Atmósfera judicial

Walter Antillón

I. ¿QUÉ SABEMOS DEL OPERADOR DE JUSTICIA?

Una parte importante de la doctrina jurídica estima que en el Estado Moderno la existencia de un Sistema de Justicia compuesto por un cuerpo de jueces, fiscales y defensores verdaderamente independientes y con una sólida formación jurídica, humanista y democrática, es esencial e indispensable, porque a dicho grupo de personas le corresponde garantizar el mantenimiento de la institucionalidad y la salvaguarda de la Constitución y de los derechos humanos.

¿Cómo conseguir un semejante cuerpo de jueces, fiscales y defensores?

Las condiciones necesarias son:

  1. La paridad entre los miembros: la eliminación de toda jerarquía entre ellos. La figura que representa gráficamente el Sistema de Justicia no es la pirámide, sino el archipiélago.
  2. El trato equitativo para el funcionario, en todos los planos; la base salarial única en materia de emolumentos;
  3. La administración del sistema a cargo de un Consejo Supremo de rango constitucional (que sustituirá a la actual Corte Suprema de Justicia), entre cuyos heterogéneos integrantes predominen numéricamente los jueces, fiscales y defensores, escogidos mediante sendas elecciones directas y secretas de parte de sus respectivas comunidades. Los restantes miembros del Consejo provendrán de los ámbitos académico y forense.
  4. Los candidatos que han aprobado el examen de ingreso pasan un período de prueba, transcurrido el cual adquieren la condición de inamovibles; y la conservan mientras mantengan una conducta intachable y superen las pruebas regulares de suficiencia en el desempeño de sus cargos.
  5. Existirá un escalafón abierto al público, regularmente alimentado con los datos provenientes de las calificaciones obtenidas por cada funcionario, y que será la base única de la cual dependerá que se le ofrezca su promoción hacia otros cargos del Sistema de Justicia. Ningún funcionario será obligado a aceptar un puesto distinto del que tiene, ni trasladado de puesto sin su aprobación, salvo el caso de una emergencia formalmente declarada por el Consejo. Pasada la emergencia, el funcionario regresará a su puesto original.
  6. El régimen sancionatorio estará a cargo de un tribunal interno del Consejo, que observará las garantías del debido proceso, y cuyos fallos serán apelables.

Llamo “Atmósfera Judicial” al ambiente espiritual que se vive en la comunidad de los funcionarios de justicia, producto de la índole de las normas que regulan sus acciones y de la calidad de la interacción que se desarrolla entre ellos y con los terceros. Bajo un régimen de paridad e igual dignidad de funcionarios que sólo se distinguen entre ellos por la especificidad de las funciones que desempeñan; en un régimen que no los lanza en una feroz competencia por escalar, mandar más y ganar más; en un régimen con igualdad de oportunidades, sin jerarquías y privilegios para unos pocos, resulta más plausible suponer que se forme una atmósfera judicial optimista, distendida y libre, favorable al desarrollo de las capacidades de cada uno; así como también favorable a la formación de una mística relacionada con los valores del nobilísimo oficio de la Justicia, visto desde la perspectiva del juez, del fiscal o del defensor. En una atmósfera tal, crece y se desarrolla la satisfacción por el cumplimiento del deber, y la confianza en el trato justo que cada uno recibirá por su desempeño: jueces, fiscales y defensores se sentirán seguros y orgullosos de formar parte de un colectivo irreprochable, poderoso, cuya legitimación social descansa en el estricto cumplimiento de su alta función: blindado frente a las asechanzas y las presiones de los poderes políticos y fácticos.

En el ejercicio de la función jurisdiccional, la existencia de jerarquías atenta contra la independencia de los jueces y produce graves distorsiones en la calidad y la cantidad de la Justicia. Una experiencia de siglos tiene comprobado que el vínculo jerárquico entre funcionarios que realizan la misma precisa tarea de juzgar (tramitar y sentenciar litigios mediante el processus iudicii) conlleva, por naturaleza, la aparición de influencias, alicientes y presiones generadas automáticamente de aquella situación. Porque sabemos que la dinámica de los casos en la diaria interacción entre tribunales puede conducir con facilidad a diferencias de criterio, a comparaciones incómodas, suspicacias, animadversiones; en fin, afectaciones diversas a la humana vanidad de los jerarcas, quienes reaccionarán con espíritu de cuerpo, usando airadamente su posición de poder en forma de sanciones, descalificaciones, amenazas o intromisiones indebidas, abiertas o subrepticias; lo cual en muchos países se ha degradado fácilmente a una práctica sistemática dirigida a acentuar la distancia entre el status superior de unos y la posición subordinada de los otros, mediante un ejercicio abusivo de potestades legales.

