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Autor: María José Ferlini Cartín

Atmósfera judicial

Walter Antillón

I. ¿QUÉ SABEMOS DEL OPERADOR DE JUSTICIA?

Una parte importante de la doctrina jurídica estima que en el Estado Moderno la existencia de un Sistema de Justicia compuesto por un cuerpo de jueces, fiscales y defensores verdaderamente independientes y con una sólida formación jurídica, humanista y democrática, es esencial e indispensable, porque a dicho grupo de personas le corresponde garantizar el mantenimiento de la institucionalidad y la salvaguarda de la Constitución y de los derechos humanos.

¿Cómo conseguir un semejante cuerpo de jueces, fiscales y defensores?

Las condiciones necesarias son:

  1. La paridad entre los miembros: la eliminación de toda jerarquía entre ellos. La figura que representa gráficamente el Sistema de Justicia no es la pirámide, sino el archipiélago.
  2. El trato equitativo para el funcionario, en todos los planos; la base salarial única en materia de emolumentos;
  3. La administración del sistema a cargo de un Consejo Supremo de rango constitucional (que sustituirá a la actual Corte Suprema de Justicia), entre cuyos heterogéneos integrantes predominen numéricamente los jueces, fiscales y defensores, escogidos mediante sendas elecciones directas y secretas de parte de sus respectivas comunidades. Los restantes miembros del Consejo provendrán de los ámbitos académico y forense.
  4. Los candidatos que han aprobado el examen de ingreso pasan un período de prueba, transcurrido el cual adquieren la condición de inamovibles; y la conservan mientras mantengan una conducta intachable y superen las pruebas regulares de suficiencia en el desempeño de sus cargos.
  5. Existirá un escalafón abierto al público, regularmente alimentado con los datos provenientes de las calificaciones obtenidas por cada funcionario, y que será la base única de la cual dependerá que se le ofrezca su promoción hacia otros cargos del Sistema de Justicia. Ningún funcionario será obligado a aceptar un puesto distinto del que tiene, ni trasladado de puesto sin su aprobación, salvo el caso de una emergencia formalmente declarada por el Consejo. Pasada la emergencia, el funcionario regresará a su puesto original.
  6. El régimen sancionatorio estará a cargo de un tribunal interno del Consejo, que observará las garantías del debido proceso, y cuyos fallos serán apelables.

Llamo “Atmósfera Judicial” al ambiente espiritual que se vive en la comunidad de los funcionarios de justicia, producto de la índole de las normas que regulan sus acciones y de la calidad de la interacción que se desarrolla entre ellos y con los terceros. Bajo un régimen de paridad e igual dignidad de funcionarios que sólo se distinguen entre ellos por la especificidad de las funciones que desempeñan; en un régimen que no los lanza en una feroz competencia por escalar, mandar más y ganar más; en un régimen con igualdad de oportunidades, sin jerarquías y privilegios para unos pocos, resulta más plausible suponer que se forme una atmósfera judicial optimista, distendida y libre, favorable al desarrollo de las capacidades de cada uno; así como también favorable a la formación de una mística relacionada con los valores del nobilísimo oficio de la Justicia, visto desde la perspectiva del juez, del fiscal o del defensor. En una atmósfera tal, crece y se desarrolla la satisfacción por el cumplimiento del deber, y la confianza en el trato justo que cada uno recibirá por su desempeño: jueces, fiscales y defensores se sentirán seguros y orgullosos de formar parte de un colectivo irreprochable, poderoso, cuya legitimación social descansa en el estricto cumplimiento de su alta función: blindado frente a las asechanzas y las presiones de los poderes políticos y fácticos.

En el ejercicio de la función jurisdiccional, la existencia de jerarquías atenta contra la independencia de los jueces y produce graves distorsiones en la calidad y la cantidad de la Justicia. Una experiencia de siglos tiene comprobado que el vínculo jerárquico entre funcionarios que realizan la misma precisa tarea de juzgar (tramitar y sentenciar litigios mediante el processus iudicii) conlleva, por naturaleza, la aparición de influencias, alicientes y presiones generadas automáticamente de aquella situación. Porque sabemos que la dinámica de los casos en la diaria interacción entre tribunales puede conducir con facilidad a diferencias de criterio, a comparaciones incómodas, suspicacias, animadversiones; en fin, afectaciones diversas a la humana vanidad de los jerarcas, quienes reaccionarán con espíritu de cuerpo, usando airadamente su posición de poder en forma de sanciones, descalificaciones, amenazas o intromisiones indebidas, abiertas o subrepticias; lo cual en muchos países se ha degradado fácilmente a una práctica sistemática dirigida a acentuar la distancia entre el status superior de unos y la posición subordinada de los otros, mediante un ejercicio abusivo de potestades legales.

Porque en la interioridad de la conciencia es difícil proponerse ser un juez justo si uno se ha visto forzado a aceptar unas reglas del juego que conducen a soportar o tolerar un trato injusto contra uno mismo o contra otros: uno, siendo juez en esas condiciones, no puede olvidar que ha aceptado ser avasallado, y eso le roe la conciencia perennemente. El secreto rencor, la decepción por el ideal traicionado y la inconformidad solapada que todo esto provoca, se van a manifestar directa e indirectamente en forma de expresiones de desánimo y pesimismo, cuando no de cinismo, oportunismo, canibalismo; y, por supuesto, en rendimientos laborales crónica y persistentemente decrecientes.

II. LA SITUACIÓN DE LA JUSTICIA EN EL MUNDO ACTUAL

En los tiempos que corren la agenda prioritaria en el Planeta no es la mortalidad infantil, la creciente desigualdad ni el cambio climático, sino el aumento de las ganancias de las transnacionales del dinero, de los medicamentos, de las armas. La prepotencia y la hegemonía de los poderes económicos por encima de los Estados y de las organizaciones internacionales, y la vanificación de la democracia representativa y de los partidos políticos están minando aceleradamente las instituciones del Estado Constitucional de Derecho, incluso en países de democracia madura.

En nuestra región los resultados están a la vista: prospera el lawfare en la defenestración de Presidentes como Zelaya en Honduras, Lugo en Paraguay, Dilma en Brasil, Evo en Bolivia, Castillo en Perú; los carteles de la droga y la corrupción de las empresas y de los funcionarios públicos se extienden imparables, ante la impotencia o al amparo de la complicidad de los altos jueces. Y entre los que están perpetrando la obra de demolición de los Estados política y/o económicamente frágiles, de la que somos testigos impotentes en la actualidad, una de las consignas más importantes a seguir es la desacreditación y la trivialización de la Justicia, precisamente porque está demostrado que aquellos actos de demolición han sido posibles y han quedado impunes cuando ha faltado una institución judicial fuerte, honesta, eficiente e independiente.

Una reflexión doctrinaria acerca de la naturaleza de la función jurisdiccional y las exigencias actuales de su ejercicio, que tomó fuerza sobre todo entre los juristas europeos después de la Segunda Postguerra Mundial, los llevó a la convicción de la necesidad de confiar a los jueces (más allá de sus tareas tradicionales de conocer y fallar los procesos civiles, administrativos, laborales, etc.) un cometido transversal esencial: proteger en toda circunstancia los derechos fundamentales de las personas y someter las manifestaciones del poder (político o fáctico) a los principios del Derecho de la Constitución y del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Y la condición sine qua non del éxito de ese cometido esencial es la presencia de un juez culto, consciente y fuerte, institucionalmente blindado para enfrentar por igual halagos, amenazas y presiones.

Pero entonces ¿de qué manera aspirábamos los latinoamericanos a cumplir esas altas expectativas, si nunca hemos reunido la voluntad de sanear nuestros sistemas judiciales, subordinados desde siempre al poder político por voluntad de las oligarquías dominantes? Y las consecuencias de ese vacío se ilustran con un ejemplo tico: al ceder ante la presión del gobierno y dar luz verde al TLC, nuestra Sala Cuarta rompió la exclusividad de jurisdicción consagrada en la Constitución del 49, para abrir paso a la intervención del CIADI y otros entes foráneos en el juzgamiento de los conflictos entre el Estado y los inversionistas y, por ende, al debilitamiento institucional de la Justicia y del propio Estado. Y eso mismo estaba ocurriendo en los demás países que formaron parte del funesto tratado, con la anuencia de sus políticos y de sus más altos tribunales.

III. EL SISTEMA JUDICIAL COSTARRICENSE

Mi experiencia de 70 años. Si no recuerdo mal, fue en 1952 cuando ingresé al Poder Judicial con el rango de Meritorio, lo que significaba trabajar medio tiempo de gratis en un Juzgado u otra dependencia. Me parece recordar que había ingresado a la Facultad de Derecho el año anterior, imbuido de grandiosos propósitos de Justicia; y me habían aconsejado practicar en un tribunal para ganar experiencia, lo que a la postre me aportó también un conocimiento del sistema judicial y sus estructuras ‘por dentro’.

Mi trabajo en el Poder Judicial, que se prolongó por unos 19 años, y que por una parte me ofreció la oportunidad de gozar de la amistad y la guía paternal de don Fernando Baudrit y don Ulises Odio, también me permitió verificar las graves corruptelas del sistema, que era vertical y arbitrario, y había alimentado dos aberraciones: la costumbre de que los candidatos a magistrado, y los magistrados pendientes de la prórroga de su nombramiento debían peregrinar de puerta en puerta en los despachos de los diputados en la Asamblea Legislativa para pedirles sus votos; y también había alimentado especularmente la costumbre de que los candidatos a los juzgados hicieran similar peregrinación en las oficinas de los magistrados. Eso era justamente considerado por algunos como una negación radical de la independencia judicial, pero muchos lo justificaban como que era una solución derivada de la estructura misma del Estado, y como un mal menor, soportable.

El caso era que, como sabemos, al igual que en toda América Latina, en Costa Rica habíamos recibido, de forma indirecta e inadvertida, el Modelo Napoleónico de la Justicia, como parte de un paquete que contenía las fórmulas francesas para el Derecho Privado y para el Derecho Público; lo que se explica en razón de la influencia decisiva que los modelos culturales europeos (y sobre todo los franceses) ejercían sobre nuestro Sub-continente.

El tal modelo consistía en una pirámide verticalmente jerarquizada que, una vez adoptado por nuestro País a partir de la Constitución de 1859, presenta en su interior dos órdenes separados de judicatura:

1) la judicatura superior, compuesta por los magistrados que integran la Corte Suprema, que acceden al cargo por virtud de nombramiento por parte de la Asamblea Legislativa (nombramiento con una deriva política); y

2) la judicatura inferior (los jueces) nombrada entonces libremente por los magistrados y hoy delegada a un Consejo controlado por la misma Corte; con duración indefinida de los puestos en propiedad; pero con una escalera salarial que desató el frenesí de los permisos, en detrimento de la estabilidad y de la calidad del servicio.

Cuando en un organismo complejo como el sistema judicial se establecen dos niveles en relación de subordinación, y el superior posee la potestad de gobierno sobre el sistema entero, sentirá siempre la tentación de usar su poder para distanciarse del inferior; y precisamente eso fue lo que ocurrió en Costa Rica sobre todo en los últimos 30 años, en los que vimos a la Corte Plena decretarse aumentos de sueldo hasta llegar a duplicar y triplicar los devengados por otros jueces; rodearse de lujos y comodidades que en muchos casos se extendían abusivamente a sus familiares; y en el plano funcional la vimos conformar gran número de comisiones administrativas variopintas y extrañas a sus originarias funciones judiciales; y en franco detrimento de estas últimas, que van quedando cada vez más en manos de suplentes y de letrados.

