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Autor: María José Ferlini Cartín

De nuevo el sueño de la razón sigue produciendo monstruos

(Parafraseando a Francisco de Goya, el gran pintor español de hace dos siglo)

Rogelio Cedeño Castro

Desde que el profesor Juan Bosch(1909-2001), el insigne político y escritor dominicano, quien fuera probablemente uno de los hijos más ilustres de ese país, publicó en 1966 su libro LA CRISIS DE LA DEMOCRACIA DE AMÉRICA EN LA REPÚBLICA DOMINICANA, la supervivencia misma de la precaria institucionalidad democrática de nuestra región no se había visto tan amenazada por la presencia del autoritarismo, la insensatez, el delirio y la pérdida de contacto con la realidad de que están dando muestras buena parte de las élites políticas latinoamericanas: los países del Grupo de Lima al desconocer la legitimidad del gobierno venezolano han dado un paso muy peligroso, el que puede llegar a tener las proporciones de un alud de desgracias para toda la región por el nefasto precedente que han sentado.

El hecho de que 43 diputados de la pacífica, y presuntamente democrática Costa Rica, hayan decidido desconocer la legitimidad del gobierno de otro país latinoamericano, en este caso el de Venezuela, nos sitúa en medio de una escena surrealista, y nos retrotrae a los peores tiempos de la guerra fría, con su nauseabunda dualidad entre un presunto comunismo-socialismo que nunca pasó de ser un capitalismo de estado autoritario y unas autoproclamadas democracias, tan raquíticas como autoritarias en lo que al respeto a los derechos humanos se refiere, además de ser excluyentes en cuanto a la satisfacción de las necesidades de las mayorías populares de la región, con unos gobernantes, no importa si civiles o militares, que valiéndose de un grotesco y mal articulado discurso anticomunista, que casi lindaba con el fascismo, justificaron la comisión de los peores crímenes y llevaron a cabo un sistemático exterminio de disidentes políticos, el que alcanzó proporciones dantescas en los casos de Guatemala, Argentina, El Salvador, Chile, Nicaragua, Paraguay y otros en los que las violaciones a los derechos humanos eran el pan cotidiano.

No podemos olvidar que fue en aquel entonces, y cuando acaba de ser invadida la República Dominicana, en el mes de abril de 1965, para impedir el regreso del único presidente democrático que tuvo ese país durante el siglo anterior, que la guerra fría estaba en todo su esplendor, llevando al profesor Juan Bosch a tomar distancia con las posiciones complacientes, de la llamada izquierda democrática de la región, hacia los cada vez más audaces y cínicos desmanes imperiales de la Casa Blanca de Washington, desde donde se miraban de reojo las políticas reformistas o redistributivas de la riqueza de algunos países. Hoy en cambio, el viraje a la derecha es de tal magnitud que, el sólo hecho de hablar de políticas sociales y beneficios para las mayorías de la región es un delito, cuando no un signo de ser una creatura delirante, un partidario del maldecido populismo que se cultivaba por entonces, como reflejo de la modalidad rooselveltiana de las políticas económicas keynesianas de entonces, las que llevaron a crecer la economía y el bienestar de grandes sectores de la población, lo que para la derecha de hoy, sin vocación democrática alguna, y arrepentida de sus veleidades reformistas o socialdemócratas, constituye una abominación. La hora de la ofensiva final contra los derechos de las mayorías ha llegado, casi sin darnos cuenta, siempre con la resistencia de las organizaciones populares, la única herramienta con que cuentan y que tendrán de preservar de múltiples asechanzas».

 

Enviado a SURCOS por el autor.

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FECON: Esquizofrenia minera en la Asamblea Legislativa

  • Dirección General de Salud recibió la directriz de la ministra de investigar el grave daño ambiental y de salud provocado por el mercurio

  • Mientras tanto, fracciones legislativas corren para volver a legalizar minería con mercurio y cianuro

FECON, 15-01-2019) La denuncia por contaminación con mercurio interpuesta en diciembre del año pasado por la Federación para la Conservación de la Naturaleza (FECON) ha sido aceptada por parte de la jerarca en funciones del Ministerio de Salud Dra. Alejandra Acuña Navarro y de esta forma se ordena realizar las investigaciones pertinentes desde la Dirección General de Salud. Pero al mismo tiempo, en la Asamblea Legislativa, diputados intentan legalizar la minería con cianuro y mercurio.

La denuncia interpuesta por las organizaciones ambientales es enfática en la responsabilidad es objetiva para los propietarios de la Finca Vivoyet, terreno donde se desarrolla actualmente la actividad de extracción ilegal de oro. El documento presentado por FECON tiene como objetivo hacer cumplir la legislación nacional e internacional vigente en materia de contaminación de suelos como lo es:

  • El Convenio de Minamata1, (sobre la eliminación del uso de mercurio);
  • La Ley para la Gestión Integral de Residuos (que establecen las responsabilidades de los administrados y del Ministerio de Salud en relación con la prevención y remediación de los suelos contaminados);
  • Ley Orgánica del Ambiente y el Reglamento sobre valores guía en suelos para descontaminación de sitios afectados por emergencias ambientales y derrames (N° 37757-S)

La denuncia se basa en la evidencia del impacto ambiental negativo que ha generado la minería artesanal ilegal, dado que se da en extensiones de varias hectáreas, con profundidades de hasta 10 metros aproximadamente. Se tiene un primer dato, según el Oficio DGM – CMRHN- 11 – 2018, del 14 de marzo del 2018 de la Dirección de Geología y Minas donde se revela que se ha extraído un total de 173.873 m3 de material saprolítico (tierra y roca con oro). Puesto que la actividad de minería ilegal no ha cesado, ese volumen de material removido puede ser mayor debido a que este informe fue realizado hace 9 meses.

