho recurso a las comunidades vecinas.

No obstante, en los últimos años su alegría se ha visto opacada. La actual regulación sobre la cloración del agua ha generado problemas de salud. Sin entrar en cuestionamientos acerca de la necesaria presencia o no de este elemento químico en el agua, queremos hacer énfasis en los métodos utilizados para realizar este proceso.

En este lugar el AYA (Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados) cuenta con dos sistemas de captación del agua. El primero, un enorme tanque que abastece los pueblos de los alrededores, donde la cloración se realiza de una forma creemos correcta ya que el cloro se diluye en toda el agua.

Encontramos un segundo sistema, una naciente de la cual se desprende un tubo madre que permite que el agua llegue únicamente a los hogares de la comunidad de Los Criques. La cloración en este caso se lleva acabo de una forma muy diferente; no se realiza directamente en la captación debido a la posible afectación de especies por medio del rebalse del agua. Por esta razón, un pequeño tanque contiene el cloro y es depositado por medio de goteo en el tubo madre, llegando a los hogares sin diluir y presentando en determinadas horas picos muy altos de este elemento que lamentablemente la gente tiene que ingerir.

A partir del consumo de este líquido sin su debido proceso de cloración, se han presentado en muchas personas diarreas, malestares gástricos, alergias en la piel. Sin dejar de mencionar el aumento de casos de cáncer; no podemos asegurar que se deba a la cloración, sin embargo, estos síntomas deben servir de alerta a las autoridades competentes.

Consideramos importante realizar estudios y evaluar que tan necesario es cumplir una ley, que por un mal proceso de aplicación en lugar de proteger está afectando la salud de las personas.

 

 

Universidad de Costa Rica

Sede Occidente

Sistema de Educación General

Repertorio Problemas Ecológicos

Yuliana Arias Jiménez B50633

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Denuncian detonaciones de armas de fuego en Río Azul de Salitre

  • Desconocidos suben con los rostros cubiertos a Río Azul

Miércoles 30 de octubre de 2019. Al ser las 10 de la mañana un grupo de personas que se identifican como peones de Doris Ortiz, ingresaron ilegalmente varias cabezas de ganado a la finca recuperada desde el 2014 por el originario Bribri José Luis Ortiz Delgado, ubicada 2 km al norte del cruce de Puente y Río Azul, camino hacia esta última comunidad, en el territorio Bribri de Salitre.

Aunque Doris Ortiz es Bribri, la misma ha permitido en varias ocasiones que personas no indígenas ingresen ganado a esa finca y es conocido ampliamente su relación con terratenientes que usurpan los territorios de los pueblos originarios de la zona sur de Costa Rica.

Al ser las 3:15 de la tarde se escucharon varios disparos en esa finca y al ser las 3:30 p.m. dos sujetos con el rostro cubierto ingresaron a la comunidad de Río Azul y minutos después se retiraron.

En la finca recuperada por José Luis Ortiz Delgado desde el 2014, varias personas han ingresado ilegalmente ganado en varias ocasiones; el 27 de mayo de 2019 el no indígena Alfredo Valverde ingresó varias reses que luego retiró.

El 20 de setiembre de este año, varias personas que se dicen ser peones de Doris Ortiz, también ingresaron varias reses, que tuvieron que ser retiradas por varios jóvenes del pueblo Bribri de Salitre; en esa ocasión hubo disparos por parte de los peones de Doris; quienes hoy repiten la acción ilegal e ilegítima.

Desde el Consejo Ditsö Iriria Ajkönuk Wakpa de Salitre se responsabiliza al Estado de Costa Rica por permitir estos reiterados actos de violación de los derechos humanos del Pueblo Bribri de Salitre.

Consejo Ditsö Iriria Ajkönuk Wakpa de Salitre

Coordinadora de Lucha Sur Sur

 

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