Y aquí se empieza a producir un interesante pero perverso fenómeno de simbiosis entre algunos de los magistrados de la Corte y las cúpulas políticas, dirigentes y diputados de distintas fracciones y altos funcionarios gubernamentales; puesto que, por un lado, los magistrados sentían la necesidad de ser asegurados en sus cargos (y en algunos casos el apetito de saltar a ocupar vistosos ministerios), mientras que, por el otro lado, los políticos en funciones sentían la necesidad de garantizarse la impunidad, en caso de que llegaran a pescarlos con las manos en la masa.

Y claro: para que ese ‘toma y daca’ fuera efectivo, era preciso tripular las magistraturas más estratégicas con gente dúctil o, como dijo un politicastro de cuyo nombre no quiero acordarme, gente “amigable con el clima de negocios”.

Uno de los indeseables resultados de los nombramientos políticos que fueron produciéndose, cada vez que había una vacante estratégica, fue que en muchos casos se invistió del cargo a personas moralmente descalificadas o que habían sido eliminadas de las ternas, o personas con escasa o nula formación judicial, pero alineadas con uno o varios líderes políticos; funcionarios incapaces de dirigir una audiencia, pero listos para vender la Patria por un plato de lentejas.

Otro resultado, igualmente deletéreo, ha sido la no promoción que se fue produciendo en la Corte Suprema, de muchos jueces comprobadamente mejores del sistema (por su preparación, laboriosidad, honestidad, capacidad), los cuales finalmente tuvieron que renunciar en vista de su constante postergación en las comisiones legislativas y en los plenarios.

Y otro más de los malos resultados a consecuencia de nombrar a personas moralmente carentes o/y no avezadas en el cargo de magistrado ha sido que dichas personas se sienten inseguras en el mismo, y siempre van a temer quedar en evidencia frente a los experimentados jueces del nivel inferior; y entonces asumen actitudes hostiles que, con el tiempo, se ha ido traduciendo en políticas de acoso y hostigamiento contra los jueces, usando para ello la Inspección Judicial y aumentando el rango y la incidencia de las oficinas administrativas; con lo que ha ido creciendo en el ambiente judicial el número de los jueces, fiscales y defensores temerosos, inseguros y, especialmente en el caso de los jueces, agobiados por tareas administrativas ajenas y diversas de su originaria función de justicia.

Y entonces, yendo a lo principal ¿quién responde por la calidad y celeridad de los servicios de justicia que la Constitución exige? ¿Y por el respeto a las instituciones que la Judicatura debe garantizar a la comunidad? ¿Y por la garantía de incolumidad de los derechos humanos que la Constitución y los Tratados exigen? Hay que decirlo con todas las palabras: el mantenimiento en estado deficitario de las esenciales funciones de garantía encomendadas a la Corte Suprema constituye una infamia que se renueva cotidianamente, y que lentamente envenena a la sociedad entera.

Como consecuencia de las cosas que hasta aquí hemos considerado, la atmósfera que ha venido imperando dentro del sistema judicial ha sido de temor, enojo, frustración; no de optimismo, confianza, satisfacción. Como antes lo dije, en la interioridad de la conciencia es difícil que uno se proponga serenamente ser un juez justo, si se ha visto forzado a aceptar unas reglas del juego que conducen a soportar o tolerar un trato injusto contra uno mismo o contra otros: en tal caso uno, siendo juez, sabe que ha aceptado ser avasallado, y eso, si uno se respeta, le roe la conciencia perennemente. El secreto rencor, la decepción por el ideal traicionado, la inconformidad solapada y, en suma, el perenne disgusto, la pérdida de la salud y la infelicidad que todo esto provoca, constituye una masa creciente de animosidad que se va a manifestar directa o indirectamente con expresiones de desánimo y pesimismo, cuando no de cinismo, oportunismo y canibalismo; todo ello caldo de cultivo para la corrupción. Y, por supuesto, con rendimientos crónica y persistentemente decrecientes en el servicio de la Justicia.

Según resulta del informe preparado por la Dirección de Gestión Humana del Poder Judicial con fecha 16 de junio de 2023 y publicado por “crhoy.com” el día siguiente, los efectos de esa atmosfera disolvente y desmoralizante que ha imperado por mucho tiemplo entre los operadores de justicia, no habían sido advertidos sino hasta el 2018, año en el cual un diagnóstico situacional realizado para formular el Plan Estratégico Institucional evidenció la existencia de:

“…un deterioro en la salud y el bienestar de las personas trabajadoras y que se ha visto en situaciones como: Aumento de casos en el Programa de Adecuación Laboral, producto de las pérdidas físicas y/o cognitivas de las personas. Aumento en las suplencias por incapacidad. Incremento en pago anual de la póliza de riesgos laborales. Disminución de la capacidad productiva de las personas y oficinas judiciales. Fuga de talentos por condiciones de trabajo poco atractivas…”

Según ese mismo Informe, datos consultados a la Unidad de Medicina y a la Unidad de Atención Psicológica Individual revelan que, al menos desde 2015 hay diagnósticos de estrés, ansiedad y depresión ¡en cientos de funcionarios judiciales!

Si a esa situación, ya de por sí agobiadora, se suma el impacto causado por la reforma jubilatoria y de pensiones puesta en vigor con la Ley 9544 de 5 de junio de 2018, cuyos efectos profundos fueron debidamente identificados en el referido análisis (“…al darse una extensión de la permanencia de las personas trabajadora en su trabajo y verse variadas las expectativas al aumentar la edad a rangos superiores a 55 años. Eso tuvo implicaciones tanto de salud, por el desgaste físico y emocional de esta población, como por el desajuste psicológico que produce el cambio de las condiciones laborales, que aumentan considerablemente el tiempo de años de servicio…”), no tiene nada de extraño que desde la entrada en vigencia de esa reforma hasta la fecha del informe reproducido por “crhoy.com”, SETECIENTOS CINCUENTA funcionarios habían dejado el Poder Judicial, renunciando a sus puestos en el mismo. Y llenar las vacantes con personas idóneas está costando cada vez más.

Sin embargo, los funcionarios judiciales no deben caer en la trampa de creer que sus problemas nacieron con la Ley 9544. Por el contrario, deben tener claro que la situación provocada por dicha Ley, siendo injusta y grave, es sólo la agudización de un conjunto de problemas más antiguos y de mayores dimensiones, originados en el desequilibrio estructural del entero sistema de justicia que he tratado de ilustrar en estas páginas.

Costa Rica debe cambiar su Poder Judicial en el sentido de eliminar toda clase de jerarquías entre los operadores judiciales, incluyendo, por supuesto, a los actuales magistrados; y eliminando toda injerencia política en el nombramiento, promoción y remoción de todos ellos, particularmente, por supuesto, en el caso de los actuales magistrados.

Lo principal sigue siendo que Costa Rica necesita, hoy más que nunca (en todos los niveles, pero sobre todo en los niveles superiores), jueces, defensores y fiscales cultos, honestos e independientes, estables y justamente remunerados, capaces de juzgar imparcialmente y sin temor los actos provenientes de los poderes políticos y fácticos, a fin de preservar la institucionalidad y garantizar los derechos fundamentales de todas las personas.

UCR: Campamento de habilidades para la vida reunió a 100 jóvenes de la provincia de Guanacaste

Entrega de títulos de participación. Campamento Habilidades para la Vida. Puerto Soley Guanacaste, 2023

»Súper Héroes» es un proyecto de Acción Social de la UCR

La promoción de Salud Mental es una estrategia para la prevención del suicidio

El proyecto de Acción Social ED- 3577 para «Promoción de salud mental, como estrategia para el abordaje integral del comportamiento suicida», dirigido a personas participantes de la provincia de Guanacaste, trabaja desde el 2021 de manera interinstitucional e intersectorial en la región.

Marleny Campos Chávez, docente de la carrera de Psicología en la Sede de Guancaste de la Universidad de Costa Rica, es la líder de este proyecto, que como parte de sus actividades desarrollo, en junio pasado, el «Campamento de Súper Héroes», el cual logró reunir a más de 100 jóvenes de Tilarán, Liberia, La Cruz y Santa Cruz, que se transformaron en líderes sociales.

«Las actividades del espacio permitieron construir actores sociales, líderes y lideresas. Para lo que resta del 2023 y para el 2024, el proyecto quiere seguir dando acompañamiento a los líderes sociales ya formados, para que puedan seguir gestando eeste mismo proyecto por dos años más. Y el otro objetivo es generar incorporar mas cantones que solicitaron ser parte del proyecto. Se incorporó al proyecto para este 2023: Nandayure, Hojancha y Nicoya» Comentó Campos Chávez.

Este proyecto de Acción Social UCR, ha venido por tres años coordinando esfuerzos con la Universidad Estatal a Distancia (UNED) y con el Ministerio de Salud, que por decreto ejecutivo tiene la obligatoriedad de construir en cada cantón instancias locales de atención al comportamiento suicida (ILAIS).

Habilidades para la vida y festival

El campamento de «Habilidades para la vida» se quiere organizar para cada primer semestre del año, y además habría un Festival Deportivo o Artístico para cada segundo semestre, ambas actividades dirigidas a jóvenes de Guanacaste.

Puerto Soley. Campamento Habilidades para la Vida 2023

De momento, ya se realizó el primer campamento, el cual tuvo una duración de dos días, pero previo a ello, se realizó un encuentro pre-campamento en las instalaciones deportivas de la Universidad de Costa Rica- Sede Guanacaste, que tuvo por objetivo que las poblaciones se comenzaran a conocer y que los y las participantes se sometieran a un diagnóistico que permitió mapear las habilidades de vida más debilitadas del grupo. Los organizadores del campamento se fundamentaron en las 10 habilidades para la vida que establece la OMS (Organización Mundial de la Salud) y en un instrumento de medición que es parte de un proyecto final de graduación para la carrera de Psicología.

A partir de este instrumento, se detectaron cinco habilidades debilitadas que fueron y sobre las cuales se fundamento las bases para desarrollar las actividades del campamento: el manejo de sentimientos y emociones, la toma de decisiones, la solución de problemas y conflictos, la comunicación asertiva y el manejo de tensión y estrés.

El grupo de los y las participantes se conformó con los jóvenes que ya habían tenido participación en talleres relacionados y que además tuvieran algún grado de vulnerabilidad social, por recomendaciones de los ILAIS, de jóvenes Guías y Scouts, de la Pastoral Juvenil y de grupos de jóvenes con discapacidad, población migrante, estudiantes de secundaria de colegios de públicos, y algunos grupos de la organización de Espacios Seguros y jóvenes con diversidad de género.

El campamento se llevó a cabo en Puerto Soley en La Cruz de Guanacaste, en coordinación con las Municipalidades de La Cruz, la Municipalidad de Liberia, Municipalidad de Hojancha, y de la Cruz Roja; y con los Comités de Deportes Ministerio de Salud, la Caja de Seguro Social, el ICODER, la Fuerza Pública, la Cruz Roja, Los Espacios Seguros (Proyecto comunales de la UNICED), las ILAIS, el Ministerio de Educación Pública, la ONG Cepia y la empresa privada también se hizo presente.