Es importante señalar que este material ha sido extraído del procesamiento minero artesanal con el uso de mercurio, de manera que, ahora se encuentra contaminado con mercurio y por tanto, calificaría como un suelo contaminado, con capacidad de generar lixiviados que contaminen cuerpos de agua.

En FECON vemos con buenos ojos que el Ministerio de Salud reconozca la gravedad del asunto y acepte realizar dicha investigación para sentar responsabilidades sobre quienes dejan entrar a los mineros ilegales para que destruyan la finca, el bosque y contaminen el agua.

Diputados mineros y doble cara:

Mientras las organizaciones ambientales buscamos soluciones al problema de contaminación en Crucitas, algunos diputados buscan la forma de legalizar nuevamente la minería de oro con mercurio y con cianuro. Esto pese que algunos de estos diputados han hecho politiquería con el tema de contaminación con mercurio en Crucitas a las puertas del juicio contra Oscar Arias Sánchez por corrupción en la concesión minera a Industrias Infinito.

La Comisión Especial de Guanacaste dictaminó de forma unánime el expediente 20922. Estos diputados y diputadas que votaron a favor de legalizar la minería con cianuro y mercurio y al mismo tiempo llaman “desastre ambiental responsabilidad de los ambientalistas” lo ocurrido en Crucitas. Los integrantes de la comisión son: Aida Maria Montiel (PLN), Mileydi Alvarado Arias (RN), Luis Antonio Aiza Campos (PLN), Welmer Ramos Gonzalez (PAC), Rodol Peña Flores (PUSC), Zoila Rosa Volio Pacheco (PIN), Ivonne Acuña Cabrera (RN)

Esta aprobación por unanimidad se da sin escuchar al Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa, el cual recomendó rechazar la reforma señalando que: “que la actividad de minería artesanal desde el punto de vista privado es poco rentable. Si se realiza el análisis Costo-Beneficio Social, se determina que, con la introducción de la externalidad negativa de intoxicación por mercurio, la rentabilidad de la actividad es aún inferior. Se concluye que bajo las condiciones actuales la actividad minera artesanal es poco viable tanto desde el punto de vista privado como social, por tanto se requiere la introducción de mejores prácticas que permitan incrementar los niveles rentabilidad para los mineros y una reducción en el efecto que la misma tiene sobre la salud de los productores, reduciendo el impacto social negativo de la actividad.”

En las organizaciones ambientales nos llama la atención la forma evidente en la que estos legisladores dicen una cosa mientras hacen la contraria. Dicen proteger el ambiente, atacando a quienes evitaron el desastre de la minería de oro a cielo abierto, y al mismo tiempo intentan legalizar la contaminación con mercurio y cianuro.

Información: teléfono 87609800

1 Que es un tratado mundial para proteger la salud humana y el medio ambiente de los efectos adversos del mercurio ratificado por Costa Rica.

 

Enviado por FECON.

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APSE: proyecto para limitar derecho a huelga es autoritario, antidemocrático e inconstitucional

  • APSE expone en audiencia ante diputados el rechazo al proyecto de Ley 21.049 por limitar el derecho a huelga y amenazar la existencia de los sindicatos

APSE participó este martes 15 de enero de 2019 en una audiencia convocada por los diputados de la Comisión especial que tramita por vía rápida el proyecto de ley 21.049, que pretende imponer restricciones al ejercicio del derecho a huelga y amenaza con crear nuevas causales de disolución de los sindicatos.

La Presidenta de APSE; Mélida Cedeño Castro, manifestó el rechazo absoluto de nuestro sindicato a este proyecto de ley, al que calificó de autoritario, antidemocrático e inconstitucional, por lo que exige que el mismo sea archivado. En esta audiencia, también participó la asesora legal de APSE, Ileana Vega Montero. Fueron citados también a esta comparecencia, representantes de los sindicatos del sector educación ANDE y SEC.

De la exposición realizada por APSE; cabe resumir los siguientes aspectos:

– APSE manifestó su inconformidad con el trámite legislativo que se acordó facilitar a este proyecto, fundamentado en el artículo 208 bis del Reglamento de la Asamblea Legislativa, ya que implica curso atropellado a un asunto que resulta de la mayor importancia para el sistema democrático y para la clase trabajadora costarricense.

– Recordó que la huelga es un derecho de rango constitucional, establecido en el artículo 61 de la Constitución Política de 1949, la cual determina el carácter que tiene nuestro ordenamiento: un Estado Democrático de Derecho. Estos valores y principios constitucionales no se podrían cumplir sino se reconoce, promueve y garantiza efectivamente la Libertad Sindical.

– La Libertad Sindical no se agota en el derecho de asociación, sino que configura un haz de libertades con amplio reconocimiento y tutela en nuestro ordenamiento jurídico. El proyecto de ley que aquí se examina, trastoca severamente el derecho de huelga, por lo que en su conjunto la Libertad Sindical resulta violentada en esta iniciativa legislativa.

– Existe un conjunto de instrumentos supranacionales de Derechos Humanos que reconocen el derecho de huelga, en el máximo nivel normativo del ordenamiento internacional. Por mandato del artículo 7 de nuestra Constitución, se exige a los poderes públicos garantizar la máxima eficacia y efectividad del Derecho de Huelga.

– En la Constitución Política vigente, el derecho de huelga está reconocido en el artículo 61. La norma reconoce el derecho de huelga, pero a la vez establece una limitación en los servicios públicos. Esta limitación no es absoluta. La educación no constituye un servicio esencial, como lo han determinado reiterados pronunciamientos del Comité de Libertad Sindical.

CONTENIDO AUTORITARIO, ANTIDEMOCRATICO E INCONSTITUCIONAL DEL PROYECTO DE LEY DE PARA BRINDAR SEGURIDAD JURIDICA SOBRE LAS HUELGAS:

1.- Modificaciones sustanciales del proceso común de declaratoria de huelga

El proyecto quiebra el carácter único que tiene la regulación actual e introduce modificaciones esenciales del proceso común de declaratoria.