Porque en la interioridad de la conciencia es difícil proponerse ser un juez justo si uno se ha visto forzado a aceptar unas reglas del juego que conducen a soportar o tolerar un trato injusto contra uno mismo o contra otros: uno, siendo juez en esas condiciones, no puede olvidar que ha aceptado ser avasallado, y eso le roe la conciencia perennemente. El secreto rencor, la decepción por el ideal traicionado y la inconformidad solapada que todo esto provoca, se van a manifestar directa e indirectamente en forma de expresiones de desánimo y pesimismo, cuando no de cinismo, oportunismo, canibalismo; y, por supuesto, en rendimientos laborales crónica y persistentemente decrecientes.

II. LA SITUACIÓN DE LA JUSTICIA EN EL MUNDO ACTUAL

En los tiempos que corren la agenda prioritaria en el Planeta no es la mortalidad infantil, la creciente desigualdad ni el cambio climático, sino el aumento de las ganancias de las transnacionales del dinero, de los medicamentos, de las armas. La prepotencia y la hegemonía de los poderes económicos por encima de los Estados y de las organizaciones internacionales, y la vanificación de la democracia representativa y de los partidos políticos están minando aceleradamente las instituciones del Estado Constitucional de Derecho, incluso en países de democracia madura.

En nuestra región los resultados están a la vista: prospera el lawfare en la defenestración de Presidentes como Zelaya en Honduras, Lugo en Paraguay, Dilma en Brasil, Evo en Bolivia, Castillo en Perú; los carteles de la droga y la corrupción de las empresas y de los funcionarios públicos se extienden imparables, ante la impotencia o al amparo de la complicidad de los altos jueces. Y entre los que están perpetrando la obra de demolición de los Estados política y/o económicamente frágiles, de la que somos testigos impotentes en la actualidad, una de las consignas más importantes a seguir es la desacreditación y la trivialización de la Justicia, precisamente porque está demostrado que aquellos actos de demolición han sido posibles y han quedado impunes cuando ha faltado una institución judicial fuerte, honesta, eficiente e independiente.

Una reflexión doctrinaria acerca de la naturaleza de la función jurisdiccional y las exigencias actuales de su ejercicio, que tomó fuerza sobre todo entre los juristas europeos después de la Segunda Postguerra Mundial, los llevó a la convicción de la necesidad de confiar a los jueces (más allá de sus tareas tradicionales de conocer y fallar los procesos civiles, administrativos, laborales, etc.) un cometido transversal esencial: proteger en toda circunstancia los derechos fundamentales de las personas y someter las manifestaciones del poder (político o fáctico) a los principios del Derecho de la Constitución y del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Y la condición sine qua non del éxito de ese cometido esencial es la presencia de un juez culto, consciente y fuerte, institucionalmente blindado para enfrentar por igual halagos, amenazas y presiones.

Pero entonces ¿de qué manera aspirábamos los latinoamericanos a cumplir esas altas expectativas, si nunca hemos reunido la voluntad de sanear nuestros sistemas judiciales, subordinados desde siempre al poder político por voluntad de las oligarquías dominantes? Y las consecuencias de ese vacío se ilustran con un ejemplo tico: al ceder ante la presión del gobierno y dar luz verde al TLC, nuestra Sala Cuarta rompió la exclusividad de jurisdicción consagrada en la Constitución del 49, para abrir paso a la intervención del CIADI y otros entes foráneos en el juzgamiento de los conflictos entre el Estado y los inversionistas y, por ende, al debilitamiento institucional de la Justicia y del propio Estado. Y eso mismo estaba ocurriendo en los demás países que formaron parte del funesto tratado, con la anuencia de sus políticos y de sus más altos tribunales.

III. EL SISTEMA JUDICIAL COSTARRICENSE

Mi experiencia de 70 años. Si no recuerdo mal, fue en 1952 cuando ingresé al Poder Judicial con el rango de Meritorio, lo que significaba trabajar medio tiempo de gratis en un Juzgado u otra dependencia. Me parece recordar que había ingresado a la Facultad de Derecho el año anterior, imbuido de grandiosos propósitos de Justicia; y me habían aconsejado practicar en un tribunal para ganar experiencia, lo que a la postre me aportó también un conocimiento del sistema judicial y sus estructuras ‘por dentro’.

Mi trabajo en el Poder Judicial, que se prolongó por unos 19 años, y que por una parte me ofreció la oportunidad de gozar de la amistad y la guía paternal de don Fernando Baudrit y don Ulises Odio, también me permitió verificar las graves corruptelas del sistema, que era vertical y arbitrario, y había alimentado dos aberraciones: la costumbre de que los candidatos a magistrado, y los magistrados pendientes de la prórroga de su nombramiento debían peregrinar de puerta en puerta en los despachos de los diputados en la Asamblea Legislativa para pedirles sus votos; y también había alimentado especularmente la costumbre de que los candidatos a los juzgados hicieran similar peregrinación en las oficinas de los magistrados. Eso era justamente considerado por algunos como una negación radical de la independencia judicial, pero muchos lo justificaban como que era una solución derivada de la estructura misma del Estado, y como un mal menor, soportable.