Todas las actividades se realizan con el apoyo de los estudiantes avanzados de Psicología de la Universidad de Costa Rica y con los y las estudiantes que están vinculados a las prácticas de Psicología Comunitaria y Procesos grupales; de esta forma logran realizar sus prácticas profesionales y se logran vincular al proyecto. El equipo de líderes se conformó por 30 personas, provenientes de los mismos lugares de donde llegaban los jóvenes participantes, para desarrollar un rol activo como líderes del programa.

 

Norma Varela Marín
Docente y Gestora Cultura Sede Guanacaste UCR, UCR

Gabriela Mayorga López
Periodista, Oficina de Comunicación Institucional, UCR

Foro Experiencias Latinoamericanas en Legislación y Políticas Públicas para la Economía Social Solidaria

Dirigido a organizaciones de la Economía Social Solidaria; funcionarios de gobiernos locales, instituciones autónomas y semiautónomas del Estado; y a actores del Poder Legislativo y Ejecutivo relacionados a la economía, educación y la gestión del territorio.

Lunes 17 de julio de 8:30 a.m. a 5:30 p.m 

Transmisión @proess

Auditorio de la Plaza de la Autonomía en la Ciudad de la Investigación, Sede Rodrigo Facio, Universidad de Costa Rica.

SINAE Afines: Acuerdos de Junta Directiva de la CCSS son ilegales

Comunicado

SINAE AFINES exige a Consejo de Gobierno respeto a la institucionalidad

  • Marta Eugenia Esquivel embarca una vez más al presidente de la República por urgencia de definir “Exclusivos y Excluyentes” en la CCSS.

El Sindicato Nacional de Enfermería y Afines (SINAE AFINES) deja muy claro que todo acuerdo que tome la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), es ilegal y nulo, debido al irrespeto que el Gobierno hace a la resolución de la Sala Constitucional, aún más, este jueves, al tratar de dejar en firme cuáles trabajadores de la institución serían Exclusivos y Excluyentes.

La petitoria de esta organización sindical en el recurso de amparo expediente 22-028375-0007-CO, interpuesto el 13 de diciembre del 2022, fue clara en que se anulara la medida cautelar del Consejo de Gobierno del 07 de diciembre del año anterior, cuando suspendieron y quitaron del puesto a cinco directivos de la Caja.

“Cualquier decisión o acuerdo que tome la Junta Directiva de la CCSS hoy, sería ilegal y absolutamente nulo. El recurso de amparo que interpusimos fue orientado en la anulación de la medida cautelar interpuesta por el Consejo de Gobierno, que de manera deliberada y sin tener potestad constitucional, separó del cargo a cinco miembros”, expresó Lenin Hernández Navas, Secretario General del SINAE AFINES.

Además, añadió que: “La Sala Constitucional nos dio la razón y a la fecha, falta la restitución de dos representantes que fueron destituidos: Maritza Jiménez del Solidarismo y Carlos Salazar, del Ejecutivo”.

Ante este panorama, el SINAE AFINES envió este jueves una nota al Consejo de Gobierno donde le exige el respeto a la institucionalidad, a la autonomía de la Caja y el marco legal, pero, sobre todo, el voto de la Sala Constitucional del 27 de junio de este año porque está llevando a la institución a una incerteza e inseguridad jurídica. Página 2 de 2

Otra “embarcada” más al presidente

El dirigente sindical aseguró que Marta Eugenia Esquivel, presidenta ejecutiva de la CCSS, está embarcando nuevamente al presidente de la República, Rodrigo Chaves, por la urgencia de querer aprobar cuales son los trabajadores de la CCSS Exclusivos y Excluyentes.

“Hoy, por la premura que tiene Marta Eugenia Esquivel y los representantes de la Junta Directiva nombrados a dedo por el Ejecutivo, quieren votar lo Exclusivo y Excluyente en la CCSS, una vez más embarca al presidente de la República, por eso, le solicitamos el respeto a la autonomía de la CCSS al ser la institución pilar fundamental de nuestra democracia, de la seguridad social y porque con la vida y la salud de los costarricenses no se juega”, finalizó Hernández Navas.

SINAE PRENSA

Albino Vargas Barrantes absuelto definitivamente

El secretario general de ANEP, Albino Vargas Barrantes fue absuelto en la instancia superior Penal, luego de que se le acusara de instigación pública.

SURCOS comparte el texto del documento enviado por la ANEP:

Oficio N° 1273-2023

San José, 13 de julio del 2023.

Señores

Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José

Tribunal de Apelación de Sentencia Penal del Segundo Circuito Judicial de San José

S.D.

Estimados señores:

Para lo que corresponda, me permito comunicarle que en la causa número 19-000647-0619-PE, seguida contra ALBINO VARGAS BARRANTES, por el delito de instigación pública, cometido en perjuicio de LA TRANQUILIDAD PÚBLICA, se dictó la resolución número 2023-00659 de las nueve horas treinta y tres minutos del trece de julio de dos mil veintitrés, cuya parte dispositiva, literalmente dice: «Se declara inadmisible el recurso de casación incoado por el representante del Ministerio Público. Notifíquese».

Atentamente,

Angélica Loaiza López. Secretaria de Sala

Foto: Semanario Universidad

Organizaciones internacionales de derechos humanos demandan respeto al proceso electoral y la voluntad popular en Guatemala

Pronunciamiento de organizaciones internacionales de derechos humanos. Demandamos respeto al proceso electoral y la voluntad popular en Guatemala

Las Américas, 13 de julio de 2023- Este 12 de julio el Tribunal Supremo Electoral de Guatemala (TSE), con apego al orden constitucional, oficializó los resultados de las votaciones celebradas el 25 de junio, confirmado que los partidos Unidad Nacional de la Esperanza y Movimiento Semilla disputarán la segunda ronda electoral, programada para el 20 de agosto. Este anuncio se produjo 17 días después de las elecciones, dado que el TSE tuvo que realizar un recuento de los escrutinios solicitado mediante un amparo por un grupo de partidos políticos que alegaron supuestas anomalías, que finalmente fueron descartadas.

A pesar de la autoridad del TSE y de los mandatos constitucionales que lo respaldan, minutos antes de oficializar los resultados, el Juez Séptimo de Instancia Penal Freddy Orellana ordenó la suspensión de la personalidad jurídica del Movimiento Semilla, en un acto abiertamente ilegal, con el objetivo de judicializar el proceso electoral en beneficio de intereses espurios. El partido Movimiento Semilla planteó un amparo para detener esta resolución ilegal que deberá ser otorgado por la Corte de Constitucionalidad para evitar el rompimiento constitucional.

Este intento de impedir la participación electoral del partido ha sido promovido por el Ministerio Público, bajo el mando de la fiscal general Consuelo Porras y ejecutado por la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI) liderada por el fiscal Rafael Curruchiche, quienes dirigieron un allanamiento ilegal en la sede del TSE, con personas armadas y el rostro cubierto para causar temor y obtener documentación del partido Movimiento Semilla. Los funcionarios Porras y Curruchiche están sancionados por los Estados Unidos por corrupción. El Juez Orellana ha sido cuestionado por conducir casos de criminalización contra fiscales exiliados y el periodista encarcelado José Rubén Zamora.

Las organizaciones internacionales firmantes hacemos un llamado a todas las autoridades guatemaltecas a que respeten la independencia del Tribunal Supremo Electoral y el orden jurídico constitucional. La institucionalidad guatemalteca debe garantizar respeto a su mandato constitucional y no permitir que otros órganos interfieran arbitrariamente en el proceso electoral.

Se debe investigar a los funcionarios que buscan manipular el proceso electoral en clara violación a la Constitución y a la voluntad popular reflejada en los votos. Exigimos se detengan de forma inmediata las amenazas de criminalización contra integrantes de partidos políticos convocados a elecciones y sus representantes legales.

Exhortamos a la comunidad internacional a mantenerse alerta y pronunciarse sobre lo que acontece en Guatemala y a sumar sus esfuerzos diplomáticos para evitar que se produzca este atropello a la democracia.

Finalmente, expresamos nuestra confianza en que las acciones indebidas no prosperarán y el proceso electoral podrá continuar con su curso, garantizando la libre expresión de la voluntad del pueblo guatemalteco.

Organizaciones firmantes:
American Jewish World Service (AJWS)
Article 19 Oficina para México y Centroamérica
Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL)
Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho
Fundación para el Debido Proceso (DPLF)
Impunity Watch
La Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA)
Latin America Working Group (LAWG)
Plataforma Internacional contra la Impunidad

José Cástulo Zeledón, a un siglo de su muerte: Primer naturalista costarricense y notable filántropo

El edificio de la emblemática Botica Francesa. Foto: Manuel Gómez Miralles.

Publicado originalmente en la revista digital europea MEER

Luko Hilje (luko@ice.co.cr)

José Cástulo Zeledón, pocos meses ante de morir.

Hace exactamente un siglo, a mediados de julio de 1923, la sociedad costarricense fue conmocionada con una inesperada y lúgubre noticia. En efecto, en una época en que ya había teléfonos en el país, e incluso era posible enviar telegramas o cables internacionales, un aciago día llegó uno desde Italia, con el siguiente mensaje: «Turín 17.- Zeledón, San José, Costa Rica. José sufrió ataque apoplejía día 3, falleció el 16; cadáver embalsamado, ley impide transporte estación calurosa. Corvetti y Costa presentes. Esperen cartas. Amparo».

¡Había fallecido el dilecto ciudadano José Cástulo Zeledón Porras, y lejos de la patria! El cable lo suscribía su esposa, la cubana Amparo López-Calleja Basulto, con quien había emprendido un viaje para conocer Europa, él con 77 y ella a punto de cumplir 53 años. Asimismo, en ausencia de hijos por los cuales velar, por varios años habían contribuido en numerosas obras y acciones de filantropía, y orientado sus afectos hacia los niños pobres, lo cual los acercó a la comunidad salesiana, cuya misión es la educación y santificación de la juventud desprotegida. Por tanto, durante su visita a Italia se habían propuesto conocer el Hospicio de Huérfanos de los Padres Salesianos, con sede en Turín.

Para entonces José Cástulo era un solvente empresario en varios ramos. Se había iniciado en 1873 como administrador de la Botica Francesa, localizada por entonces al costado sur del Parque Central, donde por muchos años estuvo el edificio del Banco de Crédito Agrícola. Gracias a los ahorros que acumuló, pudo adquirirla en 1890 para, con su socio Federico Hermann Gottfried y los conocimientos farmacéuticos de Juan Antonio Fittye Brauns —ambos costarricenses, pero de padres alemanes—, darle una inusitada proyección, al punto de desarrollar casi 360 marcas propias, que incluían medicinas para personas y animales, cosméticos, perfumes, pastas dentífricas, etc.

Dos decenios después, ya afianzado económicamente, en 1910 fundó con Julio Alvarado Rodríguez la Compañía Industrial El Laberinto —al sur del casco capitalino, donde hoy está la Fábrica Nacional de Trofeos—, que era un complejo de fábricas de jabones, tejas y telas, más un aserradero. Según su entrañable amigo turrialbeño Juan Gómez Álvarez —abuelo de los recordados botánicos Luis Diego Gómez Pignataro y Jorge Gómez Laurito—, este proyecto tenía un propósito altruista más que comercial, pues aspiraba a que se convirtiera en lo que José Cástulo llamaba «la república de los pobres», al emplear a ancianos, viudas, madres solas y niños huérfanos.