– 1.1.- Mención obligatoria en el Estatuto sindical de medio electrónico para atender notificaciones: El proyecto propone la modificación del inciso b) del artículo 345 CT, a cuyo efecto los sindicatos deben modificar sus estatutos, debiendo señalar un medio electrónico para recibir notificaciones de cualquier naturaleza. Esta modificación es totalmente innecesaria, porque la norma actual dispone soluciones efectivas para lograr la inmediata notificación de cualquier demanda de calificación de huelga, como realizar una comunicación en un periódico de circulación nacional. La propuesta de reforma significa una grave lesión de la autonomía sindical, particularmente la autonomía estatutaria, amparada en el artículo 3 del Convenio N° 87 de OIT. El proyecto en cuestión violenta palmariamente este Convenio, porque impone una regla preceptiva, detallada y estricta, en menoscabo de la autonomía estatutaria de los sindicatos, protegida en este instrumento internacional.

– 1.2.- Reducción irrazonable del término para contestar la demanda de huelga: El término para que los sindicatos contradictores contesten la demanda de calificación, se reduce abruptamente de tres días hábiles, a tan sólo un día hábil. De esta manera, se propone un término absolutamente irrazonable para contestar una demanda de calificación de huelga. Prácticamente sería imposible ejercer de manera adecuada el derecho de defensa, desde el punto de vista técnico y material.

-1.3.- Efectos retroactivos, de carácter salarial, de la sentencia de declaratoria de ilegalidad de la huelga: El artículo 379 del Código de Trabajo ha sido interpretado en recientes pronunciamientos de los Tribunales de Apelación, que han determinado que la declaratoria de ilegalidad de un movimiento de huelga, sólo tiene efectos hacia futuro y que al amparo de un pronunciamiento judicial de esta especie, no se pueden descontar salarios de manera retroactiva o aplicar sanciones disciplinarias. El proyecto 21.049 pretende que una eventual declaratoria de ilegalidad, tenga efectos retroactivos. Esta disposición resulta inconstitucional, porque en lugar de potenciar el ejercicio de este derecho fundamental más bien pretende desincentivarlo, se erradica la presunción de legalidad del movimiento de huelga al que trabajadores se sumaron de buena fe, y se penaliza económicamente el ejercicio de un derecho fundamental. Por esta vía, el proyecto desmonta totalmente el derecho de huelga.

2.- El proceso extraordinario de calificación de huelga en los servicios públicos (no esenciales)

Además de las anteriores disposiciones, el proyecto de ley somete los procesos de calificación de huelga en los servicios públicos (no esenciales) a un conjunto de disposiciones de excepción o reglas restrictiva.

– 2.1.- Modificación de la organización y funciones del Poder Judicial: la calificación de huelga en servicios públicos: El proyecto establece disposiciones que modifican la organización y funcionamiento del Poder Judicial, por lo que en la eventualidad que la Corte Suprema de Justicia manifieste su inconformidad, requerirá inevitablemente una votación de mayoría calificada.

-2.2.- Reducción arbitraria e irrazonable de los términos judiciales, en menoscabo del derecho de defensa y el debido proceso: El término para apelar la sentencia se reduce de 3 días hábiles a 48 horas, a partir de la correspondiente notificación. Asimismo, reduce sustancialmente los plazos para que el juzgado de trabajo y el Tribunal de Apelaciones dicten la correspondiente sentencia. No tienen ningún sustento razonable estas reducciones abruptas de los plazos judiciales, cuyas reglas desnaturalizan el proceso.

-2.3.- Terminación de la huelga por sentencia judicial: El proyecto contiene un nuevo artículo que introduce una figura que no está en la legislación actual (artículo 661 bis). Se impone un límite temporal a la duración del movimiento, aún si la huelga es calificada como legal, que licencia al juez de trabajo dar por terminado, de un solo plumazo, la medida legítima de presión. Además, es de muy dudosa constitucionalidad, que se le pueda atribuir a un juez de trabajo esta potestad.

3.- Proscripción del proceso de calificación de huelga en los servicios esenciales El proyecto parte de la premisa que la huelga en los servicios esenciales “es manifiestamente ilegal.” De esta premisa de origen, concluye que el proceso de calificación normado en el Código de Trabajo, no resulta aplicable cuando la huelga se ejecuta en los servicios esenciales.

La proposición legislativa parte de una premisa que no se adecua a nuestro ordenamiento jurídico y resulta contraria a la Constitución Política. El artículo 61 no establece una prohibición absoluta de la huelga en los servicios públicos, cuya norma se desarrolla en los artículos 375 y 376 del Código de Trabajo. Al tenor de ambas disposiciones, únicamente no tienen derecho a la huelga aquellos trabajadores que sean absolutamente indispensables para mantener el funcionamiento mínimo de estos servicios. El resto de los trabajadores, es decir quienes no son absolutamente imprescidibles, no tienen ningún impedimento para ejercer el derecho de huelga.

4.- Nuevas causales de disolución de los sindicatos

Se pretende modificar el artículo 350 CT, adicionando nuevas causales de disolución de los sindicatos. Aquí el proyecto refleja la cicuta de la pluma de sus redactores, creando nuevas causas de disolución de los sindicatos, con la finalidad de restar fuerza, efectividad a la huelga y eliminar los sindicatos.

La organización de manifestaciones públicas, las acciones de protesta, son derechos de participación política, inherentes a una sociedad democrática y plural, que los trabajadores, que no son menos ciudadanos, pueden ejercer de manera coetánea e integrados inescindiblemente al derecho de huelga.