El caso era que, como sabemos, al igual que en toda América Latina, en Costa Rica habíamos recibido, de forma indirecta e inadvertida, el Modelo Napoleónico de la Justicia, como parte de un paquete que contenía las fórmulas francesas para el Derecho Privado y para el Derecho Público; lo que se explica en razón de la influencia decisiva que los modelos culturales europeos (y sobre todo los franceses) ejercían sobre nuestro Sub-continente.

El tal modelo consistía en una pirámide verticalmente jerarquizada que, una vez adoptado por nuestro País a partir de la Constitución de 1859, presenta en su interior dos órdenes separados de judicatura:

1) la judicatura superior, compuesta por los magistrados que integran la Corte Suprema, que acceden al cargo por virtud de nombramiento por parte de la Asamblea Legislativa (nombramiento con una deriva política); y

2) la judicatura inferior (los jueces) nombrada entonces libremente por los magistrados y hoy delegada a un Consejo controlado por la misma Corte; con duración indefinida de los puestos en propiedad; pero con una escalera salarial que desató el frenesí de los permisos, en detrimento de la estabilidad y de la calidad del servicio.

Cuando en un organismo complejo como el sistema judicial se establecen dos niveles en relación de subordinación, y el superior posee la potestad de gobierno sobre el sistema entero, sentirá siempre la tentación de usar su poder para distanciarse del inferior; y precisamente eso fue lo que ocurrió en Costa Rica sobre todo en los últimos 30 años, en los que vimos a la Corte Plena decretarse aumentos de sueldo hasta llegar a duplicar y triplicar los devengados por otros jueces; rodearse de lujos y comodidades que en muchos casos se extendían abusivamente a sus familiares; y en el plano funcional la vimos conformar gran número de comisiones administrativas variopintas y extrañas a sus originarias funciones judiciales; y en franco detrimento de estas últimas, que van quedando cada vez más en manos de suplentes y de letrados.

Y aquí se empieza a producir un interesante pero perverso fenómeno de simbiosis entre algunos de los magistrados de la Corte y las cúpulas políticas, dirigentes y diputados de distintas fracciones y altos funcionarios gubernamentales; puesto que, por un lado, los magistrados sentían la necesidad de ser asegurados en sus cargos (y en algunos casos el apetito de saltar a ocupar vistosos ministerios), mientras que, por el otro lado, los políticos en funciones sentían la necesidad de garantizarse la impunidad, en caso de que llegaran a pescarlos con las manos en la masa.

Y claro: para que ese ‘toma y daca’ fuera efectivo, era preciso tripular las magistraturas más estratégicas con gente dúctil o, como dijo un politicastro de cuyo nombre no quiero acordarme, gente “amigable con el clima de negocios”.

Uno de los indeseables resultados de los nombramientos políticos que fueron produciéndose, cada vez que había una vacante estratégica, fue que en muchos casos se invistió del cargo a personas moralmente descalificadas o que habían sido eliminadas de las ternas, o personas con escasa o nula formación judicial, pero alineadas con uno o varios líderes políticos; funcionarios incapaces de dirigir una audiencia, pero listos para vender la Patria por un plato de lentejas.

Otro resultado, igualmente deletéreo, ha sido la no promoción que se fue produciendo en la Corte Suprema, de muchos jueces comprobadamente mejores del sistema (por su preparación, laboriosidad, honestidad, capacidad), los cuales finalmente tuvieron que renunciar en vista de su constante postergación en las comisiones legislativas y en los plenarios.

Y otro más de los malos resultados a consecuencia de nombrar a personas moralmente carentes o/y no avezadas en el cargo de magistrado ha sido que dichas personas se sienten inseguras en el mismo, y siempre van a temer quedar en evidencia frente a los experimentados jueces del nivel inferior; y entonces asumen actitudes hostiles que, con el tiempo, se ha ido traduciendo en políticas de acoso y hostigamiento contra los jueces, usando para ello la Inspección Judicial y aumentando el rango y la incidencia de las oficinas administrativas; con lo que ha ido creciendo en el ambiente judicial el número de los jueces, fiscales y defensores temerosos, inseguros y, especialmente en el caso de los jueces, agobiados por tareas administrativas ajenas y diversas de su originaria función de justicia.