José Cástulo Zeledón, en su juventud.

Es pertinente destacar que José Cástulo también incursionó en el mundo de la política, pero solo con fines de servicio y genuinamente patrióticos, como debería ser. En efecto, en 1920 encabezó la papeleta de diputados del Partido Constitucional, por San José. Ello ocurrió cuando, tras la caída de la oprobiosa dictadura de los hermanos Federico y Joaquín Tinoco Granados, contra la cual luchó de manera valiente y frontal junto con su esposa Amparo —extraordinaria mujer, acerca de la cual escribiré un próximo artículo—, el mencionado partido llevó al poder al líder opositor Julio Acosta García. A pesar de que no estaba muy bien de salud, José Cástulo quizás aceptó la postulación debido al bien ganado prestigio que tenía entre el pueblo, pero renunció el propio día en que inició labores el Congreso, y fue sustituido por el destacado intelectual José María (Billo) Zeledón Brenes, primo segundo suyo.

Por cierto, para entonces Billo —de notables destrezas como escritor— era administrador de la Botica Francesa, pero años antes, por necesidades económicas, había desempeñado labores bastante modestas ahí. Narra él mismo que, con 26 años de edad por entonces, «una noche, como a las ocho, estaba yo ocupado en embotellar uno de los muchos preparados de aquella Botica, cuando recibí una llamada del Ministerio de Instrucción Pública. Cambié mi ropa de trabajo y acudí al llamado. Era para notificarme que mi composición había sido premiada por el jurado […]. Ello ocurrió el 24 de agosto de 1903». Fue así cómo, en un acto discreto pero muy significativo, esa noche se oficializó la letra del Himno Nacional de Costa Rica, cuya partitura musical había sido compuesta por Manuel María Gutiérrez Flores medio siglo antes, en 1854.

Para retornar al fallecimiento de José Cástulo, sufrió un desmayo el 3 de julio, mientras visitaba el ya citado hospicio y, una vez internado en el Hospital San Juan de Dios, se le diagnosticó una apoplejía o derrame cerebral. Semana y media después expiró, a pesar de los cuidados de varios médicos, entre los que figuró su amigo Giulio Corvetti Ferrabiago, quien había residido en Costa Rica. A continuación, se debió proceder a embalsamar su cuerpo, que debía permanecer en Italia, pues era verano en Europa y, además, no se podía garantizar su integridad durante la travesía hasta Costa Rica. Por tanto, había que esperar una ocasión más propicia, y fue así como, casi un semestre después, su cadáver fue transportado hasta Puerto Limón, donde arribó el 18 de diciembre. Su inhumación se efectuó dos días después en el Cementerio General, en un conmovedor y concurrido acto.

De esta manera, se cerraba el círculo, y concluía la travesía vital de este magnánimo caballero, que pudo haber sido un ciudadano más, pero no lo fue. Veamos por qué.

Nacido en Los Anonos —en el actual cantón de Escazú—, y después residente exactamente detrás de la Catedral Metropolitana, todo empezó un día de 1862, cuando, con apenas 16 años de edad, su padre se propuso conseguirle empleo. Y, quizás porque desde su infancia había mostrado interés por la naturaleza, y por las aves en particular, lo llevó a la botica del médico Alexander von Frantzius. Llegado al país a inicios de 1854 junto con su colega Karl Hoffmann, ambos alemanes eran naturalistas, y a von Frantzius lo grupos que más le interesaban eran las aves y los mamíferos, grupos de lo cuales nos legaría dos invaluables catálogos años después.

Cabe acotar que José Cástulo provenía de un hogar de clase media, fundado por Manuel José Zeledón Mora y María del Carmen Porras Vargas, quienes procrearon once hijos. Además de poseer algunas fincas de café, su padre fue gobernador de San José por casi 30 años. Asimismo, su familia tenía importantes vínculos políticos, pues su padre era sobrino de Juan Mora Fernández —nuestro primer Jefe de Estado—, mientras que su mamá era prima tercera de la madre del prócer Juan Rafael (Juanito) Mora Porras.

Visto ahora en retrospectiva, el día en que don Manuel llegó con su muchacho al umbral de la botica de von Frantzius, estaba a tan solo un paso de introducirlo en un recinto que marcaría su vida para siempre pues, si bien funcionaba como un punto de venta de medicinas, en realidad fue mucho más que eso para el talentoso mozalbete. Esto es así porque José Cástulo no se limitó a fungir como un simple dependiente, sino que se interesó mucho en los especímenes de aves y mamíferos que su jefe embalsamaba, para enviarlos a museos en el extranjero. Y, poco a poco, su patrono se metamorfoseó en tutor y mentor, no solo para instruirlo en las artes de la taxidermia, sino que también para acrecentar su vocación por el estudio de los animales y, más importante aún, para enseñarle a razonar y a actuar como un científico.

Al respecto, los antecedentes y credenciales de von Frantzius eran excepcionales, como lo documentamos en detalle en el libro Trópico agreste; la huella de los naturalistas alemanes en la Costa Rica del siglo XIX. Por una parte, había sido discípulo de connotados científicos, como el zoólogo y fisiólogo Carl Theodor von Siebold, el anatomista y antropólogo Johann Ecker, el morfólogo y fisiólogo Johannes Müller, y el patólogo humano Rudolf Virchow, que fue el proponente de la Teoría Celular. Además, ya graduado, fue compañero de trabajo de los fisiólogos Jan Evangelista Purkinje y Johann Czermak, así como del químico Robert Bunsen y el físico Gustav Kirchhoff. Para culminar, cuando llegó a Costa Rica portaba una carta de recomendación dirigida al presidente don Juanito Mora por Alexander von Humboldt, el más grande naturalista de la época, cuyo inmenso legado científico pervive hasta hoy.

En síntesis, como lo manifestamos en el artículo José Cástulo Zeledón, primer naturalista costarricense (Revista de Ciencias Ambientales, Vol. 52(1), 2018), en esa relación cotidiana, «sin percatarse, José Cástulo recibía a diario las enseñanzas de un serio e inquieto científico, que traía consigo, ya destilados, no solo conocimientos innovadores, sino que también el fruto de conversaciones, discusiones, debates, etc. en torno al quehacer científico. Fueron seis años de rica interacción entre mentor y discípulo, quien al lado suyo y de manera casi inadvertida se transformó de imberbe adolescente en adulto».

Carpodectes antoniae, recolectada por Zeledón y descrita por Robert Ridgway. Foto: Henry Fallas (Asociación Ornitológica de Costa Rica).

No obstante, lamentablemente, tan grata y profunda relación formativa se tronchó de súbito, pues a inicios de mayo de 1868 falleció la esposa de von Frantzius y, bastante enfermo él también, decidió retornar a Alemania para siempre. Esto ponía en aprietos a su pupilo, quien «después de mi partida, se vería obligado a buscarse un puesto de aprendiz de comerciante, con lo cual ya no tendría ni la oportunidad ni el tiempo de seguir con sus estudios y colecciones, como lo ha hecho hasta ahora conmigo», según lo manifestó en una carta a Spencer F. Baird, subdirector del Instituto Smithsoniano, en Washington, con quien mantenía contacto epistolar desde 1862.

Sin embargo, por fortuna, von Frantzius y Baird supieron aquilatar el potencial de José Cástulo, y entendieron a cabalidad que él podría realizarlo y completarlo en tan prestigiosa entidad que, aunque no es una universidad, es un centro de altísimo nivel científico. Por tanto, había que buscar la manera de financiarle una pasantía, por unos dos años. Al final, acordaron que von Frantzius cubriría los US$ 250 del viaje, y que Baird exploraría alguna fuente para su manutención, quizás como ayudante de investigación. Así ocurrió, y la noche del 13 de junio von Frantzius y José Cástulo zarpaban de Puntarenas hacia Panamá y después viajaban hasta Washington, donde el primero dejó al jovencito y continuó hacia Alemania.

Fue así como, con apenas 22 años, y proveniente del entorno aldeano de San José, de pronto José Cástulo se vio inmerso en la vorágine de la capital de EE.UU. Presa del inevitable mal de patria, y con algunos conocimientos del idioma inglés, poco a poco empezó a desplegar sus habilidades, gracias al padrinazgo y el afecto de Baird, del reputado ornitólogo John Cassin —quien murió poco después—, y de su compañero Robert Ridgway, cuatro años menor que él, quien a partir de entonces se convertiría en su gran amigo, de por vida.

Ahí permanecería no dos, sino cuatro años, dedicado de lleno al estudio de las aves. En realidad, no tenía prisa alguna por regresar, pues en Costa Rica no hallaría trabajo, dado que en la Universidad de Santo Tomás no había carreras relacionadas con las ciencias naturales, además de que aún no existía el Museo Nacional.

Aramides cajaneus, recolectada y descrita por Zeledón. Foto: Guillermo Saborío (Asociación Ornitológica de Costa Rica),

Mientras se debatía en cavilaciones acerca de su futuro, por azares del destino, de súbito apareció una oportunidad providencial. En efecto, tras la apertura del ferrocarril al Atlántico, el gobierno del general Tomás Guardia Gutiérrez se proponía organizar una expedición a la vasta e ignota región de Talamanca, para buscar yacimientos de oro y carbón, al igual que a inventariar plantas y animales con potencial económico o comercial. Y fue así como, encabezada por el geólogo estadounidense William More Gabb, se le ofreció el puesto de zoólogo a José Cástulo, el cual por supuesto aceptó, pues sabía mucho de aves, bastante de mamíferos, y algo de otros grupos faunísticos.

Repatriado a fines de 1872, ya el 26 de febrero de 1873 se unía a los demás expedicionarios, para enrumbarse hacia la enigmática Talamanca. Sin embargo, tristemente, para él todo no fue más que un espejismo. Además de que la malaria afectó al grupo muy pronto, empezaron los conflictos con Gabb, de quien diría que «no se pudo haber hallado peor hombre, avaro al extremo, caprichoso, y sin la menor disposición ni aptitud para fungir como jefe». En consecuencia, a pesar de su humildad, compañerismo y carácter sereno, no toleró las viarazas de Gabb, y decidió renunciar en junio.

José Cástulo Zeledón, en su madurez.

A partir de entonces, con 27 años de edad, sin trabajo y enfermo de malaria —cuyas secuelas lo afectarían por el resto de su vida— se instaló en la capital, sin saber qué hacer de su vida. No obstante, tanto se le respetaba que, muy pronto, ya en agosto se le contrataba como administrador de la Botica Francesa, fundada en 1869 por el farmacéutico polaco Emilio Moraczewski, y por entonces propiedad del empresario Francisco Quesada Esquivel. ¡Quién habría de imaginar que un joven formado en el campo de la ornitología lograría impulsar con tanto éxito ese negocio! Creo que el hecho de ser bilingüe, más su claridad de pensamiento y sus capacidades analíticas —pulidas durante su estadía en el Instituto Smithsoniano—, así como otros atributos personales, le permitieron dar tan insospechado salto.

Ahora bien, para fortuna de nuestras ciencias biológicas, sus ocupaciones de administrador no le extinguieron ese fuego interno que von Frantzius había detectado y avivado en él. Y fue así como, a pesar del serio agobio y desgaste provocados por la malaria, cada vez que podía emprendía excursiones para recolectar aves y mamíferos, o compraba especímenes y los embalsamaba, con la destreza que lo caracterizaba. Aún más, de su propio bolsillo financió nada menos que cinco pasantías en el Instituto Smithsoniano, para comparar sus nuevos especímenes con los de las colecciones ahí presentes.