El proyecto de ley, en lugar de potenciar el ejercicio de estas libertades públicas, inseparables de la huelga, repele de manera desproporcionada estas libertades fundamentales y las penaliza, transformándolas en nuevas causas de disolución de los sindicatos.

CONCLUSIONES:

Con fundamento en los motivos expuestos, la representación de la APSE plantea las siguientes conclusiones:

1.- En primer lugar, advertimos que no es lo más prudente y objetivo que se impulse una iniciativa legislativa, que tenga de caldo de cultivo el último movimiento de huelga que convocamos los sindicatos contra el proyecto de ley de fortalecimiento de las finanzas públicas.

No queda la menor duda que se trata de una iniciativa legislativa de carácter reactiva, visceral, que la emprende animosamente contra la huelga, derecho fundamental de la clase trabajadora y los sindicatos.

2.- En segundo lugar, deploramos que este proyecto se tramite al cobijo de un procedimiento extraordinario, fundamentado en el artículo 208 bis del Reglamento de la Asamblea Legislativa, que restringe la participación de los actores sociales interesados en este asunto.

Mucho menos podríamos estar de acuerdo que este proyecto, que concierne a un derecho fundamental, se tramite a la sombra de un procedimiento de esa especie, que defrauda el sistema democrático y los pilares de la actividad parlamentaria.

Denunciamos, entonces, que el derecho de huelga queda secuestrado en los conciliábulos políticos que licenciaron este desafortunado procedimiento legislativo ad hoc.

3.- La iniciativa de ley responde a una lógica política reaccionaria, antidemocrática y autoritaria, que configura una auténtica contrareforma laboral, un retroceso histórico y social, que nada tiene que envidiarle a los proyectos de reforma que en Chile está impulsando el Presidente Piñera, en Argentina, Macri y en Brasil, Bolsonaro, todos que propenden la destrucción de los sindicatos, los derechos fundamentales de la clase trabajadora, para luego, en definitiva, acometerse contra lo poco que quede de la democracia.

4.- El Estado Social y Democrático reconoce la huelga como un derecho fundamental de la clase trabajadora.

El proyecto de ley, como se demostró, enerva el núcleo esencial del derecho de huelga y en consecuencia, hace nugatoria la actividad de los sindicatos.

Por contrario a su título, en lugar de brindar seguridad jurídica acerca de la huelga, el proyecto lo que asegura es el desbaratamiento del derecho de huelga.

5.- La iniciativa legislativa sanciona económicamente a los trabajadores, imponiendo el descuento retroactivo de los salarios devengados, a consecuencia de una huelga que sea declarada ilegal.

En consecuencia, el proyecto penaliza patrimonialmente el ejercicio de un derecho fundamental, quebrando la presunción de legalidad y legitimidad de la huelga, de base constitucional.

6.- El proyecto invade la autonomía sindical, particularmente la autonomía estatutaria, quebrantando el Convenio N° 87 de OIT, imponiendo a los sindicatos la obligación de modificar sus estatutos, para que definan un medio electrónico para atender notificaciones, de cualquier naturaleza, particularmente demandas de calificación de ilegalidad de huelgas, cuya omisión tendría consecuencias muy serias para los sindicatos.

7.- En su desenfreno, el proyecto no tiene reparo de violentar el principio de tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho de defensa, de la solera constitucional, imponiendo, de manera arbitraria, plazos absolutamente irrazonables para contestar una demanda de calificación, apelar la sentencia y dictar los pronunciamientos judiciales, configurando un pseudoproceso judicial, reducido a un mero trámite procesal, incompatible con los principios de justicia y del Estado de Derecho.

8.- El proyecto concede patente de corso a los jueces de trabajo para que puedan, con una simple solicitud del patrono, finalizar un movimiento de huelga que haya sido declarado legal.

De esta manera, el proyecto cohonesta prácticas patronales desleales y le pone, desde el principio un límite temporal a aquellas huelgas, afectando su efectividad, cuando por contrario, el legislador debería potenciar al máximo la efectividad de este derecho fundamental.

Además, es de muy dudosa constitucionalidad que los jueces, por un mandato draconiano, puedan intervenir y ordenar la finalización de un movimiento de huelga, con mayor razón, por tratarse de un derecho fundamental, que debe tener la máxima protección del ordenamiento.

9.- La prohibición absoluta del derecho de huelga en los servicios esenciales, desnuda su contenido autoritario contra la clase trabajadora, que no por ser trabajadores que prestan sus actividades en estos servicios, están proscritos del derecho de huelga.

Al tenor del artículo 61 constitucional, no existe sustento para sostener esa prohibición absoluta del derecho de huelga, desconociendo, además, importantes pronunciamientos del Comité de Libertad Sindical.

Así mismo, advertimos que por más que se prohíba la huelga en los servicios públicos esenciales, los trabajadores no renunciarán al ejercicio de este derecho fundamental. Por tanto, en lugar de prohibir, lo que corresponde es que en estas actividades, se regule adecuadamente el ejercicio del derecho de huelga partiendo de lo que estipula el inciso d) del artículo 376 del Código de Trabajo.

10.- Como corolario, el proyecto criminaliza la manifestación pública, la libertad de reunión, la movilización de las personas trabajadoras, que son manifestaciones de la libertad de expresión en su dimensión colectiva, valor supremo de nuestro ordenamiento, inseparables del ejercicio del derecho de huelga, las cuales el proyecto transmuta en nuevas causas de disolución de los sindicatos, haciendo evidente y manifiesto el contenido represivo de la propuesta legislativa.

11.- En las sociedades democráticas el conflicto se asume como un componente estructural, manifestación de la voluntad popular, que debe encauzarse por los procedimientos de solución dispuestos en el ordenamiento jurídico.