Y entonces, yendo a lo principal ¿quién responde por la calidad y celeridad de los servicios de justicia que la Constitución exige? ¿Y por el respeto a las instituciones que la Judicatura debe garantizar a la comunidad? ¿Y por la garantía de incolumidad de los derechos humanos que la Constitución y los Tratados exigen? Hay que decirlo con todas las palabras: el mantenimiento en estado deficitario de las esenciales funciones de garantía encomendadas a la Corte Suprema constituye una infamia que se renueva cotidianamente, y que lentamente envenena a la sociedad entera.

Como consecuencia de las cosas que hasta aquí hemos considerado, la atmósfera que ha venido imperando dentro del sistema judicial ha sido de temor, enojo, frustración; no de optimismo, confianza, satisfacción. Como antes lo dije, en la interioridad de la conciencia es difícil que uno se proponga serenamente ser un juez justo, si se ha visto forzado a aceptar unas reglas del juego que conducen a soportar o tolerar un trato injusto contra uno mismo o contra otros: en tal caso uno, siendo juez, sabe que ha aceptado ser avasallado, y eso, si uno se respeta, le roe la conciencia perennemente. El secreto rencor, la decepción por el ideal traicionado, la inconformidad solapada y, en suma, el perenne disgusto, la pérdida de la salud y la infelicidad que todo esto provoca, constituye una masa creciente de animosidad que se va a manifestar directa o indirectamente con expresiones de desánimo y pesimismo, cuando no de cinismo, oportunismo y canibalismo; todo ello caldo de cultivo para la corrupción. Y, por supuesto, con rendimientos crónica y persistentemente decrecientes en el servicio de la Justicia.

Según resulta del informe preparado por la Dirección de Gestión Humana del Poder Judicial con fecha 16 de junio de 2023 y publicado por “crhoy.com” el día siguiente, los efectos de esa atmosfera disolvente y desmoralizante que ha imperado por mucho tiemplo entre los operadores de justicia, no habían sido advertidos sino hasta el 2018, año en el cual un diagnóstico situacional realizado para formular el Plan Estratégico Institucional evidenció la existencia de:

“…un deterioro en la salud y el bienestar de las personas trabajadoras y que se ha visto en situaciones como: Aumento de casos en el Programa de Adecuación Laboral, producto de las pérdidas físicas y/o cognitivas de las personas. Aumento en las suplencias por incapacidad. Incremento en pago anual de la póliza de riesgos laborales. Disminución de la capacidad productiva de las personas y oficinas judiciales. Fuga de talentos por condiciones de trabajo poco atractivas…”

Según ese mismo Informe, datos consultados a la Unidad de Medicina y a la Unidad de Atención Psicológica Individual revelan que, al menos desde 2015 hay diagnósticos de estrés, ansiedad y depresión ¡en cientos de funcionarios judiciales!

Si a esa situación, ya de por sí agobiadora, se suma el impacto causado por la reforma jubilatoria y de pensiones puesta en vigor con la Ley 9544 de 5 de junio de 2018, cuyos efectos profundos fueron debidamente identificados en el referido análisis (“…al darse una extensión de la permanencia de las personas trabajadora en su trabajo y verse variadas las expectativas al aumentar la edad a rangos superiores a 55 años. Eso tuvo implicaciones tanto de salud, por el desgaste físico y emocional de esta población, como por el desajuste psicológico que produce el cambio de las condiciones laborales, que aumentan considerablemente el tiempo de años de servicio…”), no tiene nada de extraño que desde la entrada en vigencia de esa reforma hasta la fecha del informe reproducido por “crhoy.com”, SETECIENTOS CINCUENTA funcionarios habían dejado el Poder Judicial, renunciando a sus puestos en el mismo. Y llenar las vacantes con personas idóneas está costando cada vez más.

Sin embargo, los funcionarios judiciales no deben caer en la trampa de creer que sus problemas nacieron con la Ley 9544. Por el contrario, deben tener claro que la situación provocada por dicha Ley, siendo injusta y grave, es sólo la agudización de un conjunto de problemas más antiguos y de mayores dimensiones, originados en el desequilibrio estructural del entero sistema de justicia que he tratado de ilustrar en estas páginas.

Costa Rica debe cambiar su Poder Judicial en el sentido de eliminar toda clase de jerarquías entre los operadores judiciales, incluyendo, por supuesto, a los actuales magistrados; y eliminando toda injerencia política en el nombramiento, promoción y remoción de todos ellos, particularmente, por supuesto, en el caso de los actuales magistrados.

Lo principal sigue siendo que Costa Rica necesita, hoy más que nunca (en todos los niveles, pero sobre todo en los niveles superiores), jueces, defensores y fiscales cultos, honestos e independientes, estables y justamente remunerados, capaces de juzgar imparcialmente y sin temor los actos provenientes de los poderes políticos y fácticos, a fin de preservar la institucionalidad y garantizar los derechos fundamentales de todas las personas.