Asimismo, un hecho a resaltar es que cuando, gracias a las reformas impulsadas por el gobierno liberal de Bernardo Soto Alfaro, se planteó la idea de crear el Museo Nacional, José Cástulo actuó como intermediario para que su futuro director, el joven Anastasio Alfaro González, efectuara una pasantía de seis meses en el Instituto Smithsoniano —costeada por nuestro gobierno—, en cuanto al funcionamiento y administración de museos. Además, ya fundado dicho ente, en mayo de 1887, él fue integrante de su primera Junta Administrativa, y de diversas maneras colaboró en sus actividades. Una de ellas fue la venta de su invaluable colección de aves —de 1090 especímenes, y en la que estaban representadas unas 400 especies, debidamente clasificadas—, para que dicho ente pudiera empezar a funcionar; las vendió por 1500 pesos, un monto más bien simbólico quizás, pues él era sumamente generoso.

Sobre esto último, debe destacarse que, una vez convertido en un acaudalado empresario, actuó como un verdadero mecenas de jóvenes naturalistas, como el propio Anastasio Alfaro y José Fidel Tristán, así como de algunos extranjeros. Por ejemplo, en dos ocasiones financió de su bolsillo los pasajes de barco y la estadía de su entrañable amigo Ridgway, para que recolectara ampliamente en el país y enriqueciera las colecciones del Instituto Smithsoniano, además de que arriesgó a prestarle un monto alto de dinero para que pudiera publicar su valioso libro Color standards and color nomenclature, el cual alcanzó tal éxito, que permitió recuperar los costos.

A propósito de libros, es pertinente aquí una digresión, para indicar que en lo único que José Cástulo se mostró parco, fue como escritor, a pesar de que redactaba de manera excelente en español e inglés. En realidad, a su haber hay apenas tres publicaciones estrictamente científicas: Catalogue of the birds of Costa Rica, indicating those species of which the United States National Museum possesses specimens from that country (1885), Descripción de una especie nueva de gallina de monte (1888) y Catálogo de las aves de Costa Rica (1888). A éstas se suma un capítulo intitulado Reino Animal (1886), en el libro Apuntamientos geográficos, estadísticos e históricos de Costa Rica, editado por Joaquín Bernardo Calvo Mora. Es decir, quizás por recato, timidez o falta de tiempo, nos privó de relatos de viaje y remembranzas, al igual que de biografías de científicos con los que alternó, como los que escribieron los naturalistas Alfaro, Tristán y Ottón Jiménez Luthmer, todos de pluma exquisita. Pero, bueno… ¡nadie es perfecto!

Para concluir, y a manera de síntesis, debe reafirmarse que, gracias a su preclara inteligencia, iniciativa y empeño, así como a la intervención oportuna, visionaria y solidaria de von Frantzius y Baird, José Cástulo se convirtió en nuestro primer naturalista y, sin egoísmo alguno, también sirvió de puente, a la vez que de gozne, para que el legado de los naturalistas pioneros —el danés Anders Oersted y los alemanes Karl Hoffmann y Alexander von Frantzius— se acrecentara con los aportes posteriores de los naturalistas suizos reclutados como parte de la Reforma Liberal, como Henri Pittier, Paul Biolley y Adolphe Tonduz.

Eso, sin lugar a dudas, lo inmortaliza en los anales históricos de nuestras ciencias biológicas, y conviene recordarlo y reafirmarlo hoy, al conmemorar el centenario de su partida.

Zeledonia coronata, recolectada por Anastasio Alfaro y descrita por Robert Ridgway. Foto: Guillermo Saborío (Asociación Ornitológica de Costa Rica).

25 verdades sobre la muerte del joven Nahel en Francia

Salim Lamrani

Universidad de La Reunión

Un adolescente de 17 años ha muerto a manos de un agente policía durante un control de carretera, desatando una ola de emoción en la sociedad francesa.