El conflicto no se resuelve vaciando de contenido, ni prohibiendo el derecho de huelga, ni mucho menos reprimiendo, penalizando las acciones de tutela de los trabajadores y liquidando a los sindicatos.

12.- En definitiva, nuestra organización advierte que este proyecto de ley refleja el autoritarismo y la hegemonía de la clase política que gobierna este país, que tiene sumida en una profunda crisis la democracia costarricense.

Esta crisis denota que los cauces institucionales se están agotando y no existen instrumentos suficientes y eficaces para garantizar la supervivencia de los derechos sociales, laborales y democráticos. La orientación ideológica que se le ha venido dando a la gestión política, económica y social, que tiene de referente la aprobación del TLC, implica una profunda mutación del pacto constitucional, que deja en serio predicamento la vigencia y aplicación efectiva de las garantías y derechos sociales contemplados en la Constitución de 1949, entre ellos, la Libertad Sindical y el derecho de huelga.

Insistimos en que se viene profundizando, de manera acelerada, el proceso de descontitucionalización del Derecho del Trabajo, particularmente el Derecho Colectivo del Trabajo y desmontando la cláusula social y democrática, traducido en una ruptura del pacto constitucional, para favorecer los intereses de las grandes corporaciones que se apropian de los recursos económicos y naturales de nuestro país y explotan la clase trabajadora.

Esta disrupción del orden constitucional se garantiza y complementa con políticas que reprimen las libertades públicas y las libertades colectivas de las personas trabajadoras, que viene retratada, de cuerpo entero, en este regresivo proyecto, redactado en los astilleros de los partidos políticos que representan aquellos intereses económicos contrarios a los intereses de la gran mayoría de la población.

13.- Finalmente, advertimos que este proyecto de ley afecta la organización y funcionamiento del Poder Judicial.

Por los anteriores motivos APSE se opone rotundamente a este funesto proyecto de ley y advierte que haremos hasta lo imposible hasta que sea archivado.

 

Imagen ilustrativa.

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Se puede no saber pero es imperdonable no querer aprender

El Secretario General de la Central General de Trabajadores (CGT) en horas de la tarde fue atendido por la Comisión Permanente de Asuntos Sociales, para abordar el proyecto de ley “Ley de declaratoria de Servicios Públicos Esenciales N°21.097, expuso el rotundo rechazo a esta iniciativa que al igual que del resto de Centrales Sindicales es considerada que lesiona la democracia, pues intenta extender el concepto de servicios esenciales casi como sinónimo de servicios públicos aun cuando en la jurisprudencia de la OIT hay suficiente información para comprender la diferencia.

Le recomendó a los diputados desechar el proyecto y en su lugar recuperar los artículos que no fueron aprobados con la reforma de ley procesal laboral, donde se plantearon que la determinación de los servicios esenciales sea mediante el acuerdo entre empleador y sindicato, obligándose a las partes a dar un servicio mínimo que garantice la prestación.

A pesar de la insistencia de nuestra organización para que se comprenda que cualquier lista que hagan los diputados será superada por la realidad, la percepción que nos dan sus intervenciones es de que tratan de ampliar la prohibición de huelga a todos los servicios posibles, incluso delegando al poder ejecutivo algo que le corresponde a la ley, poniéndose en evidencia la diferencia entre el discurso de no está en discusión el derecho la huelga con la práctica concreta del proyecto de ley. Una pretensión por dejar la huelga como instituto decorativo sin efectos en la vida ciudadana.

Intentaron confrontar los demás derechos contra el derecho de huelga, cuya línea de pensamiento parece apuntar de algunos miembros de la comisión consideran que todos los derechos estarían por encima del derecho a huelga.

Con el “pecado” de que este proyecto está carente de un estudio técnico, la discusión de los diputados girón más sobre opiniones personales que por conceptos del derecho laboral, criterios no muy educados denotándose incluso carencias en lo constitucional. Para la CGT no es un problema que un obrero, campesino o ama de casa pueda llegar a ser diputado, ministro o presidente, pero está en la obligación de construir dentro de su acervo una cultura básica del marco de legalidad que rige en las democracias.

Los magistrados de la Sala II, en su audiencia anterior, coincidieron con muchas de nuestras posiciones e incluso se vieron obligados a explicarle a los diputados conceptos muy elementales de temas constitucionales y convenios del Organización Internacional del Trabajo como parte del marco de legalidad de cumplimiento obligatorio de nuestro país.

Algunos diputados creen firmemente que el dialogo social es darle audiencia a muchas organizaciones o partes interesadas en el proyecto, algo que tan solo es un requisito a cumplir con el procedimiento, tal y como se le consulta a la Organización Internacional del Trabajo, desconociendo que el verdadero dialogo social implica la negociación, el debate nacional.

Tenemos claro que si los diputados insisten transitar por este camino tendremos atender con todas nuestras herramientas, para hacer prevalecer los derechos de los trabajadores frente a las posiciones arbitrarias y violatorias del Estado de derecho.

 

Imagen con fines ilustrativos.

Enviado por Carlos Cabezas.

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Carta 599 del CEAAL

Los invitamos a leer La Carta número 599 la revista mensual del CEAAL. En este número lleno de solidaridad, de información sobre el Encuentro de Formación Política y Asamblea Intermedia vivida en Buenos Aires, así como sobre acciones, pronunciamientos, y otras actividades del CEAAL y de la membresía en América Latina y el Caribe, y el mundo.

 

Enviado por CEAAL.

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UNED: Cursos de educación inclusiva

  • Matrícula presencial inicia mañana 16 de enero, 2019

La Extensión Universitaria de la UNED vincula a la academia con la sociedad, sobre todo con las comunidades más vulnerabilizadasy lo hace mediante los procesos de educación no formal, con el propósito de incidir positivamente en las condiciones de vida.