  1. El 27 de junio de 2023, en Nanterre, cerca de París, a los 8 de la mañana, dos agentes de policía dieron el alto a un coche ocupado por tres personas, todas menores, tras una negativa a cumplir la orden de detenerse. El conductor era un adolescente de 17 años llamado Nahel. Cuando el coche arrancó de nuevo, uno de los policías disparó a quemarropa y mató al joven, hijo único de una familia monoparental. El video disponible en las redes sociales muestra claramente que el coche no suponía ningún peligro para los dos policías.
  2. Desconociendo la existencia del video, los dos policías declararon que el coche cargó contra ellos y que se habían visto obligados a usar sus armas de fuego para proteger sus vidas. Esto era claramente mentira. Alain Bauer, profesor de criminología en el Conservatoire des Arts et Métiers y reputado especialista en formación de policías y a gendarmes, insistió en el punto: “La versión falsa, totalmente desmentida por las imágenes, arruina todo el edificio. Es mentira. El coche no los atropelló. El coche no se les vino encima”. También denunció a “los pocos policías podridos, corruptos y ovejas negras de la profesión […] que ponen en entredicho a todos los que respetan la ley, el orden y que son defensores de las libertades”. Sin el video, la falsa versión de los policías habría prevalecido y el responsable de la muerte del adolescente nunca habría comparecido ante la justicia.
  3. Retransmitiendo la falsa versión policial, los medios de comunicación se apresuraron en presentar al adolescente como un peligroso delincuente multirreincidente. En realidad, el joven Nahel no tenía antecedentes penales. La fiscalía de Nanterre incluso abrió una investigación por “resistencia a la autoridad e intento de homicidio de un funcionario público” contra el conductor. Esta decisión fue recibida con una incomprensión generalizada ya que las imágenes desmienten formalmente la versión policial. Además, la muerte del conductor pone fin automáticamente a cualquier procedimiento judicial. La fiscalía también abrió una investigación contra el policía por “homicidio voluntario cometido por una persona en el ejercicio de sus funciones oficiales”. Compareció ante un juez y permaneció en prisión preventiva en la Cárcel de la Santé.
  4. El abogado del agente, Laurent-Franck Liénard, subrayó el carácter excepcional de la detención: “En mis 31 años de carrera defendiendo casos relacionados con el uso de armas, nunca he tenido a un cliente que haya sido puesto bajo custodia después de haber comparecido ante un juez”. Esta declaración ilustra la realidad de la impunidad policial y refuerza el sentimiento generalizado en la sociedad francesa según el cual la justicia protege a los policías que cometen crímenes. Jean-Pierre Mignard, abogado de víctimas de la violencia policial, es categórico al respecto: “Todas las profesiones tienen un código genético: el de la policía es la impunidad”.
  5. Camille Chaize, portavoz del Ministerio de Interior, rechazó las polémicas en torno a los supuestos antecedentes penales de la víctima, esgrimidos por la policía y los medios de comunicación para justificar la actuación del agente. Preguntada al respecto, respondió: “No es el sentido del debate, no tiene sentido pensar así, poco importa si era conocido o no de los servicios de policía. […] Pero es cierto que algunas fuentes policiales […] señalan antecedentes penales, o incluso anotaciones en la barandilla, que es infrajudicial, no antecedentes penales, pero todo eso no tiene sentido, no importa”.
  6. El abogado de la familia de la victima, Yassine Bouzrou, anunció que había presentado una denuncia contra los dos policías, una por homicidio culposo y otra por complicidad de homicidio culposo. Explicó lo siguiente: “No hay ninguna duda sobre su intención de matar ya que la banda sonora del video lo muestra anunciando antes disparar: ‘Voy a meterte una bala en la cabeza’. La denuncia también se presentará contra su colega por complicidad de homicidio voluntario ya que parece ordenar a su colega que dispare diciendo ‘dispárale’ justo antes de que se produzca el disparo”.
  7. El testimonio del pasajero que estaba sentado al lado de Nahel es condenatorio. Relató en detalle lo sucedido: “El primer policía le pidió a Nahel que bajara la ventanilla, cosa que Nahel hizo. Le dijo: ‘Apaga el motor o te disparo’. Le dio un primer golpe con la culata de la pistola. Luego llegó el segundo policía y también le golpeó con la culata de la pistola y se colocó en el parabrisas frente a Nahel. Desde ahí, el primer policía, que estaba a la altura de la ventanilla, lo apuntó con su arma y le dijo: ‘No te muevas o te pego un tiro en la cabeza’. El segundo policía le dijo: ‘Dispárale’. El primer policía lo golpeó de nuevo con la culata de la pistola. El coche tenía caja de cambios automática. El coche no estaba en ‘park’. Cuando recibió el tercer culatazo, su pie abandonó el pedal del freno y el coche avanzó. Y el segundo policía que estaba en el parabrisas disparó. Como resultado, su pie pisó el acelerador. Lo vi agonizando, temblaba. Chocamos contra una barrera. Me asusté y salí del coche. Salí corriendo. Pensé que me podían disparar también. Así que corrí.
  8. El pasajero trasero, de 14 años, también brindó su testimonio. Iba al colegio para pasar el examen del diploma de colegio y se encontró con Nahel, que se ofreció a llevarlo. “Los policías apuntaron con sus armas a Nahel”, que recibió “unos tres golpes” e intentó “protegerse la cabeza”. Un policía afirmó “que iba a meterle un disparo en la cabeza”. Nahel luego “soltó el freno probablemente por pánico, intentando protegerse. El coche arrancó solo. Era automático. Y el policía le dijo a su colega que disparara. Y el arma se disparó”.
  9. El Presidente francés, Emmanuel Macron, condenó la acción del policía en una declaración pública: “Quiero expresar la emoción de toda la nación y decirle a su familia todo el afecto de la nación […]. Tenemos un adolescente que ha sido asesinado, es explicable, inexcusable”. Por su parte, Gérald Darmanin, Ministro de Interior, apuntócon el dedo “imágenes extremadamente chocantes”.
  10. En febrero de 2017, el gobierno socialista de François Hollande impulsó la Ley de Seguridad Ciudadana que autoriza a la policía a utilizar sus armas de fuego en caso de negativa a cumplir la orden. El apartado 4 establece que los agentes podrán utilizar sus armas “cuando no puedan inmovilizar, salvo mediante el uso de armas, vehículos, embarcaciones u otros medios de transporte cuyos conductores no acaten la orden de detenerse y cuyos ocupantes puedan, en su huida, causar lesiones a sí mismos o a terceros”. La Liga de Derechos Humanos y numerosos diputados denunciaron la ley como una “licencia para matar”, pidiendo su derogación. El propio abogado Liénard se opuso públicamente a la ley: “Si empezamos a decir a los policías que pueden disparar a un coche que huye, tendremos más tiroteos, más heridos y más condenas a policías”.
  11. Desde 2017, el numero de personas que han perdido la vida tras una negativa a cumplir la orden ha aumentado de modo considerable. De 17 personas entre 2002 y 2017, una media de 0,88 por año, se ha pasado a 13 personas para el año 2022, algunas de las cuales eran simples pasajeros. Las víctimas presentan dos características: son en su mayoría jóvenes, o incluso muy jóvenes, y estaban racializadas. A modo de comparación, en Alemania, sólo se ha producido una muerte tras una negativa a cumplir la orden en diez años.
  12. El 30 de junio de 2023, la Oficina del Alto Comisariado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos denunció el racismo estructural presente en el seno de la policía y la gendarmería en Francia. Su portavoz Ravina Shamdasani hizo un llamamiento a las autoridades: “Ha llegado el momento de que el país aborde seriamente de los arraigados problemas de racismo y de discriminación racial entre las fuerzas del orden”. Pocos días después, el Comité de la ONU para la Eliminación de la Discriminación Racial denunció “el asesinato de Nahel M., de 17 años, de origen magrebí, a manos de un agente de policía en Francia” y se declaró “profundamente preocupado por la práctica persistente de la elaboración de perfiles raciales, combinada con el uso excesivo de la fuerza en el cumplimiento de la ley, en particular por parte de la policía, contra miembros de grupos minoritarios, en particular de origen africano y árabe, que con frecuencia se traduce en homicidios recurrentes, de manera desproporcionada y prácticamente impune”.
  13. Interrogado al respecto, Laurent Nuñez, Prefecto de la Policía de Paris, nególa realidad de la situación: “No hay racismo en la policía”. No obstante, incluso el Presidente de la Republica Francesa ha reconocido la existencia de practicas discriminatorias persistentes: “Hoy en día, las personas de piel no blanca son objeto de mucho más escrutinio. Se las identifica como un factor problemático y eso es insostenible”.
  14. Según diversos estudios, la mayoría de los agentes del orden votan a la extrema derecha. Así, según el Centro de Investigaciones Políticas de Sciences-Po (Cevipof), el instituto de sondeos Ipsos y la Fundación Jean Jaurès, el 60% de los policías y miembros de las fuerzas armadas votaron a Marine Le Pen en 2022. En 2017, el 67% de los policías activos votaron a la candidata de extrema derecha.
  15. Un estudio realizado en 2017 por Jacques Toubon, Defensor de los Derechos y ex Ministro de Justicia con Jacques Chirac, ilustra los prejuicios racistas presentes en el seno de las fuerzas del orden y el maltrato policial a los jóvenes de los barrios populares. Así, los individuos percibidos como negros o árabes tienen “20 veces más probabilidades que los demás de ser parados” por la policía. El Defensor de los Derechos señala que el 40% de esas personas afirman haber sido tuteadas, el 21% insultadas y el 20% maltratadas durante su última parada. Otro estudio del Centro Nacional de Investigación Científica (CNRS) subraya que “el comportamiento de la policía francesa […] puede asimilarse a la elaboración de perfiles raciales”. Christian Vigouroux, deontólogo del Ministerio del Interior, llegó a presentar en 2021 un informe de 160 páginas sobre “la lucha contra la discriminación en el seno de las fuerzas de seguridad”, en el que formulaba 54 propuestas que han quedado desatendidas por las autoridades.
  16. Según el Derecho Internacional, “la discriminación racial es una forma particularmente odiosa de discriminación y, en vista de sus consecuencias peligrosas, exige una vigilancia especial y una respuesta enérgica por parte de las autoridades”. El artículo 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establece que “todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho sin discriminación a igual protección de la ley. A este respecto, la ley prohibirá toda discriminación y garantizará a todas las personas protección igual y efectiva contra cualquier discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social”.
  17. Según Amnistía Internacional, “en Francia, la práctica de los controles de identidad está extendida y profundamente arraigada en la actuación policial, hasta el punto que fomenta una discriminación sistémica”. Según el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, la discriminación sistémica “puede entenderse como un conjunto de normas jurídicas, políticas, prácticas o actitudes culturales imperantes en el sector público o privado que crean desventajas relativas para algunos grupos y privilegios para otros”. AI agrega que “la práctica de controles de identidad discriminatorios es conocida y está ampliamente documentada”, denuncia su “magnitud” y subraya “sus efectos devastadores sobre las víctimas, incluidos niños que a veces tienen sólo 12 años”.
  18. La Corte Suprema, el más alto tribunal del ordenamiento jurídico francés, reconoció la existencia de esta práctica en una sentencia de 2016 y subrayó que tales controles constituían una falta grave de la que es responsable del Estado.
  19. Jean Hossam Botros Messiha, militante de extrema derecha, nacido en Egipto y nacionalizado francés a los 20 años, que sigue siendo considerado inmigrante por el Instituto Nacional de la Estadística y de Estudios Económicos del Ministerio de Economía, portavoz de Eric Zemmour durante la campaña presidencial de 2022 y partidario de la teoría racista del “gran reemplazo”, que declara que la inmigración – de la cual se benefició a los 8 años – constituye ahora “una amenaza existencial histórica para Francia”, abrió un fondo en línea a favor del policía investigado por homicidio culposo. En pocos días, el “fondo de la vergüenza”, como la han calificado numerosos observadores, recaudó 1,6 millones de euros con más de 76.000 donantes, haciendo millonario a un hombre responsable de la muerte de un adolescente, suscitando la ira legítima de la familia y la indignación de la opinión pública.
  20. La muerte de Nahel desencadenó una explosión de cólera en toda Francia, cuya dimensión política fue minimizada por las autoridades, que prefirieron ver en estas revueltas urbanas sólo un impulso destructivo. Los sublevados tienen la sensación de que la única manera de hacer oír su voz es la violencia. Numerosos comercios y edificios públicos, principalmente en los barrios populares, fueron saqueados por jóvenes, algunos de tan sólo doce años. Se quemaron cerca de 12.000 coches y se dañaron 2.500 edificios públicos, entre ellos más de 250 comisarías de policía y más de 150 escuelas. La casa personal del alcalde de La Häy-les-Roses fue incluso atacada con un coche ariete mientras su familia estaba dentro.
  21. La respuesta del gobierno a la agitación social ha sido puramente autoritaria y represiva movilizando a 45.000 agentes del orden, incluidas unidades de elite como el GIGN, el RAID y la BRI. En Marsella, un padre 27 años perdió la vida tras recibir “probablemente” un disparo de flash-ball, según la fiscalía. En Meurthe-et-Moselle, un joven veinteañero se encuentra en coma tras recibir un disparo en la cabeza por parte de la policía. Según las autoridades judiciales, no hay indicios de que estas dos personas estuvieran implicadas en los disturbios. Ambas eran de origen magrebí. Además, cerca de 3.500 personas fueron detenidas, y casi el 60% de ellas no tenían antecedentes penales, según Gérard Darmanin. Según el Ministro de Interior, el 90% de los detenidos son franceses. En su comparecencia ante el Senado, descartó la explicación relacionada con la identidad: “Eché un vistazo en las comisarias. Sí, hay gente que aparentemente podría ser de origen inmigrante. Pero había muchos Kevin y Matteo”.
  22. Los tribunales, por su parte, fueron expeditivos y despiadados. A guisa de ejemplo, un hombre de 28 años fue condenado a 10 meses de prisión con orden de ingreso a una cárcel por robar una lata de Red Bull valorada en 1,15 euros. Su abogada Camille Bal declaró: “Los principales autores de la violencia son los que estuvieron ausentes en gran medida de las vistas de ayer. Los que fueron detenidos por la policía eran los que aparecieron después del delito, después de que la tienda hubiera sido blanco de los matones. Mi cliente entró en el Monoprix a oscuras, cogió una lata de Red Bull, salió y lo desplumaron como una rosa”. Para la abogada Camille Vannier, que participó en la defensa colectiva, “la justicia está completamente manipulada” por el poder político. Subraya que los jueces siguen ciegamente los requisitorios: “Es muy preocupante desde el punto de vista de la independencia del poder judicial. Órdenes de ingreso en prisión, órdenes de ingreso en prisión, órdenes de ingreso en prisión por delitos menores”. La abogada Elsa Marcel también expresó su asombro: “Las sentencias son extremadamente duras, los procedimientos son chapuceros, hay muchos escenarios en los que no se no reconocen a las personas, los informes de detención son sumamente vagos, es una justicia política”.
  23. El 30 de junio de 2023, los dos principales sindicatos policiales Alliance Police y UNSA Police publicaron un comunicado de prensa extremadamente violento, confirmando todas las acusaciones de racismo lanzadas contra las fuerzas del orden. Los manifestantes de los barrios populares son animalizados y descritos de “hordas salvajes” y de “pestes” a las que hay que combatir, pidiendo que se utilicen “todos los medios” para ello. El comunicado amenaza también directamente al gobierno con sedición en términos apenas velados, lo que no tiene precedentes para una policía republicana cuya misión es obedecer al ejecutivo y hacer respetar la ley: “Por estas razones, Alliance Police Nationale y UNSA Police asumirán sus responsabilidades y advierten desde ahora al Gobierno que al final, estaremos en la acción y sin medidas concretas de protección jurídica de los Policías, una respuesta penal adecuada, y la puesta a disposición de medios importantes, los Policías juzgaran del nivel de consideración mostrado. Hoy, los Policías están en combate porque estamos en guerra. Mañana, estaremos en resistencia y el Gobierno tendrá que darse cuenta de ello”. En otro movimiento sin precedentes, la UNSA Education condenó públicamente el comunicado, denunciando palabras “preocupantes e insoportables”. En cuanto al gobierno, no ha tomado ninguna medida contra los autores de la declaración.
  24. La muerte de la joven Nahel fue la chispa que encendió un polvorín social en los barrios abandonados por la República. Además del racismo sistémico, que afecta sobre todo a las personas de origen inmigrante (el 47% de los subsaharianos y el 30% de los magrebíes son víctimas), las poblaciones desfavorecidas están siendo desatendidas por los poderes públicos. Las cifras hablan por sí solas: el 7.5% de la población francesa (5,5 millones de habitantes) vive en los suburbios. El desempleo en estas zonas duplica la media nacional. La mitad de los jóvenes están en paro. Cerca del 40% de los habitantes no tienen ningún diploma, frente a una media nacional del 20%. En los barrios obreros hay casi la mitad de bibliotecas y tres veces menos instalaciones deportivas que en el resto del país. La tasa de pobreza es tres veces superior a la del resto del país (42% frente a 14,9%). Como recordatorio, hay 9 millones de pobres en Francia, de los cuales 3 millones son niños. Mientras que la media nacional es de 400 médicos por 100.000 habitantes, sólo hay 250 en los barrios populares. El 40% de los barrios obreros carece de guarderías, mientras que el número de familias monoparentales es el doble que en el resto del país (20%). En contra de la creencia popular, las transferencias sociales son menores en estas zonas: 6.100 euros por año y por habitante frente a los 6.800 euros para la media nacional. Además, estos barrios, lejos de encontrarse con respiración asistida, contribuyen más al esfuerzo nacional que el resto del país. Por ejemplo, Seine-Saint-Denis es el tercer departamento más pobre de Francia (el primero de Francia continental) de un total de 101,  y el que recibe menos protección social per cápita, pese a ser el octavo contribuidor social a las finanzas públicas del país. En Seine-Saint-Denis, por ejemplo, hay 1.100 funcionarios de hospital por cada 100.000 habitantes, frente a una media de 1.800 en el resto de Francia. Los gobiernos prestan poca atención a la difícil situación de estas poblaciones empobrecidas porque tienen muy poco poder político o electoral.De hecho, el 48% de los habitantes de barrios populares no votaron o se abstuvieron en las últimas elecciones presidenciales.
  25. Es necesario que los políticos en general y el Gobierno en particular tomen medidas urgentes:

-La Ley sobre la Seguridad Ciudadana de 2017 debe suspenderse a la espera de su abrogación. Esto protegerá tanto a los ciudadanos como a los agentes de policías al volver al statu quo ante que establece un marco estricto para el uso de armas de fuego.

-Resulta imperativo que cese la negación dentro de las fuerzas del orden, las autoridades gubernamentales y los responsables políticos sobre el racismo estructural presente en el cuerpo policial.

-Hay que poner fin a la impunidad para los policías culpables de crímenes y que sean sancionados de modo ejemplar, a la altura del delito cometido. Los policías racistas, y más generalmente los que no respetan la deontología y el Código de Conducta de la profesión, deben ser excluidos del cuerpo de las fuerzas del orden.

-Los casos de violencia policial deben ser sistemáticamente retirados de las salas de audiencia locales para garantizar la serenidad de los debates – reivindicación del Sindicado de Magistratura – habida cuenta de los estrechos vínculos existentes entre la fiscalía y las fuerzas del orden.

-Una comisión “Verdad y Justicia”, compuesta por miembros independientes, debe crearse para analizar todos los casos de violencia policial y dar una respuesta a las víctimas y sus familias.

-Se debe reformar la Inspección General de la Policía Nacional, que ha perdido toda credibilidad debido a la debilidad de las raras sanciones pronunciadas contra agentes responsables de delitos y crímenes, y componerse de personas independientes, no vinculadas a las fuerzas del orden.

-Los policías y gendarmes deben estar equipados con cámaras peatonales, lo que ofrecerá garantías tanto a los agentes como al público y permitirán mejorar la calidad de los controles.

-Los policías deben emitir un recibo por cada control para reducir la discriminación.

-El Estado debe revisar su doctrina de mantenimiento del orden y sus prácticas y métodos, con un regreso a una política basada en la prevención y no la represión. Por ejemplo, la policía de proximidad, alabada por todos los agentes sociales por su eficacia y su capacidad a establecer vínculos con los jóvenes, debe restablecerse, particularmente en los barrios populares.

-Es indispensable mejorar el salario de los policías y ofrecerles mejores condiciones de trabajo para facilitar su tarea y hacer que la profesión resulte más atractiva.

-Los aspirantes a las oposiciones para convertirse en policías deben pasar por un proceso de selección más riguroso, para descartar a los que no estén hechos para el trabajo. Del mismo modo, la policía debe asegurarse de integrar en sus rangos a personas de orígenes diversos, ofreciéndoles condiciones de trabajo dignas, libres de cualquier forma de discriminación.

-El proceso de formación también debe revisarse de arriba abajo, mejorarse y prolongarse durante mucho más tiempo, tal y como reclama la profesión desde hace tiempo (pruebas psicológicas, prueba de tolerancia al estrés, respeto de los valores de la república, etc.).

-El gobierno debe dar una respuesta política, económica y social a la cuestión de la pobreza, de la exclusión social y de la discriminación, poniendo en marcha acciones positivas ambiciosas para ayudar a las persones de los barrios populares que llevan demasiado tiempo viendo cómo los poderes públicos ignoran su sufrimiento.

 

Salim Lamrani es doctor en Estudios Ibéricos y Latinoamericanos de Sorbonne Université y profesor titular de la Universidad de La Reunión, especialista de las relaciones entre Cuba y Estados Unidos.

Imagen: https://www.elmundo.es

Participación ciudadana en materia ambiental: breves apuntes relativos a una reciente sentencia

Foto de manifestantes contra la expansión del monocultivo de la piña en Costa Rica extraída de artículo titulado «Nuevo gobiernos, viejos piñeros» (Revista AgroEcologa, edición del 7/05/2018).

Nicolas Boeglin,

Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR) / Contacto: nboeglin@gmail.com

En días pasados, fue dado a conocer el voto 11236-2023 del 12 de mayo del 2023, relativo a una viabilidad ambiental otorgada por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) para un relleno sanitario en Miramar de Montes de Oro.

Como ya viene siendo costumbre cuando se trata de un proyecto objeto de cuestionamientos, la SETENA optó por otorgar esta viabilidad un 14 de diciembre del 2022, recordándonos varias otras polémicas en Costa Rica en las que la segunda quincena de diciembre es escogida: tal es el caso, entre muchos más,

– de la viabilidad ambiental 3638-2005-SETENA del 12 de diciembre del 2005 otorgada en el caso del proyecto minero Crucitas;

– de la resolución 2731-2007 del 17 de diciembre del 2007 otorgando la viabilidad en playa Matapalo (Guanacaste) a un megaproyecto hotelero de 700 habitaciones;

– de la resolución 2523-2014 del 17 de diciembre del 2014 autorizando el proyecto de terminal de contenedores en Moin de APM Terminals;

– de la resolución 2331-2016 del 15 de diciembre del 2016, autorizando la siembra de 600 hectáreas de piña en la zona contigua al Humedal Térraba Sierpe;

– o de la resolución 2146-2020 del 16 de diciembre del 2020 relativa a una planta gasificadora de desechos en Belén de Carrillo (véase texto completo colgado por el medio digital LaVozdeGuanacaste).

En cuanto a la participación ciudadana en materia ambiental, en el caso específico del relleno sanitario en Miramar de Montes de Oro, la SETENA consideró haber cumplido con este requisito al conformarse con el estudio de un sociólogo contratado por la empresa (denominado “Estudio cuantitativo de percepción local”), sin necesidad de proceder a celebrar una audiencia pública con la comunidad de Miramar de Montes de Oro, realizada hace más de 10 años.

En su voto, la Sala considera que la no celebración de una nueva audiencia pública previa por parte de la SETENA “resulta violatorio al derecho reconocido en el referido Artículo 50 de la Constitución” y por consiguiente, anula la viabilidad ambiental otorgada en las vísperas de las fiestas de fin del año 2022.

Un gran esfuerzo de cuatro integrantes de la Sala Constitucional por una palabra

Si bien es de saludar esta decisión de la Sala, pero ante todo, la persistencia, valentía y tenacidad de la recurrente que logró convencer a los integrantes de la Sala Constitucional, la lectura de este voto denota también una división interna en la Sala: en particular se hace muy evidente un sostenido esfuerzo semántico por parte de la mayoría de la Sala para referirse a la participación ciudadana en materia ambiental como un “principio” y no un “derecho”. Incluso entre las primeras referencias a su jurisprudencia, la Sala remite al voto 1163-2017, relativo al polémico proyecto de acueducto Coco Ocotal en Sardinal, en el que la Sala, haciendo a un lado más de 20 años de jurisprudencia, optó por no reconocerle más a la participación ciudadana en materia ambiental la calidad de derecho.

Sobre tan desconcertante – e indecorosa – conclusión del juez constitucional costarricense que se lee en el párrafo V de la sentencia 1163-2017 (véase texto completo), resulta oportuno recordar que fue objeto de tan solo dos votos salvados (suscritos por los magistrados Fernando Cruz y Paul Rueda, cuya lectura se recomienda): los cinco magistrados/a restantes en aquel momento (2017) consideraron que ir en contra de la jurisprudencia de la misma Sala Constitucional y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y de toda la evolución observada internacionalmente desde 1992 (Declaración de Río) para consolidar la participación ciudadana en materia ambiental como un verdadero derecho, no ameritaba ninguna reflexión particular.

Esta “involución” jurisprudencial a la cual procedió el juez constitucional costarricense a la fecha no ha dado lugar a rectificación alguna, pese a numerosas ocasiones desaprovechadas desde el año 2017.

La participación ciudadana en materia ambiental puesta en contexto

De manera a no causar mayor sonrojo al provocado por esta decisión del juez constitucional costarricense del mes de febrero del 2017, nos permitimos remitir a nuestros estimables lectores al párrafo 231 de la Opinión Consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos dada a conocer en el transcurso del año 2018 (véase texto completo) que precisa, y ello de manera muy clara, que:

«231. Por tanto, esta Corte estima que, del derecho de participación en los asuntos públicos, deriva la obligación de los Estados de garantizar la participación de las personas bajo su jurisdicción en la toma de decisiones y políticas que pueden afectar el medio ambiente, sin discriminación, de manera equitativa, significativa y transparente, para lo cual previamente deben haber garantizado el acceso a la información relevante».

En el párrafo 242 de la misma opinión consultiva del juez interamericano, se lee que:

«g. Los Estados tienen la obligación de garantizar el derecho a la participación pública de las personas bajo su jurisdicción, consagrado en el artículo 23.1.a de la Convención Americana, en la toma de decisiones y políticas que pueden afectar el medio ambiente, de conformidad con los párrafos 226 a 232 de esta Opinión«.

En total consonancia con lo dictaminado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el Acuerdo de Escazú adoptado en marzo del 2018, el Artículo 7 refiere a la participación del público como un “derecho”, al leerse que:

Artículo 7. 1: Cada Parte deberá asegurar el derecho de participación del público y, para ello, se compromete a implementar una participación abierta e inclusiva en los procesos de toma de decisiones ambientales, sobre la base de los marcos normativos interno e internacional”.

De igual forma se indica en otro inciso que:

Artículo 7.4. Cada Parte adoptará medidas para asegurar que la participación del público sea posible desde etapas iniciales del proceso de toma de decisiones, de manera que las observaciones del público sean debidamente consideradas y contribuyan en dichos procesos. A tal efecto, cada Parte proporcionará al público, de manera clara, oportuna y comprensible, la información necesaria para hacer efectivo su derecho a participar en el proceso de toma de decisiones” (el resaltado es nuestro).

Como era previsible, ni el Acuerdo de Escazú, ni tampoco el uso del término “derecho” para referirse a la participación ciudadana aparecen bajo la pluma del magistrado instructor en el párrafo IV de la sentencia en la que fundamenta su razonamiento.

Calificativos usados contra la recurrente y jurisprudencia interamericana sobre la obligación del Estado

Como punto de detalle, encontramos en el voto 11236-2023 la siguiente afirmación por parte del Secretario General de la SETENA al leerse que (Resultando, punto 3):

Lo que menciona la recurrente es una expresión temeraria que pone en tela de duda la labor del Departamento de Evaluación Ambiental y de la SETENA misma. La recurrente desconoce de todos los cambios internos en la metodología de trabajo que se han realizado dentro de la SETENA, /…/

Debería poder fácilmente entenderse que, para cualquier vecino de Miramar de Montes de Oro u observador, una viabilidad ambiental aprobada por la SETENA en la segunda quincena de diciembre levanta usualmente dudas razonables y sospechas; y que, contrario a lo indicado, la decisión de la Sala Constitucional en este preciso caso confirma que la recurrente conoce perfectamente los métodos de la SETENA.

De igual manera, la apoderada general de la empresa a cargo del proyecto de relleno sanitario, consideró útil y oportuno expresarse en contra de la recurrente, al leerse unas páginas después (Resultando, punto 5) que:

Lo así afirmado por quien recurre, no puede ser calificado de otra forma más que temerario, irrespetuoso y tendencioso, no solo para la SETENA sino para mi representada, quien siempre se ha caracterizado por transparencia y estricto apego a la legislación imperante en cada Proyecto que emprende”.

Más allá del efecto que pueda tener, en una discusión sobre argumentos jurídicos ante siete magistrados, el intento de descalificar a una recurrente preocupada por los efectos negativos de un determinado proyecto y que desconfía de sus autoridades, lo cierto es que ni los argumentos de la SETENA ni los de la empresa encontraron eco alguno en ninguno de los integrantes de la Sala Constitucional.