Su objetivo lo realiza por medio de proyectos de acción social gratuitamente, pero para poder sostener y enriquecer esa labor, cada cuatrimestre también oferta una amplia gama de cursos libres y un técnico, dirigido a la población en general. La mayoría de los cursos son en línea, facilitando el acceso en cualquier lugar del país. Además, los certificados son avalados por Servicio civil.

Ente los temas de los cursos y talleres están los que dan conocimiento sobre tecnologías de la información, el desarrollo gerencial, idiomas, para mejoramiento profesional docente, sobre educación inclusiva, manualidades, talleres cortos y muchísimos otros.

Para ver la lista completa de cursos puede seguir este link:

https://www.uned.ac.cr/extension/

Matrícula del 16 al 20 de enero. El 20 de enero la matrícula concluye a las 12:00 p.m.

Matrícula en San José: Edificio de Extensión, costado Oeste del Mall San Pedro

Matrícula en Centros Universitarios: ver el horario en www.uned.ac.cr/centros-universitarios o consulte a los teléfonos:

Central de Extensión: 2527-2527

Otros: 2527-2254 / 2527-2252 / 2527-2247 / 2527-2706 / 2527-2646 / 2527-2725

 

Enviado por Martha Verónica Herrera Pérez.

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La hora cero de la democracia en América Latina

Rogelio Cedeño Castro, sociólogo y escritor

 

Los países integrantes del grupo de Lima actuando, de manera ilegítima, en contra de la soberanía de Venezuela y de la legitimidad que se desprende del funcionamiento de su institucionalidad, en tanto nación soberana, que como bien sabemos se rige por la normativa de su ordenamiento jurídico interno, nos han conducido a un escenario que recuerda los peores tiempos de guerra fría(no sabemos si estos gobernantes tienen conciencia de la gravedad de estos hechos), cuando la OEA se limitaba a obedecer los mandatos de Washington, con los alegatos del tan cacareado y cínico anticomunismo de entonces, especialmente en relación con la invasión mercenaria a Guatemala, ocurrida en 1954 y el desembarco de cuatro mil infantes de marina estadounidenses en la República Dominicana, con el propósito de impedir el restablecimiento de la democracia en ese país, tarea que había sido emprendida por los militares constitucionalistas de 1965, quienes buscaban revertir el golpe de Estado de septiembre de 1963 con el que se había derrocado al profesor Juan Bosch, el único presidente democrático de verdad que tuvo la República Dominicana, a lo largo de todo el siglo XX. Ningún país está autorizado a desconocer los mandatos de la constitución política de otra nación latinoamericana.

La Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela carece de un mandato específico para destituir al presidente de esa nación, lo que pretendieron hacer los diputados opositores, en enero de 2016, cuando después de haber obtenido la mayoría, en las elecciones parlamentarias de diciembre de 2015, como un hecho esencial que se convirtió en el error estratégico de una oposición, cada vez más controlada por sectores de la ultraderecha que sólo responden a decisiones foráneas, y han demostrado carecer de propuestas políticas sólidas como para lanzarlas como alternativa, a las del gobierno de Nicolás Maduro. Se farrearon el capital político ganado entonces y perdieron la iniciativa frente al poder ejecutivo y el judicial que declaró en desacato a la Asamblea Nacional, a partir del momento en que los integrantes de la mayoría opositora se negaron a la realización de elecciones parlamentarias en el estado Amazonas, donde se habían registrado irregularidades, en los comicios de diciembre de 2015, han pasado casi cuatro años y estos nunca tuvieron lugar, entrabando todo el proceso legislativo al ir disminuyendo las posibilidades de un mayor pluralismo y ejercicio democrático efectivo en una sociedad, que por sus graves problemas, así lo requiere, de manera imperativa.

La convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente, aprobada por amplia mayoría por los electores en unos comicios convocados, a mediados de 2017, acabó de deslegitimar a una Asamblea Nacional como la actual, cuyo período vence a finales de este año 2019 y terminó de empañar toda su gestión al desconocer el mandato de las elecciones presidenciales de mayo del año anterior, en las que la mayor parte de la oposición se negó a participar, resultando electo Nicolás Maduro Moros para un nuevo período presidencial que se inicia este 10 de enero y hasta el año 2025.

El reconocer estos, y otros hechos recientes ocurridos en Venezuela, ni siquiera implica una toma de posición sobre la política interna de ese país, sin embargo así será asumido pues ese gobierno fue condenado a su derrocamiento desde hace veinte años, por lo tanto quienes no asumamos el rol de repetidores de lo que diga la gran mayoría de la prensa y el secretario general de la OEA, Luis Almagro, ya recibimos nuestra sentencia: se nos condena a ser chavistas ad perpetuam, no importa lo que aleguemos, debiendo aceptar todas las altisonantes admoniciones que se nos lancen, ya sea desde la llamada izquierda con todas sus sectas, o desde la poco democrática derecha, como también del limbo del llamado espectro político regional.

Pese a esto, debo insistir en que carece de toda legitimidad y legalidad la descalificación sistemática que algunos medios de comunicación, y comentaristas oficiosos de todo pelaje, han lanzado sobre esas elecciones venezolanas, las que han sido mucho más democráticas, en términos de garantías para todos los participantes, que las han tenido lugar recientemente en países como Paraguay, cuyo gobierno de dudosa legitimidad afinca sus raíces en un golpe de estado parlamentario, ocurrido en junio del año 2012, contra el presidente Fernando Lugo; Honduras, con un régimen que surgió del golpe de estado, militar y parlamentario, de junio de 2009, contra el entonces presidente Manuel Zelaya, donde el fraude electoral de noviembre de 2017 aseguró la continuidad del dictador Juan Orlando Hernández (JOH); Argentina donde la derecha se aseguró el poder ejecutivo mediante una truculenta campaña de prensa en un país donde casi todos los medios están bajo su control; Colombia, donde mediante la intimidación el uribismo impuso a su candidato Iván Duque, un país donde se han saboteado los acuerdos de paz y han continuado los asesinatos de dirigentes sociales y opositores; el Perú, donde casi todos los expresidentes del régimen se encuentran en la cárcel, o sometidos a juicio por graves actos de corrupción, un país que es la sede del grupo de Lima y cuyo presidente Martín Vizcarra se encuentra en una precaria posición. Podríamos seguir con la lista y no quedaría un solo gobernante en esta parte del mundo…el caso de Brasil es el más insidioso de ellos con los manipulados comicios de octubre, los que llevaron a Jair Bolsonaro a la presidencia de la república, un connotado enemigo de los bosques de la amazonía, cuya protección ya ha reducido y hasta de los derechos que la legislación laboral le otorga a los trabajadores brasileños, amén de otras desgracias ya anunciadas.

Los parlamentarios, ya sean diputados o senadores en cualquier nación latinoamericana o europea, carecen de un mandato y de una legitimidad suficiente como para desconocer la de los gobernantes de otro país. El caso de los 43 diputados de Costa Rica es patético por la ignorancia e incondicionalidad hacia los mandatos de la ultraderecha que sus integrantes han mostrado. Si en Venezuela las sectas ultraderechistas como Primero Justicia y Voluntad Popular han suplantado a los viejos partidos como Acción Democrática, de filiación socialdemócrata y COPEI, socialcristiano llevándolos a cometer las insensateces más grandes, en Costa Rica el Partido Liberación Nacional(PLN), que renegó de la socialdemocracia hace mucho tiempo, y el Partido Unidad Socialcristiana(PUSC), que tuvo esa ideología como su norte, ahora se han convertido en meras sectas ultraderechistas, las que marchan sin rumbo cierto de futuro alguno, dentro de un presunto gobierno de unidad nacional, encabezado por el fallido Partido Acción Ciudadana (PAC), que en algún momento trató de retomar la ruta de la socialdemocracia, y finalmente terminó en una dramática conversión religiosa hacia los mandatos del credo neoliberal/neoconservador, los que observa fielmente desde el inicio la gestión del presidente Carlos Alvarado, hace unos pocos meses. La democracia de América Latina se encuentra hoy más amenazada que nunca, en medio de una oleada neofascista que busca aprovechar esta coyuntura para barrer, hasta los cimientos, las conquistas sociales y políticas que las grandes mayorías latinoamericanas habían obtenido durante el siglo anterior. La hora cero para la democracia en la región ha llegado…

 

Enviado por el autor.

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Descripción del VII Encuentro de Economías Solidarias

El VII Encuentro Latinoamericano y del Caribe de Economía Solidaria, espera la participación de los principales movimientos y redes de economía solidaria de la región latinoamericana. Sin duda un importante espacio para el intercambio y estrechar lazos de amistad y cooperación entre países.
El evento será del 27 de febrero al 02 de marzo en la Ciudad Universitaria Rodrigo Facio de la Universidad de Costa Rica. Se le invita a que revisen toda la información, temáticas, objetivos y cómo participar en el siguiente enlace: VII Encuentro Latinoamericano y del Caribe de ESS
A las organizaciones miembros y amigas de RedESS interesadas en participar, por favor ponerse en contacto directamente con el equipo dinamizador: ess.redcr@gmail.com

Objetivo

Concertar una visión y agenda de incidencia regional común en América Latina y el Caribe, con la participación de las organizaciones que trabajan en la defensa, producción y reproducción de las economías: solidaria, ecológica y feminista; el comercio justo, la autogestión de los bienes comunes, la soberanía alimentaria y el buen vivir, como medio de promoción y fomento de una economía transformadora.

Contenido temático

Para ponerse a tono con los acontecimientos que se suceden en Latinoamérica y el Caribe, el VII ELACESS 2019 tratará los siguientes temas de debates y concertación, especialmente la situación actual del arte de la lucha de los pueblos por las transformaciones económicas y sociales y los roles del movimiento de la Economía Social Solidaria (ESS) como parte de estas luchas:

-Factores que determinan la senilitud del capitalismo mundial y que favorecen el surgimiento de una nueva sociedad basada en la ESS como la visualizamos en Ripess

-Latinoamérica y el Caribe. Con acento en la corrupción y la impunidad como formas de acumulación y concentración de capital y centralización del poder por las élites.

-Estado de la disputa por el control de los bienes comunes y públicos entre los sectores populares y las elites dominantes y sus efectos sobre la protección social. -Recursos de reducción de la democracia económica, política y social o fascistización de las sociedades.

-El estado del arte de la economía solidaria como fuerza en construcción para potenciar una economía de protección social y de transformación, basada en la ética, en la economía y en la política.

-Las cripto monedas y monedas sociales como potenciales para la ESS y respuesta de liberación de las economías y el fortalecimiento de la soberanía de los territorios y de los pueblos de Latinoamérica y el Caribe.

-Aportes de la economía feminista en la construcción de la ESS como propuestas transformadoras. Considerando la equidad de género en los planos de la economía y la política.

-Aportes de la economía ecológica en la construcción de la ESS como propuestas transformadoras. Considerando la sustentabilidad ambiental y los derechos de la naturaleza

-Estrategias y mecanismos de promoción, fomento e incidencia de la ESS ante los gobiernos y organismos multilaterales presentes en la región.

Metodología

En el marco de la crisis sistémica económica, social, ética y ambiental que sufre la región latinoamericana y mundial, se buscará concertar esfuerzos con los diversos movimientos sociales y con instituciones democráticas preocupadas en darle salida a esta crisis, para articular un programa común de incidencia y luchas solidarias.