Precisamente, en cuanto a las preocupaciones que puede generar un proyecto y a la transparencia que toda persona puede exigir a sus autoridades nacionales, cabe indicar que en una sentencia del 2022 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (caso Baraona Bray contra Chile del 24/11/2022) sobre las acciones penales sufridas por un reconocido ambientalista chileno, el juez interamericano sentenció lo siguiente:

96. Además, la Corte recuerda que la participación representa un mecanismo para integrar las preocupaciones y el conocimiento de la ciudadanía en las decisiones de políticas públicas que afectan el medio ambiente y aumenta la capacidad de los gobiernos para responder a las inquietudes y demandas públicas de manera oportuna, ayuda a construir consensos y a mejorar la aceptación y el cumplimiento de las decisiones ambientales. Además, la participación pública facilita que las comunidades exijan responsabilidades de las autoridades públicas para la adopción de decisiones y mejora la evidencia y la credibilidad de los procesos gubernamentales. Lo anterior, por cuanto el control democrático por parte de la sociedad, a través de la opinión pública, fomenta la transparencia de las actividades estatales y promueve la responsabilidad de los funcionarios sobre su gestión pública”.

En el párrafo 100 de esta misma sentencia, el juez interamericano afirmó además que la garantía de la libertad de expresión se extiende a las personas que defienden el ambiente, al precisar que:

“la Corte considera que el respeto y garantía de la libertad de expresión en asuntos ambientales es un elemento esencial para asegurar la participación de la ciudadanía en los procesos relativos a dichos asuntos y, con ella, el fortalecimiento del sistema democrático a través de la vigencia del principio de democracia ambiental».

En el párrafo 114, el juez interamericano explicó las razones por las que la temática ambiental debe siempre considerarse como un asunto de interés público, al señalar que:

“Al respecto, esta Corte considera que las opiniones, manifestaciones, ideas e información relativas a la protección o gestión del medio ambiente, así como aquellas sobre los riesgos e impactos ambientales de actividades o proyectos, deben ser considerados asuntos de interés público en lo que respecta a la protección de la libertad de expresión debido a que, como lo ha reconocido en su jurisprudencia, el respeto y garantía de los derechos humanos no puede escindirse de la protección del ambiente. Asimismo, cabe señalar que Corte ha reconocido la existencia de una relación innegable entre la protección del medio ambiente y la realización de otros derechos humanos, en tanto la degradación ambiental y los efectos adversos del cambio climático afectan el goce efectivo de los derechos humanos. En consecuencia, para este Tribunal no cabe duda de que los temas ambientales deben considerarse asuntos de interés público en una sociedad democrática y que corresponde a los Estados proteger la libertad de expresión y fomentar la participación por parte de los ciudadanos en estos asuntos”.

Cabe indicar que en esta importante sentencia que condenó a Chile en el 2022, el juez interamericano hace varias referencias al Acuerdo de Escazú, integrándolo de pleno al corpus juris interamericano. Ya tuvimos la ocasión de indicar al respecto en un artículo publicado en abril del 2023 que:

“/…/ no cabe duda que desde su adopción en el 2018, el Acuerdo de Escazú contribuye, desde ya, a enriquecer sustancialmente el corpus juris del juez interamericano, permitiéndole precisar y consolidar el alcance de las obligaciones que tienen los Estados en la materia. Esta sentencia ya debería interesar a todos los Estados del hemisferio americano que integran el sistema interamericano de derechos humanos” (Nota 1).

El persistente temor ante la participación ciudadana en materia ambiental

En un estudio del 2014 del jurista Álvaro Sagot Rodríguez sobre las reiteradas regresiones ambientales del juez constitucional costarricense, el autor cita una decisión del 2012 de la Sala Constitucional en la que se lee textualmente que:

«En este sentido, el derecho ambiental no podría conducir a una tiranía de la participación ciudadana» (sic) (Nota 2).

No cabe duda que la participación ciudadana en materia ambiental crispa de manera singular a algunos juristas en Costa Rica, al punto de llevarlos a expresarse de manera tan peculiar como magistrados constitucionales.

En ese sentido, no está de más recordar otro hecho bastante insólito que pone en evidencia el profundo temor que provoca en algunos sectores la participación ciudadana: en el 2008, la única ley aprobada por la Asamblea Legislativa objeto de un veto por parte del Poder Ejecutivo costarricense durante todo el período 2006-2010, fue la “Ley para Fortalecer los Mecanismos de Participación Ciudadana en materia ambiental” (véase texto completo acompañado del texto del veto presidencial del 24 de noviembre del 2008). En el informe de labores para el período 2008 de una influyente cámara empresarial, leemos que:

Así mismo, para finales de año UCCAEP ejerció la presión necesaria para que el Presidente de la República vetara la Ley Ambiental. Para ello se publicaron una serie de artículos de opinión y a través de varios representantes se tuvo presencia mediática en torno a la posición del sector empresarial con respecto a la Ley aprobada por la Asamblea Legislativa” (véase texto del informe de la UCCAEP titulado “Informe de Labores, Marzo 2009”, p. 36).

Podemos de igual manera remitir a la discusión provocada en Costa Rica con respecto al Acuerdo de Escazú en los últimos años, a raíz de comunicados oficiales de la misma agrupación y de varias otras, así como de audios y escritos circulados por algunos juristas, y de una “nota”, ahora vuelta famosa, redactada por una magistrada de la Sala Constitucional en marzo del 2020 (véase voto 06134- 2020 que la contiene). Cabe recordar que en primer debate, el Acuerdo de Escazú fue adoptado por una votación de 44 votos a favor y ninguno en contra en el mes de febrero del 2020.

A modo de conclusión

Más allá de la gran facilidad con la que algunos en Costa Rica logran frenar iniciativas votadas por la Asamblea Legislativa, en su voto concurrente a la sentencia 11236-2023 del 12 de mayo del 2023 (cuya lectura completa se recomienda – párrafo VII – ) los magistrados Hubert Fernández, José Rafael Garita y Paul Rueda consideraron oportuno precisar (haciendo referencia a varios instrumentos internacionales de derechos humanos y de derecho ambiental, entre ellos el Acuerdo de Escazú, así como a la precitada jurisprudencia del juez interamericano) que la participación ciudadana en materia ambiental es un derecho que asiste a cualquier ciudadano costarricense. Una participación del público que, hasta el año 2017, así era calificada por la Sala Constitucional en innumerables votos (Nota 3).

Los tres magistrados antes mencionados expresaron además en su voto concurrente que:

la participación es un derecho de raigambre fundamental, puesto que es una expresión del principio democrático del Estado social de Derecho que busca facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan”.

Leemos además por parte de estos tres integrantes de la Sala Constitucional, que:

“… es de relevancia constitucional que el Estado garantice la audiencia pública como un derecho, a través de las formas de participación directa de los ciudadanos en asuntos que pueden tener un impacto ambiental”.

Es de esperar que, inspirándose en esta valiosa opinión concurrente colegial, pronto el resto de la Sala Constitucional logre rectificar la deriva semántica a la que ha procedido desde el año 2017, la cual constituye a todas luces una verdadera regresión jurisprudencial.

Y con relación al Acuerdo de Escazú, y al hecho que la mayoría de la Sala persistió en no hacer ninguna referencia a este instrumento de vanguardia en la fundamentación de esta sentencia de mayo del 2023 (pese a poder hacerlo), recientemente, los juristas Rafael González Ballar y Mario Peña Chacón indicaron en un artículo (cuya lectura completa recomendamos), que:

“… a partir de la sentencia interamericana Baraona Bray vs Chile, el Acuerdo de Escazú ingresó al bloque constitucional costarricense como fuente y estándar internacional en materia de derechos humanos y medio ambiente”.

– – -Notas- – –

Nota 1: Véase BOEGLIN N., “Acuerdo de Escazú, viento en popa: Corte Interamericana de Derechos Humanos lo incorpora, mientras persiste insólita ausencia de Costa Rica”, Portal de la Universidad de Costa Rica (UCR), Sección Voz Experta, edición del 10/04/2023. Texto disponible aquí.

Nota 2: Véase SAGOT RODRÍGUEZ A., “(In) justificaciones constitucionales que han permitido regresiones ambientales”, Revista Judicial, Número 114 (Diciembre 2014), pp. 61-93 disponible en este enlace (en el que la referida cita se puede leer en página 93), así como en este otro enlace, en el que la referida cita se puede leer en página 30.

Nota 3: Véase por ejemplo el voto 06922-2010 de abril del 2010 sobre el proyecto minero Crucitas (párrafo XVII). O bien el voto 05593-2012 del 2 de mayo del 2012, en el que se lee (párrafo V titulado Sobre la participación ciudadana en asuntos ambientales) que: “En suma, el derecho de participación en materia ambiental, es un derecho fundamental y un principio, protegido constitucionalmente, y que como tal, impregna todo el resto del ordenamiento jurídico, en cuenta, toda la legislación, reglamentación y resto de normativa ambiental, aunque este no lo establezca expresamente. Derecho que se traduce en la obligación del Estado de facilitar, garantizar, permitir y brindar el acceso a la población en todas las instancias, incluso en los procedimientos administrativos y judiciales (en los términos del principio 10 de la Convención de Río), para que los miembros de la comunidad no sólo puedan ser testigos presenciales de un determinado procedimiento sino también para que puedan ser parte y así «reaccionar» frente a la violación a su derecho al ambiente y con ello buscar la reparación de los daños. Ello pues, conforme al más reciente concepto de legitimación en materia ambiental, su derecho de acceso, de intervenir, de participar y de ser parte, no emana de títulos de propiedad, derechos o acciones concretas que pudiera ejercer según las reglas del derecho convencional, sino que, por tratarse de un interés difuso, tal derecho se difunde entre todos los miembros de una determinada categoría de personas que resultan así igualmente afectadas por los actos ilegales que los vulneran”. También merece mención el voto 06322-2003 del 3 de julio del 2003 en el que se lee, con relación a la participación de las municipalidades (Párrafo IX, inciso 11) que: “Queda claro que la participación ciudadana y de las municipalidades es de trascendental importancia a fin de promover la conciencia en los problemas ambientales y para coadyuvar en la toma de decisiones de las instituciones encargadas de la preservación, vigilancia y protección del medio ambiente y los recursos naturales. Este principio ya había sido reconocido en voto salvado de los Magistrados Piza, Solano y Arguedas en sentencia número 4423-93, supra citada, no sólo como un derecho de participación, sino un deber de la comunidad y municipalidad en la toma de decisiones y discusiones sobre la ubicación de un relleno sanitario en Esparza”.

«Apague y vámonos», en 5 MINUTOS… O MENOS

Seguimos experimentando y les presentamos una nueva sección de 5 MINUTOS… O MENOS, «Apague y vámonos», con Martín Chinchilla Castro como invitado y los dos conformamos… «Los Martín-nez».

En este primer «experimento», conversamos sobre la angustia que sienten los diputados y diputadas de la Asamblea Legislativa, trabajando 12 horas diarias, de lunes a jueves, para aprobar un inhumano proyecto de Ley que modifica la jornada laboral a 12 horas diarias por 4 días seguidos (o 5 o 6 días), «el tiro por la culata».

5 MINUTOS…O MENOS

12 de julio de 2023