El VII ELACESS 2019 contará con aportes de exposiciones introductorias con conferencias magistrales de especialista y paneles temáticos, profundizados en mesas de trabajo y talleres de intercambio. Como posibles conferencias magistrales de especialista, se ha pensado en los investigadores y autores de ESS siguientes: Luis Razeto de Chile, José Luis Coragio de Argentina, Euclides Mance de Brasil y Marcos Arruda de Brasil. Se procurará la participación de mujeres entre los expositores.

Además de las exposiciones se desarrollarán mesas de trabajo sobre subtemas relacionados a los temas centrales para profundizar en las reflexiones colectivas de los participantes y hacer propuestas consensuadas para una visión estratégica y de incidencia política regional común. Así mismo como forma de visibilización se publicará en la web, se harán visitas a territorios, uso de las redes sociales, tours de prensa, entre otros. Esta metodología está organizada y detallada en el Programa del Evento, que cubre los días 27 y 28 de febrero y 1 y 2 de marzo del 2019.

Participante

Se espera una asistencia de 40 a 50 representantes de organizaciones de la región y del país anfitrión, entre ellos/as:

-Delegados de redes y de organizaciones regionales, nacionales, sub-nacionales y locales de economía solidaria y comercio justo de América Latina y el Caribe.

-Delegados de redes y de organizaciones en la defensa, producción y reproducción de las economías: solidaria, ecológica y feminista; el comercio justo, la autogestión de los bienes comunes, la soberanía alimentaria y el buen vivir en América Latina y el Caribe.

-ONG´s, institutos y escuelas de economía de universidades, iglesias, centros de formación, organismos de cooperación al desarrollo y activistas interesados.

Todos/as los/as interesados/as deberán registrarse llenando el Formulario de inscripción de participantes.

Así mismo, las redes de ESS de América Latina y el Caribe, deberán llenar el Formulario de Mapeo de Redes con el fin contribuir al levantamiento de informaciones sobre las redes miembros, adherentes e interesadas o no a ser miembros de Ripess Lac, cuyas sistematización y conclusiones, serán presentadas como insumos del VII ELACESS 2019.

Organizadores

Red Intercontinental de Promoción de la Economía Social y Solidaria de Latinoamérica y el Caribe (RIPESS LAC)

RedEss de Costa Rica como Red anfitriona miembros de Ripess Lac

REDESOL República Dominicana, como Secretaría Técnica

IDEAC, Instituto de Desarrollo de la Economía Asociativa, de República Dominicana

Lugar y cantidad de participantes

El VII ELACESS 2019 que se realizará en San José de Costa Rica ofrece las facilidades económicas, logísticas y de impacto político.

Contactos y preguntas

Para información y preguntas puede dirigirse al vii.elacess.2019@ripess-lac.org

Patrocinios

RIPESS Intercontinental

WSM

Instituciones nacionales

Varias Organizaciones e Instituciones de Costa Rica

Enviado por Carlos Hernández Porras.

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Juego de los Diablitos 2019: Colegio Yímba habilitará instalaciones para acampar

Más de 2 hectáreas con espacios idóneos para acampar estarán completamente disponibles para quienes asistan al Juego de los Diablitos Rey Curré 2019, que se llevará a cabo del 31 de enero al 3 de febrero.

Pero además, sus pasillos y aulas también podrán ser utilizados en caso de ser necesario, se encuentran completamente disponibles.

Estas instalaciones cuentan con áreas espaciosas, servicios sanitarios, baños y guarda de seguridad para su mayor comodidad.

Solo debe llevar su saco de dormir o tienda de campaña y cuando esté en Rey Curré debe reportarse con el oficial de seguridad quien le recibirá en su puesto de control.

Este servicio comunal será completamente gratis y abierto a todas las personas visitantes.

Para más detalles puede contactar a Geiner Castro Araya: 6352 9796.

 

Enviado por Uriel Rojas.

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Voces Nuestras publica Guía de Comunicación Popular para la Defensa de las Autonomías

Voces Nuestras publica Guía de Comunicación Popular para la Defensa de las Autonomías.

San José, 17 de enero, 2019.- La Asociación Voces Nuestras, Centro de Comunicación Educativa, publicó el manual “Comunicación Popular para la Defensa de las Autonomías, Guía Metodológica para la Incidencia Pública y Política”, para facilitar talleres de comunicación.

Esta guía metodológica sistematiza dinámicas y herramientas construidas colectivamente por el equipo de la Asociación Voces Nuestras y agrupaciones aliadas. Nuestra propuesta fue aplicada y validada en procesos de formación, a partir del año 2017, en el trabajo con organizaciones de comunicación y defensoras de territorios mesoamericanos en resistencia. El contenido de esta guía es resultado de esos procesos de fortalecimiento de capacidades informativas, articulación e incidencia en la región.

Voces Nuestras se caracteriza por actualizar constantemente sus metodologías, a partir de las experiencias que desarrolla en los procesos de comunicación participativa.

Esperamos que nuestro aporte sea útil para realizar diagnósticos participativos de comunicación, nuevas estrategias, campañas y acciones de incidencia ante la amenaza colonialista, capitalista y patriarcal, que sigue explotando los distintos territorios con sus proyectos de muerte.

La guía busca apoyar la facilitación de talleres de comunicación y por lo tanto, las ideas que aporta son de uso libre, pues así tienen que ser los conocimientos, los ríos, los bosques y los medios: ¡Siempre libres!

La guía se puede descargar en nuestra página web:

“Comunicación Popular para la Defensa de las Autonomías, Guía Metodológica para la Incidencia Pública y Política

y también está disponible en formato impreso. Para más información puede contactar a Mary León, al teléfono (506) 2224-8641.

Esta guía fue publicada gracias al apoyo de Brot fur die Welt (Pan para el Mundo) y la Fundación Rosa Luxemburg.

 

Enviado a SURCOS por Voces Nuestras.

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